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Department of the Treasury-Internal Revenue Service 
OMB No. 1545-0074
Sólo para Uso del IRS-No escriba ni engrape en este espacio.

Formulario 1040
2024
Declaración de Impuestos de los EE. UU. sobre los Ingresos Personales

Vea las instrucciones.

Para el año correspondiente del 1 de enero al 31 de diciembre de 2024, o cualquier otro año tributario comenzando el ---- de 2024 y terminando el ---- de 20 ----
Su primer nombre e inicial de su segundo nombre ----
Apellido ----
Su número de Seguro Social ----
Si es una declaración conjunta, primer nombre e inicial del segundo nombre de su cónyuge ----
Apellido ----
Número de Seguro Social de su cónyuge ----
Dirección postal (número y calle). Si tiene apartado postal, vea las instrucciones. ----
Núm. de apt. ----
Ciudad, pueblo u oficina de correos. Si es una dirección extranjera, también complete los espacios a continuación. ----
Estado ----
Código postal (ZIP) ----
Nombre del país extranjero ----
Provincia/estado/condado extranjero ----
Código postal extranjero ----

Campaña Electoral Presidencial

Marque aquí si usted, o su cónyuge si es una declaración conjunta, desea aportar $3 a este fondo. El marcar un recuadro a continuación no afectará su impuesto ni su reembolso.
-- Usted
-- Cónyuge

Estado Civil

Marque sólo un recuadro.

-- Soltero
-- Cabeza de familia (HOH)
-- Casado que presenta una declaración conjunta (aun si sólo uno tuvo ingresos)
-- Casado que presenta una declaración por separado (MFS)
-- Cónyuge sobreviviente que reúne los requisitos (QSS)
Si marcó el recuadro MFS, anote el nombre de su cónyuge. Si marcó el recuadro HOH o QSS, anote el nombre del hijo si la persona calificada es un hijo pero no su dependiente: ----
-- Si elige tratar a un cónyuge que es extranjero no residente o extranjero con doble residencia como residente de los EE. UU. por todo el año, marque el recuadro y anote el nombre de éste (vea las inst. y adjunte una declaración escrita si es requerido): ----

Activos Digitales

En algún momento durante 2024, ¿(a) recibió (como recompensa, premio o pago por bienes o servicios) o (b) vendió, intercambió o de otra manera enajenó un activo digital (o un interés financiero en un activo digital)? (Vea las instrucciones)
-- Sí
-- No

Deducción Estándar

Alguien puede reclamar a:
-- Usted como dependiente
-- Su cónyuge como dependiente
-- Cónyuge detalla las deducciones en una declaración separada o usted era extranjero con doble residencia

Edad/Ceguera

Usted:
-- Nació antes del 2 de enero de 1960
-- Es ciego
Cónyuge:
-- Nació antes del 2 de enero de 1960
-- Es ciego

Dependientes (vea las instrucciones):

Si son más de cuatro dependientes, vea las instrucciones y marque aquí --

4 blank lines shown for each column

(1) Primer nombre Apellido
(2) Número de Seguro Social
(3) Parentesco con usted
(4) Marque el recuadro si califica para el (vea las instrucciones):
Crédito tributario por hijos --
Crédito por otros dependientes --

Ingreso

Adjunte el (los) Formulario(s) W-2 aquí. Adjunte también los Formularios W-2G y 1099-R si se le retuvo impuesto. Si no recibió un Formulario W-2, vea las instrucciones.

1a Cantidad total de la casilla 1 de su(s) Formulario(s) W-2 (vea las instrucciones) ----
1b Salarios de empleado doméstico no declarados en el (los) Formulario(s) W-2 ----
1c Ingreso de propinas no declarado en la línea 1a (vea las instrucciones) ----
1d Pagos de exención de Medicaid no declarados en el (los) Formulario(s) W-2 (vea las instrucciones) ----
1e Beneficios para el cuidado de dependientes tributables de la línea 26 del Formulario 2441 ----
1f Beneficios para la adopción provistos por el empleador de la línea 29 del Formulario 8839 ----
1g Salarios de la línea 6 del Formulario 8919 ----
1h Otros ingresos del trabajo (vea las instrucciones) ----
1i Elección de paga no tributable por combate (vea las instrucciones) ----
1z Sume las líneas 1a a 1h ----

Adjunte el Anexo B si es requerido.

2a Interés exento de impuesto ----
2b Interés tributable ----
3a Dividendos calificados ----
3b Dividendos ordinarios ----
4a Distribuciones de un IRA ----
4b Cantidad tributable ----
5a Pensiones y anualidades ----
5b Cantidad tributable ----
6a Beneficios del Seguro Social ----
6b Cantidad tributable ----
6c Si elige usar el método de elección de suma global, marque aquí (vea las instrucciones) --
7 Ganancia o (pérdida) de capital. Adjunte el Anexo D si es requerido. Si no es requerido, marque aquí -- ----
8 Ingreso adicional de la línea 10 del Anexo 1 ----
9 Sume las líneas 1z, 2b, 3b, 4b, 5b, 6b, 7 y 8. Éste es su ingreso total ----10 Ajustes al ingreso de la línea 26 del Anexo 1 ----
11 Reste la línea 10 de la línea 9. Éste es su ingreso bruto ajustado ----

Deducción Estándar para-
• Soltero o Casado que presenta una declaración por separado, $14,600
• Casado que presenta una declaración conjunta o Cónyuge sobreviviente que reúne los requisitos, $29,200
• Cabeza de familia, $21,900
• Si usted marcó algún recuadro bajo Deducción Estándar, vea las instrucciones.

12 Deducción estándar o deducciones detalladas (del Anexo A) ----
13 Deducción por ingreso calificado de negocio del Formulario 8995 o del Formulario 8995-A ----
14 Sume las líneas 12 y 13 ----
15 Reste la línea 14 de la línea 11. Si es cero o menos, anote "-0-". Éste es su ingreso tributable ----

Para el Aviso sobre la Divulgación, la Ley de Confidencialidad de Información y la Ley de Reducción de Trámites, vea las instrucciones por separado.
Cat. No. 74355Y
Form 1040 (sp) (2024)

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Formulario 1040 (2024)
Página 2

Impuesto y Créditos

16 Impuesto (vea las inst.). Marque si es del Formulario(s): ----
1 -- 8814
2 -- 4972
3 -- ----
17 Cantidad de la línea 3 del Anexo 2 ----
18 Sume las líneas 16 y 17 ----
19 Crédito tributario por hijos o crédito por otros dependientes del Anexo 8812 ----
20 Cantidad de la línea 8 del Anexo 3 ----
21 Sume las líneas 19 y 20 ----
22 Reste la línea 21 de la línea 18. Si es cero o menos, anote "-0-" ----
23 Otros impuestos, incluyendo el impuesto sobre el trabajo por cuenta propia (línea 21 del Anexo 2) ----
24 Sume las líneas 22 y 23. Éste es su impuesto total ----

Pagos

25 Impuesto federal sobre el ingreso retenido de su(s):
a Formulario(s) W-2 ----
b Formulario(s) 1099 ----
c Otros formularios (vea las instrucciones) ----
d Sume las líneas 25a a 25c ----
26 Pagos de impuesto estimado para 2024 y cantidad aplicada de su declaración de 2023 ----

Si tiene un hijo calificado, adjunte el Anexo EIC.

27 Crédito por ingreso del trabajo (EIC) ----
28 Crédito tributario adicional por hijos del Anexo 8812 ----
29 Crédito de oportunidad para los estadounidenses de la línea 8 del Formulario 8863 ----
30 Reservada para uso futuro ----
31 Cantidad de la línea 15 del Anexo 3 ----
32 Sume las líneas 27, 28, 29 y 31. Éste es el total de sus otros pagos y créditos reembolsables ----
33 Sume las líneas 25d, 26 y 32. Éste es el total de sus pagos ----

Reembolso

¿Depósito directo? Vea las instrucciones.

34 Si la línea 33 es mayor que la línea 24, reste la línea 24 de la línea 33. Ésta es la cantidad pagada en exceso ----
35a Cantidad de la línea 34 que quiere que le reembolsen a usted. Si adjunta el Formulario 8888, marque aquí -- ----
35b Núm. de circulación ----
35c Tipo:
-- Corriente
-- Ahorros
35d Número de cuenta ----
36 Cantidad de la línea 34 que usted quiere que se le aplique a su impuesto estimado de 2025 ----

Cantidad que Usted Adeuda

37 Reste la línea 33 de la línea 24. Ésta es la cantidad que usted adeuda. Para detalles acerca de cómo pagar, acceda a www.irs.gov/Pagos o vea las instrucciones ----
38 Multa por pago insuficiente del impuesto estimado (vea las instrucciones) ----

Tercero Autorizado

¿Desea permitir que otra persona hable sobre esta declaración con el IRS? Vea las instrucciones
-- Sí. Complete lo siguiente.
-- No
Nombre de esta persona ----
Número de teléfono ----
Número de identificación personal (PIN) ----

Firme Aquí

¿Declaración conjunta? Vea las instrucciones. Conserve una copia para sus archivos.

Bajo pena de perjurio, declaro que he examinado esta declaración, incluyendo todo anexo o comprobante que la acompañe, y que, a mi leal saber y entender, es verídica, correcta y completa. La declaración del preparador (que no sea el contribuyente) está basada en toda información de la cual el preparador tenga conocimiento.

Su firma ----
Fecha ----
Su ocupación ----
Si el IRS le envió un PIN para la Protección de Identidad (IP PIN), anótelo aquí (vea las inst.) ----
Firma del cónyuge. Si es una declaración conjunta, ambos tienen que firmar. ----
Fecha ----
Ocupación del cónyuge ----
Si el IRS le envió a su cónyuge un PIN para la Protección de Identidad (IP PIN), anótelo aquí (vea las inst.) ----
Número de teléfono ----
Correo electrónico ----

Para Uso Exclusivo del Preparador Remunerado

Nombre del preparador ----
Firma del preparador ----
Fecha ----
PTIN ----
Marque aquí si trabaja -- por cuenta propia
Nombre de la empresa ----
Núm. de tel. ----
Dirección de la empresa ----
EIN de la empresa ----

Visite www.irs.gov/Form1040SP para obtener las instrucciones y la información más reciente.
Form 1040 (sp) (2024)

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Department of the Treasury
Internal Revenue Service 
Catalog Number 74352R
Dec 31, 2024
www.irs.gov

AÑO TRIBUTARIO 2024
INSTRUCCIONES 1040 (y 1040-SR)
Incluye las instrucciones para los Anexos 1 a 3

Cambios para 2024

Vea Qué Hay de Nuevo en estas instrucciones.

Acontecimientos Futuros

Vea IRS.gov/Espanol e IRS.gov/Forms y para obtener la información más reciente sobre los acontecimientos relacionados con los Formularios 1040 y 1040-SR y sus instrucciones, tales como legislación promulgada después de que éstos se hayan publicado, acceda a IRS.gov/Form1040SP.

Direct File Direct File es una opción permanente para presentar declaraciones de impuestos federales en línea -libre de costo- de manera directa y segura al IRS comenzando en 2025. Vea DirectFile.IRS.gov.

freefile Free File es la manera rápida, segura y gratis para preparar y enviar sus impuestos electrónicamente. Vea IRS.gov/PresenteGratis.

Pague por Internet. Es rápido, fácil y seguro. Acceda a IRS.gov/Pagos.

TABLE OF CONTENTS
Form 1040 1
Instructions for Form 1040 1
Qué Hay de Nuevo 6
Requisitos para la Presentación 9
¿Tiene que Presentar? 9
¿Cuándo y Dónde Tengo que Presentar la Declaración? 9
Instrucciones para las Líneas de los Formularios 1040 y 1040-SR 14
Nombre y Dirección 14
Número de Seguro Social (SSN) 15
Estado Civil para Efectos de la Declaración 15
Dependientes, Hijo Calificado para Crédito Tributario por Hijos y Crédito por Otros Dependientes 21
Ingreso 28
Ingreso Total e Ingreso Bruto Ajustado 39
Impuesto y Créditos 39
Pagos 45
Reembolso 66
Cantidad que Usted Adeuda 69
Firme Su Declaración 72
Organice Su Declaración 73
Tabla de Impuestos de 2024 74
Información General 88
Cómo Obtener Ayuda con los Impuestos 91
Información sobre Reembolsos 96
Instrucciones para el Anexo 1 97
Instrucciones para el Anexo 2 111
Instrucciones para el Anexo 3 118
Temas Tributarios 122
Aviso sobre la Divulgación, la Ley de Confidencialidad de Información y la Ley de Reducción de Trámites 124
Categorías Principales de Ingresos y Gastos Federales para el Año Fiscal 2023 126
Índice 128

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Consejos útiles sobre los Formularios 1040 y 1040-SR

Para 2024, usted usará el Formulario 1040 o, si nació antes del 2 de enero de 1960, tiene la opción de usar el Formulario 1040-SR.

Es probable que sólo tenga que presentar el Formulario 1040 o 1040-SR y ninguno de los anexos enumerados, Anexos 1 a 3. No obstante, si su declaración es más complicada (por ejemplo, usted reclama ciertas deducciones o créditos o adeuda impuestos adicionales), usted tendrá que completar uno o más de los anexos enumerados. A continuación aparece una guía general de qué anexo(s) usted tendrá que presentar basado en sus circunstancias. Vea las instrucciones de los anexos para más información.

Si usted presenta su declaración electrónicamente, el programa de computadoras (software) que usted use por lo general determinará qué anexos usted necesita.

SI USTED... Tiene ingresos adicionales, tales como ingresos de negocios o agropecuarios, compensación por desempleo o premios y recompensas.
ENTONCES USE LA... Parte I del Anexo 1
SI USTED... Tiene cualesquier ajustes al ingreso, tales como intereses sobre un préstamo de estudios, impuesto sobre el trabajo por cuenta propia o gastos del educador.
ENTONCES USE LA... Parte II del Anexo 1
SI USTED... Adeuda el impuesto mínimo alternativo (AMT, por sus siglas en inglés) o tiene que reintegrar el exceso del pago por adelantado del crédito tributario de prima de seguro médico (APTC, por sus siglas en inglés).
ENTONCES USE LA... Parte I del Anexo 2
SI USTED... Adeuda otros impuestos, tales como el impuesto sobre el trabajo por cuenta propia, los impuestos sobre el empleo de empleados domésticos o impuestos adicionales sobre un plan calificado, incluyendo un arreglo de ahorros para la jubilación (IRA, por sus siglas en inglés) u otros planes con beneficios tributarios.
ENTONCES USE LA... Parte II del Anexo 2
SI USTED... Puede reclamar un crédito no reembolsable (aparte del crédito tributario por hijos o el crédito por otros dependientes), tales como el crédito por impuestos extranjeros, créditos por estudios o el crédito general para negocios.
ENTONCES USE LA... Parte I del Anexo 3
SI USTED... Puede reclamar un crédito reembolsable (aparte del crédito por ingreso del trabajo, el crédito tributario de oportunidad para los estadounidenses, o el crédito tributario adicional por hijos), tal como el crédito tributario de prima de seguro médico neto.
SI USTED... Tiene otros pagos, tales como una cantidad pagada con una solicitud de prórroga o impuesto del Seguro Social retenido en exceso.
ENTONCES USE LA... Parte II del Anexo 3

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El Servicio del Defensor del Contribuyente (TAS) Está Aquí para Ayudarlo

¿Qué Es el Servicio del Defensor del Contribuyente?

El Servicio del Defensor del Contribuyente (TAS, por sus siglas en inglés) es una organización independiente dentro del Servicio de Impuestos Internos (IRS, por sus siglas en inglés) que ayuda a los contribuyentes y protege sus derechos como contribuyente. TAS se esmera en asegurar que a cada contribuyente se le trate de forma justa, y que usted conozca y entienda sus derechos conforme a la Carta de Derechos del Contribuyente.

¿Qué Puede Hacer TAS por Usted?

TAS le puede ayudar si su problema tributario le causa problemas financieros, usted ha tratado y no ha podido resolver su asunto con el IRS, o usted cree que algún sistema, proceso o procedimiento del IRS no está funcionando como debe. Además, su servicio es gratis. Si usted reúne los requisitos para recibir la ayuda de TAS, se le asignará un defensor quien trabajará con usted durante todo el proceso y hará todo lo posible para resolver su asunto. TAS le puede ayudar si:

• Su problema le causa problemas financieros a usted, a su familia o a su negocio.
• Usted (o su negocio) está enfrentando la amenaza de acción adversa inmediata.
• Usted ha intentado comunicarse con el IRS, pero nadie le ha respondido, o el IRS no le ha respondido para la fecha prometida.

¿Cómo se Puede Comunicar con TAS?

TAS tiene oficinas en cada estado, el Distrito de Columbia y Puerto Rico. Para localizar el número telefónico de su defensor:

• Acceda a ES.TaxpayerAdvocate.IRS.gov/Contact-Us;
• Descargue la Publicación 1546-EZ, El Servicio del Defensor del Contribuyente es Su Voz Ante el IRS. Si no tiene acceso a Internet, puede llamar al IRS libre de cargos al 800-TAX-FORM (800-829-3676) y pedir una copia de la Publicación 1546-EZ;
• Consulte su guía telefónica local; o
• Llame a TAS libre de cargos al 877-777-4778.

¿Cómo Puede Aprender sobre Sus Derechos Como Contribuyente?

La Carta de Derechos del Contribuyente describe 10 derechos básicos que todos los contribuyentes tienen al tratar con el IRS. El sitio web de TAS en ES.TaxpayerAdvocate.IRS.gov le puede ayudar a entender lo que estos derechos significan para usted y cómo aplican a su situación. Éstos son sus derechos. Conózcalos; utilícelos.

¿De Qué Otra Manera Ayuda TAS a los Contribuyentes?

TAS se ocupa de resolver problemas de gran escala que afectan a muchos contribuyentes. Si usted conoce alguno de estos asuntos, infórmele a TAS en el sitio web IRS.gov/SAMS y pulse sobre Español. Asegúrese de no incluir ninguna información personal del contribuyente.

Talleres para Contribuyentes de Bajos Ingresos (LITC) Ayudan a Contribuyentes

Los Talleres ("Clínicas") para Contribuyentes de Bajos Ingresos (LITC, por sus siglas en inglés) son independientes del IRS y de TAS. Los LITC representan a las personas cuyos ingresos estén por debajo de cierto nivel y que necesitan resolver problemas tributarios con el IRS. Los LITC pueden representar a los contribuyentes en auditorías, apelaciones y problemas asociados con el cobro de impuestos ante el IRS y los tribunales. Además, los LITC pueden proveer información sobre los derechos y responsabilidades del contribuyente en diferentes idiomas para aquellas personas que hablan inglés como segundo idioma. Los servicios se ofrecen de manera gratuita o a bajo costo. Para más información o para localizar un LITC cerca de usted, acceda al sitio web del LITC en 
ES.TaxpayerAdvocate.IRS.gov/LITCMap o vea la Publicación 4134, Lista de las Clínicas para Contribuyentes de Bajos Ingresos. Esta publicación está disponible en línea en IRS.gov/Forms-Pubs o llamando libre de costo al 800-TAX-FORM (800-829-3676).

Sugerencias para Mejorar al IRS
Comité de Apoyo al Contribuyente

Los contribuyentes tienen la oportunidad de proveer comentarios al IRS por medio del Taxpayer Advocacy Panel (Panel de Defensa del Contribuyente o TAP, por sus siglas en inglés). El TAP es un Comité Asesor Federal compuesto por un panel independiente de ciudadanos voluntarios que escuchan a los contribuyentes, identifican los problemas sistémicos de los contribuyentes y hacen sugerencias para mejorar el servicio prestado por el IRS. Comuníquese con el TAP en ES.ImproveIRS.org.

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Affordable Care Act (Ley de Cuidado de Salud a Bajo Precio) -Lo que Usted Necesita Saber

Requisito de Conciliar los Pagos por Adelantado del Crédito Tributario de Prima de Seguro Médico

El crédito tributario de prima de seguro médico ayuda a pagar las primas de un seguro médico adquirido a través del Mercado de Seguros Médicos. Las personas que reúnen los requisitos pueden tener pagos por adelantado del crédito tributario de prima de seguro médico efectuados en su nombre directamente a la compañía de seguros.

Si usted o un miembro de su familia se inscribió en un seguro médico que adquirió a través del Mercado de Seguros Médicos y pagos por adelantado del crédito tributario de prima de seguro médico fueron efectuados a su compañía de seguros para reducir la cantidad de la prima que paga mensualmente, usted tiene que adjuntar el Formulario 8962 a su declaración para conciliar (comparar) los pagos por adelantado con su crédito tributario de prima de seguro médico para el año.

Se requiere que el Mercado de Seguros Médicos envíe el Formulario 1095-A para el 31 de enero de 2025, indicando los pagos por adelantado y otra información que usted necesita para completar el Formulario 8962.

1. Usted necesitará el Formulario 1095-A que le envíe el Mercado de Seguros Médicos.
2. Complete el Formulario 8962 para reclamar el crédito y para conciliar sus pagos por adelantado del crédito.
3. Incluya el Formulario 8962 con su Formulario 1040, 1040-SR o 1040-NR. (No incluya el Formulario 1095-A).

Informe de la Cobertura del Seguro Médico

Si usted o alguien en su familia fue un empleado en 2024, su empleador puede estar requerido a enviarle el Formulario 1095-C. La Parte II del Formulario 1095-C indica si su empleador le ofreció cobertura de un seguro médico y, si es así, información sobre la oferta. Usted debe recibir el Formulario 1095-C para principios de marzo de 2025. Esta información puede ser relevante si usted adquirió cobertura de seguro médico para 2024 a través del Mercado de Seguros Médicos y desea reclamar el crédito tributario de prima de seguro médico en la línea 9 del Anexo 3. Sin embargo, usted no necesita esperar a recibir este formulario antes de presentar su declaración. Usted puede basarse en otra información que reciba de su empleador. Si no desea reclamar el crédito tributario de prima de seguro médico para 2024, no necesita la información en la Parte II del Formulario 1095-C. Para más información sobre quién reúne los requisitos para el crédito tributario de prima de seguro médico, consulte las Instrucciones para el Formulario 8962.

Recordatorio: Cobertura del seguro médico. Si usted necesita cobertura del seguro médico, acceda a www.CuidadoDeSalud.gov para aprender sobre las opciones de seguro médico disponibles a usted y a su familia, cómo comprar seguro médico y cómo usted podría reunir los requisitos para recibir ayuda financiera para comprar seguro médico.

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Qué Hay de Nuevo

Para obtener información sobre cualquier cambio adicional a la ley tributaria para el año 2024 o cualquier otro acontecimiento que afecte al Formulario 1040 o 1040-SR o las instrucciones, acceda a IRS.gov/Form1040SP.

Formularios, instrucciones y publicaciones en español. Para descargar, ver o imprimir formularios, instrucciones y publicaciones que están disponibles en español, acceda a IRS.gov/SpanishForms.

La cantidad de la deducción estándar ha aumentado. Para 2024, la cantidad de la deducción estándar ha aumentado para todos los declarantes. Las nuevas cantidades se indican a continuación:

• $14,600-Soltero o Casado que presenta una declaración por separado.
• $29,200-Casado que presenta una declaración conjunta o Cónyuge sobreviviente que reúne los requisitos.
• $21,900-Cabeza de familia.

Cómo hacer la elección para tratar a un cónyuge extranjero no residente o extranjero con doble residencia como residente de los Estados Unidos. Si usted y su cónyuge eligen tratar a un cónyuge extranjero no residente o extranjero con doble residencia como residente de los EE. UU. para 2024 o si la elección de un año anterior para tratar a un cónyuge extranjero no residente o extranjero con doble residencia como residente de los EE. UU. permanece en efecto para 2024, marque el recuadro de la sección titulada Estado Civil y anote el nombre del cónyuge extranjero no residente o extranjero con doble residencia en el espacio de entrada provisto. Vea Extranjeros no residentes y extranjeros con doble residencia, más adelante.

Requisitos de presentación para el Formulario 1099-K actualizados. Para 2024, las compañías de tarjetas de pago, las aplicaciones de pagos y los mercados en línea están requeridos a enviarle un Formulario 1099-K cuando la cantidad de sus transacciones de negocio durante el año sea más de $5,000. En el año natural 2025, el umbral bajará a más de $2,500 y de 2026 en adelante, el umbral será más de $600.

Cambios a las cantidades declaradas en el Formulario 1099-K. Comenzando en 2024, si recibió algún Formulario 1099-K que muestre pagos que fueron incluidos incorrectamente o por artículos de uso personal vendidos y de cuya venta se obtuvieron pérdidas, ahora anotará esas cantidades en el espacio de entrada provisto en la parte superior del Anexo 1. Vea Formulario(s) 1099-K en las instrucciones para el Anexo 1.

Activos digitales recibidos como ingresos ordinarios. Si usted recibió activos digitales como ingresos ordinarios, y ese ingreso no está declarado en otra parte de su declaración, anote esas cantidades en la línea 8v del Anexo 1. Vea las instrucciones para la línea 8v del Anexo 1.

Excepción al 10% de impuesto adicional para distribuciones prematuras. Comenzando en 2024, la excepción al 10% de impuesto adicional para distribuciones prematuras incluye distribuciones de un plan de jubilación para pagar ciertos gastos personales de emergencia y para víctimas de violencia doméstica. Vea el Formulario 5329, la Publicación 575 y la Publicación 590-B.

Ciertos pagos de asistencia efectuados a individuos afectados por el descarrilamiento del tren en East Palestine no son tributables. Si usted recibió pagos de asistencia debido a que fue afectado por el descarrilamiento del tren en East Palestine, Ohio, estos pagos puede que sean no tributables. Vea IRS.gov/Desastres y la Publicación 547.

Los pagos calificados de asistencia por los incendios forestales incontrolables no son tributables. Si usted recibió un pago de asistencia calificado por los incendios forestales incontrolables, estos pagos puede que sean no tributables. Vea IRS.gov/Desastres y la Publicación 547.

Elección del cónyuge sobreviviente para ser tratado como empleado. Comenzando en 2024, un cónyuge sobreviviente quien es el beneficiario designado de un empleado cubierto por un plan de jubilación calificado (u otro plan para el cual las reglas de distribución mínima requerida le aplican) o quien es el beneficiario designado del dueño de un arreglo IRA puede elegir ser tratado como el empleado para propósitos de las reglas de distribución mínima requerida. Vea la Publicación 575 y la Publicación 590-B.

2024 es el último año para presentar el Formulario 5405. El período de 15 años para el reintegro del crédito tributario para comprador de primera vivienda para viviendas compradas en 2008 comenzó con su declaración de impuestos de 2010 y termina con su declaración de impuestos de 2024.

Pagos de exención de Medicaid no tributables declarados en el (los) Formulario(s) W-2. Si usted recibió pagos de exención de Medicaid no tributables, estas cantidades ahora deben ser informadas a usted en la casilla 12 con el código II del (de los) Formulario(s) W-2.

Cómo declarar pagos excesivos, aumento al impuesto y cantidades de recuperación relacionados a ciertos créditos por inversiones. Si usted declaró un pago excesivo, un aumento al impuesto y/o una cantidad de recuperación relacionada con ciertos créditos en el Formulario 4255, usted también tendrá que declarar esas cantidades en el Anexo 2. Vea las Instrucciones para el Formulario 4255 y las líneas 1d, 1e, 1f, 1y, 17a, 17z y 19 del Anexo 2.

Cantidad de reintegro del Formulario 8936. Si usted tiene un reintegro del crédito por vehículos limpios nuevos o de segunda mano declarados en el Formulario 8936 y el Anexo A (Formulario 8936), esas cantidades ahora se declararán en las líneas 1b y 1c del Anexo 2.

Compra de bonos de ahorros descontinuada. El programa que permite que su reembolso se deposite en su cuenta de TreasuryDirect® para comprar bonos de ahorros, así como la facilidad de comprar bonos en papel con su reembolso, ha sido descontinuado. El Formulario 8888 ahora es utilizado solamente para dividir su reembolso de depósito directo entre dos o más cuentas o para dividir su reembolso entre un depósito directo y un

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cheque en papel. Acceda a TreasuryDirect.gov/Research-Center/FAQ-IRS-Tax-Feature.

Impuesto estadounidense asignable a las Islas Vírgenes Estadounidenses ahora declarado en la línea 13z del Anexo 3. Si utiliza el Formulario 8689 para calcular su cantidad del impuesto estadounidense asignable a las Islas Vírgenes Estadounidenses, usted ahora declarará esta cantidad en la línea 13z del Anexo 3. Vea las instrucciones para la línea 13z del Anexo 3.

Cómo declarar la transferencia de crédito del crédito por vehículos limpios nuevos o de segunda mano al concesionario en el momento de la venta. Si usted compró un vehículo limpio nuevo o usado de un concesionario registrado y redujo la cantidad que usted pagó al momento de la venta transfiriendo el crédito al concesionario, usted tiene que presentar una declaración de impuestos y adjuntar el Formulario 8936 y el Anexo A (Formulario 8936) para declarar la transferencia del crédito y conciliar su elegibilidad en su declaración.

Direct File. Direct File (Presentación directa) es una opción permanente para que los contribuyentes presenten declaraciones de impuestos federales en línea -libre de costo- de manera directa y segura ante IRS comenzando en 2025. Vea DirectFile.IRS.gov. Direct File es una opción de presentación para los contribuyentes en estados participantes quienes tengan declaraciones de impuestos relativamente simples que declaren solamente ciertos tipos de ingresos y reclamen ciertos créditos y deducciones. Vea IRS.gov/DirectFile y pulse sobre Español para información sobre los estados adicionales que se han unido y las nuevas situaciones tributarias que Direct File añadió al servicio para el año tributario 2024.

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Maneras Gratuitas
Para Preparar Su Declaración de Impuestos

Direct File

Direct File (Presentación directa) es una opción para que los contribuyentes elegibles presenten sus declaraciones de impuestos federales en línea de manera segura ante el IRS.

Acceda a IRS.gov/DirectFile para saber si reúne los requisitos y para más información.

Presentación Free File

Si usted cumple con el requisito del ingreso bruto ajustado, es posible que pueda usar programas de preparación de impuestos gratuitos para preparar y enviar su declaración de impuestos electrónicamente.

Acceda a IRS.gov/PresenteGratis para saber si reúne los requisitos y para más información, incluyendo una lista de los socios de confianza de Free File (Presentación gratis).

Free Fillable Forms

Disponibles para cualquier nivel de ingreso, los Free Fillable Forms (Formularios interactivos gratuitos) permiten a personas que tienen experiencia preparando sus propias declaraciones de impuestos preparar y enviar su declaración de impuestos federal electrónicamente.

Acceda a IRS.gov/PresenteGratis para más información, incluyendo lo que necesita para usar los Formularios Interactivos Free File.

VITA y TCE

El Programa VITA (Ayuda Voluntaria a los Contribuyentes del Impuesto sobre el Ingreso) y el Programa TCE (Asesoramiento Tributario para las Personas de Edad Avanzada) ofrecen ayuda tributaria básica gratuita a ciertos individuos.

Acceda a IRS.gov/VITA para saber si reúne los requisitos y para encontrar un sitio VITA/TCE cerca de usted.

IRS

Acceda a IRS.gov/Pagos para ver todas sus opciones para efectuar pagos por Internet.

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Requisitos para la Presentación

Estas reglas aplican a todos los ciudadanos estadounidenses, sin tomar en cuenta donde viven, y también a los extranjeros residentes.

IRS e-file ¿Ha intentado usar el sistema e-file del IRS? Es la manera más rápida de obtener su reembolso y es gratis si usted es elegible. Visite IRS.gov/Espanol para más detalles.

¿Tiene que Presentar?

Use la Tabla A, B o C para saber si tiene que presentar una declaración. Los ciudadanos estadounidenses que vivieron en o recibieron ingresos con fuentes en un territorio estadounidense deben consultar la Publicación 570. Los residentes de Puerto Rico pueden consultar el Tema Tributario 901 para saber si tienen que presentar una declaración de impuestos federal.

CONSEJO Aun si usted de otra manera no tiene que presentar una declaración, debería aun presentarla para obtener un reembolso de todo impuesto federal sobre los ingresos que se le haya retenido. También debería presentar una declaración si usted es elegible para cualquiera de los siguientes créditos:

• Crédito por ingreso del trabajo.
• Crédito tributario adicional por hijos.
• Crédito tributario de oportunidad para los estadounidenses.
• Crédito tributario de prima de seguro médico.

Consulte la Publicación 501 para obtener detalles. Consulte también dicha publicación si usted no tiene que presentar una declaración de impuestos pero recibió el Formulario 1099-B (o un documento sustitutivo).

Requisito de conciliar los pagos por adelantado del crédito tributario de prima de seguro médico. Si usted, su cónyuge con quien presenta una declaración conjunta o un dependiente de usted se inscribió en la cobertura a través del Mercado de Seguros Médicos para 2024 y se hacen pagos por adelantado del crédito tributario de prima de seguro médico para esta cobertura, usted tiene que presentar una declaración para 2024 y adjuntar el Formulario 8962. Usted (o quien lo haya inscrito) debe haber recibido el Formulario 1095-A del Mercado de Seguros Médicos con la información acerca de su cobertura y cualesquier pagos por adelantado.

Usted tiene que adjuntar el Formulario 8962 aun si otra persona fue quien lo inscribió a usted, su cónyuge o su dependiente. Si usted es reclamado como un dependiente en la declaración de impuestos de 2024 de otra persona, no tendrá que adjuntar el Formulario 8962.

Excepción para ciertos hijos menores de 19 años de edad o estudiantes a tiempo completo. Si ciertas condiciones aplican, usted puede optar por incluir en su declaración el ingreso de un hijo menor de 19 años de edad al final de 2024 o que fue estudiante a tiempo completo y menor de 24 años de edad al final de 2024. Para hacerlo, use el Formulario 8814. Si opta por esto, su hijo no tiene que presentar una declaración. Para detalles, consulte el Tema Tributario 553 o vea el Formulario 8814.

Un hijo nacido el 1 de enero de 2001 se considera que tiene 24 años de edad al final de 2024. No use el Formulario 8814 para tal hijo.

Extranjeros residentes. Estas reglas también le aplican si usted fue extranjero residente. Además, usted podría calificar para ciertos beneficios conforme a tratados de impuestos. Por lo general, usted es un extranjero residente si cumple con el requisito de la tarjeta de residencia (tarjeta verde o green card, como se conoce en inglés) o el requisito de presencia sustancial para 2024. Vea la Publicación 519 para detalles.

Extranjeros no residentes y extranjeros con doble residencia. Estas reglas también le aplican si usted fue extranjero no residente o extranjero con doble residencia y ambas de las siguientes condiciones le aplican:

• Estaba casado con un ciudadano o extranjero residente de los Estados Unidos al final de 2024.
• Usted escogió tributar como extranjero residente.

Para más información, vea Extranjeros no residentes y extranjeros con doble residencia, más adelante y la Publicación 519.

¡PRECAUCIÓN! Hay unas reglas específicas que aplican para determinar si usted es un extranjero residente, extranjero no residente o extranjero con doble residencia. La mayoría de los extranjeros no residentes y extranjeros con doble residencia tienen requisitos de presentación diferentes y podrían tener que presentar el Formulario 1040-NR. La Publicación 519 aborda estos requisitos y otra información que ayuda a los extranjeros a cumplir con las leyes tributarias de los Estados Unidos.

¿Cuándo y Dónde Tengo que Presentar la Declaración?

Presente el Formulario 1040 o 1040-SR a más tardar el 15 de abril de 2025. Si presenta su declaración luego de esta fecha, quizás tenga que pagar intereses y multas. Vea Intereses y Multas, más adelante.

Si usted estaba prestando servicios en, o en apoyo de, las Fuerzas Armadas de los EE. UU. en una zona de combate designada u operación de contingencia, usted podría presentar más tarde. Vea la Publicación 3 para más detalles.

Si usted presenta su declaración electrónicamente, no tiene que enviarla por correo. Sin embargo, si usted opta por enviarla por correo en vez de presentarla electrónicamente, puede encontrar las instrucciones para presentar y las direcciones al final de estas instrucciones.

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CONSEJO La tabla al final de estas instrucciones provee las direcciones para enviar su declaración. Use estas direcciones para los Formularios 1040 o 1040-SR presentados en 2025. Las direcciones para las declaraciones presentadas después de 2025 pueden ser diferentes. Acceda a IRS.gov/Form1040SP para averiguar si éstas se han actualizado.

¿Qué Ocurre si No Puede Presentar a Tiempo?

Usted puede obtener una prórroga automática de 6 meses para presentar su declaración de impuestos si, a más tardar en la fecha de vencimiento del plazo para presentar la declaración, presenta el Formulario 4868. Si quiere solicitar una prórroga automática electrónicamente, vea el Formulario 4868 para detalles.

¡PRECAUCIÓN! Una prórroga automática de 6 meses para presentar su declaración de impuestos no prolonga el plazo para pagar el impuesto. Si no paga la cantidad adeudada para la fecha de vencimiento original de su declaración, adeudará intereses sobre la cantidad del impuesto sin pagar y tal vez tenga que pagar multas. Vea el Formulario 4868.

Si es ciudadano o extranjero residente estadounidense, podría calificar para una prórroga automática del plazo para presentar sin tener que presentar el Formulario 4868. Usted califica si, en la fecha de vencimiento de su declaración, usted reúne una de las siguientes condiciones:

• Está viviendo fuera de los Estados Unidos y Puerto Rico y su lugar principal de negocios o puesto de servicio se encuentra fuera de los Estados Unidos y Puerto Rico.
• Está prestando servicio militar o naval fuera de los Estados Unidos y Puerto Rico.

Esta prórroga le da 2 meses adicionales para presentar y pagar el impuesto, pero se le cobrarán intereses desde la fecha de vencimiento original de su declaración sobre cualquier impuesto que no haya pagado. Usted tiene que adjuntar a su declaración una explicación de la situación que le da derecho a la prórroga. Si no puede presentar la declaración dentro del plazo de prórroga automática de 2 meses, puede recibir una prórroga adicional de 4 meses si presenta el Formulario 4868 a más tardar el 16 de junio de 2025. Esta prórroga adicional de 4 meses para presentar no extiende el plazo para pagar su impuesto. Vea el Formulario 4868.

Servicios de Entrega Privados

Si opta por enviar su declaración por correo, puede usar ciertos servicios de entrega privados (PDS, por sus siglas en inglés) designados por el IRS para satisfacer el requisito de "enviar a tiempo equivale a presentar/pagar a tiempo" para las declaraciones y pagos de impuestos. Estos servicios de entrega privados incluyen solamente los siguientes:

• UPS Next Day Air Early A.M., UPS Next Day Air, UPS Next Day Air Saver, UPS 2nd Day Air, UPS 2nd Day Air A.M., UPS Worldwide Express Plus y UPS Worldwide Express.
• FedEx First Overnight, FedEx Priority Overnight, FedEx Standard Overnight, FedEx 2 Day, FedEx International Next Flight Out, FedEx International Priority, FedEx International First y FedEx International Economy.
• DHL Express 9:00, DHL Express 10:30, DHL Express 12:00, DHL Express Worldwide, DHL Express Envelope, DHL Import Express 10:30, DHL Import Express 12:00 y DHL Import Express Worldwide.

Si desea saber las actualizaciones que se han hecho a la lista de los servicios de entrega privados designados por el IRS, acceda a IRS.gov/PDS. Para las direcciones de envío del IRS a utilizar si usa un servicio de entrega privado, acceda a IRS.gov/PDSStreetAddresses.

El servicio de entrega privado puede decirle cómo obtener una prueba escrita de la fecha de envío.

¡PRECAUCIÓN! Sólo el Servicio Postal de los EE. UU. puede entregar en apartados de correos. Usted no puede utilizar un servicio de entrega privado para realizar pagos de impuesto que requieran enviarse a un apartado de correos.

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Tabla A -Para la Mayoría de los Contribuyentes

SI su estado civil para efectos de la declaración es...; Y al final del año 2024 usted tenía...*; ENTONCES presente una declaración si su ingreso bruto** era al menos...
Soltero; menos de 65 años de edad; $14,600
Soltero; 65 años de edad o más; 16,550
Casado que presenta una declaración conjunta***; menos de 65 años de edad (ambos cónyuges); $29,200
Casado que presenta una declaración conjunta***; 65 años de edad o más (un cónyuge); 30,750
Casado que presenta una declaración conjunta***; 65 años de edad o más (ambos cónyuges); 32,300
Casado que presenta una declaración por separado; cualquier edad; $5
Cabeza de familia; menos de 65 años de edad; $21,900
Cabeza de familia; 65 años de edad o más; 23,850
Cónyuge sobreviviente que reúne los requisitos; menos de 65 años de edad; $29,200
Cónyuge sobreviviente que reúne los requisitos; 65 años de edad o más; 30,750

* Si nació el 1 de enero de 1960, se considera que tiene 65 años de edad al final del año 2024. (Si su cónyuge falleció en 2024 o si se está preparando una declaración para alguien que falleció en 2024, vea la Publicación 501).

** Ingreso bruto significa todo ingreso que usted haya recibido en forma de dinero, bienes, propiedades y servicios que no esté exento de impuestos, incluyendo todo ingreso de fuentes fuera de los Estados Unidos o la venta de su vivienda principal (aun si puede excluir una parte o la totalidad de ese ingreso). No incluya los beneficios del Seguro Social, a menos que (a) usted sea un contribuyente casado que presenta una declaración por separado y vivió con su cónyuge en cualquier momento de 2024 o (b) la mitad de sus beneficios del Seguro Social más el resto de su otro ingreso bruto y todo interés exento de impuesto sean superiores a $25,000 ($32,000 si es casado que presenta una declaración conjunta). Si le corresponde el punto (a) o (b), vea las instrucciones para líneas 6a y 6b para calcular la parte tributable de los beneficios del Seguro Social que tiene que incluir en el ingreso bruto. El ingreso bruto incluye las ganancias, pero no las pérdidas, que se declaran en el Formulario 8949 o en el Anexo D. El ingreso bruto proveniente de un negocio, por ejemplo, es la cantidad que se incluye en la línea 7 del Anexo C o en la línea 9 del Anexo F. Pero, al calcular el ingreso bruto, no reduzca éste por cualesquier pérdidas, incluyendo las pérdidas que se incluyen en la línea 7 del Anexo C o en la línea 9 del Anexo F.

*** Si no vivía con su cónyuge al final del año 2024 (o en la fecha en que falleció su cónyuge) y su ingreso bruto era al menos $5, tiene que presentar una declaración independientemente de su edad.

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Tabla B -Para Hijos y Otros Dependientes (Vea ¿Quién Reúne los Requisitos para Ser Su Dependiente?, más adelante).

Si sus padres (u otra persona) pueden reclamarlo a usted como dependiente, use esta tabla para saber si tiene que presentar una declaración.

En esta tabla, el ingreso no derivado del trabajo incluye intereses tributables, dividendos ordinarios y distribuciones de ganancias de capital. También incluye la compensación por desempleo, beneficios tributables del Seguro Social, pensiones, anualidades y distribuciones de ingresos no derivados del trabajo provenientes de un fideicomiso. El ingreso del trabajo incluye sueldos, salarios, propinas, honorarios profesionales y becas de estudios y de desarrollo profesional tributables. El ingreso bruto es el total del ingreso del trabajo e ingresos no derivados del trabajo.

Dependientes solteros. ¿Tenía usted 65 años de edad o más o estaba ciego?
-- No. Tiene que presentar una declaración de impuestos si alguna de las siguientes situaciones le corresponde:
• Sus ingresos no derivados del trabajo eran mayores de $1,300.
• Su ingreso del trabajo era mayor de $14,600.
• Su ingreso bruto era superior a la mayor de-
• $1,300 o
• Su ingreso del trabajo (hasta $14,150) más $450.
-- Sí. Tiene que presentar una declaración de impuestos si alguna de las siguientes situaciones le corresponde:
• Sus ingresos no derivados del trabajo eran mayores de $3,250 ($5,200 si tenía 65 años de edad o más y estaba ciego).
• Su ingreso del trabajo era mayor de $16,550 ($18,500 si tenía 65 años de edad o más y estaba ciego).
• Su ingreso bruto era superior a la mayor de-
• $3,250 ($5,200 si tenía 65 años de edad o más y estaba ciego) o
• Su ingreso del trabajo (hasta $14,150) más $2,400 ($4,350 si tenía 65 años de edad o más y estaba ciego).
Dependientes casados. ¿Tenía usted 65 años de edad o más o estaba ciego?
-- No. Tiene que presentar una declaración de impuestos si alguna de las siguientes situaciones le corresponde:
• Sus ingresos no derivados del trabajo eran mayores de $1,300.
• Su ingreso del trabajo era mayor de $14,600.
• Su ingreso bruto era de por lo menos $5, y su cónyuge presenta una declaración de impuestos por separado y éste detalla sus deducciones.
• Su ingreso bruto era superior a la mayor de-
• $1,300 o
• Su ingreso del trabajo (hasta $14,150) más $450.
-- Sí. Tiene que presentar una declaración de impuestos si alguna de las siguientes situaciones le corresponde:
• Sus ingresos no derivados del trabajo eran mayores de $2,850 ($4,400 si tenía 65 años de edad o más y estaba ciego).
• Su ingreso del trabajo era mayor de $16,150 ($17,700 si tenía 65 años de edad o más y estaba ciego).
• Su ingreso bruto era de por lo menos $5, y su cónyuge presenta una declaración de impuestos por separado y éste detalla sus deducciones.
• Su ingreso bruto era superior a la mayor de-
• $2,850 ($4,400 si tenía 65 años de edad o más y estaba ciego) o
• Su ingreso del trabajo (hasta $14,150) más $2,000 ($3,550 si tenía 65 años de edad o más y estaba ciego).

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Tabla C -Otras Situaciones en las que Tiene que Presentar una Declaración

Si alguna de las condiciones que se indican a continuación le corresponde, tiene que presentar la declaración para 2024.

1. Adeuda algunos impuestos especiales, incluyendo cualquiera de los siguientes (vea las instrucciones del Anexo 2):
a. Impuesto mínimo alternativo.
b. Impuestos adicionales sobre un plan calificado, incluyendo un arreglo individual de ahorro para la jubilación (IRA, por sus siglas en inglés) u otros planes con beneficios tributarios.
c. Impuestos sobre el empleo de empleados domésticos.
d. El impuesto del Seguro Social y del Medicare sobre propinas que usted no declaró a su empleador o sobre salarios recibidos de un empleador que no retuvo dichos impuestos.
e. Impuestos del Seguro Social y del Medicare o el impuesto de Jubilación para Empleados Ferroviarios (conocido como RRTA, por sus siglas en inglés), sobre propinas que no fueron recaudados y que usted declaró a su empleador o seguro de vida colectivo a término e impuestos adicionales sobre cuentas de ahorros para gastos médicos.
f. Impuestos recuperados.
2. Usted (o su cónyuge si presentan conjuntamente) recibió distribuciones de una cuenta de ahorros médicos (HSA, por sus siglas en inglés), de una cuenta Archer MSA o de una cuenta Medicare Advantage MSA.
3. Tiene ingresos netos del trabajo por cuenta propia de por lo menos $400.
4. Tiene un salario de $108.28 o más de una iglesia o una organización calificada controlada por una iglesia que está exenta de los impuestos del Seguro Social y del Medicare del empleador.
5. Pagos por adelantado del crédito tributario de prima de seguro médico fueron hechos para usted, su cónyuge o un dependiente porque se inscribieron en la cobertura de un seguro de salud a través del Mercado de Seguros Médicos. Usted o quien lo haya inscrito debe haber recibido el (los) Formulario(s) 1095-A que demuestre(n) la(s) cantidad(es) pagada(s) por adelantado.
6. Usted está obligado a incluir cantidades en los ingresos conforme a la sección 965 del Código de Impuestos Internos o tiene una responsabilidad tributaria neta conforme a la sección 965 que paga a plazos conforme a la sección 965(h) o difiere al hacer una elección conforme a la sección 965(i).
7. Usted compró un vehículo limpio nuevo o usado de un concesionario registrado y redujo la cantidad que usted pagó en el momento de la venta transfiriendo el crédito al concesionario. Vea el Formulario 8936 y el Anexo A (Formulario 8936).

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Instrucciones para las Líneas de los Formularios 1040 y 1040-SR

¡PRECAUCIÓN! También vea las instrucciones para los Anexos 1 a 3 que se encuentran luego de las instrucciones para los Formularios 1040 y 1040-SR.

Qué formulario debe presentar. Todos pueden presentar el Formulario 1040. El Formulario 1040-SR está disponible para usted si nació antes del 2 de enero de 1960.

Declarantes con año fiscal. Si usted es un declarante que usa un año fiscal que no es el año tributario del 1 de enero al 31 de diciembre de 2024, anote los meses cuando comienza y termina su año fiscal en el espacio de entrada provisto en la parte superior de la página 1 del Formulario 1040 o 1040-SR.

Información adicional anotada. Si necesita anotar una palabra, código y/o cantidad de dólares en el Formulario 1040 o 1040-SR para explicar una partida de ingreso o deducción, pero no tiene suficiente espacio para anotar la palabra, código y/o cantidad de dólares, puede poner un asterisco al lado de la línea correspondiente y poner una nota al pie de la página 2 de su declaración de impuestos indicando la línea y la palabra, código y/o cantidad de dólares que usted necesita anotar.

Las secciones a las cuales se hace referencia corresponden al Código Federal de Impuestos Internos a menos que se indique de otra manera.

Nombre y Dirección

Escriba a máquina o en letra de molde en los espacios provistos. Si es casado que presenta una declaración por separado, anote el nombre de su cónyuge en el espacio de entrada provisto en la sección titulada Estado Civil debajo de los recuadros en vez hacerlo debajo de su nombre. Si usted está encarcelado actualmente, anote su número de identificación de recluso cerca de su apellido.

CONSEJO Si presentó una declaración conjunta para 2023 y está presentando una declaración conjunta para 2024 con el mismo cónyuge, asegúrese de anotar los nombres y números de Seguro Social en el mismo orden en el que los anotó en su declaración de 2023.

Cambio de Nombre

Si ha cambiado su nombre debido a matrimonio, divorcio, etc., asegúrese de notificar el cambio inmediatamente a la Administración del Seguro Social (SSA, por sus siglas en inglés) antes de presentar su declaración. Esto ayudará a prevenir demoras al tramitar su declaración y emitir su reembolso y también a salvaguardar sus beneficios futuros del Seguro Social.

Cambio de Dirección

Si tiene planes de mudarse después de presentar su declaración, use el Formulario 8822, Change of Address (Cambio de dirección), para notificarle al IRS sobre su nueva dirección.

Apartado Postal

Anote su apartado postal únicamente si su oficina de correos no entrega correo a la dirección física de su domicilio.

Dirección en el Extranjero

Si tiene una dirección en el extranjero, anote el nombre de la ciudad en la línea correspondiente. No anote ninguna otra información en esa línea, sino que complete los espacios correspondientes a direcciones en el extranjero que se encuentran debajo de la línea para anotar la ciudad. No abrevie el nombre del país. Siga la costumbre del país al escribir el código postal y el nombre de la provincia, del condado o del estado.

Contribuyente Fallecido

Si un contribuyente fallece antes de presentar una declaración para el año 2024, el cónyuge del contribuyente o su representante personal puede tener que presentar y firmar una declaración para ese contribuyente. Un "representante personal" puede ser un albacea, administrador o cualquier persona que esté a cargo de los bienes de la persona fallecida. Si el contribuyente fallecido no tenía que presentar una declaración pero se le retuvo impuesto, se tiene que presentar una declaración para poder obtener un reembolso. La persona que presenta la declaración tiene que anotar "Deceased" (Fallecido), el nombre del contribuyente fallecido y la fecha en que falleció en la parte superior de la declaración. Si esta información no se provee, puede atrasar la tramitación de la declaración.

Si su cónyuge falleció en 2024 y usted no se volvió a casar en 2024, o si su cónyuge falleció en 2025 antes de presentar una declaración para 2024, usted puede presentar una declaración conjunta. Una declaración conjunta debe mostrar el ingreso que recibió su cónyuge en 2024 antes de fallecer y el ingreso de usted durante todo 2024. Anote "Filing as surviving spouse" (Presentando como cónyuge sobreviviente) en el área donde usted firma la declaración. Si otra persona es el representante personal, entonces esta persona también tiene que firmar.

Todos los pagadores de ingreso, incluyendo las instituciones financieras, deben de ser notificados inmediatamente sobre el fallecimiento del contribuyente. Esto asegurará el informe adecuado del ingreso obtenido por el patrimonio o herederos del contribuyente. El número de Seguro Social de un contribuyente fallecido no debe usarse para los años tributarios posteriores al año de su fallecimiento, excepto para propósitos de la declaración de impuestos sobre la herencia.

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Número de Seguro Social (SSN)

El no proveer un número de Seguro Social (SSN, por sus siglas en inglés) o proveer un SSN incorrecto podría aumentar sus impuestos, disminuir su reembolso o causar la demora de su reembolso. Para solicitar un SSN, complete el Formulario SS-5-SP y envíelo, junto con los documentos de evidencia apropiados, a la Administración del Seguro Social (SSA, por sus siglas en inglés). Puede obtener el Formulario SS-5SP en SSA.gov/forms/ss-5sp.pdf, su oficina local de la SSA o llamando al 800-772-1213. Por lo general, se tarda alrededor de 2 semanas el obtener un SSN una vez que la SSA tenga toda la evidencia e información que necesita.

Verifique que su nombre y su SSN en los Formularios 1040 o 1040-SR, W-2 y 1099 coincidan con la información en su tarjeta de Seguro Social. Si la información en los formularios antes mencionados no está correcta, ciertas deducciones y créditos reclamados en su Formulario 1040 o 1040-SR podrían ser reducidos o denegados. También puede ser que no reciba crédito en su cuenta de Seguro Social. Si el SSN y/o su nombre en el Formulario W-2 no está(n) correcto(s), notifique a su empleador o al agente que preparó el formulario lo antes posible para que corrija el error y envíe la información corregida. De esta manera, recibirá el crédito en su cuenta de Seguro Social. Si su nombre y/o su SSN no está(n) correcto(s) en su tarjeta de Seguro Social, llame a la SSA.

Una vez se le expida un SSN, úselo para presentar su declaración de impuestos. Use su SSN aunque el mismo no le autorice a trabajar o si se le ha expedido un SSN que lo autoriza a trabajar y usted pierde la autorización para trabajar. No se le expedirá un número de identificación del contribuyente del IRS (ITIN, por sus siglas en inglés) una vez se le haya expedido un SSN. Si usted recibe su SSN luego de haber usado un ITIN anteriormente, no siga utilizando su ITIN. En vez de eso, use su SSN.

Números de Identificación Personal del Contribuyente del IRS (ITIN) para Extranjeros

Si usted es extranjero no residente o es extranjero residente y no tiene ni reúne los requisitos para obtener un SSN, tiene que solicitar un número de identificación personal del contribuyente del IRS (ITIN, por sus siglas en inglés). Tarda alrededor de 7 semanas obtener un ITIN.

Si ya tiene un ITIN, anótelo en la declaración de impuestos en todo espacio donde se le pida el SSN.

Algunos ITIN tienen que ser renovados. Si usted no ha usado su ITIN en una declaración de impuestos federal al menos una vez para los años tributarios 2021, 2022 o 2023, su ITIN ya venció y tiene que ser renovado si usted tiene que presentar una declaración de impuestos federal. No necesita renovar su ITIN si no necesita presentar una declaración de impuestos federal. Usted puede encontrar más información en IRS.gov/ITIN. Pulse sobre Español para ver la información en español.

El ITIN es sólo para propósitos tributarios federales. No le da derecho a obtener beneficios del Seguro Social y no cambia el estado de empleo, ni el estado migratorio conforme a las leyes estadounidenses.

Para más información sobre los ITIN, incluyendo la solicitud, expiración y renovación, vea el Formulario W-7 y sus instrucciones.

Si usted recibe un SSN luego de haber usado un ITIN anteriormente, no siga utilizando su ITIN. En vez de eso, use su SSN. Visite una oficina local del IRS o escriba una carta al IRS explicando que ahora tiene un SSN y quiere que todos sus archivos tributarios se combinen bajo su SSN. Detalles acerca de qué incluir con la carta y dónde enviar la misma se encuentran en IRS.gov/ITIN. Pulse sobre Español para ver la información en español.

Cónyuge Extranjero No Residente

Si su cónyuge es extranjero no residente, su cónyuge deberá tener un SSN o ITIN si:

• Ustedes presentan una declaración conjunta o
• Su cónyuge presenta una declaración por separado.

Fondo para la Campaña Electoral Presidencial

Este fondo ayuda a pagar las campañas electorales presidenciales. El fondo reduce la dependencia de los candidatos de grandes contribuciones de individuos y grupos y coloca a los candidatos en igualdad de condiciones financieras en las elecciones generales. El fondo también ayuda a pagar las investigaciones médicas pediátricas. Si desea aportar $3 a este fondo, marque el recuadro correspondiente. Si presentan una declaración conjunta, su cónyuge también puede aportar $3 al fondo. Si marca el recuadro, esto no cambiará el impuesto que pague ni el reembolso que reciba.

Estado Civil para Efectos de la Declaración

Marque solamente el recuadro que corresponde a su estado civil para efectos de la declaración. Los que resultan en menos impuestos aparecen al final de la siguiente lista:

• Casado que presenta una declaración por separado.
• Soltero.
• Cabeza de familia.
• Casado que presenta una declaración conjunta.
• Cónyuge sobreviviente que reúne los requisitos.

Para más información sobre el estado matrimonial, vea la Publicación 501.

CONSEJO Si reúne los requisitos para más de un estado civil para efectos de la declaración, elija el que le permita pagar menos impuestos.

Soltero

Puede marcar el recuadro "Soltero" en la sección titulada Estado Civil en la página 1 del Formulario 1040 o 1040-SR si alguna de las siguientes situaciones le correspondía a usted el 31 de diciembre de 2024:

• Nunca ha estado casado.

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• Estaba legalmente separado de acuerdo con la ley estatal conforme a un fallo de divorcio o de manutención por separación judicial. Pero si, al final de 2024, su divorcio no era final (un fallo provisional), se le considera casado y no puede marcar este recuadro.
• Enviudó antes del 1 de enero de 2024 y no se volvió a casar antes de terminar el año 2024. Pero si tiene un hijo, es posible que pueda presentar su declaración utilizando el estado civil para efectos de la declaración de cónyuge sobreviviente que reúne los requisitos. Vea las instrucciones para Cónyuge Sobreviviente que Reúne los Requisitos, más adelante.

Casado que Presenta una Declaración Conjunta

Puede marcar el recuadro "Casado que presenta una declaración conjunta" en la sección titulada Estado Civil en la página 1 del Formulario 1040 o 1040-SR si alguna de las siguientes situaciones le corresponde:

• Estaba casado al final de 2024, aun si no vivía con su cónyuge al final de 2024.
• Su cónyuge falleció en 2024 y usted no se volvió a casar en 2024.
• Estaba casado al final de 2024 y su cónyuge falleció en 2025 antes de presentar una declaración para 2024.

Una pareja casada que presenta una declaración conjunta declara el ingreso combinado y deduce sus gastos permisibles combinados en una sola declaración. Pueden presentar una declaración conjunta aun si sólo uno de ellos tuvo ingresos o si no vivieron juntos todo el año. No obstante, ambas personas tienen que firmar la declaración. Una vez presente una declaración conjunta, no puede optar por presentar declaraciones por separado para ese año luego de la fecha de vencimiento para presentar la declaración.

Deuda tributaria conjunta y solidaria. Si presenta una declaración conjunta, tanto usted como su cónyuge generalmente son responsables por el impuesto y los intereses o multas que adeuden sobre la declaración. Esto significa que si un cónyuge no paga el impuesto adeudado, el otro podría tener que hacerlo. O, si un cónyuge no informa el impuesto correcto, puede que ambos cónyuges sean responsables por todo impuesto adicional determinado por el IRS. Puede que usted quiera presentar la declaración por separado si:

• Usted cree que su cónyuge no está declarando todo el ingreso de éste o
• Usted no quiere ser responsable de todo el impuesto que su cónyuge adeude si a su cónyuge no se le retiene suficiente impuesto o si no paga suficiente impuesto estimado.

Vea las instrucciones para Casado que Presenta una Declaración por Separado. También vea Alivio del Cónyuge Inocente bajo Información General, más adelante.

Extranjeros no residentes y extranjeros con doble residencia. Por lo general, una pareja casada no puede presentar una declaración conjunta si uno de los cónyuges es extranjero no residente en cualquier momento durante el año tributario. Sin embargo, usted y su cónyuge pueden elegir ser tratados como residentes de los Estados Unidos para todo el año y presentar una declaración conjunta si uno de los cónyuges era extranjero no residente al final del año tributario (el cónyuge no residente) y el otro fue un ciudadano o residente de los Estados Unidos al final del año tributario. Esta elección permanecerá en efecto en los años siguientes hasta su terminación. Usted y su cónyuge también pueden elegir presentar la declaración como residentes de los Estados Unidos durante todo el año si ambos son ciudadanos o residentes de los Estados Unidos al final del año y uno (o ambos) de ustedes fue (fueron) no residente(s) al comienzo del año (el (los) cónyuge(s) con doble residencia). Usted sólo puede hacer esta elección por 1 año, y no aplica a ninguno de los años posteriores.

Si usted y su cónyuge están haciendo cualesquiera de estas elecciones para ser tratados como residentes de los Estados Unidos para 2024, marque el recuadro en la sección titulada Estado Civil y anote el nombre del cónyuge extranjero no residente o cónyuge(s) con doble residencia (cualquiera que le aplique a usted) en el espacio de entrada provisto. También marque el recuadro y anote el nombre de éste si usted y su cónyuge no residente hicieron la elección para ser tratados como residentes en un año anterior y la elección permanece en efecto.

¡PRECAUCIÓN! Para hacer cualquier elección para 2024, usted y su cónyuge tienen que presentar una declaración conjunta y adjuntar una declaración escrita, firmada por ambos cónyuges, a su declaración. Para saber qué información tiene que incluir en la declaración escrita, así como más información sobre estas elecciones, vea Cónyuge No Residente Tratado como un Residente para extranjeros no residentes y Cómo Elegir el Estado de Extranjero Residente para extranjeros con doble residencia en la Publicación 519, Guía de Impuestos Estadounidenses para Extranjeros.

Casado que Presenta una Declaración por Separado

Marque el recuadro "Casado que presenta una declaración por separado" en la sección titulada Estado Civil en la página 1 del Formulario 1040 o 1040-SR si está casado, al final de 2024, y presenta una declaración por separado. Anote el nombre de su cónyuge en el espacio de entrada provisto debajo de los recuadros para marcar el estado civil para efectos de la declaración. Asegúrese de anotar el SSN o el ITIN de su cónyuge en el espacio de entrada provisto para el SSN de su cónyuge en el Formulario 1040 o 1040-SR. Si su cónyuge no tiene y no se le requiere tener un SSN o un ITIN, anote "NRA" (extranjero no residente) en el espacio provisto debajo de los recuadros para marcar el estado civil para efectos de la declaración.

Para declaraciones presentadas electrónicamente, anote el nombre de su cónyuge o "NRA" si su cónyuge no tiene un SSN o ITIN en el espacio de entrada provisto debajo de los recuadros para marcar el estado civil para efectos de la declaración.

Si está casado y presenta una declaración por separado, generalmente declara únicamente sus propios ingresos, deducciones y créditos. Por lo general, usted es responsable sólo por el impuesto sobre su propio ingreso. Reglas diferentes le aplican a las personas que viven en estados donde rige la ley de los bienes gananciales; vea la Publicación 555.

Sin embargo, usted normalmente pagará más impuestos usando este estado civil para efectos de la declaración que

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con otro estado civil para efectos de la declaración para el cual usted reúna los requisitos. Además, si presenta una declaración por separado, no puede tomar la deducción por intereses sobre un préstamo de estudios ni los créditos por estudios, y usted sólo podrá reclamar el crédito por ingreso del trabajo y el crédito por gastos del cuidado de menores y dependientes en circunstancias muy limitadas. Tampoco puede reclamar la deducción estándar si su cónyuge detalla sus deducciones. Para situaciones en las cuales usted tal vez quiera presentar la declaración por separado, vea Deuda tributaria conjunta y solidaria, anteriormente.

CONSEJO Usted podría presentar la declaración como cabeza de familia si tenía un hijo viviendo con usted y usted vivió separado de su cónyuge durante los últimos 6 meses de 2024. Vea Personas casadas que no viven juntas, más adelante.

Cabeza de Familia

Puede marcar el recuadro "Cabeza de familia" en la sección titulada Estado Civil en la página 1 del Formulario 1040 o 1040-SR si se le considera no casado y provee un hogar para ciertas otras personas. Se le considera no casado para este propósito si alguna de las siguientes situaciones le corresponde:

• Estaba legalmente separado de acuerdo con la ley estatal conforme a un fallo de divorcio o de manutención por separación judicial al final de 2024. Pero si, al final de 2024, su divorcio no era final (un fallo provisional), se le considera casado.
• Está casado pero no vivió con su cónyuge durante los últimos 6 meses de 2024 y cumple con los otros requisitos bajo Personas casadas que no viven juntas, más adelante.
• Está casado y su cónyuge fue extranjero no residente en algún momento durante el año y la elección de tratar al cónyuge extranjero como extranjero residente no se hace. Vea Extranjeros no residentes y extranjeros con doble residencia, anteriormente.

Marque el recuadro "Cabeza de familia" sólo si no está casado (o se le considera no casado) y reúne las condiciones bajo el Requisito 1 o el Requisito 2.

Requisito 1. Pagó más de la mitad del costo de mantener una vivienda que fue la vivienda principal durante todo el año 2024 de su padre o madre al cual usted puede reclamar como dependiente, excepto conforme a un acuerdo de manutención múltiple (vea ¿Quién Reúne los Requisitos para Ser Su Dependiente?, más adelante). Su padre o madre no tiene que haber vivido con usted.

Requisito 2. Pagó más de la mitad del costo de mantener una vivienda en la cual usted vivió y en la cual una de las siguientes personas también vivió por más de la mitad del año (si es la mitad o menos, vea Excepción al tiempo que la persona tiene que haber vivido con usted, más adelante).

1. Cualquier persona que usted pueda reclamar como dependiente. Pero no incluye:
a. Un hijo que usted puede reclamar como dependiente conforme a la regla para Hijos de padres divorciados o separados bajo ¿Quién Reúne los Requisitos para Ser Su Dependiente?, más adelante;
b. Cualquier persona que sea su dependiente sólo porque esa persona vivió con usted durante todo el año 2024; o
c. Cualquier persona que usted reclamó como un dependiente conforme a un acuerdo de manutención múltiple. Vea ¿Quién Reúne los Requisitos para Ser Su Dependiente?, más adelante.
2. Su hijo calificado que no está casado y que no es su dependiente.
3. Su hijo calificado que está casado y que no es su dependiente sólo porque usted puede ser reclamado como dependiente en la declaración de 2024 de otra persona.
4. Su hijo calificado quien, a pesar de que usted es el padre o la madre con custodia de éste, no es su dependiente conforme a la regla para Hijos de padres divorciados o separados bajo ¿Quién Reúne los Requisitos para Ser Su Dependiente?, más adelante.

Si el hijo no es reclamado como su dependiente, anote el nombre del hijo en el espacio de entrada provisto debajo de los recuadros para marcar el estado civil para efectos de la declaración. Si no anota el nombre, nos tomará más tiempo tramitar su declaración.

Hijo calificado. Para averiguar si alguien es su hijo calificado, vea el Paso 1 bajo ¿Quién Reúne los Requisitos para Ser Su Dependiente?, más adelante.

Dependiente. Para averiguar si alguien es su dependiente, vea ¿Quién Reúne los Requisitos para Ser Su Dependiente?, más adelante.

CONSEJO Los dependientes que usted reclama son aquéllos que usted haya listado por nombre y SSN en la sección titulada Dependientes en el Formulario 1040 o 1040-SR.

Excepción al tiempo que la persona tiene que haber vivido con usted. Las ausencias temporales por usted o la otra persona debidas a circunstancias especiales, tales como las ausencias por educación, vacaciones, negocios, atención médica, servicio militar o estancia en un centro de detención para delincuentes juveniles, cuentan como tiempo vivido en la vivienda. También vea Hijo secuestrado, más adelante, bajo ¿Quién Reúne los Requisitos para Ser Su Dependiente?, si corresponde.

Si la persona para la cual usted mantuvo una vivienda nació o falleció en 2024, es posible que pueda presentar la declaración como cabeza de familia. Si esa persona es su hijo calificado, el hijo tiene que haber vivido con usted por más de la mitad de la parte del año en que el hijo estaba vivo. Si la persona es cualquier otra persona que no sea su hijo calificado, vea la Publicación 501. De igual manera, si usted adoptó a la persona para la cual usted mantuvo una vivienda en 2024, la persona fue colocada con usted legalmente para su adopción legítima por usted en 2024 o la persona era un hijo de crianza elegible colocado con usted durante 2024, se considera que la persona vivió con usted durante más de la mitad de 2024 si su vivienda principal era la vivienda principal de esta persona por más de la mitad del tiempo transcurrido desde que fue adoptada o colocada con usted en 2024.

Mantenimiento de una vivienda. Para averiguar qué se incluye en el costo de mantener una vivienda, vea la Publicación 501.

Personas casadas que no viven juntas. Aun si usted no estaba divorciado o legalmente separado al final de 2024, se le

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considera no casado si usted reúne todos los siguientes requisitos:

• Vivió separado de su cónyuge durante los últimos 6 meses de 2024. Las ausencias temporales debidas a circunstancias especiales, tales como las ausencias por negocios, atención médica, educación o servicio militar, cuentan como tiempo vivido en la vivienda.
• Presenta una declaración separada de la de su cónyuge.
• Pagó más de la mitad del costo de mantener su vivienda para el año 2024.
• Su vivienda fue la vivienda principal de su hijo, hijastro o hijo de crianza durante más de la mitad del año 2024 (si es la mitad o menos, vea Excepción al tiempo que la persona tiene que haber vivido con usted, anteriormente).
• Puede reclamar al hijo como dependiente o pudiera reclamarlo como dependiente excepto que el otro padre o madre del hijo puede reclamarlo conforme a la regla para Hijos de padres divorciados o separados bajo ¿Quién Reúne los Requisitos para Ser Su Dependiente?, más adelante.

Hijo adoptivo. A un hijo adoptivo se le trata siempre como hijo propio. Un hijo adoptivo incluye a un hijo que fue colocado con usted legalmente para su adopción legítima.

Hijo de crianza. Un "hijo de crianza" es aquella persona que ha sido colocada con usted por una agencia autorizada para la colocación de hijos o por decisión, fallo u otra orden de cualquier tribunal de jurisdicción competente.

Cónyuge Sobreviviente que Reúne los Requisitos

Puede marcar el recuadro "Cónyuge sobreviviente que reúne los requisitos" en la sección titulada Estado Civil en la página 1 del Formulario 1040 o 1040-SR y usar las tasas impositivas para 2024 correspondientes a las declaraciones conjuntas si cumple con todas las siguientes condiciones:

1. Su cónyuge falleció en el año 2022 o en el año 2023 y usted no se volvió a casar antes de terminar el año 2024.
2. Tiene un hijo o hijastro (no un hijo de crianza) a quien usted reclama como dependiente o que puede reclamar como dependiente, excepto que para 2024:
a. El hijo tuvo un ingreso bruto de $5,050 o más,
b. El hijo presentó una declaración conjunta o
c. A usted se le puede reclamar como dependiente en la declaración de otra persona.

Si el hijo no es reclamado como su dependiente, anote el nombre del hijo en el espacio de entrada provisto debajo de los recuadros para marcar el estado civil para efectos de la declaración. Si no anota el nombre, nos tomará más tiempo tramitar su declaración.

3. Este hijo vivió en su vivienda durante todo el año 2024. Si el hijo no vivió con usted durante el tiempo requerido, vea Excepción al tiempo que la persona tiene que haber vivido con usted, más adelante.
4. Pagó más de la mitad del costo de mantener su vivienda.
5. Podría haber presentado una declaración conjunta con su cónyuge para el año en que éste falleció. No importa si usted de hecho llegó a presentar una declaración conjunta.

Si su cónyuge falleció en 2024, usted no puede presentar la declaración como cónyuge sobreviviente que reúne los requisitos. En vez de eso, vea las instrucciones para Casado que Presenta una Declaración Conjunta, anteriormente.

Hijo adoptivo. A un hijo adoptivo se le trata siempre como hijo propio. Un hijo adoptivo incluye a un hijo que fue colocado con usted legalmente para su adopción legítima.

Dependiente. Para averiguar si alguien es su dependiente, vea ¿Quién Reúne los Requisitos para Ser Su Dependiente?, más adelante.

CONSEJO Los dependientes que usted reclama son aquéllos que usted haya listado por nombre y SSN en la sección titulada Dependientes en el Formulario 1040 o 1040-SR.

Excepción al tiempo que la persona tiene que haber vivido con usted. Las ausencias temporales por usted o el hijo debidas a circunstancias especiales, tales como las ausencias por educación, vacaciones, negocios, atención médica, servicio militar o estancia en un centro de detención para delincuentes juveniles, cuentan como tiempo vivido en la vivienda. También vea Hijo secuestrado, más adelante, bajo ¿Quién Reúne los Requisitos para Ser Su Dependiente?, si corresponde.

Se considera que un hijo vivió con usted durante todo el año 2024 si el hijo nació o falleció durante 2024 y su vivienda fue la vivienda del hijo durante todo el tiempo en el cual estuvo vivo. De igual manera, si usted adoptó al hijo en 2024 o el hijo fue colocado con usted legalmente para su adopción legítima por usted en 2024, se considera que el hijo vivió con usted durante todo el año 2024 si su vivienda principal era la vivienda principal del hijo por todo el tiempo transcurrido desde que fue adoptado o colocado con usted en 2024.

Mantenimiento de una vivienda. Para averiguar qué se incluye en el costo de mantener una vivienda, vea la Publicación 501.

Activos Digitales

Los activos digitales son cualesquier representaciones digitales de valor que se registran en un registro distribuido con seguridad criptográfica o cualquier tecnología similar. Por ejemplo, los activos digitales incluyen non-fungible tokens (tokens no fungibles o NFT, por sus siglas en inglés) y monedas virtuales, tales como criptomonedas y stablecoins (criptomoneda estable). Si un activo particular tiene las características de un activo digital, éste será tratado como un activo digital para propósitos del impuesto federal sobre los ingresos.

 Marque el recuadro "Sí" al lado de la pregunta sobre activos digitales que aparece en la página 1 del Formulario 1040 o 1040-SR si en algún momento durante 2024 usted (a) recibió (como recompensa, premio o pago por bienes o servicios); o (b) vendió, intercambió o de otra manera enajenó un activo digital (o un interés financiero en un activo digital).

Por ejemplo, marque "Sí" si en algún momento durante 2024 usted:

• Recibió activos digitales como método de pago por bienes o servicios provistos;
• Recibió activos digitales como resultado de recompensas o premios;

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• Recibió nuevos activos digitales como resultado de actividades de minado (extracción), "staking" (participación) y actividades similares;
 • Recibió activos digitales como resultado de una "hard fork" (bifurcación dura);
• Enajenó algún activo digital en intercambio por bienes o servicios;
• Enajenó algún activo digital en intercambio o trueque por otro activo digital;
• Vendió un activo digital; o
• De otra manera enajenó cualquier otro interés financiero en un activo digital.

Usted tiene un interés financiero en un activo digital si usted es el titular (dueño documentado) de un activo digital, o tiene una participación en una cuenta que contiene uno o más activos digitales (incluyendo los derechos y obligaciones de adquirir un interés financiero), o usted tiene un monedero que contiene activos digitales.

Generalmente, las siguientes acciones o transacciones en 2024, por sí solas, no requieren que usted marque el recuadro "Sí":

• La tenencia de un activo digital en un monedero o cuenta;
• La transferencia de un activo digital de un monedero que usted posea o controle a otro monedero o cuenta que usted posea o controle; o
• La compra de activos digitales utilizando moneda de Estados Unidos u otra moneda real, incluyendo por medio del uso de plataformas electrónicas, tales como PayPal y Venmo.

¡PRECAUCIÓN! No deje la pregunta sin contestar. Usted tiene que contestar "Sí" o "No" marcando el recuadro apropiado. Para más información, acceda a IRS.gov/VirtualCurrencyFAQs y pulse sobre Español.

Cómo Declarar Transacciones de Activos Digitales

Si, en 2024, usted enajenó algún activo digital, que usted tenía como un bien de capital, por medio de una venta, trueque, intercambio, pago u otra transferencia, marque el recuadro "Sí" y use el Formulario 8949 para calcular su ganancia o pérdida de capital y declare esa ganancia o pérdida en el Anexo D (Formulario 1040).

Si usted recibió algún activo digital como compensación por servicios o enajenó algún activo digital que usted tenía para la venta a clientes en una ocupación o negocio, tiene que declarar los ingresos de la misma manera que usted declararía otros ingresos del mismo tipo (por ejemplo, salarios de un Formulario W-2 en la línea 1a del Formulario 1040 o 1040-SR, o inventario o servicios en el Anexo C).

Si usted recibió ingresos ordinarios en conexión con activos digitales que no están declarados en otra parte de su declaración, vea las instrucciones para la línea 8v del Anexo 1.

Si usted enajenó algún activo digital por medio de un regalo, pudiese estar requerido a presentar el Formulario 709. Vea Who Must File (Quién tiene que presentar) y Transfers Subject to the Gift Tax (Transferencias sujetas al impuesto sobre regalos) en las Instrucciones para el Formulario 709 para más información.

Deducción Estándar

CONSEJO Si presenta el Formulario 1040-SR, puede encontrar la Tabla de la Deducción Estándar en la última página de ese formulario. No presente la Tabla de la Deducción Estándar junto con su declaración.

Soltero y Casado que Presenta una Declaración Conjunta

Si usted o su cónyuge (si es casado que presenta una declaración conjunta) puede ser reclamado como dependiente en la declaración de otro contribuyente, marque el recuadro correspondiente en la sección titulada Deducción Estándar.

Si usted está casado y presenta una declaración conjunta, a usted lo pueden reclamar como dependiente en la declaración de otra persona si usted presenta la declaración conjunta únicamente para reclamar un reembolso del impuesto sobre el ingreso retenido o del impuesto estimado pagado.

Si usted era extranjero con doble residencia, marque el recuadro "Cónyuge detalla las deducciones en una declaración separada o usted era extranjero con doble residencia". Si usted era extranjero con doble residencia y presenta una declaración conjunta con su cónyuge que era un ciudadano o extranjero residente de los EE. UU. al final de 2024 y usted y su cónyuge acceden a que se les graven impuestos sobre sus ingresos combinados que reciban de cualquier parte del mundo, no marque el recuadro. Vea Extranjeros no residentes y extranjeros con doble residencia, anteriormente, para más información sobre cómo hacer la elección para que a usted y a su cónyuge se les graven impuestos sobre sus ingresos combinados que reciban de cualquier parte del mundo.

Edad/Ceguera

Si usted o su cónyuge (si es casado que presenta la declaración conjunta) nació antes del 2 de enero de 1960, o era ciego al final de 2024, marque el (los) recuadro(s) correspondiente(s) en la línea titulada Edad/Ceguera.

No marque ningún recuadro por su cónyuge si su estado civil para efectos de la declaración es cabeza de familia.

Cónyuge fallecido en 2024. Si su cónyuge nació antes del 2 de enero de 1960, pero falleció en 2024 antes de cumplir 65 años de edad, no marque el recuadro para el cónyuge que dice "Nació antes del 2 de enero de 1960".

Se considera que la persona cumple los 65 años el día antes de su 65° cumpleaños.

Ejemplo. Si su cónyuge nació el día 14 de febrero de 1959, y falleció el 13 de febrero de 2024, se considera que su cónyuge tenía 65 años en el momento de fallecer. Marque el recuadro correspondiente para su cónyuge. Sin embargo, si su cónyuge hubiese fallecido el 12 de febrero de 2024, no se considera que tenía 65 años en el momento de fallecer. No marque el recuadro.

Contribuyente fallecido en 2024. Si está preparando una declaración para alguien que falleció en 2024, vea la Publicación 501 antes de completar la información de la deducción estándar.

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Ceguera

Si no estaba totalmente ciego para el 31 de diciembre de 2024, tiene que obtener una declaración certificada de un oftalmólogo u optometrista que indique que:

• Aun cuando tiene sus espejuelos o lentes de contacto puestos, su ojo mejor no registra una cifra de vista mejor que el 20/200 o
• Su campo visual es de 20 grados o menos.

Si es poco probable que la condición de su vista vaya a mejorar más allá de los límites indicados anteriormente, puede obtener una declaración certificada de un oftalmólogo u optometrista que estipule este hecho. Tiene que guardar esta declaración certificada con sus registros.

Si recibe una notificación o carta pero preferiría tenerla en braille o letra de imprenta grande, puede utilizar el Formulario 9000, Preferencia para Medios de Comunicación Alternativos, para solicitar notificaciones en un formato alternativo que incluye braille, letra de imprenta grande, archivo de audio o archivo de texto. Puede adjuntar el Formulario 9000 con su declaración o enviarlo por separado por correo.

• Puede descargar, o ver en línea, los formularios de impuestos y publicaciones en una variedad de formatos que incluyen archivo de texto sin formato, archivos listos para braille, HTML compatible con su navegador (que no sean formularios de impuestos), PDF accesible y letra de imprenta grande.

Casado que Presenta una Declaración por Separado

Si su estado civil para efectos de la declaración es casado que presenta una declaración por separado y su cónyuge detalla las deducciones en su propia declaración, marque el recuadro "Cónyuge detalla las deducciones en una declaración separada o usted era extranjero con doble residencia".

Si su estado civil para efectos de la declaración es casado que presenta una declaración por separado y su cónyuge nació antes del 2 de enero de 1960, o era ciego al final de 2024, puede marcar el (los) recuadro(s) correspondiente(s) en la línea titulada Edad/Ceguera si su cónyuge no tuvo ingresos, no presenta una declaración y no puede ser reclamado como dependiente en la declaración de otro contribuyente.

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¿Quién Reúne los Requisitos para Ser Su Dependiente?

Dependientes, Hijo Calificado para Crédito Tributario por Hijos y Crédito por Otros Dependientes

Siga los pasos a continuación para averiguar si una persona reúne los requisitos para ser su dependiente y averiguar si su dependiente lo califica a usted para tomar el crédito tributario por hijos o el crédito por otros dependientes. Si usted tiene más de cuatro dependientes, marque el recuadro bajo Dependientes en la página 1 del Formulario 1040 o 1040-SR y adjunte una declaración escrita que contenga la información requerida en las columnas (1) a (4).

CONSEJO Los dependientes que usted reclama son aquéllos que usted haya listado por nombre y SSN en la sección titulada Dependientes en el Formulario 1040 o 1040-SR.

Antes de comenzar. Vea la definición de Número de Seguro Social, más adelante. Si quiere reclamar el crédito tributario por hijos o el crédito por otros dependientes, usted (y su cónyuge si presenta una declaración conjunta) tiene que tener un SSN o ITIN expedido en o antes de la fecha de vencimiento de su declaración de 2024 (incluyendo prórrogas). Si solicita un ITIN en o antes de la fecha de vencimiento de una declaración de impuestos de 2024 (incluyendo prórrogas) y el IRS le expide un ITIN como resultado de la solicitud, el IRS considerará el ITIN como expedido en o antes de la fecha de vencimiento de la declaración.

Paso 1 ¿Tiene Usted un Hijo Calificado?

Un hijo calificado es su...
Hijo, hija, hijastro, hijastra, hijo de crianza, hermano, hermana, hermanastro, hermanastra, medio hermano, media hermana o un descendiente de cualquiera de éstos (por ejemplo, su nieto o nieta, su sobrino o sobrina)
Y
tenía...
Menos de 19 años de edad al final del año 2024 y era menor que usted (o su cónyuge, si presenta una declaración conjunta)
o
Menos de 24 años de edad al final del año 2024, era estudiante (definido más adelante) y era menor que usted (o su cónyuge, si presenta una declaración conjunta)
o
Una incapacidad permanente y total, independientemente de su edad (definido más adelante)
Y
Que no proveyó más de la mitad de su propia manutención para el año 2024 (vea la Publicación 501)
Y
Que no presenta una declaración conjunta para el año 2024 o que presenta una declaración conjunta para el año 2024 sólo para reclamar un reembolso del impuesto sobre el ingreso retenido o el impuesto estimado pagado (vea la Publicación 501 para detalles y ejemplos)
Y
Que vivió con usted por más de la mitad del año 2024. Si el hijo no vivió con usted por el tiempo requerido, vea Excepción al tiempo que la persona tiene que haber vivido con usted, más adelante.

¡PRECAUCIÓN! Si el hijo reúne los requisitos para ser hijo calificado de cualquier otra persona (que no sea su cónyuge con quien presenta una declaración conjunta) para 2024, vea Hijo calificado de más de una persona, más adelante.

1. ¿Tiene un hijo que reúne los requisitos para ser su hijo calificado?
-- Sí. Continúe al Paso 2.
-- No. Continúe al Paso 4.

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Paso 2 ¿Es Su Hijo Calificado Su Dependiente?

1. ¿Era el hijo un ciudadano de los EE. UU., nacional de los EE. UU., extranjero residente de los EE. UU. o un residente de Canadá o México? (Vea la Publicación 519 para la definición de un nacional de los EE. UU. o extranjero residente de los Estados Unidos. Si el hijo fue adoptado, vea Excepción al requisito de ciudadanía, más adelante).
-- Sí. Continuar
-- No. NO SIGA Usted no puede reclamar a este hijo como dependiente.
2. ¿Estaba el hijo casado?
-- Sí. Vea Persona casada, más adelante.
-- No. Continuar
3. ¿Está presentando una declaración conjunta para 2024?
-- Sí. Usted puede reclamar a este hijo como dependiente. Complete las columnas (1) a (3) de la sección Dependientes en la página 1 del Formulario 1040 o 1040-SR para este hijo. Luego, continúe al Paso 3.
-- No. Continuar
4. ¿Puede usted ser reclamado como dependiente en la declaración de impuestos de 2024 de otro contribuyente? (Si la persona que lo puede reclamar a usted en la declaración de impuestos de 2024 de éste no está requerido a presentar una declaración y no presenta una declaración de impuestos para 2024 o presenta una declaración para 2024 sólo para reclamar un reembolso del impuesto sobre el ingreso retenido o impuesto estimado pagado, marque "No".)
-- Sí. NO SIGA Usted no puede reclamar ningún dependiente. Complete el resto del Formulario1040 o 1040-SR y los anexos correspondientes.
-- No. Usted puede reclamar a este hijo como dependiente. Complete las columnas (1) a (3) de la sección Dependientes en la página 1 del Formulario 1040 o 1040-SR para este hijo. Luego, continúe al Paso 3.

Paso 3 ¿Lo Califica a Usted Su Hijo Calificado para el Crédito Tributario por Hijos o el Crédito por Otros Dependientes?

1. ¿Tenía el hijo un SSN, ITIN o número de identificación del contribuyente en proceso de adopción (ATIN, por sus siglas en inglés) expedido en o antes de la fecha de vencimiento para presentar su declaración (incluyendo prórrogas)? (Conteste "Sí" si va a solicitar un ITIN o ATIN para el hijo en o antes de la fecha de vencimiento para presentar su declaración (incluyendo prórrogas)).
-- Sí. Continuar
-- No. NO SIGA Usted no puede reclamar el crédito tributario por hijos o el crédito por otros dependientes basándose en este hijo.
2. ¿Era el hijo un ciudadano de los EE. UU., nacional de los EE. UU. o extranjero residente de los EE. UU.? (Vea la Publicación 519 para la definición de un nacional de los EE. UU. o extranjero residente de los Estados Unidos. Si el hijo fue adoptado, vea Excepción al requisito de ciudadanía, más adelante).
-- Sí. Continuar
-- No. NO SIGA Usted no puede reclamar el crédito tributario por hijos o el crédito por otros dependientes basándose en este hijo.
3. ¿Era el hijo menor de 17 años de edad al final de 2024?
-- Sí. Continuar
-- No. Usted puede reclamar el crédito por otros dependientes basándose en este hijo. Marque el recuadro "Crédito por otros dependientes" en la columna (4) de la sección Dependientes en la página 1 del Formulario 1040 o 1040-SR para esta persona.
4. ¿Tenía este hijo un SSN válido para trabajar y expedido antes de la fecha de vencimiento para presentar su declaración de 2024 (incluyendo prórrogas)? (Vea Número de Seguro Social, más adelante).
-- Sí. Usted puede reclamar el crédito tributario por hijos basándose en esta persona. Marque el recuadro "Crédito tributario por hijos" en la columna (4) de la sección Dependientes en la página 1 del Formulario 1040 o 1040-SR para esta persona.
-- No. NO SIGA Usted puede reclamar el crédito por otros dependientes basándose en este hijo. Marque el recuadro "Crédito por otros dependientes" en la columna (4) de la sección Dependientes en la página 1 del Formulario 1040 o 1040-SR para esta persona.

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Paso 4 ¿Es Su Pariente Calificado Su Dependiente?

Un pariente calificado es su...
Hijo, hija, hijastro, hijastra, hijo de crianza o un descendiente de cualquiera de éstos (por ejemplo, su nieto o nieta)
o
Hermano, hermana, medio hermano, media hermana o el hijo o la hija de cualquiera de éstos (por ejemplo, su sobrino o sobrina)
o
Padre, madre o antepasado, hermano o hermana de éstos (por ejemplo, su abuelo, abuela, tío o tía)
o
Hermanastro, hermanastra, padrastro, madrastra, yerno, nuera, suegro, suegra, cuñado o cuñada
o
Cualquier otra persona (que no sea su cónyuge) que vivió con usted como miembro de su unidad familiar durante todo el año si su relación no violó las leyes locales. Si la persona no vivió con usted por el tiempo requerido, vea Excepción al tiempo que la persona tiene que haber vivido con usted, más adelante.
Y
No es hijo calificado (vea el Paso 1) de ningún contribuyente para 2024. Para este propósito, una persona no es un contribuyente si a la persona no se le requiere que presente una declaración de impuestos de los Estados Unidos sobre los ingresos y de hecho no presenta tal declaración o la presenta únicamente para solicitar un reembolso del impuesto sobre el ingreso retenido o el impuesto estimado pagado. Vea la Publicación 501 para detalles y ejemplos.
Y
Tuvo ingreso bruto menor de $5,050 en 2024. Si la persona estaba total y permanentemente incapacitada, vea Excepción al requisito del ingreso bruto, más adelante.
Y
Por la cual usted proveyó más de la mitad de la manutención de la persona en 2024. Pero vea Hijo de padres divorciados o separados, Acuerdo de manutención múltiple e Hijo secuestrado, más adelante.

1. ¿Alguna persona reúne los requisitos para ser su pariente calificado?
-- Sí. Continuar
-- No. NO SIGA
2. ¿Era su pariente calificado un ciudadano de los EE. UU., nacional de los EE. UU., extranjero residente de los EE. UU. o un residente de Canadá o México? (Vea la Publicación 519 para la definición de un nacional de los EE. UU. o extranjero residente de los Estados Unidos. Si su pariente calificado fue adoptado, vea Excepción al requisito de ciudadanía, más adelante).
-- Sí. Continuar
-- No. Usted no puede reclamar a esta persona como dependiente.
3. ¿Estaba casado su pariente calificado?
-- Sí. Vea Persona casada, más adelante.
-- No. Continuar
4. ¿Está presentando una declaración conjunta para 2024?
-- Sí. Usted puede reclamar a esta persona como dependiente. Complete las columnas (1) a (3) de la sección Dependientes en la página 1 del Formulario 1040 o 1040-SR para esta persona. Luego, continúe al Paso 5.
-- No. Continuar
5. ¿Puede usted ser reclamado como dependiente en la declaración de impuestos de 2024 de otro contribuyente? (Si la persona que lo puede reclamar a usted en la declaración de impuestos de 2024 de éste no está requerido a presentar una declaración y no presenta una declaración de impuestos para 2024 o presenta una declaración para 2024 sólo para reclamar un reembolso del impuesto sobre el ingreso retenido o impuesto estimado pagado, marque "No").
-- Sí. NO SIGA Usted no puede reclamar ningún dependiente. Complete el resto del Formulario 1040 o 1040-SR y los anexos correspondientes.
-- No. Usted puede reclamar a esta persona como dependiente. Complete las columnas (1) a (3) de la sección Dependientes en la página 1 del Formulario 1040 o 1040-SR para esta persona. Luego, continúe al Paso 5.

Paso 5 ¿Lo Califica a Usted Su Pariente Calificado para el Crédito por Otros Dependientes?

1. ¿Tenía su pariente calificado un SSN, ITIN o ATIN expedido en o antes de la fecha de vencimiento para presentar su declaración de 2024 (incluyendo prórrogas)? (Conteste "Sí" si va a solicitar un ITIN o ATIN para el pariente calificado en o antes de la fecha de vencimiento para presentar su declaración (incluyendo prórrogas)).
-- Sí. Continuar
-- No. NO SIGA Usted no puede reclamar el crédito por otros dependientes basándose en este pariente calificado.

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2. ¿Era su pariente calificado un ciudadano de los EE. UU., nacional de los EE. UU. o extranjero residente de los EE. UU.? (Vea la Publicación 519 para la definición de un nacional de los EE. UU. o extranjero residente de los Estados Unidos. Si su pariente calificado fue adoptado, vea Excepción al requisito de ciudadanía, más adelante).
-- Sí. Usted puede reclamar el crédito por otros dependientes basándose en este dependiente. Marque el recuadro "Crédito por otros dependientes" en la columna (4) de la sección Dependientes en la página 1 del Formulario 1040 o 1040-SR para esta persona.
-- No. NO SIGA Usted no puede reclamar el crédito por otros dependientes basándose en este pariente calificado.

Definiciones y Reglas Especiales

Hijo adoptivo. A un hijo adoptivo se le trata siempre como hijo propio. Un hijo adoptivo incluye a un hijo que fue colocado con usted legalmente para su adopción legítima.

Número de identificación del contribuyente en proceso de adopción (ATIN). Si tiene un dependiente que fue colocado con usted para su adopción legítima y no sabe el SSN de este dependiente, tiene que obtener del IRS un ATIN para su dependiente. Vea el Formulario W-7A para detalles. Si su dependiente no es un ciudadano o extranjero residente de los EE. UU., solicite un ITIN en vez de un ATIN usando el Formulario W-7.

Hijos de padres divorciados o separados. Un hijo será tratado como el hijo calificado o pariente calificado del padre o de la madre sin custodia (definido más adelante) si se cumple con todas las condiciones que se mencionan a continuación:

1. Los padres están divorciados, legalmente separados, separados conforme a un acuerdo escrito de separación o no vivieron juntos en ningún momento durante los últimos 6 meses de 2024 (aunque no estén o no hayan estado casados).
2. El hijo recibió de sus padres más de la mitad de su manutención total para el año 2024 (y las reglas sobre Acuerdos de manutención múltiple, más adelante, no aplican). La manutención de un hijo proveniente del cónyuge del padre o de la madre se considera como provista por el padre o la madre.
3. Uno o ambos padres tienen la custodia del hijo durante más de la mitad del año 2024.
4. Cualquiera de las siguientes afirmaciones es cierta:
a. El padre o la madre con custodia firma el Formulario 8332 o una declaración sustancialmente similar indicando que éste no va a reclamar al hijo como dependiente para el año 2024, y el padre o la madre sin custodia adjunta una copia del formulario o declaración escrita a su declaración de impuestos. Si el fallo de divorcio o acuerdo de separación entró en vigencia después de 1984 y antes de 2009, el padre o la madre sin custodia quizás pueda adjuntar ciertas páginas correspondientes del fallo o acuerdo en lugar del Formulario 8332. Vea Fallo de divorcio o acuerdo de separación dictado después de 1984 y antes de 2009 y Fallo de divorcio o acuerdo de separación dictado después de 2008, más adelante.
b. Un fallo de divorcio o de manutención por separación judicial o un acuerdo escrito de separación vigente antes de 1985 entre los padres dispone que el padre o la madre sin custodia puede reclamar al hijo como dependiente y el padre o la madre sin custodia contribuye por lo menos $600 de la manutención del hijo durante el año 2024.

Si todas las condiciones de la (1) a (4) mencionadas anteriormente son ciertas, sólo el padre o la madre sin custodia puede reclamar al hijo para propósitos del crédito tributario por hijos y el crédito por otros dependientes (líneas 19 y 28). Sin embargo, esto no le permite al padre o a la madre sin custodia reclamar el estado civil para efectos de la declaración de cabeza de familia, el crédito por gastos del cuidado de menores y dependientes, la exclusión de los beneficios por cuidado de dependientes o el crédito por ingreso del trabajo. El padre o la madre con custodia u otro contribuyente, de ser elegible, puede reclamar al hijo para propósitos del crédito por ingreso del trabajo y estos otros beneficios. Vea la Publicación 501 para detalles.

Padre o madre con custodia y padre o madre sin custodia. El padre o la madre con custodia es aquél o aquélla con quien el hijo vivió la mayor cantidad de noches durante 2024. El otro padre o la madre es aquél o aquélla sin custodia. Si el hijo vivió con su padre o madre por igual cantidad de noches durante el año, el padre o la madre con custodia es aquél o aquélla que tiene el ingreso bruto ajustado (AGI, por sus siglas en inglés) mayor. Vea la Publicación 501 para la excepción para los padres que trabajan durante la noche, las reglas para un hijo que está emancipado según la ley estatal y otros detalles.

Fallo de divorcio o acuerdo de separación dictado después de 1984 y antes de 2009. El fallo de divorcio o acuerdo de separación tiene que incluir las tres declaraciones siguientes:

1. El padre o la madre sin custodia puede reclamar al hijo como dependiente sin tener en cuenta condición alguna, tal como el pago de manutención.
2. El padre o la madre con custodia no reclamará al hijo como dependiente.
3. Los años por los cuales se está cediendo o renunciando a la reclamación.

El padre o la madre sin custodia tiene que adjuntar a su declaración de impuestos las siguientes páginas del fallo o acuerdo:

• La primera página (incluya el número de Seguro Social del otro padre (o madre) en esta página).
• Las páginas que incluyen toda la información identificada anteriormente en los puntos del (1) a (3).
• La página con la firma del otro padre (o madre) y la fecha del acuerdo.

¡PRECAUCIÓN! Tiene que adjuntar la información requerida aunque haya sido presentada junto con una declaración de impuestos en un año anterior.

Fallo de divorcio o acuerdo de separación dictado después de 2008. Si el fallo de divorcio o acuerdo de separación entró

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en vigencia después de 2008, el padre o la madre sin custodia no puede adjuntar páginas del fallo de divorcio o acuerdo de separación en lugar del Formulario 8332. El padre o la madre con custodia tiene que firmar el Formulario 8332 o una declaración sustancialmente similar cuyo único propósito es ceder la reclamación del padre o de la madre con custodia a ciertos beneficios tributarios en base de ese hijo, y el padre o la madre sin custodia tiene que adjuntar una copia a su declaración de impuestos. El formulario o la declaración escrita tiene que indicar que el padre o la madre con custodia cede su reclamación por el hijo sin condición alguna. Por ejemplo, la cesión no puede otorgarse a condición de que el padre o la madre sin custodia pague manutención.

Revocación de la cesión a la reclamación de ciertos beneficios tributarios. El padre o la madre con custodia que haya revocado una cesión, otorgada anteriormente, a la reclamación de ciertos beneficios tributarios por un hijo tiene que adjuntar una copia de la revocación a su declaración. Para detalles, vea el Formulario 8332.

Excepción al requisito de ciudadanía. Si usted es ciudadano estadounidense o nacional estadounidense y su hijo adoptado vivió con usted como miembro de su unidad familiar durante todo el año, ese hijo satisface el requisito de ser ciudadano estadounidense en la pregunta 1 del Paso 2; pregunta 2 del Paso 3; pregunta 2 del Paso 4; y pregunta 2 del Paso 5.

Excepción al requisito del ingreso bruto. Si su pariente (incluyendo una persona que vivió con usted como miembro de su unidad familiar durante todo el año) está total y permanentemente incapacitado (definido más adelante), ciertos ingresos recibidos por servicios prestados en un taller protegido para el empleo de personas incapacitadas se pueden excluir para propósitos de este requisito. Para detalles, vea la Publicación 501.

Excepción al tiempo que la persona tiene que haber vivido con usted. Las ausencias temporales por usted o la otra persona debidas a circunstancias especiales, tales como las ausencias por educación, vacaciones, negocios, atención médica, servicio militar o estancia en un centro de detención para delincuentes juveniles, cuentan como tiempo que la persona vivió con usted. También vea Hijo de padres divorciados o separados, anteriormente, o Hijo secuestrado, más adelante.

Si la persona reúne todos los otros requisitos para ser su hijo calificado pero ésta nació o falleció en 2024, se considera que la persona vivió con usted durante más de la mitad del año 2024 si su vivienda fue la vivienda de la persona por más de la mitad del período de tiempo en el cual estuvo viva en 2024. Si la persona reúne todos los otros requisitos para ser su hijo calificado pero usted adoptó a la persona en 2024, la persona fue colocada con usted legalmente para su adopción legítima por usted en 2024 o la persona era un hijo de crianza elegible colocado con usted durante 2024, se considera que la persona vivió con usted durante más de la mitad de 2024 si su vivienda principal era la vivienda principal de esta persona por más de la mitad del tiempo transcurrido desde que esta persona fue adoptada o colocada con usted en 2024.

Cualquier otra persona se considera que vivió con usted durante todo el año 2024 si la persona nació o falleció en 2024 y su vivienda fue la vivienda de la persona durante todo el período de tiempo en el cual la persona estuvo viva en 2024 o si usted adoptó a la persona en 2024, la persona fue colocada con usted legalmente para su adopción legítima por usted en 2024 o la persona era un hijo de crianza elegible colocado con usted durante 2024 y su vivienda principal era la vivienda principal de esta persona por todo el tiempo transcurrido desde que esta persona fue adoptada o colocada con usted en 2024.

Hijo de crianza. Un "hijo de crianza" es aquella persona que ha sido colocada con usted por una agencia autorizada para la colocación de hijos o por decisión, fallo u otra orden de cualquier tribunal de jurisdicción competente.

Hijo secuestrado. Si las autoridades legales correspondientes suponen que su hijo ha sido secuestrado por alguien que no sea miembro de la familia, usted tal vez pueda tomar al hijo en cuenta al determinar su elegibilidad para reclamar el estado civil para efectos de la declaración de cabeza de familia o cónyuge sobreviviente que reúne los requisitos, el crédito tributario por hijos, el crédito por otros dependientes y el crédito por ingreso del trabajo (EIC, por sus siglas en inglés). Para detalles, vea la Publicación 501. (Para el EIC, vea la Publicación 596).

Persona casada. Si la persona está casada y presenta una declaración conjunta, usted no puede reclamar a esa persona como su dependiente. Sin embargo, si la persona está casada pero no presenta una declaración conjunta o la presenta únicamente para reclamar un reembolso del impuesto sobre el ingreso retenido o el impuesto estimado pagado, usted tal vez pueda reclamarla como un dependiente. (Vea la Publicación 501 para detalles y ejemplos). En ese caso, continúe a la pregunta 3 del Paso 2 (para un hijo calificado) o a la pregunta 4 del Paso 4 (para un pariente calificado).

Acuerdos de manutención múltiple. Si nadie paga más de la mitad de la manutención de su pariente (o una persona que vivió con usted como miembro de su unidad familiar durante todo el año) pero usted y otra(s) persona(s) proveyeron más de la mitad de la manutención de su pariente, existen reglas especiales que podrían corresponderle, las cuales lo considerarían a usted como haber provisto más de la mitad de la manutención. Para detalles, vea la Publicación 501.

Total y permanentemente incapacitado. Se considera que una persona está total y permanentemente incapacitada si, durante algún momento en el año 2024, la persona no puede dedicarse a ninguna actividad remunerada considerable a causa de una condición física o mental y un médico ha determinado que dicha condición ha durado, o podría durar continuamente durante por lo menos un año o podría terminar en la muerte.

Pagos del bienestar social. Si recibió pagos bajo el programa Temporary Assistance for Needy Families (Asistencia Temporal para Familias Necesitadas o TANF, por sus siglas en inglés) u otro programa de ayuda pública y usted usó el dinero para la manutención de otra persona, vea la Publicación 501.

Hijo calificado de más de una persona. Aun si un hijo satisface las condiciones para ser hijo calificado de más de una persona, sólo una persona puede reclamar al hijo como un hijo calificado para obtener todos los siguientes beneficios tributarios, a

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no ser que corresponda la regla especial para Hijo de padres divorciados o separados, descrita anteriormente:

1. El crédito tributario por hijos y el crédito por otros dependientes (línea 19) y el crédito tributario adicional por hijos (línea 28).
2. El estado civil para efectos de la declaración de cabeza de familia.
3. El crédito por gastos del cuidado de menores y dependientes (línea 2 del Anexo 3).
4. La exclusión de los beneficios por cuidado de dependientes (Parte III del Formulario 2441).
5. El crédito por ingreso del trabajo (línea 27).

Ninguna otra persona puede tomar ninguno de estos cinco beneficios tributarios recién listados basándose en el hijo calificado. Si usted y cualquier otra persona pueden reclamar al hijo como un hijo calificado, las siguientes reglas aplican. Para propósitos de estas reglas, el término "padres" (el cual incluye a padre y madre) quiere decir los padres biológicos o adoptivos de un individuo. No incluye padrastro, madrastra, padre de crianza o madre de crianza, a menos que esa persona haya adoptado al individuo.

• Si sólo una de las personas es el padre o la madre del hijo, el hijo será tratado como el hijo calificado del padre o de la madre.
• Si los padres presentan una declaración conjunta el uno con el otro y pueden reclamar al hijo como hijo calificado, el hijo se trata como el hijo calificado de los padres.
• Si los padres no presentan una declaración conjunta el uno con el otro, pero ambos padres reclaman al hijo como hijo calificado, el IRS tratará al hijo como hijo calificado del padre o de la madre con el cual el hijo haya vivido por más tiempo durante el año 2024. Si el hijo vivió con su padre o su madre por igual cantidad de tiempo, el IRS tratará al hijo como el hijo calificado del padre o de la madre que tenía el ingreso bruto ajustado (AGI) mayor para 2024.
• Si ninguno de los padres puede reclamar al hijo como hijo calificado, el hijo será tratado como el hijo calificado de la persona cuyo ingreso bruto ajustado sea mayor para 2024.
• Si un padre o una madre puede reclamar al hijo como hijo calificado pero ninguno de hecho lo reclama, el hijo será tratado como hijo calificado de la persona cuyo ingreso bruto ajustado sea mayor para 2024, pero únicamente si el ingreso bruto ajustado de esa persona es mayor que el ingreso bruto ajustado más alto de cualquier padre o madre del hijo que pueda reclamar a dicho hijo.

Ejemplo. Su hijo satisface las condiciones para ser hijo calificado tanto suyo como de la madre de usted. Su hijo no satisface las condiciones para ser hijo calificado de ninguna otra persona, incluyendo al otro padre de su hijo. Conforme a las reglas recién descritas, usted puede reclamar a su hijo como hijo calificado para propósitos de todos los cinco beneficios tributarios enumerados anteriormente para los cuales usted de otra manera califique. La madre de usted no puede reclamar ninguno de esos cinco beneficios tributarios basándose en su hijo. Sin embargo, si el ingreso bruto ajustado de la madre de usted es mayor que el suyo y usted no reclama a su hijo como hijo calificado, su hijo entonces es el hijo calificado de la madre de usted.

Para más detalles y ejemplos, vea la Publicación 501.

Si usted va a reclamar al hijo como hijo calificado, continúe al Paso 2. De no hacerlo, no siga; usted no puede reclamar ninguno de los beneficios tributarios basándose en este hijo.

Número de Seguro Social. Tiene que anotar el número de Seguro Social (SSN, por sus siglas en inglés) de cada dependiente. Asegúrese de que el nombre y el SSN anotados coincidan con la información en la tarjeta de Seguro Social de su dependiente. De lo contrario, al momento de tramitar su declaración, puede que reduzcamos o deneguemos cualquier beneficio tributario (tal como el crédito tributario por hijos) que se base en ese dependiente. Si el nombre o el SSN en la tarjeta de Seguro Social de su dependiente no está correcto o necesita obtener un SSN para su dependiente, comuníquese con la Administración del Seguro Social (SSA, por sus siglas en inglés). Vea Número de Seguro Social (SSN), anteriormente. Si su dependiente no tendrá un número en o antes de la fecha de vencimiento para presentar la declaración, vea ¿Qué Ocurre si No Puede Presentar a Tiempo?, anteriormente.

Para el crédito tributario por hijos, su hijo tiene que tener el SSN requerido. El SSN requerido es uno que sea válido para trabajar y expedido por la SSA antes de la fecha de vencimiento para presentar su declaración de 2024 (incluyendo prórrogas). Si su hijo era un ciudadano de los EE. UU. cuando su hijo recibió el SSN, ese SSN es válido para trabajar. Si la tarjeta de Seguro Social de su hijo tiene impresas las palabras "Not Valid for Employment" (No es válida para trabajar) y el estado migratorio de su hijo ha cambiado, por lo que su hijo ahora es un ciudadano o residente permanente de los Estados Unidos, pídale a la SSA una nueva tarjeta de Seguro Social sin esa inscripción. Sin embargo, si la tarjeta de Seguro Social de su hijo tiene impresas las palabras "Valid for Work Only with DHS Authorization" (Válida para trabajar sólo con la autorización del Departamento de Seguridad Nacional (DHS, por sus siglas en inglés)), su hijo tiene el SSN requerido sólo mientras la autorización del DHS siga siendo válida.

Si su hijo, el cual es su dependiente, nació y falleció en 2024 y usted no tiene un SSN para el hijo, anote "Died" (Falleció) en la columna (2) de la sección Dependientes en la página 1 del Formulario 1040 o 1040-SR y adjunte una copia del acta de nacimiento, el acta de defunción o expedientes médicos del hospital. El documento tiene que indicar que el hijo nació vivo.

Si usted (o su cónyuge, si presenta una declaración conjunta) no tiene un SSN (o un ITIN) expedido en o antes de la fecha de vencimiento de su declaración de 2024 (incluyendo prórrogas), no puede reclamar el crédito tributario por hijos o el crédito por otros dependientes para 2024 ni en su declaración original ni en la enmendada.

Si usted solicitó un ITIN en o antes de la fecha de vencimiento de su declaración de 2024 (incluyendo prórrogas) y el IRS le expide un ITIN como resultado de esa solicitud, el IRS considerará que su ITIN fue expedido en o antes de la fecha de vencimiento de la declaración.

Estudiante. Un "estudiante" es un hijo que durante algún momento de cualesquier 5 meses del año 2024 estuvo matriculado como un "estudiante a tiempo completo" en una escuela o que

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asiste a tiempo completo a un curso de capacitación agropecuaria en el terreno ofrecido por una escuela o una agencia del estado, condado o gobierno local. El término "escuela" abarca escuelas politécnicas, profesionales e industriales. Este término no abarca los cursos de capacitación en el empleo, los centros de enseñanza por correspondencia o las escuelas que ofrecen cursos sólo por Internet.

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Ingreso

Por lo general, usted tiene que declarar todo el ingreso a excepción de aquel ingreso que esté exento de impuestos conforme a la ley. Para detalles, vea las siguientes instrucciones y las instrucciones del Anexo 1, especialmente las instrucciones para las líneas 1 a 7 y las líneas 1 a 8z del Anexo 1. También vea la Publicación 525.

Condonación de Préstamos del Programa de Protección de Cheques de Pago (PPP)

Usted no necesita incluir la cantidad de la condonación de un préstamo del Paycheck Protection Program (Programa de protección de cheques de pago o PPP, por sus siglas en inglés) en su ingreso. Aunque no necesita declarar los ingresos como resultado de la condonación de su préstamo PPP en el Formulario 1040 o 1040-SR, sí necesita declarar cierta información relacionada con su préstamo PPP. Adjunte dicha información a su declaración de impuestos. Para más información, vea la Publicación 525.

Ingreso de Fuentes en el Extranjero

Usted tiene que declarar ingresos no derivados del trabajo, tales como intereses, dividendos y pensiones, provenientes de fuentes fuera de los Estados Unidos, a menos que esté exento conforme a las leyes o un tratado tributario. También tiene que declarar ingreso del trabajo, tales como salarios y propinas, proveniente de fuentes fuera de los Estados Unidos.

Si trabajó en el extranjero, es posible que pueda excluir la totalidad o parte de su ingreso del trabajo procedente del extranjero. Para detalles, vea la Publicación 54 y el Formulario 2555.

Planes de jubilación extranjeros. Si fue beneficiario de un plan de jubilación extranjero, es posible que tenga que declarar el ingreso devengado no distribuido de su plan. Sin embargo, si fue beneficiario de un plan de jubilación canadiense que está registrado, vea el Revenue Procedure 2014-55 (Procedimiento Administrativo Tributario 2014-55), el cual se encuentra en la página 753 del Internal Revenue Bulletin 2014-44 (Boletín de Impuestos Internos 2014-44), disponible en 
IRS.gov/irb/2014-44_
IRB#RP-2014-55, para averiguar si usted puede optar por diferir el impuesto sobre el ingreso no distribuido.

Declare las distribuciones de su(s) plan(es) de jubilación extranjero(s) en las líneas 5a y 5b.

Cuentas y fideicomisos en el extranjero. Tiene que completar la Parte III del Anexo B si usted:

• Tuvo una cuenta en el extranjero o
• Recibió una distribución de, o fue el cesionista de, o el transferidor hacia, un fideicomiso en el extranjero.
Usted también pudiese tener que presentar el Formulario 3520.

Activos financieros extranjeros. Si tuvo activos financieros extranjeros en 2024, es posible que tenga que presentar el Formulario 8938. Vea el Formulario 8938 y sus instrucciones.

Casos de Quiebra Conforme al Capítulo 11

Si usted es un deudor en un caso de quiebra conforme al capítulo 11, el ingreso tributable al patrimonio en quiebra y declarado en la declaración de impuestos sobre los ingresos del patrimonio incluye:

• Ingresos provenientes de servicios prestados por usted luego del comienzo del caso (tanto salarios como ingresos del trabajo por cuenta propia); y
• Ingresos provenientes de bienes tal como se describe en la sección 541 del título 11 del Código Legal de los Estados Unidos de los cuales usted era dueño al comienzo del caso o los cuales usted adquirió después del comienzo del caso y antes del caso cerrarse, desestimarse o convertirse en un caso conforme a otro capítulo.

Debido a que estos ingresos están sujetos a impuestos al patrimonio, no los incluya en su propia declaración personal de impuestos sobre los ingresos. La única excepción es para propósitos de calcular su impuesto sobre el trabajo por cuenta propia. Para este propósito, usted tiene que tomar en cuenta todos sus ingresos del trabajo por cuenta propia para el año provenientes de servicios que prestó ambos antes y después del comienzo del caso. Además, usted (o el fideicomisario, si se ha designado uno) tiene que asignar entre usted y el patrimonio en quiebra los salarios, sueldos u otra compensación y los impuestos sobre el ingreso retenidos que se le hayan informado a usted en el Formulario W-2. Una asignación similar es requerida para los ingresos y los impuestos sobre los ingresos retenidos que se le informan en los Formularios 1099. Usted también tiene que incluir un documento o declaración escrita que indique que usted ha presentado un caso de quiebra conforme al capítulo 11 y que explica cómo se asignan entre usted y el patrimonio los ingresos y el impuesto sobre los ingresos retenido informados en los Formularios W-2 y 1099. Para más detalles, incluidos los métodos de asignación aceptables, vea el Notice 2006-83 (Aviso 2006-83), el cual se encuentra en la página 596 del Internal Revenue Bulletin 2006-40 (Boletín de Impuestos Internos 2006-40), disponible en IRS.gov/irb/2006-40_IRB#NOT-2006-83.

Estados Donde Rige la Ley de los Bienes Gananciales

Los estados donde rige la ley de los bienes gananciales incluyen Arizona, California, Idaho, Luisiana, Nevada, Nuevo México, Texas, Washington y Wisconsin. Si usted y su cónyuge vivieron en un estado donde rige la ley de los bienes gananciales, usted normalmente tendrá que seguir la ley estatal para determinar qué ingreso pertenece a los bienes gananciales y qué ingreso es privativo. Para más información, vea el Formulario 8958 y la Publicación 555.

Sociedad doméstica en los estados de Nevada, Washington y California. Una parte de una sociedad doméstica registrada en los estados de Nevada, Washington o California por lo general tiene que declarar la mitad de los ingresos de la comunidad formada por el individuo y su pareja. Vea el Formulario 8958 y la Publicación 555.

Redondeo a Dólares Enteros

Puede redondear los centavos a dólares enteros en su declaración y en los anexos. Si redondea a dólares enteros, tendrá que redondear todas las cantidades. Para redondear, elimine las cantidades menores de 50 centavos y aumente las

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cantidades de 50 a 99 centavos al siguiente dólar. Por ejemplo, $1.39 sería $1.00 y $2.50 sería $3.00.

Si tiene que sumar dos o más cantidades para calcular la cantidad a anotar en una línea, incluya los centavos al sumar las cantidades y redondee sólo el total.

Si anota cantidades que incluyen centavos, asegúrese de incluir el punto decimal. No hay una columna de centavos en el formulario.

¡PRECAUCIÓN! Las líneas en los Formularios 1040 y 1040-SR son las mismas. Las referencias hechas a las líneas en las instrucciones a continuación hacen referencia a la línea en cualquiera de esos formularios.

Línea 1a Cantidad Total de la Casilla 1 de Su(s) Formulario(s) W-2

Anote la cantidad total de la casilla 1 de su(s) Formulario(s) W-2. Si es una declaración conjunta, incluya también los ingresos de su cónyuge de la casilla 1 de su(s) Formulario(s) W-2.

¡PRECAUCIÓN! Si usted devengó salarios mientras estuvo encarcelado en una institución penal, declare estas cantidades en la línea 8u del Anexo 1. No declare estos salarios en la línea 1a. Vea las instrucciones para la línea 8u del Anexo 1.

¡PRECAUCIÓN! Si usted recibió una pensión o anualidad proveniente de un plan de compensación diferida no calificado o de un plan no gubernamental conforme a la sección 457(b) y se le declaró en la casilla 1 del Formulario W-2, no incluya esta cantidad en la línea 1a del Formulario 1040. Esta cantidad se declara en la línea 8t del Anexo 1.

Línea 1b Salarios de Empleado Doméstico No Declarados en el (los) Formulario(s) W-2

Anote el total de los salarios recibidos como empleado doméstico que no fueron declarados en el (los) Formulario(s) W-2. Un empleador no está requerido a proveerle un Formulario W-2 si éste le pagó menos de $2,700 en salarios en el año 2024. Para obtener información sobre los impuestos sobre la nómina para empleados domésticos, vea el Tema Tributario 756.

Línea 1c Ingreso de Propinas No Declarado en la Línea 1a

Anote el total de su ingreso de propinas que no fue declarado en la línea 1a del Formulario 1040. Esto debe de incluir cualquier ingreso de propinas que usted no le declaró a su empleador y cualquier propina asignada que aparece en la casilla 8 en su(s) Formulario(s) W-2, a menos que usted pueda comprobar que sus propinas no declaradas son menores que la cantidad en la casilla 8. Las propinas asignadas no están incluidas como ingreso en la casilla 1. Consulte la Publicación 531 para más detalles. Incluya también el valor de toda propina que no sea en efectivo que usted recibió, tales como boletos, pases u otros artículos de valor. Aunque usted no le declare estas propinas que no son en efectivo a su empleador, tiene que declararlas en la línea 1c.

¡PRECAUCIÓN! Es posible que usted adeude impuestos del Seguro Social y Medicare o de la jubilación ferroviaria (RRTA, por sus siglas en inglés) sobre las propinas no declaradas. Vea las instrucciones para la línea 5 del Anexo 2.

Línea 1d Pagos de Exención de Medicaid No Declarados en el (los) Formulario(s) W-2 (Casilla 1)

Anote sus pagos de exención de Medicaid tributables que no fueron declarados en el (los) Formulario(s) W-2. También anote el total de sus pagos de exención de Medicaid tributables y no tributables que no fueron declarados en el (los) Formulario(s) W-2, o que no fueron declarados en la casilla 1 del (de los) Formulario(s) W-2, si usted elige incluir los pagos no tributables en el ingreso del trabajo para propósitos de reclamar un crédito u otro beneficio tributario. Si usted y su cónyuge ambos recibieron pagos de exención de Medicaid no tributables durante el año, usted y su cónyuge pueden tomar diferentes decisiones con respecto a la inclusión de los pagos en el ingreso del trabajo. Vea las instrucciones para la línea 8s del Anexo 1. Si usted es el dueño único de un negocio dedicado a proveer servicios de cuidado en el hogar, vea las Instrucciones para el Anexo C para saber cómo declarar estas cantidades.

CONSEJO Sus pagos de exención de Medicaid no tributables podrían haber sido informados a usted en la casilla 12 con el código II del (de los) Formulario(s) W-2.

¡PRECAUCIÓN! Si recibió pagos de exención de Medicaid no tributables, y la casilla 1 de su(s) Formulario(s) W-2 está(n) en blanco o tiene(n) ceros, y elige no incluir pagos no tributables en el ingreso del trabajo para propósitos de reclamar un crédito, no adjunte ninguno de estos Formularios W-2 a su declaración.

Línea 1e Beneficios para el Cuidado de Dependientes Tributables de la Línea 26 del Formulario 2441

Anote el total de los beneficios para el cuidado de dependientes tributables de la línea 26 del Formulario 2441. Los beneficios para el cuidado de dependientes deben aparecer en la casilla 10 de su(s) Formulario(s) W-2. Pero primero complete el Formulario 2441 para saber si usted puede excluir parte o el total de dichos beneficios.

Línea 1f Beneficios para la Adopción Provistos por el Empleador de la Línea 29 del Formulario 8839

Anote el total de sus beneficios para la adopción provistos por el empleador de la línea 29 del Formulario 8839. Los beneficios

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para adopciones provistos por empleadores deben aparecer en la casilla 12 de su(s) Formulario(s) W-2 con el código T. Pero vea las Instrucciones para el Formulario 8839 para saber si usted puede excluir parte o el total de dichos beneficios. También es posible que pueda excluir ciertas cantidades si usted adoptó a un hijo con necesidades especiales y la adopción fue finalizada en 2024.

Línea 1g Salarios de la Línea 6 del Formulario 8919

Anote el total de sus salarios de la línea 6 del Formulario 8919.

Línea 1h Otros Ingresos del Trabajo

CONSEJO Si recibió becas de estudios y becas de investigación (becas de desarrollo profesional) que no le fueron declaradas a usted en el Formulario W-2, declare estas cantidades en la línea 8r del Anexo 1. Vea las instrucciones para la línea 8r del Anexo 1.

Los siguientes tipos de ingreso tienen que ser incluidos en el total de la línea 1h:

• Indemnización por huelga o por la clausura de un negocio (que no sean regalos bona fide).
• Aplazamientos electivos en exceso. La cantidad aplazada debe aparecer en la casilla 12 de su Formulario W-2 y el recuadro titulado "Retirement plan" (Plan de jubilación) en la casilla 13 debe estar marcado. Si la cantidad total que usted (o su cónyuge si declara conjuntamente) aplaza para 2024 bajo todos los planes era mayor de $23,000 (excluyendo las aportaciones de actualización, como se explica después), incluya el exceso en la línea 1h. Este límite es (a) generalmente, $16,000 si usted sólo tiene planes SIMPLE o (b) $26,000 para planes conforme a la sección 403(b) si usted califica para la regla de los 15 años que se explica en la Publicación 571. Aunque las aportaciones designadas para un plan Roth están sujetas a este límite, no incluya el exceso atribuible a dichas aportaciones en la línea 1h. Éstas ya se incluyen como ingresos en la casilla 1 de su Formulario W-2.

Un límite más alto de $17,600 le puede aplicar a los participantes en ciertos planes SIMPLE. Un límite más alto también le puede aplicar a los participantes en un plan de compensación diferida conforme a la sección 457(b) para los 3 años antes de la edad de jubilación. Comuníquese con el administrador de su plan para mayor información.

Si usted tenía 50 años de edad o más al final de 2024, su empleador quizás haya permitido una aportación de actualización adicional (catch-up contributions, como se les conoce en inglés) de hasta $7,500 (generalmente, $3,500 para planes conforme a la sección 401(k)(11) y planes SIMPLE). Esta cantidad adicional diferida no está sujeta al límite general sobre las aportaciones diferidas.

Un límite de aportación de actualización más alto de $3,850 le puede aplicar a los participantes en ciertos planes SIMPLE. Comuníquese con el administrador de su plan para más información.

¡PRECAUCIÓN! Usted no puede deducir la cantidad diferida. No se incluye como ingreso en la casilla 1 de su Formulario W-2.

• Las pensiones por incapacidad que aparecen en el Formulario 1099-R si usted no ha alcanzado la edad mínima para la jubilación que estableció su empleador. Pero vea Primas de Seguros para Funcionarios Jubilados del Sector de Seguridad Pública en las instrucciones para las líneas 5a y 5b. Las pensiones por incapacidad que usted recibe después de que haya alcanzado la edad mínima de jubilación y los otros pagos que aparecen en el Formulario 1099-R (que no son pagos provenientes de un arreglo IRA para la jubilación) se declaran en las líneas 5a y 5b. Los pagos provenientes de un arreglo IRA se declaran en las líneas 4a y 4b.
• Las distribuciones correctivas provenientes de un plan para la jubilación que aparecen en el Formulario 1099-R por aplazamientos electivos en exceso y aportaciones en exceso (más ganancias). Pero no incluya las distribuciones de un arreglo IRA en la línea 1h. En vez de hacer eso, declare las distribuciones provenientes de un arreglo IRA en las líneas 4a y 4b.

Línea 1i Elección de Paga No Tributable por Combate

Si eligió incluir su paga no tributable por combate en su ingreso del trabajo al calcular el EIC, anote la cantidad en la línea 1i. Vea las instrucciones para la línea 27.

¿Fue Usted un Empleado Estatutario?

Si usted fue un empleado estatutario, el recuadro "Statutory Employee" (Empleado estatutario) dentro de la casilla 13 de su Formulario W-2 debe estar marcado. Los empleados estatutarios incluyen vendedores a jornada completa de seguros de vida y ciertos agentes o choferes que reciben comisiones, ciertos vendedores ambulantes y ciertas personas que trabajan en casa. Los empleados estatutarios declaran la cantidad que aparece en la casilla 1 del Formulario W-2 en el Anexo C junto con cualquier gasto de negocios relacionado.

¿No Ha Recibido o Recibió un Formulario W-2 Incorrecto?

A su empleador se le requiere proveerle o enviarle a usted un Formulario W-2 a más tardar el 31 de enero de 2025. Si usted no lo recibe a principios de febrero, consulte el Tema Tributario 154 para saber lo que debe hacer. Aun si no recibe un Formulario W-2, usted tiene que declarar sus ingresos. Si pierde su Formulario W-2 o si dicho formulario no está correcto, pídale a su empleador que le de uno nuevo.

Línea 2a Interés Exento de Impuesto

Si usted recibió cualquier interés exento de impuesto (incluido cualquier descuento de la emisión original (OID, por sus siglas en inglés) exento de impuesto), tales como los provenientes de bonos municipales, cada pagador debe enviarle a usted un Formulario 1099-INT o

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un Formulario 1099-OID. Por lo general, sus intereses estipulados exentos de impuesto deben aparecer en la casilla 8 del Formulario 1099-INT o, en el caso de un bono OID exento de impuesto, en la casilla 2 del Formulario 1099-OID y su OID exento de impuesto debe aparecer en la casilla 11 del Formulario 1099-OID. Anote el total en la línea 2a. Sin embargo, si usted adquirió un bono exento de impuesto pagando una prima (cantidad por encima del valor nominal), sólo declare la cantidad neta de los intereses exentos de impuesto en la línea 2a (esto es, el exceso de los intereses exentos de impuesto recibidos durante el año sobre la prima del bono amortizada para ese año). Además, si usted adquirió un bono OID exento de impuesto con una prima de adquisición, sólo declare la cantidad neta de OID exento de impuesto en la línea 2a (esto es, el exceso de OID exento de impuesto para el año sobre la prima de adquisición amortizada para ese año). Vea la Publicación 550 para más información sobre el OID, las primas de bonos y las primas pagadas por adquisición.

Incluya también en la línea 2a todo dividendo de intereses exentos provenientes de un fondo mutuo o de otra sociedad inversionista reglamentada (RIC, por sus siglas en inglés). Esta cantidad debe aparecer en la casilla 12 del Formulario 1099-DIV.

No incluya los intereses que devenga de su arreglo IRA, cuenta de ahorros médicos (HSA, por sus siglas en inglés), cuenta Archer o Medicare Advantage MSA, o una cuenta Coverdell de ahorros para la educación.

¡PRECAUCIÓN! No incluya ninguna cantidad relacionada con la condonación de un préstamo PPP en esta línea.

Línea 2b Interés Tributable

Cada pagador debe enviarle a usted un Formulario 1099-INT o Formulario 1099-OID. Anote el total de su ingreso de intereses tributables en la línea 2b. Pero usted tiene que completar y adjuntar el Anexo B si el total es mayor de $1,500 o si alguna de las otras condiciones listadas al inicio de las instrucciones del Anexo B le aplican a usted.

Para más detalles sobre la declaración de los intereses tributables, incluido el descuento del mercado sobre bonos y los ajustes por primas de bonos o primas de adquisición amortizables, vea la Publicación 550.

Los intereses que le son acreditados en 2024 sobre los depósitos que usted no pudo retirar debido a la quiebra o insolvencia de la institución financiera quizás no tengan que ser incluidos en sus ingresos de 2024. Para más detalles, vea la Publicación 550.

CONSEJO Si recibe un Formulario 1099-INT de 2024 debido a intereses de bonos de ahorro estadounidenses que incluye cantidades que usted declaró antes de 2024, vea la Publicación 550.

Línea 3a Dividendos Calificados

Anote el total de sus dividendos calificados en la línea 3a. Los dividendos calificados también se incluyen en el total de los dividendos ordinarios que se requiere que aparezca en la línea 3b. Los dividendos calificados cumplen con los requisitos para obtener una tasa de impuesto más baja a la que corresponde a otros ingresos ordinarios. Por lo general, estos dividendos aparecen en la casilla 1b del (de los) Formulario(s) 1099-DIV. Vea la Publicación 550 para ver la definición de "qualified dividends" (dividendos calificados) si usted recibió dividendos que no fueron declarados en el Formulario 1099-DIV.

Excepción. Algunos dividendos pudieran declararse como dividendos calificados en la casilla 1b del Formulario 1099-DIV, pero no son dividendos calificados. Éstos incluyen:

• Dividendos que usted recibió como nominatario. Vea las Instrucciones para el Anexo B.
• Dividendos que usted recibe sobre cualquier participación en acciones que usted tuvo por menos de 61 días durante el período de 121 días que comenzó 60 días antes de la fecha exdividendo. La fecha exdividendo es la primera fecha que sigue a la declaración de un dividendo en la cual el comprador de las acciones no tiene derecho a recibir el siguiente pago de dividendos. Al contar el número de días que usted tuvo las acciones, incluya el día en que se deshizo de las acciones pero no el día en que las adquirió. Vea los ejemplos a continuación. También, al contar el número de días que usted tuvo las acciones, no puede contar ciertos días durante los cuales su riesgo de pérdida disminuyó. Vea la Publicación 550 para más detalles.
• Dividendos atribuibles a períodos que totalizan más de 366 días que usted recibió sobre cualquier participación en acciones preferentes que tuvo por menos de 91 días durante el período de 181 días que comenzó 90 días antes de la fecha exdividendo. Al contar el número de días que usted tuvo las acciones, usted no puede contar ciertos días durante los cuales su riesgo de pérdida disminuyó. Vea la Publicación 550 para más detalles. Los dividendos preferentes que son atribuibles a períodos que suman menos de 367 días están sujetos a la regla de tenencia de 61 días que se acaba de describir.
• Dividendos sobre cualquier participación en acciones en la medida en que usted esté bajo una obligación (incluida una venta en corto o venta al descubierto) para efectuar pagos relacionados con respecto a posturas en bienes sustancialmente similares o relacionados.
• Pagos en lugar de dividendos, pero sólo si usted sabe o tiene razón de saber que los pagos no son dividendos calificados.
• Dividendos de una sociedad anónima que primero se convirtió en sociedad anónima extranjera sustituta después del 22 de diciembre de 2017, que no sea una sociedad anónima extranjera que es tratada como si fuera una sociedad anónima doméstica conforme a la sección 7874(b).

Ejemplo 1. Usted compró 5,000 acciones comunes de la Compañía XYZ el 8 de julio. La Compañía XYZ pagó un dividendo en efectivo de 10 centavos por cada acción. La fecha exdividendo fue el 16 de julio. Su Formulario 1099-DIV que le envió la Compañía XYZ muestra $500 en la casilla 1a (dividendos ordinarios) y en la casilla 1b (dividendos calificados). Sin embargo, usted vendió las 5,000 acciones el 11 de agosto. Usted tuvo sus acciones de la Compañía XYZ por sólo 34 días del período

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de 121 días (del 9 de julio hasta el 11 de agosto). El período de 121 días comenzó el 17 de mayo (60 días antes de la fecha exdividendo) y finalizó el 14 de septiembre. Usted no tuvo dividendos calificados de la Compañía XYZ porque usted tuvo las acciones de dicha compañía por menos de 61 días.

Ejemplo 2. Los hechos son los mismos que en el Ejemplo 1, excepto que usted compró las acciones el 15 de julio (el día antes de la fecha exdividendo) y usted vendió las acciones el 16 de septiembre. Usted tuvo las acciones por 63 días (desde el 16 de julio hasta el 16 de septiembre). Los $500 de dividendos calificados que aparecen en la casilla 1b del Formulario 1099-DIV son todos dividendos calificados porque usted tuvo las acciones por 61 días del período de los 121 días (del 16 de julio al 14 de septiembre).

Ejemplo 3. Usted compró 10,000 acciones comunes del Fondo Mutuo ABC el 8 de julio. El Fondo Mutuo ABC pagó un dividendo en efectivo de 10 centavos por cada acción. La fecha exdividendo fue el 16 de julio. El Fondo Mutuo ABC le notifica que la parte del dividendo que cumple con los requisitos para ser tratada como dividendos calificados equivale a 2 centavos por cada acción. Su Formulario 1099-DIV del Fondo Mutuo ABC muestra $1,000 en dividendos ordinarios y $200 en dividendos calificados. Sin embargo, usted vendió las 10,000 acciones el 11 de agosto. Usted no tiene dividendos calificados del Fondo Mutuo ABC porque usted tuvo las acciones de dicho fondo por menos de 61 días.

CONSEJO Use la Hoja de Trabajo para el Impuesto Sobre los Dividendos Calificados y Ganancias de Capital o la Schedule D Tax Worksheet (Hoja de trabajo para el impuesto del Anexo D) en las Instrucciones para el Anexo D, la que le corresponda, para calcular su impuesto. Vea las instrucciones para la línea 16 para detalles.

Línea 3b Dividendos Ordinarios

Cada pagador debe enviarle a usted un Formulario 1099-DIV. Anote el total de sus dividendos ordinarios en la línea 3b. Esta cantidad debe aparecer en la casilla 1a del (de los) Formulario(s) 1099-DIV.

Usted tiene que completar y adjuntar el Anexo B si el total es mayor de $1,500 o usted recibió, como nominatario, dividendos ordinarios que de hecho le pertenecen a otra persona.

Distribuciones que No Sean Dividendos

Algunas distribuciones son una devolución de su costo (u otra base). No se les gravarán impuestos hasta que recupere su costo (u otra base). Tiene que reducir su costo (u otra base) mediante estas distribuciones. Después de que recupere todo su costo (u otra base), tiene que declarar estas distribuciones como ganancias de capital en el Formulario 8949. Para detalles, vea la Publicación 550.

CONSEJO Los dividendos sobre pólizas de seguro son una recuperación parcial de las primas que usted pagó. No los declare como dividendos. Inclúyalos en los ingresos en la línea 8z del Anexo 1 sólo si exceden el total de todas las primas netas que usted pagó por el contrato.

Líneas 4a y 4b Distribuciones de un IRA

Usted debe recibir un Formulario 1099-R que muestre la cantidad total de toda distribución hecha de su IRA antes de que se le retuviera el impuesto sobre los ingresos u otras deducciones. Esta cantidad debe aparecer en la casilla 1 del Formulario 1099-R. A menos que se indique lo contrario en las instrucciones para las líneas 4a y 4b, un IRA incluye un IRA tradicional (el cual incluye un arreglo IRA tradicional que recibe aportaciones de un plan de pensión simplificada para empleados (SEP, por sus siglas en inglés)) un Roth IRA (el cual incluye un Roth IRA que recibe aportaciones de un arreglo SEP) y un plan de incentivos de ahorros para empleados en los que el empleador aporta cantidades iguales (SIMPLE IRA, por sus siglas en inglés) (SIMPLE IRA puede ser un SIMPLE IRA tradicional o un Roth SIMPLE IRA).

CONSEJO Adjunte el (los) Formulario(s) 1099-R al Formulario 1040 o 1040-SR si algún impuesto federal sobre el ingreso le fue retenido.

CONSEJO Para propósitos de estas Excepciones, Roth IRA incluye Roth SIMPLE IRA.

Excepción 1. Anote el total de la distribución en la línea 4a si usted reinvirtió parte o toda la distribución de:

• Un Roth IRA a otro Roth IRA o
• Un IRA (que no sea un Roth IRA) a un plan calificado o a otro IRA (que no sea un Roth IRA).

Anote también "Rollover" (Reinversión) junto a la línea 4b. Si el total de la distribución fue reinvertido, anote "-0-" en la línea 4b. Si el total de la distribución no fue reinvertido, anote la parte que no fue reinvertida en la línea 4b, a menos que la Excepción 2 le aplique a la parte que no fue reinvertida. Por lo general, una reinversión tiene que hacerse dentro de los 60 días después de que usted reciba la distribución. Para más detalles sobre las reinversiones, vea la Publicación 590-A y la Publicación 590-B.

Si usted reinvirtió la distribución en un plan calificado o hizo la reinversión en 2025, incluya una declaración escrita que explique lo que hizo.

Excepción 2. Si cualquiera de las siguientes situaciones le aplica a usted, anote el total de la distribución en la línea 4a y vea el Formulario 8606 y sus instrucciones para calcular la cantidad que debe anotar en la línea 4b.

1. Usted recibió una distribución proveniente de un IRA (que no sea un Roth IRA) y usted efectuó aportaciones no deducibles a cualquiera de sus IRA tradicionales para 2024 o para un año anterior. Si efectuó aportaciones no deducibles a estos IRA para 2024, vea también la Publicación 590-A y la Publicación 590-B.
2. Usted recibió una distribución de un Roth IRA. Pero si el punto (a) o (b) a continuación le corresponde, anote "-0-" en la línea 4b; usted no necesita ver el Formulario 8606 o sus instrucciones.
a. El código T para distribuciones aparece en la casilla 7 del Formulario 1099-R y usted efectuó una aportación

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(incluida una conversión) a un Roth IRA para 2018 o para un año anterior.
b. El código Q para distribuciones aparece en la casilla 7 del Formulario 1099-R.
3. Usted convirtió parte de o todo un IRA tradicional o SIMPLE IRA tradicional a un Roth IRA en 2024.
4. A usted se le devolvió una aportación IRA para 2023 o 2024, con toda ganancia relacionada o menos cualquier pérdida, para la fecha de vencimiento (incluidas las prórrogas) de su declaración de impuestos para ese año.
5. Usted efectuó aportaciones en exceso a su IRA para un año anterior y le fueron devueltas a usted en 2024.
6. Usted recaracterizó parte de o toda una aportación efectuada a un Roth IRA como una aportación a un IRA tradicional o viceversa.

Excepción 3. Si toda o parte de una distribución es una qualified charitable distribution (distribución caritativa calificada o QCD, por sus siglas en inglés), anote el total de la distribución en la línea 4a. Si el total de la cantidad distribuida es una QCD, anote "-0-" en la línea 4b. Si sólo una parte de la distribución es una QCD, anote la parte que no sea una QCD en la línea 4b, a menos que la Excepción 2 le aplique a esa parte. Anote "QCD" junto a la línea 4b.

Una QCD es una distribución hecha directamente por el fideicomisario de su IRA (que no sea un IRA tipo SEP o SIMPLE en curso) a una organización elegible para recibir donaciones que son deducibles de los impuestos (con ciertas excepciones). Usted tenía que tener por lo menos 70 1/2 años de edad al momento de efectuarse la distribución.

Por lo general, el total de sus QCD para el año no puede ser mayor de $105,000. Esto incluye cualquier cantidad (hasta un máximo de $53,000) de una QCD única hecha a una entidad de interés dividido (SIE, por sus siglas en inglés). Si presenta una declaración conjunta, las mismas reglas le aplican a su cónyuge. La cantidad de la QCD está limitada a la cantidad que de otra manera sería incluida en su ingreso. Si su IRA incluye aportaciones no deducibles, la distribución primero se considera haber sido pagada de ingreso que de otra manera sería tributable. Si usted hace una QCD única a una SIE, usted tiene que adjuntar una declaración escrita a su declaración. Vea la Publicación 590-B para detalles sobre las QCD, incluyendo la información que usted tiene que incluir en la declaración escrita para la QCD hecha a una SIE.

¡PRECAUCIÓN! No puede reclamar una deducción por donaciones caritativas por cualquier QCD que no se incluya en su ingreso.

Excepción 4. Si toda o parte de una distribución es una distribución que provee fondos a una cuenta de ahorros médicos (HFD, por sus siglas en inglés), anote la distribución total en la línea 4a. Si el total de la cantidad distribuida es una HFD y usted opta por excluirla del ingreso, anote "-0-" en la línea 4b. Si sólo una parte de la distribución es una HFD y usted opta por excluir esa parte del ingreso, anote la parte que no sea una HFD en la línea 4b, a menos que la Excepción 2 le aplique a esa parte. Anote "HFD" junto a la línea 4b.

Una HFD es una distribución hecha directamente por el fideicomisario de su IRA (que no sea un IRA tipo SEP o SIMPLE en curso) a su cuenta de ahorros médicos (HSA, por sus siglas en inglés). De ser elegible, usted por lo general puede optar por excluir una HFD de su ingreso una vez en su vida. No puede excluir más del límite sobre las aportaciones a una HSA o más de la cantidad que de otra manera sería incluida en su ingreso. Si su IRA incluye aportaciones no deducibles, la HFD es primero considerada como pagada de ingreso que de otra manera sería tributable. Vea la Publicación 969 para más detalles.

¡PRECAUCIÓN! La cantidad de una HFD reduce la cantidad que usted puede aportar a su HSA para el año. Si no permaneció como persona elegible para una HSA para los 12 meses que siguen al mes de la HFD, usted podría tener que declarar la HFD como ingreso y pagar un impuesto adicional. Vea la Parte III del Formulario 8889.

Más de una excepción le aplica. Si más de una excepción le aplica, incluya una declaración escrita que muestre la cantidad para cada excepción, en vez de anotar algo junto a la línea 4b. Por ejemplo: "Line 4b - $1,000 Rollover and $500 HFD" (Línea 4b - $1,000 en reinversión y $500 en HFD). Pero no necesita adjuntar una declaración escrita si sólo la Excepción 2 y otra excepción (sólo una) más aplican.

Más de una distribución. Si usted (o su cónyuge si presenta conjuntamente) recibió más de una distribución, calcule la cantidad tributable de cada distribución y anote el total de las cantidades tributables en la línea 4b. Anote el total de esas distribuciones en la línea 4a.

CONSEJO Usted tiene que empezar a recibir al menos una cantidad mínima de su IRA tradicional para el 1 de abril del año siguiente al año en que usted alcanzó los 73 años de edad. Si usted no recibe la cantidad de distribución mínima, puede ser que tenga que pagar un impuesto adicional sobre la cantidad que se debió haber distribuido. Para detalles, incluyendo cómo calcular la distribución mínima requerida, vea la Publicación 590-B.

¡PRECAUCIÓN! Usted puede tener que pagar impuesto adicional si usted recibió una distribución prematura de su IRA y el total no fue reinvertido. Vea las instrucciones para la línea 8 del Anexo 2 para detalles.

Más información. Para más información sobre los IRA, vea la Publicación 590-A y la Publicación 590-B.

Líneas 5a y 5b Pensiones y Anualidades

Usted debe recibir un Formulario 1099-R que muestre la cantidad total de los pagos de su pensión y anualidad antes de que se le retuviera el impuesto sobre el ingreso u otras deducciones. Esta cantidad debe aparecer en la casilla 1 del Formulario 1099-R. El pago de pensiones y anualidades incluye distribuciones hechas de planes conforme a las secciones 401(k) y 403(b) y planes gubernamentales conforme a la sección 457(b). Las reinversiones y distribuciones de sumas globales se explican más adelante. No incluya los siguientes pagos en las líneas 5a y 5b. En su lugar, declárelos en la línea 1h:

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• Pensiones por incapacidad que recibió antes de que usted alcanzara la edad mínima de jubilación establecida por su empleador.
• Distribuciones correctivas (incluida toda ganancia) de aplazamientos electivos en exceso u otras aportaciones en exceso a planes para la jubilación. El plan tiene que notificarle del (de los) año(s) en que las distribuciones se incluyen en el ingreso.

CONSEJO Adjunte el (los) Formulario(s) 1099-R al Formulario 1040 o 1040-SR si algún impuesto federal sobre el ingreso le fue retenido.

Pensiones y Anualidades Íntegramente Tributables

Sus pagos están completamente sujetos a impuesto si (a) usted no contribuyó hacia el costo (vea Costo, más adelante) de su pensión o anualidad o (b) usted recuperó su costo completo libre de impuestos antes de 2024. Pero vea Primas de Seguros para Funcionarios Jubilados del Sector de Seguridad Pública, más adelante. Si su pensión o anualidad está completamente sujeta a impuestos, anote el total de los pagos de pensión o anualidad (de la casilla 1 del (de los) Formulario(s) 1099-R) en la línea 5b; no anote nada en la línea 5a.

Las pensiones y anualidades que están completamente sujetas a impuesto también incluyen pagos de la jubilación militar que aparecen en el Formulario 1099-R. Para detalles sobre las pensiones militares por incapacidad, vea la Publicación 525. Si recibió un Formulario RRB-1099-R, vea la Publicación 575 para saber cómo declarar sus beneficios.

Pensiones y Anualidades Parcialmente Tributables

Anote el total de los pagos de pensión o anualidad (de la casilla 1 del Formulario 1099-R) en la línea 5a. Si su Formulario 1099-R no muestra la cantidad sujeta a impuesto, usted tendrá que usar la General Rule (Regla General) que se explica en la Publicación 939 para calcular la parte sujeta a impuesto que debe anotar en la línea 5b. Pero si la fecha de inicio de su anualidad (que se define más adelante) ocurrió después del 1 de julio de 1986, vea Método Simplificado, más adelante, para saber si usted tiene que usar ese método para calcular la parte sujeta a impuesto.

Usted le puede pedir al IRS que calcule la parte sujeta a impuesto por usted por un cargo de $1,000. Para detalles, vea la Publicación 939.

Si su Formulario 1099-R muestra una cantidad sujeta a impuesto, puede declarar la cantidad en la línea 5b. Pero a lo mejor pudiera declarar una cantidad sujeta a impuesto más baja si usa la Regla General o el Método Simplificado o si la exclusión para funcionarios jubilados del sector de seguridad pública, la cual se explica a continuación, le aplica.

Primas de Seguros para Funcionarios Jubilados del Sector de Seguridad Pública

Si usted es un funcionario jubilado del sector de seguridad pública elegible (oficial encargado de mantener el orden público, bombero, capellán o un miembro de una brigada de rescate o de un servicio de ambulancias que se jubiló a causa de una incapacidad o porque alcanzó la edad normal de jubilación), usted puede elegir el excluir de su ingreso las distribuciones efectuadas de su plan para la jubilación elegible que se usan para pagar las primas de cobertura para un plan para accidentes o de salud o un contrato de seguro para el cuidado a largo plazo. Las primas pueden ser para la cobertura suya, de su cónyuge o de sus dependientes. Las distribuciones tienen que hacerse del plan mantenido por el empleador del cual usted se jubiló como funcionario del sector de seguridad pública. La distribución puede hacerse directamente del plan al proveedor del plan para accidentes o para la salud o del contrato del seguro para el cuidado a largo plazo, o la distribución se le puede hacer a usted para que usted entonces le pague al proveedor del plan para accidentes o para la salud o del contrato del seguro para el cuidado a largo plazo. Puede excluir del ingreso la cantidad menor entre la cantidad de las primas pagadas o $3,000. Usted puede optar por hacer esto sólo para cantidades que de otra manera serían incluidas en su ingreso. La cantidad excluida de su ingreso no se puede usar para reclamar una deducción por gastos médicos.

Un plan para la jubilación elegible es un plan gubernamental que es un fideicomiso calificado o un plan conforme a la sección 403(a), 403(b) o 457(b).

¡PRECAUCIÓN! Usted puede excluir del ingreso sólo la cantidad menor entre la cantidad de las primas pagadas o $3,000. Esto es cierto si la distribución se hizo directamente del plan al proveedor del plan para accidentes o para la salud o del contrato del seguro para el cuidado a largo plazo o si la distribución se le hizo a usted y usted le pagó al proveedor del plan para accidentes o para la salud o del contrato del seguro para el cuidado a largo plazo. Si usted recibió una distribución de su plan para la jubilación elegible, y usted utilizó parte de esa distribución para pagar primas de un plan para accidentes o para la salud o de un contrato del seguro para el cuidado a largo plazo, aún puede excluir del ingreso sólo la cantidad menor entre la cantidad de las primas pagada o $3,000. El resto de la distribución es tributable a usted y tiene que declararse en la línea 5b.

Si hace esta elección, reduzca la cantidad que de otra manera estaría sujeta a impuesto de su pensión o anualidad por la cantidad excluida. La cantidad que aparece en la casilla 2a del Formulario 1099-R no refleja la exclusión. Declare el total de sus distribuciones en la línea 5a y la cantidad sujeta a impuesto en la línea 5b. Anote "PSO" (siglas en inglés para "funcionario de seguridad pública") junto a la línea 5b.

Si usted está jubilado por incapacidad y declara su pensión por incapacidad en la línea 1h, incluya sólo la cantidad sujeta a impuesto en esa línea y anote "PSO" (siglas en inglés para "funcionario de seguridad pública") y la cantidad excluida en la línea de puntos junto a la línea 1h.

Pagos cuando está incapacitado. Si usted recibe pagos de un plan de jubilación o de participación en las ganancias que no provee jubilación por incapacidad, no trate esos pagos como pagos por incapacidad. Los pagos tienen que ser declarados como pensión o anualidad.

 Usted tiene que incluir en su ingreso cualesquier cantidades que usted haya recibido y que hubiese recibido al jubilarse de no haberse incapacitado como resultado de un ataque terrorista. Incluya text continued on print page 36

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Hoja de Trabajo del Método Simplificado -Líneas 5a y 5b

Guarde para Sus Registros

Antes de comenzar:

• Si usted es el beneficiario de un empleado fallecido o de un exempleado que falleció antes del 21 de agosto de 1996, incluya toda exclusión de beneficio por fallecimiento a la cual usted tenga derecho (hasta $5,000) en la cantidad que se anota en la línea 2 a continuación.

Más de una pensión o anualidad. Si tenía más de una pensión o anualidad parcialmente tributable, calcule la parte sujeta a impuesto de cada una por separado. Anote el total de las partes tributables en la línea 5b del Formulario 1040 o 1040-SR. Anote el total de las pensiones y anualidades recibidas en 2024 en la línea 5a del Formulario 1040 o 1040-SR.

1. Anote el total de la pensión o anualidad proveniente de la casilla 1 del Formulario 1099-R. Anote también esta cantidad en la línea 5a del Formulario 1040 o 1040-SR ----
2. Anote su costo en el plan (contrato) en la fecha de inicio de la anualidad ----
Nota: Si completó esta hoja de trabajo el año pasado, omita la línea 3 y anote la cantidad de la línea 4 de la hoja de trabajo del año pasado en la línea 4 a continuación (aun si la cantidad de su pensión o anualidad ha cambiado). De lo contrario, pase a la línea 3.
3. Anote el número correspondiente de la Tabla 1 a continuación. Pero si la fecha de inicio de su anualidad es después de 1997 y los pagos son de por vida tanto para usted como para su beneficiario, anote el número apropiado de la Tabla 2 a continuación ----
4. Divida la línea 2 por el número en la línea 3 ----
5. Multiplique la línea 4 por el número de meses por los cuales se hicieron los pagos de este año. Si la fecha de inicio de su anualidad fue antes de 1987, omita las líneas 6 y 7 y anote esta cantidad en la línea 8. De lo contrario, pase a la línea 6 ----
6. Anote la cantidad recuperada previamente libre de impuestos, si alguna, en los años después de 1986. Si completó esta hoja de trabajo el año pasado, anote la cantidad que aparece en la línea 10 de esa hoja de trabajo ----
7. Reste la línea 6 de la línea 2 ----
8. Anote la cantidad que sea menor entre la línea 5 y la línea 7 ----
9. Cantidad tributable. Reste la línea 8 de la línea 1. Anote el resultado, pero éste no puede ser menos de cero. Anote también esta cantidad en la línea 5b del Formulario 1040 o 1040-SR. Si su Formulario 1099-R muestra una cantidad mayor, use la cantidad en esta línea en lugar de la cantidad del Formulario 1099-R. Si es funcionario jubilado del sector de seguridad pública, vea Primas de Seguros para Funcionarios Jubilados del Sector de Seguridad Pública antes de anotar una cantidad en la línea 5b ----
10. ¿La fecha de inicio de su anualidad fue anterior a 1987?
-- Sí. NO SIGA No complete el resto de esta hoja de trabajo.
-- No. Sume las líneas 6 y 8. Ésta es la cantidad recuperada libre de impuestos hasta el año 20 Necesitará esta cifra si necesita completar esta hoja de trabajo el año que viene ----
11. Saldo del costo por recuperar. Reste la línea 10 de la línea 2. Si es cero, no tendrá que completar esta hoja de trabajo para el año que viene. Los pagos que reciba el año próximo normalmente serán tributables en su totalidad ----

Tabla 1 para la Línea 3 de esta Hoja de Trabajo

SI la edad en la fecha de inicio de la anualidad era...; Y la fecha de inicio de su anualidad fue: antes del 19 de noviembre de 1996, anote en la línea 3...; después del 18 de noviembre de 1996, anote en la línea 3...
55 años de edad o menos; 300; 360
56-60; 260; 310
61-65; 240; 260
66-70; 170; 210
71 años de edad o más; 120; 160

Tabla 2 para la Línea 3 de esta Hoja de Trabajo

SI la suma de las edades en la fecha de inicio de la anualidad era...; ENTONCES anote en la línea 3...
110 o menos; 410
111-120; 360
121-130; 310
131-140; 260
141 o más; 210

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text continued from print page 34 en su ingreso cualesquier pagos que usted reciba de un plan 401(k), pensión u otro plan de jubilación en la medida en que usted hubiese recibido la cantidad al mismo tiempo o más tarde independientemente de si usted se hubiese incapacitado.
Ejemplo. Usted es un contratista que se incapacitó como resultado directo de participar en los esfuerzos para limpiar el World Trade Center y es elegible para compensación por parte del September 11 Victim Compensation Fund (Fondo de Compensación de Víctimas del 11/9 o VCF, por sus siglas en inglés). Usted comenzó a recibir una pensión por incapacidad a los 55 años cuando ya no pudo seguir trabajando debido a su incapacidad. Conforme a su plan de pensión, usted tiene derecho a un beneficio de jubilación temprana de $2,500 al mes a la edad de 55 años. Si espera hasta los 62 años, la edad normal de jubilación conforme al plan, usted tendría derecho a un beneficio de jubilación normal de $3,000 al mes. El plan de pensión establece que un participante que se jubila temprano por incapacidad tiene derecho a recibir el beneficio de jubilación normal del participante, que en el caso de usted, equivale a $3,000 al mes. Hasta que usted cumpla 62 años, puede excluir $500 de su beneficio de jubilación mensual de los ingresos (la diferencia entre el beneficio de jubilación temprana y el beneficio de jubilación normal, $3,000 - $2,500) recibidos por concepto de incapacidad. Usted tiene que declarar los $2,500 restantes del beneficio de pensión mensual como tributables. Por cada mes luego de que usted cumpla 62 años, tiene que declarar la cantidad total del beneficio de pensión mensual ($3,000 al mes) como tributable.

Método Simplificado

Usted tiene que usar el Método Simplificado si cualquiera de las siguientes situaciones le corresponde:

1. La fecha de inicio de su anualidad fue después del 1 de julio de 1986 y usted usó este método el año pasado para calcular la parte sujeta a impuesto.
2. La fecha de inicio de su anualidad fue después del 18 de noviembre de 1996 y ambas de las siguientes situaciones le corresponden:
a. Los pagos provienen de un plan calificado para empleados, una anualidad calificada para empleados o una anualidad con refugio tributario.
b. En la fecha de inicio de su anualidad, o usted tenía menos de 75 años de edad o el número de años de pagos garantizados era menos de 5. Vea la Publicación 575 para saber la definición de "pagos garantizados".

Si usted tiene que usar el Método Simplificado, complete la Hoja de Trabajo del Método Simplificado que aparece en estas instrucciones para calcular la parte tributable de su pensión o anualidad. Para más detalles sobre el Método Simplificado, vea la Publicación 575 (o la Publicación 721 para saber sobre los beneficios de la jubilación para funcionarios públicos federales de los Estados Unidos).

¡PRECAUCIÓN! Si recibió beneficios de la jubilación para funcionarios públicos federales de los Estados Unidos y escogió la opción de anualidad alternativa, vea la Publicación 721 para calcular la parte tributable de su anualidad. No use la Hoja de Trabajo del Método Simplificado que aparece en estas instrucciones.

Fecha de Inicio de la Anualidad

La fecha de inicio de la anualidad es la fecha que ocurra por último entre el primer día del primer período por el que recibió un pago o la fecha en que las obligaciones del plan se vuelvan fijas.

Edad (o Edades Combinadas) en la Fecha de Inicio de la Anualidad

Si usted es el jubilado, use la edad que tenía en la fecha de inicio de su anualidad. Si usted es el sobreviviente de un jubilado, use la edad que tenía el jubilado en la fecha de inicio de la anualidad de éste. Pero si la fecha de inicio de su anualidad fue después de 1997 y los pagos son durante la vida suya y la de su beneficiario, use la suma de sus edades combinadas en la fecha de inicio de la anualidad.

Si usted es el beneficiario de un empleado que falleció, vea la Publicación 575. Si hay más de un beneficiario, vea la Publicación 575 o la Publicación 721 para calcular la cantidad tributable para cada beneficiario.

Costo

Su costo generalmente es su inversión neta en el plan para la fecha de inicio de su anualidad. No incluye aportaciones hechas antes de la tasación de impuestos. Su inversión neta puede aparecer en la casilla 9b del Formulario 1099-R.

Reinversión

Normalmente, una reinversión es una distribución libre de impuesto de dinero en efectivo u otros bienes de un plan de jubilación que se aporta (invierte) a otro plan dentro de los 60 días de haberse recibido la distribución. Sin embargo, una reinversión a un Roth IRA o a una cuenta designada como Roth generalmente no es una distribución libre de impuesto. Use las líneas 5a y 5b para declarar una reinversión, incluida una reinversión directa, de un plan del empleador calificado a otro o a un arreglo IRA.

Anote en la línea 5a la distribución de la casilla 1 del Formulario 1099-R. De esta cantidad, reste toda aportación (normalmente aparece en la casilla 5) hecha después de impuestos al momento de efectuarse. De ese resultado, reste la cantidad de la reinversión. Anote la cantidad restante en la línea 5b. Si la cantidad restante es cero y usted no tiene otras distribuciones para declarar en la línea 5b, anote "-0-" en la línea 5b. Anote también "Rollover" (Reinversión) junto a la línea 5b.

Vea la Publicación 575 para más detalles sobre las reinversiones, incluidas las reglas especiales que aplican a reinversiones provenientes de cuentas designadas como Roth, reinversiones parciales de bienes y distribuciones efectuadas conforme a una qualified domestic relations order (orden de relaciones domésticas calificada o QDRO, por sus siglas en inglés).

Distribución de Suma Global

Si recibió una distribución de una suma global proveniente de un plan de participación en las ganancias o de un plan para la jubilación, su Formulario 1099-R debe tener marcado el recuadro "Total Distribution" (Distribución total) en la casilla 2b. Puede adeudar un impuesto

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adicional si usted recibió una distribución prematura proveniente de un plan para la jubilación calificado y la cantidad total no fue reinvertida. Para detalles, vea las instrucciones para la línea 8 del Anexo 2.

Anote la distribución total en la línea 5a y la parte tributable en la línea 5b. Para detalles, vea la Publicación 575.

CONSEJO Si usted o el participante en el plan nació antes del 2 de enero de 1936, usted podría pagar menos impuesto sobre la distribución. Vea el Formulario 4972.

Líneas 6a, 6b y 6c

Líneas 6a y 6b Beneficios del Seguro Social

Usted debe recibir un Formulario SSA-1099 que muestre en la casilla 3 el total de beneficios del Seguro Social que se le pagaron a usted. La casilla 4 mostrará la cantidad de cualquier beneficio que usted reintegró en 2024. Si recibió beneficios de la jubilación ferroviaria que son tratados como Seguro Social, debe recibir un Formulario RRB-1099.

Use la Hoja de Trabajo para Beneficios del Seguro Social que aparece en estas instrucciones para saber si alguna parte de sus beneficios puede estar sujeta a impuestos.

Excepción. No use la Hoja de Trabajo para Beneficios del Seguro Social que aparece en estas instrucciones si cualquiera de las siguientes situaciones le aplican:

• Usted efectuó aportaciones a un IRA tradicional para 2024 y usted o su cónyuge estaban cubiertos por un plan para la jubilación en su empleo o por medio de su trabajo por cuenta propia. En su lugar, use las hojas de trabajo en la Publicación 590-A para ver si alguna parte de sus beneficios del Seguro Social es tributable y para calcular su deducción por el IRA.
• Usted reintegró algún beneficio en 2024 y el total de sus pagos de reintegro (casilla 4) era más que el total de sus beneficios para 2024 (casilla 3). Ninguna parte de sus beneficios es tributable para 2024. Además, si el total de sus pagos de reintegro en 2024 excede el total de los beneficios que recibió en 2024 por más de $3,000, usted quizás podría tomar una deducción detallada o un crédito por parte de los pagos de reintegro en exceso si fueron por beneficios que usted incluyó en su ingreso en un año anterior. Para más detalles, vea la Publicación 915.
• Usted presenta el Formulario 2555, 4563 u 8815, o excluye beneficios por adopciones provistos por su empleador o ingreso de fuentes dentro de Puerto Rico. En su lugar, use la hoja de trabajo en la Publicación 915.

CONSEJO Información del Seguro Social. Los beneficiarios del Seguro Social ahora pueden obtener una variedad de información del sitio web de la SSA con una cuenta my Social Security (mi Seguro Social), incluyendo el obtener un Formulario SSA-1099 de reemplazo si es necesario. Para más información y para establecer una cuenta, acceda a SSA.gov/myaccount. Para ver información en general en español, visite SSA.gov/Espanol.

Pagos por incapacidad. No incluya en su ingreso cualesquier pagos por incapacidad (incluidos los pagos del Social Security Disability Insurance (Seguro por Incapacidad del Seguro Social o SSDI, por sus siglas en inglés) que recibió por lesiones contraídas como resultado directo de un ataque terrorista hecho en contra de los Estados Unidos (o sus aliados), ya sea fuera o dentro de los Estados Unidos. En el caso de los ataques terroristas del 11/9, las lesiones elegibles para cobertura del Fondo de Compensación de Víctimas del 11/9 son tratadas como si fueran contraídas como resultado directo del ataque. Si estos pagos son declarados incorrectamente como tributables en el Formulario SSA-1099, no incluya la porción no tributable del ingreso en su declaración de impuestos. Usted puede que reciba una notificación del IRS sobre los pagos omitidos. Siga las instrucciones en la notificación para explicar que los pagos excluidos no son tributables. Para más información sobre estos pagos, vea la Publicación 3920.

Ejemplo. Usted era una bombera que se incapacitó como resultado directo del ataque terrorista del 11/9 contra el World Trade Center. Usted comenzó a recibir los beneficios del SSDI a los 54 años. Su edad plena de jubilación para los beneficios de jubilación del Seguro Social es 66 años. Su cumpleaños es el 25 de abril. En el año en que usted cumplió 66 años, recibió $1,500 al mes por beneficios de la Administración del Seguro Social (para un total de $18,000 anuales). Debido a que usted se hizo elegible para un beneficio de jubilación completo en mayo, el mes después de que usted cumpliera los 66 años, puede excluir sólo 4 meses (de enero a abril) de su beneficio anual de sus ingresos ($6,000). Usted tiene que declarar los $12,000 restantes en la línea 6a. Usted también tiene que completar la Hoja de Trabajo para Beneficios del Seguro Social para saber si alguna parte de los $12,000 es tributable.

CONSEJO Formulario RRB-1099. Si necesita obtener un reemplazo para el Formulario RRB-1099, llame a la Railroad Retirement Board (Junta de Jubilación Ferroviaria) al 877-772-5772 o acceda a www.rrb.gov.

Pago acumulado por licencia. Si usted se jubila por incapacidad, cualquier pago de suma global que reciba por licencia anual acumulada es un pago de sueldo. El pago no es un pago por incapacidad. Inclúyalo en su ingreso en el año tributario en que lo reciba.

Línea 6c

Marque el recuadro en la línea 6c si usted elige usar el método de elección de suma global para sus beneficios. Si alguna parte de sus beneficios es tributable para 2024 y éstos incluyen un pago de beneficio de suma global que era correspondiente a un año anterior, usted quizás pueda reducir la cantidad tributable con la elección de suma global. Vea Lump-Sum Election (Elección de suma global) en la Publicación 915 para detalles.

Línea 7 Ganancia o (Pérdida) de Capital

Si usted vendió un bien de capital, tal como acciones o un bono, tiene que completar y adjuntar el Formulario 8949 y el Anexo D.

Excepción 1. No tiene que presentar el Formulario 8949 o el Anexo D si usted text continued on print page 39

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Hoja de Trabajo para Beneficios del Seguro Social -Líneas 6a y 6b

Guarde para Sus Registros

Antes de comenzar:

• Calcule todos los ajustes añadidos que serán anotados en la línea 24z del Anexo 1 (vea las instrucciones de la línea 24z del Anexo 1).
• Si es casado que presenta una declaración por separado y no vivió con su cónyuge durante todo el año 2024, anote "D" a la derecha de la palabra "Social" en la línea 6a. Si no lo hace, puede que reciba un aviso del IRS notificándole de un error matemático.
• Asegúrese de leer la Excepción en las instrucciones de las líneas 6a y 6b para ver si usted puede usar esta hoja de trabajo en lugar de una publicación para saber si sus beneficios son tributables.

1. Anote la cantidad total de la casilla 5 de todos sus Formularios SSA-1099 y RRB-1099. Además, anote esta cantidad en la línea 6a del Formulario 1040 o 1040-SR ----
2. Multiplique la línea 1 por el 50% (0.50) ----
3. Sume el total de las cantidades de las líneas 1z, 2b, 3b, 4b, 5b, 7 y 8 del Formulario 1040 o 1040-SR ----
4. Anote la cantidad, si la hubiera, de la línea 2a del Formulario 1040 o 1040-SR ----
5. Sume las líneas 2, 3 y 4 ----
6. Anote el total de la cantidad de las líneas 11 a 20, 23 y 25 del Anexo 1 ----
7. ¿Es la cantidad de la línea 6 menor que la cantidad de la línea 5?
-- No. NO SIGA Ninguna parte de los beneficios del Seguro Social es tributable. Anote "-0-" en la línea 6b del Formulario 1040 o 1040-SR.
-- Sí. Reste la línea 6 de la línea 5 ----
8. Si es:
• Casado que presenta una declaración conjunta, anote $32,000
• Soltero, cabeza de familia, cónyuge sobreviviente que reúne los requisitos o casado que presenta una declaración por separado y vivió separado de su cónyuge durante todo el año 2024, anote $25,000
• Casado que presenta una declaración por separado y vivió con su cónyuge en algún momento del año 2024, omita las líneas 8 a 15; multiplique la línea 7 por el 85% (0.85) y anote el resultado en la línea 16. Luego, pase a la línea 17. ----
9. ¿Es la cantidad de la línea 8 menor que la cantidad de la línea 7?
-- No. NO SIGA Ninguna parte de sus beneficios del Seguro Social es tributable. Anote "-0-" en la línea 6b del Formulario 1040 o 1040-SR. Si es casado que presenta una declaración por separado y vivió separado de su cónyuge durante todo el año 2024, asegúrese de haber anotado "D" a la derecha de la palabra "Social" en la línea 6a.
-- Sí. Reste la línea 8 de la línea 7 ----
10. Anote $12,000 si es casado que presenta una declaración conjunta; $9,000 si es soltero, cabeza de familia, cónyuge sobreviviente que reúne los requisitos o casado que presenta una declaración por separado y vivió separado de su cónyuge durante todo el año 2024 ----
11. Reste la línea 10 de la línea 9. Si es cero o menos, anote "-0-" ----
12. De las líneas 9 y 10, anote la que sea menor ----
13. Anote la mitad de la línea 12 ----
14. De las líneas 2 y 13, anote la que sea menor ----
15. Multiplique la línea 11 por el 85% (0.85). Si la línea 11 es cero, anote "-0-" ----
16. Sume las líneas 14 y 15 ----
17. Multiplique la línea 1 por el 85% (0.85) ----
18. Beneficios del Seguro Social sujetos a impuestos. De las líneas 16 y 17, anote la que sea menor. Además, anote esta cantidad en la línea 6b del Formulario 1040 o 1040-SR ----

CONSEJO Si alguna parte de sus beneficios es tributable para 2024 y éstos incluyen un pago de beneficio de suma global que correspondía a un año anterior, usted quizás pueda reducir la cantidad tributable. Vea Lump-Sum Election (Elección de suma global) en la Publicación 915 para detalles.

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text continued from print page 37 no está difiriendo una ganancia de capital al invertir en un fondo de oportunidad calificado y ambas de las siguientes situaciones le corresponden:

1. Usted no tiene pérdidas de capital y sus únicas ganancias de capital son distribuciones de ganancias de capital provenientes de la casilla 2a del (de los) Formulario(s) 1099-DIV (o de declaraciones sustitutivas) y
2. Ningún (ninguno de los) Formulario(s) 1099-DIV (o declaraciones sustitutivas) tiene una cantidad en la casilla 2b (ganancias no recuperadas conforme a la sección 1250), la casilla 2c (ganancias conforme a la sección 1202) o la casilla 2d (ganancias provenientes de artículos coleccionables (28%)).

Excepción 2. Usted tiene que presentar el Anexo D pero, por lo general, no tiene que presentar el Formulario 8949 si la Excepción 1 no le aplica, no está difiriendo ninguna ganancia de capital invirtiendo ésta en un fondo de oportunidad calificado o terminando el diferimiento de una inversión en un fondo de oportunidad calificado y sus únicas ganancias y pérdidas de capital son:

• Distribuciones de ganancias de capital;
• Una pérdida de capital de 2023 transferida al año siguiente;
• Una ganancia del Formulario 2439 o 6252, o la Parte I del Formulario 4797;
• Una ganancia o pérdida del Formulario 4684, 6781 u 8824;
• Una ganancia o pérdida proveniente de una sociedad colectiva, sociedad anónima de tipo S, patrimonio o fideicomiso; o
• Ganancias y pérdidas provenientes de transacciones por las cuales usted recibió un Formulario 1099-B (o una declaración sustitutiva) que muestre que la base fue declarada al IRS, el recuadro QOF en la casilla 3 no está marcado y usted no necesita hacer ajustes en la columna (g) del Formulario 8949 ni anotar ningún código en la columna (f) del Formulario 8949.

Si aplica la Excepción 1, anote el total de sus distribuciones de ganancias de capital (de la casilla 2a del (de los) Formulario( s) 1099-DIV) en la línea 7 y marque el recuadro en esa línea. Si recibió distribuciones de ganancias de capital como nominatario (o sea, le fueron pagadas a usted pero de hecho le pertenecen a otra persona), declare en la línea 7 sólo la cantidad que le pertenece a usted. Incluya una declaración escrita que muestre la cantidad total que usted recibió y la cantidad que usted recibió como nominatario. Vea las Instrucciones para el Anexo B para saber los requisitos de presentación para los Formularios 1099-DIV y 1096.

CONSEJO Si no tiene que presentar el Anexo D, use la Hoja de Trabajo para el Impuesto Sobre los Dividendos Calificados y Ganancias de Capital en las instrucciones de la línea 16 para calcular su impuesto.

Ingreso Total e Ingreso Bruto Ajustado

Línea 10

Anote todo ajuste al ingreso de la línea 26 del Anexo 1 en la línea 10.

Impuesto y Créditos

Línea 12 Deducciones Detalladas o Deducción Estándar

En la mayoría de los casos, su impuesto federal sobre el ingreso será menor si usted toma la cantidad que sea mayor entre sus deducciones detalladas o su deducción estándar.

Deducciones Detalladas

Para calcular sus deducciones detalladas, complete el Anexo A.

¡PRECAUCIÓN! Si usted hizo una elección conforme a la sección 962 y está tomando una deducción conforme a la sección 250 con respecto a cualquier inclusión de ingreso conforme a la sección 951A, no declare la deducción en la línea 12. En su lugar, declare el impuesto con respecto a una elección conforme a la sección 962 en la línea 16 e incluya en la declaración escrita (requerida por las instrucciones para la línea 16) cómo usted calculó la deducción conforme a la sección 250.

Deducción Estándar

La mayoría de las personas que presentan el Formulario 1040 pueden encontrar su deducción estándar mirando las cantidades listadas a la izquierda de la línea 12. La mayoría de las personas que presentan el Formulario 1040-SR pueden encontrar su deducción estándar mirando la tabla que aparece en la última página del Formulario 1040-SR.

Excepción 1: Dependiente. Si marcó el recuadro "Alguien puede reclamar a usted como dependiente" o si presenta una declaración conjunta y marcó el recuadro "Alguien puede reclamar a su cónyuge como dependiente", use la Hoja de Trabajo de la Deducción Estándar para Dependientes para calcular su deducción estándar.

CONSEJO Alguien lo reclama a usted o a su cónyuge como dependiente si esa persona anota el nombre y número de Seguro Social de usted o del cónyuge de usted en la sección titulada Dependientes de la declaración de ésta.

Excepción 2: Nació antes del 2 de enero de 1960 o es ciego. Si usted marcó cualquiera de los siguientes recuadros, calcule su deducción estándar usando la Tabla de Deducción Estándar para Personas que Nacieron Antes del 2 de enero de 1960 o que Sean Ciegas si presenta el Formulario 1040, o usando la tabla que aparece en la última página del Formulario 1040-SR:

• Usted nació antes del 2 de enero de 1960.
• Usted es ciego.
• Cónyuge nació antes del 2 de enero de 1960.
• Cónyuge es ciego.

Excepción 3: Declaración separada o usted era extranjero con doble residencia. Si usted marcó el recuadro "Cónyuge detalla las deducciones en una declaración separada o usted era extranjero con doble residencia" en la sección titulada Deducción Estándar para su cónyuge, su deducción estándar es cero, aun si usted nació antes del 2 de enero de 1960 o es ciego.

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Excepción 4: Deducción estándar incrementada por la pérdida neta calificada por desastre. Si usted tuvo una pérdida neta calificada por desastre y opta por incrementar su deducción estándar por la cantidad de su pérdida neta calificada por desastre, use el Anexo A para calcular su deducción estándar. Las pérdidas calificadas por desastre se refieren a las pérdidas que surgen de ciertos desastres que ocurrieron en 2016 y años subsiguientes. Vea las Instrucciones para el Formulario 4684 y la línea 16 del Anexo A para más información.

Línea 13 Deducción por Ingreso Calificado de Negocio (Deducción Conforme a la Sección 199A)

Para calcular su deducción por ingreso calificado de un negocio (QBI, por sus siglas en inglés), use el Formulario 8995 o el Formulario 8995-A, de éstos, el que le corresponda.

Use el Formulario 8995 si:

• Usted tiene ingreso calificado de negocio, dividendos calificados de una sociedad de inversión inmobiliaria (Real Estate Investment Trust o REIT, por sus siglas en inglés) o ingreso (pérdida) de una sociedad colectiva calificada cuyas acciones se cotizan en la bolsa del mercado de valores (Publicly Traded Partnership o PTP, por sus siglas en inglés).
• Su ingreso tributable de 2024 antes de la deducción por ingreso calificado de negocio es menor de o igual a $191,950 ($383,900 si es casado que presenta una declaración conjunta); y
• Usted no es patrocinador en una cooperativa agropecuaria u hortícola especificada.

Si no cumple con estos requisitos, use el Formulario 8995-A, Qualified Business Income Deduction (Deducción por ingreso calificado de negocio). Adjunte cualquiera de los formularios que usó (el Formulario 8995 o el Formulario 8995-A) a su declaración. Vea las instrucciones de los Formularios 8995 y 8995-A para más información para calcular y declarar su deducción por ingreso calificado de negocio.

Línea 16 Impuesto

Incluya en el total en el espacio para entradas en la línea 16 todos los siguientes impuestos que le correspondan:

• El impuesto sobre su ingreso tributable. Calcule el impuesto usando uno de los métodos que se explican más adelante.
• El impuesto del (de los) Formulario(s) 8814 (relacionado con la elección de declarar los intereses o dividendos de un hijo). Marque el recuadro apropiado.
• El impuesto del Formulario 4972 (relacionado con las distribuciones de sumas globales). Marque el recuadro apropiado.
• El impuesto con respecto a una elección conforme a la sección 962 (elección hecha por un accionista doméstico de una sociedad anónima extranjera controlada de que se le tase impuesto en base a las tasas impositivas que aplican a las sociedades anónimas) reducido por la cantidad de cualquier crédito por impuestos extranjeros que haya reclamado en el Formulario 1118. Vea la sección 962 para detalles. Marque el recuadro 3, anote la cantidad y anote "962" en el espacio junto a ese recuadro. Adjunte una declaración escrita que muestre cómo usted calculó el impuesto.
• Recuperación de un crédito tributario por estudios. Usted puede adeudar este impuesto si reclamó un crédito tributario por estudios en un año anterior y recibió ayuda educativa libre de impuesto o un reembolso de gastos calificados en 2024 por ese estudiante. Vea el Formulario 8863 para más detalles. Marque el recuadro 3, anote la cantidad y anote "ECR" (siglas en inglés para recuperación de un crédito tributario por estudios) en el espacio junto a ese recuadro.
• Todo impuesto de la línea 16e del Formulario 8621 relacionado con un fondo conforme a la sección 1291. Marque el recuadro 3, anote la cantidad del impuesto y anote "1291TAX" (para impuestos conforme a la sección 1291) en el espacio junto a ese recuadro.
• El impuesto de la línea 14 del Formulario 8978 (relacionado con la obligación del socio resultante de una auditoría conforme a la sección 6226). Marque el recuadro 3, anote la cantidad de la obligación y anote "Form 8978" (Formulario 8978) en el espacio junto a ese recuadro. Si la cantidad de la línea 14 del Formulario 8978 es negativa, vea las instrucciones para la línea 6l del Anexo 3 (Formulario 1040).
• Un evento desencadenante conforme a la sección 965(i). Si usted tuvo un evento desencadenante conforme a la sección 965(i) durante el año y no entró en un acuerdo de transferencia, marque el recuadro 3, anote la cantidad desencadenada de la obligación tributaria neta conforme a la sección 965 diferida y anote "965INC" (para inclusiones conforme a la sección 965) en la línea junto a ese recuadro.

¿Quiere que el IRS calcule los impuestos sobre su ingreso tributable por usted?

-- Sí. Vea el capítulo 13 de la Publicación 17 para detalles, incluyendo quién es elegible y qué se debe hacer. Si ha pagado demasiado, el IRS le enviará un reembolso. Si no pagó suficiente, el IRS le enviará una factura.

-- No. Use uno de los siguientes métodos para calcular su impuesto.

Tabla de Impuestos u Hoja de Trabajo para el Cálculo del Impuesto. Si su ingreso tributable es menor de $100,000, usted tiene que usar la Tabla de Impuestos, la cual aparece más adelante en estas instrucciones, para calcular su impuesto. Asegúrese de usar la columna correcta. Si su ingreso tributable es $100,000 o más, use la Hoja de Trabajo para el Cálculo del Impuesto que aparece justo después de la Tabla de Impuestos.

Sin embargo, no use la Tabla de Impuestos o la Hoja de Trabajo para el Cálculo del Impuesto para calcular su impuesto si le corresponde alguna de las siguientes situaciones.

Formulario 8615. El Formulario 8615 generalmente tiene que ser usado para calcular el impuesto sobre su ingreso no derivado del trabajo mayor de $2,600 si usted tiene menos de 18 años de edad, y en ciertas situaciones si usted es mayor.

Usted tiene que presentar el Formulario 8615 si cumple con todas las condiciones a continuación:

1. Usted tuvo más de $2,600 en ingreso no derivado del trabajo (tal como intereses tributables, dividendos ordinarios text continued on print page 42

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Hoja de Trabajo de la Deducción Estándar para Dependientes -Línea 12

Guarde para Sus Registros

Utilice esta hoja de trabajo sólo si alguien puede reclamarlo a usted, o a su cónyuge si presenta conjuntamente, como dependiente.

1. Marque si:
-- Usted nació antes del 2 de enero de 1960.
-- Usted es ciego.
-- Su cónyuge nació antes del 2 de enero de 1960.
-- Su cónyuge es ciego.
Número total de recuadros marcados ----1.
2. ¿Es su ingreso del trabajo* mayor de $850?
-- Sí. Añada $450 a su ingreso del trabajo. Anote el total. ----
-- No. Anote $1,300.
3. Anote la cantidad que aparece a continuación para su estado civil para efectos de la declaración.
• Soltero o casado que presenta una declaración por separado: $14,600
• Casado que presenta una declaración conjunta: $29,200
• Cabeza de familia: $21,900 ----
4. Deducción estándar.
a. Anote la cantidad menor entre la línea 2 o la línea 3. Si nació después del 1 de enero de 1960, y no es ciego, deténgase aquí y anote esta cantidad en la línea 12 del Formulario 1040 o 1040-SR. De lo contrario, pase a la línea 4b ----
b. Si nació antes del 2 de enero de 1960, o si es ciego, multiplique el número en la línea 1 por $1,550 ($1,950 si es soltero o cabeza de familia) ----
c. Sume las líneas 4a y 4b. Anote el total aquí y en la línea 12 del Formulario 1040 o 1040-SR ----

* El ingreso del trabajo incluye salarios, sueldos, propinas, honorarios por servicios profesionales y otras remuneraciones recibidas por servicios personales que usted prestó. También incluye toda cantidad recibida por concepto de beca de estudio o de desarrollo profesional tributable. Por lo general, su ingreso del trabajo es el total de la(s) cantidad(es) que usted declaró en la línea 1z del Formulario 1040 o 1040-SR y las líneas 3, 6, 8r, 8t y 8u del Anexo 1, menos la cantidad, si la hay, de la línea 15 del Anexo 1.

Tabla de Deducción Estándar para Personas que Nacieron Antes del 2 de enero de 1960 o que Sean Ciegas

No use esta tabla si otra persona puede reclamarlo a usted, o a su cónyuge si presenta conjuntamente, como dependiente. En su lugar, use la hoja de trabajo que aparece antes de esta tabla.

-- Usted nació antes del 2 de enero de 1960.
-- Usted es ciego.
-- Su cónyuge nació antes del 2 de enero de 1960.
-- Su cónyuge es ciego.
Anote el número total de recuadros que marcó ----

SI su estado civil para efectos de la declaración es...; Y el número en el recuadro anterior es...; ENTONCES su deducción estándar es...
Soltero; 1; $16,550
Soltero; 2; 18,500
Casado que presenta una declaración conjunta; 1; $30,750
Casado que presenta una declaración conjunta; 2; 32,300
Casado que presenta una declaración conjunta; 3; 33,850
Casado que presenta una declaración conjunta; 4; 35,400
Cónyuge sobreviviente que reúne los requisitos; 1; $30,750
Cónyuge sobreviviente que reúne los requisitos; 2; 32,300
Casado que presenta una declaración por separado*; 1; $16,150
Casado que presenta una declaración por separado*; 2; 17,700
Casado que presenta una declaración por separado*; 3; 19,250
Casado que presenta una declaración por separado*; 4; 20,800
Cabeza de familia; 1; $23,850
Cabeza de familia; 2; 25,800
* Usted puede marcar recuadros por su cónyuge si su estado civil para efectos de la declaración es casado que presenta una declaración por separado y su cónyuge no tuvo ingresos, no presenta una declaración, y no puede ser reclamado como dependiente en la declaración de otra persona.

<Page 42>

text continued from print page 40 o ganancias de capital (incluidas las distribuciones de ganancias de capital)).
2. A usted se le requiere presentar una declaración de impuestos.
3. Usted:
a. Tenía menos de 18 años de edad al final de 2024;
b. Tenía 18 años de edad al final de 2024 y no tuvo ingreso del trabajo que era más de la mitad de su manutención; o
c. Era un estudiante a tiempo completo que tenía por lo menos 19 años de edad pero menos de 24 años de edad al final de 2024 y no tuvo ingreso del trabajo que era más de la mitad de su manutención.
4. Por lo menos uno de sus padres estaba vivo al final de 2024.
5. Usted no presenta una declaración conjunta en 2024.

Un hijo que nació el 1 de enero de 2007 se considera tener 18 años de edad al final de 2024; un hijo que nació el 1 de enero de 2006 se considera tener 19 años de edad al final de 2024; y un hijo que nació el 1 de enero de 2001 se considera tener 24 años de edad al final de 2024.

Hoja de trabajo para los impuestos del Anexo D. Use la Schedule D Tax Worksheet (Hoja de trabajo para los impuestos del Anexo D) en las Instrucciones para el Anexo D para calcular la cantidad a anotar en la línea 16 del Formulario 1040 o 1040-SR si:

• Usted tiene que presentar el Anexo D, la línea 18 o 19 del Anexo D es mayor que cero y las líneas 15 y 16 del Anexo D son ganancias; o
• Usted tiene que presentar el Formulario 4952 y tiene una cantidad en la línea 4g; esto es así aunque usted no tenga que presentar el Anexo D.

Pero si usted presenta el Formulario 2555, usted tiene que usar la Hoja de Trabajo para el Impuesto Sobre Ingresos Devengados en el Extranjero en su lugar.

Hoja de Trabajo para el Impuesto Sobre los Dividendos Calificados y Ganancias de Capital. Use la Hoja de Trabajo para el Impuesto Sobre los Dividendos Calificados y Ganancias de Capital, más adelante, para calcular su impuesto si usted no tiene que usar la Schedule D Tax Worksheet (Hoja de trabajo para los impuestos del Anexo D) y cualquiera de las siguientes situaciones le corresponde a usted:

• Usted declaró dividendos calificados en la línea 3a del Formulario 1040 o 1040-SR.
• Usted no tiene que presentar el Anexo D y declaró distribuciones de ganancias de capital en la línea 7 del Formulario 1040 o 1040-SR.
• Usted está presentando el Anexo D y las cantidades de las líneas 15 y 16 del Anexo D ambas son mayores que cero.

Pero si usted presenta el Formulario 2555, usted tiene que usar la Hoja de Trabajo para el Impuesto Sobre Ingresos Devengados en el Extranjero en su lugar.

Anexo J. Si usted tuvo ingreso procedente de actividades agropecuarias o de la pesca (incluido ciertas cantidades recibidas en conexión con la demanda del caso Exxon Valdez), su impuesto podría ser menor si usted opta por calcularlo usando el promedio de ingresos en el Anexo J.

Hoja de Trabajo para el Impuesto Sobre Ingresos Devengados en el Extranjero. Si reclamó la exclusión de ingreso devengado en el extranjero, la exclusión por concepto de vivienda en el extranjero o la deducción por concepto de vivienda en el extranjero en el Formulario 2555, usted tiene que calcular su impuesto usando la Hoja de Trabajo para el Impuesto Sobre Ingresos Devengados en el Extranjero.

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Hoja de Trabajo para el Impuesto Sobre Ingresos Devengados en el Extranjero -Línea 16

Guarde para Sus Registros

¡PRECAUCIÓN! Si la línea 15 del Formulario 1040 o 1040-SR es cero, no complete esta hoja de trabajo.

1. Anote la cantidad de la línea 15 del Formulario 1040 o 1040-SR ----
2a. Anote la cantidad de las líneas 45 y 50 de su Formulario 2555 (y el de su cónyuge, si presenta una declaración conjunta) ----
2b. Anote la cantidad total de toda deducción detallada o exclusiones que usted no pudo reclamar porque están relacionadas con ingreso excluido ----
2c. Reste la línea 2b de la línea 2a. Si es cero o menos, anote "-0-" ----
3. Sume las líneas 1 y 2c ----
4. Calcule la cantidad del impuesto en la línea 3. Use la Tabla de Impuestos, la Hoja de Trabajo para el Cálculo del Impuesto, la Hoja de Trabajo para el Impuesto Sobre los Dividendos Calificados y Ganancias de Capital*, la Schedule D Tax Worksheet (Hoja de trabajo para los impuestos del Anexo D)* o el Formulario 8615, el que le corresponda. Vea las instrucciones para la línea 16 del Formulario 1040 o 1040-SR para ver cuál método para calcular el impuesto le corresponde. (No use una segunda Hoja de Trabajo para el Impuesto Sobre Ingresos Devengados en el Extranjero para calcular el impuesto en esta línea) ----
5. Calcule el impuesto sobre la cantidad en la línea 2c. Si la cantidad en la línea 2c es menor de $100,000, use la Tabla de Impuestos para calcular este impuesto. Si la cantidad en la línea 2c es $100,000 o más, use la Hoja de Trabajo para el Cálculo del Impuesto ----
6. Reste la línea 5 de la línea 4. Anote el resultado. Si es cero o menos, anote "-0-". Incluya también esta cantidad en el espacio provisto para la línea 16 del Formulario 1040 o 1040-SR ----

* Anote la cantidad de la línea 3, anteriormente, en la línea 1 de la Hoja de Trabajo para el Impuesto Sobre los Dividendos Calificados y Ganancias de Capital o la Schedule D Tax Worksheet (Hoja de trabajo para los impuestos del Anexo D) si usa cualquiera de esas dos hojas de trabajo para calcular el impuesto en la línea 4, anteriormente. Complete el resto de esa hoja de trabajo hasta la línea 4 (línea 10 si usa la Schedule D Tax Worksheet), inclusive. Después, usted tiene que determinar si tiene una ganancia de capital en exceso. Para saber si usted tiene una ganancia de capital en exceso, reste la línea 15 del Formulario 1040 o 1040-SR de la línea 4 de su Hoja de Trabajo para el Impuesto Sobre los Dividendos Calificados y Ganancias de Capital (línea 10 de su Schedule D Tax Worksheet). Si el resultado es más de cero, esa cantidad es su ganancia de capital en exceso.

Si usted no tiene una ganancia de capital en exceso, complete el resto de la hoja de trabajo que le corresponda según las instrucciones de esa hoja de trabajo. Luego, complete las líneas 5 y 6, anteriormente.

Si tiene una ganancia de capital en exceso, complete una segunda Hoja de Trabajo para el Impuesto Sobre los Dividendos Calificados y Ganancias de Capital o Schedule D Tax Worksheet (Hoja de trabajo para los impuestos del Anexo D) (de éstas, la que le corresponda) tal como se le indicó anteriormente pero en su totalidad y con las siguientes modificaciones adicionales. Luego, complete las líneas 5 y 6, anteriormente. Estas modificaciones se hacen sólo para propósitos de completar la Hoja de Trabajo para el Impuesto Sobre Ingresos Devengados en el Extranjero, anteriormente.

1. Reduzca (pero no a menos de cero) la cantidad que de otra manera usted anotaría en la línea 3 de su Hoja de Trabajo para el Impuesto Sobre los Dividendos Calificados y Ganancias de Capital o en la línea 9 de su Schedule D Tax Worksheet por la cantidad de sus ganancias de capital en exceso.
2. Reduzca (pero no a menos de cero) la cantidad que de otra manera usted anotaría en la línea 2 de su Hoja de Trabajo para el Impuesto Sobre los Dividendos Calificados y Ganancias de Capital o en la línea 6 de su Schedule D Tax Worksheet por la cantidad de toda ganancia de capital en exceso suya no usada en la partida (1), anteriormente.
3. Reduzca (pero no a menos de cero) la cantidad en la línea 18 de su Anexo D (Formulario 1040) por la cantidad de sus ganancias de capital en exceso.
4. Incluya su ganancia de capital en exceso como pérdida en la línea 16 de su Unrecaptured Section 1250 Gain Worksheet (Hoja de trabajo para calcular la ganancia no recuperada conforme a la sección 1250) en las Instrucciones para el Anexo D (Formulario 1040).

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Hoja de Trabajo para el Impuesto Sobre los Dividendos Calificados y Ganancias de Capital -Línea 16

Guarde para Sus Registros

Antes de comenzar:

• Vea las instrucciones que aparecieron anteriormente para la línea 16 para saber si usted puede usar esta hoja de trabajo para calcular su impuesto.
• Antes de completar esta hoja de trabajo, complete el Formulario 1040 o 1040-SR hasta la línea 15.
• Si no tiene que presentar el Anexo D y usted recibió distribuciones de ganancias de capital, asegúrese de que marcó el recuadro en la línea 7 del Formulario 1040 o 1040-SR.

1. Anote la cantidad de la línea 15 del Formulario 1040 o 1040-SR. Sin embargo, si está presentando el Formulario 2555 (relacionado con el ingreso devengado en el extranjero), anote la cantidad de la línea 3 de la Hoja de Trabajo para el Impuesto Sobre Ingresos Devengados en el Extranjero ----
2. Anote la cantidad de la línea 3a del Formulario 1040 o 1040-SR* ----
3. ¿Está presentando el Anexo D?*
-- Sí. Anote la cantidad menor entre la línea 15 o la línea 16 del Anexo D. Si la línea 15 o la línea 16 está en blanco o es una pérdida, anote "-0-". ----
-- No. Anote la cantidad de la línea 7 del Formulario 1040 o 1040-SR.
4. Sume las líneas 2 y 3 ----
5. Reste la línea 4 de la línea 1. Si es cero o menos, anote "-0-" ----
6. Anote:
$47,025 si es soltero o casado que presenta una declaración por separado;
$94,050 si es casado que presenta una declaración conjunta o es cónyuge sobreviviente que reúne los requisitos; o
$63,000 si es cabeza de familia. ----
7. Anote la cantidad que sea menor entre la línea 1 o la línea 6 ----
8. Anote la cantidad que sea menor entre la línea 5 o la línea 7 ----
9. Reste la línea 8 de la línea 7. Esta cantidad es tasada al 0% ----
10. Anote la cantidad que sea menor entre la línea 1 o la línea 4 ----
11. Anote la cantidad de la línea 9 ----
12. Reste la línea 11 de la línea 10 ----
13. Anote:
$518,900 si es soltero;
$291,850 si es casado que presenta una declaración por separado;
$583,750 si es casado que presenta una declaración conjunta o es cónyuge sobreviviente que reúne los requisitos; o
$551,350 si es cabeza de familia. ----
14. Anote la cantidad que sea menor entre la línea 1 o la línea 13 ----
15. Sume las líneas 5 y 9 ----
16. Reste la línea 15 de la línea 14. Si es cero o menos, anote "-0-" ----
17. Anote la cantidad que sea menor entre la línea 12 o la línea 16 ----
18. Multiplique la cantidad de la línea 17 por el 15% (0.15) ----
19. Sume las líneas 9 y 17 ----
20. Reste la línea 19 de la línea 10 ----
21. Multiplique la cantidad de la línea 20 por el 20% (0.20) ----
22. Calcule el impuesto sobre la cantidad de la línea 5. Si la cantidad de la línea 5 es menor de $100,000, use la Tabla de Impuestos para calcular el impuesto. Si la cantidad de la línea 5 es $100,000 o más, use la Hoja de Trabajo para el Cálculo del Impuesto ----
23. Sume las líneas 18, 21 y 22 ----
24. Calcule el impuesto sobre la cantidad de la línea 1. Si la cantidad en la línea 1 es menor de $100,000, use la Tabla de Impuestos para calcular el impuesto. Si la cantidad en la línea 1 es $100,000 o más, use la Hoja de Trabajo para el Cálculo del Impuesto ----
25. Impuesto sobre todo el ingreso tributable. Anote la cantidad menor entre la línea 23 o la línea 24. Incluya esta cantidad también en el espacio para la línea 16 del Formulario 1040 o 1040-SR. Si presenta el Formulario 2555, no anote esta cantidad en el espacio para la línea 16 del Formulario 1040 o 1040-SR. En su lugar, anótela en la línea 4 de la Hoja de Trabajo para el Impuesto Sobre Ingresos Devengados en el Extranjero ----

* Si usted presenta el Formulario 2555, vea la nota al pie de la Hoja de Trabajo para el Impuesto Sobre Ingresos Devengados en el Extranjero antes de completar esta línea.

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Línea 19 Crédito Tributario por Hijos y Crédito por Otros Dependientes

Vea el Anexo 8812 (Formulario 1040) y sus instrucciones para información sobre cómo calcular y reclamar cualquier crédito tributario por hijos y el crédito por otros dependientes que usted pudiese calificar para reclamar.

Formulario 8862, quién tiene que presentarlo. Usted tiene que presentar el Formulario 8862 para reclamar el crédito tributario por hijos o el crédito por otros dependientes si su crédito tributario por hijos (reembolsable o no reembolsable, dependiendo del año tributario), crédito tributario adicional por hijos o el crédito por otros dependientes para un año posterior a 2015 fue denegado o reducido por cualquier razón que no sea un error matemático o administrativo. Adjunte un Formulario 8862 debidamente completado a su declaración de impuestos de 2024 para reclamar el crédito para 2024. No presente el Formulario 8862 si presentó un Formulario 8862 para 2023 y el crédito tributario por hijos, el crédito tributario adicional por hijos o el crédito por otros dependientes le fue permitido para ese año. Vea el Formulario 8862 y sus instrucciones para detalles.

¡PRECAUCIÓN! Si usted reclama el crédito tributario por hijos o el crédito por otros dependientes a pesar de que no reúne los requisitos para reclamar el crédito y luego se determina que su error fue por haber hecho caso omiso intencional o irresponsable de las reglas que rigen estos créditos, a usted no se le permitirá tomar ninguno de estos créditos ni el crédito tributario adicional por hijos por 2 años aun si de lo contrario usted reúne los requisitos para hacerlo. Si usted reclama el crédito tributario por hijos o el crédito por otros dependientes aun si usted no reúne los requisitos y luego se determina que usted reclamó cualquiera de los créditos de manera fraudulenta, no se le permitirá tomar ninguno de los créditos ni el crédito tributario adicional por hijos por 10 años. Además, usted podría estar sujeto a pagar multas.

¡PRECAUCIÓN! Si su hijo calificado no tiene un número de Seguro Social (SSN, por sus siglas en inglés) válido para trabajar que fue expedido antes de la fecha de vencimiento de su declaración del año 2024 (incluyendo prórrogas), no puede reclamar el crédito tributario por hijos por ese hijo en su declaración de impuestos original o enmendada. Sin embargo, usted quizás pueda reclamar el crédito por otros dependientes por ese hijo.

Pagos

Línea 25 Impuesto Federal sobre el Ingreso Retenido

Línea 25a -Formulario(s) W-2

Sume las cantidades que aparecen como impuesto federal sobre el ingreso retenido en su(s) Formulario(s) W-2. Anote el total en la línea 25a. La cantidad retenida debe aparecer en la casilla 2 del Formulario W-2. Adjunte su(s) Formulario(s) W-2 a su declaración.

Línea 25b -Formulario(s) 1099

Incluya en la línea 25b todo impuesto federal sobre el ingreso retenido en su(s) Formulario(s) 1099-R. La cantidad retenida debe aparecer en la casilla 4. Adjunte su(s) Formulario(s) 1099-R al frente de su declaración si se le retuvo impuesto federal sobre el ingreso.

Si recibió un Formulario 1099 para el año 2024 que muestra impuesto federal sobre el ingreso retenido sobre los dividendos, ingreso de intereses tributables y exentos de impuestos, compensación por desempleo, beneficios del Seguro Social, beneficios de la jubilación ferroviaria u otro ingreso que recibió, incluya la cantidad retenida en el total en la línea 25b. Esto debe mostrarse en la casilla 4 del Formulario 1099, la casilla 6 del Formulario SSA-1099 o la casilla 10 del Formulario RRB-1099.

Línea 25c -Otros Formularios

Incluya en la línea 25c todo impuesto federal sobre el ingreso retenido que aparece en su(s) Formulario(s) W-2G. La cantidad retenida debe aparecer en la casilla 4. Adjunte el (los) Formulario(s) W-2G al frente de su declaración si se le retuvo impuesto federal sobre el ingreso.

Si a usted se le retuvo Impuesto Adicional del Medicare, incluya la cantidad que aparece en la línea 24 del Formulario 8959 en el total en la línea 25c. Adjunte el Formulario 8959.

Incluya en la línea 25c todo impuesto federal sobre el ingreso retenido que aparece en un Anexo K-1.

Incluya también en la línea 25c todo impuesto retenido que aparece en el Formulario 1042-S, Formulario 8805 o Formulario 8288-A. Para asistir en la tramitación, adjunte el formulario a su declaración para reclamar un crédito por la retención.

Línea 26 Pagos de Impuesto Estimado para 2024

Anote todo pago de impuesto federal estimado que hizo para 2024. Incluya todo pago en exceso que usted aplicó a su impuesto estimado de 2024 proveniente de su declaración de 2023 o una declaración enmendada (Formulario 1040-X).

Si usted y su cónyuge pagaron impuesto estimado conjuntamente pero ahora presentan declaraciones de impuestos por separado, usted puede dividir la cantidad pagada en cualquier forma que escoja siempre y cuando ustedes dos estén de acuerdo. Si no se pueden poner de acuerdo, usted tiene que dividir los pagos en proporción con el impuesto individual de cada cónyuge tal como aparece en sus declaraciones separadas para 2024. Para más información, vea la Publicación 505. Asegúrese de mostrar ambos números de Seguro Social (SSN) en el espacio provisto en las declaraciones separadas. Si usted y su cónyuge pagaron por separado el impuesto estimado pero ahora presentan una declaración conjunta, sume las cantidades que cada uno pagó. Siga estas instrucciones aun si su cónyuge falleció en 2024 o en 2025

<Page 46>

antes de presentar la declaración para 2024.

Contribuyentes divorciados. Si se divorció en 2024 y usted hizo pagos conjuntos de impuesto estimado con su excónyuge, anote el SSN de su excónyuge en el espacio provisto en el frente del Formulario 1040 o 1040-SR. Si usted se divorció y se volvió a casar en 2024, anote el SSN de su cónyuge actual en el espacio provisto en el frente del Formulario 1040 o 1040-SR. Anote también el SSN de su excónyuge seguido de "DIV" (siglas para "Divorciado") en la línea de puntos junto a la línea 26.

Cambio de nombre. Si cambió su nombre e hizo pagos de impuesto estimado usando su nombre anterior, adjunte una declaración escrita al frente de su Formulario 1040 o 1040-SR que explique todos los pagos que usted y su cónyuge hicieron en 2024 y el (los) nombre(s) y número(s) de Seguro Social bajo los cuales los hicieron.

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Línea 27 -Crédito por Ingreso del Trabajo (EIC)

¿Qué Es el EIC?

El crédito por ingreso del trabajo (EIC, por sus siglas en inglés) es un crédito para ciertas personas que trabajan. El crédito le puede dar un reembolso aun si usted no adeuda impuesto alguno o no se le retuvo impuesto.

Para Reclamar el EIC:

• Siga los pasos a continuación.
• Complete la hoja de trabajo que le corresponda a usted o permita que el IRS calcule el crédito por usted.
• Si tiene al menos un hijo que cumple con los requisitos para ser su hijo calificado para propósitos de reclamar el EIC, complete y adjunte el Anexo EIC, aun si ese hijo no tiene un SSN válido. Vea el Anexo EIC para más información, incluyendo cómo completar el Anexo EIC si su hijo calificado no posee un SSN válido.

Para obtener ayuda para determinar si es elegible para el EIC, puede utilizar el Asistente EITC en el sitio IRS.gov/AsistenteEITC. Este servicio está disponible en inglés y en español.

¡PRECAUCIÓN! Si usted reclama el EIC aun si no reúne los requisitos y se determina que su error fue por haber hecho caso omiso intencional o irresponsable de las reglas que rigen el EIC, a usted no se le permitirá tomar el crédito por 2 años aun si de lo contrario usted reúne los requisitos. Si reclama el EIC fraudulentamente, no podrá reclamar el EIC por 10 años. Vea Formulario 8862, quién tiene que presentarlo, más adelante. Puede que también tenga que pagar multas.

CONSEJO Los reembolsos para declaraciones en donde se reclama el EIC no pueden ser emitidos antes de mediados de febrero de 2025. Este retraso aplica al reembolso en su totalidad, no sólo a la porción relacionada con el EIC.

Paso 1 Todos los Declarantes

1. Si en 2024:
• 3 o más hijos que tienen SSN válidos vivieron con usted, ¿es la cantidad en la línea 11 del Formulario 1040 o 1040-SR menos de $59,899 ($66,819 si es casado que presenta una declaración conjunta)?
• 2 hijos que tienen SSN válidos vivieron con usted, ¿es la cantidad en la línea 11 del Formulario 1040 o 1040-SR menos de $55,768 ($62,688 si es casado que presenta una declaración conjunta)?
• 1 hijo que tiene un SSN válido vivió con usted, ¿es la cantidad en la línea 11 del Formulario 1040 o 1040-SR menos de $49,084 ($56,004 si es casado que presenta una declaración conjunta)?
• Ningún hijo que tiene un SSN válido vivió con usted, ¿es la cantidad en la línea 11 del Formulario 1040 o 1040-SR menos de $18,591 ($25,511 si es casado que presenta una declaración conjunta)?
-- Sí. Continuar
-- No. NO SIGA Usted no puede tomar el crédito.
2. ¿Tiene usted, y su cónyuge si es casado que presenta una declaración conjunta, un SSN que fue expedido en o antes de la fecha de vencimiento de su declaración de 2024 (incluyendo prórrogas) que le permite a usted trabajar y es válido para propósitos del EIC (lo cual se explica bajo Definiciones y Reglas Especiales, más adelante)?
-- Sí. Continuar
-- No. NO SIGA Usted no puede tomar el crédito. Anote "No" en la línea de puntos junto a la línea 27.
3. ¿Está presentando el Formulario 2555 (relacionado con el ingreso devengado en el extranjero)?
-- Sí. NO SIGA No puede tomar el crédito.
-- No. Continuar
4. ¿Fue usted o su cónyuge un extranjero no residente durante cualquier parte de 2024?
-- Sí. Vea Extranjeros no residentes, más adelante, bajo Definiciones y Reglas Especiales.
-- No. Pase al Paso 2.

Paso 2 Ingreso de Inversiones

1. Sume las cantidades provenientes del Formulario 1040 o 1040-SR:
Línea 2a ----
Línea 2b + ----
Línea 3b + ----
Línea 7* + ----
Ingreso de Inversiones = ----

* Si la línea 7 es una pérdida, anote "-0-".

2. ¿Es su ingreso de inversiones mayor de $11,600?
-- Sí. Continuar
-- No. Omita la pregunta 3; pase a la pregunta 4.
3. ¿Está presentando el Formulario 4797 (relacionado con las ventas de bienes comerciales)?
-- Sí. Vea Declarantes del Formulario 4797 bajo Definiciones y Reglas Especiales, más adelante.
-- No. NO SIGA Usted no puede tomar el crédito.

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4. ¿Le corresponde a usted alguna de las siguientes situaciones para 2024?
• Está presentando el Anexo E.
• Está declarando ingreso proveniente del alquiler de bienes muebles que no se usan en el curso de un negocio u ocupación.
• Está presentando el Formulario 8814 (relacionado con la elección de declarar los intereses y dividendos de un hijo en la declaración de usted).
• Tiene ingreso o una pérdida proveniente de una actividad pasiva.
-- Sí. Use la Hoja de Trabajo 1 en la Publicación 596 para saber si usted puede tomar el crédito.
-- No. Pase al Paso 3.

Paso 3 Hijo Calificado

Un hijo calificado para propósitos del EIC es su...
Hijo, hija, hijastro, hijastra, hijo de crianza, hermano, hermana, hermanastro, hermanastra, medio hermano, media hermana o un descendiente de cualquiera de éstos (por ejemplo, su nieto o nieta, su sobrino o sobrina)
Y
tenía...
Menos de 19 años de edad al final del año 2024 y era menor que usted (o su cónyuge, si presenta una declaración conjunta)
o
Menos de 24 años de edad al final del año 2024, era estudiante (definido más adelante) y era menor que usted (o su cónyuge, si presenta una declaración conjunta)
o
Una incapacidad permanente y total (definido más adelante), independientemente de su edad
Y
Que no presenta una declaración conjunta para 2024 (o presenta una declaración conjunta para 2024 sólo para reclamar un reembolso del impuesto sobre el ingreso retenido o el impuesto estimado ya pagado) (vea la Publicación 596 para ver ejemplos)
Y
Que vivió con usted en los Estados Unidos durante más de la mitad del año 2024.

¡PRECAUCIÓN! Usted no puede tomar el crédito por un hijo que no vivió con usted por más de la mitad del año, aun si usted pagó la mayoría de los gastos de manutención del hijo. El IRS le puede pedir documentación que demuestre que usted vivió con cada hijo calificado. Los documentos que usted puede mantener para este propósito incluyen registros de la escuela o cuidado de menores y otros registros que muestren la dirección física del hijo.

CONSEJO Si el hijo no vivió con usted por más de la mitad de 2024 debido a una ausencia temporal, nacimiento, fallecimiento, colocado con usted para crianza o adopción, o secuestro, vea Excepción al tiempo que la persona tiene que haber vivido con usted, más adelante.

¡PRECAUCIÓN! Si el hijo reúne las condiciones para ser el hijo calificado de cualquier otra persona para 2024 (que no sea su cónyuge si presenta una declaración conjunta), vea Hijo calificado de más de una persona, más adelante. Si el hijo estaba casado, vea Hijo casado, más adelante.

1. ¿Tiene al menos un hijo que reúne los requisitos para ser su hijo calificado para propósitos de reclamar el EIC?
-- Sí. Continuar
-- No. Omita las preguntas 2 a 6; pase al Paso 4.
2. ¿Está presentando una declaración conjunta para 2024?
-- Sí. Omita las preguntas 3 a 6 y el Paso 4; pase al Paso 5.
-- No. Continuar
3. ¿Es usted un contribuyente casado cuyo estado civil para efectos de la declaración es casado que presenta una declaración por separado o cabeza de familia?
-- Sí. Continuar
-- No. Omita las preguntas 4 y 5; pase a la pregunta 6.
4. ¿Tuvieron usted y su cónyuge la misma residencia principal durante los últimos 6 meses de 2024?
-- Sí. Continuar
-- No. Omita la pregunta 5; pase a la pregunta 6.
5. ¿Está usted legalmente separado de acuerdo con la ley estatal conforme a un acuerdo escrito de separación o un fallo de manutención por separación judicial y vivía separado de su cónyuge al final de 2024?
-- Sí. Continuar
-- No. NO SIGA Usted no puede tomar el crédito.
6. ¿Puede usted ser el hijo calificado de otra persona para 2024? (Marque "No" si a la otra persona no se le requiere presentar una declaración de impuestos para 2024 y no la presenta o está presentando una declaración para 2024 sólo para reclamar el reembolso del impuesto sobre el ingreso retenido o el impuesto estimado pagado (vea la Publicación 596 para ver ejemplos)).
-- Sí. NO SIGA
-- No. Omita el Paso 4; pase al Paso 5.

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No puede tomar el crédito. Anote "No" en la línea de puntos junto a la línea 27.

Paso 4 Declarantes sin un Hijo Calificado

1. ¿Es usted un contribuyente casado cuyo estado civil para efectos de la declaración es casado que presenta una declaración por separado o cabeza de familia?
-- Sí. NO SIGA Usted no puede tomar el crédito.
-- No. Continuar
2. ¿Tenía usted, o su cónyuge si presenta una declaración conjunta, por lo menos 25 años de edad pero menos de 65 años de edad al final de 2024? (Marque "Sí" si usted, o su cónyuge si presenta una declaración conjunta, nació después del 31 de diciembre de 1959 y antes del 2 de enero de 2000). Si su cónyuge falleció en 2024 o si está preparando una declaración para alguien que falleció en 2024, vea la Publicación 596 antes de contestar.
-- Sí. Continuar
-- No. NO SIGA Usted no puede tomar el crédito.
3. ¿Estaba su vivienda principal, y la de su cónyuge si está presentando una declaración conjunta, en los Estados Unidos por más de la mitad de 2024? Su vivienda principal puede estar en cualquier lugar donde usted viva habitualmente. Para ejemplos, vea Vivienda Principal, más adelante. El personal militar destacado fuera de los Estados Unidos debe consultar Personal militar, más adelante, antes de contestar.
-- Sí. Continuar
-- No. NO SIGA Usted no puede tomar el crédito. Anote "No" en la línea de puntos junto a la línea 27.
4. ¿Está presentando una declaración conjunta para 2024?
-- Sí. Omita las preguntas 5 y 6; pase al Paso 5.
-- No. Continuar
5. ¿Usted puede ser el hijo calificado de otra persona para 2024? (Marque "No" si a la otra persona no se le requiere presentar una declaración de impuestos para 2024 y no la presenta o está presentando una declaración para 2024 sólo para reclamar un reembolso del impuesto sobre el ingreso retenido o el impuesto estimado pagado (consulte la Publicación 596 para ver ejemplos)).
-- Sí. NO SIGA Usted no puede tomar el crédito. Anote "No" en la línea de puntos junto a la línea 27.
-- No. Continuar
6. ¿Usted puede ser reclamado como dependiente en la declaración de impuestos para 2024 de otra persona? (Si a la persona que lo pudiese reclamar en su declaración de impuestos para 2024 no se le requiere presentar una declaración de impuestos para 2024 y no la presenta o está presentando una declaración para 2024 sólo para reclamar el reembolso del impuesto sobre el ingreso retenido o el impuesto estimado pagado, marque "No").
-- Sí. NO SIGA Usted no puede tomar el crédito.
-- No. Pase al Paso 5.

Paso 5 Ingreso del Trabajo

1. ¿Está presentando el Anexo SE porque usted era miembro del clero o tuvo ingreso como empleado de una iglesia de $108.28 o más?
-- Sí. Vea Clero o Empleado de una iglesia, de éstos temas, el que le corresponda.
-- No. Complete la siguiente hoja de trabajo.

1. Anote la cantidad de la línea 1z del Formulario 1040 o 1040-SR ----
2. Anote las cantidades de pago de exención de Medicaid excluidas del ingreso de la línea 8s del Anexo 1 (Formulario 1040), a menos que usted haya optado por incluir estas cantidades en el ingreso del trabajo, en cuyo caso anote "-0-". Vea las instrucciones para la línea 8s del Anexo 1 ----

CONSEJO Si ambos, usted y su cónyuge, recibieron pagos de exención de Medicaid durante el año, usted y su cónyuge pueden tomar decisiones diferentes con respecto a la inclusión de la cantidad total de sus pagos en el ingreso del trabajo. Anote sólo la cantidad de los pagos de exención de Medicaid que usted o su cónyuge, si presentan una declaración conjunta, no deseen incluir en el ingreso del trabajo. Para incluir todas las cantidades de los pagos de exención de Medicaid no tributables en el ingreso del trabajo, anote "-0-".

3. Reste la línea 2 de la línea 1 ----
4. Anote toda cantidad de paga no tributable por combate si usted optó por incluirla en su ingreso del trabajo. Anote también la cantidad de su paga no tributable por combate en la línea 1i del Formulario 1040 o 1040-SR. Vea Paga no tributable por combate, más adelante ----

¡PRECAUCIÓN! El optar por incluir la paga no tributable por combate en su ingreso puede aumentar o reducir su EIC. Calcule el crédito con y sin su paga no tributable por combate antes de escoger.

5. Sume las líneas 3 y 4. Esta cantidad es su ingreso del trabajo ----

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2. ¿Trabajó usted por cuenta propia en cualquier momento en 2024, o está usted presentando el Anexo SE porque usted era miembro del clero o tuvo ingreso como empleado de una iglesia, o está presentando el Anexo C como empleado estatutario?
-- Sí. Omita la pregunta 3 y el Paso 6; pase a la Hoja de Trabajo B.
-- No. Continuar
3. Si usted:
• Tiene 3 o más hijos calificados que tienen SSN válidos, ¿es su ingreso del trabajo menos de $59,899 ($66,819 si es casado que presenta una declaración conjunta)?
• Tiene 2 hijos calificados que tienen SSN válidos, ¿es su ingreso del trabajo menos de $55,768 ($62,688 si es casado que presenta una declaración conjunta)?
• Tiene 1 hijo calificado que tiene un SSN válido, ¿es su ingreso del trabajo menos de $49,084 ($56,004 si es casado que presenta una declaración conjunta)?
• No tiene hijos calificados que tienen SSN válidos, ¿es su ingreso del trabajo menos de $18,591 ($25,511 si es casado que presenta una declaración conjunta)?
-- Sí. Pase al Paso 6.
-- No. NO SIGA Usted no puede tomar el crédito.

Paso 6 Cómo Calcular el Crédito

1. ¿Quiere que el IRS calcule el crédito por usted?
-- Sí. Vea Crédito calculado por el IRS, más adelante.
-- No. Pase a la Hoja de Trabajo A.

Definiciones y Reglas Especiales

Hijo adoptivo. A un hijo adoptivo se le trata siempre como hijo propio. Un hijo adoptivo incluye un hijo que fue colocado con usted legalmente para su adopción legítima.

Empleado de una iglesia. Determine cuánto de la cantidad de la línea 1a del Formulario 1040 o 1040-SR se declaró también en la línea 5a de la Parte I del Anexo SE. Reste esa cantidad de la cantidad en la línea 1a del Formulario 1040 o 1040-SR y anote el resultado en la línea 1 de la hoja de trabajo en el Paso 5 (en vez de anotar la cantidad real de la línea 1a del Formulario 1040 o 1040-SR). Asegúrese de contestar "Sí" a la pregunta 2 del Paso 5.

Clero. Las instrucciones a continuación le aplican a ministros, miembros del clero que no han tomado un voto de pobreza y a practicantes de la Ciencia Cristiana. Si presenta el Anexo SE y la cantidad en la línea 2 de ese anexo incluye una cantidad que también se declaró en la línea 1z del Formulario 1040 o 1040-SR, haga lo siguiente:

1. Anote "Clergy" (Clero) en la línea de puntos junto a la línea 27.
2. Determine cuánto de la cantidad de la línea 1z del Formulario 1040 o 1040-SR se declaró también en la línea 2 de la Parte I del Anexo SE.
3. Reste esa cantidad de la cantidad en la línea 1z del Formulario 1040 o 1040-SR. Anote el resultado en la línea 1 de la hoja de trabajo en el Paso 5 (en vez de anotar la cantidad real de la línea 1z del Formulario 1040 o 1040-SR).
4. Asegúrese de contestar "Sí" a la pregunta 2 del Paso 5.

Paga no tributable por combate. Si usted fue miembro de las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos que prestó servicio en una zona de combate, cierta paga está excluida de sus ingresos. Vea Combat Zone Exclusion (Exclusión de zona de combate) en la Publicación 3. Usted puede optar por incluir esta paga en su ingreso del trabajo cuando calcule el EIC. La cantidad de su paga no tributable por combate debe aparecer en la casilla 12 del (de los) Formulario(s) W-2 con el código Q. Si presenta una declaración conjunta y tanto usted como su cónyuge recibieron paga no tributable por combate, cada uno de ustedes puede escoger hacer esto. En otras palabras, si uno de ustedes opta por hacer esto, el otro cónyuge puede también optar por hacer lo mismo, pero no tiene que hacerlo.

¡PRECAUCIÓN! Si opta por usar su paga no tributable por combate al calcular la cantidad de su EIC, anote esa cantidad en la línea 1i.

Crédito calculado por el IRS. Si desea que el IRS calcule la cantidad de su EIC:

1. Anote "EIC" en la línea de puntos junto a la línea 27.
2. Asegúrese de anotar la paga no tributable por combate que usted opta por incluir en el ingreso del trabajo anotando esa cantidad en la línea 1i. Vea Paga no tributable por combate, anteriormente.
3. Si tiene un hijo calificado, complete y adjunte el Anexo EIC (Formulario 1040). Si su EIC para un año posterior a 1996 fue reducido o denegado, vea Formulario 8862, quién tiene que presentarlo, más adelante.

Excepción al tiempo que la persona tiene que haber vivido con usted. Las ausencias temporales por usted o su hijo debidas a circunstancias especiales, tales como las ausencias por educación, vacaciones, negocios, atención médica, servicio militar o estancia en un centro de detención para delincuentes juveniles, cuentan como tiempo que el hijo vivió con usted. También vea Hijo secuestrado bajo ¿Quién Reúne los Requisitos para Ser Su Dependiente?, anteriormente, y Personal militar, más adelante. Se considera que un hijo vivió con usted por más de la mitad de 2024 si el hijo nació o falleció en 2024 y su vivienda fue la vivienda de este hijo por más de la mitad del período de tiempo que el hijo estuvo vivo en 2024 o si usted adoptó al hijo en 2024, el hijo fue colocado con usted legalmente para su adopción legítima por usted en 2024 o el hijo era un hijo de crianza elegible colocado con usted durante 2024 y su vivienda principal era la vivienda principal de este hijo por más de la mitad del tiempo transcurrido desde que el hijo fue adoptado o colocado con usted en 2024.

Declarantes del Formulario 4797. Si la cantidad de la línea 7 del Formulario 1040 o 1040-SR incluye una cantidad del Formulario 4797, usted tiene que usar la Hoja de Trabajo 1 en la

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Publicación 596 para saber si usted puede tomar el EIC. De lo contrario, deténgase; usted no puede tomar el EIC.

Formulario 8862, quién tiene que presentarlo. Usted tiene que presentar el Formulario 8862 si su EIC para un año posterior a 1996 fue reducido o denegado por cualquier razón que no sea un error matemático o administrativo. Pero no presente el Formulario 8862 si cualquiera de las siguientes situaciones le corresponde:

• Usted presentó el Formulario 8862 para otro año, se le permitió el EIC para ese año y su EIC no ha sido reducido ni denegado por cualquier razón que no sea un error matemático o administrativo.
• Usted toma el EIC sin un hijo calificado y la única razón por la cual su EIC fue reducido o denegado en el otro año fue debido a que se determinó que un hijo que estaba listado en su Anexo EIC no era su hijo calificado.

Además, no presente el Formulario 8862 ni tome el crédito por los:

• Dos (2) años después del año tributario más reciente en el cual hubo una determinación final de que su reclamación del EIC fue por haber hecho caso omiso intencional o irresponsable de las reglas que rigen el EIC o
• Diez (10) años después del año tributario más reciente en el cual hubo una determinación final de que su reclamación del EIC fue en base a fraude.

Hijo de crianza. Un "hijo de crianza" es aquella persona que ha sido colocada con usted por una agencia autorizada para la colocación de hijos o por decisión, fallo u otra orden de cualquier tribunal de jurisdicción competente. Para más detalles sobre las agencias autorizadas para la colocación de hijos, vea la Publicación 596.

Vivienda principal. Su vivienda principal puede ser su casa, apartamento, vivienda móvil, refugio, alojamiento temporal u otra ubicación y no tiene que ser la misma ubicación física a lo largo de 2024. Usted no necesita una dirección permanente.

Hijo casado. Un hijo que estaba casado al final de 2024 es un hijo calificado sólo si (a) usted puede reclamarlo como su dependiente o (b) usted pudiera haberlo reclamado como su dependiente excepto por la regla especial para Hijos de padres divorciados o separados bajo ¿Quién Reúne los Requisitos para Ser Su Dependiente?, anteriormente.

Personal militar. Si estaba prestando servicio activo prolongado fuera de los Estados Unidos, su vivienda principal se considera estar en los Estados Unidos durante ese período de servicio. El "servicio activo prolongado" es servicio militar que se ha ordenado por un tiempo indefinido o por un período de más de 90 días. Una vez que comience a prestar el servicio activo prolongado, se considera que está en servicio activo prolongado incluso si no cumple con más de 90 días de servicio.

Extranjeros no residentes. Si usted marcó el recuadro en la sección titulada Estado Civil para tratar a un cónyuge extranjero no residente o extranjero con doble residencia como residente de los EE. UU. por todo el año, pase al Paso 2. De lo contrario, deténgase; usted no puede tomar el EIC. Anote "No" en la línea de puntos junto a la línea 27. Vea Extranjeros no residentes y extranjeros con doble residencia, anteriormente.

Total y permanentemente incapacitado. Se considera que una persona está total y permanentemente incapacitada si, durante algún momento en el año 2024, la persona no pudo dedicarse a ninguna actividad remunerada considerable a causa de una condición física o mental y un médico ha determinado que dicha condición (a) ha durado o se espera que dure de manera continua por lo menos un año o (b) se espera que podría terminar en la muerte.

Hijo calificado de más de una persona. Aun si un hijo satisface las condiciones para ser hijo calificado de más de una persona, sólo una persona puede reclamar al hijo como un hijo calificado para obtener todos los siguientes beneficios tributarios, a no ser que corresponda la regla especial para Hijos de padres divorciados o separados bajo ¿Quién Reúne los Requisitos para Ser Su Dependiente?, descrita anteriormente, le corresponda:

1. El crédito tributario por hijos, el crédito por otros dependientes y el crédito tributario adicional por hijos (líneas 19 y 28).
2. El estado civil para efectos de la declaración de cabeza de familia.
3. El crédito por gastos del cuidado de menores y dependientes (línea 2 del Anexo 3).
4. La exclusión de los beneficios por cuidado de dependientes (Parte III del Formulario 2441).
5. El crédito por ingreso del trabajo (línea 27).

Ninguna otra persona puede tomar ninguno de estos cinco beneficios tributarios recién listados basándose en el hijo calificado. Si usted y cualquier otra persona pueden reclamar al hijo como hijo calificado, las siguientes reglas aplican. Para propósitos de estas reglas, el término "padres" (el cual incluye a padre y madre) quiere decir los padres biológicos o adoptivos de un individuo. No incluye padrastro, madrastra, padre de crianza o madre de crianza, a menos que esa persona haya adoptado al individuo.

• Si sólo una de las personas es el padre o la madre del hijo, el hijo será tratado como el hijo calificado del padre o de la madre.
• Si los padres presentan una declaración conjunta el uno con el otro y pueden reclamar al hijo como hijo calificado, el hijo se trata como el hijo calificado de los padres.
• Si los padres no presentan una declaración conjunta el uno con el otro, pero ambos padres reclaman al hijo como hijo calificado, el IRS tratará al hijo como hijo calificado del padre o de la madre con el cual el hijo haya vivido por más tiempo durante el año 2024. Si el hijo vivió con su padre o su madre por igual cantidad de tiempo, el IRS tratará al hijo como el hijo calificado del padre o de la madre que tenía el ingreso bruto ajustado (AGI) mayor para 2024.
• Si ninguno de los padres puede reclamar al hijo como hijo calificado, el hijo será tratado como el hijo calificado de la persona cuyo ingreso bruto ajustado sea mayor para 2024.
• Si un padre o una madre puede reclamar al hijo como hijo calificado pero ninguno de hecho lo reclama, el hijo será tratado como hijo calificado de la persona cuyo ingreso bruto ajustado sea mayor para 2024, pero únicamente si el ingreso bruto

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ajustado de esa persona es mayor que el ingreso bruto ajustado más alto de cualquier padre o madre del hijo que pueda reclamar a dicho hijo.

CONSEJO Si, conforme a estas reglas, usted no puede reclamar al hijo como hijo calificado para propósitos del EIC, usted quizás pueda reclamar el EIC conforme a las reglas para los contribuyentes que no tienen un hijo calificado. Vea la Publicación 596 para más información.

Ejemplo. Su hijo, Josué, satisface las condiciones para ser el hijo calificado de tanto usted como del padre de usted. Josué no satisface las condiciones para ser el hijo calificado de ninguna otra persona, incluyendo al otro padre de Josué. Conforme a las reglas recién descritas, usted puede reclamar a Josué como hijo calificado para propósitos de todos los cinco beneficios tributarios enumerados anteriormente para los cuales usted de otra manera califique. El padre de usted no puede reclamar ninguno de los cinco beneficios tributarios enumerados anteriormente basándose en Josué. Sin embargo, si el AGI de su padre es mayor que el suyo y usted no reclama a Josué como hijo calificado, entonces Josué es el hijo calificado del padre de usted.

Para más detalles y ejemplos, vea la Publicación 596.

Número de Seguro Social (SSN). Para propósitos del EIC, un número de Seguro Social válido es un número expedido por la Administración del Seguro Social (SSA, por sus siglas en inglés), a menos que la frase "Not Valid for Employment" (No es válida para trabajar) esté impresa en la tarjeta de Seguro Social y el número se haya expedido únicamente para permitirle a la persona a quien se le expidió solicitar o recibir un beneficio financiado con fondos federales. Si la frase "Not Valid for Employment" está impresa en la tarjeta de Seguro Social y el estado migratorio de la persona ha cambiado, por lo que la persona ahora es un ciudadano o residente permanente de los Estados Unidos, pídale a la SSA una nueva tarjeta de Seguro Social sin esa inscripción. Sin embargo, si la frase "Valid for Work Only With DHS Authorization" (Válida para trabajar sólo con la autorización del Departamento de Seguridad Nacional (DHS, por sus siglas en inglés)) está impresa en su tarjeta de Seguro Social, su SSN es válido para propósitos del EIC sólo mientras la autorización del DHS siga siendo válida.

Para saber cómo puede obtener un SSN, vea Número de Seguro Social (SSN), que aparece hacia el inicio de estas instrucciones. Si usted no tendrá un SSN para la fecha de vencimiento de su declaración, vea ¿Qué Ocurre si No Puede Presentar a Tiempo?, anteriormente.

Si usted no tenía un SSN que le fue expedido en o antes de la fecha de vencimiento para presentar su declaración de 2024 (incluyendo prórrogas), no puede reclamar el EIC en su declaración original de 2024 ni en una enmendada. Si un hijo no tenía un SSN que le fue expedido en o antes de la fecha de vencimiento de su declaración (incluyendo prórrogas), usted no puede contar a ese hijo como hijo calificado al calcular la cantidad del EIC en su declaración original de 2024 ni en una enmendada.

Estudiante. Un "estudiante" es un hijo que durante algún momento de cualesquier 5 meses del año 2024 estuvo matriculado como un "estudiante a tiempo completo" en una escuela o que asiste a tiempo completo a un curso de capacitación agropecuaria en el terreno ofrecido por una escuela o una agencia del estado, condado o gobierno local. El término "escuela" abarca escuelas politécnicas, profesionales e industriales. Este término no abarca los cursos de capacitación en el empleo, los centros de enseñanza por correspondencia o las escuelas que ofrecen cursos sólo por Internet.

Beneficios de bienestar social, efecto del crédito sobre éstos. Todo reembolso que usted reciba como resultado de haber tomado el EIC no puede contarse como ingreso al determinar si usted o cualquier otra persona reúne los requisitos para obtener beneficios o asistencia de bienestar social, ni cuánto usted o cualquier otra persona puede obtener, conforme a un programa federal o a cualquier programa estatal o local financiado total o parcialmente con fondos federales. Estos programas incluyen el Temporary Assistance for Needy Families (Asistencia Temporal para Familias Necesitadas o TANF, por sus siglas en inglés), Medicaid (Programa estatal de asistencia médica), Supplemental Security Income (Seguridad de Ingreso Suplementario o SSI, por sus siglas en inglés) y el Supplemental Nutrition Assistance Program (Programa de Asistencia Nutricional Suplementaria o SNAP, por sus siglas en inglés; a este programa antes se le conocía comúnmente como food stamps (cupones para alimentos)). Además, al determinar la elegibilidad, el reembolso no puede ser contado como un recurso por al menos 12 meses después de recibirlo. Consulte con su coordinador de beneficios local para saber si su reembolso afectará sus beneficios.

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Hoja de Trabajo A -Crédito por Ingreso del Trabajo (EIC) para 2024- Línea 27

Guarde para Sus Registros

Antes de comenzar:

• Asegúrese de que esté usando la hoja de trabajo correcta. Use esta hoja de trabajo sólo si usted contestó "No" a la pregunta 2 del Paso 5. De lo contrario, use la Hoja de Trabajo B.

Parte 1 Todos los Declarantes que Utilizan la Hoja de Trabajo A

1. Anote la cantidad de su ingreso del trabajo del Paso 5. ----
2. Busque la cantidad que aparece en la línea 1 dentro de la Tabla del Crédito por Ingreso del Trabajo (que aparece después de la Hoja de Trabajo B) para determinar el crédito. Asegúrese de usar la columna correcta para su estado civil para efectos de la declaración y el número de hijos calificados que usted tiene que tienen un SSN válido, según se define anteriormente. Anote aquí el crédito. ----
Si la línea 2 es cero, NO SIGA Usted no puede tomar el crédito.
Anote "No" en la línea de puntos junto a la línea 27 del Formulario 1040 o 1040-SR.
3. Anote la cantidad de la línea 11 del Formulario 1040 o 1040-SR. ----
4. ¿Son iguales las cantidades de las líneas 3 y 1?
-- Sí. Omita la línea 5. Anote la cantidad de la línea 2 en la línea 6.
-- No. Pase a la línea 5.

Parte 2 Declarantes que Contestaron "No" en la Línea 4

5. Si usted:
• No tiene un hijo calificado que tiene un SSN válido, ¿es la cantidad de la línea 3 menos de $10,330 ($17,250 si es casado que presenta una declaración conjunta)?
• Tiene 1 o más hijos calificados que tienen un SSN válido, ¿es la cantidad de la línea 3 menos de $22,720 ($29,640 si es casado que presenta una declaración conjunta)?
-- Sí. Deje la línea 5 en blanco y anote la cantidad de la línea 2 en la línea 6.
-- No. Busque la cantidad que aparece en la línea 3 en la Tabla del Crédito por Ingreso del Trabajo para determinar el crédito. Asegúrese de usar la columna correcta para su estado civil para efectos de la declaración y el número de hijos calificados que usted tiene que tienen un SSN válido. Anote aquí el crédito. ----
Compare las cantidades que aparecen en las líneas 5 y 2. Luego, anote la cantidad menor en la línea 6.

Parte 3 Su Crédito por Ingreso del Trabajo

6. Éste es su crédito por ingreso del trabajo. ----
Anote esta cantidad en la línea 27 del Formulario 1040 o 1040-SR.

Recordatorio-

• Si usted tiene un hijo calificado, complete y adjunte el Anexo EIC.

1040 o 1040-SR

¡PRECAUCIÓN! Si su crédito por ingreso del trabajo (EIC) se redujo o se denegó en cualquier año después de 1996, vea Formulario 8862, quién tiene que presentarlo, anteriormente, para saber si usted tiene que presentar el Formulario 8862 para poder tomar el crédito para el año 2024.

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Hoja de Trabajo B -Crédito por Ingreso del Trabajo (EIC) para 2024 -Línea 27

Guarde para Sus Registros

Use esta hoja de trabajo si contestó "Sí" a la pregunta 2 del Paso 5.

• Complete a continuación las partes que le correspondan (Partes 1 a 3). Luego, continúe a la Parte 4.
• Si es casado que presenta una declaración conjunta, incluya las cantidades de su cónyuge, si alguna, con las suyas para calcular las cantidades a anotar en las Partes 1 a 3.

Parte 1 Trabajador por Cuenta Propia, Miembros del Clero y Personas con Ingreso como Empleado de una Iglesia que Presentan el Anexo SE

1a. Anote la cantidad de la línea 3 de la Parte I del Anexo SE. ----
1b. Anote toda cantidad de las líneas 4b y 5a de la Parte I del Anexo SE.	 + ----
1c. Combine las líneas 1a y 1b. = ----
1d. Anote la cantidad de la línea 13 de la Parte I del Anexo SE. − ----
1e. Reste la línea 1d de la línea 1c. = ----

Parte 2 Trabajador por Cuenta Propia al que NO se le Requiere Presentar el Anexo SE

Por ejemplo, su ingreso neto del trabajo por cuenta propia es menos de $400.

2. No incluya en estas líneas ningún ingreso de trabajo como empleado estatutario, ninguna ganancia neta proveniente de servicios prestados como notario público, ninguna cantidad exenta del impuesto sobre el trabajo por cuenta propia proveniente de la presentación y aprobación del Formulario 4029 o Formulario 4361 ni cualquier otra cantidad exenta del impuesto sobre el trabajo por cuenta propia.
a. Anote toda ganancia o (pérdida) neta por actividad agropecuaria de la línea 34 del Anexo F; y de sociedades colectivas agropecuarias con el código A en la casilla 14 del Anexo K-1 (Formulario 1065)*. ----
b. Anote toda ganancia o (pérdida) neta de la línea 31 del Anexo C; y de la casilla 14 del Anexo K-1 (Formulario 1065) con el código A (que no sea de actividad agropecuaria)*. + ----
c. Combine las líneas 2a y 2b. = ----

* Si tiene algunas cantidades provenientes de un Anexo K-1, complete la(s) línea(s) correspondiente(s) de la Parte I del Anexo SE. Reduzca las cantidades del Anexo K-1 tal como se describe en las Partner's Instructions for Schedule K-1 (Instrucciones para el Anexo K-1 (Formulario 1065) para los socios). Anote su nombre y número de Seguro Social en el Anexo SE y adjúntelo a su declaración.

Parte 3 Empleados Estatutarios que Presentan el Anexo C

3. Anote la cantidad de la línea 1 del Anexo C que usted está presentando como empleado estatutario. ----

Parte 4 Todos los Declarantes que Utilizan la Hoja de Trabajo B

Nota: Si la línea 4b incluye ingresos sobre los que tenía que haber pagado el impuesto sobre el trabajo por cuenta propia, pero no lo hizo, el IRS puede reducir su crédito por la cantidad del impuesto sobre el trabajo por cuenta propia no pagado.

4a. Anote la cantidad de su ingreso del trabajo del Paso 5. ----
4b. Combine las líneas 1e, 2c, 3 y 4a. Éste es el total de su ingreso del trabajo. ----
Si la línea 4b es cero o menos, NO SIGA Usted no puede tomar el crédito.
Anote "No" en la línea de puntos junto a la línea 27 del Formulario 1040 o 1040-SR.
5. Si usted:
• Tiene 3 o más hijos calificados que tienen un SSN válido, ¿es la línea 4b menos de $59,899 ($66,819 si es casado que presenta una declaración conjunta)?
• Tiene 2 hijos calificados que tienen un SSN válido, ¿es la línea 4b menos de $55,768 ($62,688 si es casado que presenta una declaración conjunta)?
• Tiene 1 hijo calificado que tiene un SSN válido, ¿es la línea 4b menos de $49,084 ($56,004 si es casado que presenta una declaración conjunta)?
• No tiene un hijo calificado que tiene un SSN válido, ¿es la línea 4b menos de $18,591 ($25,511 si es casado que presenta una declaración conjunta)?
-- Sí. Si desea que el IRS le calcule su crédito, vea Crédito calculado por el IRS, anteriormente. Si desea calcular el crédito usted mismo, anote la cantidad de la línea 4b en la línea 6 de esta hoja de trabajo.
-- No. NO SIGA Usted no puede tomar el crédito. Anote "No" en la línea de puntos junto a la línea 27 del Formulario 1040 o 1040-SR.

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Parte 5 Todos los Declarantes que Utilizan la Hoja de Trabajo B

6. Anote el total de su ingreso del trabajo de la línea 4b de la Parte 4. ----
7. Busque la cantidad que aparece en la línea 6, anteriormente, en la Tabla del Crédito por Ingreso del Trabajo para determinar el crédito. Asegúrese de usar la columna correcta para su estado civil para efectos de la declaración y el número de hijos calificados que usted tiene que tienen un SSN válido. Anote aquí el crédito. ----
Si la línea 7 es cero, NO SIGA Usted no puede tomar el crédito. Anote "No" en la línea de puntos junto a la línea 27 del Formulario 1040 o 1040-SR.
8. Anote la cantidad de la línea 11 del Formulario 1040 o 1040-SR. ----
9. ¿Son iguales las cantidades de las líneas 8 y 6?
-- Sí. Omita la línea 10. Anote la cantidad de la línea 7 en la línea 11.
-- No. Pase a la línea 10.

Parte 6 Declarantes que Contestaron "No" en la Línea 9

10. Si usted:
• No tiene un hijo calificado que tiene un SSN válido, ¿es la cantidad de la línea 8 menos de $10,330 ($17,250 si es casado que presenta una declaración conjunta)?
• Tiene 1 o más hijos calificados que tienen un SSN válido, ¿es la cantidad de la línea 8 menos de $22,720 ($29,640 si es casado que presenta una declaración conjunta)?
-- Sí. Deje la línea 10 en blanco y anote la cantidad de la línea 7 en la línea 11.
-- No. Busque la cantidad que aparece en la línea 8 en la Tabla del Crédito por Ingreso del Trabajo para determinar el crédito. Asegúrese de usar la columna correcta para su estado civil para efectos de la declaración y el número de hijos calificados que usted tiene que tienen un SSN válido. Anote aquí el crédito. ----
Compare las cantidades que aparecen en las líneas 10 y 7. Luego, anote la cantidad menor en la línea 11.

Parte 7 Su Crédito por Ingreso del Trabajo

11. Éste es su crédito por ingreso del trabajo. ----
Anote esta cantidad en la línea 27 del Formulario 1040 o 1040-SR.

Recordatorio-

• Si usted tiene un hijo calificado, complete y adjunte el Anexo EIC.

1040 o 1040-SR

¡PRECAUCIÓN! Si su crédito por ingreso del trabajo (EIC) se redujo o se denegó en cualquier año después de 1996, vea Formulario 8862, quién tiene que presentarlo, anteriormente, para saber si usted tiene que presentar el Formulario 8862 para poder tomar el crédito para el año 2024.

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Tabla del Crédito por Ingreso del Trabajo de 2024

Precaución: Ésta no es una tabla de impuestos.

1. Para buscar su crédito, lea hacia abajo las columnas "Por lo menos-Pero menos de" y busque la línea que incluya la cantidad que se le indica en su hoja de trabajo del EIC.
2. Luego, pase a la columna que incluya su estado civil para efectos de la declaración y el número de hijos calificados que usted tiene que tienen un SSN válido, según definido anteriormente. Anote el crédito que aparece en esa columna en su hoja de trabajo del EIC.

Ejemplo. Si su estado civil para efectos de la declaración es soltero, tiene un hijo calificado que tiene un SSN válido y la cantidad que usted busca en su hoja de trabajo del EIC es $2,455, anote $842.
An excerpt of the table with the numbers 2,450 and 2,500 under the "Si la cantidad que busca según su hoja de trabajo es" column circled. Under "Y su estado civil es" column the number 1 indicating number of children and 842 indicating "Su crédito es" are also circled.
Note to the table:
*** Use esta columna si su estado civil para efectos de la declaración es casado que presenta una declaración por separado y usted califica para reclamar el EIC. Vea las instrucciones para la línea 27.

Si la cantidad que busca según su hoja de trabajo es-Por lo menos; Pero menos de Y su estado civil para efectos de la declaración es-Soltero, cabeza de familia o cónyuge sobreviviente que reúne los requisitos*** y el número de hijos que tiene es-0 Su crédito es-; 1 Su crédito es-; 2 Su crédito es-; 3 Su crédito es-
1; 50; 2; 9; 10; 11; 2; 9; 10; 11
50; 100; 6; 26; 30; 34; 6; 26; 30; 34
100; 150; 10; 43; 50; 56; 10; 43; 50; 56
150; 200; 13; 60; 70; 79; 13; 60; 70; 79
200; 250; 17; 77; 90; 101; 17; 77; 90; 101
250; 300; 21; 94; 110; 124; 21; 94; 110; 124
300; 350; 25; 111; 130; 146; 25; 111; 130; 146
350; 400; 29; 128; 150; 169; 29; 128; 150; 169
400; 450; 33; 145; 170; 191; 33; 145; 170; 191
450; 500; 36; 162; 190; 214; 36; 162; 190; 214
500; 550; 40; 179; 210; 236; 40; 179; 210; 236
550; 600; 44; 196; 230; 259; 44; 196; 230; 259
600; 650; 48; 213; 250; 281; 48; 213; 250; 281
650; 700; 52; 230; 270; 304; 52; 230; 270; 304
700; 750; 55; 247; 290; 326; 55; 247; 290; 326
750; 800; 59; 264; 310; 349; 59; 264; 310; 349
800; 850; 63; 281; 330; 371; 63; 281; 330; 371
850; 900; 67; 298; 350; 394; 67; 298; 350; 394
900; 950; 71; 315; 370; 416; 71; 315; 370; 416
950; 1,000; 75; 332; 390; 439; 75; 332; 390; 439
1,000; 1,050; 78; 349; 410; 461; 78; 349; 410; 461
1,050; 1,100; 82; 366; 430; 484; 82; 366; 430; 484
1,100; 1,150; 86; 383; 450; 506; 86; 383; 450; 506
1,150; 1,200; 90; 400; 470; 529; 90; 400; 470; 529
1,200; 1,250; 94; 417; 490; 551; 94; 417; 490; 551
1,250; 1,300; 98; 434; 510; 574; 98; 434; 510; 574
1,300; 1,350; 101; 451; 530; 596; 101; 451; 530; 596
1,350; 1,400; 105; 468; 550; 619; 105; 468; 550; 619
1,400; 1,450; 109; 485; 570; 641; 109; 485; 570; 641
1,450; 1,500; 113; 502; 590; 664; 113; 502; 590; 664
1,500; 1,550; 117; 519; 610; 686; 117; 519; 610; 686
1,550; 1,600; 120; 536; 630; 709; 120; 536; 630; 709
1,600; 1,650; 124; 553; 650; 731; 124; 553; 650; 731
1,650; 1,700; 128; 570; 670; 754; 128; 570; 670; 754
1,700; 1,750; 132; 587; 690; 776; 132; 587; 690; 776
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1,800; 1,850; 140; 621; 730; 821; 140; 621; 730; 821
1,850; 1,900; 143; 638; 750; 844; 143; 638; 750; 844
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1,950; 2,000; 151; 672; 790; 889; 151; 672; 790; 889
2,000; 2,050; 155; 689; 810; 911; 155; 689; 810; 911
2,050; 2,100; 159; 706; 830; 934; 159; 706; 830; 934
2,100; 2,150; 163; 723; 850; 956; 163; 723; 850; 956
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2,200; 2,250; 170; 757; 890; 1,001; 170; 757; 890; 1,001
2,250; 2,300; 174; 774; 910; 1,024; 174; 774; 910; 1,024
2,300; 2,350; 178; 791; 930; 1,046; 178; 791; 930; 1,046
2,350; 2,400; 182; 808; 950; 1,069; 182; 808; 950; 1,069
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2,600; 2,650; 201; 893; 1,050; 1,181; 201; 893; 1,050; 1,181
2,650; 2,700; 205; 910; 1,070; 1,204; 205; 910; 1,070; 1,204
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4,100; 4,150; 316; 1,403; 1,650; 1,856; 316; 1,403; 1,650; 1,856
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4,200; 4,250; 323; 1,437; 1,690; 1,901; 323; 1,437; 1,690; 1,901
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4,400; 4,450; 339; 1,505; 1,770; 1,991; 339; 1,505; 1,770; 1,991
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4,500; 4,550; 346; 1,539; 1,810; 2,036; 346; 1,539; 1,810; 2,036
4,550; 4,600; 350; 1,556; 1,830; 2,059; 350; 1,556; 1,830; 2,059
4,600; 4,650; 354; 1,573; 1,850; 2,081; 354; 1,573; 1,850; 2,081
4,650; 4,700; 358; 1,590; 1,870; 2,104; 358; 1,590; 1,870; 2,104
4,700; 4,750; 361; 1,607; 1,890; 2,126; 361; 1,607; 1,890; 2,126
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4,950; 5,000; 381; 1,692; 1,990; 2,239; 381; 1,692; 1,990; 2,239
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5,100; 5,150; 392; 1,743; 2,050; 2,306; 392; 1,743; 2,050; 2,306
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5,250; 5,300; 404; 1,794; 2,110; 2,374; 404; 1,794; 2,110; 2,374
5,300; 5,350; 407; 1,811; 2,130; 2,396; 407; 1,811; 2,130; 2,396
5,350; 5,400; 411; 1,828; 2,150; 2,419; 411; 1,828; 2,150; 2,419
5,400; 5,450; 415; 1,845; 2,170; 2,441; 415; 1,845; 2,170; 2,441
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5,800; 5,850; 446; 1,981; 2,330; 2,621; 446; 1,981; 2,330; 2,621
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6,150; 6,200; 472; 2,100; 2,470; 2,779; 472; 2,100; 2,470; 2,779
6,200; 6,250; 476; 2,117; 2,490; 2,801; 476; 2,117; 2,490; 2,801
6,250; 6,300; 480; 2,134; 2,510; 2,824; 480; 2,134; 2,510; 2,824
6,300; 6,350; 484; 2,151; 2,530; 2,846; 484; 2,151; 2,530; 2,846
6,350; 6,400; 488; 2,168; 2,550; 2,869; 488; 2,168; 2,550; 2,869

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6,400; 6,450; 492; 2,185; 2,570; 2,891; 492; 2,185; 2,570; 2,891
6,450; 6,500; 495; 2,202; 2,590; 2,914; 495; 2,202; 2,590; 2,914
6,500; 6,550; 499; 2,219; 2,610; 2,936; 499; 2,219; 2,610; 2,936
6,550; 6,600; 503; 2,236; 2,630; 2,959; 503; 2,236; 2,630; 2,959
6,600; 6,650; 507; 2,253; 2,650; 2,981; 507; 2,253; 2,650; 2,981
6,650; 6,700; 511; 2,270; 2,670; 3,004; 511; 2,270; 2,670; 3,004
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6,750; 6,800; 518; 2,304; 2,710; 3,049; 518; 2,304; 2,710; 3,049
6,800; 6,850; 522; 2,321; 2,730; 3,071; 522; 2,321; 2,730; 3,071
6,850; 6,900; 526; 2,338; 2,750; 3,094; 526; 2,338; 2,750; 3,094
6,900; 6,950; 530; 2,355; 2,770; 3,116; 530; 2,355; 2,770; 3,116
6,950; 7,000; 534; 2,372; 2,790; 3,139; 534; 2,372; 2,790; 3,139
7,000; 7,050; 537; 2,389; 2,810; 3,161; 537; 2,389; 2,810; 3,161
7,050; 7,100; 541; 2,406; 2,830; 3,184; 541; 2,406; 2,830; 3,184
7,100; 7,150; 545; 2,423; 2,850; 3,206; 545; 2,423; 2,850; 3,206
7,150; 7,200; 549; 2,440; 2,870; 3,229; 549; 2,440; 2,870; 3,229
7,200; 7,250; 553; 2,457; 2,890; 3,251; 553; 2,457; 2,890; 3,251
7,250; 7,300; 557; 2,474; 2,910; 3,274; 557; 2,474; 2,910; 3,274
7,300; 7,350; 560; 2,491; 2,930; 3,296; 560; 2,491; 2,930; 3,296
7,350; 7,400; 564; 2,508; 2,950; 3,319; 564; 2,508; 2,950; 3,319
7,400; 7,450; 568; 2,525; 2,970; 3,341; 568; 2,525; 2,970; 3,341
7,450; 7,500; 572; 2,542; 2,990; 3,364; 572; 2,542; 2,990; 3,364
7,500; 7,550; 576; 2,559; 3,010; 3,386; 576; 2,559; 3,010; 3,386
7,550; 7,600; 579; 2,576; 3,030; 3,409; 579; 2,576; 3,030; 3,409
7,600; 7,650; 583; 2,593; 3,050; 3,431; 583; 2,593; 3,050; 3,431
7,650; 7,700; 587; 2,610; 3,070; 3,454; 587; 2,610; 3,070; 3,454
7,700; 7,750; 591; 2,627; 3,090; 3,476; 591; 2,627; 3,090; 3,476
7,750; 7,800; 595; 2,644; 3,110; 3,499; 595; 2,644; 3,110; 3,499
7,800; 7,850; 599; 2,661; 3,130; 3,521; 599; 2,661; 3,130; 3,521
7,850; 7,900; 602; 2,678; 3,150; 3,544; 602; 2,678; 3,150; 3,544
7,900; 7,950; 606; 2,695; 3,170; 3,566; 606; 2,695; 3,170; 3,566
7,950; 8,000; 610; 2,712; 3,190; 3,589; 610; 2,712; 3,190; 3,589
8,000; 8,050; 614; 2,729; 3,210; 3,611; 614; 2,729; 3,210; 3,611
8,050; 8,100; 618; 2,746; 3,230; 3,634; 618; 2,746; 3,230; 3,634
8,100; 8,150; 622; 2,763; 3,250; 3,656; 622; 2,763; 3,250; 3,656
8,150; 8,200; 625; 2,780; 3,270; 3,679; 625; 2,780; 3,270; 3,679
8,200; 8,250; 629; 2,797; 3,290; 3,701; 629; 2,797; 3,290; 3,701
8,250; 8,300; 632; 2,814; 3,310; 3,724; 632; 2,814; 3,310; 3,724
8,300; 8,350; 632; 2,831; 3,330; 3,746; 632; 2,831; 3,330; 3,746
8,350; 8,400; 632; 2,848; 3,350; 3,769; 632; 2,848; 3,350; 3,769
8,400; 8,450; 632; 2,865; 3,370; 3,791; 632; 2,865; 3,370; 3,791
8,450; 8,500; 632; 2,882; 3,390; 3,814; 632; 2,882; 3,390; 3,814
8,500; 8,550; 632; 2,899; 3,410; 3,836; 632; 2,899; 3,410; 3,836
8,550; 8,600; 632; 2,916; 3,430; 3,859; 632; 2,916; 3,430; 3,859
8,600; 8,650; 632; 2,933; 3,450; 3,881; 632; 2,933; 3,450; 3,881
8,650; 8,700; 632; 2,950; 3,470; 3,904; 632; 2,950; 3,470; 3,904
8,700; 8,750; 632; 2,967; 3,490; 3,926; 632; 2,967; 3,490; 3,926
8,750; 8,800; 632; 2,984; 3,510; 3,949; 632; 2,984; 3,510; 3,949
8,800; 8,850; 632; 3,001; 3,530; 3,971; 632; 3,001; 3,530; 3,971
8,850; 8,900; 632; 3,018; 3,550; 3,994; 632; 3,018; 3,550; 3,994
8,900; 8,950; 632; 3,035; 3,570; 4,016; 632; 3,035; 3,570; 4,016
8,950; 9,000; 632; 3,052; 3,590; 4,039; 632; 3,052; 3,590; 4,039
9,000; 9,050; 632; 3,069; 3,610; 4,061; 632; 3,069; 3,610; 4,061
9,050; 9,100; 632; 3,086; 3,630; 4,084; 632; 3,086; 3,630; 4,084
9,100; 9,150; 632; 3,103; 3,650; 4,106; 632; 3,103; 3,650; 4,106
9,150; 9,200; 632; 3,120; 3,670; 4,129; 632; 3,120; 3,670; 4,129
9,200; 9,250; 632; 3,137; 3,690; 4,151; 632; 3,137; 3,690; 4,151
9,250; 9,300; 632; 3,154; 3,710; 4,174; 632; 3,154; 3,710; 4,174
9,300; 9,350; 632; 3,171; 3,730; 4,196; 632; 3,171; 3,730; 4,196
9,350; 9,400; 632; 3,188; 3,750; 4,219; 632; 3,188; 3,750; 4,219
9,400; 9,450; 632; 3,205; 3,770; 4,241; 632; 3,205; 3,770; 4,241
9,450; 9,500; 632; 3,222; 3,790; 4,264; 632; 3,222; 3,790; 4,264
9,500; 9,550; 632; 3,239; 3,810; 4,286; 632; 3,239; 3,810; 4,286
9,550; 9,600; 632; 3,256; 3,830; 4,309; 632; 3,256; 3,830; 4,309
9,600; 9,650; 632; 3,273; 3,850; 4,331; 632; 3,273; 3,850; 4,331
9,650; 9,700; 632; 3,290; 3,870; 4,354; 632; 3,290; 3,870; 4,354
9,700; 9,750; 632; 3,307; 3,890; 4,376; 632; 3,307; 3,890; 4,376
9,750; 9,800; 632; 3,324; 3,910; 4,399; 632; 3,324; 3,910; 4,399
9,800; 9,850; 632; 3,341; 3,930; 4,421; 632; 3,341; 3,930; 4,421
9,850; 9,900; 632; 3,358; 3,950; 4,444; 632; 3,358; 3,950; 4,444
9,900; 9,950; 632; 3,375; 3,970; 4,466; 632; 3,375; 3,970; 4,466
9,950; 10,000; 632; 3,392; 3,990; 4,489; 632; 3,392; 3,990; 4,489
10,000; 10,050; 632; 3,409; 4,010; 4,511; 632; 3,409; 4,010; 4,511
10,050; 10,100; 632; 3,426; 4,030; 4,534; 632; 3,426; 4,030; 4,534
10,100; 10,150; 632; 3,443; 4,050; 4,556; 632; 3,443; 4,050; 4,556
10,150; 10,200; 632; 3,460; 4,070; 4,579; 632; 3,460; 4,070; 4,579
10,200; 10,250; 632; 3,477; 4,090; 4,601; 632; 3,477; 4,090; 4,601
10,250; 10,300; 632; 3,494; 4,110; 4,624; 632; 3,494; 4,110; 4,624
10,300; 10,350; 632; 3,511; 4,130; 4,646; 632; 3,511; 4,130; 4,646
10,350; 10,400; 629; 3,528; 4,150; 4,669; 632; 3,528; 4,150; 4,669
10,400; 10,450; 625; 3,545; 4,170; 4,691; 632; 3,545; 4,170; 4,691
10,450; 10,500; 621; 3,562; 4,190; 4,714; 632; 3,562; 4,190; 4,714
10,500; 10,550; 617; 3,579; 4,210; 4,736; 632; 3,579; 4,210; 4,736
10,550; 10,600; 613; 3,596; 4,230; 4,759; 632; 3,596; 4,230; 4,759
10,600; 10,650; 609; 3,613; 4,250; 4,781; 632; 3,613; 4,250; 4,781
10,650; 10,700; 606; 3,630; 4,270; 4,804; 632; 3,630; 4,270; 4,804
10,700; 10,750; 602; 3,647; 4,290; 4,826; 632; 3,647; 4,290; 4,826
10,750; 10,800; 598; 3,664; 4,310; 4,849; 632; 3,664; 4,310; 4,849
10,800; 10,850; 594; 3,681; 4,330; 4,871; 632; 3,681; 4,330; 4,871
10,850; 10,900; 590; 3,698; 4,350; 4,894; 632; 3,698; 4,350; 4,894
10,900; 10,950; 586; 3,715; 4,370; 4,916; 632; 3,715; 4,370; 4,916
10,950; 11,000; 583; 3,732; 4,390; 4,939; 632; 3,732; 4,390; 4,939
11,000; 11,050; 579; 3,749; 4,410; 4,961; 632; 3,749; 4,410; 4,961
11,050; 11,100; 575; 3,766; 4,430; 4,984; 632; 3,766; 4,430; 4,984
11,100; 11,150; 571; 3,783; 4,450; 5,006; 632; 3,783; 4,450; 5,006
11,150; 11,200; 567; 3,800; 4,470; 5,029; 632; 3,800; 4,470; 5,029
11,200; 11,250; 564; 3,817; 4,490; 5,051; 632; 3,817; 4,490; 5,051
11,250; 11,300; 560; 3,834; 4,510; 5,074; 632; 3,834; 4,510; 5,074
11,300; 11,350; 556; 3,851; 4,530; 5,096; 632; 3,851; 4,530; 5,096
11,350; 11,400; 552; 3,868; 4,550; 5,119; 632; 3,868; 4,550; 5,119
11,400; 11,450; 548; 3,885; 4,570; 5,141; 632; 3,885; 4,570; 5,141
11,450; 11,500; 544; 3,902; 4,590; 5,164; 632; 3,902; 4,590; 5,164
11,500; 11,550; 541; 3,919; 4,610; 5,186; 632; 3,919; 4,610; 5,186
11,550; 11,600; 537; 3,936; 4,630; 5,209; 632; 3,936; 4,630; 5,209
11,600; 11,650; 533; 3,953; 4,650; 5,231; 632; 3,953; 4,650; 5,231
11,650; 11,700; 529; 3,970; 4,670; 5,254; 632; 3,970; 4,670; 5,254
11,700; 11,750; 525; 3,987; 4,690; 5,276; 632; 3,987; 4,690; 5,276
11,750; 11,800; 521; 4,004; 4,710; 5,299; 632; 4,004; 4,710; 5,299
11,800; 11,850; 518; 4,021; 4,730; 5,321; 632; 4,021; 4,730; 5,321
11,850; 11,900; 514; 4,038; 4,750; 5,344; 632; 4,038; 4,750; 5,344
11,900; 11,950; 510; 4,055; 4,770; 5,366; 632; 4,055; 4,770; 5,366
11,950; 12,000; 506; 4,072; 4,790; 5,389; 632; 4,072; 4,790; 5,389
12,000; 12,050; 502; 4,089; 4,810; 5,411; 632; 4,089; 4,810; 5,411
12,050; 12,100; 499; 4,106; 4,830; 5,434; 632; 4,106; 4,830; 5,434
12,100; 12,150; 495; 4,123; 4,850; 5,456; 632; 4,123; 4,850; 5,456
12,150; 12,200; 491; 4,140; 4,870; 5,479; 632; 4,140; 4,870; 5,479
12,200; 12,250; 487; 4,157; 4,890; 5,501; 632; 4,157; 4,890; 5,501
12,250; 12,300; 483; 4,174; 4,910; 5,524; 632; 4,174; 4,910; 5,524
12,300; 12,350; 479; 4,191; 4,930; 5,546; 632; 4,191; 4,930; 5,546
12,350; 12,400; 476; 4,213; 4,950; 5,569; 632; 4,213; 4,950; 5,569
12,400; 12,450; 472; 4,213; 4,970; 5,591; 632; 4,213; 4,970; 5,591
12,450; 12,500; 468; 4,213; 4,990; 5,614; 632; 4,213; 4,990; 5,614
12,500; 12,550; 464; 4,213; 5,010; 5,636; 632; 4,213; 5,010; 5,636
12,550; 12,600; 460; 4,213; 5,030; 5,659; 632; 4,213; 5,030; 5,659
12,600; 12,650; 456; 4,213; 5,050; 5,681; 632; 4,213; 5,050; 5,681
12,650; 12,700; 453; 4,213; 5,070; 5,704; 632; 4,213; 5,070; 5,704
12,700; 12,750; 449; 4,213; 5,090; 5,726; 632; 4,213; 5,090; 5,726
12,750; 12,800; 445; 4,213; 5,110; 5,749; 632; 4,213; 5,110; 5,749
12,800; 12,850; 441; 4,213; 5,130; 5,771; 632; 4,213; 5,130; 5,771
12,850; 12,900; 437; 4,213; 5,150; 5,794; 632; 4,213; 5,150; 5,794
12,900; 12,950; 433; 4,213; 5,170; 5,816; 632; 4,213; 5,170; 5,816
12,950; 13,000; 430; 4,213; 5,190; 5,839; 632; 4,213; 5,190; 5,839
13,000; 13,050; 426; 4,213; 5,210; 5,861; 632; 4,213; 5,210; 5,861
13,050; 13,100; 422; 4,213; 5,230; 5,884; 632; 4,213; 5,230; 5,884
13,100; 13,150; 418; 4,213; 5,250; 5,906; 632; 4,213; 5,250; 5,906
13,150; 13,200; 414; 4,213; 5,270; 5,929; 632; 4,213; 5,270; 5,929
13,200; 13,250; 411; 4,213; 5,290; 5,951; 632; 4,213; 5,290; 5,951
13,250; 13,300; 407; 4,213; 5,310; 5,974; 632; 4,213; 5,310; 5,974
13,300; 13,350; 403; 4,213; 5,330; 5,996; 632; 4,213; 5,330; 5,996
13,350; 13,400; 399; 4,213; 5,350; 6,019; 632; 4,213; 5,350; 6,019
13,400; 13,450; 395; 4,213; 5,370; 6,041; 632; 4,213; 5,370; 6,041
13,450; 13,500; 391; 4,213; 5,390; 6,064; 632; 4,213; 5,390; 6,064
13,500; 13,550; 388; 4,213; 5,410; 6,086; 632; 4,213; 5,410; 6,086
13,550; 13,600; 384; 4,213; 5,430; 6,109; 632; 4,213; 5,430; 6,109

<Page 58>

Note to the table:
*** Use esta columna si su estado civil para efectos de la declaración es casado que presenta una declaración por separado y usted califica para reclamar el EIC. Vea las instrucciones para la línea 27.
* Si la cantidad que busca es por lo menos $18,550 pero menos de $18,591 y usted no tiene un hijo calificado que tiene un SSN válido, su crédito es $2. Si la cantidad que busca es $18,591 o más y usted no tiene un hijo calificado que tiene un SSN válido, usted no puede tomar el crédito.

Si la cantidad que busca según su hoja de trabajo es-Por lo menos; Pero menos de Y su estado civil para efectos de la declaración es-Soltero, cabeza de familia o cónyuge sobreviviente que reúne los requisitos*** y el número de hijos que tiene es-0 Su crédito es-; 1 Su crédito es-; 2 Su crédito es-; 3 Su crédito es-
13,600; 13,650; 380; 4,213; 5,450; 6,131; 632; 4,213; 5,450; 6,131
13,650; 13,700; 376; 4,213; 5,470; 6,154; 632; 4,213; 5,470; 6,154
13,700; 13,750; 372; 4,213; 5,490; 6,176; 632; 4,213; 5,490; 6,176
13,750; 13,800; 368; 4,213; 5,510; 6,199; 632; 4,213; 5,510; 6,199
13,800; 13,850; 365; 4,213; 5,530; 6,221; 632; 4,213; 5,530; 6,221
13,850; 13,900; 361; 4,213; 5,550; 6,244; 632; 4,213; 5,550; 6,244
13,900; 13,950; 357; 4,213; 5,570; 6,266; 632; 4,213; 5,570; 6,266
13,950; 14,000; 353; 4,213; 5,590; 6,289; 632; 4,213; 5,590; 6,289
14,000; 14,050; 349; 4,213; 5,610; 6,311; 632; 4,213; 5,610; 6,311
14,050; 14,100; 346; 4,213; 5,630; 6,334; 632; 4,213; 5,630; 6,334
14,100; 14,150; 342; 4,213; 5,650; 6,356; 632; 4,213; 5,650; 6,356
14,150; 14,200; 338; 4,213; 5,670; 6,379; 632; 4,213; 5,670; 6,379
14,200; 14,250; 334; 4,213; 5,690; 6,401; 632; 4,213; 5,690; 6,401
14,250; 14,300; 330; 4,213; 5,710; 6,424; 632; 4,213; 5,710; 6,424
14,300; 14,350; 326; 4,213; 5,730; 6,446; 632; 4,213; 5,730; 6,446
14,350; 14,400; 323; 4,213; 5,750; 6,469; 632; 4,213; 5,750; 6,469
14,400; 14,450; 319; 4,213; 5,770; 6,491; 632; 4,213; 5,770; 6,491
14,450; 14,500; 315; 4,213; 5,790; 6,514; 632; 4,213; 5,790; 6,514
14,500; 14,550; 311; 4,213; 5,810; 6,536; 632; 4,213; 5,810; 6,536
14,550; 14,600; 307; 4,213; 5,830; 6,559; 632; 4,213; 5,830; 6,559
14,600; 14,650; 303; 4,213; 5,850; 6,581; 632; 4,213; 5,850; 6,581
14,650; 14,700; 300; 4,213; 5,870; 6,604; 632; 4,213; 5,870; 6,604
14,700; 14,750; 296; 4,213; 5,890; 6,626; 632; 4,213; 5,890; 6,626
14,750; 14,800; 292; 4,213; 5,910; 6,649; 632; 4,213; 5,910; 6,649
14,800; 14,850; 288; 4,213; 5,930; 6,671; 632; 4,213; 5,930; 6,671
14,850; 14,900; 284; 4,213; 5,950; 6,694; 632; 4,213; 5,950; 6,694
14,900; 14,950; 280; 4,213; 5,970; 6,716; 632; 4,213; 5,970; 6,716
14,950; 15,000; 277; 4,213; 5,990; 6,739; 632; 4,213; 5,990; 6,739
15,000; 15,050; 273; 4,213; 6,010; 6,761; 632; 4,213; 6,010; 6,761
15,050; 15,100; 269; 4,213; 6,030; 6,784; 632; 4,213; 6,030; 6,784
15,100; 15,150; 265; 4,213; 6,050; 6,806; 632; 4,213; 6,050; 6,806
15,150; 15,200; 261; 4,213; 6,070; 6,829; 632; 4,213; 6,070; 6,829
15,200; 15,250; 258; 4,213; 6,090; 6,851; 632; 4,213; 6,090; 6,851
15,250; 15,300; 254; 4,213; 6,110; 6,874; 632; 4,213; 6,110; 6,874
15,300; 15,350; 250; 4,213; 6,130; 6,896; 632; 4,213; 6,130; 6,896
15,350; 15,400; 246; 4,213; 6,150; 6,919; 632; 4,213; 6,150; 6,919
15,400; 15,450; 242; 4,213; 6,170; 6,941; 632; 4,213; 6,170; 6,941
15,450; 15,500; 238; 4,213; 6,190; 6,964; 632; 4,213; 6,190; 6,964
15,500; 15,550; 235; 4,213; 6,210; 6,986; 632; 4,213; 6,210; 6,986
15,550; 15,600; 231; 4,213; 6,230; 7,009; 632; 4,213; 6,230; 7,009
15,600; 15,650; 227; 4,213; 6,250; 7,031; 632; 4,213; 6,250; 7,031
15,650; 15,700; 223; 4,213; 6,270; 7,054; 632; 4,213; 6,270; 7,054
15,700; 15,750; 219; 4,213; 6,290; 7,076; 632; 4,213; 6,290; 7,076
15,750; 15,800; 215; 4,213; 6,310; 7,099; 632; 4,213; 6,310; 7,099
15,800; 15,850; 212; 4,213; 6,330; 7,121; 632; 4,213; 6,330; 7,121
15,850; 15,900; 208; 4,213; 6,350; 7,144; 632; 4,213; 6,350; 7,144
15,900; 15,950; 204; 4,213; 6,370; 7,166; 632; 4,213; 6,370; 7,166
15,950; 16,000; 200; 4,213; 6,390; 7,189; 632; 4,213; 6,390; 7,189
16,000; 16,050; 196; 4,213; 6,410; 7,211; 632; 4,213; 6,410; 7,211
16,050; 16,100; 193; 4,213; 6,430; 7,234; 632; 4,213; 6,430; 7,234
16,100; 16,150; 189; 4,213; 6,450; 7,256; 632; 4,213; 6,450; 7,256
16,150; 16,200; 185; 4,213; 6,470; 7,279; 632; 4,213; 6,470; 7,279
16,200; 16,250; 181; 4,213; 6,490; 7,301; 632; 4,213; 6,490; 7,301
16,250; 16,300; 177; 4,213; 6,510; 7,324; 632; 4,213; 6,510; 7,324
16,300; 16,350; 173; 4,213; 6,530; 7,346; 632; 4,213; 6,530; 7,346
16,350; 16,400; 170; 4,213; 6,550; 7,369; 632; 4,213; 6,550; 7,369
16,400; 16,450; 166; 4,213; 6,570; 7,391; 632; 4,213; 6,570; 7,391
16,450; 16,500; 162; 4,213; 6,590; 7,414; 632; 4,213; 6,590; 7,414
16,500; 16,550; 158; 4,213; 6,610; 7,436; 632; 4,213; 6,610; 7,436
16,550; 16,600; 154; 4,213; 6,630; 7,459; 632; 4,213; 6,630; 7,459
16,600; 16,650; 150; 4,213; 6,650; 7,481; 632; 4,213; 6,650; 7,481
16,650; 16,700; 147; 4,213; 6,670; 7,504; 632; 4,213; 6,670; 7,504
16,700; 16,750; 143; 4,213; 6,690; 7,526; 632; 4,213; 6,690; 7,526
16,750; 16,800; 139; 4,213; 6,710; 7,549; 632; 4,213; 6,710; 7,549
16,800; 16,850; 135; 4,213; 6,730; 7,571; 632; 4,213; 6,730; 7,571
16,850; 16,900; 131; 4,213; 6,750; 7,594; 632; 4,213; 6,750; 7,594
16,900; 16,950; 127; 4,213; 6,770; 7,616; 632; 4,213; 6,770; 7,616
16,950; 17,000; 124; 4,213; 6,790; 7,639; 632; 4,213; 6,790; 7,639
17,000; 17,050; 120; 4,213; 6,810; 7,661; 632; 4,213; 6,810; 7,661
17,050; 17,100; 116; 4,213; 6,830; 7,684; 632; 4,213; 6,830; 7,684
17,100; 17,150; 112; 4,213; 6,850; 7,706; 632; 4,213; 6,850; 7,706
17,150; 17,200; 108; 4,213; 6,870; 7,729; 632; 4,213; 6,870; 7,729
17,200; 17,250; 105; 4,213; 6,890; 7,751; 632; 4,213; 6,890; 7,751
17,250; 17,300; 101; 4,213; 6,910; 7,774; 630; 4,213; 6,910; 7,774
17,300; 17,350; 97; 4,213; 6,930; 7,796; 626; 4,213; 6,930; 7,796
17,350; 17,400; 93; 4,213; 6,950; 7,819; 622; 4,213; 6,950; 7,819
17,400; 17,450; 89; 4,213; 6,960; 7,830; 619; 4,213; 6,960; 7,830
17,450; 17,500; 85; 4,213; 6,960; 7,830; 615; 4,213; 6,960; 7,830
17,500; 17,550; 82; 4,213; 6,960; 7,830; 611; 4,213; 6,960; 7,830
17,550; 17,600; 78; 4,213; 6,960; 7,830; 607; 4,213; 6,960; 7,830
17,600; 17,650; 74; 4,213; 6,960; 7,830; 603; 4,213; 6,960; 7,830
17,650; 17,700; 70; 4,213; 6,960; 7,830; 599; 4,213; 6,960; 7,830
17,700; 17,750; 66; 4,213; 6,960; 7,830; 596; 4,213; 6,960; 7,830
17,750; 17,800; 62; 4,213; 6,960; 7,830; 592; 4,213; 6,960; 7,830
17,800; 17,850; 59; 4,213; 6,960; 7,830; 588; 4,213; 6,960; 7,830
17,850; 17,900; 55; 4,213; 6,960; 7,830; 584; 4,213; 6,960; 7,830
17,900; 17,950; 51; 4,213; 6,960; 7,830; 580; 4,213; 6,960; 7,830
17,950; 18,000; 47; 4,213; 6,960; 7,830; 577; 4,213; 6,960; 7,830
18,000; 18,050; 43; 4,213; 6,960; 7,830; 573; 4,213; 6,960; 7,830
18,050; 18,100; 40; 4,213; 6,960; 7,830; 569; 4,213; 6,960; 7,830
18,100; 18,150; 36; 4,213; 6,960; 7,830; 565; 4,213; 6,960; 7,830
18,150; 18,200; 32; 4,213; 6,960; 7,830; 561; 4,213; 6,960; 7,830
18,200; 18,250; 28; 4,213; 6,960; 7,830; 557; 4,213; 6,960; 7,830
18,250; 18,300; 24; 4,213; 6,960; 7,830; 554; 4,213; 6,960; 7,830
18,300; 18,350; 20; 4,213; 6,960; 7,830; 550; 4,213; 6,960; 7,830
18,350; 18,400; 17; 4,213; 6,960; 7,830; 546; 4,213; 6,960; 7,830
18,400; 18,450; 13; 4,213; 6,960; 7,830; 542; 4,213; 6,960; 7,830
18,450; 18,500; 9; 4,213; 6,960; 7,830; 538; 4,213; 6,960; 7,830
18,500; 18,550; 5; 4,213; 6,960; 7,830; 534; 4,213; 6,960; 7,830
18,550; 18,600; *; 4,213; 6,960; 7,830; 531; 4,213; 6,960; 7,830
18,600; 18,650; 0; 4,213; 6,960; 7,830; 527; 4,213; 6,960; 7,830
18,650; 18,700; 0; 4,213; 6,960; 7,830; 523; 4,213; 6,960; 7,830
18,700; 18,750; 0; 4,213; 6,960; 7,830; 519; 4,213; 6,960; 7,830
18,750; 18,800; 0; 4,213; 6,960; 7,830; 515; 4,213; 6,960; 7,830
18,800; 18,850; 0; 4,213; 6,960; 7,830; 512; 4,213; 6,960; 7,830
18,850; 18,900; 0; 4,213; 6,960; 7,830; 508; 4,213; 6,960; 7,830
18,900; 18,950; 0; 4,213; 6,960; 7,830; 504; 4,213; 6,960; 7,830
18,950; 19,000; 0; 4,213; 6,960; 7,830; 500; 4,213; 6,960; 7,830
19,000; 19,050; 0; 4,213; 6,960; 7,830; 496; 4,213; 6,960; 7,830
19,050; 19,100; 0; 4,213; 6,960; 7,830; 492; 4,213; 6,960; 7,830
19,100; 19,150; 0; 4,213; 6,960; 7,830; 489; 4,213; 6,960; 7,830
19,150; 19,200; 0; 4,213; 6,960; 7,830; 485; 4,213; 6,960; 7,830
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19,250; 19,300; 0; 4,213; 6,960; 7,830; 477; 4,213; 6,960; 7,830
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19,350; 19,400; 0; 4,213; 6,960; 7,830; 469; 4,213; 6,960; 7,830
19,400; 19,450; 0; 4,213; 6,960; 7,830; 466; 4,213; 6,960; 7,830
19,450; 19,500; 0; 4,213; 6,960; 7,830; 462; 4,213; 6,960; 7,830
19,500; 19,550; 0; 4,213; 6,960; 7,830; 458; 4,213; 6,960; 7,830
19,550; 19,600; 0; 4,213; 6,960; 7,830; 454; 4,213; 6,960; 7,830
19,600; 19,650; 0; 4,213; 6,960; 7,830; 450; 4,213; 6,960; 7,830
19,650; 19,700; 0; 4,213; 6,960; 7,830; 446; 4,213; 6,960; 7,830
19,700; 19,750; 0; 4,213; 6,960; 7,830; 443; 4,213; 6,960; 7,830
19,750; 19,800; 0; 4,213; 6,960; 7,830; 439; 4,213; 6,960; 7,830
19,800; 19,850; 0; 4,213; 6,960; 7,830; 435; 4,213; 6,960; 7,830
19,850; 19,900; 0; 4,213; 6,960; 7,830; 431; 4,213; 6,960; 7,830
19,900; 19,950; 0; 4,213; 6,960; 7,830; 427; 4,213; 6,960; 7,830
19,950; 20,000; 0; 4,213; 6,960; 7,830; 424; 4,213; 6,960; 7,830
20,000; 20,050; 0; 4,213; 6,960; 7,830; 420; 4,213; 6,960; 7,830
20,050; 20,100; 0; 4,213; 6,960; 7,830; 416; 4,213; 6,960; 7,830
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20,150; 20,200; 0; 4,213; 6,960; 7,830; 408; 4,213; 6,960; 7,830
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20,250; 20,300; 0; 4,213; 6,960; 7,830; 401; 4,213; 6,960; 7,830
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20,350; 20,400; 0; 4,213; 6,960; 7,830; 393; 4,213; 6,960; 7,830
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20,450; 20,500; 0; 4,213; 6,960; 7,830; 385; 4,213; 6,960; 7,830
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20,600; 20,650; 0; 4,213; 6,960; 7,830; 374; 4,213; 6,960; 7,830
20,650; 20,700; 0; 4,213; 6,960; 7,830; 370; 4,213; 6,960; 7,830
20,700; 20,750; 0; 4,213; 6,960; 7,830; 366; 4,213; 6,960; 7,830
20,750; 20,800; 0; 4,213; 6,960; 7,830; 362; 4,213; 6,960; 7,830

<Page 59>

20,800; 20,850; 0; 4,213; 6,960; 7,830; 359; 4,213; 6,960; 7,830
20,850; 20,900; 0; 4,213; 6,960; 7,830; 355; 4,213; 6,960; 7,830
20,900; 20,950; 0; 4,213; 6,960; 7,830; 351; 4,213; 6,960; 7,830
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21,000; 21,050; 0; 4,213; 6,960; 7,830; 343; 4,213; 6,960; 7,830
21,050; 21,100; 0; 4,213; 6,960; 7,830; 339; 4,213; 6,960; 7,830
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21,550; 21,600; 0; 4,213; 6,960; 7,830; 301; 4,213; 6,960; 7,830
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21,700; 21,750; 0; 4,213; 6,960; 7,830; 290; 4,213; 6,960; 7,830
21,750; 21,800; 0; 4,213; 6,960; 7,830; 286; 4,213; 6,960; 7,830
21,800; 21,850; 0; 4,213; 6,960; 7,830; 282; 4,213; 6,960; 7,830
21,850; 21,900; 0; 4,213; 6,960; 7,830; 278; 4,213; 6,960; 7,830
21,900; 21,950; 0; 4,213; 6,960; 7,830; 274; 4,213; 6,960; 7,830
21,950; 22,000; 0; 4,213; 6,960; 7,830; 271; 4,213; 6,960; 7,830
22,000; 22,050; 0; 4,213; 6,960; 7,830; 267; 4,213; 6,960; 7,830
22,050; 22,100; 0; 4,213; 6,960; 7,830; 263; 4,213; 6,960; 7,830
22,100; 22,150; 0; 4,213; 6,960; 7,830; 259; 4,213; 6,960; 7,830
22,150; 22,200; 0; 4,213; 6,960; 7,830; 255; 4,213; 6,960; 7,830
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22,250; 22,300; 0; 4,213; 6,960; 7,830; 248; 4,213; 6,960; 7,830
22,300; 22,350; 0; 4,213; 6,960; 7,830; 244; 4,213; 6,960; 7,830
22,350; 22,400; 0; 4,213; 6,960; 7,830; 240; 4,213; 6,960; 7,830
22,400; 22,450; 0; 4,213; 6,960; 7,830; 236; 4,213; 6,960; 7,830
22,450; 22,500; 0; 4,213; 6,960; 7,830; 232; 4,213; 6,960; 7,830
22,500; 22,550; 0; 4,213; 6,960; 7,830; 228; 4,213; 6,960; 7,830
22,550; 22,600; 0; 4,213; 6,960; 7,830; 225; 4,213; 6,960; 7,830
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22,900; 22,950; 0; 4,180; 6,917; 7,787; 198; 4,213; 6,960; 7,830
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23,800; 23,850; 0; 4,036; 6,727; 7,597; 129; 4,213; 6,960; 7,830
23,850; 23,900; 0; 4,028; 6,717; 7,587; 125; 4,213; 6,960; 7,830
23,900; 23,950; 0; 4,020; 6,706; 7,576; 121; 4,213; 6,960; 7,830
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24,050; 24,100; 0; 3,996; 6,675; 7,545; 110; 4,213; 6,960; 7,830
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24,200; 24,250; 0; 3,973; 6,643; 7,513; 98; 4,213; 6,960; 7,830
24,250; 24,300; 0; 3,965; 6,633; 7,503; 95; 4,213; 6,960; 7,830
24,300; 24,350; 0; 3,957; 6,622; 7,492; 91; 4,213; 6,960; 7,830
24,350; 24,400; 0; 3,949; 6,611; 7,481; 87; 4,213; 6,960; 7,830
24,400; 24,450; 0; 3,941; 6,601; 7,471; 83; 4,213; 6,960; 7,830
24,450; 24,500; 0; 3,933; 6,590; 7,460; 79; 4,213; 6,960; 7,830
24,500; 24,550; 0; 3,925; 6,580; 7,450; 75; 4,213; 6,960; 7,830
24,550; 24,600; 0; 3,917; 6,569; 7,439; 72; 4,213; 6,960; 7,830
24,600; 24,650; 0; 3,909; 6,559; 7,429; 68; 4,213; 6,960; 7,830
24,650; 24,700; 0; 3,901; 6,548; 7,418; 64; 4,213; 6,960; 7,830
24,700; 24,750; 0; 3,893; 6,538; 7,408; 60; 4,213; 6,960; 7,830
24,750; 24,800; 0; 3,885; 6,527; 7,397; 56; 4,213; 6,960; 7,830
24,800; 24,850; 0; 3,877; 6,517; 7,387; 53; 4,213; 6,960; 7,830
24,850; 24,900; 0; 3,869; 6,506; 7,376; 49; 4,213; 6,960; 7,830
24,900; 24,950; 0; 3,861; 6,496; 7,366; 45; 4,213; 6,960; 7,830
24,950; 25,000; 0; 3,853; 6,485; 7,355; 41; 4,213; 6,960; 7,830
25,000; 25,050; 0; 3,845; 6,475; 7,345; 37; 4,213; 6,960; 7,830
25,050; 25,100; 0; 3,837; 6,464; 7,334; 33; 4,213; 6,960; 7,830
25,100; 25,150; 0; 3,829; 6,454; 7,324; 30; 4,213; 6,960; 7,830
25,150; 25,200; 0; 3,821; 6,443; 7,313; 26; 4,213; 6,960; 7,830
25,200; 25,250; 0; 3,813; 6,432; 7,302; 22; 4,213; 6,960; 7,830
25,250; 25,300; 0; 3,805; 6,422; 7,292; 18; 4,213; 6,960; 7,830
25,300; 25,350; 0; 3,797; 6,411; 7,281; 14; 4,213; 6,960; 7,830
25,350; 25,400; 0; 3,789; 6,401; 7,271; 10; 4,213; 6,960; 7,830
25,400; 25,450; 0; 3,781; 6,390; 7,260; 7; 4,213; 6,960; 7,830
25,450; 25,500; 0; 3,773; 6,380; 7,250; 3; 4,213; 6,960; 7,830
25,500; 25,550; 0; 3,765; 6,369; 7,239; *; 4,213; 6,960; 7,830
25,550; 25,600; 0; 3,757; 6,359; 7,229; 0; 4,213; 6,960; 7,830
25,600; 25,650; 0; 3,749; 6,348; 7,218; 0; 4,213; 6,960; 7,830
25,650; 25,700; 0; 3,741; 6,338; 7,208; 0; 4,213; 6,960; 7,830
25,700; 25,750; 0; 3,733; 6,327; 7,197; 0; 4,213; 6,960; 7,830
25,750; 25,800; 0; 3,725; 6,317; 7,187; 0; 4,213; 6,960; 7,830
25,800; 25,850; 0; 3,717; 6,306; 7,176; 0; 4,213; 6,960; 7,830
25,850; 25,900; 0; 3,709; 6,296; 7,166; 0; 4,213; 6,960; 7,830
25,900; 25,950; 0; 3,701; 6,285; 7,155; 0; 4,213; 6,960; 7,830
25,950; 26,000; 0; 3,693; 6,274; 7,144; 0; 4,213; 6,960; 7,830
26,000; 26,050; 0; 3,685; 6,264; 7,134; 0; 4,213; 6,960; 7,830
26,050; 26,100; 0; 3,677; 6,253; 7,123; 0; 4,213; 6,960; 7,830
26,100; 26,150; 0; 3,669; 6,243; 7,113; 0; 4,213; 6,960; 7,830
26,150; 26,200; 0; 3,661; 6,232; 7,102; 0; 4,213; 6,960; 7,830
26,200; 26,250; 0; 3,653; 6,222; 7,092; 0; 4,213; 6,960; 7,830
26,250; 26,300; 0; 3,645; 6,211; 7,081; 0; 4,213; 6,960; 7,830
26,300; 26,350; 0; 3,637; 6,201; 7,071; 0; 4,213; 6,960; 7,830
26,350; 26,400; 0; 3,629; 6,190; 7,060; 0; 4,213; 6,960; 7,830
26,400; 26,450; 0; 3,621; 6,180; 7,050; 0; 4,213; 6,960; 7,830
26,450; 26,500; 0; 3,613; 6,169; 7,039; 0; 4,213; 6,960; 7,830
26,500; 26,550; 0; 3,605; 6,159; 7,029; 0; 4,213; 6,960; 7,830
26,550; 26,600; 0; 3,597; 6,148; 7,018; 0; 4,213; 6,960; 7,830
26,600; 26,650; 0; 3,589; 6,138; 7,008; 0; 4,213; 6,960; 7,830
26,650; 26,700; 0; 3,581; 6,127; 6,997; 0; 4,213; 6,960; 7,830
26,700; 26,750; 0; 3,573; 6,117; 6,987; 0; 4,213; 6,960; 7,830
26,750; 26,800; 0; 3,565; 6,106; 6,976; 0; 4,213; 6,960; 7,830
26,800; 26,850; 0; 3,557; 6,095; 6,965; 0; 4,213; 6,960; 7,830
26,850; 26,900; 0; 3,549; 6,085; 6,955; 0; 4,213; 6,960; 7,830
26,900; 26,950; 0; 3,541; 6,074; 6,944; 0; 4,213; 6,960; 7,830
26,950; 27,000; 0; 3,533; 6,064; 6,934; 0; 4,213; 6,960; 7,830
27,000; 27,050; 0; 3,525; 6,053; 6,923; 0; 4,213; 6,960; 7,830
27,050; 27,100; 0; 3,517; 6,043; 6,913; 0; 4,213; 6,960; 7,830
27,100; 27,150; 0; 3,509; 6,032; 6,902; 0; 4,213; 6,960; 7,830
27,150; 27,200; 0; 3,501; 6,022; 6,892; 0; 4,213; 6,960; 7,830
27,200; 27,250; 0; 3,493; 6,011; 6,881; 0; 4,213; 6,960; 7,830
27,250; 27,300; 0; 3,485; 6,001; 6,871; 0; 4,213; 6,960; 7,830
27,300; 27,350; 0; 3,477; 5,990; 6,860; 0; 4,213; 6,960; 7,830
27,350; 27,400; 0; 3,469; 5,980; 6,850; 0; 4,213; 6,960; 7,830
27,400; 27,450; 0; 3,461; 5,969; 6,839; 0; 4,213; 6,960; 7,830
27,450; 27,500; 0; 3,453; 5,959; 6,829; 0; 4,213; 6,960; 7,830
27,500; 27,550; 0; 3,445; 5,948; 6,818; 0; 4,213; 6,960; 7,830
27,550; 27,600; 0; 3,437; 5,938; 6,808; 0; 4,213; 6,960; 7,830
27,600; 27,650; 0; 3,429; 5,927; 6,797; 0; 4,213; 6,960; 7,830
27,650; 27,700; 0; 3,421; 5,916; 6,786; 0; 4,213; 6,960; 7,830
27,700; 27,750; 0; 3,413; 5,906; 6,776; 0; 4,213; 6,960; 7,830
27,750; 27,800; 0; 3,405; 5,895; 6,765; 0; 4,213; 6,960; 7,830
27,800; 27,850; 0; 3,397; 5,885; 6,755; 0; 4,213; 6,960; 7,830
27,850; 27,900; 0; 3,389; 5,874; 6,744; 0; 4,213; 6,960; 7,830
27,900; 27,950; 0; 3,381; 5,864; 6,734; 0; 4,213; 6,960; 7,830
27,950; 28,000; 0; 3,373; 5,853; 6,723; 0; 4,213; 6,960; 7,830

<Page 60>

Note to the table:
*** Use esta columna si su estado civil para efectos de la declaración es casado que presenta una declaración por separado y usted califica para reclamar el EIC. Vea las instrucciones para la línea 27.

Si la cantidad que busca según su hoja de trabajo es-Por lo menos; Pero menos de Y su estado civil para efectos de la declaración es-Soltero, cabeza de familia o cónyuge sobreviviente que reúne los requisitos*** y el número de hijos que tiene es-0 Su crédito es-; 1 Su crédito es-; 2 Su crédito es-; 3 Su crédito es-
28,000; 28,050; 0; 3,365; 5,843; 6,713; 0; 4,213; 6,960; 7,830
28,050; 28,100; 0; 3,357; 5,832; 6,702; 0; 4,213; 6,960; 7,830
28,100; 28,150; 0; 3,349; 5,822; 6,692; 0; 4,213; 6,960; 7,830
28,150; 28,200; 0; 3,341; 5,811; 6,681; 0; 4,213; 6,960; 7,830
28,200; 28,250; 0; 3,333; 5,801; 6,671; 0; 4,213; 6,960; 7,830
28,250; 28,300; 0; 3,325; 5,790; 6,660; 0; 4,213; 6,960; 7,830
28,300; 28,350; 0; 3,317; 5,780; 6,650; 0; 4,213; 6,960; 7,830
28,350; 28,400; 0; 3,309; 5,769; 6,639; 0; 4,213; 6,960; 7,830
28,400; 28,450; 0; 3,301; 5,759; 6,629; 0; 4,213; 6,960; 7,830
28,450; 28,500; 0; 3,293; 5,748; 6,618; 0; 4,213; 6,960; 7,830
28,500; 28,550; 0; 3,285; 5,737; 6,607; 0; 4,213; 6,960; 7,830
28,550; 28,600; 0; 3,277; 5,727; 6,597; 0; 4,213; 6,960; 7,830
28,600; 28,650; 0; 3,269; 5,716; 6,586; 0; 4,213; 6,960; 7,830
28,650; 28,700; 0; 3,261; 5,706; 6,576; 0; 4,213; 6,960; 7,830
28,700; 28,750; 0; 3,253; 5,695; 6,565; 0; 4,213; 6,960; 7,830
28,750; 28,800; 0; 3,245; 5,685; 6,555; 0; 4,213; 6,960; 7,830
28,800; 28,850; 0; 3,237; 5,674; 6,544; 0; 4,213; 6,960; 7,830
28,850; 28,900; 0; 3,229; 5,664; 6,534; 0; 4,213; 6,960; 7,830
28,900; 28,950; 0; 3,221; 5,653; 6,523; 0; 4,213; 6,960; 7,830
28,950; 29,000; 0; 3,213; 5,643; 6,513; 0; 4,213; 6,960; 7,830
29,000; 29,050; 0; 3,205; 5,632; 6,502; 0; 4,213; 6,960; 7,830
29,050; 29,100; 0; 3,197; 5,622; 6,492; 0; 4,213; 6,960; 7,830
29,100; 29,150; 0; 3,189; 5,611; 6,481; 0; 4,213; 6,960; 7,830
29,150; 29,200; 0; 3,181; 5,601; 6,471; 0; 4,213; 6,960; 7,830
29,200; 29,250; 0; 3,174; 5,590; 6,460; 0; 4,213; 6,960; 7,830
29,250; 29,300; 0; 3,166; 5,580; 6,450; 0; 4,213; 6,960; 7,830
29,300; 29,350; 0; 3,158; 5,569; 6,439; 0; 4,213; 6,960; 7,830
29,350; 29,400; 0; 3,150; 5,558; 6,428; 0; 4,213; 6,960; 7,830
29,400; 29,450; 0; 3,142; 5,548; 6,418; 0; 4,213; 6,960; 7,830
29,450; 29,500; 0; 3,134; 5,537; 6,407; 0; 4,213; 6,960; 7,830
29,500; 29,550; 0; 3,126; 5,527; 6,397; 0; 4,213; 6,960; 7,830
29,550; 29,600; 0; 3,118; 5,516; 6,386; 0; 4,213; 6,960; 7,830
29,600; 29,650; 0; 3,110; 5,506; 6,376; 0; 4,213; 6,960; 7,830
29,650; 29,700; 0; 3,102; 5,495; 6,365; 0; 4,207; 6,953; 7,823
29,700; 29,750; 0; 3,094; 5,485; 6,355; 0; 4,199; 6,942; 7,812
29,750; 29,800; 0; 3,086; 5,474; 6,344; 0; 4,191; 6,932; 7,802
29,800; 29,850; 0; 3,078; 5,464; 6,334; 0; 4,183; 6,921; 7,791
29,850; 29,900; 0; 3,070; 5,453; 6,323; 0; 4,175; 6,911; 7,781
29,900; 29,950; 0; 3,062; 5,443; 6,313; 0; 4,167; 6,900; 7,770
29,950; 30,000; 0; 3,054; 5,432; 6,302; 0; 4,159; 6,889; 7,759
30,000; 30,050; 0; 3,046; 5,422; 6,292; 0; 4,151; 6,879; 7,749
30,050; 30,100; 0; 3,038; 5,411; 6,281; 0; 4,143; 6,868; 7,738
30,100; 30,150; 0; 3,030; 5,401; 6,271; 0; 4,135; 6,858; 7,728
30,150; 30,200; 0; 3,022; 5,390; 6,260; 0; 4,128; 6,847; 7,717
30,200; 30,250; 0; 3,014; 5,379; 6,249; 0; 4,120; 6,837; 7,707
30,250; 30,300; 0; 3,006; 5,369; 6,239; 0; 4,112; 6,826; 7,696
30,300; 30,350; 0; 2,998; 5,358; 6,228; 0; 4,104; 6,816; 7,686
30,350; 30,400; 0; 2,990; 5,348; 6,218; 0; 4,096; 6,805; 7,675
30,400; 30,450; 0; 2,982; 5,337; 6,207; 0; 4,088; 6,795; 7,665
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<Page 61>

35,200; 35,250; 0; 2,215; 4,326; 5,196; 0; 3,321; 5,784; 6,654
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36,500; 36,550; 0; 2,007; 4,053; 4,923; 0; 3,113; 5,510; 6,380
36,550; 36,600; 0; 1,999; 4,042; 4,912; 0; 3,105; 5,499; 6,369
36,600; 36,650; 0; 1,991; 4,032; 4,902; 0; 3,097; 5,489; 6,359
36,650; 36,700; 0; 1,983; 4,021; 4,891; 0; 3,089; 5,478; 6,348
36,700; 36,750; 0; 1,975; 4,011; 4,881; 0; 3,081; 5,468; 6,338
36,750; 36,800; 0; 1,967; 4,000; 4,870; 0; 3,073; 5,457; 6,327
36,800; 36,850; 0; 1,959; 3,989; 4,859; 0; 3,065; 5,447; 6,317
36,850; 36,900; 0; 1,951; 3,979; 4,849; 0; 3,057; 5,436; 6,306
36,900; 36,950; 0; 1,943; 3,968; 4,838; 0; 3,049; 5,426; 6,296
36,950; 37,000; 0; 1,935; 3,958; 4,828; 0; 3,041; 5,415; 6,285
37,000; 37,050; 0; 1,927; 3,947; 4,817; 0; 3,033; 5,405; 6,275
37,050; 37,100; 0; 1,919; 3,937; 4,807; 0; 3,025; 5,394; 6,264
37,100; 37,150; 0; 1,911; 3,926; 4,796; 0; 3,017; 5,384; 6,254
37,150; 37,200; 0; 1,903; 3,916; 4,786; 0; 3,009; 5,373; 6,243
37,200; 37,250; 0; 1,895; 3,905; 4,775; 0; 3,001; 5,363; 6,233
37,250; 37,300; 0; 1,887; 3,895; 4,765; 0; 2,993; 5,352; 6,222
37,300; 37,350; 0; 1,879; 3,884; 4,754; 0; 2,985; 5,342; 6,212
37,350; 37,400; 0; 1,871; 3,874; 4,744; 0; 2,977; 5,331; 6,201
37,400; 37,450; 0; 1,863; 3,863; 4,733; 0; 2,969; 5,320; 6,190
37,450; 37,500; 0; 1,855; 3,853; 4,723; 0; 2,961; 5,310; 6,180
37,500; 37,550; 0; 1,847; 3,842; 4,712; 0; 2,953; 5,299; 6,169
37,550; 37,600; 0; 1,839; 3,832; 4,702; 0; 2,945; 5,289; 6,159
37,600; 37,650; 0; 1,831; 3,821; 4,691; 0; 2,937; 5,278; 6,148
37,650; 37,700; 0; 1,823; 3,810; 4,680; 0; 2,929; 5,268; 6,138
37,700; 37,750; 0; 1,815; 3,800; 4,670; 0; 2,921; 5,257; 6,127
37,750; 37,800; 0; 1,807; 3,789; 4,659; 0; 2,913; 5,247; 6,117
37,800; 37,850; 0; 1,799; 3,779; 4,649; 0; 2,905; 5,236; 6,106
37,850; 37,900; 0; 1,791; 3,768; 4,638; 0; 2,897; 5,226; 6,096
37,900; 37,950; 0; 1,783; 3,758; 4,628; 0; 2,889; 5,215; 6,085
37,950; 38,000; 0; 1,775; 3,747; 4,617; 0; 2,881; 5,205; 6,075
38,000; 38,050; 0; 1,767; 3,737; 4,607; 0; 2,873; 5,194; 6,064
38,050; 38,100; 0; 1,759; 3,726; 4,596; 0; 2,865; 5,184; 6,054
38,100; 38,150; 0; 1,751; 3,716; 4,586; 0; 2,857; 5,173; 6,043
38,150; 38,200; 0; 1,743; 3,705; 4,575; 0; 2,849; 5,163; 6,033
38,200; 38,250; 0; 1,735; 3,695; 4,565; 0; 2,841; 5,152; 6,022
38,250; 38,300; 0; 1,727; 3,684; 4,554; 0; 2,833; 5,141; 6,011
38,300; 38,350; 0; 1,719; 3,674; 4,544; 0; 2,825; 5,131; 6,001
38,350; 38,400; 0; 1,711; 3,663; 4,533; 0; 2,817; 5,120; 5,990
38,400; 38,450; 0; 1,703; 3,653; 4,523; 0; 2,809; 5,110; 5,980
38,450; 38,500; 0; 1,695; 3,642; 4,512; 0; 2,801; 5,099; 5,969
38,500; 38,550; 0; 1,687; 3,631; 4,501; 0; 2,793; 5,089; 5,959
38,550; 38,600; 0; 1,679; 3,621; 4,491; 0; 2,785; 5,078; 5,948
38,600; 38,650; 0; 1,671; 3,610; 4,480; 0; 2,777; 5,068; 5,938
38,650; 38,700; 0; 1,663; 3,600; 4,470; 0; 2,769; 5,057; 5,927
38,700; 38,750; 0; 1,655; 3,589; 4,459; 0; 2,761; 5,047; 5,917
38,750; 38,800; 0; 1,647; 3,579; 4,449; 0; 2,753; 5,036; 5,906
38,800; 38,850; 0; 1,639; 3,568; 4,438; 0; 2,745; 5,026; 5,896
38,850; 38,900; 0; 1,631; 3,558; 4,428; 0; 2,737; 5,015; 5,885
38,900; 38,950; 0; 1,623; 3,547; 4,417; 0; 2,729; 5,005; 5,875
38,950; 39,000; 0; 1,615; 3,537; 4,407; 0; 2,721; 4,994; 5,864
39,000; 39,050; 0; 1,607; 3,526; 4,396; 0; 2,713; 4,984; 5,854
39,050; 39,100; 0; 1,599; 3,516; 4,386; 0; 2,705; 4,973; 5,843
39,100; 39,150; 0; 1,591; 3,505; 4,375; 0; 2,697; 4,962; 5,832
39,150; 39,200; 0; 1,583; 3,495; 4,365; 0; 2,689; 4,952; 5,822
39,200; 39,250; 0; 1,576; 3,484; 4,354; 0; 2,681; 4,941; 5,811
39,250; 39,300; 0; 1,568; 3,474; 4,344; 0; 2,673; 4,931; 5,801
39,300; 39,350; 0; 1,560; 3,463; 4,333; 0; 2,665; 4,920; 5,790
39,350; 39,400; 0; 1,552; 3,452; 4,322; 0; 2,657; 4,910; 5,780
39,400; 39,450; 0; 1,544; 3,442; 4,312; 0; 2,649; 4,899; 5,769
39,450; 39,500; 0; 1,536; 3,431; 4,301; 0; 2,641; 4,889; 5,759
39,500; 39,550; 0; 1,528; 3,421; 4,291; 0; 2,633; 4,878; 5,748
39,550; 39,600; 0; 1,520; 3,410; 4,280; 0; 2,625; 4,868; 5,738
39,600; 39,650; 0; 1,512; 3,400; 4,270; 0; 2,617; 4,857; 5,727
39,650; 39,700; 0; 1,504; 3,389; 4,259; 0; 2,609; 4,847; 5,717
39,700; 39,750; 0; 1,496; 3,379; 4,249; 0; 2,601; 4,836; 5,706
39,750; 39,800; 0; 1,488; 3,368; 4,238; 0; 2,593; 4,826; 5,696
39,800; 39,850; 0; 1,480; 3,358; 4,228; 0; 2,585; 4,815; 5,685
39,850; 39,900; 0; 1,472; 3,347; 4,217; 0; 2,577; 4,805; 5,675
39,900; 39,950; 0; 1,464; 3,337; 4,207; 0; 2,569; 4,794; 5,664
39,950; 40,000; 0; 1,456; 3,326; 4,196; 0; 2,561; 4,783; 5,653
40,000; 40,050; 0; 1,448; 3,316; 4,186; 0; 2,553; 4,773; 5,643
40,050; 40,100; 0; 1,440; 3,305; 4,175; 0; 2,545; 4,762; 5,632
40,100; 40,150; 0; 1,432; 3,295; 4,165; 0; 2,537; 4,752; 5,622
40,150; 40,200; 0; 1,424; 3,284; 4,154; 0; 2,530; 4,741; 5,611
40,200; 40,250; 0; 1,416; 3,273; 4,143; 0; 2,522; 4,731; 5,601
40,250; 40,300; 0; 1,408; 3,263; 4,133; 0; 2,514; 4,720; 5,590
40,300; 40,350; 0; 1,400; 3,252; 4,122; 0; 2,506; 4,710; 5,580
40,350; 40,400; 0; 1,392; 3,242; 4,112; 0; 2,498; 4,699; 5,569
40,400; 40,450; 0; 1,384; 3,231; 4,101; 0; 2,490; 4,689; 5,559
40,450; 40,500; 0; 1,376; 3,221; 4,091; 0; 2,482; 4,678; 5,548
40,500; 40,550; 0; 1,368; 3,210; 4,080; 0; 2,474; 4,668; 5,538
40,550; 40,600; 0; 1,360; 3,200; 4,070; 0; 2,466; 4,657; 5,527
40,600; 40,650; 0; 1,352; 3,189; 4,059; 0; 2,458; 4,647; 5,517
40,650; 40,700; 0; 1,344; 3,179; 4,049; 0; 2,450; 4,636; 5,506
40,700; 40,750; 0; 1,336; 3,168; 4,038; 0; 2,442; 4,625; 5,495
40,750; 40,800; 0; 1,328; 3,158; 4,028; 0; 2,434; 4,615; 5,485
40,800; 40,850; 0; 1,320; 3,147; 4,017; 0; 2,426; 4,604; 5,474
40,850; 40,900; 0; 1,312; 3,137; 4,007; 0; 2,418; 4,594; 5,464
40,900; 40,950; 0; 1,304; 3,126; 3,996; 0; 2,410; 4,583; 5,453
40,950; 41,000; 0; 1,296; 3,115; 3,985; 0; 2,402; 4,573; 5,443
41,000; 41,050; 0; 1,288; 3,105; 3,975; 0; 2,394; 4,562; 5,432
41,050; 41,100; 0; 1,280; 3,094; 3,964; 0; 2,386; 4,552; 5,422
41,100; 41,150; 0; 1,272; 3,084; 3,954; 0; 2,378; 4,541; 5,411
41,150; 41,200; 0; 1,264; 3,073; 3,943; 0; 2,370; 4,531; 5,401
41,200; 41,250; 0; 1,256; 3,063; 3,933; 0; 2,362; 4,520; 5,390
41,250; 41,300; 0; 1,248; 3,052; 3,922; 0; 2,354; 4,510; 5,380
41,300; 41,350; 0; 1,240; 3,042; 3,912; 0; 2,346; 4,499; 5,369
41,350; 41,400; 0; 1,232; 3,031; 3,901; 0; 2,338; 4,489; 5,359
41,400; 41,450; 0; 1,224; 3,021; 3,891; 0; 2,330; 4,478; 5,348
41,450; 41,500; 0; 1,216; 3,010; 3,880; 0; 2,322; 4,468; 5,338
41,500; 41,550; 0; 1,208; 3,000; 3,870; 0; 2,314; 4,457; 5,327
41,550; 41,600; 0; 1,200; 2,989; 3,859; 0; 2,306; 4,446; 5,316
41,600; 41,650; 0; 1,192; 2,979; 3,849; 0; 2,298; 4,436; 5,306
41,650; 41,700; 0; 1,184; 2,968; 3,838; 0; 2,290; 4,425; 5,295
41,700; 41,750; 0; 1,176; 2,958; 3,828; 0; 2,282; 4,415; 5,285
41,750; 41,800; 0; 1,168; 2,947; 3,817; 0; 2,274; 4,404; 5,274
41,800; 41,850; 0; 1,160; 2,936; 3,806; 0; 2,266; 4,394; 5,264
41,850; 41,900; 0; 1,152; 2,926; 3,796; 0; 2,258; 4,383; 5,253
41,900; 41,950; 0; 1,144; 2,915; 3,785; 0; 2,250; 4,373; 5,243
41,950; 42,000; 0; 1,136; 2,905; 3,775; 0; 2,242; 4,362; 5,232
42,000; 42,050; 0; 1,128; 2,894; 3,764; 0; 2,234; 4,352; 5,222
42,050; 42,100; 0; 1,120; 2,884; 3,754; 0; 2,226; 4,341; 5,211
42,100; 42,150; 0; 1,112; 2,873; 3,743; 0; 2,218; 4,331; 5,201
42,150; 42,200; 0; 1,104; 2,863; 3,733; 0; 2,210; 4,320; 5,190
42,200; 42,250; 0; 1,096; 2,852; 3,722; 0; 2,202; 4,310; 5,180
42,250; 42,300; 0; 1,088; 2,842; 3,712; 0; 2,194; 4,299; 5,169
42,300; 42,350; 0; 1,080; 2,831; 3,701; 0; 2,186; 4,289; 5,159
42,350; 42,400; 0; 1,072; 2,821; 3,691; 0; 2,178; 4,278; 5,148

<Page 62>

Note to the table:
*** Use esta columna si su estado civil para efectos de la declaración es casado que presenta una declaración por separado y usted califica para reclamar el EIC. Vea las instrucciones para la línea 27.
* Si la cantidad que busca es por lo menos $49,050 pero menos de $49,084 y usted no tiene un hijo calificado que tiene un SSN válido, su crédito es $3. Si la cantidad que busca es $49,084 o más y usted no tiene un hijo calificado que tiene un SSN válido, usted no puede tomar el crédito.

Si la cantidad que busca según su hoja de trabajo es-Por lo menos; Pero menos de Y su estado civil para efectos de la declaración es-Soltero, cabeza de familia o cónyuge sobreviviente que reúne los requisitos*** y el número de hijos que tiene es-0 Su crédito es-; 1 Su crédito es-; 2 Su crédito es-; 3 Su crédito es-
42,400; 42,450; 0; 1,064; 2,810; 3,680; 0; 2,170; 4,267; 5,137
42,450; 42,500; 0; 1,056; 2,800; 3,670; 0; 2,162; 4,257; 5,127
42,500; 42,550; 0; 1,048; 2,789; 3,659; 0; 2,154; 4,246; 5,116
42,550; 42,600; 0; 1,040; 2,779; 3,649; 0; 2,146; 4,236; 5,106
42,600; 42,650; 0; 1,032; 2,768; 3,638; 0; 2,138; 4,225; 5,095
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45,250; 45,300; 0; 609; 2,210; 3,080; 0; 1,715; 3,667; 4,537
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46,900; 46,950; 0; 345; 1,862; 2,732; 0; 1,451; 3,320; 4,190
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47,900; 47,950; 0; 185; 1,652; 2,522; 0; 1,291; 3,109; 3,979
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48,050; 48,100; 0; 161; 1,620; 2,490; 0; 1,267; 3,078; 3,948
48,100; 48,150; 0; 153; 1,610; 2,480; 0; 1,259; 3,067; 3,937
48,150; 48,200; 0; 145; 1,599; 2,469; 0; 1,251; 3,057; 3,927
48,200; 48,250; 0; 137; 1,589; 2,459; 0; 1,243; 3,046; 3,916
48,250; 48,300; 0; 129; 1,578; 2,448; 0; 1,235; 3,035; 3,905
48,300; 48,350; 0; 121; 1,568; 2,438; 0; 1,227; 3,025; 3,895
48,350; 48,400; 0; 113; 1,557; 2,427; 0; 1,219; 3,014; 3,884
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48,850; 48,900; 0; 33; 1,452; 2,322; 0; 1,139; 2,909; 3,779
48,900; 48,950; 0; 25; 1,441; 2,311; 0; 1,131; 2,899; 3,769
48,950; 49,000; 0; 17; 1,431; 2,301; 0; 1,123; 2,888; 3,758
49,000; 49,050; 0; 9; 1,420; 2,290; 0; 1,115; 2,878; 3,748
49,050; 49,100; 0; *; 1,410; 2,280; 0; 1,107; 2,867; 3,737
49,100; 49,150; 0; 0; 1,399; 2,269; 0; 1,099; 2,856; 3,726
49,150; 49,200; 0; 0; 1,389; 2,259; 0; 1,091; 2,846; 3,716
49,200; 49,250; 0; 0; 1,378; 2,248; 0; 1,083; 2,835; 3,705
49,250; 49,300; 0; 0; 1,368; 2,238; 0; 1,075; 2,825; 3,695
49,300; 49,350; 0; 0; 1,357; 2,227; 0; 1,067; 2,814; 3,684
49,350; 49,400; 0; 0; 1,346; 2,216; 0; 1,059; 2,804; 3,674
49,400; 49,450; 0; 0; 1,336; 2,206; 0; 1,051; 2,793; 3,663
49,450; 49,500; 0; 0; 1,325; 2,195; 0; 1,043; 2,783; 3,653
49,500; 49,550; 0; 0; 1,315; 2,185; 0; 1,035; 2,772; 3,642
49,550; 49,600; 0; 0; 1,304; 2,174; 0; 1,027; 2,762; 3,632

<Page 63>

Note to the table:
*** Use esta columna si su estado civil para efectos de la declaración es casado que presenta una declaración por separado y usted califica para reclamar el EIC. Vea las instrucciones para la línea 27.
* Si la cantidad que busca es por lo menos $55,750 pero menos de $55,768 y usted no tiene un hijo calificado que tiene un SSN válido, su crédito es $2. Si la cantidad que busca es $55,768 o más y usted no tiene un hijo calificado que tiene un SSN válido, usted no puede tomar el crédito.
** Si la cantidad que busca es por lo menos $56,000 pero menos de $56,004 y usted no tiene un hijo calificado que tiene un SSN válido, su crédito es $0. Si la cantidad que busca es $56,004 o más y usted no tiene un hijo calificado que tiene un SSN válido, usted no puede tomar el crédito.

Si la cantidad que busca según su hoja de trabajo es-Por lo menos; Pero menos de Y su estado civil para efectos de la declaración es-Soltero, cabeza de familia o cónyuge sobreviviente que reúne los requisitos*** y el número de hijos que tiene es-0 Su crédito es-; 1 Su crédito es-; 2 Su crédito es-; 3 Su crédito es-
49,600; 49,650; 0; 0; 1,294; 2,164; 0; 1,019; 2,751; 3,621
49,650; 49,700; 0; 0; 1,283; 2,153; 0; 1,011; 2,741; 3,611
49,700; 49,750; 0; 0; 1,273; 2,143; 0; 1,003; 2,730; 3,600
49,750; 49,800; 0; 0; 1,262; 2,132; 0; 995; 2,720; 3,590
49,800; 49,850; 0; 0; 1,252; 2,122; 0; 987; 2,709; 3,579
49,850; 49,900; 0; 0; 1,241; 2,111; 0; 979; 2,699; 3,569
49,900; 49,950; 0; 0; 1,231; 2,101; 0; 971; 2,688; 3,558
49,950; 50,000; 0; 0; 1,220; 2,090; 0; 963; 2,677; 3,547
50,000; 50,050; 0; 0; 1,210; 2,080; 0; 955; 2,667; 3,537
50,050; 50,100; 0; 0; 1,199; 2,069; 0; 947; 2,656; 3,526
50,100; 50,150; 0; 0; 1,189; 2,059; 0; 939; 2,646; 3,516
50,150; 50,200; 0; 0; 1,178; 2,048; 0; 932; 2,635; 3,505
50,200; 50,250; 0; 0; 1,167; 2,037; 0; 924; 2,625; 3,495
50,250; 50,300; 0; 0; 1,157; 2,027; 0; 916; 2,614; 3,484
50,300; 50,350; 0; 0; 1,146; 2,016; 0; 908; 2,604; 3,474
50,350; 50,400; 0; 0; 1,136; 2,006; 0; 900; 2,593; 3,463
50,400; 50,450; 0; 0; 1,125; 1,995; 0; 892; 2,583; 3,453
50,450; 50,500; 0; 0; 1,115; 1,985; 0; 884; 2,572; 3,442
50,500; 50,550; 0; 0; 1,104; 1,974; 0; 876; 2,562; 3,432
50,550; 50,600; 0; 0; 1,094; 1,964; 0; 868; 2,551; 3,421
50,600; 50,650; 0; 0; 1,083; 1,953; 0; 860; 2,541; 3,411
50,650; 50,700; 0; 0; 1,073; 1,943; 0; 852; 2,530; 3,400
50,700; 50,750; 0; 0; 1,062; 1,932; 0; 844; 2,519; 3,389
50,750; 50,800; 0; 0; 1,052; 1,922; 0; 836; 2,509; 3,379
50,800; 50,850; 0; 0; 1,041; 1,911; 0; 828; 2,498; 3,368
50,850; 50,900; 0; 0; 1,031; 1,901; 0; 820; 2,488; 3,358
50,900; 50,950; 0; 0; 1,020; 1,890; 0; 812; 2,477; 3,347
50,950; 51,000; 0; 0; 1,009; 1,879; 0; 804; 2,467; 3,337
51,000; 51,050; 0; 0; 999; 1,869; 0; 796; 2,456; 3,326
51,050; 51,100; 0; 0; 988; 1,858; 0; 788; 2,446; 3,316
51,100; 51,150; 0; 0; 978; 1,848; 0; 780; 2,435; 3,305
51,150; 51,200; 0; 0; 967; 1,837; 0; 772; 2,425; 3,295
51,200; 51,250; 0; 0; 957; 1,827; 0; 764; 2,414; 3,284
51,250; 51,300; 0; 0; 946; 1,816; 0; 756; 2,404; 3,274
51,300; 51,350; 0; 0; 936; 1,806; 0; 748; 2,393; 3,263
51,350; 51,400; 0; 0; 925; 1,795; 0; 740; 2,383; 3,253
51,400; 51,450; 0; 0; 915; 1,785; 0; 732; 2,372; 3,242
51,450; 51,500; 0; 0; 904; 1,774; 0; 724; 2,362; 3,232
51,500; 51,550; 0; 0; 894; 1,764; 0; 716; 2,351; 3,221
51,550; 51,600; 0; 0; 883; 1,753; 0; 708; 2,340; 3,210
51,600; 51,650; 0; 0; 873; 1,743; 0; 700; 2,330; 3,200
51,650; 51,700; 0; 0; 862; 1,732; 0; 692; 2,319; 3,189
51,700; 51,750; 0; 0; 852; 1,722; 0; 684; 2,309; 3,179
51,750; 51,800; 0; 0; 841; 1,711; 0; 676; 2,298; 3,168
51,800; 51,850; 0; 0; 830; 1,700; 0; 668; 2,288; 3,158
51,850; 51,900; 0; 0; 820; 1,690; 0; 660; 2,277; 3,147
51,900; 51,950; 0; 0; 809; 1,679; 0; 652; 2,267; 3,137
51,950; 52,000; 0; 0; 799; 1,669; 0; 644; 2,256; 3,126
52,000; 52,050; 0; 0; 788; 1,658; 0; 636; 2,246; 3,116
52,050; 52,100; 0; 0; 778; 1,648; 0; 628; 2,235; 3,105
52,100; 52,150; 0; 0; 767; 1,637; 0; 620; 2,225; 3,095
52,150; 52,200; 0; 0; 757; 1,627; 0; 612; 2,214; 3,084
52,200; 52,250; 0; 0; 746; 1,616; 0; 604; 2,204; 3,074
52,250; 52,300; 0; 0; 736; 1,606; 0; 596; 2,193; 3,063
52,300; 52,350; 0; 0; 725; 1,595; 0; 588; 2,183; 3,053
52,350; 52,400; 0; 0; 715; 1,585; 0; 580; 2,172; 3,042
52,400; 52,450; 0; 0; 704; 1,574; 0; 572; 2,161; 3,031
52,450; 52,500; 0; 0; 694; 1,564; 0; 564; 2,151; 3,021
52,500; 52,550; 0; 0; 683; 1,553; 0; 556; 2,140; 3,010
52,550; 52,600; 0; 0; 673; 1,543; 0; 548; 2,130; 3,000
52,600; 52,650; 0; 0; 662; 1,532; 0; 540; 2,119; 2,989
52,650; 52,700; 0; 0; 651; 1,521; 0; 532; 2,109; 2,979
52,700; 52,750; 0; 0; 641; 1,511; 0; 524; 2,098; 2,968
52,750; 52,800; 0; 0; 630; 1,500; 0; 516; 2,088; 2,958
52,800; 52,850; 0; 0; 620; 1,490; 0; 508; 2,077; 2,947
52,850; 52,900; 0; 0; 609; 1,479; 0; 500; 2,067; 2,937
52,900; 52,950; 0; 0; 599; 1,469; 0; 492; 2,056; 2,926
52,950; 53,000; 0; 0; 588; 1,458; 0; 484; 2,046; 2,916
53,000; 53,050; 0; 0; 578; 1,448; 0; 476; 2,035; 2,905
53,050; 53,100; 0; 0; 567; 1,437; 0; 468; 2,025; 2,895
53,100; 53,150; 0; 0; 557; 1,427; 0; 460; 2,014; 2,884
53,150; 53,200; 0; 0; 546; 1,416; 0; 452; 2,004; 2,874
53,200; 53,250; 0; 0; 536; 1,406; 0; 444; 1,993; 2,863
53,250; 53,300; 0; 0; 525; 1,395; 0; 436; 1,982; 2,852
53,300; 53,350; 0; 0; 515; 1,385; 0; 428; 1,972; 2,842
53,350; 53,400; 0; 0; 504; 1,374; 0; 420; 1,961; 2,831
53,400; 53,450; 0; 0; 494; 1,364; 0; 412; 1,951; 2,821
53,450; 53,500; 0; 0; 483; 1,353; 0; 404; 1,940; 2,810
53,500; 53,550; 0; 0; 472; 1,342; 0; 396; 1,930; 2,800
53,550; 53,600; 0; 0; 462; 1,332; 0; 388; 1,919; 2,789
53,600; 53,650; 0; 0; 451; 1,321; 0; 380; 1,909; 2,779
53,650; 53,700; 0; 0; 441; 1,311; 0; 372; 1,898; 2,768
53,700; 53,750; 0; 0; 430; 1,300; 0; 364; 1,888; 2,758
53,750; 53,800; 0; 0; 420; 1,290; 0; 356; 1,877; 2,747
53,800; 53,850; 0; 0; 409; 1,279; 0; 348; 1,867; 2,737
53,850; 53,900; 0; 0; 399; 1,269; 0; 340; 1,856; 2,726
53,900; 53,950; 0; 0; 388; 1,258; 0; 332; 1,846; 2,716
53,950; 54,000; 0; 0; 378; 1,248; 0; 324; 1,835; 2,705
54,000; 54,050; 0; 0; 367; 1,237; 0; 316; 1,825; 2,695
54,050; 54,100; 0; 0; 357; 1,227; 0; 308; 1,814; 2,684
54,100; 54,150; 0; 0; 346; 1,216; 0; 300; 1,803; 2,673
54,150; 54,200; 0; 0; 336; 1,206; 0; 292; 1,793; 2,663
54,200; 54,250; 0; 0; 325; 1,195; 0; 284; 1,782; 2,652
54,250; 54,300; 0; 0; 315; 1,185; 0; 276; 1,772; 2,642
54,300; 54,350; 0; 0; 304; 1,174; 0; 268; 1,761; 2,631
54,350; 54,400; 0; 0; 293; 1,163; 0; 260; 1,751; 2,621
54,400; 54,450; 0; 0; 283; 1,153; 0; 252; 1,740; 2,610
54,450; 54,500; 0; 0; 272; 1,142; 0; 244; 1,730; 2,600
54,500; 54,550; 0; 0; 262; 1,132; 0; 236; 1,719; 2,589
54,550; 54,600; 0; 0; 251; 1,121; 0; 228; 1,709; 2,579
54,600; 54,650; 0; 0; 241; 1,111; 0; 220; 1,698; 2,568
54,650; 54,700; 0; 0; 230; 1,100; 0; 212; 1,688; 2,558
54,700; 54,750; 0; 0; 220; 1,090; 0; 204; 1,677; 2,547
54,750; 54,800; 0; 0; 209; 1,079; 0; 196; 1,667; 2,537
54,800; 54,850; 0; 0; 199; 1,069; 0; 188; 1,656; 2,526
54,850; 54,900; 0; 0; 188; 1,058; 0; 180; 1,646; 2,516
54,900; 54,950; 0; 0; 178; 1,048; 0; 172; 1,635; 2,505
54,950; 55,000; 0; 0; 167; 1,037; 0; 164; 1,624; 2,494
55,000; 55,050; 0; 0; 157; 1,027; 0; 156; 1,614; 2,484
55,050; 55,100; 0; 0; 146; 1,016; 0; 148; 1,603; 2,473
55,100; 55,150; 0; 0; 136; 1,006; 0; 140; 1,593; 2,463
55,150; 55,200; 0; 0; 125; 995; 0; 133; 1,582; 2,452
55,200; 55,250; 0; 0; 114; 984; 0; 125; 1,572; 2,442
55,250; 55,300; 0; 0; 104; 974; 0; 117; 1,561; 2,431
55,300; 55,350; 0; 0; 93; 963; 0; 109; 1,551; 2,421
55,350; 55,400; 0; 0; 83; 953; 0; 101; 1,540; 2,410
55,400; 55,450; 0; 0; 72; 942; 0; 93; 1,530; 2,400
55,450; 55,500; 0; 0; 62; 932; 0; 85; 1,519; 2,389
55,500; 55,550; 0; 0; 51; 921; 0; 77; 1,509; 2,379
55,550; 55,600; 0; 0; 41; 911; 0; 69; 1,498; 2,368
55,600; 55,650; 0; 0; 30; 900; 0; 61; 1,488; 2,358
55,650; 55,700; 0; 0; 20; 890; 0; 53; 1,477; 2,347
55,700; 55,750; 0; 0; 9; 879; 0; 45; 1,466; 2,336
55,750; 55,800; 0; 0; *; 869; 0; 37; 1,456; 2,326
55,800; 55,850; 0; 0; 0; 858; 0; 29; 1,445; 2,315
55,850; 55,900; 0; 0; 0; 848; 0; 21; 1,435; 2,305
55,900; 55,950; 0; 0; 0; 837; 0; 13; 1,424; 2,294
55,950; 56,000; 0; 0; 0; 826; 0; 5; 1,414; 2,284
56,000; 56,050; 0; 0; 0; 816; 0; **; 1,403; 2,273
56,050; 56,100; 0; 0; 0; 805; 0; 0; 1,393; 2,263
56,100; 56,150; 0; 0; 0; 795; 0; 0; 1,382; 2,252
56,150; 56,200; 0; 0; 0; 784; 0; 0; 1,372; 2,242
56,200; 56,250; 0; 0; 0; 774; 0; 0; 1,361; 2,231
56,250; 56,300; 0; 0; 0; 763; 0; 0; 1,351; 2,221
56,300; 56,350; 0; 0; 0; 753; 0; 0; 1,340; 2,210
56,350; 56,400; 0; 0; 0; 742; 0; 0; 1,330; 2,200
56,400; 56,450; 0; 0; 0; 732; 0; 0; 1,319; 2,189
56,450; 56,500; 0; 0; 0; 721; 0; 0; 1,309; 2,179
56,500; 56,550; 0; 0; 0; 711; 0; 0; 1,298; 2,168
56,550; 56,600; 0; 0; 0; 700; 0; 0; 1,287; 2,157
56,600; 56,650; 0; 0; 0; 690; 0; 0; 1,277; 2,147
56,650; 56,700; 0; 0; 0; 679; 0; 0; 1,266; 2,136
56,700; 56,750; 0; 0; 0; 669; 0; 0; 1,256; 2,126
56,750; 56,800; 0; 0; 0; 658; 0; 0; 1,245; 2,115

<Page 64>

56,800; 56,850; 0; 0; 0; 647; 0; 0; 1,235; 2,105
56,850; 56,900; 0; 0; 0; 637; 0; 0; 1,224; 2,094
56,900; 56,950; 0; 0; 0; 626; 0; 0; 1,214; 2,084
56,950; 57,000; 0; 0; 0; 616; 0; 0; 1,203; 2,073
57,000; 57,050; 0; 0; 0; 605; 0; 0; 1,193; 2,063
57,050; 57,100; 0; 0; 0; 595; 0; 0; 1,182; 2,052
57,100; 57,150; 0; 0; 0; 584; 0; 0; 1,172; 2,042
57,150; 57,200; 0; 0; 0; 574; 0; 0; 1,161; 2,031
57,200; 57,250; 0; 0; 0; 563; 0; 0; 1,151; 2,021
57,250; 57,300; 0; 0; 0; 553; 0; 0; 1,140; 2,010
57,300; 57,350; 0; 0; 0; 542; 0; 0; 1,130; 2,000
57,350; 57,400; 0; 0; 0; 532; 0; 0; 1,119; 1,989
57,400; 57,450; 0; 0; 0; 521; 0; 0; 1,108; 1,978
57,450; 57,500; 0; 0; 0; 511; 0; 0; 1,098; 1,968
57,500; 57,550; 0; 0; 0; 500; 0; 0; 1,087; 1,957
57,550; 57,600; 0; 0; 0; 490; 0; 0; 1,077; 1,947
57,600; 57,650; 0; 0; 0; 479; 0; 0; 1,066; 1,936
57,650; 57,700; 0; 0; 0; 468; 0; 0; 1,056; 1,926
57,700; 57,750; 0; 0; 0; 458; 0; 0; 1,045; 1,915
57,750; 57,800; 0; 0; 0; 447; 0; 0; 1,035; 1,905
57,800; 57,850; 0; 0; 0; 437; 0; 0; 1,024; 1,894
57,850; 57,900; 0; 0; 0; 426; 0; 0; 1,014; 1,884
57,900; 57,950; 0; 0; 0; 416; 0; 0; 1,003; 1,873
57,950; 58,000; 0; 0; 0; 405; 0; 0; 993; 1,863
58,000; 58,050; 0; 0; 0; 395; 0; 0; 982; 1,852
58,050; 58,100; 0; 0; 0; 384; 0; 0; 972; 1,842
58,100; 58,150; 0; 0; 0; 374; 0; 0; 961; 1,831
58,150; 58,200; 0; 0; 0; 363; 0; 0; 951; 1,821
58,200; 58,250; 0; 0; 0; 353; 0; 0; 940; 1,810
58,250; 58,300; 0; 0; 0; 342; 0; 0; 929; 1,799
58,300; 58,350; 0; 0; 0; 332; 0; 0; 919; 1,789
58,350; 58,400; 0; 0; 0; 321; 0; 0; 908; 1,778
58,400; 58,450; 0; 0; 0; 311; 0; 0; 898; 1,768
58,450; 58,500; 0; 0; 0; 300; 0; 0; 887; 1,757
58,500; 58,550; 0; 0; 0; 289; 0; 0; 877; 1,747
58,550; 58,600; 0; 0; 0; 279; 0; 0; 866; 1,736
58,600; 58,650; 0; 0; 0; 268; 0; 0; 856; 1,726
58,650; 58,700; 0; 0; 0; 258; 0; 0; 845; 1,715
58,700; 58,750; 0; 0; 0; 247; 0; 0; 835; 1,705
58,750; 58,800; 0; 0; 0; 237; 0; 0; 824; 1,694
58,800; 58,850; 0; 0; 0; 226; 0; 0; 814; 1,684
58,850; 58,900; 0; 0; 0; 216; 0; 0; 803; 1,673
58,900; 58,950; 0; 0; 0; 205; 0; 0; 793; 1,663
58,950; 59,000; 0; 0; 0; 195; 0; 0; 782; 1,652
59,000; 59,050; 0; 0; 0; 184; 0; 0; 772; 1,642
59,050; 59,100; 0; 0; 0; 174; 0; 0; 761; 1,631
59,100; 59,150; 0; 0; 0; 163; 0; 0; 750; 1,620
59,150; 59,200; 0; 0; 0; 153; 0; 0; 740; 1,610
59,200; 59,250; 0; 0; 0; 142; 0; 0; 729; 1,599
59,250; 59,300; 0; 0; 0; 132; 0; 0; 719; 1,589
59,300; 59,350; 0; 0; 0; 121; 0; 0; 708; 1,578
59,350; 59,400; 0; 0; 0; 110; 0; 0; 698; 1,568
59,400; 59,450; 0; 0; 0; 100; 0; 0; 687; 1,557
59,450; 59,500; 0; 0; 0; 89; 0; 0; 677; 1,547
59,500; 59,550; 0; 0; 0; 79; 0; 0; 666; 1,536
59,550; 59,600; 0; 0; 0; 68; 0; 0; 656; 1,526
59,600; 59,650; 0; 0; 0; 58; 0; 0; 645; 1,515
59,650; 59,700; 0; 0; 0; 47; 0; 0; 635; 1,505
59,700; 59,750; 0; 0; 0; 37; 0; 0; 624; 1,494
59,750; 59,800; 0; 0; 0; 26; 0; 0; 614; 1,484
59,800; 59,850; 0; 0; 0; 16; 0; 0; 603; 1,473
59,850; 59,900; 0; 0; 0; *; 0; 0; 593; 1,463
59,900; 59,950; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 582; 1,452
59,950; 60,000; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 571; 1,441
60,000; 60,050; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 561; 1,431
60,050; 60,100; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 550; 1,420
60,100; 60,150; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 540; 1,410
60,150; 60,200; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 529; 1,399
60,200; 60,250; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 519; 1,389
60,250; 60,300; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 508; 1,378
60,300; 60,350; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 498; 1,368
60,350; 60,400; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 487; 1,357
60,400; 60,450; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 477; 1,347
60,450; 60,500; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 466; 1,336
60,500; 60,550; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 456; 1,326
60,550; 60,600; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 445; 1,315
60,600; 60,650; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 435; 1,305
60,650; 60,700; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 424; 1,294
60,700; 60,750; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 413; 1,283
60,750; 60,800; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 403; 1,273
60,800; 60,850; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 392; 1,262
60,850; 60,900; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 382; 1,252
60,900; 60,950; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 371; 1,241
60,950; 61,000; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 361; 1,231
61,000; 61,050; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 350; 1,220
61,050; 61,100; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 340; 1,210
61,100; 61,150; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 329; 1,199
61,150; 61,200; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 319; 1,189
61,200; 61,250; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 308; 1,178
61,250; 61,300; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 298; 1,168
61,300; 61,350; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 287; 1,157
61,350; 61,400; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 277; 1,147
61,400; 61,450; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 266; 1,136
61,450; 61,500; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 256; 1,126
61,500; 61,550; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 245; 1,115
61,550; 61,600; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 234; 1,104
61,600; 61,650; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 224; 1,094
61,650; 61,700; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 213; 1,083
61,700; 61,750; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 203; 1,073
61,750; 61,800; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 192; 1,062
61,800; 61,850; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 182; 1,052
61,850; 61,900; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 171; 1,041
61,900; 61,950; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 161; 1,031
61,950; 62,000; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 150; 1,020
62,000; 62,050; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 140; 1,010
62,050; 62,100; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 129; 999
62,100; 62,150; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 119; 989
62,150; 62,200; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 108; 978
62,200; 62,250; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 98; 968
62,250; 62,300; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 87; 957
62,300; 62,350; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 77; 947
62,350; 62,400; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 66; 936
62,400; 62,450; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 55; 925
62,450; 62,500; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 45; 915
62,500; 62,550; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 34; 904
62,550; 62,600; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 24; 894
62,600; 62,650; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 13; 883
62,650; 62,700; 0; 0; 0; 0; 0; 0; **; 873
62,700; 62,750; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 862
62,750; 62,800; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 852
62,800; 62,850; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 841
62,850; 62,900; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 831
62,900; 62,950; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 820
62,950; 63,000; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 810
63,000; 63,050; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 799
63,050; 63,100; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 789
63,100; 63,150; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 778
63,150; 63,200; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 768
63,200; 63,250; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 757
63,250; 63,300; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 746
63,300; 63,350; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 736
63,350; 63,400; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 725
63,400; 63,450; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 715
63,450; 63,500; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 704
63,500; 63,550; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 694
63,550; 63,600; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 683
63,600; 63,650; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 673
63,650; 63,700; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 662
63,700; 63,750; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 652
63,750; 63,800; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 641
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63,850; 63,900; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 620
63,900; 63,950; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 610
63,950; 64,000; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 599

<Page 65>

Note to the table:
*** Use esta columna si su estado civil para efectos de la declaración es casado que presenta una declaración por separado y usted califica para reclamar el EIC. Vea las instrucciones para la línea 27.
* Si la cantidad que busca es por lo menos $66,800 pero menos de $66,819 y usted no tiene un hijo calificado que tiene un SSN válido, su crédito es $2. Si la cantidad que busca es $66,819 o más y usted no tiene un hijo calificado que tiene un SSN válido, usted no puede tomar el crédito.

Si la cantidad que busca según su hoja de trabajo es-Por lo menos; Pero menos de Y su estado civil para efectos de la declaración es-Soltero, cabeza de familia o cónyuge sobreviviente que reúne los requisitos*** y el número de hijos que tiene es-0 Su crédito es-; 1 Su crédito es-; 2 Su crédito es-; 3 Su crédito es-
64,000; 64,050; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 589
64,050; 64,100; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 578
64,100; 64,150; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 567
64,150; 64,200; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 557
64,200; 64,250; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 546
64,250; 64,300; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 536
64,300; 64,350; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 525
64,350; 64,400; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 515
64,400; 64,450; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 504
64,450; 64,500; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 494
64,500; 64,550; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 483
64,550; 64,600; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 473
64,600; 64,650; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 462
64,650; 64,700; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 452
64,700; 64,750; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 441
64,750; 64,800; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 431
64,800; 64,850; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 420
64,850; 64,900; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 410
64,900; 64,950; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 399
64,950; 65,000; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 388
65,000; 65,050; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 378
65,050; 65,100; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 367
65,100; 65,150; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 357
65,150; 65,200; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 346
65,200; 65,250; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 336
65,250; 65,300; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 325
65,300; 65,350; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 315
65,350; 65,400; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 304
65,400; 65,450; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 294
65,450; 65,500; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 283
65,500; 65,550; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 273
65,550; 65,600; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 262
65,600; 65,650; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 252
65,650; 65,700; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 241
65,700; 65,750; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 230
65,750; 65,800; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 220
65,800; 65,850; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 209
65,850; 65,900; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 199
65,900; 65,950; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 188
65,950; 66,000; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 178
66,000; 66,050; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 167
66,050; 66,100; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 157
66,100; 66,150; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 146
66,150; 66,200; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 136
66,200; 66,250; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 125
66,250; 66,300; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 115
66,300; 66,350; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 104
66,350; 66,400; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 94
66,400; 66,450; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 83
66,450; 66,500; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 73
66,500; 66,550; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 62
66,550; 66,600; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 51
66,600; 66,650; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 41
66,650; 66,700; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 30
66,700; 66,750; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 20
66,750; 66,800; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 9
66,800; 66,850; 0; 0; 0; 0; 0; 0; 0; *

<Page 66>

Línea 28

Crédito Tributario Adicional por Hijos

Vea el Anexo 8812 (Formulario 1040) y sus instrucciones para información sobre cómo calcular y reclamar cualquier crédito tributario adicional por hijos para el crédito tributario adicional por hijos, complete y adjunte el Anexo 8812 a su Formulario 1040 o 1040-SR.

Formulario 8862, quién tiene que presentarlo. Usted tiene que presentar el Formulario 8862 para reclamar el crédito tributario adicional por hijos si su crédito tributario por hijos (reembolsable o no reembolsable dependiendo del año tributario), su crédito tributario adicional por hijos o crédito por otros dependientes para un año posterior a 2015 fue denegado o reducido por cualquier razón que no sea un error matemático o administrativo. Adjunte un Formulario 8862 completado a su declaración de 2024 para reclamar el crédito para el año 2024. No presente el Formulario 8862 si usted presentó un Formulario 8862 para 2023 y el crédito tributario por hijos, el crédito tributario adicional por hijos o el crédito por otros dependientes se le permitió para ese año. Vea el Formulario 8862 y sus instrucciones para detalles.

¡PRECAUCIÓN! Si usted reclama el crédito tributario adicional por hijos aun si no reúne los requisitos y se determina que su error fue por haber hecho caso omiso intencional o irresponsable de las reglas que rigen el crédito tributario adicional por hijos, a usted no se le permitirá tomar el crédito tributario por hijos, el crédito por otros dependientes ni el crédito tributario adicional por hijos por 2 años aun si de lo contrario usted reúne los requisitos para hacerlo. Si usted reclama el crédito tributario adicional por hijos aun si no reúne los requisitos y luego se determina que usted reclamó el crédito fraudulentamente, no se le permitirá tomar el crédito tributario por hijos, el crédito por otros dependientes ni el crédito tributario adicional por hijos por 10 años. Además, usted podría estar sujeto a pagar multas.

CONSEJO Los reembolsos de declaraciones en las cuales se reclama el crédito tributario adicional por hijos no pueden ser emitidos antes de mediados de febrero de 2025. Este retraso aplica al reembolso en su totalidad, no sólo a la porción relacionada con el crédito tributario adicional por hijos.

Línea 29
Crédito Tributario de Oportunidad para los Estadounidenses

Si cumple con los requisitos para reclamar un crédito tributario por estudios (vea las instrucciones para la línea 3 del Anexo 3), anote en la línea 29 la cantidad, si alguna, de la línea 8 del Formulario 8863. Usted quizás pueda aumentar un crédito tributario por estudios y reducir su impuesto total o aumentar su reembolso si el estudiante escoge incluir en el ingreso toda o parte de una subvención federal Pell o ciertas otras becas o subvenciones para realizar investigaciones. Vea la Publicación 970 y las Instrucciones para el Formulario 8863 para más información.

Formulario 8862 requerido. Tiene que presentar el Formulario 8862 para reclamar el crédito tributario de oportunidad para los estadounidenses si su crédito tributario de oportunidad para los estadounidenses para un año posterior a 2015 fue denegado o reducido por cualquier razón que no sea un error matemático o administrativo. Adjunte un Formulario 8862 completado a su declaración de 2024 para reclamar el crédito para 2024. No presente el Formulario 8862 si presentó dicho formulario para 2023 y se le permitió el crédito tributario de oportunidad para los estadounidenses para ese año. Vea el Formulario 8862 y sus instrucciones para detalles.

¡PRECAUCIÓN! Si usted reclama el crédito tributario de oportunidad para los estadounidenses aun si no reúne los requisitos y se determina que su error fue por haber hecho caso omiso intencional o irresponsable de las reglas que rigen el crédito tributario de oportunidad para los estadounidenses, no se le permitirá tomar el crédito por 2 años aun si de lo contrario usted reúne los requisitos para hacerlo. Si usted reclama el crédito tributario de oportunidad para los estadounidenses aun si no reúne los requisitos y se determina que reclamó el crédito fraudulentamente, no se le permitirá tomar el crédito por 10 años. Además, usted podría estar sujeto a pagar multas.

Línea 30

La línea 30 ha sido reservada para uso futuro.

Reembolso

Línea 34
Cantidad Pagada en Exceso

Si la cantidad en la línea 34 es menor que $1, le enviaremos un reembolso sólo si usted lo solicita por escrito.

Ajustes por Deudas

Si usted adeuda impuestos federales vencidos, impuestos estatales sobre el ingreso, deudas estatales de compensación por desempleo, manutención de hijos, manutención del cónyuge o ciertas deudas federales no tributarias, como préstamos para estudios, todo o parte del pago en exceso de la línea 34 se puede utilizar para pagar (compensar) la cantidad vencida. El IRS realiza las compensaciones por impuestos federales. Todas las otras compensaciones son realizadas por la Bureau of the Fiscal Service (Oficina del Servicio Fiscal) del U.S. Department of the Treasury (Departamento del Tesoro de los Estados Unidos). Para la compensación de impuestos federales, usted recibirá una notificación del IRS. Para todas las otras compensaciones, usted recibirá una notificación del Servicio Fiscal. Para saber si usted puede tener una compensación o si tiene preguntas sobre ellas, comuníquese con la agencia con la cual usted tiene la deuda.

Depósito Directo en Múltiples Cuentas

Si quiere que su reembolso se divida y se deposite directamente en más de una cuenta, presente el Formulario 8888.

<Page 67>

Use el Formulario 8888 para depositar directamente su reembolso (o parte de éste) en una o más cuentas, a su nombre, en un banco u otra institución financiera (tal como un fondo mutuo, agencia de corretaje o una cooperativa de crédito) en los Estados Unidos.

Cónyuge Perjudicado

Si presenta una declaración conjunta y su cónyuge no ha pagado impuestos federales vencidos, impuestos estatales sobre el ingreso, deudas estatales de compensación por desempleo, manutención de hijos, manutención del cónyuge o ciertas deudas federales no tributarias, como préstamos para estudios, todo o parte del pago en exceso de la línea 34 se puede utilizar para pagar (compensar) la cantidad vencida. Pero la parte suya del pago en exceso se le puede reembolsar a usted si ciertas condiciones aplican y usted completa el Formulario 8379. Para detalles, vea el Formulario 8379.

Líneas 35a a 35d
Cantidad que le Reembolsen a Usted

Si usted quiere saber el estado de su reembolso, use la aplicación IRS2Go o acceda a IRS.gov/Reembolsos. Vea Información sobre Reembolsos, más adelante. La información sobre su reembolso generalmente estará disponible dentro de 24 horas después de que el IRS reciba su declaración presentada por medio del programa e-file (para la presentación electrónica), o 4 semanas después de que usted envíe su declaración en papel por correo. Si usted presentó el Formulario 8379 junto con su declaración, espere 14 semanas (11 semanas si usted presentó electrónicamente). Tenga a la mano su declaración de impuestos de 2024 para que pueda anotar su número de Seguro Social, su estado civil para efectos de la declaración y la cantidad exacta en dólares enteros de su reembolso.

¿Dónde está mi reembolso? le dará una fecha para su reembolso tan pronto como el IRS tramite su declaración de impuestos y apruebe su reembolso.

Reclamación de un reembolso por un contribuyente fallecido. Si presenta una declaración conjunta con su cónyuge fallecido, usted sólo necesita presentar la declaración de impuestos para obtener el reembolso. Si es un representante nombrado por un tribunal, presente la declaración e incluya una copia del certificado que compruebe su nombramiento. Todas las otras personas que presentan una declaración para obtener el reembolso que le corresponde al contribuyente fallecido tienen que presentar la declaración y adjuntar el Formulario 1310.

Efecto del reembolso sobre beneficios. Todo reembolso que usted reciba no puede contarse como ingreso al determinar si usted o cualquier otra persona reúne los requisitos para obtener beneficios o asistencia de bienestar social, ni cuánto usted o cualquier otra persona puede obtener, conforme a un programa federal o cualquier programa estatal o local financiado total o parcialmente con fondos federales. Estos programas incluyen el Temporary Assistance for Needy Families (Asistencia Temporal para Fami lias Necesitadas o TANF, por sus siglas en inglés), Medicaid (Programa estatal de asistencia médica), Supplemental Security Income (Seguridad de Ingreso Suplementario o SSI, por sus siglas en inglés) y el Supplemental Nutrition Assistance Program (Programa de Asistencia Nutricional Suplementaria o SNAP, por sus siglas en inglés; a este programa antes se le conocía comúnmente como food stamps (cupones para alimentos)). Además, al determinar la eligibilidad, el reembolso no puede ser contado como un recurso por al menos 12 meses después de recibirlo. Consulte con su coordinador de beneficios local para saber si su reembolso afectará sus beneficios.

DIRECT DEPOSIT Simple. Safe. Secure.

¡Reembolsos Rápidos! Únase a los 8 de cada 10 contribuyentes que optan por el depósito directo -una manera rápida, sencilla y segura para que le depositen su reembolso automáticamente en su cuenta corriente o de ahorros, incluidos los arreglos individuales de ahorros para la jubilación (IRA, por sus siglas en inglés). Vea la información acerca de los arreglos IRA que aparece más adelante.

Si desea que el IRS le deposite directamente la cantidad que aparece en la línea 35a en su cuenta corriente, en su cuenta de ahorros, en su cuenta de ahorros médicos, en su cuenta de corretaje o en otra cuenta similar, incluyendo un arreglo IRA, en un banco u otra institución financiera (como un fondo mutuo, agencia de corretaje o una cooperativa de crédito) en los Estados Unidos:

• Complete las líneas 35b a 35d (si quiere que su reembolso se deposite en una sola cuenta) o
• Marque el recuadro en la línea 35a y adjunte el Formulario 8888 si usted quiere dividir el depósito directo de su reembolso entre más de una cuenta.

Si no quiere que se deposite directamente su reembolso en su cuenta, no marque el recuadro en la línea 35a. Trace una línea a través de las casillas en las líneas 35b y 35d. En su lugar, el IRS le enviará un cheque.

La cuenta tiene que estar a nombre suyo. No solicite el depósito de su reembolso en una cuenta que no esté a su nombre, tal como la cuenta de su preparador de declaraciones de impuestos. Aunque usted puede adeudarle a su preparador de declaraciones de impuestos un cargo por preparar su declaración, no solicite que alguna parte de su reembolso sea depositada en la cuenta de su preparador de declaraciones de impuestos para pagar ese cargo.

El número de reembolsos que se puede depositar directamente en una sola cuenta o tarjeta de débito prepagada se limita a tres reembolsos al año. Después de que se supere este límite, se enviarán cheques de papel en su lugar. Obtenga más información en IRS.gov/DepositLimit.

¿Por Qué Debo Usar el Depósito Directo?

• Puede obtener su reembolso más rápido por medio del depósito directo que si lo recibe por cheque.
• El pago es más seguro. No hay un cheque que se pueda perder o ser robado.
• Es más conveniente. No tiene que hacer un viaje al banco para depositar su cheque.
• Ahorra dólares al fisco. Le cuesta menos al gobierno proveer el reembolso por medio del depósito directo.
• Está comprobado. Casi el 98% de los beneficios del Seguro Social y de veteranos

<Page 68>

se envían electrónicamente usando el depósito directo.

¡PRECAUCIÓN! Si presenta una declaración conjunta y marca el recuadro en la línea 35a y adjunta el Formulario 8888 o completa las líneas 35b a 35d, su cónyuge puede recibir por lo menos parte del reembolso.

Arreglos IRA. Puede solicitar que su reembolso (o parte de éste) sea depositado directamente en un arreglo tradicional IRA o Roth IRA, pero no en un arreglo SIMPLE IRA. Usted tiene que establecer el IRA en un banco u otra institución financiera antes de que solicite el depósito directo. Asegúrese de que su depósito directo será aceptado. También tiene que notificarle a su fiduciario o al custodio de su cuenta del año al cual se le debe aplicar el depósito (a menos que el fiduciario o custodio no acepte un depósito para 2024). Si no lo hace, el fiduciario o custodio puede asumir que el depósito es para el año durante el cual está presentando la declaración. Por ejemplo, si presenta su declaración de 2024 durante 2025 y no le notifica al fiduciario o custodio con anticipación, el fiduciario o custodio puede asumir que el depósito en su IRA es para 2025. Si designa su depósito para 2024, usted tiene que verificar que el depósito se haya realizado realmente para la fecha de vencimiento de la declaración (sin tomar en cuenta las prórrogas). Si no se hace el depósito para esa fecha, el depósito no es una aportación al IRA para 2024. En tal caso, usted tiene que presentar una declaración enmendada para 2024 y reducir cualquier deducción por un IRA y cualquier crédito por aportaciones a arreglos de ahorros para la jubilación que usted reclamó.

¡PRECAUCIÓN! Usted y su cónyuge, si presenta una declaración conjunta, cada uno puede aportar hasta $7,000 ($8,000 si tiene 50 años de edad o más al final de 2024) a un arreglo IRA tradicional o Roth IRA para 2024. Puede adeudar un impuesto adicional si sus aportaciones exceden estos límites, y los límites pueden ser más bajos dependiendo de su compensación e ingresos. Para más información sobre las aportaciones hechas a un IRA, vea la Publicación 590-A.

Ejemplo de Cheque -Líneas 35b a 35d

In the screenshot below, arrows point to 1234 in the check with the label No incluya el número del cheque. 250250025 has the label Número de circulación (línea 35b) and 202020"'86 has the label Número de cuenta (línea 35d).
1234
15-0000/0000

JUAN TORRES
MARÍA ELENA TORRES
123 Pear Lane
Anyplace, MI 00000

PAY TO THE ORDER OF ---- $----
---- DOLLARS

ANYPLACE BANK
Anyplace, MI 00000

For ----

----

| : 250250025 | :202020"'86"•1234

¡PRECAUCIÓN! Los números de circulación y de cuenta pueden estar ubicados de manera diferente en su cheque.

Para más información sobre los IRA, vea las Publicaciones 590-A y 590-B.

Formulario 8888. Puede solicitar que su reembolso sea depositado directamente en más de una cuenta. Para más información, vea las Instrucciones del Formulario 8888.

CONSEJO Su reembolso puede ser dividido y depositado directamente en hasta tres cuentas diferentes a su nombre en el Formulario 8888.

Línea 35b

El número de circulación tiene que ser de nueve dígitos. Los primeros dos dígitos tienen que ser de 01 a 12 o de 21 a 32. En el ejemplo de cheque que aparece en estas instrucciones, el número de circulación es 250250025. Juan Torres y María Elena Torres usarían ese número de circulación, a menos que su institución financiera les indique que deben usar un número de circulación diferente para los depósitos directos.

Pídale el número de circulación correcto a su institución financiera para anotarlo en la línea 35b si:

• El número de circulación en el comprobante de depósito es distinto al número de circulación que aparece en sus cheques,
• Su depósito se hace a una cuenta de ahorros que no le permite a usted escribir cheques o
• Sus cheques indican que son pagaderos por medio de una institución financiera distinta de la institución donde usted tiene su cuenta corriente.

Línea 35c

Marque el recuadro apropiado para el tipo de cuenta. No marque más de un recuadro. Si el depósito se hace en una cuenta, tal como un IRA, cuenta de ahorros médicos, cuenta de corretaje u otra cuenta similar, consulte con su institución financiera si usted debe marcar el recuadro "Corriente" o "Ahorros". Usted tiene que marcar el recuadro correcto para asegurar que su depósito sea aceptado.

Línea 35d

El número de cuenta puede tener hasta 17 caracteres (tanto números como letras). Incluya guiones, pero omita espacios y símbolos especiales. Anote el número de izquierda a derecha y deje toda casilla que no use en blanco. En el cheque de ejemplo que aparece en estas instrucciones, el número de cuenta es 20202086. No incluya el número del cheque.

Si el depósito directo en su(s) cuenta(s) es por una cantidad diferente a la que usted anticipaba, usted recibirá una explicación en el correo aproximadamente dos semanas después de que se le deposite su reembolso.

Razones por las Cuales Su Pedido de Depósito Directo Será Rechazado

Si cualquiera de las siguientes situaciones le corresponde, su solicitud de depósito directo será rechazada y se le enviará un cheque en su lugar:

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• Usted está solicitando que un reembolso conjunto sea depositado en una cuenta individual y su(s) institución(es) financiera(s) no permite(n) esto. El IRS no es responsable si una institución financiera rechaza un depósito directo.
• El nombre que aparece en su cuenta no coincide con el nombre que aparce en el reembolso y su(s) institución(es) financiera(s) no permitirá(n) que se le deposite un reembolso, a menos que el nombre del reembolso coincida con el nombre de la cuenta.
• Ya se han hecho tres depósitos directos de reembolsos de impuestos en la misma cuenta o tarjeta de débito prepagada.
• Usted no ha provisto un número de cuenta válido.
• Algún número o letra en las líneas 35b a 35d están tachados o blanqueados.

¡PRECAUCIÓN! El IRS no es responsable por un reembolso perdido si usted ingresa información de su cuenta errónea. Consulte con su institución financiera para obtener los números de circulación y de cuenta correctos para asegurar que se acepte su depósito directo.

Línea 36
Cantidad Aplicada a Su Impuesto Estimado de 2025

Anote en la línea 36 la cantidad, si alguna, del pago en exceso de la línea 34 que usted quiere que se le aplique a su impuesto estimado de 2025. El IRS aplicará esta cantidad a su cuenta, a menos que usted incluya una declaración en donde solicite que se la apliquemos a la cuenta de su cónyuge. Incluya el número de Seguro Social de su cónyuge en la declaración.

¡PRECAUCIÓN! La elección de aplicar toda o parte de la cantidad pagada en exceso a su impuesto estimado para 2025 no puede cambiarse después.

Cantidad que Usted Adeuda

CONSEJO Para evitar multas e intereses, pague sus impuestos en su totalidad para la fecha de vencimiento de su declaración (sin incluir las prórrogas) -el 15 de abril de 2025 para la mayoría de los contribuyentes. Usted no tiene que pagar si la cantidad que aparece en la línea 37 es menor que $1.

Incluya toda multa por impuesto estimado de la línea 38 en la cantidad que anote en la línea 37. No incluya ningún pago estimado para 2025 en este pago. En lugar de eso, haga el pago estimado por separado.

Pagos no aceptados o cheque no cobrable. La multa por escribir un cheque no cobrable emitido al IRS es de $25 o el 2% de la cantidad indicada en el cheque, la que sea

mayor. Sin embargo, si el cheque es por menos de $25, la multa equivale a la cantidad del cheque. Esto corresponde también a otras formas de pago si el IRS no recibe los fondos. Consulte el Tema Tributario 206.

Línea 37
Cantidad que Usted Adeuda

El IRS ofrece varias opciones de pago. Puede pagar en línea (Internet), por teléfono, por medio de un dispositivo móvil, en efectivo, cheque o giro. Acceda a IRS.gov/Pagos para ver las opciones de pago.

Pago por Internet

El pago en línea (Internet) es conveniente y seguro y ayuda a asegurar que el IRS reciba sus pagos a tiempo. Para pagar sus impuestos en línea o para más información, acceda a IRS.gov/Pagos. Usted puede pagar usando cualquiera de los siguientes

métodos:

• Su Cuenta en Línea. Usted puede realizar sus pagos de impuestos por medio de su cuenta en línea, incluyendo los saldos de balances, pagos de impuesto estimado o de otro tipo. Usted también puede ver su historial de pagos y otros archivos. Acceda a IRS.gov/Cuenta.
• IRS Pago directo. Para transferencias en línea directamente de su cuenta corriente o de ahorros sin costo alguno a usted, acceda a IRS.gov/Pagos.
• Tarjeta de crédito o monedero digital. Para pagar por medio de una tarjeta de débito, tarjeta de crédito o por medio de un monedero digital, acceda a IRS.gov/Pagos. Una tarifa es cobrada por esos proveedores de servicio. Usted también puede pagar por teléfono con una tarjeta de débito o crédito. Vea Tarjeta de crédito o débito

bajo Pago por Teléfono, más adelante.
• Retiro electrónico de fondos (EFW, por sus siglas en inglés) es una opción de pago electrónico integrada con el programa e-file que se ofrece cuando usted presenta su declaración de impuestos federal electrónicamente utilizando un programa (software) para la preparación de declaraciones de impuestos, por medio de un especialista en impuestos o el IRS en IRS.gov/Pagos.
• Plan de pagos en línea. Si usted no puede pagar sus impuestos en su totalidad para la fecha de vencimiento de su declaración de impuestos, puede solicitar un plan de pagos a plazos mensuales en línea en IRS.gov/OPA y pulsando Español. Una vez que usted complete el proceso en línea, recibirá una notificación inmediata de si su acuerdo ha sido aprobado. Se 

cobra una tarifa de usuario.
• Sistema de pago electrónico del impuesto federal (EFTPS). Le permite pagar sus impuestos en línea o por teléfono directamente desde su cuenta corriente o cuenta de ahorros. No se cobra una tarifa por este servicio. Usted tiene que inscribirse en línea o solicitar que se le envié un formulario de inscripción por correo. Vea EFTPS bajo Pago por Teléfono, más adelante.

Pago por Teléfono

El pago por teléfono es otra manera segura y protegida de pagar electrónicamente. Use uno de los métodos siguientes: (1) llame a uno de los proveedores de servicio de tarjetas de débito o crédito o (2) use el Electronic Federal Tax Payment System (Sistema de pago electrónico del impuesto federal o EFTPS, por sus siglas en inglés) para pagar directamente desde su

cuenta corriente o cuenta de ahorros.

Tarjeta de crédito o débito. Llame a uno de nuestros proveedores de servicio. Cada uno cobra una tarifa que varía

<Page 70>

según el proveedor, tipo de tarjeta y cantidad del pago.

ACI Payments, Inc.
888-UPAY-TAX™
(888-872-9829)
language-fed.acipayonline.com

Link2Gov Corporation
888-PAY-1040™
(888-729-1040)
www.Pay1040.com

EFTPS. Para obtener más información sobre el EFTPS o para inscribirse en el EFTPS, visite EFTPS.gov o llame al 800-244-4829. Para comunicarse con el EFTPS utilizando los Servicios de Retransmisión de Telecomunicaciones (TRS, por sus siglas en inglés) para personas sordas, con dificultades auditivas o con impedimento del habla, marque el 711 en su teléfono y luego proporciónele al asistente de los Servicios de Retransmisión de Telecomunicaciones el número 800-244-4829 indicado anteriormente o el 800-733-4829. Información adicional sobre el EFTPS está disponible en la Publicación 966.

Pago por Dispositivo Móvil

Para pagar por medio de su dispositivo móvil, descargue la aplicación IRS2Go, disponible en español además de en inglés (dicha aplicación usará el idioma configurado en su teléfono).

Pago en Efectivo

Usted puede pagar en efectivo sus impuestos. Para averiguar sobre los diferentes métodos de pago en efectivo, acceda a IRS.gov/PayCash y pulse sobre Español. No envíe pagos en efectivo por correo.

Pago por Cheque o Giro

Antes de hacer un pago por correo, por favor considere métodos alternativos. Uno de los métodos electrónicos seguros, rápidos y fáciles del IRS puede ser la opción apropiada para usted. Si escoge enviar un pago de impuestos por correo, haga su cheque o giro a la orden de "United States Treasury" (Tesoro de los Estados Unidos) por la cantidad total adeudada. No envíe dinero en efectivo. No engrape su pago a su declaración de impuestos. Escriba "2024 Form 1040" (Formulario 1040 de 2024) o "2024 Form 1040-SR" (Formulario 1040-SR de 2024) y su nombre, dirección y número de teléfono donde nos podamos comunicar con usted durante el día y su número de Seguro Social (SSN, por sus siglas en inglés) en su pago y adjúntelo al Formulario 1040-V. Para obtener la información más reciente sobre el Formulario 1040-V, acceda a IRS.gov/Form1040V. Si está presentando una declaración conjunta, anote el SSN que aparece listado primero en su declaración de impuestos.

Para ayudar a que se tramite su pago, anote la cantidad en el lado derecho del cheque siguiendo este formato: $XXX.XX. No use guiones ni rayas (por ejemplo, no anote "$XXX-" ni "$XXX xx/100").

Envíe por correo su declaración de impuestos de 2024, su pago y el Formulario 1040-V a la dirección listada en el formulario que le corresponda a usted. Si presentó su declaración electrónicamente pero escogió realizar el pago por correo, envíe su pago para 2024 y el Formulario 1040-V por correo a la dirección que aparece en el formulario que le corresponda a usted.

Aviso a los contribuyentes que presenten cheques. Cuando proporciona un cheque como pago, nos autoriza a usar la información de su cheque para realizar una única transferencia electrónica de fondos desde su cuenta o para procesar el pago como una transacción de cheque. Cuando usamos la información de su cheque para realizar una transferencia electrónica de fondos, los fondos pueden retirarse de su cuenta tan pronto como el mismo día que recibamos su pago, y no recibirá el cheque de su institución financiera.

No se aceptan cheques de $100 millones o más. El IRS no puede aceptar un solo cheque (incluido un cheque de caja) por cantidades de $100,000,000 ($100 millones) o más. Si envía $100 millones o más por medio de cheque, deberá repartir el pago en dos (2) o más cheques, con cada cheque hecho por una cantidad menor de $100 millones. Este límite no se aplica a otros métodos de pago (como pagos electrónicos). Considere un método de pago diferente al cheque si la cantidad del pago supera los $100 millones.

¿Qué Ocurre si No Puede Pagar?

Si no puede pagar en su totalidad la cantidad que aparece en la línea 37 cuando usted presenta su declaración, puede solicitar:

• Un plan de pagos a plazos o
• Una prórroga del tiempo para pagar.

Plan de pagos a plazos. Conforme a un plan de pagos a plazos, usted puede pagar todo o parte del impuesto que adeuda en plazos mensuales. Sin embargo, aunque se acepte la solicitud de un plan de pagos a plazos, se le cobrarán intereses y tal vez se le cobre una multa por pago moroso sobre los impuestos que queden por pagar para la fecha de vencimiento para presentar la declaración (sin tomar en cuenta las prórrogas) -el 15 de abril de 2025 para la mayoría de las personas. También tendrá que pagar un cargo. Para limitar los cargos por intereses y multas, pague la mayor cantidad de impuestos que pueda cuando presente su declaración. Pero antes de solicitar un plan de pagos a plazos, debería considerar otras alternativas menos costosas, tal como un préstamo bancario o pago por tarjeta de crédito.

Para solicitar un plan de pagos a plazos, puede solicitar en línea o usar el Formulario 9465. Para solicitarlo en línea, acceda a IRS.gov/OPA y pulse sobre Español.

Prórroga del plazo para pagar. Si pagar el impuesto cuando éste venza le causa a usted dificultades excesivas, puede solicitar una prórroga del tiempo para pagar si presenta el Formulario 1127 para la fecha de vencimiento de su declaración de impuestos (sin tomar en cuenta las prórrogas) -el 15 de abril de 2025 para la mayoría de las personas. Una prórroga de más de 6 meses, por lo general, no se le concederá. A usted se le cobrará interés sobre el impuesto que no fue pagado para el 15 de abril de 2025. Usted tiene que pagar el impuesto antes de que venza la prórroga. Si no paga el impuesto para la fecha de vencimiento de la prórroga, las multas e intereses se impondrán hasta que el impuesto sea pagado en su totalidad. Para la información más reciente sobre el

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Formulario 1127, acceda a IRS.gov/Form1127.

Línea 38

Multa por Pago Insuficiente del Impuesto Estimado

Usted puede adeudar esta multa si:

• La cantidad en la línea 37 es por lo menos $1,000 y es mayor que el 10% del impuesto que aparece en su declaración o
• Usted no pagó suficiente impuesto estimado para cualquiera de las fechas de vencimiento. Esto es cierto aun si a usted se le adeuda un reembolso.

Para la mayoría de las personas, el "impuesto que aparece en su declaración" es la cantidad que aparece en la línea 24 de su Formulario 1040 o 1040-SR para 2024, menos el total de cualesquier cantidades que aparecen en las líneas 27, 28 y 29; las líneas 9 y 12 del Anexo 3; y en los Formularios 8828, 4137, 5329 (sólo las Partes III a IX) y 8919. También reste de la línea 24 todo(s):

• Impuesto sobre un pago de contrato blindado en exceso (excess parachute payment, en inglés),
• Impuestos sobre artículos de uso y consumo gravados sobre compensación en acciones a internos (insider stock compensation, en inglés) de una compañía o corporación expatriada,
• Impuestos del Seguro Social y del Medicare o de la jubilación ferroviaria (RRTA) no recaudados sobre las propinas o sobre el seguro de vida colectivo a término y
• Intereses retroactivos adeudados conforme a la sección 167(g) o 460(b). Al calcular la cantidad en la línea 24, incluya los impuestos sobre la nómina de empleados domésticos sólo si la cantidad en la línea 25d es mayor que cero o usted adeudaría la multa aun si no incluyera esos impuestos.

Excepción. Usted no adeuda la multa si su declaración de impuestos de 2023 era por un año tributario de 12 meses completos y cualquiera de las siguientes situaciones le corresponde:

1. Su declaración de 2023 no muestra que usted tuvo una obligación tributaria y era ciudadano o residente estadounidense durante todo el año 2023.
2. El total de las líneas 25d y 26 del Formulario 1040 y 1040-SR y la línea 11 del Anexo 3 en su declaración de 2024 es por lo menos el 100% del impuesto que aparece indicado en su declaración de 2023 (110% de esa cantidad si usted no estaba en el negocio de la agricultura o pesca y su ingreso bruto ajustado (AGI, por sus siglas en inglés) que aparece en su declaración de 2023 era mayor que $150,000 (mayor que $75,000 si es casado que presenta una declaración por separado para 2024)). Sus pagos de impuesto estimado para 2024 tienen que haber sido efectuados a tiempo y por la cantidad requerida.

Para la mayoría de las personas, el "impuesto que aparece en su declaración de 2023" es la cantidad que aparece en la línea 24 de su Formulario 1040 o 1040-SR de 2023, menos el total de cualesquier cantidades que aparecen en las líneas 27, 28 y 29; las líneas 9 y 12 del Anexo 3; las líneas 8e y 8f del Anexo H; y en los Formularios 8828, 4137, 5329 (sólo las Partes III a IX) y 8919. También reste de la línea 24 todo(s):

• Impuesto sobre un pago de contrato blindado en exceso (excess parachute payment, en inglés),
• Impuestos sobre artículos de uso y consumo gravados sobre compensación en acciones a internos (insider stock compensation, en inglés) de una compañía o corporación expatriada,
• Impuestos del Seguro Social y del Medicare o de la jubilación ferroviaria (RRTA) no recaudados sobre las propinas o sobre el seguro de vida colectivo a término y
• Intereses retroactivos adeudados conforme a la sección 167(g) o 460(b). Al calcular la cantidad en la línea 24, incluya los impuestos sobre la nómina de empleados domésticos sólo si la cantidad en la línea 25d es mayor que cero o usted adeudaría la multa sobre el impuesto estimado para 2023 aun si no incluyera esos impuestos.

Si la Excepción que se acaba de explicar no le corresponde, vea las Instrucciones para el Formulario 2210 para saber de otras situaciones en las cuales usted quizás pueda reducir su multa presentando el Formulario 2210.

Cálculo de la Multa

Si opta por calcular la multa usted mismo, use el Formulario 2210 (o el Formulario 2210-F para agricultores y pescadores).

Anote toda multa en la línea 38. Sume la cantidad de la multa a todo impuesto adeudado y anote la cantidad total en la línea 37.

Sin embargo, si tiene un pago en exceso en la línea 34, reste la multa de la cantidad que usted de lo contrario hubiera tenido que anotar en la línea 35a o en la línea 36. La suma de las líneas 35a, 36 y 38 tiene que ser igual a la línea 34.

Si la multa es mayor que el pago en exceso en la línea 34, anote "-0-" en las líneas 35a y 36. Luego, reste la línea 34 de la línea 38 y anote el resultado en la línea 37.

No presente el Formulario 2210 junto con su declaración, a menos que el Formulario 2210 indique que usted tiene que hacerlo. En su lugar, guárdelo en sus archivos.

CONSEJO Debido a que el Formulario 2210 es complicado, usted puede dejar en blanco la línea 38 y el IRS calculará la multa y le enviará una factura. No se le cobrarán intereses sobre la multa si usted paga para la fecha que se le indica en la factura. Existen situaciones en las cuales el IRS no puede calcular la multa por usted y tendrá que presentar el Formulario 2210. Vea el Formulario 2210 para más información.

Tercero Autorizado

Si usted desea permitir que su preparador de impuestos, un amigo, un miembro de su familia o cualquier otra persona que usted escoja pueda discutir su declaración de impuestos del año 2024 con el IRS, marque el recuadro "Sí" en la sección titulada Tercero Autorizado de su declaración. Además, anote el nombre y número de teléfono de la persona autorizada y cualesquier cinco dígitos que esa persona autorizada escoja como su número de identificación personal (PIN, por sus siglas en inglés).

Si marcó el recuadro "Sí", usted (y su cónyuge, si presenta una declaración conjunta) autoriza al IRS para que llame

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al tercero autorizado para contestar cualquier pregunta que pueda surgir durante la tramitación de su declaración de impuestos. Usted también está autorizando al tercero designado a:

• Proveer al IRS cualquier información que falte en su declaración;
• Llamar al IRS para obtener información sobre el trámite de su declaración o el estado de su reembolso o su(s) pago(s);
• Recibir copias de notificaciones o transcripciones (registros tributarios) relacionados con su declaración, si se solicita; y
• Responder a ciertas notificaciones del IRS sobre errores matemáticos, compensaciones (ajustes) y la preparación de la declaración.

Usted no está autorizando a la persona designada a recibir ningún cheque de reembolso, obligarlo a usted a nada (incluida cualquier obligación tributaria adicional) ni de otra manera representarlo ante el IRS. Si desea ampliar la autorización de la persona designada, vea la Publicación 947.

Esta autorización terminará automáticamente a más tardar en la fecha de vencimiento (sin tomar en cuenta las prórrogas) para presentar su declaración de impuestos de 2025. Esta fecha es el 15 de abril de 2026 para la mayoría de las personas.

Firme Su Declaración

El Formulario 1040 o 1040-SR no se considera como una declaración válida, a menos que lo firme de acuerdo con los requisitos en estas instrucciones. Si presenta una declaración conjunta, su cónyuge también tiene que firmar. Si su cónyuge no puede firmar la declaración, vea la Publicación 501. Asegúrese de fechar su declaración y anotar su(s) ocupación(es). Si otra persona le prepara la declaración, usted todavía es responsable por la exactitud de la declaración. Si su declaración es firmada por alguien que es su representante, usted tiene que tener un poder legal adjunto que específicamente autorice al representante a firmar su declaración por usted. Para hacer esto, puede usar el Formulario 2848. Si usted está presentando una declaración conjunta con su cónyuge quien falleció en 2024, vea Contribuyente Fallecido, anteriormente.

Custodio o Tutor Designado por el Tribunal u Otro Fiduciario

Si usted es un custodio o tutor designado por el tribunal u otro fiduciario de una persona que está mental o físicamente incompetente que tiene que presentar el Formulario 1040 o 1040-SR, firme su nombre por el individuo y presente el Formulario 56.

Declaración de un Hijo

Si un hijo no puede firmar su propia declaración, cualquiera de los padres puede firmar el nombre del hijo en el espacio provisto. Luego, anote "By [your signature], parent for minor child" (Por [su firma], padre o madre de un hijo menor).

Requisitos para Declaraciones en Papel

La firma en su declaración tiene que ser de su puño y letra si la presenta en papel. Las firmas digitales, electrónicas o de fuentes mecanografiadas no son firmas válidas para un Formulario 1040 o 1040-SR presentado en papel.

Requisitos para Declaraciones Electrónicas

Los requisitos para firmar una declaración electrónica será diferente dependiendo de si usted utiliza un programa de impuestos (software) o un preparador profesional de declaraciones de impuestos. Si presenta electrónicamente por medio de Direct File, usted debe seguir las instrucciones provistas por Direct File de cómo firmar su declaración electrónica. De lo contrario, para presentar su declaración por medios electrónicos, usted tiene que firmar la declaración electrónicamente usando un número de identificación personal (PIN, por sus siglas en inglés) y proveer la información descrita a continuación. Si está presentando en línea usando un programa (software), usted tiene que usar un PIN autoseleccionado (que usted mismo selecciona). Si presenta electrónicamente por medio de un preparador profesional de declaraciones de impuestos, usted puede usar un PIN autoseleccionado o un PIN del preparador profesional.

Si el IRS le ha expedido un PIN para la protección de identidad (IP PIN, por sus siglas en inglés) (según descrito en más detalle, más adelante), todos los 6 dígitos de su IP PIN tienen que estar anotados en los espacios provistos junto al espacio para su ocupación para que su firma electrónica esté completa. El no incluir un IP PIN expedido en la declaración electrónica resultará en una firma que no es válida y una declaración rechazada. Si presenta una declaración conjunta y a ambos contribuyentes se les ha expedido un IP PIN, anote ambos IP PIN en los espacios provistos.

PIN autoseleccionado. El método de autoselección del PIN le permite crear uno propio. Si presentan una declaración conjunta, cada uno (usted y su cónyuge) tendrá que crear un PIN y usarlo como firma electrónica.

Un PIN es cualquier combinación de cinco dígitos que escoja, excluyendo cinco ceros. Si usa un número de identificación personal, no habrá papeles que firmar ni nada para enviar por correo -ni siquiera sus Formularios W-2.

Su declaración electrónica firmada con un PIN autoselecionado se considerará como una declaración con una firma válida sólo cuando ésta incluya su PIN, apellido, fecha de nacimiento, IP PIN (si corresponde) y la cantidad de su AGI en su declaración de impuestos federales sobre los ingresos del año 2023 que presentó originalmente, si corresponde. Si presenta una declaración conjunta, su declaración electrónica también tiene que incluir el PIN, apellido, fecha de nacimiento, IP PIN (si corresponde) y AGI (si corresponde) de su cónyuge para que se considere que la declaración tiene una firma válida. (Usted y su cónyuge si presenta conjuntamente, cada uno puede usar su propio PIN del año anterior para verificar su identidad si usted presentó electrónicamente el año pasado. Si usted usa su PIN del año anterior o anota su IP PIN, no se le requiere anotar su AGI del año anterior. El PIN del año anterior es el PIN de cinco dígitos que utilizó para firmar electrónicamente su declaración de 2023).

Si necesita su AGI de su declaración de impuestos presentada originalmente

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en 2023 y no tiene la información de su declaración de impuestos para el año 2023, puede acceder a su transcripción (registro tributario) a través de su cuenta en línea en IRS.gov/Cuenta. También puede acceder a IRS.gov/transcripcion o llamar al IRS al 800-908-9946 para pedir gratuitamente una transcripción de su declaración. No use su AGI de una declaración enmendada (el Formulario 1040-X), ni la corrección de un error matemático hecha por el IRS. El ingreso bruto ajustado es la suma que aparece en la línea 11 del Formulario 1040 o 1040-SR del año 2023.

Para más información, acceda a IRS.gov/Efile y pulse sobre Español.

¡PRECAUCIÓN! No puede usar el método de autoselección del PIN si presenta la declaración por primera vez y es menor de 16 años al final del año 2024.

PIN del preparador profesional de declaraciones de impuestos. El método del PIN del preparador profesional le permite a usted autorizar a su preparador profesional de declaraciones de impuestos a anotar o generar el PIN de usted. Su declaración electrónica se considerará como una declaración con una firma válida sólo cuando ésta incluya su PIN, apellido, fecha de nacimiento e IP PIN (si corresponde). Si presenta una declaración conjunta, su declaración electrónica también tiene que incluir el PIN, apellido, fecha de nacimiento e IP PIN (si corresponde) de su cónyuge para que se considere que la declaración tiene una firma válida. El preparador le puede proveer los detalles.

Formulario 8453. Usted tiene que enviar el Formulario 8453 en papel si tiene que adjuntar ciertos formularios u otros documentos que no pueden ser presentados electrónicamente. Vea el Formulario 8453.

PIN para la Protección de Identidad

CONSEJO Ahora todos los contribuyentes son elegibles para un número de identificación personal para la protección de identidad (IP PIN, por sus siglas en inglés). Para más información, vea la Publicación 5477. Para solicitar un IP PIN, acceda a IRS.gov/IPPIN y pulse sobre Español para utilizar la herramienta Obtenga un IP PIN.

Si usted recibió del IRS un IP PIN, anótelo en los espacios para el IP PIN provistos junto al espacio para su ocupación. Usted tiene que anotar correctamente todos los seis números de su IP PIN. Deje estos espacios en blanco si no recibió un IP PIN.

¡PRECAUCIÓN! Cada año se generan IP PIN nuevos. Normalmente se envían para mediados de 2025. Use el IP PIN en su declaración de impuestos de 2024 y en toda declaración para años anteriores que presente en 2025.

Si presenta una declaración conjunta y ambos contribuyentes reciben un IP PIN, anote ambos IP PIN en los espacios provistos.

Si necesita más información, incluyendo como recuperar su IP PIN en línea, acceda a IRS.gov/IPPIN y pulse sobre Español. Si no le es posible recuperar su IP PIN en línea, puede llamar al 800-908-4490.

Número de Teléfono y Correo Electrónico

Usted tiene la opción de anotar su número de teléfono y dirección de correo electrónico en los espacios provistos. No habrá ningún efecto sobre la tramitación de su declaración si usted escoge no anotar esta información. Tenga en cuenta que el IRS inicia la mayoría de sus contactos a través del correo regular entregado por el Servicio Postal de los Estados Unidos.

Para información sobre cómo denunciar las llamadas de estafas o mensajes de correo electrónico no solicitados que afirman ser del IRS, vea Proteja Su Documentación Tributaria Contra el Robo de Identidad, más adelante.

Preparador Remunerado Tiene que Firmar Su Declaración

Por lo general, cualquier persona a quien usted le paga para preparar su declaración tiene que firmarla e incluir su Preparer Tax Identification Number (Número de identificación tributaria del preparador remunerado o PTIN, por sus siglas en inglés) en el espacio provisto. El preparador tiene que darle una copia de su declaración para sus archivos. Alguien que prepara su declaración pero no le cobra por hacerlo no debe firmar su declaración.

Si su preparador remunerado trabaja por cuenta propia, entonces éste debe marcar el recuadro "por cuenta propia".

Organice Su Declaración

Organice todos los anexos y formularios detrás del Formulario 1040 o 1040-SR siguiendo el orden de "Attachment Sequence No." (Número de secuencia para adjuntar anexos) que aparece en la esquina superior derecha del anexo o formulario. Si tiene declaraciones comprobantes, organícelas en el mismo orden que los anexos o formularios con los que están vinculados y adjúntelas al final. Presente su declaración, anexos y otros documentos adjuntos en papel de tamaño estándar. Si corta el papel, puede causar problemas al tramitarse su declaración. No adjunte correspondencia u otros papeles, a menos que se le requiera hacerlo. Adjunte los Formularios W-2 y 2439 a su Formulario 1040 o 1040-SR. Si recibió un Formulario W-2c (una corrección del Formulario W-2), adjunte su(s) Formulario(s) W-2 original(es) y todo Formulario W-2c. Adjunte los Formularios W-2G y 1099-R al Formulario 1040 o 1040-SR si se le retuvieron impuestos.

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Tabla de Impuestos de 2024

¡PRECAUCIÓN! Vea las instrucciones para la línea 16 para saber si tiene que utilizar la siguiente tabla de impuestos para calcular su impuesto.

Ejemplo. Una pareja casada presenta una declaración conjunta. Su Primero, ellos buscan la línea del ingreso tributable de 25,300-25,350. Luego, buscan la columna correspondiente al estado civil para efectos de la declaración de casado que presenta una declaración conjunta y empiezan a leer la columna desde su inicio. La cantidad que aparece donde la línea del ingreso tributable y la columna del estado civil para efectos de la declaración se encuentran es $2,575. Ésta es la cantidad de impuesto que ellos tienen que anotar en la línea 16 del Formulario 1040.

* Esta columna tiene que ser utilizada también por un cónyuge sobreviviente que reúne los requisitos.

Ejemplo

The number 2,575 is circled in print.
Al menos; Pero menos de; Soltero Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración conjunta* Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración por separado Su impuesto es:; Cabeza de familia Su impuesto es:
25,200; 25,250; 2,795; 2,563; 2,795; 2,696
25,250; 25,300; 2,801; 2,569; 2,801; 2,702
25,300; 25,350; 2,807; 2,575; 2,807; 2,708
25,350; 25,400; 2,813; 2,581; 2,813; 2,714

Si la línea 15 (ingreso tributable) es: Al menos; Pero menos de; Y usted es: Soltero Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración conjunta* Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración por separado Su impuesto es:; Cabeza de familia Su impuesto es:
0; 5; 0; 0; 0; 0
5; 15; 1; 1; 1; 1
15; 25; 2; 2; 2; 2
25; 50; 4; 4; 4; 4
50; 75; 6; 6; 6; 6
75; 100; 9; 9; 9; 9
100; 125; 11; 11; 11; 11
125; 150; 14; 14; 14; 14
150; 175; 16; 16; 16; 16
175; 200; 19; 19; 19; 19
200; 225; 21; 21; 21; 21
225; 250; 24; 24; 24; 24
250; 275; 26; 26; 26; 26
275; 300; 29; 29; 29; 29
300; 325; 31; 31; 31; 31
325; 350; 34; 34; 34; 34
350; 375; 36; 36; 36; 36
375; 400; 39; 39; 39; 39
400; 425; 41; 41; 41; 41
425; 450; 44; 44; 44; 44
450; 475; 46; 46; 46; 46
475; 500; 49; 49; 49; 49
500; 525; 51; 51; 51; 51
525; 550; 54; 54; 54; 54
550; 575; 56; 56; 56; 56
575; 600; 59; 59; 59; 59
600; 625; 61; 61; 61; 61
625; 650; 64; 64; 64; 64
650; 675; 66; 66; 66; 66
675; 700; 69; 69; 69; 69
700; 725; 71; 71; 71; 71
725; 750; 74; 74; 74; 74
750; 775; 76; 76; 76; 76
775; 800; 79; 79; 79; 79
800; 825; 81; 81; 81; 81
825; 850; 84; 84; 84; 84
850; 875; 86; 86; 86; 86
875; 900; 89; 89; 89; 89
900; 925; 91; 91; 91; 91
925; 950; 94; 94; 94; 94
950; 975; 96; 96; 96; 96
975; 1,000; 99; 99; 99; 99

1,000

Si la línea 15 (ingreso tributable) es: Al menos; Pero menos de; Y usted es: Soltero Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración conjunta* Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración por separado Su impuesto es:; Cabeza de familia Su impuesto es:
1,000; 1,025; 101; 101; 101; 101
1,025; 1,050; 104; 104; 104; 104
1,050; 1,075; 106; 106; 106; 106
1,075; 1,100; 109; 109; 109; 109
1,100; 1,125; 111; 111; 111; 111
1,125; 1,150; 114; 114; 114; 114
1,150; 1,175; 116; 116; 116; 116
1,175; 1,200; 119; 119; 119; 119
1,200; 1,225; 121; 121; 121; 121
1,225; 1,250; 124; 124; 124; 124
1,250; 1,275; 126; 126; 126; 126
1,275; 1,300; 129; 129; 129; 129
1,300; 1,325; 131; 131; 131; 131
1,325; 1,350; 134; 134; 134; 134
1,350; 1,375; 136; 136; 136; 136
1,375; 1,400; 139; 139; 139; 139
1,400; 1,425; 141; 141; 141; 141
1,425; 1,450; 144; 144; 144; 144
1,450; 1,475; 146; 146; 146; 146
1,475; 1,500; 149; 149; 149; 149
1,500; 1,525; 151; 151; 151; 151
1,525; 1,550; 154; 154; 154; 154
1,550; 1,575; 156; 156; 156; 156
1,575; 1,600; 159; 159; 159; 159
1,600; 1,625; 161; 161; 161; 161
1,625; 1,650; 164; 164; 164; 164
1,650; 1,675; 166; 166; 166; 166
1,675; 1,700; 169; 169; 169; 169
1,700; 1,725; 171; 171; 171; 171
1,725; 1,750; 174; 174; 174; 174
1,750; 1,775; 176; 176; 176; 176
1,775; 1,800; 179; 179; 179; 179
1,800; 1,825; 181; 181; 181; 181
1,825; 1,850; 184; 184; 184; 184
1,850; 1,875; 186; 186; 186; 186
1,875; 1,900; 189; 189; 189; 189
1,900; 1,925; 191; 191; 191; 191
1,925; 1,950; 194; 194; 194; 194
1,950; 1,975; 196; 196; 196; 196
1,975; 2,000; 199; 199; 199; 199

2,000

Si la línea 15 (ingreso tributable) es: Al menos; Pero menos de; Y usted es: Soltero Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración conjunta* Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración por separado Su impuesto es:; Cabeza de familia Su impuesto es:
2,000; 2,025; 201; 201; 201; 201
2,025; 2,050; 204; 204; 204; 204
2,050; 2,075; 206; 206; 206; 206
2,075; 2,100; 209; 209; 209; 209
2,100; 2,125; 211; 211; 211; 211
2,125; 2,150; 214; 214; 214; 214
2,150; 2,175; 216; 216; 216; 216
2,175; 2,200; 219; 219; 219; 219
2,200; 2,225; 221; 221; 221; 221
2,225; 2,250; 224; 224; 224; 224
2,250; 2,275; 226; 226; 226; 226
2,275; 2,300; 229; 229; 229; 229
2,300; 2,325; 231; 231; 231; 231
2,325; 2,350; 234; 234; 234; 234
2,350; 2,375; 236; 236; 236; 236
2,375; 2,400; 239; 239; 239; 239
2,400; 2,425; 241; 241; 241; 241
2,425; 2,450; 244; 244; 244; 244
2,450; 2,475; 246; 246; 246; 246
2,475; 2,500; 249; 249; 249; 249
2,500; 2,525; 251; 251; 251; 251
2,525; 2,550; 254; 254; 254; 254
2,550; 2,575; 256; 256; 256; 256
2,575; 2,600; 259; 259; 259; 259
2,600; 2,625; 261; 261; 261; 261
2,625; 2,650; 264; 264; 264; 264
2,650; 2,675; 266; 266; 266; 266
2,675; 2,700; 269; 269; 269; 269
2,700; 2,725; 271; 271; 271; 271
2,725; 2,750; 274; 274; 274; 274
2,750; 2,775; 276; 276; 276; 276
2,775; 2,800; 279; 279; 279; 279
2,800; 2,825; 281; 281; 281; 281
2,825; 2,850; 284; 284; 284; 284
2,850; 2,875; 286; 286; 286; 286
2,875; 2,900; 289; 289; 289; 289
2,900; 2,925; 291; 291; 291; 291
2,925; 2,950; 294; 294; 294; 294
2,950; 2,975; 296; 296; 296; 296
2,975; 3,000; 299; 299; 299; 299

<Page 75>

3,000

Si la línea 15 (ingreso tributable) es: Al menos; Pero menos de; Y usted es: Soltero Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración conjunta* Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración por separado Su impuesto es:; Cabeza de familia Su impuesto es:
3,000; 3,050; 303; 303; 303; 303
3,050; 3,100; 308; 308; 308; 308
3,100; 3,150; 313; 313; 313; 313
3,150; 3,200; 318; 318; 318; 318
3,200; 3,250; 323; 323; 323; 323
3,250; 3,300; 328; 328; 328; 328
3,300; 3,350; 333; 333; 333; 333
3,350; 3,400; 338; 338; 338; 338
3,400; 3,450; 343; 343; 343; 343
3,450; 3,500; 348; 348; 348; 348
3,500; 3,550; 353; 353; 353; 353
3,550; 3,600; 358; 358; 358; 358
3,600; 3,650; 363; 363; 363; 363
3,650; 3,700; 368; 368; 368; 368
3,700; 3,750; 373; 373; 373; 373
3,750; 3,800; 378; 378; 378; 378
3,800; 3,850; 383; 383; 383; 383
3,850; 3,900; 388; 388; 388; 388
3,900; 3,950; 393; 393; 393; 393
3,950; 4,000; 398; 398; 398; 398

4,000

Si la línea 15 (ingreso tributable) es: Al menos; Pero menos de; Y usted es: Soltero Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración conjunta* Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración por separado Su impuesto es:; Cabeza de familia Su impuesto es:
4,000; 4,050; 403; 403; 403; 403
4,050; 4,100; 408; 408; 408; 408
4,100; 4,150; 413; 413; 413; 413
4,150; 4,200; 418; 418; 418; 418
4,200; 4,250; 423; 423; 423; 423
4,250; 4,300; 428; 428; 428; 428
4,300; 4,350; 433; 433; 433; 433
4,350; 4,400; 438; 438; 438; 438
4,400; 4,450; 443; 443; 443; 443
4,450; 4,500; 448; 448; 448; 448
4,500; 4,550; 453; 453; 453; 453
4,550; 4,600; 458; 458; 458; 458
4,600; 4,650; 463; 463; 463; 463
4,650; 4,700; 468; 468; 468; 468
4,700; 4,750; 473; 473; 473; 473
4,750; 4,800; 478; 478; 478; 478
4,800; 4,850; 483; 483; 483; 483
4,850; 4,900; 488; 488; 488; 488
4,900; 4,950; 493; 493; 493; 493
4,950; 5,000; 498; 498; 498; 498

5,000

Si la línea 15 (ingreso tributable) es: Al menos; Pero menos de; Y usted es: Soltero Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración conjunta* Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración por separado Su impuesto es:; Cabeza de familia Su impuesto es:
5,000; 5,050; 503; 503; 503; 503
5,050; 5,100; 508; 508; 508; 508
5,100; 5,150; 513; 513; 513; 513
5,150; 5,200; 518; 518; 518; 518
5,200; 5,250; 523; 523; 523; 523
5,250; 5,300; 528; 528; 528; 528
5,300; 5,350; 533; 533; 533; 533
5,350; 5,400; 538; 538; 538; 538
5,400; 5,450; 543; 543; 543; 543
5,450; 5,500; 548; 548; 548; 548
5,500; 5,550; 553; 553; 553; 553
5,550; 5,600; 558; 558; 558; 558
5,600; 5,650; 563; 563; 563; 563
5,650; 5,700; 568; 568; 568; 568
5,700; 5,750; 573; 573; 573; 573
5,750; 5,800; 578; 578; 578; 578
5,800; 5,850; 583; 583; 583; 583
5,850; 5,900; 588; 588; 588; 588
5,900; 5,950; 593; 593; 593; 593
5,950; 6,000; 598; 598; 598; 598

6,000

Si la línea 15 (ingreso tributable) es: Al menos; Pero menos de; Y usted es: Soltero Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración conjunta* Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración por separado Su impuesto es:; Cabeza de familia Su impuesto es:
6,000; 6,050; 603; 603; 603; 603
6,050; 6,100; 608; 608; 608; 608
6,100; 6,150; 613; 613; 613; 613
6,150; 6,200; 618; 618; 618; 618
6,200; 6,250; 623; 623; 623; 623
6,250; 6,300; 628; 628; 628; 628
6,300; 6,350; 633; 633; 633; 633
6,350; 6,400; 638; 638; 638; 638
6,400; 6,450; 643; 643; 643; 643
6,450; 6,500; 648; 648; 648; 648
6,500; 6,550; 653; 653; 653; 653
6,550; 6,600; 658; 658; 658; 658
6,600; 6,650; 663; 663; 663; 663
6,650; 6,700; 668; 668; 668; 668
6,700; 6,750; 673; 673; 673; 673
6,750; 6,800; 678; 678; 678; 678
6,800; 6,850; 683; 683; 683; 683
6,850; 6,900; 688; 688; 688; 688
6,900; 6,950; 693; 693; 693; 693
6,950; 7,000; 698; 698; 698; 698

7,000

Si la línea 15 (ingreso tributable) es: Al menos; Pero menos de; Y usted es: Soltero Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración conjunta* Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración por separado Su impuesto es:; Cabeza de familia Su impuesto es:
7,000; 7,050; 703; 703; 703; 703
7,050; 7,100; 708; 708; 708; 708
7,100; 7,150; 713; 713; 713; 713
7,150; 7,200; 718; 718; 718; 718
7,200; 7,250; 723; 723; 723; 723
7,250; 7,300; 728; 728; 728; 728
7,300; 7,350; 733; 733; 733; 733
7,350; 7,400; 738; 738; 738; 738
7,400; 7,450; 743; 743; 743; 743
7,450; 7,500; 748; 748; 748; 748
7,500; 7,550; 753; 753; 753; 753
7,550; 7,600; 758; 758; 758; 758
7,600; 7,650; 763; 763; 763; 763
7,650; 7,700; 768; 768; 768; 768
7,700; 7,750; 773; 773; 773; 773
7,750; 7,800; 778; 778; 778; 778
7,800; 7,850; 783; 783; 783; 783
7,850; 7,900; 788; 788; 788; 788
7,900; 7,950; 793; 793; 793; 793
7,950; 8,000; 798; 798; 798; 798

8,000

Si la línea 15 (ingreso tributable) es: Al menos; Pero menos de; Y usted es: Soltero Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración conjunta* Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración por separado Su impuesto es:; Cabeza de familia Su impuesto es:
8,000; 8,050; 803; 803; 803; 803
8,050; 8,100; 808; 808; 808; 808
8,100; 8,150; 813; 813; 813; 813
8,150; 8,200; 818; 818; 818; 818
8,200; 8,250; 823; 823; 823; 823
8,250; 8,300; 828; 828; 828; 828
8,300; 8,350; 833; 833; 833; 833
8,350; 8,400; 838; 838; 838; 838
8,400; 8,450; 843; 843; 843; 843
8,450; 8,500; 848; 848; 848; 848
8,500; 8,550; 853; 853; 853; 853
8,550; 8,600; 858; 858; 858; 858
8,600; 8,650; 863; 863; 863; 863
8,650; 8,700; 868; 868; 868; 868
8,700; 8,750; 873; 873; 873; 873
8,750; 8,800; 878; 878; 878; 878
8,800; 8,850; 883; 883; 883; 883
8,850; 8,900; 888; 888; 888; 888
8,900; 8,950; 893; 893; 893; 893
8,950; 9,000; 898; 898; 898; 898

9,000

Si la línea 15 (ingreso tributable) es: Al menos; Pero menos de; Y usted es: Soltero Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración conjunta* Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración por separado Su impuesto es:; Cabeza de familia Su impuesto es:
9,000; 9,050; 903; 903; 903; 903
9,050; 9,100; 908; 908; 908; 908
9,100; 9,150; 913; 913; 913; 913
9,150; 9,200; 918; 918; 918; 918
9,200; 9,250; 923; 923; 923; 923
9,250; 9,300; 928; 928; 928; 928
9,300; 9,350; 933; 933; 933; 933
9,350; 9,400; 938; 938; 938; 938
9,400; 9,450; 943; 943; 943; 943
9,450; 9,500; 948; 948; 948; 948
9,500; 9,550; 953; 953; 953; 953
9,550; 9,600; 958; 958; 958; 958
9,600; 9,650; 963; 963; 963; 963
9,650; 9,700; 968; 968; 968; 968
9,700; 9,750; 973; 973; 973; 973
9,750; 9,800; 978; 978; 978; 978
9,800; 9,850; 983; 983; 983; 983
9,850; 9,900; 988; 988; 988; 988
9,900; 9,950; 993; 993; 993; 993
9,950; 10,000; 998; 998; 998; 998

10,000

Si la línea 15 (ingreso tributable) es: Al menos; Pero menos de; Y usted es: Soltero Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración conjunta* Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración por separado Su impuesto es:; Cabeza de familia Su impuesto es:
10,000; 10,050; 1,003; 1,003; 1,003; 1,003
10,050; 10,100; 1,008; 1,008; 1,008; 1,008
10,100; 10,150; 1,013; 1,013; 1,013; 1,013
10,150; 10,200; 1,018; 1,018; 1,018; 1,018
10,200; 10,250; 1,023; 1,023; 1,023; 1,023
10,250; 10,300; 1,028; 1,028; 1,028; 1,028
10,300; 10,350; 1,033; 1,033; 1,033; 1,033
10,350; 10,400; 1,038; 1,038; 1,038; 1,038
10,400; 10,450; 1,043; 1,043; 1,043; 1,043
10,450; 10,500; 1,048; 1,048; 1,048; 1,048
10,500; 10,550; 1,053; 1,053; 1,053; 1,053
10,550; 10,600; 1,058; 1,058; 1,058; 1,058
10,600; 10,650; 1,063; 1,063; 1,063; 1,063
10,650; 10,700; 1,068; 1,068; 1,068; 1,068
10,700; 10,750; 1,073; 1,073; 1,073; 1,073
10,750; 10,800; 1,078; 1,078; 1,078; 1,078
10,800; 10,850; 1,083; 1,083; 1,083; 1,083
10,850; 10,900; 1,088; 1,088; 1,088; 1,088
10,900; 10,950; 1,093; 1,093; 1,093; 1,093
10,950; 11,000; 1,098; 1,098; 1,098; 1,098

11,000

Si la línea 15 (ingreso tributable) es: Al menos; Pero menos de; Y usted es: Soltero Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración conjunta* Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración por separado Su impuesto es:; Cabeza de familia Su impuesto es:
11,000; 11,050; 1,103; 1,103; 1,103; 1,103
11,050; 11,100; 1,108; 1,108; 1,108; 1,108
11,100; 11,150; 1,113; 1,113; 1,113; 1,113
11,150; 11,200; 1,118; 1,118; 1,118; 1,118
11,200; 11,250; 1,123; 1,123; 1,123; 1,123
11,250; 11,300; 1,128; 1,128; 1,128; 1,128
11,300; 11,350; 1,133; 1,133; 1,133; 1,133
11,350; 11,400; 1,138; 1,138; 1,138; 1,138
11,400; 11,450; 1,143; 1,143; 1,143; 1,143
11,450; 11,500; 1,148; 1,148; 1,148; 1,148
11,500; 11,550; 1,153; 1,153; 1,153; 1,153
11,550; 11,600; 1,158; 1,158; 1,158; 1,158
11,600; 11,650; 1,163; 1,163; 1,163; 1,163
11,650; 11,700; 1,169; 1,168; 1,169; 1,168
11,700; 11,750; 1,175; 1,173; 1,175; 1,173
11,750; 11,800; 1,181; 1,178; 1,181; 1,178
11,800; 11,850; 1,187; 1,183; 1,187; 1,183
11,850; 11,900; 1,193; 1,188; 1,193; 1,188
11,900; 11,950; 1,199; 1,193; 1,199; 1,193
11,950; 12,000; 1,205; 1,198; 1,205; 1,198

<Page 76>

12,000

Si la línea 15 (ingreso tributable) es: Al menos; Pero menos de; Y usted es: Soltero Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración conjunta* Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración por separado Su impuesto es:; Cabeza de familia Su impuesto es:
12,000; 12,050; 1,211; 1,203; 1,211; 1,203
12,050; 12,100; 1,217; 1,208; 1,217; 1,208
12,100; 12,150; 1,223; 1,213; 1,223; 1,213
12,150; 12,200; 1,229; 1,218; 1,229; 1,218
12,200; 12,250; 1,235; 1,223; 1,235; 1,223
12,250; 12,300; 1,241; 1,228; 1,241; 1,228
12,300; 12,350; 1,247; 1,233; 1,247; 1,233
12,350; 12,400; 1,253; 1,238; 1,253; 1,238
12,400; 12,450; 1,259; 1,243; 1,259; 1,243
12,450; 12,500; 1,265; 1,248; 1,265; 1,248
12,500; 12,550; 1,271; 1,253; 1,271; 1,253
12,550; 12,600; 1,277; 1,258; 1,277; 1,258
12,600; 12,650; 1,283; 1,263; 1,283; 1,263
12,650; 12,700; 1,289; 1,268; 1,289; 1,268
12,700; 12,750; 1,295; 1,273; 1,295; 1,273
12,750; 12,800; 1,301; 1,278; 1,301; 1,278
12,800; 12,850; 1,307; 1,283; 1,307; 1,283
12,850; 12,900; 1,313; 1,288; 1,313; 1,288
12,900; 12,950; 1,319; 1,293; 1,319; 1,293
12,950; 13,000; 1,325; 1,298; 1,325; 1,298

13,000

Si la línea 15 (ingreso tributable) es: Al menos; Pero menos de; Y usted es: Soltero Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración conjunta* Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración por separado Su impuesto es:; Cabeza de familia Su impuesto es:
13,000; 13,050; 1,331; 1,303; 1,331; 1,303
13,050; 13,100; 1,337; 1,308; 1,337; 1,308
13,100; 13,150; 1,343; 1,313; 1,343; 1,313
13,150; 13,200; 1,349; 1,318; 1,349; 1,318
13,200; 13,250; 1,355; 1,323; 1,355; 1,323
13,250; 13,300; 1,361; 1,328; 1,361; 1,328
13,300; 13,350; 1,367; 1,333; 1,367; 1,333
13,350; 13,400; 1,373; 1,338; 1,373; 1,338
13,400; 13,450; 1,379; 1,343; 1,379; 1,343
13,450; 13,500; 1,385; 1,348; 1,385; 1,348
13,500; 13,550; 1,391; 1,353; 1,391; 1,353
13,550; 13,600; 1,397; 1,358; 1,397; 1,358
13,600; 13,650; 1,403; 1,363; 1,403; 1,363
13,650; 13,700; 1,409; 1,368; 1,409; 1,368
13,700; 13,750; 1,415; 1,373; 1,415; 1,373
13,750; 13,800; 1,421; 1,378; 1,421; 1,378
13,800; 13,850; 1,427; 1,383; 1,427; 1,383
13,850; 13,900; 1,433; 1,388; 1,433; 1,388
13,900; 13,950; 1,439; 1,393; 1,439; 1,393
13,950; 14,000; 1,445; 1,398; 1,445; 1,398

14,000

Si la línea 15 (ingreso tributable) es: Al menos; Pero menos de; Y usted es: Soltero Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración conjunta* Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración por separado Su impuesto es:; Cabeza de familia Su impuesto es:
14,000; 14,050; 1,451; 1,403; 1,451; 1,403
14,050; 14,100; 1,457; 1,408; 1,457; 1,408
14,100; 14,150; 1,463; 1,413; 1,463; 1,413
14,150; 14,200; 1,469; 1,418; 1,469; 1,418
14,200; 14,250; 1,475; 1,423; 1,475; 1,423
14,250; 14,300; 1,481; 1,428; 1,481; 1,428
14,300; 14,350; 1,487; 1,433; 1,487; 1,433
14,350; 14,400; 1,493; 1,438; 1,493; 1,438
14,400; 14,450; 1,499; 1,443; 1,499; 1,443
14,450; 14,500; 1,505; 1,448; 1,505; 1,448
14,500; 14,550; 1,511; 1,453; 1,511; 1,453
14,550; 14,600; 1,517; 1,458; 1,517; 1,458
14,600; 14,650; 1,523; 1,463; 1,523; 1,463
14,650; 14,700; 1,529; 1,468; 1,529; 1,468
14,700; 14,750; 1,535; 1,473; 1,535; 1,473
14,750; 14,800; 1,541; 1,478; 1,541; 1,478
14,800; 14,850; 1,547; 1,483; 1,547; 1,483
14,850; 14,900; 1,553; 1,488; 1,553; 1,488
14,900; 14,950; 1,559; 1,493; 1,559; 1,493
14,950; 15,000; 1,565; 1,498; 1,565; 1,498

15,000

Si la línea 15 (ingreso tributable) es: Al menos; Pero menos de; Y usted es: Soltero Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración conjunta* Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración por separado Su impuesto es:; Cabeza de familia Su impuesto es:
15,000; 15,050; 1,571; 1,503; 1,571; 1,503
15,050; 15,100; 1,577; 1,508; 1,577; 1,508
15,100; 15,150; 1,583; 1,513; 1,583; 1,513
15,150; 15,200; 1,589; 1,518; 1,589; 1,518
15,200; 15,250; 1,595; 1,523; 1,595; 1,523
15,250; 15,300; 1,601; 1,528; 1,601; 1,528
15,300; 15,350; 1,607; 1,533; 1,607; 1,533
15,350; 15,400; 1,613; 1,538; 1,613; 1,538
15,400; 15,450; 1,619; 1,543; 1,619; 1,543
15,450; 15,500; 1,625; 1,548; 1,625; 1,548
15,500; 15,550; 1,631; 1,553; 1,631; 1,553
15,550; 15,600; 1,637; 1,558; 1,637; 1,558
15,600; 15,650; 1,643; 1,563; 1,643; 1,563
15,650; 15,700; 1,649; 1,568; 1,649; 1,568
15,700; 15,750; 1,655; 1,573; 1,655; 1,573
15,750; 15,800; 1,661; 1,578; 1,661; 1,578
15,800; 15,850; 1,667; 1,583; 1,667; 1,583
15,850; 15,900; 1,673; 1,588; 1,673; 1,588
15,900; 15,950; 1,679; 1,593; 1,679; 1,593
15,950; 16,000; 1,685; 1,598; 1,685; 1,598

16,000

Si la línea 15 (ingreso tributable) es: Al menos; Pero menos de; Y usted es: Soltero Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración conjunta* Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración por separado Su impuesto es:; Cabeza de familia Su impuesto es:
16,000; 16,050; 1,691; 1,603; 1,691; 1,603
16,050; 16,100; 1,697; 1,608; 1,697; 1,608
16,100; 16,150; 1,703; 1,613; 1,703; 1,613
16,150; 16,200; 1,709; 1,618; 1,709; 1,618
16,200; 16,250; 1,715; 1,623; 1,715; 1,623
16,250; 16,300; 1,721; 1,628; 1,721; 1,628
16,300; 16,350; 1,727; 1,633; 1,727; 1,633
16,350; 16,400; 1,733; 1,638; 1,733; 1,638
16,400; 16,450; 1,739; 1,643; 1,739; 1,643
16,450; 16,500; 1,745; 1,648; 1,745; 1,648
16,500; 16,550; 1,751; 1,653; 1,751; 1,653
16,550; 16,600; 1,757; 1,658; 1,757; 1,658
16,600; 16,650; 1,763; 1,663; 1,763; 1,664
16,650; 16,700; 1,769; 1,668; 1,769; 1,670
16,700; 16,750; 1,775; 1,673; 1,775; 1,676
16,750; 16,800; 1,781; 1,678; 1,781; 1,682
16,800; 16,850; 1,787; 1,683; 1,787; 1,688
16,850; 16,900; 1,793; 1,688; 1,793; 1,694
16,900; 16,950; 1,799; 1,693; 1,799; 1,700
16,950; 17,000; 1,805; 1,698; 1,805; 1,706

17,000

Si la línea 15 (ingreso tributable) es: Al menos; Pero menos de; Y usted es: Soltero Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración conjunta* Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración por separado Su impuesto es:; Cabeza de familia Su impuesto es:
17,000; 17,050; 1,811; 1,703; 1,811; 1,712
17,050; 17,100; 1,817; 1,708; 1,817; 1,718
17,100; 17,150; 1,823; 1,713; 1,823; 1,724
17,150; 17,200; 1,829; 1,718; 1,829; 1,730
17,200; 17,250; 1,835; 1,723; 1,835; 1,736
17,250; 17,300; 1,841; 1,728; 1,841; 1,742
17,300; 17,350; 1,847; 1,733; 1,847; 1,748
17,350; 17,400; 1,853; 1,738; 1,853; 1,754
17,400; 17,450; 1,859; 1,743; 1,859; 1,760
17,450; 17,500; 1,865; 1,748; 1,865; 1,766
17,500; 17,550; 1,871; 1,753; 1,871; 1,772
17,550; 17,600; 1,877; 1,758; 1,877; 1,778
17,600; 17,650; 1,883; 1,763; 1,883; 1,784
17,650; 17,700; 1,889; 1,768; 1,889; 1,790
17,700; 17,750; 1,895; 1,773; 1,895; 1,796
17,750; 17,800; 1,901; 1,778; 1,901; 1,802
17,800; 17,850; 1,907; 1,783; 1,907; 1,808
17,850; 17,900; 1,913; 1,788; 1,913; 1,814
17,900; 17,950; 1,919; 1,793; 1,919; 1,820
17,950; 18,000; 1,925; 1,798; 1,925; 1,826

18,000

Si la línea 15 (ingreso tributable) es: Al menos; Pero menos de; Y usted es: Soltero Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración conjunta* Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración por separado Su impuesto es:; Cabeza de familia Su impuesto es:
18,000; 18,050; 1,931; 1,803; 1,931; 1,832
18,050; 18,100; 1,937; 1,808; 1,937; 1,838
18,100; 18,150; 1,943; 1,813; 1,943; 1,844
18,150; 18,200; 1,949; 1,818; 1,949; 1,850
18,200; 18,250; 1,955; 1,823; 1,955; 1,856
18,250; 18,300; 1,961; 1,828; 1,961; 1,862
18,300; 18,350; 1,967; 1,833; 1,967; 1,868
18,350; 18,400; 1,973; 1,838; 1,973; 1,874
18,400; 18,450; 1,979; 1,843; 1,979; 1,880
18,450; 18,500; 1,985; 1,848; 1,985; 1,886
18,500; 18,550; 1,991; 1,853; 1,991; 1,892
18,550; 18,600; 1,997; 1,858; 1,997; 1,898
18,600; 18,650; 2,003; 1,863; 2,003; 1,904
18,650; 18,700; 2,009; 1,868; 2,009; 1,910
18,700; 18,750; 2,015; 1,873; 2,015; 1,916
18,750; 18,800; 2,021; 1,878; 2,021; 1,922
18,800; 18,850; 2,027; 1,883; 2,027; 1,928
18,850; 18,900; 2,033; 1,888; 2,033; 1,934
18,900; 18,950; 2,039; 1,893; 2,039; 1,940
18,950; 19,000; 2,045; 1,898; 2,045; 1,946

19,000

Si la línea 15 (ingreso tributable) es: Al menos; Pero menos de; Y usted es: Soltero Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración conjunta* Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración por separado Su impuesto es:; Cabeza de familia Su impuesto es:
19,000; 19,050; 2,051; 1,903; 2,051; 1,952
19,050; 19,100; 2,057; 1,908; 2,057; 1,958
19,100; 19,150; 2,063; 1,913; 2,063; 1,964
19,150; 19,200; 2,069; 1,918; 2,069; 1,970
19,200; 19,250; 2,075; 1,923; 2,075; 1,976
19,250; 19,300; 2,081; 1,928; 2,081; 1,982
19,300; 19,350; 2,087; 1,933; 2,087; 1,988
19,350; 19,400; 2,093; 1,938; 2,093; 1,994
19,400; 19,450; 2,099; 1,943; 2,099; 2,000
19,450; 19,500; 2,105; 1,948; 2,105; 2,006
19,500; 19,550; 2,111; 1,953; 2,111; 2,012
19,550; 19,600; 2,117; 1,958; 2,117; 2,018
19,600; 19,650; 2,123; 1,963; 2,123; 2,024
19,650; 19,700; 2,129; 1,968; 2,129; 2,030
19,700; 19,750; 2,135; 1,973; 2,135; 2,036
19,750; 19,800; 2,141; 1,978; 2,141; 2,042
19,800; 19,850; 2,147; 1,983; 2,147; 2,048
19,850; 19,900; 2,153; 1,988; 2,153; 2,054
19,900; 19,950; 2,159; 1,993; 2,159; 2,060
19,950; 20,000; 2,165; 1,998; 2,165; 2,066

20,000

Si la línea 15 (ingreso tributable) es: Al menos; Pero menos de; Y usted es: Soltero Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración conjunta* Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración por separado Su impuesto es:; Cabeza de familia Su impuesto es:
20,000; 20,050; 2,171; 2,003; 2,171; 2,072
20,050; 20,100; 2,177; 2,008; 2,177; 2,078
20,100; 20,150; 2,183; 2,013; 2,183; 2,084
20,150; 20,200; 2,189; 2,018; 2,189; 2,090
20,200; 20,250; 2,195; 2,023; 2,195; 2,096
20,250; 20,300; 2,201; 2,028; 2,201; 2,102
20,300; 20,350; 2,207; 2,033; 2,207; 2,108
20,350; 20,400; 2,213; 2,038; 2,213; 2,114
20,400; 20,450; 2,219; 2,043; 2,219; 2,120
20,450; 20,500; 2,225; 2,048; 2,225; 2,126
20,500; 20,550; 2,231; 2,053; 2,231; 2,132
20,550; 20,600; 2,237; 2,058; 2,237; 2,138
20,600; 20,650; 2,243; 2,063; 2,243; 2,144
20,650; 20,700; 2,249; 2,068; 2,249; 2,150
20,700; 20,750; 2,255; 2,073; 2,255; 2,156
20,750; 20,800; 2,261; 2,078; 2,261; 2,162
20,800; 20,850; 2,267; 2,083; 2,267; 2,168
20,850; 20,900; 2,273; 2,088; 2,273; 2,174
20,900; 20,950; 2,279; 2,093; 2,279; 2,180
20,950; 21,000; 2,285; 2,098; 2,285; 2,186

<Page 77>

21,000

Si la línea 15 (ingreso tributable) es: Al menos; Pero menos de; Y usted es: Soltero Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración conjunta* Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración por separado Su impuesto es:; Cabeza de familia Su impuesto es:
21,000; 21,050; 2,291; 2,103; 2,291; 2,192
21,050; 21,100; 2,297; 2,108; 2,297; 2,198
21,100; 21,150; 2,303; 2,113; 2,303; 2,204
21,150; 21,200; 2,309; 2,118; 2,309; 2,210
21,200; 21,250; 2,315; 2,123; 2,315; 2,216
21,250; 21,300; 2,321; 2,128; 2,321; 2,222
21,300; 21,350; 2,327; 2,133; 2,327; 2,228
21,350; 21,400; 2,333; 2,138; 2,333; 2,234
21,400; 21,450; 2,339; 2,143; 2,339; 2,240
21,450; 21,500; 2,345; 2,148; 2,345; 2,246
21,500; 21,550; 2,351; 2,153; 2,351; 2,252
21,550; 21,600; 2,357; 2,158; 2,357; 2,258
21,600; 21,650; 2,363; 2,163; 2,363; 2,264
21,650; 21,700; 2,369; 2,168; 2,369; 2,270
21,700; 21,750; 2,375; 2,173; 2,375; 2,276
21,750; 21,800; 2,381; 2,178; 2,381; 2,282
21,800; 21,850; 2,387; 2,183; 2,387; 2,288
21,850; 21,900; 2,393; 2,188; 2,393; 2,294
21,900; 21,950; 2,399; 2,193; 2,399; 2,300
21,950; 22,000; 2,405; 2,198; 2,405; 2,306

22,000

Si la línea 15 (ingreso tributable) es: Al menos; Pero menos de; Y usted es: Soltero Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración conjunta* Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración por separado Su impuesto es:; Cabeza de familia Su impuesto es:
22,000; 22,050; 2,411; 2,203; 2,411; 2,312
22,050; 22,100; 2,417; 2,208; 2,417; 2,318
22,100; 22,150; 2,423; 2,213; 2,423; 2,324
22,150; 22,200; 2,429; 2,218; 2,429; 2,330
22,200; 22,250; 2,435; 2,223; 2,435; 2,336
22,250; 22,300; 2,441; 2,228; 2,441; 2,342
22,300; 22,350; 2,447; 2,233; 2,447; 2,348
22,350; 22,400; 2,453; 2,238; 2,453; 2,354
22,400; 22,450; 2,459; 2,243; 2,459; 2,360
22,450; 22,500; 2,465; 2,248; 2,465; 2,366
22,500; 22,550; 2,471; 2,253; 2,471; 2,372
22,550; 22,600; 2,477; 2,258; 2,477; 2,378
22,600; 22,650; 2,483; 2,263; 2,483; 2,384
22,650; 22,700; 2,489; 2,268; 2,489; 2,390
22,700; 22,750; 2,495; 2,273; 2,495; 2,396
22,750; 22,800; 2,501; 2,278; 2,501; 2,402
22,800; 22,850; 2,507; 2,283; 2,507; 2,408
22,850; 22,900; 2,513; 2,288; 2,513; 2,414
22,900; 22,950; 2,519; 2,293; 2,519; 2,420
22,950; 23,000; 2,525; 2,298; 2,525; 2,426

23,000

Si la línea 15 (ingreso tributable) es: Al menos; Pero menos de; Y usted es: Soltero Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración conjunta* Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración por separado Su impuesto es:; Cabeza de familia Su impuesto es:
23,000; 23,050; 2,531; 2,303; 2,531; 2,432
23,050; 23,100; 2,537; 2,308; 2,537; 2,438
23,100; 23,150; 2,543; 2,313; 2,543; 2,444
23,150; 23,200; 2,549; 2,318; 2,549; 2,450
23,200; 23,250; 2,555; 2,323; 2,555; 2,456
23,250; 23,300; 2,561; 2,329; 2,561; 2,462
23,300; 23,350; 2,567; 2,335; 2,567; 2,468
23,350; 23,400; 2,573; 2,341; 2,573; 2,474
23,400; 23,450; 2,579; 2,347; 2,579; 2,480
23,450; 23,500; 2,585; 2,353; 2,585; 2,486
23,500; 23,550; 2,591; 2,359; 2,591; 2,492
23,550; 23,600; 2,597; 2,365; 2,597; 2,498
23,600; 23,650; 2,603; 2,371; 2,603; 2,504
23,650; 23,700; 2,609; 2,377; 2,609; 2,510
23,700; 23,750; 2,615; 2,383; 2,615; 2,516
23,750; 23,800; 2,621; 2,389; 2,621; 2,522
23,800; 23,850; 2,627; 2,395; 2,627; 2,528
23,850; 23,900; 2,633; 2,401; 2,633; 2,534
23,900; 23,950; 2,639; 2,407; 2,639; 2,540
23,950; 24,000; 2,645; 2,413; 2,645; 2,546

24,000

Si la línea 15 (ingreso tributable) es: Al menos; Pero menos de; Y usted es: Soltero Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración conjunta* Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración por separado Su impuesto es:; Cabeza de familia Su impuesto es:
24,000; 24,050; 2,651; 2,419; 2,651; 2,552
24,050; 24,100; 2,657; 2,425; 2,657; 2,558
24,100; 24,150; 2,663; 2,431; 2,663; 2,564
24,150; 24,200; 2,669; 2,437; 2,669; 2,570
24,200; 24,250; 2,675; 2,443; 2,675; 2,576
24,250; 24,300; 2,681; 2,449; 2,681; 2,582
24,300; 24,350; 2,687; 2,455; 2,687; 2,588
24,350; 24,400; 2,693; 2,461; 2,693; 2,594
24,400; 24,450; 2,699; 2,467; 2,699; 2,600
24,450; 24,500; 2,705; 2,473; 2,705; 2,606
24,500; 24,550; 2,711; 2,479; 2,711; 2,612
24,550; 24,600; 2,717; 2,485; 2,717; 2,618
24,600; 24,650; 2,723; 2,491; 2,723; 2,624
24,650; 24,700; 2,729; 2,497; 2,729; 2,630
24,700; 24,750; 2,735; 2,503; 2,735; 2,636
24,750; 24,800; 2,741; 2,509; 2,741; 2,642
24,800; 24,850; 2,747; 2,515; 2,747; 2,648
24,850; 24,900; 2,753; 2,521; 2,753; 2,654
24,900; 24,950; 2,759; 2,527; 2,759; 2,660
24,950; 25,000; 2,765; 2,533; 2,765; 2,666

25,000

Si la línea 15 (ingreso tributable) es: Al menos; Pero menos de; Y usted es: Soltero Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración conjunta* Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración por separado Su impuesto es:; Cabeza de familia Su impuesto es:
25,000; 25,050; 2,771; 2,539; 2,771; 2,672
25,050; 25,100; 2,777; 2,545; 2,777; 2,678
25,100; 25,150; 2,783; 2,551; 2,783; 2,684
25,150; 25,200; 2,789; 2,557; 2,789; 2,690
25,200; 25,250; 2,795; 2,563; 2,795; 2,696
25,250; 25,300; 2,801; 2,569; 2,801; 2,702
25,300; 25,350; 2,807; 2,575; 2,807; 2,708
25,350; 25,400; 2,813; 2,581; 2,813; 2,714
25,400; 25,450; 2,819; 2,587; 2,819; 2,720
25,450; 25,500; 2,825; 2,593; 2,825; 2,726
25,500; 25,550; 2,831; 2,599; 2,831; 2,732
25,550; 25,600; 2,837; 2,605; 2,837; 2,738
25,600; 25,650; 2,843; 2,611; 2,843; 2,744
25,650; 25,700; 2,849; 2,617; 2,849; 2,750
25,700; 25,750; 2,855; 2,623; 2,855; 2,756
25,750; 25,800; 2,861; 2,629; 2,861; 2,762
25,800; 25,850; 2,867; 2,635; 2,867; 2,768
25,850; 25,900; 2,873; 2,641; 2,873; 2,774
25,900; 25,950; 2,879; 2,647; 2,879; 2,780
25,950; 26,000; 2,885; 2,653; 2,885; 2,786

26,000

Si la línea 15 (ingreso tributable) es: Al menos; Pero menos de; Y usted es: Soltero Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración conjunta* Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración por separado Su impuesto es:; Cabeza de familia Su impuesto es:
26,000; 26,050; 2,891; 2,659; 2,891; 2,792
26,050; 26,100; 2,897; 2,665; 2,897; 2,798
26,100; 26,150; 2,903; 2,671; 2,903; 2,804
26,150; 26,200; 2,909; 2,677; 2,909; 2,810
26,200; 26,250; 2,915; 2,683; 2,915; 2,816
26,250; 26,300; 2,921; 2,689; 2,921; 2,822
26,300; 26,350; 2,927; 2,695; 2,927; 2,828
26,350; 26,400; 2,933; 2,701; 2,933; 2,834
26,400; 26,450; 2,939; 2,707; 2,939; 2,840
26,450; 26,500; 2,945; 2,713; 2,945; 2,846
26,500; 26,550; 2,951; 2,719; 2,951; 2,852
26,550; 26,600; 2,957; 2,725; 2,957; 2,858
26,600; 26,650; 2,963; 2,731; 2,963; 2,864
26,650; 26,700; 2,969; 2,737; 2,969; 2,870
26,700; 26,750; 2,975; 2,743; 2,975; 2,876
26,750; 26,800; 2,981; 2,749; 2,981; 2,882
26,800; 26,850; 2,987; 2,755; 2,987; 2,888
26,850; 26,900; 2,993; 2,761; 2,993; 2,894
26,900; 26,950; 2,999; 2,767; 2,999; 2,900
26,950; 27,000; 3,005; 2,773; 3,005; 2,906

27,000

Si la línea 15 (ingreso tributable) es: Al menos; Pero menos de; Y usted es: Soltero Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración conjunta* Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración por separado Su impuesto es:; Cabeza de familia Su impuesto es:
27,000; 27,050; 3,011; 2,779; 3,011; 2,912
27,050; 27,100; 3,017; 2,785; 3,017; 2,918
27,100; 27,150; 3,023; 2,791; 3,023; 2,924
27,150; 27,200; 3,029; 2,797; 3,029; 2,930
27,200; 27,250; 3,035; 2,803; 3,035; 2,936
27,250; 27,300; 3,041; 2,809; 3,041; 2,942
27,300; 27,350; 3,047; 2,815; 3,047; 2,948
27,350; 27,400; 3,053; 2,821; 3,053; 2,954
27,400; 27,450; 3,059; 2,827; 3,059; 2,960
27,450; 27,500; 3,065; 2,833; 3,065; 2,966
27,500; 27,550; 3,071; 2,839; 3,071; 2,972
27,550; 27,600; 3,077; 2,845; 3,077; 2,978
27,600; 27,650; 3,083; 2,851; 3,083; 2,984
27,650; 27,700; 3,089; 2,857; 3,089; 2,990
27,700; 27,750; 3,095; 2,863; 3,095; 2,996
27,750; 27,800; 3,101; 2,869; 3,101; 3,002
27,800; 27,850; 3,107; 2,875; 3,107; 3,008
27,850; 27,900; 3,113; 2,881; 3,113; 3,014
27,900; 27,950; 3,119; 2,887; 3,119; 3,020
27,950; 28,000; 3,125; 2,893; 3,125; 3,026

28,000

Si la línea 15 (ingreso tributable) es: Al menos; Pero menos de; Y usted es: Soltero Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración conjunta* Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración por separado Su impuesto es:; Cabeza de familia Su impuesto es:
28,000; 28,050; 3,131; 2,899; 3,131; 3,032
28,050; 28,100; 3,137; 2,905; 3,137; 3,038
28,100; 28,150; 3,143; 2,911; 3,143; 3,044
28,150; 28,200; 3,149; 2,917; 3,149; 3,050
28,200; 28,250; 3,155; 2,923; 3,155; 3,056
28,250; 28,300; 3,161; 2,929; 3,161; 3,062
28,300; 28,350; 3,167; 2,935; 3,167; 3,068
28,350; 28,400; 3,173; 2,941; 3,173; 3,074
28,400; 28,450; 3,179; 2,947; 3,179; 3,080
28,450; 28,500; 3,185; 2,953; 3,185; 3,086
28,500; 28,550; 3,191; 2,959; 3,191; 3,092
28,550; 28,600; 3,197; 2,965; 3,197; 3,098
28,600; 28,650; 3,203; 2,971; 3,203; 3,104
28,650; 28,700; 3,209; 2,977; 3,209; 3,110
28,700; 28,750; 3,215; 2,983; 3,215; 3,116
28,750; 28,800; 3,221; 2,989; 3,221; 3,122
28,800; 28,850; 3,227; 2,995; 3,227; 3,128
28,850; 28,900; 3,233; 3,001; 3,233; 3,134
28,900; 28,950; 3,239; 3,007; 3,239; 3,140
28,950; 29,000; 3,245; 3,013; 3,245; 3,146

29,000

Si la línea 15 (ingreso tributable) es: Al menos; Pero menos de; Y usted es: Soltero Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración conjunta* Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración por separado Su impuesto es:; Cabeza de familia Su impuesto es:
29,000; 29,050; 3,251; 3,019; 3,251; 3,152
29,050; 29,100; 3,257; 3,025; 3,257; 3,158
29,100; 29,150; 3,263; 3,031; 3,263; 3,164
29,150; 29,200; 3,269; 3,037; 3,269; 3,170
29,200; 29,250; 3,275; 3,043; 3,275; 3,176
29,250; 29,300; 3,281; 3,049; 3,281; 3,182
29,300; 29,350; 3,287; 3,055; 3,287; 3,188
29,350; 29,400; 3,293; 3,061; 3,293; 3,194
29,400; 29,450; 3,299; 3,067; 3,299; 3,200
29,450; 29,500; 3,305; 3,073; 3,305; 3,206
29,500; 29,550; 3,311; 3,079; 3,311; 3,212
29,550; 29,600; 3,317; 3,085; 3,317; 3,218
29,600; 29,650; 3,323; 3,091; 3,323; 3,224
29,650; 29,700; 3,329; 3,097; 3,329; 3,230
29,700; 29,750; 3,335; 3,103; 3,335; 3,236
29,750; 29,800; 3,341; 3,109; 3,341; 3,242
29,800; 29,850; 3,347; 3,115; 3,347; 3,248
29,850; 29,900; 3,353; 3,121; 3,353; 3,254
29,900; 29,950; 3,359; 3,127; 3,359; 3,260
29,950; 30,000; 3,365; 3,133; 3,365; 3,266

<Page 78>

30,000

Si la línea 15 (ingreso tributable) es: Al menos; Pero menos de; Y usted es: Soltero Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración conjunta* Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración por separado Su impuesto es:; Cabeza de familia Su impuesto es:
30,000; 30,050; 3,371; 3,139; 3,371; 3,272
30,050; 30,100; 3,377; 3,145; 3,377; 3,278
30,100; 30,150; 3,383; 3,151; 3,383; 3,284
30,150; 30,200; 3,389; 3,157; 3,389; 3,290
30,200; 30,250; 3,395; 3,163; 3,395; 3,296
30,250; 30,300; 3,401; 3,169; 3,401; 3,302
30,300; 30,350; 3,407; 3,175; 3,407; 3,308
30,350; 30,400; 3,413; 3,181; 3,413; 3,314
30,400; 30,450; 3,419; 3,187; 3,419; 3,320
30,450; 30,500; 3,425; 3,193; 3,425; 3,326
30,500; 30,550; 3,431; 3,199; 3,431; 3,332
30,550; 30,600; 3,437; 3,205; 3,437; 3,338
30,600; 30,650; 3,443; 3,211; 3,443; 3,344
30,650; 30,700; 3,449; 3,217; 3,449; 3,350
30,700; 30,750; 3,455; 3,223; 3,455; 3,356
30,750; 30,800; 3,461; 3,229; 3,461; 3,362
30,800; 30,850; 3,467; 3,235; 3,467; 3,368
30,850; 30,900; 3,473; 3,241; 3,473; 3,374
30,900; 30,950; 3,479; 3,247; 3,479; 3,380
30,950; 31,000; 3,485; 3,253; 3,485; 3,386

31,000

Si la línea 15 (ingreso tributable) es: Al menos; Pero menos de; Y usted es: Soltero Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración conjunta* Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración por separado Su impuesto es:; Cabeza de familia Su impuesto es:
31,000; 31,050; 3,491; 3,259; 3,491; 3,392
31,050; 31,100; 3,497; 3,265; 3,497; 3,398
31,100; 31,150; 3,503; 3,271; 3,503; 3,404
31,150; 31,200; 3,509; 3,277; 3,509; 3,410
31,200; 31,250; 3,515; 3,283; 3,515; 3,416
31,250; 31,300; 3,521; 3,289; 3,521; 3,422
31,300; 31,350; 3,527; 3,295; 3,527; 3,428
31,350; 31,400; 3,533; 3,301; 3,533; 3,434
31,400; 31,450; 3,539; 3,307; 3,539; 3,440
31,450; 31,500; 3,545; 3,313; 3,545; 3,446
31,500; 31,550; 3,551; 3,319; 3,551; 3,452
31,550; 31,600; 3,557; 3,325; 3,557; 3,458
31,600; 31,650; 3,563; 3,331; 3,563; 3,464
31,650; 31,700; 3,569; 3,337; 3,569; 3,470
31,700; 31,750; 3,575; 3,343; 3,575; 3,476
31,750; 31,800; 3,581; 3,349; 3,581; 3,482
31,800; 31,850; 3,587; 3,355; 3,587; 3,488
31,850; 31,900; 3,593; 3,361; 3,593; 3,494
31,900; 31,950; 3,599; 3,367; 3,599; 3,500
31,950; 32,000; 3,605; 3,373; 3,605; 3,506

32,000

Si la línea 15 (ingreso tributable) es: Al menos; Pero menos de; Y usted es: Soltero Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración conjunta* Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración por separado Su impuesto es:; Cabeza de familia Su impuesto es:
32,000; 32,050; 3,611; 3,379; 3,611; 3,512
32,050; 32,100; 3,617; 3,385; 3,617; 3,518
32,100; 32,150; 3,623; 3,391; 3,623; 3,524
32,150; 32,200; 3,629; 3,397; 3,629; 3,530
32,200; 32,250; 3,635; 3,403; 3,635; 3,536
32,250; 32,300; 3,641; 3,409; 3,641; 3,542
32,300; 32,350; 3,647; 3,415; 3,647; 3,548
32,350; 32,400; 3,653; 3,421; 3,653; 3,554
32,400; 32,450; 3,659; 3,427; 3,659; 3,560
32,450; 32,500; 3,665; 3,433; 3,665; 3,566
32,500; 32,550; 3,671; 3,439; 3,671; 3,572
32,550; 32,600; 3,677; 3,445; 3,677; 3,578
32,600; 32,650; 3,683; 3,451; 3,683; 3,584
32,650; 32,700; 3,689; 3,457; 3,689; 3,590
32,700; 32,750; 3,695; 3,463; 3,695; 3,596
32,750; 32,800; 3,701; 3,469; 3,701; 3,602
32,800; 32,850; 3,707; 3,475; 3,707; 3,608
32,850; 32,900; 3,713; 3,481; 3,713; 3,614
32,900; 32,950; 3,719; 3,487; 3,719; 3,620
32,950; 33,000; 3,725; 3,493; 3,725; 3,626

33,000

Si la línea 15 (ingreso tributable) es: Al menos; Pero menos de; Y usted es: Soltero Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración conjunta* Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración por separado Su impuesto es:; Cabeza de familia Su impuesto es:
33,000; 33,050; 3,731; 3,499; 3,731; 3,632
33,050; 33,100; 3,737; 3,505; 3,737; 3,638
33,100; 33,150; 3,743; 3,511; 3,743; 3,644
33,150; 33,200; 3,749; 3,517; 3,749; 3,650
33,200; 33,250; 3,755; 3,523; 3,755; 3,656
33,250; 33,300; 3,761; 3,529; 3,761; 3,662
33,300; 33,350; 3,767; 3,535; 3,767; 3,668
33,350; 33,400; 3,773; 3,541; 3,773; 3,674
33,400; 33,450; 3,779; 3,547; 3,779; 3,680
33,450; 33,500; 3,785; 3,553; 3,785; 3,686
33,500; 33,550; 3,791; 3,559; 3,791; 3,692
33,550; 33,600; 3,797; 3,565; 3,797; 3,698
33,600; 33,650; 3,803; 3,571; 3,803; 3,704
33,650; 33,700; 3,809; 3,577; 3,809; 3,710
33,700; 33,750; 3,815; 3,583; 3,815; 3,716
33,750; 33,800; 3,821; 3,589; 3,821; 3,722
33,800; 33,850; 3,827; 3,595; 3,827; 3,728
33,850; 33,900; 3,833; 3,601; 3,833; 3,734
33,900; 33,950; 3,839; 3,607; 3,839; 3,740
33,950; 34,000; 3,845; 3,613; 3,845; 3,746

34,000

Si la línea 15 (ingreso tributable) es: Al menos; Pero menos de; Y usted es: Soltero Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración conjunta* Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración por separado Su impuesto es:; Cabeza de familia Su impuesto es:
34,000; 34,050; 3,851; 3,619; 3,851; 3,752
34,050; 34,100; 3,857; 3,625; 3,857; 3,758
34,100; 34,150; 3,863; 3,631; 3,863; 3,764
34,150; 34,200; 3,869; 3,637; 3,869; 3,770
34,200; 34,250; 3,875; 3,643; 3,875; 3,776
34,250; 34,300; 3,881; 3,649; 3,881; 3,782
34,300; 34,350; 3,887; 3,655; 3,887; 3,788
34,350; 34,400; 3,893; 3,661; 3,893; 3,794
34,400; 34,450; 3,899; 3,667; 3,899; 3,800
34,450; 34,500; 3,905; 3,673; 3,905; 3,806
34,500; 34,550; 3,911; 3,679; 3,911; 3,812
34,550; 34,600; 3,917; 3,685; 3,917; 3,818
34,600; 34,650; 3,923; 3,691; 3,923; 3,824
34,650; 34,700; 3,929; 3,697; 3,929; 3,830
34,700; 34,750; 3,935; 3,703; 3,935; 3,836
34,750; 34,800; 3,941; 3,709; 3,941; 3,842
34,800; 34,850; 3,947; 3,715; 3,947; 3,848
34,850; 34,900; 3,953; 3,721; 3,953; 3,854
34,900; 34,950; 3,959; 3,727; 3,959; 3,860
34,950; 35,000; 3,965; 3,733; 3,965; 3,866

35,000

Si la línea 15 (ingreso tributable) es: Al menos; Pero menos de; Y usted es: Soltero Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración conjunta* Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración por separado Su impuesto es:; Cabeza de familia Su impuesto es:
35,000; 35,050; 3,971; 3,739; 3,971; 3,872
35,050; 35,100; 3,977; 3,745; 3,977; 3,878
35,100; 35,150; 3,983; 3,751; 3,983; 3,884
35,150; 35,200; 3,989; 3,757; 3,989; 3,890
35,200; 35,250; 3,995; 3,763; 3,995; 3,896
35,250; 35,300; 4,001; 3,769; 4,001; 3,902
35,300; 35,350; 4,007; 3,775; 4,007; 3,908
35,350; 35,400; 4,013; 3,781; 4,013; 3,914
35,400; 35,450; 4,019; 3,787; 4,019; 3,920
35,450; 35,500; 4,025; 3,793; 4,025; 3,926
35,500; 35,550; 4,031; 3,799; 4,031; 3,932
35,550; 35,600; 4,037; 3,805; 4,037; 3,938
35,600; 35,650; 4,043; 3,811; 4,043; 3,944
35,650; 35,700; 4,049; 3,817; 4,049; 3,950
35,700; 35,750; 4,055; 3,823; 4,055; 3,956
35,750; 35,800; 4,061; 3,829; 4,061; 3,962
35,800; 35,850; 4,067; 3,835; 4,067; 3,968
35,850; 35,900; 4,073; 3,841; 4,073; 3,974
35,900; 35,950; 4,079; 3,847; 4,079; 3,980
35,950; 36,000; 4,085; 3,853; 4,085; 3,986

36,000

Si la línea 15 (ingreso tributable) es: Al menos; Pero menos de; Y usted es: Soltero Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración conjunta* Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración por separado Su impuesto es:; Cabeza de familia Su impuesto es:
36,000; 36,050; 4,091; 3,859; 4,091; 3,992
36,050; 36,100; 4,097; 3,865; 4,097; 3,998
36,100; 36,150; 4,103; 3,871; 4,103; 4,004
36,150; 36,200; 4,109; 3,877; 4,109; 4,010
36,200; 36,250; 4,115; 3,883; 4,115; 4,016
36,250; 36,300; 4,121; 3,889; 4,121; 4,022
36,300; 36,350; 4,127; 3,895; 4,127; 4,028
36,350; 36,400; 4,133; 3,901; 4,133; 4,034
36,400; 36,450; 4,139; 3,907; 4,139; 4,040
36,450; 36,500; 4,145; 3,913; 4,145; 4,046
36,500; 36,550; 4,151; 3,919; 4,151; 4,052
36,550; 36,600; 4,157; 3,925; 4,157; 4,058
36,600; 36,650; 4,163; 3,931; 4,163; 4,064
36,650; 36,700; 4,169; 3,937; 4,169; 4,070
36,700; 36,750; 4,175; 3,943; 4,175; 4,076
36,750; 36,800; 4,181; 3,949; 4,181; 4,082
36,800; 36,850; 4,187; 3,955; 4,187; 4,088
36,850; 36,900; 4,193; 3,961; 4,193; 4,094
36,900; 36,950; 4,199; 3,967; 4,199; 4,100
36,950; 37,000; 4,205; 3,973; 4,205; 4,106

37,000

Si la línea 15 (ingreso tributable) es: Al menos; Pero menos de; Y usted es: Soltero Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración conjunta* Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración por separado Su impuesto es:; Cabeza de familia Su impuesto es:
37,000; 37,050; 4,211; 3,979; 4,211; 4,112
37,050; 37,100; 4,217; 3,985; 4,217; 4,118
37,100; 37,150; 4,223; 3,991; 4,223; 4,124
37,150; 37,200; 4,229; 3,997; 4,229; 4,130
37,200; 37,250; 4,235; 4,003; 4,235; 4,136
37,250; 37,300; 4,241; 4,009; 4,241; 4,142
37,300; 37,350; 4,247; 4,015; 4,247; 4,148
37,350; 37,400; 4,253; 4,021; 4,253; 4,154
37,400; 37,450; 4,259; 4,027; 4,259; 4,160
37,450; 37,500; 4,265; 4,033; 4,265; 4,166
37,500; 37,550; 4,271; 4,039; 4,271; 4,172
37,550; 37,600; 4,277; 4,045; 4,277; 4,178
37,600; 37,650; 4,283; 4,051; 4,283; 4,184
37,650; 37,700; 4,289; 4,057; 4,289; 4,190
37,700; 37,750; 4,295; 4,063; 4,295; 4,196
37,750; 37,800; 4,301; 4,069; 4,301; 4,202
37,800; 37,850; 4,307; 4,075; 4,307; 4,208
37,850; 37,900; 4,313; 4,081; 4,313; 4,214
37,900; 37,950; 4,319; 4,087; 4,319; 4,220
37,950; 38,000; 4,325; 4,093; 4,325; 4,226

38,000

Si la línea 15 (ingreso tributable) es: Al menos; Pero menos de; Y usted es: Soltero Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración conjunta* Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración por separado Su impuesto es:; Cabeza de familia Su impuesto es:
38,000; 38,050; 4,331; 4,099; 4,331; 4,232
38,050; 38,100; 4,337; 4,105; 4,337; 4,238
38,100; 38,150; 4,343; 4,111; 4,343; 4,244
38,150; 38,200; 4,349; 4,117; 4,349; 4,250
38,200; 38,250; 4,355; 4,123; 4,355; 4,256
38,250; 38,300; 4,361; 4,129; 4,361; 4,262
38,300; 38,350; 4,367; 4,135; 4,367; 4,268
38,350; 38,400; 4,373; 4,141; 4,373; 4,274
38,400; 38,450; 4,379; 4,147; 4,379; 4,280
38,450; 38,500; 4,385; 4,153; 4,385; 4,286
38,500; 38,550; 4,391; 4,159; 4,391; 4,292
38,550; 38,600; 4,397; 4,165; 4,397; 4,298
38,600; 38,650; 4,403; 4,171; 4,403; 4,304
38,650; 38,700; 4,409; 4,177; 4,409; 4,310
38,700; 38,750; 4,415; 4,183; 4,415; 4,316
38,750; 38,800; 4,421; 4,189; 4,421; 4,322
38,800; 38,850; 4,427; 4,195; 4,427; 4,328
38,850; 38,900; 4,433; 4,201; 4,433; 4,334
38,900; 38,950; 4,439; 4,207; 4,439; 4,340
38,950; 39,000; 4,445; 4,213; 4,445; 4,346

<Page 79>

39,000

Si la línea 15 (ingreso tributable) es: Al menos; Pero menos de; Y usted es: Soltero Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración conjunta* Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración por separado Su impuesto es:; Cabeza de familia Su impuesto es:
39,000; 39,050; 4,451; 4,219; 4,451; 4,352
39,050; 39,100; 4,457; 4,225; 4,457; 4,358
39,100; 39,150; 4,463; 4,231; 4,463; 4,364
39,150; 39,200; 4,469; 4,237; 4,469; 4,370
39,200; 39,250; 4,475; 4,243; 4,475; 4,376
39,250; 39,300; 4,481; 4,249; 4,481; 4,382
39,300; 39,350; 4,487; 4,255; 4,487; 4,388
39,350; 39,400; 4,493; 4,261; 4,493; 4,394
39,400; 39,450; 4,499; 4,267; 4,499; 4,400
39,450; 39,500; 4,505; 4,273; 4,505; 4,406
39,500; 39,550; 4,511; 4,279; 4,511; 4,412
39,550; 39,600; 4,517; 4,285; 4,517; 4,418
39,600; 39,650; 4,523; 4,291; 4,523; 4,424
39,650; 39,700; 4,529; 4,297; 4,529; 4,430
39,700; 39,750; 4,535; 4,303; 4,535; 4,436
39,750; 39,800; 4,541; 4,309; 4,541; 4,442
39,800; 39,850; 4,547; 4,315; 4,547; 4,448
39,850; 39,900; 4,553; 4,321; 4,553; 4,454
39,900; 39,950; 4,559; 4,327; 4,559; 4,460
39,950; 40,000; 4,565; 4,333; 4,565; 4,466

40,000

Si la línea 15 (ingreso tributable) es: Al menos; Pero menos de; Y usted es: Soltero Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración conjunta* Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración por separado Su impuesto es:; Cabeza de familia Su impuesto es:
40,000; 40,050; 4,571; 4,339; 4,571; 4,472
40,050; 40,100; 4,577; 4,345; 4,577; 4,478
40,100; 40,150; 4,583; 4,351; 4,583; 4,484
40,150; 40,200; 4,589; 4,357; 4,589; 4,490
40,200; 40,250; 4,595; 4,363; 4,595; 4,496
40,250; 40,300; 4,601; 4,369; 4,601; 4,502
40,300; 40,350; 4,607; 4,375; 4,607; 4,508
40,350; 40,400; 4,613; 4,381; 4,613; 4,514
40,400; 40,450; 4,619; 4,387; 4,619; 4,520
40,450; 40,500; 4,625; 4,393; 4,625; 4,526
40,500; 40,550; 4,631; 4,399; 4,631; 4,532
40,550; 40,600; 4,637; 4,405; 4,637; 4,538
40,600; 40,650; 4,643; 4,411; 4,643; 4,544
40,650; 40,700; 4,649; 4,417; 4,649; 4,550
40,700; 40,750; 4,655; 4,423; 4,655; 4,556
40,750; 40,800; 4,661; 4,429; 4,661; 4,562
40,800; 40,850; 4,667; 4,435; 4,667; 4,568
40,850; 40,900; 4,673; 4,441; 4,673; 4,574
40,900; 40,950; 4,679; 4,447; 4,679; 4,580
40,950; 41,000; 4,685; 4,453; 4,685; 4,586

41,000

Si la línea 15 (ingreso tributable) es: Al menos; Pero menos de; Y usted es: Soltero Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración conjunta* Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración por separado Su impuesto es:; Cabeza de familia Su impuesto es:
41,000; 41,050; 4,691; 4,459; 4,691; 4,592
41,050; 41,100; 4,697; 4,465; 4,697; 4,598
41,100; 41,150; 4,703; 4,471; 4,703; 4,604
41,150; 41,200; 4,709; 4,477; 4,709; 4,610
41,200; 41,250; 4,715; 4,483; 4,715; 4,616
41,250; 41,300; 4,721; 4,489; 4,721; 4,622
41,300; 41,350; 4,727; 4,495; 4,727; 4,628
41,350; 41,400; 4,733; 4,501; 4,733; 4,634
41,400; 41,450; 4,739; 4,507; 4,739; 4,640
41,450; 41,500; 4,745; 4,513; 4,745; 4,646
41,500; 41,550; 4,751; 4,519; 4,751; 4,652
41,550; 41,600; 4,757; 4,525; 4,757; 4,658
41,600; 41,650; 4,763; 4,531; 4,763; 4,664
41,650; 41,700; 4,769; 4,537; 4,769; 4,670
41,700; 41,750; 4,775; 4,543; 4,775; 4,676
41,750; 41,800; 4,781; 4,549; 4,781; 4,682
41,800; 41,850; 4,787; 4,555; 4,787; 4,688
41,850; 41,900; 4,793; 4,561; 4,793; 4,694
41,900; 41,950; 4,799; 4,567; 4,799; 4,700
41,950; 42,000; 4,805; 4,573; 4,805; 4,706

42,000

Si la línea 15 (ingreso tributable) es: Al menos; Pero menos de; Y usted es: Soltero Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración conjunta* Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración por separado Su impuesto es:; Cabeza de familia Su impuesto es:
42,000; 42,050; 4,811; 4,579; 4,811; 4,712
42,050; 42,100; 4,817; 4,585; 4,817; 4,718
42,100; 42,150; 4,823; 4,591; 4,823; 4,724
42,150; 42,200; 4,829; 4,597; 4,829; 4,730
42,200; 42,250; 4,835; 4,603; 4,835; 4,736
42,250; 42,300; 4,841; 4,609; 4,841; 4,742
42,300; 42,350; 4,847; 4,615; 4,847; 4,748
42,350; 42,400; 4,853; 4,621; 4,853; 4,754
42,400; 42,450; 4,859; 4,627; 4,859; 4,760
42,450; 42,500; 4,865; 4,633; 4,865; 4,766
42,500; 42,550; 4,871; 4,639; 4,871; 4,772
42,550; 42,600; 4,877; 4,645; 4,877; 4,778
42,600; 42,650; 4,883; 4,651; 4,883; 4,784
42,650; 42,700; 4,889; 4,657; 4,889; 4,790
42,700; 42,750; 4,895; 4,663; 4,895; 4,796
42,750; 42,800; 4,901; 4,669; 4,901; 4,802
42,800; 42,850; 4,907; 4,675; 4,907; 4,808
42,850; 42,900; 4,913; 4,681; 4,913; 4,814
42,900; 42,950; 4,919; 4,687; 4,919; 4,820
42,950; 43,000; 4,925; 4,693; 4,925; 4,826

43,000

Si la línea 15 (ingreso tributable) es: Al menos; Pero menos de; Y usted es: Soltero Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración conjunta* Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración por separado Su impuesto es:; Cabeza de familia Su impuesto es:
43,000; 43,050; 4,931; 4,699; 4,931; 4,832
43,050; 43,100; 4,937; 4,705; 4,937; 4,838
43,100; 43,150; 4,943; 4,711; 4,943; 4,844
43,150; 43,200; 4,949; 4,717; 4,949; 4,850
43,200; 43,250; 4,955; 4,723; 4,955; 4,856
43,250; 43,300; 4,961; 4,729; 4,961; 4,862
43,300; 43,350; 4,967; 4,735; 4,967; 4,868
43,350; 43,400; 4,973; 4,741; 4,973; 4,874
43,400; 43,450; 4,979; 4,747; 4,979; 4,880
43,450; 43,500; 4,985; 4,753; 4,985; 4,886
43,500; 43,550; 4,991; 4,759; 4,991; 4,892
43,550; 43,600; 4,997; 4,765; 4,997; 4,898
43,600; 43,650; 5,003; 4,771; 5,003; 4,904
43,650; 43,700; 5,009; 4,777; 5,009; 4,910
43,700; 43,750; 5,015; 4,783; 5,015; 4,916
43,750; 43,800; 5,021; 4,789; 5,021; 4,922
43,800; 43,850; 5,027; 4,795; 5,027; 4,928
43,850; 43,900; 5,033; 4,801; 5,033; 4,934
43,900; 43,950; 5,039; 4,807; 5,039; 4,940
43,950; 44,000; 5,045; 4,813; 5,045; 4,946

44,000

Si la línea 15 (ingreso tributable) es: Al menos; Pero menos de; Y usted es: Soltero Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración conjunta* Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración por separado Su impuesto es:; Cabeza de familia Su impuesto es:
44,000; 44,050; 5,051; 4,819; 5,051; 4,952
44,050; 44,100; 5,057; 4,825; 5,057; 4,958
44,100; 44,150; 5,063; 4,831; 5,063; 4,964
44,150; 44,200; 5,069; 4,837; 5,069; 4,970
44,200; 44,250; 5,075; 4,843; 5,075; 4,976
44,250; 44,300; 5,081; 4,849; 5,081; 4,982
44,300; 44,350; 5,087; 4,855; 5,087; 4,988
44,350; 44,400; 5,093; 4,861; 5,093; 4,994
44,400; 44,450; 5,099; 4,867; 5,099; 5,000
44,450; 44,500; 5,105; 4,873; 5,105; 5,006
44,500; 44,550; 5,111; 4,879; 5,111; 5,012
44,550; 44,600; 5,117; 4,885; 5,117; 5,018
44,600; 44,650; 5,123; 4,891; 5,123; 5,024
44,650; 44,700; 5,129; 4,897; 5,129; 5,030
44,700; 44,750; 5,135; 4,903; 5,135; 5,036
44,750; 44,800; 5,141; 4,909; 5,141; 5,042
44,800; 44,850; 5,147; 4,915; 5,147; 5,048
44,850; 44,900; 5,153; 4,921; 5,153; 5,054
44,900; 44,950; 5,159; 4,927; 5,159; 5,060
44,950; 45,000; 5,165; 4,933; 5,165; 5,066

45,000

Si la línea 15 (ingreso tributable) es: Al menos; Pero menos de; Y usted es: Soltero Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración conjunta* Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración por separado Su impuesto es:; Cabeza de familia Su impuesto es:
45,000; 45,050; 5,171; 4,939; 5,171; 5,072
45,050; 45,100; 5,177; 4,945; 5,177; 5,078
45,100; 45,150; 5,183; 4,951; 5,183; 5,084
45,150; 45,200; 5,189; 4,957; 5,189; 5,090
45,200; 45,250; 5,195; 4,963; 5,195; 5,096
45,250; 45,300; 5,201; 4,969; 5,201; 5,102
45,300; 45,350; 5,207; 4,975; 5,207; 5,108
45,350; 45,400; 5,213; 4,981; 5,213; 5,114
45,400; 45,450; 5,219; 4,987; 5,219; 5,120
45,450; 45,500; 5,225; 4,993; 5,225; 5,126
45,500; 45,550; 5,231; 4,999; 5,231; 5,132
45,550; 45,600; 5,237; 5,005; 5,237; 5,138
45,600; 45,650; 5,243; 5,011; 5,243; 5,144
45,650; 45,700; 5,249; 5,017; 5,249; 5,150
45,700; 45,750; 5,255; 5,023; 5,255; 5,156
45,750; 45,800; 5,261; 5,029; 5,261; 5,162
45,800; 45,850; 5,267; 5,035; 5,267; 5,168
45,850; 45,900; 5,273; 5,041; 5,273; 5,174
45,900; 45,950; 5,279; 5,047; 5,279; 5,180
45,950; 46,000; 5,285; 5,053; 5,285; 5,186

46,000

Si la línea 15 (ingreso tributable) es: Al menos; Pero menos de; Y usted es: Soltero Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración conjunta* Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración por separado Su impuesto es:; Cabeza de familia Su impuesto es:
46,000; 46,050; 5,291; 5,059; 5,291; 5,192
46,050; 46,100; 5,297; 5,065; 5,297; 5,198
46,100; 46,150; 5,303; 5,071; 5,303; 5,204
46,150; 46,200; 5,309; 5,077; 5,309; 5,210
46,200; 46,250; 5,315; 5,083; 5,315; 5,216
46,250; 46,300; 5,321; 5,089; 5,321; 5,222
46,300; 46,350; 5,327; 5,095; 5,327; 5,228
46,350; 46,400; 5,333; 5,101; 5,333; 5,234
46,400; 46,450; 5,339; 5,107; 5,339; 5,240
46,450; 46,500; 5,345; 5,113; 5,345; 5,246
46,500; 46,550; 5,351; 5,119; 5,351; 5,252
46,550; 46,600; 5,357; 5,125; 5,357; 5,258
46,600; 46,650; 5,363; 5,131; 5,363; 5,264
46,650; 46,700; 5,369; 5,137; 5,369; 5,270
46,700; 46,750; 5,375; 5,143; 5,375; 5,276
46,750; 46,800; 5,381; 5,149; 5,381; 5,282
46,800; 46,850; 5,387; 5,155; 5,387; 5,288
46,850; 46,900; 5,393; 5,161; 5,393; 5,294
46,900; 46,950; 5,399; 5,167; 5,399; 5,300
46,950; 47,000; 5,405; 5,173; 5,405; 5,306

47,000

Si la línea 15 (ingreso tributable) es: Al menos; Pero menos de; Y usted es: Soltero Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración conjunta* Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración por separado Su impuesto es:; Cabeza de familia Su impuesto es:
47,000; 47,050; 5,411; 5,179; 5,411; 5,312
47,050; 47,100; 5,417; 5,185; 5,417; 5,318
47,100; 47,150; 5,423; 5,191; 5,423; 5,324
47,150; 47,200; 5,432; 5,197; 5,432; 5,330
47,200; 47,250; 5,443; 5,203; 5,443; 5,336
47,250; 47,300; 5,454; 5,209; 5,454; 5,342
47,300; 47,350; 5,465; 5,215; 5,465; 5,348
47,350; 47,400; 5,476; 5,221; 5,476; 5,354
47,400; 47,450; 5,487; 5,227; 5,487; 5,360
47,450; 47,500; 5,498; 5,233; 5,498; 5,366
47,500; 47,550; 5,509; 5,239; 5,509; 5,372
47,550; 47,600; 5,520; 5,245; 5,520; 5,378
47,600; 47,650; 5,531; 5,251; 5,531; 5,384
47,650; 47,700; 5,542; 5,257; 5,542; 5,390
47,700; 47,750; 5,553; 5,263; 5,553; 5,396
47,750; 47,800; 5,564; 5,269; 5,564; 5,402
47,800; 47,850; 5,575; 5,275; 5,575; 5,408
47,850; 47,900; 5,586; 5,281; 5,586; 5,414
47,900; 47,950; 5,597; 5,287; 5,597; 5,420
47,950; 48,000; 5,608; 5,293; 5,608; 5,426

<Page 80>

48,000

Si la línea 15 (ingreso tributable) es: Al menos; Pero menos de; Y usted es: Soltero Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración conjunta* Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración por separado Su impuesto es:; Cabeza de familia Su impuesto es:
48,000; 48,050; 5,619; 5,299; 5,619; 5,432
48,050; 48,100; 5,630; 5,305; 5,630; 5,438
48,100; 48,150; 5,641; 5,311; 5,641; 5,444
48,150; 48,200; 5,652; 5,317; 5,652; 5,450
48,200; 48,250; 5,663; 5,323; 5,663; 5,456
48,250; 48,300; 5,674; 5,329; 5,674; 5,462
48,300; 48,350; 5,685; 5,335; 5,685; 5,468
48,350; 48,400; 5,696; 5,341; 5,696; 5,474
48,400; 48,450; 5,707; 5,347; 5,707; 5,480
48,450; 48,500; 5,718; 5,353; 5,718; 5,486
48,500; 48,550; 5,729; 5,359; 5,729; 5,492
48,550; 48,600; 5,740; 5,365; 5,740; 5,498
48,600; 48,650; 5,751; 5,371; 5,751; 5,504
48,650; 48,700; 5,762; 5,377; 5,762; 5,510
48,700; 48,750; 5,773; 5,383; 5,773; 5,516
48,750; 48,800; 5,784; 5,389; 5,784; 5,522
48,800; 48,850; 5,795; 5,395; 5,795; 5,528
48,850; 48,900; 5,806; 5,401; 5,806; 5,534
48,900; 48,950; 5,817; 5,407; 5,817; 5,540
48,950; 49,000; 5,828; 5,413; 5,828; 5,546

49,000

Si la línea 15 (ingreso tributable) es: Al menos; Pero menos de; Y usted es: Soltero Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración conjunta* Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración por separado Su impuesto es:; Cabeza de familia Su impuesto es:
49,000; 49,050; 5,839; 5,419; 5,839; 5,552
49,050; 49,100; 5,850; 5,425; 5,850; 5,558
49,100; 49,150; 5,861; 5,431; 5,861; 5,564
49,150; 49,200; 5,872; 5,437; 5,872; 5,570
49,200; 49,250; 5,883; 5,443; 5,883; 5,576
49,250; 49,300; 5,894; 5,449; 5,894; 5,582
49,300; 49,350; 5,905; 5,455; 5,905; 5,588
49,350; 49,400; 5,916; 5,461; 5,916; 5,594
49,400; 49,450; 5,927; 5,467; 5,927; 5,600
49,450; 49,500; 5,938; 5,473; 5,938; 5,606
49,500; 49,550; 5,949; 5,479; 5,949; 5,612
49,550; 49,600; 5,960; 5,485; 5,960; 5,618
49,600; 49,650; 5,971; 5,491; 5,971; 5,624
49,650; 49,700; 5,982; 5,497; 5,982; 5,630
49,700; 49,750; 5,993; 5,503; 5,993; 5,636
49,750; 49,800; 6,004; 5,509; 6,004; 5,642
49,800; 49,850; 6,015; 5,515; 6,015; 5,648
49,850; 49,900; 6,026; 5,521; 6,026; 5,654
49,900; 49,950; 6,037; 5,527; 6,037; 5,660
49,950; 50,000; 6,048; 5,533; 6,048; 5,666

50,000

Si la línea 15 (ingreso tributable) es: Al menos; Pero menos de; Y usted es: Soltero Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración conjunta* Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración por separado Su impuesto es:; Cabeza de familia Su impuesto es:
50,000; 50,050; 6,059; 5,539; 6,059; 5,672
50,050; 50,100; 6,070; 5,545; 6,070; 5,678
50,100; 50,150; 6,081; 5,551; 6,081; 5,684
50,150; 50,200; 6,092; 5,557; 6,092; 5,690
50,200; 50,250; 6,103; 5,563; 6,103; 5,696
50,250; 50,300; 6,114; 5,569; 6,114; 5,702
50,300; 50,350; 6,125; 5,575; 6,125; 5,708
50,350; 50,400; 6,136; 5,581; 6,136; 5,714
50,400; 50,450; 6,147; 5,587; 6,147; 5,720
50,450; 50,500; 6,158; 5,593; 6,158; 5,726
50,500; 50,550; 6,169; 5,599; 6,169; 5,732
50,550; 50,600; 6,180; 5,605; 6,180; 5,738
50,600; 50,650; 6,191; 5,611; 6,191; 5,744
50,650; 50,700; 6,202; 5,617; 6,202; 5,750
50,700; 50,750; 6,213; 5,623; 6,213; 5,756
50,750; 50,800; 6,224; 5,629; 6,224; 5,762
50,800; 50,850; 6,235; 5,635; 6,235; 5,768
50,850; 50,900; 6,246; 5,641; 6,246; 5,774
50,900; 50,950; 6,257; 5,647; 6,257; 5,780
50,950; 51,000; 6,268; 5,653; 6,268; 5,786

51,000

Si la línea 15 (ingreso tributable) es: Al menos; Pero menos de; Y usted es: Soltero Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración conjunta* Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración por separado Su impuesto es:; Cabeza de familia Su impuesto es:
51,000; 51,050; 6,279; 5,659; 6,279; 5,792
51,050; 51,100; 6,290; 5,665; 6,290; 5,798
51,100; 51,150; 6,301; 5,671; 6,301; 5,804
51,150; 51,200; 6,312; 5,677; 6,312; 5,810
51,200; 51,250; 6,323; 5,683; 6,323; 5,816
51,250; 51,300; 6,334; 5,689; 6,334; 5,822
51,300; 51,350; 6,345; 5,695; 6,345; 5,828
51,350; 51,400; 6,356; 5,701; 6,356; 5,834
51,400; 51,450; 6,367; 5,707; 6,367; 5,840
51,450; 51,500; 6,378; 5,713; 6,378; 5,846
51,500; 51,550; 6,389; 5,719; 6,389; 5,852
51,550; 51,600; 6,400; 5,725; 6,400; 5,858
51,600; 51,650; 6,411; 5,731; 6,411; 5,864
51,650; 51,700; 6,422; 5,737; 6,422; 5,870
51,700; 51,750; 6,433; 5,743; 6,433; 5,876
51,750; 51,800; 6,444; 5,749; 6,444; 5,882
51,800; 51,850; 6,455; 5,755; 6,455; 5,888
51,850; 51,900; 6,466; 5,761; 6,466; 5,894
51,900; 51,950; 6,477; 5,767; 6,477; 5,900
51,950; 52,000; 6,488; 5,773; 6,488; 5,906

52,000

Si la línea 15 (ingreso tributable) es: Al menos; Pero menos de; Y usted es: Soltero Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración conjunta* Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración por separado Su impuesto es:; Cabeza de familia Su impuesto es:
52,000; 52,050; 6,499; 5,779; 6,499; 5,912
52,050; 52,100; 6,510; 5,785; 6,510; 5,918
52,100; 52,150; 6,521; 5,791; 6,521; 5,924
52,150; 52,200; 6,532; 5,797; 6,532; 5,930
52,200; 52,250; 6,543; 5,803; 6,543; 5,936
52,250; 52,300; 6,554; 5,809; 6,554; 5,942
52,300; 52,350; 6,565; 5,815; 6,565; 5,948
52,350; 52,400; 6,576; 5,821; 6,576; 5,954
52,400; 52,450; 6,587; 5,827; 6,587; 5,960
52,450; 52,500; 6,598; 5,833; 6,598; 5,966
52,500; 52,550; 6,609; 5,839; 6,609; 5,972
52,550; 52,600; 6,620; 5,845; 6,620; 5,978
52,600; 52,650; 6,631; 5,851; 6,631; 5,984
52,650; 52,700; 6,642; 5,857; 6,642; 5,990
52,700; 52,750; 6,653; 5,863; 6,653; 5,996
52,750; 52,800; 6,664; 5,869; 6,664; 6,002
52,800; 52,850; 6,675; 5,875; 6,675; 6,008
52,850; 52,900; 6,686; 5,881; 6,686; 6,014
52,900; 52,950; 6,697; 5,887; 6,697; 6,020
52,950; 53,000; 6,708; 5,893; 6,708; 6,026

53,000

Si la línea 15 (ingreso tributable) es: Al menos; Pero menos de; Y usted es: Soltero Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración conjunta* Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración por separado Su impuesto es:; Cabeza de familia Su impuesto es:
53,000; 53,050; 6,719; 5,899; 6,719; 6,032
53,050; 53,100; 6,730; 5,905; 6,730; 6,038
53,100; 53,150; 6,741; 5,911; 6,741; 6,044
53,150; 53,200; 6,752; 5,917; 6,752; 6,050
53,200; 53,250; 6,763; 5,923; 6,763; 6,056
53,250; 53,300; 6,774; 5,929; 6,774; 6,062
53,300; 53,350; 6,785; 5,935; 6,785; 6,068
53,350; 53,400; 6,796; 5,941; 6,796; 6,074
53,400; 53,450; 6,807; 5,947; 6,807; 6,080
53,450; 53,500; 6,818; 5,953; 6,818; 6,086
53,500; 53,550; 6,829; 5,959; 6,829; 6,092
53,550; 53,600; 6,840; 5,965; 6,840; 6,098
53,600; 53,650; 6,851; 5,971; 6,851; 6,104
53,650; 53,700; 6,862; 5,977; 6,862; 6,110
53,700; 53,750; 6,873; 5,983; 6,873; 6,116
53,750; 53,800; 6,884; 5,989; 6,884; 6,122
53,800; 53,850; 6,895; 5,995; 6,895; 6,128
53,850; 53,900; 6,906; 6,001; 6,906; 6,134
53,900; 53,950; 6,917; 6,007; 6,917; 6,140
53,950; 54,000; 6,928; 6,013; 6,928; 6,146

54,000

Si la línea 15 (ingreso tributable) es: Al menos; Pero menos de; Y usted es: Soltero Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración conjunta* Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración por separado Su impuesto es:; Cabeza de familia Su impuesto es:
54,000; 54,050; 6,939; 6,019; 6,939; 6,152
54,050; 54,100; 6,950; 6,025; 6,950; 6,158
54,100; 54,150; 6,961; 6,031; 6,961; 6,164
54,150; 54,200; 6,972; 6,037; 6,972; 6,170
54,200; 54,250; 6,983; 6,043; 6,983; 6,176
54,250; 54,300; 6,994; 6,049; 6,994; 6,182
54,300; 54,350; 7,005; 6,055; 7,005; 6,188
54,350; 54,400; 7,016; 6,061; 7,016; 6,194
54,400; 54,450; 7,027; 6,067; 7,027; 6,200
54,450; 54,500; 7,038; 6,073; 7,038; 6,206
54,500; 54,550; 7,049; 6,079; 7,049; 6,212
54,550; 54,600; 7,060; 6,085; 7,060; 6,218
54,600; 54,650; 7,071; 6,091; 7,071; 6,224
54,650; 54,700; 7,082; 6,097; 7,082; 6,230
54,700; 54,750; 7,093; 6,103; 7,093; 6,236
54,750; 54,800; 7,104; 6,109; 7,104; 6,242
54,800; 54,850; 7,115; 6,115; 7,115; 6,248
54,850; 54,900; 7,126; 6,121; 7,126; 6,254
54,900; 54,950; 7,137; 6,127; 7,137; 6,260
54,950; 55,000; 7,148; 6,133; 7,148; 6,266

55,000

Si la línea 15 (ingreso tributable) es: Al menos; Pero menos de; Y usted es: Soltero Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración conjunta* Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración por separado Su impuesto es:; Cabeza de familia Su impuesto es:
55,000; 55,050; 7,159; 6,139; 7,159; 6,272
55,050; 55,100; 7,170; 6,145; 7,170; 6,278
55,100; 55,150; 7,181; 6,151; 7,181; 6,284
55,150; 55,200; 7,192; 6,157; 7,192; 6,290
55,200; 55,250; 7,203; 6,163; 7,203; 6,296
55,250; 55,300; 7,214; 6,169; 7,214; 6,302
55,300; 55,350; 7,225; 6,175; 7,225; 6,308
55,350; 55,400; 7,236; 6,181; 7,236; 6,314
55,400; 55,450; 7,247; 6,187; 7,247; 6,320
55,450; 55,500; 7,258; 6,193; 7,258; 6,326
55,500; 55,550; 7,269; 6,199; 7,269; 6,332
55,550; 55,600; 7,280; 6,205; 7,280; 6,338
55,600; 55,650; 7,291; 6,211; 7,291; 6,344
55,650; 55,700; 7,302; 6,217; 7,302; 6,350
55,700; 55,750; 7,313; 6,223; 7,313; 6,356
55,750; 55,800; 7,324; 6,229; 7,324; 6,362
55,800; 55,850; 7,335; 6,235; 7,335; 6,368
55,850; 55,900; 7,346; 6,241; 7,346; 6,374
55,900; 55,950; 7,357; 6,247; 7,357; 6,380
55,950; 56,000; 7,368; 6,253; 7,368; 6,386

56,000

Si la línea 15 (ingreso tributable) es: Al menos; Pero menos de; Y usted es: Soltero Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración conjunta* Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración por separado Su impuesto es:; Cabeza de familia Su impuesto es:
56,000; 56,050; 7,379; 6,259; 7,379; 6,392
56,050; 56,100; 7,390; 6,265; 7,390; 6,398
56,100; 56,150; 7,401; 6,271; 7,401; 6,404
56,150; 56,200; 7,412; 6,277; 7,412; 6,410
56,200; 56,250; 7,423; 6,283; 7,423; 6,416
56,250; 56,300; 7,434; 6,289; 7,434; 6,422
56,300; 56,350; 7,445; 6,295; 7,445; 6,428
56,350; 56,400; 7,456; 6,301; 7,456; 6,434
56,400; 56,450; 7,467; 6,307; 7,467; 6,440
56,450; 56,500; 7,478; 6,313; 7,478; 6,446
56,500; 56,550; 7,489; 6,319; 7,489; 6,452
56,550; 56,600; 7,500; 6,325; 7,500; 6,458
56,600; 56,650; 7,511; 6,331; 7,511; 6,464
56,650; 56,700; 7,522; 6,337; 7,522; 6,470
56,700; 56,750; 7,533; 6,343; 7,533; 6,476
56,750; 56,800; 7,544; 6,349; 7,544; 6,482
56,800; 56,850; 7,555; 6,355; 7,555; 6,488
56,850; 56,900; 7,566; 6,361; 7,566; 6,494
56,900; 56,950; 7,577; 6,367; 7,577; 6,500
56,950; 57,000; 7,588; 6,373; 7,588; 6,506

<Page 81>

57,000

Si la línea 15 (ingreso tributable) es: Al menos; Pero menos de; Y usted es: Soltero Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración conjunta* Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración por separado Su impuesto es:; Cabeza de familia Su impuesto es:
57,000; 57,050; 7,599; 6,379; 7,599; 6,512
57,050; 57,100; 7,610; 6,385; 7,610; 6,518
57,100; 57,150; 7,621; 6,391; 7,621; 6,524
57,150; 57,200; 7,632; 6,397; 7,632; 6,530
57,200; 57,250; 7,643; 6,403; 7,643; 6,536
57,250; 57,300; 7,654; 6,409; 7,654; 6,542
57,300; 57,350; 7,665; 6,415; 7,665; 6,548
57,350; 57,400; 7,676; 6,421; 7,676; 6,554
57,400; 57,450; 7,687; 6,427; 7,687; 6,560
57,450; 57,500; 7,698; 6,433; 7,698; 6,566
57,500; 57,550; 7,709; 6,439; 7,709; 6,572
57,550; 57,600; 7,720; 6,445; 7,720; 6,578
57,600; 57,650; 7,731; 6,451; 7,731; 6,584
57,650; 57,700; 7,742; 6,457; 7,742; 6,590
57,700; 57,750; 7,753; 6,463; 7,753; 6,596
57,750; 57,800; 7,764; 6,469; 7,764; 6,602
57,800; 57,850; 7,775; 6,475; 7,775; 6,608
57,850; 57,900; 7,786; 6,481; 7,786; 6,614
57,900; 57,950; 7,797; 6,487; 7,797; 6,620
57,950; 58,000; 7,808; 6,493; 7,808; 6,626

58,000

Si la línea 15 (ingreso tributable) es: Al menos; Pero menos de; Y usted es: Soltero Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración conjunta* Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración por separado Su impuesto es:; Cabeza de familia Su impuesto es:
58,000; 58,050; 7,819; 6,499; 7,819; 6,632
58,050; 58,100; 7,830; 6,505; 7,830; 6,638
58,100; 58,150; 7,841; 6,511; 7,841; 6,644
58,150; 58,200; 7,852; 6,517; 7,852; 6,650
58,200; 58,250; 7,863; 6,523; 7,863; 6,656
58,250; 58,300; 7,874; 6,529; 7,874; 6,662
58,300; 58,350; 7,885; 6,535; 7,885; 6,668
58,350; 58,400; 7,896; 6,541; 7,896; 6,674
58,400; 58,450; 7,907; 6,547; 7,907; 6,680
58,450; 58,500; 7,918; 6,553; 7,918; 6,686
58,500; 58,550; 7,929; 6,559; 7,929; 6,692
58,550; 58,600; 7,940; 6,565; 7,940; 6,698
58,600; 58,650; 7,951; 6,571; 7,951; 6,704
58,650; 58,700; 7,962; 6,577; 7,962; 6,710
58,700; 58,750; 7,973; 6,583; 7,973; 6,716
58,750; 58,800; 7,984; 6,589; 7,984; 6,722
58,800; 58,850; 7,995; 6,595; 7,995; 6,728
58,850; 58,900; 8,006; 6,601; 8,006; 6,734
58,900; 58,950; 8,017; 6,607; 8,017; 6,740
58,950; 59,000; 8,028; 6,613; 8,028; 6,746

59,000

Si la línea 15 (ingreso tributable) es: Al menos; Pero menos de; Y usted es: Soltero Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración conjunta* Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración por separado Su impuesto es:; Cabeza de familia Su impuesto es:
59,000; 59,050; 8,039; 6,619; 8,039; 6,752
59,050; 59,100; 8,050; 6,625; 8,050; 6,758
59,100; 59,150; 8,061; 6,631; 8,061; 6,764
59,150; 59,200; 8,072; 6,637; 8,072; 6,770
59,200; 59,250; 8,083; 6,643; 8,083; 6,776
59,250; 59,300; 8,094; 6,649; 8,094; 6,782
59,300; 59,350; 8,105; 6,655; 8,105; 6,788
59,350; 59,400; 8,116; 6,661; 8,116; 6,794
59,400; 59,450; 8,127; 6,667; 8,127; 6,800
59,450; 59,500; 8,138; 6,673; 8,138; 6,806
59,500; 59,550; 8,149; 6,679; 8,149; 6,812
59,550; 59,600; 8,160; 6,685; 8,160; 6,818
59,600; 59,650; 8,171; 6,691; 8,171; 6,824
59,650; 59,700; 8,182; 6,697; 8,182; 6,830
59,700; 59,750; 8,193; 6,703; 8,193; 6,836
59,750; 59,800; 8,204; 6,709; 8,204; 6,842
59,800; 59,850; 8,215; 6,715; 8,215; 6,848
59,850; 59,900; 8,226; 6,721; 8,226; 6,854
59,900; 59,950; 8,237; 6,727; 8,237; 6,860
59,950; 60,000; 8,248; 6,733; 8,248; 6,866

60,000

Si la línea 15 (ingreso tributable) es: Al menos; Pero menos de; Y usted es: Soltero Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración conjunta* Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración por separado Su impuesto es:; Cabeza de familia Su impuesto es:
60,000; 60,050; 8,259; 6,739; 8,259; 6,872
60,050; 60,100; 8,270; 6,745; 8,270; 6,878
60,100; 60,150; 8,281; 6,751; 8,281; 6,884
60,150; 60,200; 8,292; 6,757; 8,292; 6,890
60,200; 60,250; 8,303; 6,763; 8,303; 6,896
60,250; 60,300; 8,314; 6,769; 8,314; 6,902
60,300; 60,350; 8,325; 6,775; 8,325; 6,908
60,350; 60,400; 8,336; 6,781; 8,336; 6,914
60,400; 60,450; 8,347; 6,787; 8,347; 6,920
60,450; 60,500; 8,358; 6,793; 8,358; 6,926
60,500; 60,550; 8,369; 6,799; 8,369; 6,932
60,550; 60,600; 8,380; 6,805; 8,380; 6,938
60,600; 60,650; 8,391; 6,811; 8,391; 6,944
60,650; 60,700; 8,402; 6,817; 8,402; 6,950
60,700; 60,750; 8,413; 6,823; 8,413; 6,956
60,750; 60,800; 8,424; 6,829; 8,424; 6,962
60,800; 60,850; 8,435; 6,835; 8,435; 6,968
60,850; 60,900; 8,446; 6,841; 8,446; 6,974
60,900; 60,950; 8,457; 6,847; 8,457; 6,980
60,950; 61,000; 8,468; 6,853; 8,468; 6,986

61,000

Si la línea 15 (ingreso tributable) es: Al menos; Pero menos de; Y usted es: Soltero Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración conjunta* Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración por separado Su impuesto es:; Cabeza de familia Su impuesto es:
61,000; 61,050; 8,479; 6,859; 8,479; 6,992
61,050; 61,100; 8,490; 6,865; 8,490; 6,998
61,100; 61,150; 8,501; 6,871; 8,501; 7,004
61,150; 61,200; 8,512; 6,877; 8,512; 7,010
61,200; 61,250; 8,523; 6,883; 8,523; 7,016
61,250; 61,300; 8,534; 6,889; 8,534; 7,022
61,300; 61,350; 8,545; 6,895; 8,545; 7,028
61,350; 61,400; 8,556; 6,901; 8,556; 7,034
61,400; 61,450; 8,567; 6,907; 8,567; 7,040
61,450; 61,500; 8,578; 6,913; 8,578; 7,046
61,500; 61,550; 8,589; 6,919; 8,589; 7,052
61,550; 61,600; 8,600; 6,925; 8,600; 7,058
61,600; 61,650; 8,611; 6,931; 8,611; 7,064
61,650; 61,700; 8,622; 6,937; 8,622; 7,070
61,700; 61,750; 8,633; 6,943; 8,633; 7,076
61,750; 61,800; 8,644; 6,949; 8,644; 7,082
61,800; 61,850; 8,655; 6,955; 8,655; 7,088
61,850; 61,900; 8,666; 6,961; 8,666; 7,094
61,900; 61,950; 8,677; 6,967; 8,677; 7,100
61,950; 62,000; 8,688; 6,973; 8,688; 7,106

62,000

Si la línea 15 (ingreso tributable) es: Al menos; Pero menos de; Y usted es: Soltero Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración conjunta* Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración por separado Su impuesto es:; Cabeza de familia Su impuesto es:
62,000; 62,050; 8,699; 6,979; 8,699; 7,112
62,050; 62,100; 8,710; 6,985; 8,710; 7,118
62,100; 62,150; 8,721; 6,991; 8,721; 7,124
62,150; 62,200; 8,732; 6,997; 8,732; 7,130
62,200; 62,250; 8,743; 7,003; 8,743; 7,136
62,250; 62,300; 8,754; 7,009; 8,754; 7,142
62,300; 62,350; 8,765; 7,015; 8,765; 7,148
62,350; 62,400; 8,776; 7,021; 8,776; 7,154
62,400; 62,450; 8,787; 7,027; 8,787; 7,160
62,450; 62,500; 8,798; 7,033; 8,798; 7,166
62,500; 62,550; 8,809; 7,039; 8,809; 7,172
62,550; 62,600; 8,820; 7,045; 8,820; 7,178
62,600; 62,650; 8,831; 7,051; 8,831; 7,184
62,650; 62,700; 8,842; 7,057; 8,842; 7,190
62,700; 62,750; 8,853; 7,063; 8,853; 7,196
62,750; 62,800; 8,864; 7,069; 8,864; 7,202
62,800; 62,850; 8,875; 7,075; 8,875; 7,208
62,850; 62,900; 8,886; 7,081; 8,886; 7,214
62,900; 62,950; 8,897; 7,087; 8,897; 7,220
62,950; 63,000; 8,908; 7,093; 8,908; 7,226

63,000

Si la línea 15 (ingreso tributable) es: Al menos; Pero menos de; Y usted es: Soltero Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración conjunta* Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración por separado Su impuesto es:; Cabeza de familia Su impuesto es:
63,000; 63,050; 8,919; 7,099; 8,919; 7,232
63,050; 63,100; 8,930; 7,105; 8,930; 7,238
63,100; 63,150; 8,941; 7,111; 8,941; 7,247
63,150; 63,200; 8,952; 7,117; 8,952; 7,258
63,200; 63,250; 8,963; 7,123; 8,963; 7,269
63,250; 63,300; 8,974; 7,129; 8,974; 7,280
63,300; 63,350; 8,985; 7,135; 8,985; 7,291
63,350; 63,400; 8,996; 7,141; 8,996; 7,302
63,400; 63,450; 9,007; 7,147; 9,007; 7,313
63,450; 63,500; 9,018; 7,153; 9,018; 7,324
63,500; 63,550; 9,029; 7,159; 9,029; 7,335
63,550; 63,600; 9,040; 7,165; 9,040; 7,346
63,600; 63,650; 9,051; 7,171; 9,051; 7,357
63,650; 63,700; 9,062; 7,177; 9,062; 7,368
63,700; 63,750; 9,073; 7,183; 9,073; 7,379
63,750; 63,800; 9,084; 7,189; 9,084; 7,390
63,800; 63,850; 9,095; 7,195; 9,095; 7,401
63,850; 63,900; 9,106; 7,201; 9,106; 7,412
63,900; 63,950; 9,117; 7,207; 9,117; 7,423
63,950; 64,000; 9,128; 7,213; 9,128; 7,434

64,000

Si la línea 15 (ingreso tributable) es: Al menos; Pero menos de; Y usted es: Soltero Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración conjunta* Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración por separado Su impuesto es:; Cabeza de familia Su impuesto es:
64,000; 64,050; 9,139; 7,219; 9,139; 7,445
64,050; 64,100; 9,150; 7,225; 9,150; 7,456
64,100; 64,150; 9,161; 7,231; 9,161; 7,467
64,150; 64,200; 9,172; 7,237; 9,172; 7,478
64,200; 64,250; 9,183; 7,243; 9,183; 7,489
64,250; 64,300; 9,194; 7,249; 9,194; 7,500
64,300; 64,350; 9,205; 7,255; 9,205; 7,511
64,350; 64,400; 9,216; 7,261; 9,216; 7,522
64,400; 64,450; 9,227; 7,267; 9,227; 7,533
64,450; 64,500; 9,238; 7,273; 9,238; 7,544
64,500; 64,550; 9,249; 7,279; 9,249; 7,555
64,550; 64,600; 9,260; 7,285; 9,260; 7,566
64,600; 64,650; 9,271; 7,291; 9,271; 7,577
64,650; 64,700; 9,282; 7,297; 9,282; 7,588
64,700; 64,750; 9,293; 7,303; 9,293; 7,599
64,750; 64,800; 9,304; 7,309; 9,304; 7,610
64,800; 64,850; 9,315; 7,315; 9,315; 7,621
64,850; 64,900; 9,326; 7,321; 9,326; 7,632
64,900; 64,950; 9,337; 7,327; 9,337; 7,643
64,950; 65,000; 9,348; 7,333; 9,348; 7,654

65,000

Si la línea 15 (ingreso tributable) es: Al menos; Pero menos de; Y usted es: Soltero Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración conjunta* Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración por separado Su impuesto es:; Cabeza de familia Su impuesto es:
65,000; 65,050; 9,359; 7,339; 9,359; 7,665
65,050; 65,100; 9,370; 7,345; 9,370; 7,676
65,100; 65,150; 9,381; 7,351; 9,381; 7,687
65,150; 65,200; 9,392; 7,357; 9,392; 7,698
65,200; 65,250; 9,403; 7,363; 9,403; 7,709
65,250; 65,300; 9,414; 7,369; 9,414; 7,720
65,300; 65,350; 9,425; 7,375; 9,425; 7,731
65,350; 65,400; 9,436; 7,381; 9,436; 7,742
65,400; 65,450; 9,447; 7,387; 9,447; 7,753
65,450; 65,500; 9,458; 7,393; 9,458; 7,764
65,500; 65,550; 9,469; 7,399; 9,469; 7,775
65,550; 65,600; 9,480; 7,405; 9,480; 7,786
65,600; 65,650; 9,491; 7,411; 9,491; 7,797
65,650; 65,700; 9,502; 7,417; 9,502; 7,808
65,700; 65,750; 9,513; 7,423; 9,513; 7,819
65,750; 65,800; 9,524; 7,429; 9,524; 7,830
65,800; 65,850; 9,535; 7,435; 9,535; 7,841
65,850; 65,900; 9,546; 7,441; 9,546; 7,852
65,900; 65,950; 9,557; 7,447; 9,557; 7,863
65,950; 66,000; 9,568; 7,453; 9,568; 7,874

<Page 82>

66,000

Si la línea 15 (ingreso tributable) es: Al menos; Pero menos de; Y usted es: Soltero Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración conjunta* Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración por separado Su impuesto es:; Cabeza de familia Su impuesto es:
66,000; 66,050; 9,579; 7,459; 9,579; 7,885
66,050; 66,100; 9,590; 7,465; 9,590; 7,896
66,100; 66,150; 9,601; 7,471; 9,601; 7,907
66,150; 66,200; 9,612; 7,477; 9,612; 7,918
66,200; 66,250; 9,623; 7,483; 9,623; 7,929
66,250; 66,300; 9,634; 7,489; 9,634; 7,940
66,300; 66,350; 9,645; 7,495; 9,645; 7,951
66,350; 66,400; 9,656; 7,501; 9,656; 7,962
66,400; 66,450; 9,667; 7,507; 9,667; 7,973
66,450; 66,500; 9,678; 7,513; 9,678; 7,984
66,500; 66,550; 9,689; 7,519; 9,689; 7,995
66,550; 66,600; 9,700; 7,525; 9,700; 8,006
66,600; 66,650; 9,711; 7,531; 9,711; 8,017
66,650; 66,700; 9,722; 7,537; 9,722; 8,028
66,700; 66,750; 9,733; 7,543; 9,733; 8,039
66,750; 66,800; 9,744; 7,549; 9,744; 8,050
66,800; 66,850; 9,755; 7,555; 9,755; 8,061
66,850; 66,900; 9,766; 7,561; 9,766; 8,072
66,900; 66,950; 9,777; 7,567; 9,777; 8,083
66,950; 67,000; 9,788; 7,573; 9,788; 8,094

67,000

Si la línea 15 (ingreso tributable) es: Al menos; Pero menos de; Y usted es: Soltero Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración conjunta* Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración por separado Su impuesto es:; Cabeza de familia Su impuesto es:
67,000; 67,050; 9,799; 7,579; 9,799; 8,105
67,050; 67,100; 9,810; 7,585; 9,810; 8,116
67,100; 67,150; 9,821; 7,591; 9,821; 8,127
67,150; 67,200; 9,832; 7,597; 9,832; 8,138
67,200; 67,250; 9,843; 7,603; 9,843; 8,149
67,250; 67,300; 9,854; 7,609; 9,854; 8,160
67,300; 67,350; 9,865; 7,615; 9,865; 8,171
67,350; 67,400; 9,876; 7,621; 9,876; 8,182
67,400; 67,450; 9,887; 7,627; 9,887; 8,193
67,450; 67,500; 9,898; 7,633; 9,898; 8,204
67,500; 67,550; 9,909; 7,639; 9,909; 8,215
67,550; 67,600; 9,920; 7,645; 9,920; 8,226
67,600; 67,650; 9,931; 7,651; 9,931; 8,237
67,650; 67,700; 9,942; 7,657; 9,942; 8,248
67,700; 67,750; 9,953; 7,663; 9,953; 8,259
67,750; 67,800; 9,964; 7,669; 9,964; 8,270
67,800; 67,850; 9,975; 7,675; 9,975; 8,281
67,850; 67,900; 9,986; 7,681; 9,986; 8,292
67,900; 67,950; 9,997; 7,687; 9,997; 8,303
67,950; 68,000; 10,008; 7,693; 10,008; 8,314

68,000

Si la línea 15 (ingreso tributable) es: Al menos; Pero menos de; Y usted es: Soltero Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración conjunta* Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración por separado Su impuesto es:; Cabeza de familia Su impuesto es:
68,000; 68,050; 10,019; 7,699; 10,019; 8,325
68,050; 68,100; 10,030; 7,705; 10,030; 8,336
68,100; 68,150; 10,041; 7,711; 10,041; 8,347
68,150; 68,200; 10,052; 7,717; 10,052; 8,358
68,200; 68,250; 10,063; 7,723; 10,063; 8,369
68,250; 68,300; 10,074; 7,729; 10,074; 8,380
68,300; 68,350; 10,085; 7,735; 10,085; 8,391
68,350; 68,400; 10,096; 7,741; 10,096; 8,402
68,400; 68,450; 10,107; 7,747; 10,107; 8,413
68,450; 68,500; 10,118; 7,753; 10,118; 8,424
68,500; 68,550; 10,129; 7,759; 10,129; 8,435
68,550; 68,600; 10,140; 7,765; 10,140; 8,446
68,600; 68,650; 10,151; 7,771; 10,151; 8,457
68,650; 68,700; 10,162; 7,777; 10,162; 8,468
68,700; 68,750; 10,173; 7,783; 10,173; 8,479
68,750; 68,800; 10,184; 7,789; 10,184; 8,490
68,800; 68,850; 10,195; 7,795; 10,195; 8,501
68,850; 68,900; 10,206; 7,801; 10,206; 8,512
68,900; 68,950; 10,217; 7,807; 10,217; 8,523
68,950; 69,000; 10,228; 7,813; 10,228; 8,534

69,000

Si la línea 15 (ingreso tributable) es: Al menos; Pero menos de; Y usted es: Soltero Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración conjunta* Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración por separado Su impuesto es:; Cabeza de familia Su impuesto es:
69,000; 69,050; 10,239; 7,819; 10,239; 8,545
69,050; 69,100; 10,250; 7,825; 10,250; 8,556
69,100; 69,150; 10,261; 7,831; 10,261; 8,567
69,150; 69,200; 10,272; 7,837; 10,272; 8,578
69,200; 69,250; 10,283; 7,843; 10,283; 8,589
69,250; 69,300; 10,294; 7,849; 10,294; 8,600
69,300; 69,350; 10,305; 7,855; 10,305; 8,611
69,350; 69,400; 10,316; 7,861; 10,316; 8,622
69,400; 69,450; 10,327; 7,867; 10,327; 8,633
69,450; 69,500; 10,338; 7,873; 10,338; 8,644
69,500; 69,550; 10,349; 7,879; 10,349; 8,655
69,550; 69,600; 10,360; 7,885; 10,360; 8,666
69,600; 69,650; 10,371; 7,891; 10,371; 8,677
69,650; 69,700; 10,382; 7,897; 10,382; 8,688
69,700; 69,750; 10,393; 7,903; 10,393; 8,699
69,750; 69,800; 10,404; 7,909; 10,404; 8,710
69,800; 69,850; 10,415; 7,915; 10,415; 8,721
69,850; 69,900; 10,426; 7,921; 10,426; 8,732
69,900; 69,950; 10,437; 7,927; 10,437; 8,743
69,950; 70,000; 10,448; 7,933; 10,448; 8,754

70,000

Si la línea 15 (ingreso tributable) es: Al menos; Pero menos de; Y usted es: Soltero Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración conjunta* Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración por separado Su impuesto es:; Cabeza de familia Su impuesto es:
70,000; 70,050; 10,459; 7,939; 10,459; 8,765
70,050; 70,100; 10,470; 7,945; 10,470; 8,776
70,100; 70,150; 10,481; 7,951; 10,481; 8,787
70,150; 70,200; 10,492; 7,957; 10,492; 8,798
70,200; 70,250; 10,503; 7,963; 10,503; 8,809
70,250; 70,300; 10,514; 7,969; 10,514; 8,820
70,300; 70,350; 10,525; 7,975; 10,525; 8,831
70,350; 70,400; 10,536; 7,981; 10,536; 8,842
70,400; 70,450; 10,547; 7,987; 10,547; 8,853
70,450; 70,500; 10,558; 7,993; 10,558; 8,864
70,500; 70,550; 10,569; 7,999; 10,569; 8,875
70,550; 70,600; 10,580; 8,005; 10,580; 8,886
70,600; 70,650; 10,591; 8,011; 10,591; 8,897
70,650; 70,700; 10,602; 8,017; 10,602; 8,908
70,700; 70,750; 10,613; 8,023; 10,613; 8,919
70,750; 70,800; 10,624; 8,029; 10,624; 8,930
70,800; 70,850; 10,635; 8,035; 10,635; 8,941
70,850; 70,900; 10,646; 8,041; 10,646; 8,952
70,900; 70,950; 10,657; 8,047; 10,657; 8,963
70,950; 71,000; 10,668; 8,053; 10,668; 8,974

71,000

Si la línea 15 (ingreso tributable) es: Al menos; Pero menos de; Y usted es: Soltero Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración conjunta* Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración por separado Su impuesto es:; Cabeza de familia Su impuesto es:
71,000; 71,050; 10,679; 8,059; 10,679; 8,985
71,050; 71,100; 10,690; 8,065; 10,690; 8,996
71,100; 71,150; 10,701; 8,071; 10,701; 9,007
71,150; 71,200; 10,712; 8,077; 10,712; 9,018
71,200; 71,250; 10,723; 8,083; 10,723; 9,029
71,250; 71,300; 10,734; 8,089; 10,734; 9,040
71,300; 71,350; 10,745; 8,095; 10,745; 9,051
71,350; 71,400; 10,756; 8,101; 10,756; 9,062
71,400; 71,450; 10,767; 8,107; 10,767; 9,073
71,450; 71,500; 10,778; 8,113; 10,778; 9,084
71,500; 71,550; 10,789; 8,119; 10,789; 9,095
71,550; 71,600; 10,800; 8,125; 10,800; 9,106
71,600; 71,650; 10,811; 8,131; 10,811; 9,117
71,650; 71,700; 10,822; 8,137; 10,822; 9,128
71,700; 71,750; 10,833; 8,143; 10,833; 9,139
71,750; 71,800; 10,844; 8,149; 10,844; 9,150
71,800; 71,850; 10,855; 8,155; 10,855; 9,161
71,850; 71,900; 10,866; 8,161; 10,866; 9,172
71,900; 71,950; 10,877; 8,167; 10,877; 9,183
71,950; 72,000; 10,888; 8,173; 10,888; 9,194

72,000

Si la línea 15 (ingreso tributable) es: Al menos; Pero menos de; Y usted es: Soltero Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración conjunta* Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración por separado Su impuesto es:; Cabeza de familia Su impuesto es:
72,000; 72,050; 10,899; 8,179; 10,899; 9,205
72,050; 72,100; 10,910; 8,185; 10,910; 9,216
72,100; 72,150; 10,921; 8,191; 10,921; 9,227
72,150; 72,200; 10,932; 8,197; 10,932; 9,238
72,200; 72,250; 10,943; 8,203; 10,943; 9,249
72,250; 72,300; 10,954; 8,209; 10,954; 9,260
72,300; 72,350; 10,965; 8,215; 10,965; 9,271
72,350; 72,400; 10,976; 8,221; 10,976; 9,282
72,400; 72,450; 10,987; 8,227; 10,987; 9,293
72,450; 72,500; 10,998; 8,233; 10,998; 9,304
72,500; 72,550; 11,009; 8,239; 11,009; 9,315
72,550; 72,600; 11,020; 8,245; 11,020; 9,326
72,600; 72,650; 11,031; 8,251; 11,031; 9,337
72,650; 72,700; 11,042; 8,257; 11,042; 9,348
72,700; 72,750; 11,053; 8,263; 11,053; 9,359
72,750; 72,800; 11,064; 8,269; 11,064; 9,370
72,800; 72,850; 11,075; 8,275; 11,075; 9,381
72,850; 72,900; 11,086; 8,281; 11,086; 9,392
72,900; 72,950; 11,097; 8,287; 11,097; 9,403
72,950; 73,000; 11,108; 8,293; 11,108; 9,414

73,000

Si la línea 15 (ingreso tributable) es: Al menos; Pero menos de; Y usted es: Soltero Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración conjunta* Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración por separado Su impuesto es:; Cabeza de familia Su impuesto es:
73,000; 73,050; 11,119; 8,299; 11,119; 9,425
73,050; 73,100; 11,130; 8,305; 11,130; 9,436
73,100; 73,150; 11,141; 8,311; 11,141; 9,447
73,150; 73,200; 11,152; 8,317; 11,152; 9,458
73,200; 73,250; 11,163; 8,323; 11,163; 9,469
73,250; 73,300; 11,174; 8,329; 11,174; 9,480
73,300; 73,350; 11,185; 8,335; 11,185; 9,491
73,350; 73,400; 11,196; 8,341; 11,196; 9,502
73,400; 73,450; 11,207; 8,347; 11,207; 9,513
73,450; 73,500; 11,218; 8,353; 11,218; 9,524
73,500; 73,550; 11,229; 8,359; 11,229; 9,535
73,550; 73,600; 11,240; 8,365; 11,240; 9,546
73,600; 73,650; 11,251; 8,371; 11,251; 9,557
73,650; 73,700; 11,262; 8,377; 11,262; 9,568
73,700; 73,750; 11,273; 8,383; 11,273; 9,579
73,750; 73,800; 11,284; 8,389; 11,284; 9,590
73,800; 73,850; 11,295; 8,395; 11,295; 9,601
73,850; 73,900; 11,306; 8,401; 11,306; 9,612
73,900; 73,950; 11,317; 8,407; 11,317; 9,623
73,950; 74,000; 11,328; 8,413; 11,328; 9,634

74,000

Si la línea 15 (ingreso tributable) es: Al menos; Pero menos de; Y usted es: Soltero Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración conjunta* Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración por separado Su impuesto es:; Cabeza de familia Su impuesto es:
74,000; 74,050; 11,339; 8,419; 11,339; 9,645
74,050; 74,100; 11,350; 8,425; 11,350; 9,656
74,100; 74,150; 11,361; 8,431; 11,361; 9,667
74,150; 74,200; 11,372; 8,437; 11,372; 9,678
74,200; 74,250; 11,383; 8,443; 11,383; 9,689
74,250; 74,300; 11,394; 8,449; 11,394; 9,700
74,300; 74,350; 11,405; 8,455; 11,405; 9,711
74,350; 74,400; 11,416; 8,461; 11,416; 9,722
74,400; 74,450; 11,427; 8,467; 11,427; 9,733
74,450; 74,500; 11,438; 8,473; 11,438; 9,744
74,500; 74,550; 11,449; 8,479; 11,449; 9,755
74,550; 74,600; 11,460; 8,485; 11,460; 9,766
74,600; 74,650; 11,471; 8,491; 11,471; 9,777
74,650; 74,700; 11,482; 8,497; 11,482; 9,788
74,700; 74,750; 11,493; 8,503; 11,493; 9,799
74,750; 74,800; 11,504; 8,509; 11,504; 9,810
74,800; 74,850; 11,515; 8,515; 11,515; 9,821
74,850; 74,900; 11,526; 8,521; 11,526; 9,832
74,900; 74,950; 11,537; 8,527; 11,537; 9,843
74,950; 75,000; 11,548; 8,533; 11,548; 9,854

<Page 83>

75,000

Si la línea 15 (ingreso tributable) es: Al menos; Pero menos de; Y usted es: Soltero Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración conjunta* Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración por separado Su impuesto es:; Cabeza de familia Su impuesto es:
75,000; 75,050; 11,559; 8,539; 11,559; 9,865
75,050; 75,100; 11,570; 8,545; 11,570; 9,876
75,100; 75,150; 11,581; 8,551; 11,581; 9,887
75,150; 75,200; 11,592; 8,557; 11,592; 9,898
75,200; 75,250; 11,603; 8,563; 11,603; 9,909
75,250; 75,300; 11,614; 8,569; 11,614; 9,920
75,300; 75,350; 11,625; 8,575; 11,625; 9,931
75,350; 75,400; 11,636; 8,581; 11,636; 9,942
75,400; 75,450; 11,647; 8,587; 11,647; 9,953
75,450; 75,500; 11,658; 8,593; 11,658; 9,964
75,500; 75,550; 11,669; 8,599; 11,669; 9,975
75,550; 75,600; 11,680; 8,605; 11,680; 9,986
75,600; 75,650; 11,691; 8,611; 11,691; 9,997
75,650; 75,700; 11,702; 8,617; 11,702; 10,008
75,700; 75,750; 11,713; 8,623; 11,713; 10,019
75,750; 75,800; 11,724; 8,629; 11,724; 10,030
75,800; 75,850; 11,735; 8,635; 11,735; 10,041
75,850; 75,900; 11,746; 8,641; 11,746; 10,052
75,900; 75,950; 11,757; 8,647; 11,757; 10,063
75,950; 76,000; 11,768; 8,653; 11,768; 10,074

76,000

Si la línea 15 (ingreso tributable) es: Al menos; Pero menos de; Y usted es: Soltero Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración conjunta* Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración por separado Su impuesto es:; Cabeza de familia Su impuesto es:
76,000; 76,050; 11,779; 8,659; 11,779; 10,085
76,050; 76,100; 11,790; 8,665; 11,790; 10,096
76,100; 76,150; 11,801; 8,671; 11,801; 10,107
76,150; 76,200; 11,812; 8,677; 11,812; 10,118
76,200; 76,250; 11,823; 8,683; 11,823; 10,129
76,250; 76,300; 11,834; 8,689; 11,834; 10,140
76,300; 76,350; 11,845; 8,695; 11,845; 10,151
76,350; 76,400; 11,856; 8,701; 11,856; 10,162
76,400; 76,450; 11,867; 8,707; 11,867; 10,173
76,450; 76,500; 11,878; 8,713; 11,878; 10,184
76,500; 76,550; 11,889; 8,719; 11,889; 10,195
76,550; 76,600; 11,900; 8,725; 11,900; 10,206
76,600; 76,650; 11,911; 8,731; 11,911; 10,217
76,650; 76,700; 11,922; 8,737; 11,922; 10,228
76,700; 76,750; 11,933; 8,743; 11,933; 10,239
76,750; 76,800; 11,944; 8,749; 11,944; 10,250
76,800; 76,850; 11,955; 8,755; 11,955; 10,261
76,850; 76,900; 11,966; 8,761; 11,966; 10,272
76,900; 76,950; 11,977; 8,767; 11,977; 10,283
76,950; 77,000; 11,988; 8,773; 11,988; 10,294

77,000

Si la línea 15 (ingreso tributable) es: Al menos; Pero menos de; Y usted es: Soltero Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración conjunta* Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración por separado Su impuesto es:; Cabeza de familia Su impuesto es:
77,000; 77,050; 11,999; 8,779; 11,999; 10,305
77,050; 77,100; 12,010; 8,785; 12,010; 10,316
77,100; 77,150; 12,021; 8,791; 12,021; 10,327
77,150; 77,200; 12,032; 8,797; 12,032; 10,338
77,200; 77,250; 12,043; 8,803; 12,043; 10,349
77,250; 77,300; 12,054; 8,809; 12,054; 10,360
77,300; 77,350; 12,065; 8,815; 12,065; 10,371
77,350; 77,400; 12,076; 8,821; 12,076; 10,382
77,400; 77,450; 12,087; 8,827; 12,087; 10,393
77,450; 77,500; 12,098; 8,833; 12,098; 10,404
77,500; 77,550; 12,109; 8,839; 12,109; 10,415
77,550; 77,600; 12,120; 8,845; 12,120; 10,426
77,600; 77,650; 12,131; 8,851; 12,131; 10,437
77,650; 77,700; 12,142; 8,857; 12,142; 10,448
77,700; 77,750; 12,153; 8,863; 12,153; 10,459
77,750; 77,800; 12,164; 8,869; 12,164; 10,470
77,800; 77,850; 12,175; 8,875; 12,175; 10,481
77,850; 77,900; 12,186; 8,881; 12,186; 10,492
77,900; 77,950; 12,197; 8,887; 12,197; 10,503
77,950; 78,000; 12,208; 8,893; 12,208; 10,514

78,000

Si la línea 15 (ingreso tributable) es: Al menos; Pero menos de; Y usted es: Soltero Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración conjunta* Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración por separado Su impuesto es:; Cabeza de familia Su impuesto es:
78,000; 78,050; 12,219; 8,899; 12,219; 10,525
78,050; 78,100; 12,230; 8,905; 12,230; 10,536
78,100; 78,150; 12,241; 8,911; 12,241; 10,547
78,150; 78,200; 12,252; 8,917; 12,252; 10,558
78,200; 78,250; 12,263; 8,923; 12,263; 10,569
78,250; 78,300; 12,274; 8,929; 12,274; 10,580
78,300; 78,350; 12,285; 8,935; 12,285; 10,591
78,350; 78,400; 12,296; 8,941; 12,296; 10,602
78,400; 78,450; 12,307; 8,947; 12,307; 10,613
78,450; 78,500; 12,318; 8,953; 12,318; 10,624
78,500; 78,550; 12,329; 8,959; 12,329; 10,635
78,550; 78,600; 12,340; 8,965; 12,340; 10,646
78,600; 78,650; 12,351; 8,971; 12,351; 10,657
78,650; 78,700; 12,362; 8,977; 12,362; 10,668
78,700; 78,750; 12,373; 8,983; 12,373; 10,679
78,750; 78,800; 12,384; 8,989; 12,384; 10,690
78,800; 78,850; 12,395; 8,995; 12,395; 10,701
78,850; 78,900; 12,406; 9,001; 12,406; 10,712
78,900; 78,950; 12,417; 9,007; 12,417; 10,723
78,950; 79,000; 12,428; 9,013; 12,428; 10,734

79,000

Si la línea 15 (ingreso tributable) es: Al menos; Pero menos de; Y usted es: Soltero Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración conjunta* Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración por separado Su impuesto es:; Cabeza de familia Su impuesto es:
79,000; 79,050; 12,439; 9,019; 12,439; 10,745
79,050; 79,100; 12,450; 9,025; 12,450; 10,756
79,100; 79,150; 12,461; 9,031; 12,461; 10,767
79,150; 79,200; 12,472; 9,037; 12,472; 10,778
79,200; 79,250; 12,483; 9,043; 12,483; 10,789
79,250; 79,300; 12,494; 9,049; 12,494; 10,800
79,300; 79,350; 12,505; 9,055; 12,505; 10,811
79,350; 79,400; 12,516; 9,061; 12,516; 10,822
79,400; 79,450; 12,527; 9,067; 12,527; 10,833
79,450; 79,500; 12,538; 9,073; 12,538; 10,844
79,500; 79,550; 12,549; 9,079; 12,549; 10,855
79,550; 79,600; 12,560; 9,085; 12,560; 10,866
79,600; 79,650; 12,571; 9,091; 12,571; 10,877
79,650; 79,700; 12,582; 9,097; 12,582; 10,888
79,700; 79,750; 12,593; 9,103; 12,593; 10,899
79,750; 79,800; 12,604; 9,109; 12,604; 10,910
79,800; 79,850; 12,615; 9,115; 12,615; 10,921
79,850; 79,900; 12,626; 9,121; 12,626; 10,932
79,900; 79,950; 12,637; 9,127; 12,637; 10,943
79,950; 80,000; 12,648; 9,133; 12,648; 10,954

80,000

Si la línea 15 (ingreso tributable) es: Al menos; Pero menos de; Y usted es: Soltero Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración conjunta* Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración por separado Su impuesto es:; Cabeza de familia Su impuesto es:
80,000; 80,050; 12,659; 9,139; 12,659; 10,965
80,050; 80,100; 12,670; 9,145; 12,670; 10,976
80,100; 80,150; 12,681; 9,151; 12,681; 10,987
80,150; 80,200; 12,692; 9,157; 12,692; 10,998
80,200; 80,250; 12,703; 9,163; 12,703; 11,009
80,250; 80,300; 12,714; 9,169; 12,714; 11,020
80,300; 80,350; 12,725; 9,175; 12,725; 11,031
80,350; 80,400; 12,736; 9,181; 12,736; 11,042
80,400; 80,450; 12,747; 9,187; 12,747; 11,053
80,450; 80,500; 12,758; 9,193; 12,758; 11,064
80,500; 80,550; 12,769; 9,199; 12,769; 11,075
80,550; 80,600; 12,780; 9,205; 12,780; 11,086
80,600; 80,650; 12,791; 9,211; 12,791; 11,097
80,650; 80,700; 12,802; 9,217; 12,802; 11,108
80,700; 80,750; 12,813; 9,223; 12,813; 11,119
80,750; 80,800; 12,824; 9,229; 12,824; 11,130
80,800; 80,850; 12,835; 9,235; 12,835; 11,141
80,850; 80,900; 12,846; 9,241; 12,846; 11,152
80,900; 80,950; 12,857; 9,247; 12,857; 11,163
80,950; 81,000; 12,868; 9,253; 12,868; 11,174

81,000

Si la línea 15 (ingreso tributable) es: Al menos; Pero menos de; Y usted es: Soltero Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración conjunta* Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración por separado Su impuesto es:; Cabeza de familia Su impuesto es:
81,000; 81,050; 12,879; 9,259; 12,879; 11,185
81,050; 81,100; 12,890; 9,265; 12,890; 11,196
81,100; 81,150; 12,901; 9,271; 12,901; 11,207
81,150; 81,200; 12,912; 9,277; 12,912; 11,218
81,200; 81,250; 12,923; 9,283; 12,923; 11,229
81,250; 81,300; 12,934; 9,289; 12,934; 11,240
81,300; 81,350; 12,945; 9,295; 12,945; 11,251
81,350; 81,400; 12,956; 9,301; 12,956; 11,262
81,400; 81,450; 12,967; 9,307; 12,967; 11,273
81,450; 81,500; 12,978; 9,313; 12,978; 11,284
81,500; 81,550; 12,989; 9,319; 12,989; 11,295
81,550; 81,600; 13,000; 9,325; 13,000; 11,306
81,600; 81,650; 13,011; 9,331; 13,011; 11,317
81,650; 81,700; 13,022; 9,337; 13,022; 11,328
81,700; 81,750; 13,033; 9,343; 13,033; 11,339
81,750; 81,800; 13,044; 9,349; 13,044; 11,350
81,800; 81,850; 13,055; 9,355; 13,055; 11,361
81,850; 81,900; 13,066; 9,361; 13,066; 11,372
81,900; 81,950; 13,077; 9,367; 13,077; 11,383
81,950; 82,000; 13,088; 9,373; 13,088; 11,394

82,000

Si la línea 15 (ingreso tributable) es: Al menos; Pero menos de; Y usted es: Soltero Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración conjunta* Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración por separado Su impuesto es:; Cabeza de familia Su impuesto es:
82,000; 82,050; 13,099; 9,379; 13,099; 11,405
82,050; 82,100; 13,110; 9,385; 13,110; 11,416
82,100; 82,150; 13,121; 9,391; 13,121; 11,427
82,150; 82,200; 13,132; 9,397; 13,132; 11,438
82,200; 82,250; 13,143; 9,403; 13,143; 11,449
82,250; 82,300; 13,154; 9,409; 13,154; 11,460
82,300; 82,350; 13,165; 9,415; 13,165; 11,471
82,350; 82,400; 13,176; 9,421; 13,176; 11,482
82,400; 82,450; 13,187; 9,427; 13,187; 11,493
82,450; 82,500; 13,198; 9,433; 13,198; 11,504
82,500; 82,550; 13,209; 9,439; 13,209; 11,515
82,550; 82,600; 13,220; 9,445; 13,220; 11,526
82,600; 82,650; 13,231; 9,451; 13,231; 11,537
82,650; 82,700; 13,242; 9,457; 13,242; 11,548
82,700; 82,750; 13,253; 9,463; 13,253; 11,559
82,750; 82,800; 13,264; 9,469; 13,264; 11,570
82,800; 82,850; 13,275; 9,475; 13,275; 11,581
82,850; 82,900; 13,286; 9,481; 13,286; 11,592
82,900; 82,950; 13,297; 9,487; 13,297; 11,603
82,950; 83,000; 13,308; 9,493; 13,308; 11,614

83,000

Si la línea 15 (ingreso tributable) es: Al menos; Pero menos de; Y usted es: Soltero Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración conjunta* Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración por separado Su impuesto es:; Cabeza de familia Su impuesto es:
83,000; 83,050; 13,319; 9,499; 13,319; 11,625
83,050; 83,100; 13,330; 9,505; 13,330; 11,636
83,100; 83,150; 13,341; 9,511; 13,341; 11,647
83,150; 83,200; 13,352; 9,517; 13,352; 11,658
83,200; 83,250; 13,363; 9,523; 13,363; 11,669
83,250; 83,300; 13,374; 9,529; 13,374; 11,680
83,300; 83,350; 13,385; 9,535; 13,385; 11,691
83,350; 83,400; 13,396; 9,541; 13,396; 11,702
83,400; 83,450; 13,407; 9,547; 13,407; 11,713
83,450; 83,500; 13,418; 9,553; 13,418; 11,724
83,500; 83,550; 13,429; 9,559; 13,429; 11,735
83,550; 83,600; 13,440; 9,565; 13,440; 11,746
83,600; 83,650; 13,451; 9,571; 13,451; 11,757
83,650; 83,700; 13,462; 9,577; 13,462; 11,768
83,700; 83,750; 13,473; 9,583; 13,473; 11,779
83,750; 83,800; 13,484; 9,589; 13,484; 11,790
83,800; 83,850; 13,495; 9,595; 13,495; 11,801
83,850; 83,900; 13,506; 9,601; 13,506; 11,812
83,900; 83,950; 13,517; 9,607; 13,517; 11,823
83,950; 84,000; 13,528; 9,613; 13,528; 11,834

<Page 84>

84,000

Si la línea 15 (ingreso tributable) es: Al menos; Pero menos de; Y usted es: Soltero Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración conjunta* Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración por separado Su impuesto es:; Cabeza de familia Su impuesto es:
84,000; 84,050; 13,539; 9,619; 13,539; 11,845
84,050; 84,100; 13,550; 9,625; 13,550; 11,856
84,100; 84,150; 13,561; 9,631; 13,561; 11,867
84,150; 84,200; 13,572; 9,637; 13,572; 11,878
84,200; 84,250; 13,583; 9,643; 13,583; 11,889
84,250; 84,300; 13,594; 9,649; 13,594; 11,900
84,300; 84,350; 13,605; 9,655; 13,605; 11,911
84,350; 84,400; 13,616; 9,661; 13,616; 11,922
84,400; 84,450; 13,627; 9,667; 13,627; 11,933
84,450; 84,500; 13,638; 9,673; 13,638; 11,944
84,500; 84,550; 13,649; 9,679; 13,649; 11,955
84,550; 84,600; 13,660; 9,685; 13,660; 11,966
84,600; 84,650; 13,671; 9,691; 13,671; 11,977
84,650; 84,700; 13,682; 9,697; 13,682; 11,988
84,700; 84,750; 13,693; 9,703; 13,693; 11,999
84,750; 84,800; 13,704; 9,709; 13,704; 12,010
84,800; 84,850; 13,715; 9,715; 13,715; 12,021
84,850; 84,900; 13,726; 9,721; 13,726; 12,032
84,900; 84,950; 13,737; 9,727; 13,737; 12,043
84,950; 85,000; 13,748; 9,733; 13,748; 12,054

85,000

Si la línea 15 (ingreso tributable) es: Al menos; Pero menos de; Y usted es: Soltero Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración conjunta* Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración por separado Su impuesto es:; Cabeza de familia Su impuesto es:
85,000; 85,050; 13,759; 9,739; 13,759; 12,065
85,050; 85,100; 13,770; 9,745; 13,770; 12,076
85,100; 85,150; 13,781; 9,751; 13,781; 12,087
85,150; 85,200; 13,792; 9,757; 13,792; 12,098
85,200; 85,250; 13,803; 9,763; 13,803; 12,109
85,250; 85,300; 13,814; 9,769; 13,814; 12,120
85,300; 85,350; 13,825; 9,775; 13,825; 12,131
85,350; 85,400; 13,836; 9,781; 13,836; 12,142
85,400; 85,450; 13,847; 9,787; 13,847; 12,153
85,450; 85,500; 13,858; 9,793; 13,858; 12,164
85,500; 85,550; 13,869; 9,799; 13,869; 12,175
85,550; 85,600; 13,880; 9,805; 13,880; 12,186
85,600; 85,650; 13,891; 9,811; 13,891; 12,197
85,650; 85,700; 13,902; 9,817; 13,902; 12,208
85,700; 85,750; 13,913; 9,823; 13,913; 12,219
85,750; 85,800; 13,924; 9,829; 13,924; 12,230
85,800; 85,850; 13,935; 9,835; 13,935; 12,241
85,850; 85,900; 13,946; 9,841; 13,946; 12,252
85,900; 85,950; 13,957; 9,847; 13,957; 12,263
85,950; 86,000; 13,968; 9,853; 13,968; 12,274

86,000

Si la línea 15 (ingreso tributable) es: Al menos; Pero menos de; Y usted es: Soltero Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración conjunta* Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración por separado Su impuesto es:; Cabeza de familia Su impuesto es:
86,000; 86,050; 13,979; 9,859; 13,979; 12,285
86,050; 86,100; 13,990; 9,865; 13,990; 12,296
86,100; 86,150; 14,001; 9,871; 14,001; 12,307
86,150; 86,200; 14,012; 9,877; 14,012; 12,318
86,200; 86,250; 14,023; 9,883; 14,023; 12,329
86,250; 86,300; 14,034; 9,889; 14,034; 12,340
86,300; 86,350; 14,045; 9,895; 14,045; 12,351
86,350; 86,400; 14,056; 9,901; 14,056; 12,362
86,400; 86,450; 14,067; 9,907; 14,067; 12,373
86,450; 86,500; 14,078; 9,913; 14,078; 12,384
86,500; 86,550; 14,089; 9,919; 14,089; 12,395
86,550; 86,600; 14,100; 9,925; 14,100; 12,406
86,600; 86,650; 14,111; 9,931; 14,111; 12,417
86,650; 86,700; 14,122; 9,937; 14,122; 12,428
86,700; 86,750; 14,133; 9,943; 14,133; 12,439
86,750; 86,800; 14,144; 9,949; 14,144; 12,450
86,800; 86,850; 14,155; 9,955; 14,155; 12,461
86,850; 86,900; 14,166; 9,961; 14,166; 12,472
86,900; 86,950; 14,177; 9,967; 14,177; 12,483
86,950; 87,000; 14,188; 9,973; 14,188; 12,494

87,000

Si la línea 15 (ingreso tributable) es: Al menos; Pero menos de; Y usted es: Soltero Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración conjunta* Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración por separado Su impuesto es:; Cabeza de familia Su impuesto es:
87,000; 87,050; 14,199; 9,979; 14,199; 12,505
87,050; 87,100; 14,210; 9,985; 14,210; 12,516
87,100; 87,150; 14,221; 9,991; 14,221; 12,527
87,150; 87,200; 14,232; 9,997; 14,232; 12,538
87,200; 87,250; 14,243; 10,003; 14,243; 12,549
87,250; 87,300; 14,254; 10,009; 14,254; 12,560
87,300; 87,350; 14,265; 10,015; 14,265; 12,571
87,350; 87,400; 14,276; 10,021; 14,276; 12,582
87,400; 87,450; 14,287; 10,027; 14,287; 12,593
87,450; 87,500; 14,298; 10,033; 14,298; 12,604
87,500; 87,550; 14,309; 10,039; 14,309; 12,615
87,550; 87,600; 14,320; 10,045; 14,320; 12,626
87,600; 87,650; 14,331; 10,051; 14,331; 12,637
87,650; 87,700; 14,342; 10,057; 14,342; 12,648
87,700; 87,750; 14,353; 10,063; 14,353; 12,659
87,750; 87,800; 14,364; 10,069; 14,364; 12,670
87,800; 87,850; 14,375; 10,075; 14,375; 12,681
87,850; 87,900; 14,386; 10,081; 14,386; 12,692
87,900; 87,950; 14,397; 10,087; 14,397; 12,703
87,950; 88,000; 14,408; 10,093; 14,408; 12,714

88,000

Si la línea 15 (ingreso tributable) es: Al menos; Pero menos de; Y usted es: Soltero Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración conjunta* Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración por separado Su impuesto es:; Cabeza de familia Su impuesto es:
88,000; 88,050; 14,419; 10,099; 14,419; 12,725
88,050; 88,100; 14,430; 10,105; 14,430; 12,736
88,100; 88,150; 14,441; 10,111; 14,441; 12,747
88,150; 88,200; 14,452; 10,117; 14,452; 12,758
88,200; 88,250; 14,463; 10,123; 14,463; 12,769
88,250; 88,300; 14,474; 10,129; 14,474; 12,780
88,300; 88,350; 14,485; 10,135; 14,485; 12,791
88,350; 88,400; 14,496; 10,141; 14,496; 12,802
88,400; 88,450; 14,507; 10,147; 14,507; 12,813
88,450; 88,500; 14,518; 10,153; 14,518; 12,824
88,500; 88,550; 14,529; 10,159; 14,529; 12,835
88,550; 88,600; 14,540; 10,165; 14,540; 12,846
88,600; 88,650; 14,551; 10,171; 14,551; 12,857
88,650; 88,700; 14,562; 10,177; 14,562; 12,868
88,700; 88,750; 14,573; 10,183; 14,573; 12,879
88,750; 88,800; 14,584; 10,189; 14,584; 12,890
88,800; 88,850; 14,595; 10,195; 14,595; 12,901
88,850; 88,900; 14,606; 10,201; 14,606; 12,912
88,900; 88,950; 14,617; 10,207; 14,617; 12,923
88,950; 89,000; 14,628; 10,213; 14,628; 12,934

89,000

Si la línea 15 (ingreso tributable) es: Al menos; Pero menos de; Y usted es: Soltero Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración conjunta* Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración por separado Su impuesto es:; Cabeza de familia Su impuesto es:
89,000; 89,050; 14,639; 10,219; 14,639; 12,945
89,050; 89,100; 14,650; 10,225; 14,650; 12,956
89,100; 89,150; 14,661; 10,231; 14,661; 12,967
89,150; 89,200; 14,672; 10,237; 14,672; 12,978
89,200; 89,250; 14,683; 10,243; 14,683; 12,989
89,250; 89,300; 14,694; 10,249; 14,694; 13,000
89,300; 89,350; 14,705; 10,255; 14,705; 13,011
89,350; 89,400; 14,716; 10,261; 14,716; 13,022
89,400; 89,450; 14,727; 10,267; 14,727; 13,033
89,450; 89,500; 14,738; 10,273; 14,738; 13,044
89,500; 89,550; 14,749; 10,279; 14,749; 13,055
89,550; 89,600; 14,760; 10,285; 14,760; 13,066
89,600; 89,650; 14,771; 10,291; 14,771; 13,077
89,650; 89,700; 14,782; 10,297; 14,782; 13,088
89,700; 89,750; 14,793; 10,303; 14,793; 13,099
89,750; 89,800; 14,804; 10,309; 14,804; 13,110
89,800; 89,850; 14,815; 10,315; 14,815; 13,121
89,850; 89,900; 14,826; 10,321; 14,826; 13,132
89,900; 89,950; 14,837; 10,327; 14,837; 13,143
89,950; 90,000; 14,848; 10,333; 14,848; 13,154

90,000

Si la línea 15 (ingreso tributable) es: Al menos; Pero menos de; Y usted es: Soltero Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración conjunta* Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración por separado Su impuesto es:; Cabeza de familia Su impuesto es:
90,000; 90,050; 14,859; 10,339; 14,859; 13,165
90,050; 90,100; 14,870; 10,345; 14,870; 13,176
90,100; 90,150; 14,881; 10,351; 14,881; 13,187
90,150; 90,200; 14,892; 10,357; 14,892; 13,198
90,200; 90,250; 14,903; 10,363; 14,903; 13,209
90,250; 90,300; 14,914; 10,369; 14,914; 13,220
90,300; 90,350; 14,925; 10,375; 14,925; 13,231
90,350; 90,400; 14,936; 10,381; 14,936; 13,242
90,400; 90,450; 14,947; 10,387; 14,947; 13,253
90,450; 90,500; 14,958; 10,393; 14,958; 13,264
90,500; 90,550; 14,969; 10,399; 14,969; 13,275
90,550; 90,600; 14,980; 10,405; 14,980; 13,286
90,600; 90,650; 14,991; 10,411; 14,991; 13,297
90,650; 90,700; 15,002; 10,417; 15,002; 13,308
90,700; 90,750; 15,013; 10,423; 15,013; 13,319
90,750; 90,800; 15,024; 10,429; 15,024; 13,330
90,800; 90,850; 15,035; 10,435; 15,035; 13,341
90,850; 90,900; 15,046; 10,441; 15,046; 13,352
90,900; 90,950; 15,057; 10,447; 15,057; 13,363
90,950; 91,000; 15,068; 10,453; 15,068; 13,374

91,000

Si la línea 15 (ingreso tributable) es: Al menos; Pero menos de; Y usted es: Soltero Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración conjunta* Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración por separado Su impuesto es:; Cabeza de familia Su impuesto es:
91,000; 91,050; 15,079; 10,459; 15,079; 13,385
91,050; 91,100; 15,090; 10,465; 15,090; 13,396
91,100; 91,150; 15,101; 10,471; 15,101; 13,407
91,150; 91,200; 15,112; 10,477; 15,112; 13,418
91,200; 91,250; 15,123; 10,483; 15,123; 13,429
91,250; 91,300; 15,134; 10,489; 15,134; 13,440
91,300; 91,350; 15,145; 10,495; 15,145; 13,451
91,350; 91,400; 15,156; 10,501; 15,156; 13,462
91,400; 91,450; 15,167; 10,507; 15,167; 13,473
91,450; 91,500; 15,178; 10,513; 15,178; 13,484
91,500; 91,550; 15,189; 10,519; 15,189; 13,495
91,550; 91,600; 15,200; 10,525; 15,200; 13,506
91,600; 91,650; 15,211; 10,531; 15,211; 13,517
91,650; 91,700; 15,222; 10,537; 15,222; 13,528
91,700; 91,750; 15,233; 10,543; 15,233; 13,539
91,750; 91,800; 15,244; 10,549; 15,244; 13,550
91,800; 91,850; 15,255; 10,555; 15,255; 13,561
91,850; 91,900; 15,266; 10,561; 15,266; 13,572
91,900; 91,950; 15,277; 10,567; 15,277; 13,583
91,950; 92,000; 15,288; 10,573; 15,288; 13,594

92,000

Si la línea 15 (ingreso tributable) es: Al menos; Pero menos de; Y usted es: Soltero Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración conjunta* Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración por separado Su impuesto es:; Cabeza de familia Su impuesto es:
92,000; 92,050; 15,299; 10,579; 15,299; 13,605
92,050; 92,100; 15,310; 10,585; 15,310; 13,616
92,100; 92,150; 15,321; 10,591; 15,321; 13,627
92,150; 92,200; 15,332; 10,597; 15,332; 13,638
92,200; 92,250; 15,343; 10,603; 15,343; 13,649
92,250; 92,300; 15,354; 10,609; 15,354; 13,660
92,300; 92,350; 15,365; 10,615; 15,365; 13,671
92,350; 92,400; 15,376; 10,621; 15,376; 13,682
92,400; 92,450; 15,387; 10,627; 15,387; 13,693
92,450; 92,500; 15,398; 10,633; 15,398; 13,704
92,500; 92,550; 15,409; 10,639; 15,409; 13,715
92,550; 92,600; 15,420; 10,645; 15,420; 13,726
92,600; 92,650; 15,431; 10,651; 15,431; 13,737
92,650; 92,700; 15,442; 10,657; 15,442; 13,748
92,700; 92,750; 15,453; 10,663; 15,453; 13,759
92,750; 92,800; 15,464; 10,669; 15,464; 13,770
92,800; 92,850; 15,475; 10,675; 15,475; 13,781
92,850; 92,900; 15,486; 10,681; 15,486; 13,792
92,900; 92,950; 15,497; 10,687; 15,497; 13,803
92,950; 93,000; 15,508; 10,693; 15,508; 13,814

<Page 85>

93,000

Si la línea 15 (ingreso tributable) es: Al menos; Pero menos de; Y usted es: Soltero Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración conjunta* Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración por separado Su impuesto es:; Cabeza de familia Su impuesto es:
93,000; 93,050; 15,519; 10,699; 15,519; 13,825
93,050; 93,100; 15,530; 10,705; 15,530; 13,836
93,100; 93,150; 15,541; 10,711; 15,541; 13,847
93,150; 93,200; 15,552; 10,717; 15,552; 13,858
93,200; 93,250; 15,563; 10,723; 15,563; 13,869
93,250; 93,300; 15,574; 10,729; 15,574; 13,880
93,300; 93,350; 15,585; 10,735; 15,585; 13,891
93,350; 93,400; 15,596; 10,741; 15,596; 13,902
93,400; 93,450; 15,607; 10,747; 15,607; 13,913
93,450; 93,500; 15,618; 10,753; 15,618; 13,924
93,500; 93,550; 15,629; 10,759; 15,629; 13,935
93,550; 93,600; 15,640; 10,765; 15,640; 13,946
93,600; 93,650; 15,651; 10,771; 15,651; 13,957
93,650; 93,700; 15,662; 10,777; 15,662; 13,968
93,700; 93,750; 15,673; 10,783; 15,673; 13,979
93,750; 93,800; 15,684; 10,789; 15,684; 13,990
93,800; 93,850; 15,695; 10,795; 15,695; 14,001
93,850; 93,900; 15,706; 10,801; 15,706; 14,012
93,900; 93,950; 15,717; 10,807; 15,717; 14,023
93,950; 94,000; 15,728; 10,813; 15,728; 14,034

94,000

Si la línea 15 (ingreso tributable) es: Al menos; Pero menos de; Y usted es: Soltero Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración conjunta* Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración por separado Su impuesto es:; Cabeza de familia Su impuesto es:
94,000; 94,050; 15,739; 10,819; 15,739; 14,045
94,050; 94,100; 15,750; 10,825; 15,750; 14,056
94,100; 94,150; 15,761; 10,831; 15,761; 14,067
94,150; 94,200; 15,772; 10,837; 15,772; 14,078
94,200; 94,250; 15,783; 10,843; 15,783; 14,089
94,250; 94,300; 15,794; 10,849; 15,794; 14,100
94,300; 94,350; 15,805; 10,858; 15,805; 14,111
94,350; 94,400; 15,816; 10,869; 15,816; 14,122
94,400; 94,450; 15,827; 10,880; 15,827; 14,133
94,450; 94,500; 15,838; 10,891; 15,838; 14,144
94,500; 94,550; 15,849; 10,902; 15,849; 14,155
94,550; 94,600; 15,860; 10,913; 15,860; 14,166
94,600; 94,650; 15,871; 10,924; 15,871; 14,177
94,650; 94,700; 15,882; 10,935; 15,882; 14,188
94,700; 94,750; 15,893; 10,946; 15,893; 14,199
94,750; 94,800; 15,904; 10,957; 15,904; 14,210
94,800; 94,850; 15,915; 10,968; 15,915; 14,221
94,850; 94,900; 15,926; 10,979; 15,926; 14,232
94,900; 94,950; 15,937; 10,990; 15,937; 14,243
94,950; 95,000; 15,948; 11,001; 15,948; 14,254

95,000

Si la línea 15 (ingreso tributable) es: Al menos; Pero menos de; Y usted es: Soltero Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración conjunta* Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración por separado Su impuesto es:; Cabeza de familia Su impuesto es:
95,000; 95,050; 15,959; 11,012; 15,959; 14,265
95,050; 95,100; 15,970; 11,023; 15,970; 14,276
95,100; 95,150; 15,981; 11,034; 15,981; 14,287
95,150; 95,200; 15,992; 11,045; 15,992; 14,298
95,200; 95,250; 16,003; 11,056; 16,003; 14,309
95,250; 95,300; 16,014; 11,067; 16,014; 14,320
95,300; 95,350; 16,025; 11,078; 16,025; 14,331
95,350; 95,400; 16,036; 11,089; 16,036; 14,342
95,400; 95,450; 16,047; 11,100; 16,047; 14,353
95,450; 95,500; 16,058; 11,111; 16,058; 14,364
95,500; 95,550; 16,069; 11,122; 16,069; 14,375
95,550; 95,600; 16,080; 11,133; 16,080; 14,386
95,600; 95,650; 16,091; 11,144; 16,091; 14,397
95,650; 95,700; 16,102; 11,155; 16,102; 14,408
95,700; 95,750; 16,113; 11,166; 16,113; 14,419
95,750; 95,800; 16,124; 11,177; 16,124; 14,430
95,800; 95,850; 16,135; 11,188; 16,135; 14,441
95,850; 95,900; 16,146; 11,199; 16,146; 14,452
95,900; 95,950; 16,157; 11,210; 16,157; 14,463
95,950; 96,000; 16,168; 11,221; 16,168; 14,474

96,000

Si la línea 15 (ingreso tributable) es: Al menos; Pero menos de; Y usted es: Soltero Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración conjunta* Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración por separado Su impuesto es:; Cabeza de familia Su impuesto es:
96,000; 96,050; 16,179; 11,232; 16,179; 14,485
96,050; 96,100; 16,190; 11,243; 16,190; 14,496
96,100; 96,150; 16,201; 11,254; 16,201; 14,507
96,150; 96,200; 16,212; 11,265; 16,212; 14,518
96,200; 96,250; 16,223; 11,276; 16,223; 14,529
96,250; 96,300; 16,234; 11,287; 16,234; 14,540
96,300; 96,350; 16,245; 11,298; 16,245; 14,551
96,350; 96,400; 16,256; 11,309; 16,256; 14,562
96,400; 96,450; 16,267; 11,320; 16,267; 14,573
96,450; 96,500; 16,278; 11,331; 16,278; 14,584
96,500; 96,550; 16,289; 11,342; 16,289; 14,595
96,550; 96,600; 16,300; 11,353; 16,300; 14,606
96,600; 96,650; 16,311; 11,364; 16,311; 14,617
96,650; 96,700; 16,322; 11,375; 16,322; 14,628
96,700; 96,750; 16,333; 11,386; 16,333; 14,639
96,750; 96,800; 16,344; 11,397; 16,344; 14,650
96,800; 96,850; 16,355; 11,408; 16,355; 14,661
96,850; 96,900; 16,366; 11,419; 16,366; 14,672
96,900; 96,950; 16,377; 11,430; 16,377; 14,683
96,950; 97,000; 16,388; 11,441; 16,388; 14,694

97,000

Si la línea 15 (ingreso tributable) es: Al menos; Pero menos de; Y usted es: Soltero Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración conjunta* Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración por separado Su impuesto es:; Cabeza de familia Su impuesto es:
97,000; 97,050; 16,399; 11,452; 16,399; 14,705
97,050; 97,100; 16,410; 11,463; 16,410; 14,716
97,100; 97,150; 16,421; 11,474; 16,421; 14,727
97,150; 97,200; 16,432; 11,485; 16,432; 14,738
97,200; 97,250; 16,443; 11,496; 16,443; 14,749
97,250; 97,300; 16,454; 11,507; 16,454; 14,760
97,300; 97,350; 16,465; 11,518; 16,465; 14,771
97,350; 97,400; 16,476; 11,529; 16,476; 14,782
97,400; 97,450; 16,487; 11,540; 16,487; 14,793
97,450; 97,500; 16,498; 11,551; 16,498; 14,804
97,500; 97,550; 16,509; 11,562; 16,509; 14,815
97,550; 97,600; 16,520; 11,573; 16,520; 14,826
97,600; 97,650; 16,531; 11,584; 16,531; 14,837
97,650; 97,700; 16,542; 11,595; 16,542; 14,848
97,700; 97,750; 16,553; 11,606; 16,553; 14,859
97,750; 97,800; 16,564; 11,617; 16,564; 14,870
97,800; 97,850; 16,575; 11,628; 16,575; 14,881
97,850; 97,900; 16,586; 11,639; 16,586; 14,892
97,900; 97,950; 16,597; 11,650; 16,597; 14,903
97,950; 98,000; 16,608; 11,661; 16,608; 14,914

98,000

Si la línea 15 (ingreso tributable) es: Al menos; Pero menos de; Y usted es: Soltero Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración conjunta* Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración por separado Su impuesto es:; Cabeza de familia Su impuesto es:
98,000; 98,050; 16,619; 11,672; 16,619; 14,925
98,050; 98,100; 16,630; 11,683; 16,630; 14,936
98,100; 98,150; 16,641; 11,694; 16,641; 14,947
98,150; 98,200; 16,652; 11,705; 16,652; 14,958
98,200; 98,250; 16,663; 11,716; 16,663; 14,969
98,250; 98,300; 16,674; 11,727; 16,674; 14,980
98,300; 98,350; 16,685; 11,738; 16,685; 14,991
98,350; 98,400; 16,696; 11,749; 16,696; 15,002
98,400; 98,450; 16,707; 11,760; 16,707; 15,013
98,450; 98,500; 16,718; 11,771; 16,718; 15,024
98,500; 98,550; 16,729; 11,782; 16,729; 15,035
98,550; 98,600; 16,740; 11,793; 16,740; 15,046
98,600; 98,650; 16,751; 11,804; 16,751; 15,057
98,650; 98,700; 16,762; 11,815; 16,762; 15,068
98,700; 98,750; 16,773; 11,826; 16,773; 15,079
98,750; 98,800; 16,784; 11,837; 16,784; 15,090
98,800; 98,850; 16,795; 11,848; 16,795; 15,101
98,850; 98,900; 16,806; 11,859; 16,806; 15,112
98,900; 98,950; 16,817; 11,870; 16,817; 15,123
98,950; 99,000; 16,828; 11,881; 16,828; 15,134

99,000

Si la línea 15 (ingreso tributable) es: Al menos; Pero menos de; Y usted es: Soltero Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración conjunta* Su impuesto es:; Casado que presenta una declaración por separado Su impuesto es:; Cabeza de familia Su impuesto es:
99,000; 99,050; 16,839; 11,892; 16,839; 15,145
99,050; 99,100; 16,850; 11,903; 16,850; 15,156
99,100; 99,150; 16,861; 11,914; 16,861; 15,167
99,150; 99,200; 16,872; 11,925; 16,872; 15,178
99,200; 99,250; 16,883; 11,936; 16,883; 15,189
99,250; 99,300; 16,894; 11,947; 16,894; 15,200
99,300; 99,350; 16,905; 11,958; 16,905; 15,211
99,350; 99,400; 16,916; 11,969; 16,916; 15,222
99,400; 99,450; 16,927; 11,980; 16,927; 15,233
99,450; 99,500; 16,938; 11,991; 16,938; 15,244
99,500; 99,550; 16,949; 12,002; 16,949; 15,255
99,550; 99,600; 16,960; 12,013; 16,960; 15,266
99,600; 99,650; 16,971; 12,024; 16,971; 15,277
99,650; 99,700; 16,982; 12,035; 16,982; 15,288
99,700; 99,750; 16,993; 12,046; 16,993; 15,299
99,750; 99,800; 17,004; 12,057; 17,004; 15,310
99,800; 99,850; 17,015; 12,068; 17,015; 15,321
99,850; 99,900; 17,026; 12,079; 17,026; 15,332
99,900; 99,950; 17,037; 12,090; 17,037; 15,343
99,950; 100,000; 17,048; 12,101; 17,048; 15,354

$100,000 o más use la Hoja de Trabajo para el Cálculo del Impuesto

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Hoja de Trabajo para el Cálculo del Impuesto del Año 2024 -Línea 16

¡PRECAUCIÓN! Vea las instrucciones de la línea 16 para ver si tiene que utilizar la hoja de trabajo que aparece a continuación para calcular los impuestos.

Nota: Si está obligado a utilizar esta hoja de trabajo para calcular el impuesto sobre una cantidad de otro formulario u hoja de trabajo, como Hoja de Trabajo para el Impuesto Sobre los Dividendos Calificados y Ganancias de Capital, la Schedule D Tax Worksheet (Hoja de trabajo para los impuestos del Anexo D) en las Instrucciones para el Anexo D (Formulario 1040), el Anexo J (Formulario 1040), el Formula 8615 o la Hoja de Trabajo para el Impuesto Sobre Ingresos Devengados en el Extranjero, anote la cantidad de dicho formulario u hoja trabajo en la columna (a) de la fila que corresponde a la cantidad que busca. Anote el resultado en la línea correspondiente del formulario o la hoja de trabajo que está completando.

Sección A

-Utilice esta sección si su estado civil para efectos de la declaración es Soltero. Complete la fila indicada a continuación que le corresponda.

Ingreso tributable. Si la línea 15 es-; (a) Anote la cantidad de la línea 15.; (b) Cantidad a multiplicar; (c) Multiplique(a) por (b).; (d) Cantidad a restar; Impuesto. Reste (d) de (c). Anote el resultado aquí y en la línea 16.
Al menos $100,000 pero no más de $100,525; $----; × 22% (0.22); $----; $4,947.00; $----
Más de $100,525 pero no más de $191,950; $----; × 24% (0.24); $----; $6,957.50; $----
Más de $191,950 pero no más de $243,725; $----; × 32% (0.32); $----; $22,313.50; $----
Más de $243,725 pero no más de $609,350; $----; × 35% (0.35); $----; $29,625.25; $----
Más de $609,350; $----; × 37% (0.37); $----; $41,812.25; $----

Sección B

-Utilice esta sección si su estado civil para efectos de la declaración es Casado que presenta una declaración conjunta o Cónyuge sobreviviente que reúne los requisitos. Complete la fila indicada a continuación que le corresponda.

Ingreso tributable. Si la línea 15 es-; (a) Anote la cantidad de la línea 15.; (b) Cantidad a multiplicar; (c) Multiplique(a) por (b).; (d) Cantidad a restar; Impuesto. Reste (d) de (c). Anote el resultado aquí y en la línea 16.
Al menos $100,000 pero no más de $201,050; $----; × 22% (0.22); $----; $9,894.00; $----
Más de $201,050 pero no más de $383,900; $----; × 24% (0.24); $----; $13,915.00; $----
Más de $383,900 pero no más de $487,450; $----; × 32% (0.32); $----; $44,627.00; $----
Más de $487,450 pero no más de $731,200; $----; × 35% (0.35); $----; $59,250.50; $----
Más de $731,200; $----; × 37% (0.37); $----; $73,874.50; $----

Sección C

-Utilice esta sección si su estado civil para efectos de la declaración es Casado que presenta una declaración por separado. Complete la fila indicada a continuación que le corresponda.

Ingreso tributable. Si la línea 15 es-; (a) Anote la cantidad de la línea 15.; (b) Cantidad a multiplicar; (c) Multiplique(a) por (b).; (d) Cantidad a restar; Impuesto. Reste (d) de (c). Anote el resultado aquí y en la línea 16.
Al menos $100,000 pero no más de $100,525; $----; × 22% (0.22); $----; $4,947.00; $----
Más de $100,525 pero no más de $191,950; $----; × 24% (0.24); $----; $6,957.50; $----
Más de $191,950 pero no más de $243,725; $----; × 32% (0.32); $----; $22,313.50; $----
Más de $243,725 pero no más de $365,600; $----; × 35% (0.35); $----; $29,625.25; $----
Más de $365,600; $----; × 37% (0.37); $----; $36,937.25; $----

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Sección D

-Utilice esta sección si su estado civil para efectos de la declaración es Cabeza de familia. Complete la fila indicada a continuación que le corresponda.

Ingreso tributable. Si la línea 15 es-; (a) Anote la cantidad de la línea 15.; (b) Cantidad a multiplicar; (c) Multiplique(a) por (b).; (d) Cantidad a restar; Impuesto. Reste (d) de (c). Anote el resultado aquí y en la línea 16.
Al menos $100,000 pero no más de $100,500; $----; × 22% (0.22); $----; $6,641.00; $----
Más de $100,500 pero no más de $191,950; $----; × 24% (0.24); $----; $8,651.00; $----
Más de $191,950 pero no más de $243,700; $----; × 32% (0.32); $----; $24,007.00; $----
Más de $243,700 pero no más de $609,350; $----; × 35% (0.35); $----; $31,318.00; $----
Más de $609,350; $----; × 37% (0.37); $----; $43,505.00; $----

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Información General

Misión del IRS. Proveerle a los contribuyentes de los Estados Unidos de América un servicio de alta calidad, ayudándolos a entender y cumplir con sus responsabilidades tributarias, y hacer cumplir las leyes de manera íntegra y justa para todos.

Inscripción Electoral

¿Necesita verificar o actualizar su inscripción electoral? Visite Vote.gov/es para confirmar con su oficina estatal de elecciones.

Cómo Evitar Errores Comunes

Los errores pueden retrasar su reembolso o causar que se le envíen notificaciones a usted. Una de las mejores maneras para presentar una declaración precisa es prepararla y presentarla electrónicamente. El programa (software) para preparar las declaraciones hace los cálculos matemáticos por usted y le ayudará a evitar errores. Direct File y Free File proveen a los contribuyentes elegibles la capacidad para presentar sus impuestos electrónicamente libre de costo. Vea IRS.gov/DirectFile y pulse sobre Español; y IRS.gov/PresenteGratis para más detalles y saber si reúne los requisitos.

• Presente su declaración usando hoja(s) de papel de tamaño estándar. Si corta el papel, puede causar problemas durante la tramitación de su declaración de impuestos.
• Asegúrese de haber anotado correctamente el nombre y número de Seguro Social (SSN, por sus siglas en inglés) de cada dependiente que usted reclame en la sección titulada Dependientes. Revise que el nombre y SSN de cada dependiente concuerde con lo que aparece en la tarjeta de Seguro Social del dependiente. Para cada hijo menor de 17 años de edad que es un hijo calificado para propósitos del crédito tributario por hijos o cada dependiente que lo califica para el crédito por otros dependientes, asegúrese de marcar el recuadro apropiado en la columna (4) de la sección titulada Dependientes.
• Revise los cálculos matemáticos, especialmente los que están vinculados con el crédito tributario por hijos, el crédito por ingreso del trabajo (EIC, por sus siglas en inglés), beneficios del Seguro Social tributables, el ingreso total, las deducciones detalladas o la deducción estándar, el ingreso tributable, el impuesto total, el impuesto federal sobre el ingreso que se le retuvo y el reembolso o la cantidad que adeuda.
• Asegúrese de haber usado el método correcto para calcular su impuesto. Vea las instrucciones para la línea 16.
• Asegúrese de anotar su SSN en el espacio provisto en la página 1 del Formulario 1040 o 1040-SR. Si es casado que presenta una declaración conjunta o una declaración por separado, anote también el SSN de su cónyuge. Asegúrese de anotar su SSN en el espacio junto a su nombre. Revise que su nombre y SSN concuerden con lo que aparece en su tarjeta de Seguro Social.
• Asegúrese de que su nombre y dirección estén correctos. Anote su nombre (y el de su cónyuge) en el mismo orden en que aparecieron en su declaración anterior.
• Si vive en un apartamento, asegúrese de incluir el número de su apartamento en su dirección.
• Si usted toma la deducción estándar, vea las instrucciones para la línea 12 para asegurarse de que usted anotó la cantidad correcta.
• Si recibió una distribución de ganancias de capital pero a usted no se le requirió presentar el Anexo D, asegúrese de haber marcado el recuadro en la línea 7.
• Si reclama el EIC, asegúrese de haber usado la columna correcta de la Tabla del Crédito por Ingreso del Trabajo que corresponde a su estado civil para efectos de la declaración y el número de hijos calificados que tienen un SSN válido.
• Acuérdese de firmar y fechar el Formulario 1040 o 1040-SR y de anotar su(s) ocupación(es).
• Adjunte su(s) Formulario(s) W-2 y todos los otros formularios y anexos que sean requeridos. Ponga todos los formularios y anexos en el orden apropiado. Vea Organice Su Declaración, anteriormente.
• Si adeuda impuesto y paga con un cheque o giro, asegúrese de incluir toda la información requerida en su pago. Vea las instrucciones para la línea 37 para detalles.
• Asegúrese de consultar Dónde Enviar la Declaración antes de enviar su declaración por correo. Durante los próximos años, el IRS reducirá el número de centros de tramitación de declaraciones en papel. Debido a esto, usted quizás necesite enviar su declaración por correo a una dirección distinta a la que usted la envió en el pasado.
• No presente más de una declaración original para el mismo año, aun si usted no ha recibido su reembolso o el IRS no se ha comunicado con usted desde que usted presentó la declaración. El presentar más de una declaración original para el mismo año, o el enviar más de una copia de la misma declaración (a menos que el IRS se lo pida), puede demorar su reembolso.
• Asegúrese de que si usted, su cónyuge con el cual usted está presentando una declaración conjunta o su dependiente estaba inscrito para la cobertura de un seguro del Mercado de Seguros Médicos y se efectuaron pagos por adelantado del crédito tributario de prima de seguro médico (APTC, por sus siglas en inglés) por dicha cobertura, que usted adjunte el Formulario 8962. Para años tributarios que no sean 2020, quizás tenga que reintegrar los pagos por adelantado en exceso, aun si otra persona lo inscribió a usted, a su cónyuge o a su dependiente para que tuviera cobertura bajo un seguro del Mercado de Seguros Médicos. Los pagos por adelantado en exceso quizás tengan que ser reintegrados si usted inscribió a otra persona para que reciba cobertura de un seguro del Mercado de Seguros Médicos, usted no reclama a esa persona como dependiente y nadie más reclama a esa persona como dependiente. Vea las instrucciones para la línea 1a del Anexo 2 y las Instrucciones para el Formulario 8962. Usted o la persona que lo inscribió a usted debió haber recibido el Formulario 1095-A del

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Mercado de Seguros Médicos con la información sobre quién estaba cubierto y de todo pago por adelantado del crédito tributario de prima de seguro médico.

Alivio del Cónyuge Inocente

Generalmente, tanto usted como su cónyuge cada uno es responsable de pagar en su totalidad la cantidad de impuesto, intereses y multas tasadas sobre su declaración conjunta. Sin embargo, usted puede calificar para el alivio de la responsabilidad del impuesto sobre una declaración conjunta si (a) hay una subestimación de impuestos debido a que su cónyuge omitió ingresos o reclamó deducciones o créditos falsos; (b) usted está divorciado, separado o ya no vive con su cónyuge; o (c) dados todos los hechos y circunstancias, no sería justo hacerlo responsable por el impuesto. También puede calificar para alivio si usted estaba casado y era residente de un estado donde rige la ley de los bienes gananciales, pero no presentó una declaración conjunta y ahora es responsable del impuesto adeudado o subestimado. Presente el Formulario 8857 para solicitar alivio. En algunos casos, el Formulario 8857 puede tener que presentarse dentro de los 2 años a partir de la fecha en la cual el IRS por primera vez intentó cobrarle el impuesto a usted. No presente el Formulario 8857 junto con su Formulario 1040 o 1040-SR. Para más información, vea la Publicación 971 y el Formulario 8857 o puede llamar gratis a la Innocent Spouse Office (Oficina del Cónyuge Inocente) al 855-851-2009.

Retención de Impuestos e Impuesto Estimado para 2025

CONSEJO Puede usar el Estimador de Retención de Impuestos en lugar de la Publicación 505 o las hojas de trabajo que se incluyen en el Formulario W-4 o W-4P para determinar si necesita aumentar o reducir la cantidad de impuestos que se le retiene.

Por lo general, usted no tiene que hacer pagos del impuesto estimado si espera que su Formulario 1040 o 1040-SR de 2025 mostrará un reembolso o un balance de impuestos adeudado menor que $1,000. Si el total de su impuesto estimado para 2025 es $1,000 o más, vea el Formulario 1040-ES y la Publicación 505 para encontrar una hoja de trabajo que puede usar para ver si usted tiene que hacer pagos de impuesto estimado. Para más detalles, vea la Publicación 505.

Proteja Su Documentación Tributaria Contra el Robo de Identidad

CONSEJO Actualmente todos los contribuyentes pueden solicitar un número de identificación personal para la protección de identidad (IP PIN, por sus siglas en inglés). Acceda a IRS.gov/GetAnIPPIN y pulse sobre Español para solicitar un IP PIN por medio de su cuenta en línea; complete el Formulario 15227, Solicitud de un Número de Identificación Personal para la Protección de la Identidad (IP PIN) si su ingreso bruto ajustado en la última declaración de impuestos que presentó es menos de $79,000 ($158,000, si es casado que presenta una declaración conjunta); o haga una cita para visitar un Centro de Asistencia al Contribuyente.

El robo de identidad ocurre cuando otra persona usa la información personal de usted sin su autorización para cometer fraude u otros delitos. Dicha información personal podría ser su nombre, número de Seguro Social (SSN, por sus siglas en inglés) u otra información de identificación. Un ladrón de identidad puede usar su SSN para obtener un empleo o puede presentar una declaración de impuestos usando su SSN para recibir un reembolso.

Para disminuir el riesgo de robo de identidad, se recomienda:

• Proteger su SSN,
• Asegurarse de que su empleador proteja su SSN y
• Ser cuidadoso al escoger a un preparador de declaraciones de impuestos.

Si el robo de identidad afecta sus registros tributarios y por eso recibe una notificación del IRS, no demore en responder a la persona cuyo nombre y número telefónico aparecen impresos en la notificación o carta del IRS. Para más información, vea la Publicación 5027.

Si ha perdido o si le han robado su SSN, o si usted sospecha que es víctima de robo de identidad relacionado con los impuestos, visite IRS.gov/RoboDeIdentidad para aprender sobre los pasos que debe seguir.

Las víctimas de robo de identidad que sufran perjuicio económico, un problema sistémico o que busquen ayuda para solucionar problemas tributarios que no han sido resueltos a través de vías normales podrían ser elegibles para asistencia del Taxpayer Advocate Service (Servicio del Defensor del Contribuyente o TAS, por sus siglas en inglés). Se puede comunicar con TAS llamando a la línea de asistencia del Servicio del Defensor del Contribuyente al 877-777-4778. Las personas sordas, con dificultades auditivas o con dificultades del habla que son usuarios de equipo TTY/TDD pueden llamar al 800-829-4059. Las personas sordas o con dificultades auditivas también pueden comunicarse con el IRS a través de los Servicios de Retransmisión de Telecomunicaciones (TRS, por sus siglas en inglés); para más detalles, acceda a FCC.gov/TRS.

Protéjase del correo electrónico, textos, y mensajes a través de las redes sociales sospechosos, estafas por vía electrónica (conocidos por el término "phishing" en inglés) y estafas telefónicas. "Phishing" consiste en la creación y el uso de correos electrónicos, textos, mensajes a través de las redes sociales y sitios web diseñados para imitar comunicaciones de negocios legítimas y sitios web. La forma más común de llevar a cabo esta clase de estafa es la de enviar un correo electrónico al usuario asegurando falsamente que se trata de un negocio legítimo y conocido con el fin de engañar al usuario para que dé información privada que luego se usará para robar su identidad.

El IRS no inicia el contacto con o solicita información personal detallada a los contribuyentes por correos electrónicos, textos, o mensajes a través de las redes sociales. Además, el IRS tampoco les pide a los contribuyentes números de identificación personal (PIN, por sus siglas en inglés), contraseñas ni información confidencial similar para acceder a

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sus cuentas de tarjeta de crédito, cuentas bancarias u otras cuentas financieras.

Si recibe un correo electrónico no solicitado afirmando ser del IRS, envíe dicho mensaje a phishing@irs.gov. Para más información, acceda a IRS.gov/Phishing y pulse sobre Español. Además, puede denunciar el uso indebido del nombre, logo, formularios u otra propiedad del IRS al Treasury Inspector General for Tax Administration (Inspector General del Tesoro para la Administración Tributaria o TIGTA, por sus siglas en inglés) llamando gratis al 800-366-4484. Las personas sordas, con dificultades auditivas o con dificultades del habla que son usuarios de equipo TTY/TDD pueden llamar al 800-877-8339. También puede denunciar correos electrónicos, textos, y mensajes a través de las redes sociales sospechosos que reciba a la Federal Trade Commission (Comisión Federal de Comercio o FTC, por sus siglas en inglés) a ReporteFraude.ftc.gov. Usted puede comunicarse con la misma en FTC.gov/RobodeIdentidad o llamando al 877ID-THEFT (877-438-4338). Si usted ha sido víctima de robo de identidad, visite RobodeIdentidad.gov y vea la Publicación 5027. Las personas que sean sordas, que tengan dificultades auditivas o impedimento del habla y que tienen acceso a equipo TTY/TDD pueden llamar al 866-653-4261.

Visite IRS.gov/RoboDeIdentidad para ver más información sobre el robo de identidad y cómo reducir el riesgo de que le suceda a usted.

Usted puede denunciar una estafa telefónica al TIGTA en el sitio web IRS Impersonation Scam Reporting (Denuncias de estafas donde se hacen pasar por el IRS) o a la Federal Trade Commission (Comisión Federal de Comercio o FTC, por sus siglas en inglés) por medio del sitio web Asistente para Presentar Quejas Ante la FTC en FTC.gov. Añada "IRS Telephone Scam" (Estafa telefónica donde se hacen pasar por el IRS) en las notas.

¿Cómo Puede Hacer Donaciones para Reducir la Deuda Pública?

Si desea hacerlo, acceda a Pay.gov y haga una donación por tarjeta de crédito, tarjeta de débito, PayPal, cuenta corriente o de ahorros. Si prefiere, puede hacer un cheque a la orden de "Bureau of the Fiscal Service" (Oficina del Servicio Fiscal) y envíe su cheque a: Bureau of the Fiscal Service, Attn: Department G, P.O. Box 2188, Parkersburg, WV 26106-2188. O puede incluir un cheque por separado en el sobre con su declaración de impuestos sobre el ingreso cuando la presente. En el espacio para notas (memo) del cheque, anote que es una donación para reducir la deuda pública. No añada esta donación (regalo) a los impuestos adeudados. Vea las instrucciones para la línea 37 para ver detalles sobre cómo pagar todo impuesto que adeude. Para información sobre cómo realizar este tipo de donación (regalo) en línea, acceda a 
TreasuryDirect.gov/HelpCenter/Public-Debt-FAQs/#DebtFinance y pulse sobre How do you make a contribution to reduce the debt? (Cómo hacer donaciones para reducir la deuda).

CONSEJO Quizás pueda deducir esta donación (regalo) en su declaración de impuestos de 2025.

¿Cuánto Tiempo Debe Mantener los Documentos?

Guarde una copia de su declaración de impuestos, las hojas de trabajo que usó y la documentación de todas las deducciones, créditos y demás partidas que aparecen en ella (como los Formularios W-2 y 1099) hasta que venza el período de prescripción de esa declaración. Normalmente, esto es un período de 3 años a partir de la fecha en que venció o se presentó la declaración o 2 años a partir de la fecha en que se pagó el impuesto, de estas fechas, la que ocurra más tarde. Ciertos documentos o registros deben mantenerse por un período más largo. Por ejemplo, conserve los registros de propiedad (incluidos los de su vivienda) durante el período de tiempo en que sean necesarios para determinar la base de la propiedad original o de reemplazo. Para más detalles, vea el capítulo 1 de la Publicación 17.

Declaración Enmendada

Presente el Formulario 1040-X para cambiar una declaración que usted ya había presentado. Por lo general, para poder reclamar un reembolso a tiempo en su declaración enmendada, el Formulario 1040-X tiene que ser presentado dentro de los 3 años después de la fecha en que la declaración original fue presentada o dentro de los 2 años después de la fecha en que se pagó el impuesto, de estas fechas, la que ocurra más tarde. Pero puede que tenga más tiempo para presentar el Formulario 1040-X si usted vive en un área de desastre declarada como tal por el gobierno federal o usted es física o mentalmente incapaz de administrar sus asuntos financieros. Vea la Publicación 556 para más detalles.

Puede presentar el Formulario 1040-X electrónicamente con un programa (software) de presentación de impuestos para enmendar los Formularios 1040 y 1040-SR. Vea 
IRS.gov/Filing/Amended-Return-Frequently-Asked-Questions y pulse sobre Español para más información.

Use la aplicación ¿Dónde está mi declaración enmendada? en IRS.gov/Espanol para saber el estado de su declaración enmendada. Puede tomar hasta 3 semanas a partir de la fecha en que usted la envió por correo para que aparezca en el sistema del IRS.

¿Necesita una Copia de la Información de Su Declaración de Impuestos?

Las transcripciones (registros tributarios) de las declaraciones de impuestos se ofrecen sin costo alguno y normalmente se usan para validar ingreso y el estado civil para efectos de la declaración en las solicitudes de hipotecas, solicitudes de préstamos para estudios o para pequeños negocios y durante la preparación de declaraciones de impuestos.

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Para obtener una transcripción (registro tributario) gratis:

• Acceda a su cuenta en línea en IRS.gov/Cuenta;
• Visite IRS.gov/Transcripcion;
• Use el Formulario 4506-T o 4506T-EZ; o
• Llame al IRS al 800-908-9946.

Si necesita una copia de su declaración de impuestos real, use el Formulario 4506. Se cobra una tarifa por cada declaración que solicite. Vea el Formulario 4506 para saber cuánto es la tarifa actual. Si su vivienda principal, lugar principal de negocios o sus registros tributarios se encuentran ubicados en un área de desastre declarada como tal por el gobierno federal, no se le cobrará esta tarifa.

Declaraciones Fuera de Plazo

Si usted o alguien que conozca necesita presentar una declaración de impuestos que está vencida (fuera de plazo), acceda a Presente declaraciones de impuesto vencidas o acceda a IRS.gov/Individuals para obtener ayuda para presentar esas declaraciones. Envíe la declaración a la dirección que le corresponde a usted según le indiquen las instrucciones para los Formularios 1040 y 1040-SR más recientes. Por ejemplo, si presenta una declaración de 2021 en 2025, use la dirección que aparece al final de estas instrucciones. Sin embargo, si recibió una notificación del IRS, envíe la declaración a la dirección que aparece en la notificación.

Cómo Obtener Ayuda con los Impuestos

Si usted tiene preguntas sobre un asunto tributario; necesita ayuda para preparar su declaración de impuestos; o si desea descargar publicaciones, formularios o instrucciones gratuitamente, acceda a IRS.gov/Espanol para encontrar recursos que le pueden ayudar inmediatamente.

Cómo preparar y presentar su declaración de impuestos. Después de haber recibido todos sus comprobantes de salarios e ingresos (Formularios W-2, W-2G, 1099-R, 1099-MISC, 1099-NEC, etc.); comprobantes de ingreso por desempleo (por correo o en formato digital), u otro comprobante de pago gubernamental (Formulario 1099-G); y los comprobantes de intereses, dividendos y jubilación de los bancos y compañías de inversión (Formularios 1099), puede encontrar opciones para preparar y presentar su declaración de impuestos. Usted puede preparar la declaración de impuestos por su cuenta, ver si califica para la preparación de impuestos gratuita o contratar un profesional de impuestos para preparar su declaración.

Opciones gratuitas para la preparación de impuestos. Las opciones disponibles para preparar y presentar su declaración en línea o en su comunidad, si reúne los requisitos, incluyen las siguientes:

• Direct File. Direct File (Presentación directa) es una opción permanente para presentar declaraciones de impuestos federales personales en línea -gratuitamente- de manera directa y segura con el IRS. Direct File es una opción para los contribuyentes en los estados participantes que tienen declaraciones de impuestos relativamente simples que declaran ciertos tipos de ingresos y reclaman ciertos créditos y deducciones. Aunque Direct File no prepara declaraciones de impuestos estatales, si vive en un estado participante, Direct File le guía a una herramienta con apoyo estatal que puede utilizar para preparar y presentar su declaración de impuestos estatales gratuitamente. Acceda a IRS.gov/DirectFile y pulse sobre Español para más información, actualizaciones de este programa y obtener respuestas sobre las preguntas frecuentes.
• Presentación Free File. Este programa le permite preparar y presentar su declaración federal de impuestos sobre los ingresos personales de manera gratuita utilizando programas (software) para preparar y presentar los impuestos o usando los Free File Fillable Forms (Formularios Interactivos Free File). Sin embargo, puede que la preparación de impuestos estatales no esté disponible a través de Free File. Acceda a IRS.gov/PresenteGratis para saber si reúne los requisitos para la preparación gratuita de impuestos federales en línea, la presentación electrónica (e-file) y el depósito directo u otras opciones de pago.
• VITA. El programa Volunteer Income Tax Assistance (Programa de Ayuda Voluntaria al Contribuyente con los Impuestos sobre los Ingresos o VITA, por sus siglas en inglés) ofrece ayuda tributaria gratuita a las personas con ingresos bajos a moderados, personas incapacitadas y personas que tienen un dominio limitado del inglés y que necesitan ayuda para preparar sus propias declaraciones de impuestos. Acceda a IRS.gov/VITA y pulse sobre Español, descargue la aplicación gratuita IRS2Go en IRS.gov/es/Newsroom/IRS2GoApp o llame al 800-906-9887 para información sobre cómo obtener ayuda gratuita con la preparación de su declaración de impuestos.
• TCE. El programa Tax Counseling for the Elderly (Programa de Asesoramiento Tributario para las Personas de Edad Avanzada o TCE, por sus siglas en inglés) ofrece ayuda tributaria gratuita a todos los contribuyentes, especialmente a aquéllos quienes tienen 60 años de edad o más con sus declaraciones de impuestos. Los voluntarios del programa TCE se especializan en contestar preguntas sobre pensiones y asuntos relacionados con la jubilación, particularmente para personas de edad avanzada. Acceda a IRS.gov/TCE y pulse sobre Español o descargue la aplicación gratuita IRS2Go en IRS.gov/es/Newsroom/IRS2GoApp para información sobre cómo obtener ayuda gratuita con la preparación de su declaración de impuestos.
• MilTax. Los miembros de las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos y los veteranos calificados pueden utilizar MilTax, un servicio tributario gratuito ofrecido por el Departamento de Defensa a través de Military OneSource. Para más información, acceda a Military OneSource (MilitaryOneSource.mil/MilTax).

Además, el IRS ofrece Free File Fillable Forms (Formularios Interactivos Free File), los cuales pueden ser completados en línea y luego presentarse electrónicamente independientemente de la cantidad de ingresos que tenga.

Cómo utilizar los recursos disponibles en línea para ayudarle a preparar su declaración. Acceda a IRS.gov/Herramientas para utilizar las siguientes opciones:

• IRS.gov/DirectFile ofrece un verificador de elegibilidad para ayudarle a determinar si Direct File es la decisión

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correcta para sus necesidades de presentación de impuestos.
• El Asistente del Crédito por Ingreso del Trabajo (acceda a IRS.gov/AsistenteEITC), disponible en español, puede ayudarle a determinar si es elegible para reclamar el crédito por ingreso del trabajo.
• La Solicitud para un Número de Identificación del Empleador (EIN) en línea (acceda a IRS.gov/EIN), disponible en español, le ayuda a solicitar un número de identificación del empleador sin costo alguno.
• El Estimador de Retención de Impuestos (acceda a IRS.gov/W4AppES) facilita el que usted estime el impuesto federal que usted quiere que su empleador le retenga de su cheque de paga (esto es la retención de impuestos). Vea cómo su retención afecta su reembolso, la paga que se lleva a su hogar (salario neto) o el impuesto adeudado.
• El recurso First-Time Homebuyer Credit Account Look-up (Recurso para buscar la cuenta relacionada con el crédito para las personas que compran vivienda por primera vez) le provee información sobre sus reintegros y el saldo de su cuenta. (Acceda a IRS.gov/Homebuyer).
• La Calculadora de deducción de impuestos sobre las ventas (acceda a IRS.gov/SalesTax), disponible en español, calcula la cantidad que puede reclamar si detalla las deducciones en el Anexo A (Formulario 1040).

Cómo recibir respuestas a sus preguntas sobre los impuestos. En IRS.gov/Espanol, puede obtener información actualizada de los acontecimientos y cambios más recientes a la ley tributaria.

• IRS.gov/Ayuda: Presenta una variedad de recursos que le ayudarán a recibir respuestas a las preguntas más comunes sobre los impuestos.
• IRS.gov/ITA: El Asistente Tributario Interactivo, un recurso que le realizará una serie de preguntas sobre diferentes temas relacionados con los impuestos y le ofrecerá respuestas, basándose en los datos provistos por usted.
• IRS.gov/Forms: Encuentre formularios, instrucciones y publicaciones. Ahí encontrará detalles sobre los más recientes cambios a los impuestos y enlaces interactivos que le ayudarán a encontrar respuestas a sus preguntas.
• También, puede acceder a información relacionada con los impuestos desde su programa (software) de presentación electrónica.

¿Necesita a alguien que prepare su declaración de impuestos? Hay varios tipos de preparadores de declaraciones de impuestos, incluyendo agentes registrados, contadores públicos autorizados (CPA), contables y muchos otros que no tienen una credencial profesional. Si usted elige tener a alguien que le prepare la declaración de impuestos, elija ese preparador sabiamente. Un preparador de impuestos remunerado:

• Es primordialmente responsable de la exactitud sustancial de su declaración de impuestos,
• Está requerido a firmar la declaración de impuestos y
• Está requerido a incluir su número de identificación tributaria del preparador remunerado (PTIN, por sus siglas en inglés).

¡PRECAUCIÓN! Aunque el preparador de declaraciones de impuestos siempre firma la declaración de impuestos, recae sobre usted la responsabilidad de proveer toda la información requerida para que el preparador pueda preparar su declaración de impuestos con exactitud y de que toda la información declarada en ésta sea exacta. Cualquier persona que recibe remuneración por la preparación de declaraciones de impuestos debe tener un conocimiento vasto en asuntos tributarios. Para más información sobre cómo seleccionar un preparador de declaraciones de impuestos, acceda a ¿Necesita a alguien que prepare su declaración de impuestos? en IRS.gov.

Los empleadores pueden inscribirse para usar los Servicios de Empresas por Internet. La Administración del Seguro Social (SSA, por sus siglas en inglés) ofrece servicios por Internet en SSA.gov/employer para la presentación rápida y gratuita de Formularios W-2 y de manera segura a los contadores públicos autorizados (CPA), contadores, agentes registrados e individuos que tramitan Formularios W-2, Wage and Tax Statement (Comprobante de salarios y retención de impuestos); y Formularios W-2c, Corrected Wage and Tax Statement (Comprobante de salarios y retención de impuestos corregido). También puede encontrar información en español en SSA.gov/espanol/bso/bsobienvenido.htm.

Cuenta de impuestos de negocios. Si usted es un empresario por cuenta propia, una sociedad colectiva o una sociedad anónima de tipo S, puede ver la información tributaria en los registros del IRS y hacer más con una cuenta de impuestos de negocios. Acceda a IRS.gov/Business-Tax-Account y pulse sobre Español para más información.

Medios sociales del IRS. Acceda a IRS.gov/MediosSociales para ver una variedad de recursos y redes sociales que el IRS utiliza para compartir la información más reciente acerca de cambios a los impuestos, alertas de estafas, iniciativas, productos y servicios. En el IRS, la privacidad y seguridad son nuestra máxima prioridad y utilizamos los medios sociales para compartir información pública con usted. No publique su número de Seguro Social (SSN, por sus siglas en inglés) u otra información confidencial en los sitios de medios sociales. Siempre proteja su identidad al usar cualquier sitio en las redes sociales.

 Los siguientes canales del IRS en YouTube proveen videos breves e informativos sobre una variedad de temas relacionados con los impuestos en inglés, español y en el lenguaje de señas americano (ASL, por sus siglas en inglés):

• Youtube.com/IRSvideos.
• Youtube.com/IRSvideosMultilingua.
• Youtube.com/IRSvideosASL.

Información tributaria en línea en otros idiomas. Aquellos contribuyentes cuya lengua materna no es el inglés pueden conseguir información en IRS.gov/MyLanguage.

Servicio de intérprete por teléfono gratuito (OPI). El IRS en su compromiso de servir a los contribuyentes con dominio limitado del inglés (LEP, por sus siglas en inglés) ofrece servicios de intérprete a través del teléfono (OPI, por sus siglas en inglés). El Servicio OPI es un programa financiado con fondos federales y está disponible en los Centros de Asistencia al Contribuyente (TAC, por sus siglas en inglés), la mayoría de

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las oficinas del IRS y en todo sitio para la preparación de impuestos de VITA/ TCE. El Servicio OPI está disponible en más de 350 idiomas.

Línea de ayuda de accesibilidad disponible para contribuyentes con incapacidades. Los contribuyentes que necesitan información sobre nuestros servicios de accesibilidad pueden llamar al 833-690-0598. La línea de ayuda de accesibilidad puede responder preguntas relacionadas con los productos y servicios de accesibilidad, actuales y futuros, disponibles en formatos de medios de comunicación alternativos (por ejemplo, braille, letra de imprenta grande, archivo de audio, etcétera). La línea de ayuda de accesibilidad no tiene acceso a su cuenta del IRS. Para ayuda con la ley tributaria, reembolsos o preguntas relacionadas con su cuenta, acceda a IRS.gov/Ayuda.

Preferencia para medios de comunicación alternativos. El Formulario 9000, Preferencia para Medios de Comunicación Alternativos, le permite optar por recibir ciertos tipos de correspondencia escrita en los siguientes formatos:

• Imprenta estándar.
• Letra de imprenta grande.
• Braille.
• Audio (MP3).
• Archivo de texto sin formato (TXT).
• Archivo listo para braille (BRF).

Desastres. Acceda a IRS.gov/Desastres para ver los alivios tributarios por desastre que hay disponibles.

Cómo obtener formularios y publicaciones de impuestos. Acceda a IRS.gov/Forms para descargar, ver o imprimir todos los formularios, instrucciones y publicaciones que pueda necesitar. O puede acceder a IRS.gov/OrderForms y pulsar sobre Español para hacer un pedido.

Formularios aptos para dispositivos móviles. Necesitará una cuenta en línea del IRS (OLA, por sus siglas en inglés) para completar formularios aptos para dispositivos móviles que requieren firmas. Tendrá la opción de enviar su(s) formulario(s) en línea o descargar una copia para enviarlo(s) por correo. Usted va a necesitar escaneos de sus documentos para respaldar su presentación. Acceda a 

IRS.gov/MobileFriendlyForms para más información.
Cómo obtener publicaciones e instrucciones de impuestos en formato de libro electrónico (eBook). Descargue y vea un gran número de publicaciones e instrucciones tributarias (incluidas las Instrucciones para el Formulario 1040) en formato de libro electrónico (eBook, por sus siglas en inglés) por medio de sus dispositivos móviles en IRS.gov/eBooks.

Los eBook del IRS se han probado usando la aplicación iBooks de Apple para iPad. Nuestros libros electrónicos no se han probado en otros lectores dedicados de eBook y la funcionalidad de eBook pudiese no funcionar según lo previsto.

Acceda a su cuenta en línea (sólo para contribuyentes que sean personas físicas). Acceda a IRS.gov/Cuenta para ver información acerca de su cuenta de impuestos federales de manera segura.

• Vea la cantidad que adeuda y un desglose por año tributario.
• Vea los detalles de su plan de pagos o solicite un nuevo plan de pagos.
• Haga un pago o repase los últimos 5 años de su historial de pagos y cualesquier pagos pendientes o programados.
• Acceda a sus registros tributarios, incluyendo datos claves de su declaración de impuestos más reciente y sus transcripciones.
• Vea las copias digitales de determinados avisos del IRS.
• Apruebe o rechace solicitudes de autorización de profesionales de los impuestos.
• Vea su dirección en nuestros registros o administre sus preferencias de comunicación.

Cómo obtener una transcripción (registro tributario) de la declaración. Con una cuenta en línea, usted puede acceder a una variedad de información que le puede ayudar durante la temporada de presentación de impuestos. Usted puede obtener una transcripción, repasar la última declaración de impuestos que presentó y obtener la cantidad de su ingreso bruto ajustado. Cree o acceda a su cuenta en línea en IRS.gov/Cuenta.

Tax Pro Account (Cuenta para profesionales de impuestos). Esta herramienta le permite a su profesional de impuestos presentar una solicitud de autorización para acceder a su cuenta en línea (OLA) individual de contribuyente del IRS. Para más información, acceda a IRS.gov/TaxProAccount y pulse sobre Español.

Uso del depósito directo. La manera más segura y fácil para recibir un reembolso de los impuestos es combinar la presentación electrónica (e-file) con un depósito directo de su reembolso, lo cual transfiere su reembolso de manera electrónica y segura directamente a su cuenta bancaria. Utilizar el depósito directo también evita la posibilidad de que su cheque se pierda, sea robado, destruido o devuelto al IRS por no poderse entregar. Ocho de cada 10 contribuyentes usan el depósito directo para recibir sus reembolsos. Si usted no posee una cuenta bancaria, acceda a IRS.gov/DepositoDirecto para más información sobre dónde encontrar un banco o una cooperativa de crédito que pueda abrir una cuenta en línea.

Cómo denunciar y resolver los asuntos tributarios relacionados con el robo de identidad.

• El robo de identidad relacionado con los impuestos sucede cuando alguien roba su información personal para cometer fraude tributario. Sus impuestos se pueden ver afectados si su número de Seguro Social (SSN, por sus siglas en inglés) es utilizado para presentar una declaración de impuestos fraudulenta o para reclamar un reembolso o crédito.
• El IRS no inicia comunicaciones con los contribuyentes por medio de correo electrónico, mensajes de texto (que incluyen enlaces acortados), llamadas telefónicas ni por las redes sociales para pedirles o verificar información personal ni financiera. Esto incluye solicitudes de números de identificación personal (PIN, por sus siglas en inglés), contraseñas o información similar para tarjetas de crédito, bancos u otras cuentas financieras.
• Acceda a IRS.gov/RoboDeIdentidad, el Centro Informativo del IRS sobre el Robo de Identidad en línea, para información sobre el robo de identidad y seguridad de datos para los contribuyentes, profesionales de impuestos y negocios. Si ha perdido o si le han robado su SSN o si sospecha que es víctima de robo de identidad relacionado con los impuestos, usted puede saber qué pasos debe tomar.

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• Obtenga un número de identificación personal para la protección de identidad (IP PIN, por sus siglas en inglés). Los IP PIN son números de seis dígitos asignados a los contribuyentes para ayudar a prevenir la mala utilización de su SSN en declaraciones de impuestos fraudulentas. Cuando usted tiene un IP PIN, esto previene que otra persona presente una declaración de impuestos con su SSN. Para más información, acceda a IRS.gov/IPPIN y pulse sobre Español.

Maneras de verificar el estado de su reembolso.

• Acceda a IRS.gov/Reembolsos.
• Descargue la aplicación oficial IRS2Go a su dispositivo móvil gratuitamente y úsela para verificar el estado de su reembolso.
• Llame a la línea directa automatizada de reembolsos, al 800-829-1954. Vea Información sobre Reembolsos, más adelante.

Cómo efectuar un pago de impuestos. Los pagos de impuestos de los EE. UU. tienen que ser remitidos al IRS en dólares de los Estados Unidos. Los activos digitales no son aceptados. Acceda a IRS.gov/Pagos para obtener información sobre cómo efectuar un pago usando cualquiera de las siguientes opciones:

• IRS Direct Pay (IRS Pago directo), disponible en español: Las personas físicas pueden pagar sus cuentas tributarias o hacer pagos del impuesto estimado directamente de sus cuentas corrientes o de ahorros. El uso del IRS Direct Pay es gratuito; no tendrá que pagar cargos por su uso.
• Tarjeta de débito, tarjeta de crédito o monedero digital: Escoja un tramitador aprobado para pagar en línea o por teléfono.
• Retiro electrónico de fondos: Programe un pago cuando presente su declaración de impuestos federal utilizando un programa (software) para la preparación de declaraciones de impuestos o por medio de un profesional de impuestos.
• Sistema de pago electrónico del impuesto federal (EFTPS): Ésta es la mejor opción para negocios. Requiere inscripción en dicho sistema.
• Cheque o giro: Envíe su pago a la dirección indicada en la notificación o carta que le enviaron o en las instrucciones del formulario de impuestos que presentó.
• Efectivo: Puede pagar en efectivo sus impuestos en un negocio participante.
• Pago el mismo día por medio de una transferencia electrónica: Puede efectuar un pago el mismo día por medio de una transferencia electrónica desde su institución financiera. Consulte con su institución financiera con respecto a la disponibilidad, los plazos y el costo.

Nota: El IRS utiliza la tecnología más avanzada de codificación para asegurar que los pagos electrónicos que usted haga en línea, por teléfono o desde un dispositivo móvil usando la aplicación IRS2Go sean seguros y confiables. Efectuar pagos electrónicamente no toma mucho tiempo, es fácil y éstos se tramitan mucho más rápido que enviar un cheque o giro por correo.

¿Qué ocurre si no puedo pagar ahora? Acceda a IRS.gov/Pagos para ver información sobre las siguientes opciones:

• Solicite un plan de pagos por Internet (IRS.gov/OPA y pulse sobre Español) para cumplir con su obligación tributaria en plazos mensuales si no puede pagar la totalidad de sus impuestos adeudados en el momento. Una vez complete el proceso a través de Internet, recibirá un aviso inmediatamente si su acuerdo se ha aprobado.
• Use el Offer in Compromise Pre-Qualifier (Verificación preliminar para el ofrecimiento de transacción), disponible en inglés, para ver si puede liquidar su deuda tributaria por una cantidad menor a la cantidad que usted adeuda. Para más información acerca del programa de ofrecimiento de transacción, acceda a IRS.gov/OIC y pulse sobre Español.

Cómo presentar una declaración de impuestos enmendada. Acceda a IRS.gov/Form1040X y pulse sobre Español para la información más reciente.

Cómo se verifica el estado de su declaración enmendada. Acceda a IRS.gov/WMAR y pulse sobre Español para averiguar el estado de su declaración enmendada (Formulario 1040-X).

¡PRECAUCIÓN! Puede tardarse hasta 3 semanas a partir de la fecha en que presentó su declaración enmendada para ser registrada en nuestro sistema y hasta 16 semanas para tramitarla.

Información para entender un aviso o carta que haya recibido del IRS. Acceda a IRS.gov/Avisos para obtener información adicional sobre cómo responder al aviso o a la carta que recibió de parte del IRS.

Herramienta para subir documentos del IRS. Usted pudiese utilizar el Document Upload Tool (Herramienta para subir documentos) para responder digitalmente a los avisos y cartas elegibles del IRS al subir (cargar) de forma segura los documentos requeridos en línea a través de IRS.gov. Para más información, acceda a IRS.gov/DUT y pulse sobre Español.

Anexo LEP. Usted puede utilizar el Anexo LEP (Formulario 1040), Solicitud para Cambiar la Preferencia de Idioma, para indicar una preferencia para recibir avisos, cartas u otras comunicaciones escritas del IRS en un idioma alternativo. Quizás no reciba las comunicaciones escritas inmediatamente en el idioma escogido. El compromiso del IRS con los contribuyentes con dominio limitado del inglés es parte de un plan plurianual que comenzó a proveer traducciones en 2024. Usted continuará recibiendo comunicaciones, incluyendo avisos y cartas, en inglés hasta que se traduzcan a su idioma preferido.

Cómo comunicarse con el Centro de Asistencia al Contribuyente (TAC) local. Tenga en cuenta que puede obtener respuestas a muchas preguntas en IRS.gov/Espanol sin tener que ir a un TAC. Acceda a IRS.gov/Ayuda para ver información relacionada con temas sobre los cuales la mayoría de las personas tienen preguntas. Si todavía necesita ayuda, los TAC proveen ayuda cuando un asunto relacionado con los impuestos no puede ser tramitado en Internet o por teléfono. Todos los TAC ahora proveen servicios con cita previa, así usted sabrá de antemano que podrá recibir los servicios que necesita sin largos tiempos de espera. Para encontrar el TAC más cercano a usted, sus horas de operación, los servicios que ofrece y las opciones para hacer citas previo a su visita, acceda

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a IRS.gov/es/Help/Contact-Your-Local-IRS-Office, en español, y luego pulse sobre Encuentre un Centro de Asistencia al Contribuyente. O, en la aplicación IRS2Go, escoja la opción Comuníquese Con Nosotros que se encuentra bajo la pestaña Conectarse y luego pulse sobre Oficinas Locales.

Intereses y Multas

Usted no tiene que calcular la cantidad de intereses o multas que adeuda. El IRS le enviará una factura por la cantidad total que adeude.

Si escoge incluir los intereses o multas (que no sea la multa por impuesto estimado) con su pago, identifique y anote la cantidad en el margen inferior de la página 2 del Formulario 1040 o 1040-SR. No incluya intereses o multas (que no sea la multa por impuesto estimado) en la cantidad que usted adeuda en la línea 37. Para más información sobre multas por impuesto estimado, vea Línea 38, anteriormente.

Intereses

Se le cobrarán intereses sobre los impuestos que no ha pagado para la fecha de vencimiento, aun si se le aprobó una prórroga para presentar la declaración. También se le cobrarán intereses sobre las multas que se le imponen por no presentar una declaración, por negligencia, fraude, errores de valoración sustanciales o crasos, subestimaciones sustanciales del impuesto y subestimaciones de transacciones declarables. Se le cobrarán intereses a partir de la fecha de vencimiento de la declaración (incluyendo prórrogas).

Multas

Presentación fuera de plazo. Si no presenta su declaración para la fecha de vencimiento (incluyendo prórrogas), la multa por incumplimiento del requisito de presentación suele ser de un 5% de la cantidad adeudada por cada mes o parte del mes en que una declaración esté atrasada, a menos que usted tenga una explicación razonable. Si tiene una explicación razonable para presentar la declaración después de la fecha de vencimiento, incluya su explicación con su declaración. La multa puede ser de hasta el 25% de la cantidad de impuesto adeudado. La multa es de un 15% por cada mes, hasta un máximo del 75% si su incumplimiento del requisito de presentación para la fecha de vencimiento se debió a fraude. Si presenta su declaración más de 60 días después de la fecha de vencimiento, la multa mínima es $510 o el 100% del impuesto no pagado, la cantidad que sea menor.

Pago de impuestos fuera de plazo. Si paga su impuesto tarde, la multa por pagar fuera de plazo suele ser 1/2 del 1% de la cantidad no pagada para cada mes o parte del mes en que no se ha pagado el impuesto. La multa puede ser de hasta el 25% de la cantidad que no se ha pagado. Esto aplica a todo impuesto no pagado en la declaración. Esta multa se suma a los cargos por intereses por pagos atrasados.

Declaración frívola. Además de toda otra multa, la ley impone una multa de $5,000 por presentar una declaración frívola. Una declaración de impuestos frívola es una declaración que no incluye suficiente información para calcular los impuestos correctos o que contiene información que demuestra claramente que los impuestos que declaró son sustancialmente incorrectos porque usted asume una postura tributaria frívola o desea atrasar o interferir con las leyes tributarias. Esto incluye el alterar o tachar el texto preimpreso que aparece encima del espacio donde usted firma. Para una lista de posturas que se consideran frívolas, vea el Notice 2010-33 (Aviso 2010-33), disponible en la página 609 del Internal Revenue Bulletin 2010-17 (Boletín de Impuestos Internos 2010-17), en 
IRS.gov/irb/2010-17_IRB#NOT-2010-33.

Otras multas. Otras multas pueden ser impuestas por, entre otros motivos, negligencia, subestimación sustancial de impuestos, subestimaciones de transacciones declarables, por presentar una reclamación de reembolso errónea y por fraude. Se le puede imponer una multa (penalidad) criminal por el incumplimiento intencional del requisito de presentar una declaración de impuestos, la evasión de impuestos, hacer declaraciones falsas o robo de identidad. Vea la Publicación 17 para detalles sobre algunas de estas multas y sanciones.

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Información sobre Reembolsos

where's my refund? ¿Dónde está mi reembolso? Acceda a IRS.gov/Reembolsos para averiguar por Internet el estado de su reembolso o use la aplicación móvil IRS2Go las 24 horas del día, los 7 días de la semana. La información sobre su reembolso está disponible generalmente 24 horas después de que el IRS reciba su declaración presentada electrónicamente o 4 semanas después de enviar por correo la declaración en papel. Si presentó el Formulario 8379 junto con su declaración, espere 14 semanas (11 semanas si presentó electrónicamente) antes de averiguar el estado de su reembolso.

El IRS no puede emitir reembolsos antes de mediados de febrero de 2025 para las declaraciones en donde se reclama el crédito por ingreso del trabajo (EIC, por sus siglas en inglés) o el crédito tributario adicional por hijos (ACTC, por sus siglas en inglés). Este retraso aplica al reembolso completo, no sólo a la porción relacionada con estos créditos.

Para usar ¿Dónde está mi reembolso?, asegúrese de tener una copia de la declaración de impuestos a la mano. Necesitará entrar la siguiente información proveniente de su declaración:

• Su número de Seguro Social (o número de identificación personal del contribuyente del IRS (ITIN, por sus siglas en inglés));
• Su estado civil para efectos de la declaración que usó en su declaración; y
• La cantidad exacta en dólares sin centavos de su reembolso.

¿Dónde está mi reembolso? le dará una fecha para su reembolso tan pronto como el IRS tramite su declaración de impuestos y apruebe su reembolso.

CONSEJO Las actualizaciones hechas al estado de los reembolsos se realizan una vez al día, usualmente por la noche.

Si no tiene acceso a Internet, puede llamar al 800-829-1954 las 24 horas al día, los 7 días de la semana, para recibir información automatizada sobre reembolsos. Nuestros representantes de asistencia al cliente en las líneas telefónicas y en nuestros centros de asistencia al contribuyente pueden investigar el estado de su reembolso sólo si han pasado por lo menos 21 días o más desde que usted presentó electrónicamente su declaración de impuestos o más de 6 semanas desde que usted envió por correo la declaración en papel.

No envíe una copia de su declaración a menos que se le pida que lo haga.

Para obtener un reembolso, usualmente tiene que presentar su declaración dentro de los 3 años a partir de la fecha de vencimiento para presentar la declaración (incluyendo prórrogas).

¿Dónde está mi reembolso? no rastrea los reembolsos que se reclaman en una declaración de impuestos enmendada.

Información sobre los reembolsos está disponible en español en IRS.gov/Espanol y llamando al 800-829-1954.

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Instrucciones para el Anexo 1
Ingreso Adicional y Ajustes al Ingreso

Instrucciones Generales

Use el Anexo 1 para declarar el ingreso o ajustes al ingreso que no pueden ser anotados directamente en el Formulario 1040, 1040-SR o 1040-NR.

El ingreso adicional se anota en la Parte I del Anexo 1. La cantidad en la línea 10 del Anexo 1 se anota en la línea 8 del Formulario 1040, 1040-SR o 1040-NR.

Los ajustes al ingreso se anotan en la Parte II del Anexo 1. La cantidad en la línea 26 del Anexo 1 se anota en la línea 10 del Formulario 1040, 1040-SR o 1040-NR.

Formulario(s) 1099-K

Si, para el año tributario 2024, usted recibió el (los) Formulario(s) 1099-K que muestre(n) pagos que fueron incluidos incorrectamente (por ejemplo, dinero para regalos o reembolsos) o por artículos de uso personal que usted vendió y tuvo pérdidas (por ejemplo, un refrigerador viejo), anote la cantidad que fue incluida incorrectamente o por artículos de uso personal que usted vendió y tuvo pérdidas en el espacio de entrada provisto en la parte superior del Anexo 1.

• Si toda la cantidad informada a usted en el (los) Formulario(s) 1099-K fue incorrecta o por artículos de uso personal que usted vendió y tuvo pérdidas, anote la cantidad total de la casilla 1a del (de los) Formulario(s) 1099-K en el espacio de entrada provisto en la parte superior del Anexo 1.
• Si sólo parte de la cantidad informada a usted en la casilla 1a del (de los) Formulario(s) 1099-K fue incorrecta o por artículos de uso personal que usted vendió y tuvo pérdidas, sólo anote la cantidad que fue incorrecta o por artículos de uso personal que usted vendió y tuvo pérdidas en el espacio de entrada provisto en la parte superior del Anexo 1. Las cantidades restantes informadas a usted en el (los) Formulario(s) 1099-K deben ser declaradas en otras partes de su declaración dependiendo de la naturaleza de las transacciones.
• Si usted recibió más de un Formulario(s) 1099-K incorrecto(s), con cantidades informadas incorrectamente o por artículos de uso personal que usted vendió y tuvo pérdidas, sume las cantidades incorrectas y anote el total de la cantidad incorrecta en el espacio de entrada provisto en la parte superior del Anexo 1. Las cantidades restantes informadas a usted en la casilla 1a del (de los) Formulario(s) 1099-K deben ser declaradas en otras partes de su declaración dependiendo de la naturaleza de las transacciones.

CONSEJO Si usted recibió un Formulario 1099-K por un artículo de uso personal que usted vendió y obtuvo una ganancia, no declare esta cantidad en el espacio de entrada provisto en la parte superior del Anexo 1; en su lugar, declárela como usted declararía cualquier otra ganancia de capital en el Formulario 8949 y el Anexo D.

Ejemplo: Formulario 1099-K incorrecto. Usted recibió un Formulario 1099-K que mostró incorrectamente $800 en pagos a usted en la casilla 1a. Usted anotaría $800 en el espacio de entrada provisto en la parte superior del Anexo 1.

Ejemplo: Artículo de uso personal vendido y de cuya venta se obtuvo una pérdida. Usted compró un sofá por $1,000 y lo vendió a través de un tercero vendedor por $700, el cual fue declarado en la casilla 1a de su Formulario 1099-K. Usted anotará $700 en el espacio de entrada provisto en la parte superior del Anexo 1.

Ejemplo: Artículos de uso personal vendido y de cuya venta se obtuvo una pérdida y una ganancia. Además de vender su sofá por $700, usted también vendió un bolso de mano que compró por $800 y vendió por $1,200. Su Formulario 1099-K muestra $1,900 en la casilla 1a. Usted anotará $700 en el espacio de entrada provisto en la parte superior del Anexo 1 por su pérdida al vender el sofá y los $400 de ganancias restantes por la venta del bolso de mano será declarado como ganancia de capital en el Formulario 8949 y en el Anexo D.

Ejemplo: Múltiples Formularios 1099-K incorrectos. Usted recibió un Formulario 1099-K que muestra incorrectamente $800 en pagos a usted en la casilla 1a. Usted también recibió un Formulario 1099-K que informa $6,000 en la casilla 1a, pero $700 de esa cantidad fue informada incorrectamente. Usted anotará $1,500 en el espacio de entrada provisto en la parte superior del Anexo 1. Los $5,300 restantes deben ser declarados en otras partes de su declaración dependiendo de la naturaleza de las transacciones.

Ingreso Adicional

Línea 1 Cantidad Tributable de Reembolsos, Créditos o Compensaciones de Impuestos Estatales o Locales sobre los Ingresos

CONSEJO Ninguna parte de su reembolso es tributable si, durante el año que usted pagó el impuesto, usted (a) no detalló sus deducciones u (b) optó por deducir los impuestos estatales y locales generales sobre las ventas en lugar de los impuestos estatales y locales sobre los ingresos.

Si obtuvo un reembolso, crédito, compensación de impuestos estatales o locales en 2024, a usted se le puede requerir declarar esta cantidad. Si no recibió un Formulario 1099-G, consulte con la agencia de gobierno que le efectuó el pago a usted. Su Formulario 1099-G de 2024 es posible que se haya puesto a su

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disposición sólo en formato electrónico y deberá obtener instrucciones de la agencia para recuperar este documento. Declare todo reembolso tributable que usted recibió aun si usted no recibió el Formulario 1099-G.

Si usted escogió aplicar parte o todo su reembolso a su impuesto estatal o local estimado para 2024, la cantidad aplicada es tratada como recibida en 2024. Si el reembolso se debió a un impuesto que usted pagó en 2023 y usted dedujo el impuesto estatal y local sobre los ingresos en su Anexo A de 2023, use la Hoja de Trabajo para Reembolsos del Impuesto Estatal y Local Sobre los Ingresos que aparece en estas instrucciones para saber si parte alguna de su reembolso es tributable.

Excepción. Vea Itemized Deduction Recoveries (Recuperación de las deducciones detalladas) en la Publicación 525 en vez de usar la Hoja de Trabajo para Reembolsos del Impuesto Estatal y Local Sobre los Ingresos en estas instrucciones si cualquiera de las siguientes situaciones le corresponden.

1. Recibió un reembolso en 2024 que es para un año tributario que no sea 2023.
2. Recibió un reembolso que no es un reembolso del impuesto sobre el ingreso, tal como un reembolso del impuesto general sobre las ventas o el impuesto sobre bienes inmuebles en 2024, por una cantidad deducida o crédito reclamado en un año anterior.
3. Tuvo ingreso tributable en la línea 15 de su Formulario 1040 o 1040-SR de 2023, pero no tuvo impuesto en la línea 16 de su Formulario 1040 o 1040-SR debido a la tasa impositiva del 0% sobre las ganancias de capital netas y dividendos calificados en ciertas situaciones.
4. Su reembolso del impuesto estatal y local sobre el ingreso de 2023 es mayor que su deducción por impuesto estatal y local sobre el ingreso de 2023 menos la cantidad que usted hubiera podido deducir en 2023 por concepto de impuesto estatal y local general sobre las ventas.
5. Efectuó su último pago de impuesto estatal o local estimado sobre el ingreso de 2023 en 2024.
6. Adeudó impuesto mínimo alternativo en 2023.
7. No pudo usar la cantidad completa de créditos a la cual usted tenía derecho en 2023 porque los créditos totales eran mayores que la cantidad que aparece en la línea 16 de su Formulario 1040 o 1040-SR de 2023.
8. Usted pudo haber sido reclamado como dependiente por otra persona en 2023.
9. Usted recibió un reembolso debido a una declaración conjunta de impuesto estatal o local sobre el ingreso, pero usted no presenta una declaración conjunta en el Formulario 1040 o 1040-SR de 2024 con la misma persona.

Líneas 2a y 2b Pensión para el Cónyuge Divorciado Recibida

Línea 2a

Anote las cantidades recibidas por concepto de pensión del cónyuge divorciado o de manutención por separación judicial en conformidad con un acuerdo de divorcio o de separación que entró en vigor en o antes del 31 de diciembre de 2018, a menos que ese acuerdo se haya cambiado después del 31 de diciembre de 2018 para estipular expresamente que la pensión recibida no está incluida en su ingreso. La pensión del cónyuge divorciado recibida no se incluye en su ingreso si usted entró en un acuerdo de divorcio o separación después del 31 de diciembre de 2018. Si incluye la pensión en su ingreso, usted tiene que proveerle su número de Seguro Social (SSN, por sus siglas en inglés) a la persona que efectuó los pagos. Si no le proporciona su SSN a esa persona, usted puede estar sujeto a pagar una multa. Para más detalles, vea la Publicación 504.

Si usted está incluyendo pagos de pensión para el cónyuge divorciado que recibe por más de un acuerdo de divorcio o separación en su ingreso, anote el total de toda pensión recibida en la línea 2a.

Línea 2b

En la línea 2b, anote el mes y el año de su acuerdo de divorcio o separación original que se relaciona con el pago de pensión para el cónyuge divorciado, si lo hay, declarado en la línea 2a.

Si tiene pagos de pensión del cónyuge divorciado provenientes de más de un acuerdo de divorcio o separación, en la línea 2b anote el mes y el año de su acuerdo de divorcio o separación por el cual usted recibió la mayor cantidad de ingreso. Adjunte una declaración escrita que liste el mes y el año de los otros acuerdos.

Línea 3 Ingreso o (Pérdida) de un Negocio

Si usted operó un negocio o si ejerció su profesión como dueño único de un negocio, declare su ingreso y gastos en el Anexo C.

Línea 4 Otras Ganancias o (Pérdidas)

Si usted vendió o intercambió bienes usados en el desempeño de un negocio u ocupación, vea las Instrucciones para el Formulario 4797.

Línea 7 Compensación por Desempleo

Usted debe recibir un Formulario 1099-G que muestre en la casilla 1 el total de la compensación por desempleo que se le pagó a usted en 2024. Declare esta cantidad en la línea 7.

¡PRECAUCIÓN! Si la cantidad declarada en la casilla 1 de su(s) Formulario(s) 1099-G no es correcta, declare en la línea 7 sólo la cantidad de compensación por desempleo que realmente se le haya pagado a usted en 2024.

Si usted hizo aportaciones a un programa gubernamental de compensación por desempleo o a un programa gubernamental de licencia familiar pagada y usted no está detallando las deducciones, reduzca la cantidad que declara en la línea 7 por la cantidad de esas aportaciones. Si está detallando las deducciones, vea las instrucciones en el Formulario 1099-G.

Si recibió un pago en exceso de compensación por desempleo en 2024 y usted reintegró cualquier parte de dicho pago en 2024, reste esa cantidad que usted text continued on print page 100

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Hoja de Trabajo para Reembolsos del Impuesto Estatal y Local Sobre los Ingresos -Línea 1 del Anexo 1

Antes de comenzar:

• Asegúrese de haber leído la Excepción en las instrucciones para esta línea para ver si usted puede usar esta hoja de trabajo en lugar de la Publicación 525 para calcular si alguna parte de su reembolso es tributable.

1. Anote el reembolso del impuesto sobre los ingresos proveniente del (de los) Formulario(s) 1099-G (o un documento similar). Pero no anote más de la cantidad de su impuesto estatal y local sobre los ingresos que aparece en la línea 5d de su Anexo A de 2023 ----
2. ¿Es la cantidad de impuesto estatal y local sobre los ingresos (o impuesto general sobre las ventas), impuesto sobre bienes inmuebles e impuesto sobre los bienes muebles que pagó en 2023 (generalmente, ésta es la cantidad que declaró en la línea 5d de su Anexo A de 2023) mayor que la cantidad en la línea 5e de su Anexo A de 2023?
-- No. Anote la cantidad de la línea 1 en la línea 3 y pase a la línea 4.
-- Sí. Reste la cantidad de la línea 5e de su Anexo A de 2023 de la cantidad de impuesto estatal y local sobre los ingresos (o impuesto general sobre las ventas), impuesto sobre los bienes inmuebles e impuesto sobre los bienes muebles que pagó en 2023 (generalmente, ésta es la cantidad que se declaró en la línea 5d de su Anexo A de 2023). ----
3. ¿Es la cantidad en la línea 1 mayor que la cantidad en la línea 2?
-- No. NO SIGA Ninguna parte de su reembolso es tributable.
-- Sí. Reste la línea 2 de la línea 1. ----
4. Anote el total de sus deducciones detalladas en la línea 17 de su Anexo A de 2023. ----
Nota: Si el estado civil para efectos de la declaración en su Formulario 1040 o 1040-SR de 2023 fue casado que presenta un declaración por separado y su cónyuge detalló las deducciones en 2023, omita las líneas 5 a 7, anote la cantidad de la línea 4 en la línea 8 y pase a la línea 9.
5. Anote la cantidad que aparece a continuación correspondiente al estado civil para efectos de la declaración que reclamó en su Formulario 1040 o 1040-SR de 2023.
• Soltero o casado que presenta una declaración por separado: $13,850
• Casado que presenta una declaración conjunta o cónyuge sobreviviente que reúne los requisitos: $27,700
• Cabeza de familia: $20,800 ----
6. Marque los recuadros que le correspondan.*
-- Usted nació antes del 2 de enero de 1959.
-- Usted es ciego.
-- Cónyuge nació antes del 2 de enero de 1959.
-- Cónyuge es ciego.
Ningún recuadro fue marcado. Anote "-0-".
Multiplique el número de recuadros marcados por $1,500 ($1,850 si su estado civil para efectos de la declaración de 2023 fue soltero o cabeza de familia). ----

* Si su estado civil para efectos de la declaración es casado que presenta una declaración por separado, puede marcar los recuadros para su cónyuge sólo si su cónyuge no tuvo ingresos, no presenta una declaración y no puede ser reclamado como dependiente en la declaración de otro contribuyente.

7. Sume las líneas 5 y 6 ----
8. ¿Es la cantidad de la línea 7 menor que la cantidad de la línea 4?
-- No. NO SIGA Ninguna parte de su reembolso es tributable.
-- Sí. Reste la línea 7 de la línea 4 ----
9. La parte tributable de su reembolso. Anote la que sea menor entre la cantidad de la línea 3 o de la línea 8 aquí y en la línea 1 del Anexo 1 ----

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text continued from print page 98 reintegró de la cantidad total que usted recibió. Anote el resultado en la línea 7. También anote "Repaid" (Cantidad que usted reintegró) y la cantidad que reintegró en la línea de puntos que está junto a la línea 7. Si en 2024 usted reintegró más de $3,000 de compensación por desempleo que usted incluyó en el ingreso bruto de un año anterior, vea Repayments (Reintegros) en la Publicación 525 para detalles sobre cómo se declara el pago.
CONSEJO Si recibió compensación por desempleo en 2024, su estado puede emitirle un Formulario 1099-G en formato electrónico en vez de enviárselo por correo. Consulte el sitio web de la oficina de compensación por desempleo de su estado para más información.

Líneas 8a a 8z Otros Ingresos

¡PRECAUCIÓN! No declare en las líneas 8a a 8z ningún ingreso del trabajo por cuenta propia ni honorarios que recibió como notario público. En su lugar, usted tiene que presentar el Anexo C, aun si usted no tiene gastos de negocio. Tampoco declare en las líneas 8a a 8z cualquier compensación para personas que no son empleados que aparece en el Formulario 1099-MISC, 1099-NEC o 1099-K (a menos que no sea ingreso del trabajo por cuenta propia, tal como ingreso de un pasatiempo o actividad esporádica). En su lugar, vea las Instructions for Recipient (Instrucciones para el destinatario) incluidas en el Formulario 1099-MISC, 1099-NEC o 1099-K para saber en dónde declarar ese ingreso. Para más información sobre lo que se declara en el Formulario 1099-K, vea las Instructions for Payee (Instrucciones para el beneficiario del pago) incluidas en ese formulario y visite IRS.gov/1099K y pulse sobre Español.

Línea 8a

Deducción por pérdida neta de operación (NOL). Anote cualquier deducción por pérdida neta de operación (NOL, por sus siglas en inglés) de un año anterior. Anote la cantidad dentro de los paréntesis preimpresos (como un número negativo). La cantidad de su deducción será restada de las otras cantidades de ingreso anotadas en las líneas 8b a 8z. Vea las Instrucciones para el Formulario 172 para detalles.

Línea 8b

Juegos y apuestas. Anote cualquier ganancia de juegos y apuestas. Las ganancias de juegos y apuestas incluyen loterías, rifas, pagos de sumas globales provenientes de la venta del derecho a recibir pagos de lotería futuros, etcétera. Para detalles sobre las pérdidas provenientes de juegos de azar, vea las instrucciones para la línea 16 del Anexo A.

CONSEJO Adjunte el (los) Formulario(s) W-2G al Formulario 1040 o 1040-SR si se le retuvo impuesto federal sobre el ingreso.

Línea 8c

Deuda cancelada. Anote cualquier deuda cancelada. Las deudas canceladas pueden mostrarse en la casilla 2 del Formulario 1099-C. Sin embargo, todo o parte de su ingreso proveniente de la cancelación de la deuda puede que no sea tributable. Vea la Publicación 4681 o visite IRS.gov e ingrese "canceled debt" (deuda cancelada) o "foreclosure" (ejecución hipotecaria) en la casilla para búsquedas.

Línea 8d

Exclusión de ingresos devengados en el extranjero y exclusión por concepto de vivienda en el extranjero del Formulario 2555. Anote la cantidad de la exclusión de ingresos devengados en el extranjero y exclusión por concepto de vivienda en el extranjero de la línea 45 del Formulario 2555. Anote la cantidad en el paréntesis preimpreso (como un número negativo). La cantidad de la línea 45 del Formulario 2555 será restada de las otras cantidades de ingreso anotadas en las líneas 8a a 8c y las líneas 8e a 8z. Complete la Hoja de Trabajo para el Impuesto Sobre Ingresos Devengados en el Extranjero si anota una cantidad en la línea 45 del Formulario 2555.

Línea 8e

Ingreso del Formulario 8853. Anote el total de las cantidades de las líneas 8, 12 y 26 del Formulario 8853. Vea la Publicación 969.

¡PRECAUCIÓN! Usted puede tener que pagar un impuesto adicional si recibió una distribución tributable proveniente de una Archer MSA o Medicare Advantage MSA. Vea las Instrucciones para el Formulario 8853.

Línea 8f

Ingreso del Formulario 8889. Anote el total de las cantidades de las líneas 16 y 20 del Formulario 8889.

¡PRECAUCIÓN! Usted puede tener que pagar un impuesto adicional si recibió una distribución tributable proveniente de una cuenta de ahorros médicos. Vea las Instrucciones para el Formulario 8889.

Línea 8h

Pago por juraduría. Anote cualquier pago por juraduría y vea las instrucciones para la línea 24a.

Línea 8i

Premios y recompensas. Anote los premios y recompensas, pero vea las instrucciones para la línea 8m, Medallas Olímpicas y Paralímpicas y premio en efectivo del USOC, más adelante.

Línea 8j

Ingreso de actividad que se ejerce sin fines de lucro. Vea la Publicación 525.

Línea 8k

Opciones de compra de acciones. Anote cualquier ingreso procedente del ejercicio de una opción de compra de acciones que no se haya declarado en la línea 1h del Formulario 1040 o 1040-SR.

Línea 8l

Ingreso del alquiler de bienes muebles si los alquiló con fines de lucro, pero no se dedicaba al negocio de alquilar

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dichos bienes. Vea también las instrucciones para la línea 24b, más adelante.

Línea 8m

Medallas Olímpicas y Paralímpicas y premio en efectivo del USOC. El valor de las medallas Olímpicas y Paralímpicas y la cantidad del premio monetario que obtuvo del United States Olympic Committee (Comité Olímpico de los Estados Unidos o USOC, por sus siglas en inglés) por su participación en los Juegos Olímpicos o Juegos Paralímpicos podría ser no tributable. Estas cantidades deben de ser informadas a usted en la casilla 3 del Formulario 1099-MISC. Para saber si estas cantidades son no tributables, primero calcule su ingreso bruto ajustado, incluyendo la cantidad de sus medallas y el premio monetario.

Si su ingreso bruto ajustado no es mayor que $1,000,000 ($500,000 si es casado que presenta una declaración por separado), estas cantidades no son tributables y usted debe incluir la cantidad que aparece en la casilla 3 del Formulario 1099-MISC en la línea 8m; luego réstela al incluirla en la línea 24c.

Línea 8n

Inclusión conforme a la sección 951(a). La sección 951 generalmente requiere que los accionistas estadounidenses de una sociedad anónima extranjera controlada incluyan en su ingreso la cantidad prorrateada de la participación en el ingreso de la sociedad anónima conforme a la subparte F y su cantidad determinada conforme a la sección 956. Anote en la línea 8n la suma de cualquier cantidad informada a usted en las líneas 1a a 1h y la línea 2 del Anexo I del Formulario 5471. Recuerde adjuntar la(s) copia(s) de su(s) Formulario(s) 5471 a su declaración de impuestos.

Línea 8o

Inclusión conforme a la sección 951A(a). La sección 951A generalmente requiere que los accionistas estadounidenses de una sociedad anónima extranjera controlada declaren su ingreso global intangible de bajos impuestos (global intangible low-taxed income o GILTI, por sus siglas en inglés) en su ingreso. Anote en la línea 8o la suma de cualquier cantidad informada a usted en la línea 5 de la Parte II de su Formulario 8992. Recuerde adjuntar la(s) copia(s) de su(s) Formulario(s) 8992 a su declaración de impuestos.

¡PRECAUCIÓN! Si usted hizo una elección conforme a la sección 962 y tiene inclusión de ingreso conforme a la sección 951 o 951A, no declare ese ingreso en la línea 8n ni 8o, según corresponda. En su lugar, declare el impuesto a pagar con respecto a la elección conforme a la sección 962 en la línea 16 del Formulario 1040 o 1040-SR, y adjunte una declaración escrita que muestre cómo usted calculó el impuesto a pagar que incluye las cantidades brutas del ingreso conforme a la sección 951 y la sección 951A.

Línea 8p

Ajuste por pérdida de negocio en exceso conforme a la sección 461(l). Anote la cantidad de su pérdida de negocio en exceso de la línea 16 del Formulario 461.

Línea 8q

Distribuciones tributables de una cuenta ABLE. Las distribuciones de este tipo de cuenta pueden ser tributables si (a) son por más de los gastos calificados por incapacidad del beneficiario designado y (b) no fueron incluidas en una reinversión calificada. Vea la Publicación 907, Tax Highlights for Persons With Disabilities (Puntos sobresalientes de impuestos para personas con incapacidades), para más información.

¡PRECAUCIÓN! Usted podría tener que pagar un impuesto adicional si recibió una distribución tributable proveniente de una cuenta ABLE. Vea las Instrucciones para el Formulario 5329, Additional Taxes on Qualified Plans (Including IRAs) and Other Tax-Favored Accounts (Impuestos adicionales sobre planes calificados (incluidos los arreglos de ahorros para la jubilación) y otras cuentas con beneficios tributarios).

Línea 8r

Becas de estudios y becas de investigación no declaradas en un Formulario W-2. Anote la cantidad de las becas de estudio y becas de investigación no declaradas en un Formulario W-2. Sin embargo, si usted fue candidato para un título académico, incluya en la línea 8r sólo las cantidades que usted usó para gastos que no sean de matrícula u otros gastos relacionados con los cursos. Por ejemplo, las cantidades que usó para hospedaje, comida y viajes tienen que ser declaradas en la línea 8r.

Línea 8s

Cantidad no tributable de pagos de exención de Medicaid incluidos en la línea 1a o 1d del Formulario 1040. Ciertos pagos de exención de Medicaid que usted recibió por cuidar a alguien que vive con usted en la vivienda de usted puede que no sean tributables. Sus pagos de exención de Medicaid no tributables deben ser declarados a usted en la casilla 12, con el código II del (de los) Formulario(s) W-2. Si estos pagos no tributables se le declararon a usted en la casilla 1 del (de los) Formulario(s) W-2, incluya la cantidad en la línea 1a del Formulario 1040 o 1040-SR. Si usted no recibió un Formulario W-2 por sus pagos no tributables, o si recibió pagos no tributables que usted no declaró en la línea 1a y usted escoge incluir estas cantidades no tributables en el ingreso del trabajo para propósitos de reclamar un crédito u otro beneficio tributario, declare la cantidad en la línea 1d del Formulario 1040 o 1040-SR. Luego, en la línea 8s, anote la cantidad total de los pagos no tributables declarados en la línea 1a o 1d del Formulario 1040 o 1040-SR en el espacio de entrada correspondiente dentro de los paréntesis preimpresos (como un número negativo). Para más información sobre estos pagos, vea la Publicación 525.

Línea 8t

Pensión o anualidad proveniente de un plan de compensación diferida no calificado o de un plan no gubernamental conforme a la sección 457. Anote la cantidad que usted recibió como una pensión o anualidad proveniente de un plan de compensación diferida no calificado o de un plan no gubernamental conforme a la sección 457. Ésta podría mostrarse en la casilla 11 del Formulario W-2. Si usted recibió dicha cantidad, pero la casilla 11 está en

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blanco, comuníquese con su empleador o con el pagador para la cantidad recibida.

Línea 8u

Salarios devengados mientras estaba encarcelado. Anote la cantidad que recibió por servicios que desempeñó como recluso en una institución penal. Usted pudiese recibir el (los) Formulario(s) W-2 o el (los) Formulario(s) 1099.

Línea 8v

Activos digitales no declarados en otra parte. Si, en 2024, usted recibió ingresos ordinarios en conexión con activos digitales que no están declarados en otra parte de su declaración (por ejemplo, activos digitales, tales como ingresos de "forks" (bifurcaciones), "staking" (participación) o "mining" (extracción), los cuales no son salarios declarados en la línea 1a o ganancia o pérdida de capital declarada en el Formulario 8949 y Anexo D), declare este ingreso en la línea 8v. No declare un regalo o herencia de activos digitales en la línea 8v. Para más información, acceda a 
IRS.gov/Business/Small-Business-Self-Employed/Digital-Assets y pulse sobre Español.

Línea 8z

Otros ingresos. Use la línea 8z para declarar cualquier ingreso tributable no declarado en otra parte de su declaración o en otros anexos. Indique el tipo y la cantidad de ingresos. Si es necesario, incluya una declaración o documento que muestre la información requerida. Para más detalles, vea Miscellaneous Income (Ingresos misceláneos) en la Publicación 525.

Ejemplos de ingresos a declarar en la línea 8z incluyen los siguientes:

• Reembolsos u otras cantidades recibidas por partidas deducidas en un año anterior, tales como gastos médicos, impuestos sobre bienes inmuebles, impuesto general sobre las ventas o intereses sobre una hipoteca residencial. Vea Recoveries (Recuperación de fondos) en la Publicación 525 para detalles sobre cómo calcular la cantidad a declarar.
• Los pagos de asistencia de ajuste comercial relacionados con el reempleo (Reemployment Trade Adjustment Assistance o RTAA, por sus siglas en inglés). Dicha cantidad debe aparecer en la casilla 5 del Formulario 1099-G.
• Pérdidas sobre ciertas distribuciones correctivas de diferimientos en exceso. Vea Retirement Plan Contributions (Aportaciones a un plan para la jubilación) en la Publicación 525.
• Dividendos sobre pólizas de seguro si exceden del total de todas las primas netas que usted pagó por el contrato.
• Recuperación de una deducción por una donación caritativa relacionada con la donación de un interés fraccionado en un bien mueble tangible. Vea Fractional Interest in Tangible Personal Property (Interés fraccionado en un bien mueble tangible) en la Publicación 526. Le aplican intereses y un impuesto adicional del 10% a la cantidad recuperada. Vea las instrucciones para la línea 17g del Anexo 2.
• Recuperación de una deducción por una donación caritativa si la organización caritativa dispone de los bienes donados dentro de 3 años de la donación. Vea Recapture if no exempt use (Recuperación si no hay uso exento) en la Publicación 526.
• La parte tributable de pagos de asistencia en casos de desastre. Vea la Publicación 525 para calcular la parte tributable, si la hay. Si alguno de sus pagos de asistencia en casos de desastre es tributable, adjunte una declaración o documento que muestre el pago total que recibió y cómo usted calculó la parte tributable.
• Distribuciones tributables de una cuenta Coverdell de ahorros para la educación (ESA, por sus siglas en inglés) o un programa de matrícula calificado (QTP, por sus siglas en inglés). Las distribuciones de estas cuentas pueden ser tributables si (a) en el caso de distribuciones provenientes de un QTP, son más que los gastos de educación superior calificados del beneficiario designado en 2024 o en el caso de las distribuciones provenientes de una ESA, son más que los gastos de educación calificados del beneficiario designado en 2024; y (b) no fueron incluidas en una reinversión calificada. Las distribuciones no tributables de estas cuentas no tienen que ser declaradas en el Formulario 1040 o 1040-SR. Esto incluye las reinversiones y los gastos por educación superior calificados que se le reembolsaron a un estudiante de un QTP que se volvieron a contribuir a un QTP con el mismo beneficiario designado generalmente dentro de 60 días después de la fecha del reembolso. Vea la Publicación 970, Tax Benefits for Education (Beneficios tributarios por estudios).

¡PRECAUCIÓN! Usted puede tener que pagar un impuesto adicional si recibió una distribución tributable de una cuenta Coverdell ESA o un QTP. Vea las Instrucciones para el Formulario 5329.

Ingresos no tributables. No declare ningún ingreso no tributable en la línea 8z. Ejemplos de ingreso no tributable incluyen los siguientes:

• Pensión para hijos menores.
• Pagos que usted recibió para ayudarle a pagar su préstamo hipotecario conforme al HFA Hardest Hit Fund (Fondo de ayuda para los propietarios de vivienda más afectados de la Agencia del Financiamiento de Viviendas o HFA, por sus siglas en inglés) o al Homeowner Assistance Fund (Fondo de asistencia al propietario de vivienda).
• Ganancias de un seguro de vida que recibió debido al fallecimiento de otra persona (que no sean ciertos contratos de seguro de vida que son propiedad del empleador).
• Regalos y legados. Usted puede tener que declarar información sobre sus regalos o legados en la Parte IV del Formulario 3520 si usted recibió:
1. Un regalo o legado de una persona extranjera o de un caudal hereditario extranjero (incluyendo personas extranjeras relacionadas con ese individuo extranjero o caudal hereditario extranjero) cuyo total sea de más de $100,000; o
2. Cantidades totalizando más de $19,570 de una sociedad anónima extranjera o sociedad colectiva extranjera (incluyendo personas extranjeras relacionadas con dichas sociedades anónimas extranjeras o sociedades colectivas extranjeras) que usted haya tratado como un regalo.

Vea las Instrucciones para el Formulario 3520.

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Ajustes al Ingreso

Línea 11 Gastos del Educador

Si usted fue un educador elegible en 2024, puede deducir en la línea 11 hasta $300 de gastos calificados que usted pagó en 2024. Si usted y su cónyuge están presentando una declaración conjunta y ustedes dos son educadores elegibles, la cantidad máxima de la deducción es $600. No obstante, ningún cónyuge puede deducir más de $300 por concepto de los gastos calificados de éste en la línea 11. Un educador elegible es un maestro, instructor, consejero, director o ayudante de kínder (jardín de infancia) hasta doceavo grado que ha trabajado en una escuela por lo menos 900 horas durante el año escolar.

Gastos calificados incluyen gastos ordinarios (normales) y necesarios pagados:

• Por cursos de desarrollo profesional relacionados con el plan de estudios en el que usted imparte instrucción. También incluyen aquellos gastos relacionados con aquellos estudiantes para quienes usted provee esa instrucción; o
• Gastos asociados con la compra de libros, suministros, equipo (incluyendo equipo de computadora, programas (software) y servicios) y otros materiales que se utilizan en el aula.

Un "gasto ordinario" es aquél que es común y aceptado en su campo educativo. Un "gasto necesario" es uno que es útil y apropiado en el desempeño de su profesión de educador. Un gasto no tiene que ser obligatorio para considerarse necesario.

CONSEJO Los gastos calificados incluyen las cantidades pagadas o incurridas en 2024 para equipos de protección personal, desinfectantes y otros suministros utilizados para la prevención de la propagación del coronavirus.

Los gastos calificados no incluyen los gastos por enseñanza impartida en el hogar ni por artículos para cursos de salud o de educación física que no se usan en el desempeño del deporte.

Usted tiene que restar de sus gastos calificados las siguientes cantidades:

• Intereses de bonos de ahorros estadounidenses de la serie EE y de la serie I que pueden excluirse de los ingresos y que provienen del Formulario 8815, Exclusion of Interest From Series EE and I U.S. Savings Bonds Issued After 1989 (Exclusión de los intereses provenientes de bonos de ahorros estadounidenses calificados de las series EE e I emitidos después de 1989).
• Ganancias o distribuciones no tributables provenientes de un programa de matrícula calificado.
• Cualquier distribución de ganancias no tributable proveniente de una cuenta Coverdell de ahorros para la educación.
• Todo reembolso de dichos gastos que haya recibido y el cual no se le haya declarado en la casilla 1 del Formulario W-2.

Para más detalles, consulte el Tema Tributario 458 o vea la Publicación 529, Miscellaneous Deductions (Deducciones misceláneas).

Línea 12 Ciertos Gastos de Negocio de Reservistas de las Fuerzas Armadas, Artistas Escénicos y Funcionarios del Gobierno que Prestan Servicios a Base de Honorarios Fijos

Incluya las deducciones siguientes en la línea 12:

• Ciertos gastos de negocio de los miembros de la National Guard (Guardia Nacional) y de la reserva militar que viajaron más de 100 millas desde sus viviendas para prestar servicios como miembros de la Guardia Nacional o de la reserva militar.
• Gastos relacionados con las artes escénicas como artista escénico calificado.
• Gastos de negocio de funcionarios gubernamentales estatales o locales que prestan servicios a base de honorarios fijos.

Para más detalles, vea el Formulario 2106, Employee Business Expenses (Gastos de negocio del empleado).

Línea 13 Deducción por Cuentas de Ahorros Médicos (HSA)

Usted quizás pueda tomar esta deducción si las aportaciones (que no sean aportaciones del empleador, reinversiones ni distribuciones calificadas de un IRA para proveer fondos a una HSA) fueron hechas a su HSA para 2024. Vea el Formulario 8889, Health Savings Accounts (HSAs) (Cuentas de ahorros médicos (HSA, por sus siglas en inglés)).

Línea 14 Gastos de Mudanza para Miembros de las Fuerzas Armadas

Puede deducir los gastos de mudanza si usted es miembro de las Fuerzas Armadas en servicio activo y, debido a una orden militar, se muda debido a un cambio permanente de puesto. Consulte el Tema Tributario 455 o vea el Formulario 3903, Moving Expenses (Gastos de mudanza).

Línea 15 Parte Deducible del Impuesto sobre el Trabajo por Cuenta Propia

Si trabajaba por cuenta propia y adeuda el impuesto sobre el trabajo por cuenta propia, complete el Anexo SE, Impuesto sobre el Trabajo por Cuenta Propia, para calcular la cantidad de su deducción. La parte deducible de su impuesto sobre el trabajo por cuenta propia aparece en la línea 13 del Anexo SE.

Línea 16 Planes SEP, SIMPLE y Planes Calificados para Personas que Trabajan por Cuenta Propia

Si usted trabajaba por cuenta propia o era un socio, usted quizás pueda tomar esta deducción. Vea la Publicación 560, Retirement Plans for Small Business (Planes de jubilación para pequeños negocios), o si es un ministro, la Publicación 517, Social Security and Other Information for Members of the Clergy and Religious Workers (Información sobre el Seguro Social y otra información

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para miembros del clero y trabajadores religiosos).

Hoja de Trabajo para la Deducción del Seguro Médico para Personas que Trabajan por Cuenta Propia -Línea 17 del Anexo 1

Antes de comenzar:

• Asegúrese de haber leído las Excepciones en las instrucciones para esta línea para ver si usted puede usar esta hoja de trabajo en lugar del Formulario 7206, Self-Employed Health Insurance Deduction (Deducción del seguro médico para personas que trabajan por cuenta propia), para calcular su deducción.

1. Anote la cantidad total pagada en 2024 por cobertura de seguro médico establecida bajo su negocio (o sociedad anónima de tipo S en la cual usted fue un accionista que tuvo más del 2% de las acciones) para 2024 para usted, su cónyuge y sus dependientes. Su seguro también puede cubrir a su hijo que tenía menos de 27 años de edad al final de 2024, aun si el hijo no era su dependiente. Pero no incluya las cantidades por cualquier mes en que usted cumplía con los requisitos para participar en un plan médico patrocinado por el empleador o cantidades pagadas con fondos de distribuciones de un plan para la jubilación que no eran tributables porque usted es un funcionario de seguridad pública jubilado ----
2. Anote su ganancia neta* y todo otro ingreso del trabajo** del negocio bajo el cual se estableció el plan de seguro, menos toda deducción en las líneas 15 y 16 del Anexo 1. No incluya pagos exentos del impuesto sobre el trabajo por cuenta propia del Conservation Reserve Program (Programa de Reservas para la Conservación o CRP, por sus siglas en inglés) ----
3. Deducción del seguro médico para personas que trabajan por cuenta propia. Anote la que sea menor entre la cantidad de la línea 1 o la línea 2 aquí y en la línea 17 del Anexo 1. No incluya esta cantidad al calcular cualquier deducción por gastos médicos en el Anexo A ----

* Si usó cualquiera de los métodos opcionales para calcular sus ingresos netos del trabajo por cuenta propia, no anote su ganancia neta. En lugar de eso, anote la cantidad de la línea 4b del Anexo SE.

** "Ingreso del trabajo" incluye ingresos netos y ganancias netas de la venta, transferencia u concesión de derechos a propiedad que usted creó. No obstante, no incluye ingreso de ganancias de capital. Si usted fue un accionista que tuvo más del 2% de las acciones en una sociedad anónima de tipo S bajo la cual se estableció el plan de seguro médico, el "ingreso del trabajo" es su salario sujeto al impuesto del Medicare (casilla 5 del Formulario W-2) proveniente de esa sociedad anónima.

Línea 17 Deducción del Seguro Médico para Personas que Trabajan por Cuenta Propia

Quizás pueda deducir la cantidad que usted pagó por seguro médico (lo cual incluye seguro médico, dental, y de visión, y seguro de cuidado a largo plazo calificado) para usted, su cónyuge y sus dependientes. El seguro también puede cubrir a su hijo que tiene menos de 27 años de edad al final de 2024, aun si el hijo no era su dependiente. Un hijo incluye a su hijo, hija, hijastro, hijastra, hijo adoptivo o hijo de crianza (éstos dos últimos se definen bajo ¿Quién Reúne los Requisitos para Ser Su Dependiente? en las Instrucciones para el Formulario 1040).

Una de las siguientes situaciones tiene que ser cierta:

• Usted trabajaba por cuenta propia y tuvo una ganancia neta que declaró en el Anexo C o F.
• Usted era un socio con ingresos netos del trabajo por cuenta propia.
• Usted usó uno de los métodos opcionales para calcular sus ingresos netos del trabajo por cuenta propia en el Anexo SE.
• Usted recibió salarios en 2024 provenientes de una sociedad anónima de tipo S en la cual usted fue un accionista que tuvo más del 2% de las acciones. Las primas del seguro médico pagadas o reembolsadas por la sociedad anónima de tipo S aparecen como salarios en el Formulario W-2.

El plan de seguro tiene que estar establecido bajo su negocio. Sus servicios personales tienen que haber sido un factor material de producción de ingresos en el negocio. Si está presentando el Anexo C o F, la póliza puede estar o a su nombre o al nombre del negocio.

Si usted es un socio, la póliza puede estar o a nombre suyo o de la sociedad anónima. Usted puede pagar las primas usted mismo o su sociedad anónima lo puede hacer y declararlas como pagos garantizados. Si la póliza está a nombre suyo y usted paga las primas usted mismo, la sociedad anónima tiene que reembolsarle y declarar las primas como pagos garantizados.

Si usted es accionista con más del 2% de acciones en una sociedad anónima de tipo S, la póliza puede estar a su nombre o a nombre de la sociedad anónima de tipo S. Usted puede pagar las primas usted mismo o la sociedad anónima de tipo S puede pagarlas y declararlas como salarios. Si la póliza está a nombre suyo y usted paga las primas usted mismo, la sociedad anónima de tipo S tiene que reembolsarle las primas. Usted puede deducir las primas sólo si la sociedad anónima de tipo S declara las primas pagadas o reembolsadas como salarios en la casilla 1 de su Formulario W-2 en 2024 y usted también declara los pagos de las primas o el reembolso de éstas como salarios en la línea 1a del Formulario 1040 o 1040-SR.

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Pero si usted también reúne los requisitos para participar en un plan médico subsidiado que es mantenido por su empleador o el empleador de su cónyuge durante cualquier mes o parte de un mes en 2024, las cantidades pagadas por la cobertura del seguro médico para ese mes no se pueden usar para calcular la deducción. Además, si usted reunió los requisitos para cualquier mes o parte de un mes para participar en un plan médico subsidiado que es mantenido por el empleador de su dependiente o de su hijo que tenía menos de 27 años de edad al final de 2024, no use las cantidades pagadas por cobertura para ese mes para calcular la deducción.

¡PRECAUCIÓN! Un qualified small employer health reimbursement arrangement (arreglo de reembolso de salud de un empleador pequeño calificado o QSEHRA, por sus siglas en inglés) se considera un plan médico subsidiado que es mantenido por un empleador.

Ejemplo. Si usted reúne los requisitos para participar en un plan médico subsidiado que es mantenido por el empleador de su cónyuge del 30 de septiembre al 31 de diciembre, no puede usar las cantidades pagadas por cobertura del seguro médico de septiembre a diciembre para calcular la deducción suya.

Las primas de Medicare que usted paga voluntariamente para obtener un seguro a nombre suyo que es similar a un seguro médico privado calificado pueden usarse para calcular la deducción. Las cantidades pagadas por cobertura de seguro médico con fondos de distribuciones de un plan para la jubilación que no eran tributables porque usted es un funcionario de seguridad pública jubilado no se pueden usar para calcular la deducción.

Para más detalles, vea las Instrucciones para el Formulario 7206.

Si usted reúne los requisitos para tomar la deducción, use la Hoja de Trabajo para la Deducción del Seguro Médico para Personas que Trabajan por Cuenta Propia para calcular la cantidad que puede deducir.

Excepciones. Use el Formulario 7206 en lugar de la Hoja de Trabajo para la Deducción del Seguro Médico para Personas que Trabajan por Cuenta Propia que aparece en estas instrucciones para calcular la cantidad de su deducción si cualquiera de las siguientes situaciones le corresponde:

• Usted tenía más de una fuente de ingreso sujeto al impuesto sobre el trabajo por cuenta propia.
• Usted presenta el Formulario 2555.
• Usted está usando cantidades pagadas por seguro de cuidado a largo plazo calificado para calcular la deducción.

Use la Publicación 974, Premium Tax Credit (PTC) (Crédito tributario de prima de seguro médico o PTC, por sus siglas en inglés), en lugar de la hoja de trabajo en estas instrucciones si el plan del seguro se consideraba como establecido bajo su negocio y fue obtenido por medio del Mercado de Seguros Médicos y se efectuaron pagos por adelantado del crédito tributario de prima de seguro médico o usted está reclamando el crédito tributario de prima de seguro médico.

Línea 18 Multa por Retiro Prematuro de Ahorros

El Formulario 1099-INT o el Formulario 1099-OID que usted recibió mostrará la cantidad de toda multa que se le ha cobrado.

Líneas 19a, 19b y 19c Pensión para el Cónyuge Divorciado Pagada

Línea 19a

Si usted efectuó pagos a o para su cónyuge o excónyuge conforme a un acuerdo de divorcio o de separación que entró en vigor en o antes del 31 de diciembre de 2018, quizás pueda tomar esta deducción. No puede tomar una deducción por pagos de pensión para el cónyuge divorciado que efectuó a o para su cónyuge si su acuerdo de divorcio o de separación entró en vigor después del 31 de diciembre de 2018, o si entró en vigor en o antes del 31 de diciembre de 2018 y el acuerdo se modificó después del 31 de diciembre de 2018 para estipular expresamente que la pensión para el cónyuge divorciado recibida no se incluye en los ingresos de su excónyuge. Consulte el Tema Tributario 452 o vea la Publicación 504, Divorced or Separated Individuals (Personas divorciadas o separadas).

Línea 19c

En la línea 19c, anote el mes y el año de su acuerdo de divorcio o de separación original que se relaciona con la deducción por pensión del cónyuge divorciado que se pagó.

Línea 20 Deducción por Aportaciones a un Arreglo IRA (Arreglo Individual de Ahorro para la Jubilación)

CONSEJO Si hizo alguna aportación no deducible a un arreglo individual de ahorro para la jubilación (IRA, por sus siglas en inglés) tradicional para 2024, usted tiene que declararla en el Formulario 8606, Nondeductible IRAs (Arreglos IRA no deducibles).

CONSEJO Usted tiene derecho a una deducción por su aportación a un arreglo IRA tradicional sin importar la edad.

Si hizo aportaciones a un IRA tradicional para 2024, quizás pueda tomar una deducción por un IRA. Pero usted o su cónyuge, si presenta una declaración conjunta, tiene que tener ingreso del trabajo para hacerlo. Para propósitos de un IRA, el ingreso del trabajo incluye la pensión para el cónyuge divorciado y pagos por manutención por separación judicial declarados en la línea 2a del Anexo 1. Si era miembro de las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos, el ingreso del trabajo incluye toda paga no tributable por combate que usted recibió. Si usted trabajaba por cuenta propia, el ingreso del trabajo generalmente es sus ingresos netos del trabajo por cuenta propia si sus servicios personales fueron un factor material de producción de ingresos. Para más detalles, vea la Publicación 590-A. Una declaración o documento debe serle enviado para el 2 de junio de 2025 que muestre todas las aportaciones a su IRA tradicional para 2024.

Use la Hoja de Trabajo para la Deducción por Aportaciones a un Arreglo IRA para calcular la cantidad, si alguna, de su deducción por aportaciones

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a un IRA. Pero lea la siguiente lista antes de completar la hoja de trabajo:

1. No puede deducir las aportaciones a un Roth IRA. Pero quizás pueda tomar el crédito por aportaciones a cuentas (arreglos) de ahorro para la jubilación (crédito del ahorrador). Vea las instrucciones para la línea 4 del Anexo 3.
2. Si está presentando una declaración conjunta y usted, o su cónyuge, hace aportaciones a ambos un IRA tradicional y un Roth IRA para 2024, no use la Hoja de Trabajo para la Deducción por Aportaciones a un Arreglo IRA en estas instrucciones. En su lugar, vea la Publicación 590-A para calcular la cantidad, si alguna, de su deducción por un IRA.
3. No puede deducir aplazamientos electivos a planes conforme con las secciones 401(k), 403(b) o 457; a un plan SIMPLE IRA ni a la Thrift Savings Plan (Cuenta de ahorros para la jubilación) federal. Estas cantidades no se incluyen como ingreso en la casilla 1 de su Formulario W-2.
4. Si hizo aportaciones a su IRA en 2024 que dedujo para 2023, no las incluya en la hoja de trabajo.
5. Si recibió ingreso de un plan de compensación diferida no calificado o de un plan no gubernamental conforme a la sección 457 que se incluye en la casilla 1 de su Formulario W-2 o en la casilla 1 del Formulario 1099-NEC, no incluya ese ingreso en la línea 8 de la hoja de trabajo. El ingreso debe mostrarse en (a) la casilla 11 de su Formulario W-2, (b) la casilla 12 de su Formulario W-2 con el código Z o (c) en la casilla 15 del Formulario 1099-MISC. Si no se indica, comuníquese con su empleador o el pagador para saber la cantidad de ingreso.
6. Usted tiene que presentar una declaración conjunta para deducir las aportaciones hechas al IRA de su cónyuge. Anote el total de la deducción IRA para usted y su cónyuge en la línea 20.
7. No incluya aportaciones de reinversión al calcular su deducción. En su lugar, vea las instrucciones para las líneas 4a y 4b del Formulario 1040 o 1040-SR.
8. No incluya cargos pagados a fideicomisarios que se facturaron por separado y que fueron pagados por usted para su IRA.
9. No incluya los reintegros de distribuciones para miembros de la reserva militar calificadas. Usted no los puede deducir. Para información sobre cómo declarar estos reintegros, vea Qualified reservist repayments (Reintegros de reservista calificados) en la Publicación 590-A.
10. Si el total de su deducción por un IRA en la línea 20 más toda aportación no deducible hecha a sus IRA tradicionales que aparecen en el Formulario 8606 es menor que la cantidad total de sus aportaciones a su(s) IRA tradicional(es) para 2024, vea la Publicación 590-A para ver las reglas especiales que aplican.

¿Estuvo Cubierto por un Plan para la Jubilación? Si estuvo cubierto por un plan para la jubilación (pensión calificada, participación en las ganancias (incluido un plan conforme con la sección 401(k)), anualidad, plan SEP, SIMPLE, etc.) en su empleo o por medio del trabajo por cuenta propia, su deducción por un IRA puede ser reducida o eliminada. Pero todavía puede hacer aportaciones a un IRA aunque no las pueda deducir. En todo caso, al ingreso devengado sobre sus aportaciones a un IRA no se le impone impuesto hasta que se le pague a usted.

El recuadro "Retirement plan" (Plan de jubilación) en la casilla 13 de su Formulario W-2 debe estar marcado si usted estaba cubierto por un plan en su empleo aun si usted no tenía intereses adquiridos (derecho legal a éste) en el plan. Usted también está cubierto por un plan si usted trabajaba por cuenta propia y tenía un plan SEP, plan SIMPLE o plan para la jubilación calificado.

Si usted estaba cubierto por un plan para la jubilación y presenta el Formulario 2555 u 8815, o si excluye beneficios para la adopción provistos por el empleador, vea la Publicación 590-A para calcular la cantidad, si alguna, de su deducción por un IRA.

Personas casadas que presentan por separado. Si no estaba cubierto por un plan para la jubilación, pero su cónyuge lo estaba, a usted se le considera estar cubierto por un plan, a menos que usted haya vivido separado de su cónyuge por todo el año 2024.

CONSEJO Es posible que pueda tomar el crédito por aportaciones a cuentas (arreglos) de ahorro para la jubilación. Vea las instrucciones para la línea 4 del Anexo 3.

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Hoja de Trabajo para la Deducción por Aportaciones a un Arreglo IRA -Línea 20 del Anexo 1

Antes de comenzar:

• Asegúrese de haber leído las instrucciones para esta línea. Quizás no pueda usar esta hoja de trabajo.
• Calcule los ajustes añadidos que se anotarán en la línea 24z del Anexo 1 (vea las instrucciones para la línea 24z del Anexo 1).
• Si es casado que presenta una declaración por separado y vivió separado de su cónyuge durante todo el año 2024, anote "D" en la línea de puntos junto a la línea 20 del Anexo 1. Si no lo hace, usted puede recibir un aviso por error matemático del IRS.

1a. ¿Estaba cubierto por un plan para la jubilación (vea ¿Estuvo Cubierto por un Plan para la Jubilación?)?
IRA de Usted
-- Sí
-- No
IRA de su Cónyuge
-- Sí
-- No
1b. Si es casado que presenta una declaración conjunta, ¿estaba su cónyuge cubierto por un plan para la jubilación?
IRA de Usted
-- Sí
-- No
IRA de su Cónyuge
-- Sí
-- No
Siguiente. Si marcó "No" en la línea 1a (y "No" en la línea 1b si es casado que presenta una declaración conjunta), omita las líneas 2 a 6, anote la cantidad correspondiente que aparece a continuación en la línea 7a (y la línea 7b, si le corresponde) y pase a la línea 8.
• $7,000 si tiene menos de 50 años de edad al final de 2024.
• $8,000 si tiene 50 años de edad o más al final de 2024.
De lo contrario, pase a la línea 2.
2. Anote la cantidad que aparece a continuación que le corresponde a usted:
• Soltero, cabeza de familia o casado que presenta una declaración por separado y usted vivió separado de su cónyuge durante todo el año 2024, anote $87,000.
• Cónyuge sobreviviente que reúne los requisitos, anote $143,000.
• Casado que presenta una declaración conjunta, anote $143,000 en ambas columnas. Pero si marcó "No" en la línea 1a o 1b, anote $240,000 para la persona que no estaba cubierta por un plan.
• Casado que presenta una declaración por separado y usted vivió con su cónyuge en algún momento en 2024, anote $10,000.
IRA de Usted ----
IRA de su Cónyuge ----
3. Anote la cantidad que aparece en la línea 9 del Formulario 1040 o 1040-SR ----
4. Anote el total de las cantidades de las líneas 11 a 19a del Anexo 1, más las cantidades que usted anotó en las líneas 23 y 25 del Anexo 1 ----
5. Reste la línea 4 de la línea 3. Si es casado que presenta una declaración conjunta, anote el resultado en ambas columnas
IRA de Usted ----
IRA de su Cónyuge ----
6. ¿Es la cantidad en la línea 5 menor que la cantidad en la línea 2?
-- No. NO SIGA Ninguna de sus aportaciones a su IRA es deducible. Para detalles sobre las aportaciones no deducibles a un IRA, vea el Formulario 8606.
-- Sí. Reste la línea 5 de la línea 2 en cada columna. Siga la instrucción a continuación que le corresponda a usted:
• Si es soltero, cabeza de familia o casado que presenta una declaración por separado, y el resultado es $10,000 o más, anote la cantidad que le corresponda que aparece a continuación en la línea 7 para esa columna y pase a la línea 8.
i. $7,000 si tiene menos de 50 años de edad al final de 2024.
ii. $8,000 si tiene 50 años de edad o más al final de 2024. Si el resultado es menor que $10,000, pase a la línea 7.
• Si es casado que presenta una declaración conjunta o cónyuge sobreviviente que reúne los requisitos y el resultado es $20,000 o más ($10,000 o más en la columna para el IRA de una persona que no estaba cubierta por un plan para la jubilación), anote la cantidad correspondiente que aparece a continuación en la línea 7 para esa columna y pase a la línea 8.
i. $7,000 si tiene menos de 50 años de edad al final de 2024.
ii. $8,000 si tiene 50 años de edad o más al final de 2024. De lo contrario, pase a la línea 7.
IRA de Usted ----
IRA de su Cónyuge ----

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7. Multiplique las líneas 6a y 6b por el porcentaje a continuación que le corresponda a usted. Si el resultado no es un múltiplo de $10, auméntelo al siguiente múltiplo de $10 (por ejemplo, aumente $490.30 a $500). Si el resultado es $200 o más, anote el resultado. Pero si es menor que $200, anote $200.
• Soltero, cabeza de familia o casado que presenta una declaración por separado, multiplique por el 70% (0.70) (o por el 80% (0.80) en la columna para el IRA de la persona que tiene 50 años de edad o más al final de 2024).
• Casado que presenta una declaración conjunta o cónyuge sobreviviente que reúne los requisitos, multiplique por el 35% (0.35) (o por el 40% (0.40) en la columna para el IRA de la persona que tiene 50 años de edad o más al final de 2024). Pero si marcó "No" en la línea 1a o 1b, entonces en la columna para el IRA de la persona que no estaba cubierta por un plan para la jubilación, multiplique por el 70% (0.70) (o por el 80% (0.80) si tiene 50 años de edad o más al final de 2024).
IRA de Usted ----
IRA de su Cónyuge ----
8. Anote el total de su (y de su cónyuge si presenta una declaración conjunta):
• Salarios, sueldos, propinas, etcétera. Generalmente, esto es la cantidad que se declara en la casilla 1 del Formulario W-2. Las excepciones se explican en las instrucciones para la línea 20.
• Pensión para el cónyuge divorciado y pagos de la manutención por separación judicial declarados en la línea 2a del Anexo 1.
• Paga no tributable por combate. Esta cantidad debe declararse en la casilla 12 del Formulario W-2 con el código Q o declarados en la línea 1i del Formulario 1040. ----
9. Anote el ingreso del trabajo que usted (y su cónyuge si presenta una declaración conjunta) recibió como trabajador por cuenta propia o como un socio. Generalmente, esto es sus (y de su cónyuge si presenta una declaración conjunta) ingresos netos del trabajo por cuenta propia si sus servicios personales fueron un factor material de producción de ingresos, menos toda deducción en las líneas 15 y 16 del Anexo 1. Si es cero o menos, anote "-0-". Para más detalles, vea la Publicación 590-A ----
10. Sume las líneas 8 y 9 ----

¡PRECAUCIÓN! Si es casado que presenta una declaración conjunta y la cantidad en la línea 10 es menor que $14,000 ($15,000 si uno de los cónyuges tiene 50 años de edad o más al final de 2024; $16,000 si ambos cónyuges tienen 50 años de edad o más al final de 2024), deténgase aquí y use la hoja de trabajo en la Publicación 590-A para calcular la deducción por su IRA.

11. Anote las aportaciones hechas a su IRA tradicional, o que serán hechas para la fecha de vencimiento de su declaración para 2024 sin tomar en cuenta las prórrogas (el 15 de abril de 2025 para la mayoría de las personas), para 2024 a su IRA en la línea 11a y al IRA de su cónyuge en la línea 11b
IRA de Usted ----
IRA de su Cónyuge ----
12. En la línea 12a, anote la que sea menor entre las cantidades de las líneas 7a, 10 u 11a. Anote en la línea 12b la que sea menor entre las cantidades de las líneas 7b, 10 u 11b. Ésta es la mayor cantidad que usted puede deducir. Sume las cantidades de las líneas 12a y 12b y anote el total en la línea 20 del Anexo 1. O, si prefiere, usted puede deducir una cantidad más pequeña y tratar el resto como una aportación no deducible (vea el Formulario 8606)
IRA de Usted ----
IRA de su Cónyuge ----

Línea 21 Deducción por Intereses sobre Préstamos de Estudios

Usted puede tomar esta deducción sólo si todas las siguientes situaciones le aplican:

• Pagó interés en 2024 sobre un préstamo de estudios calificado (que se define más adelante).
• Su estado civil para efectos de la declaración es cualquier estado excepto casado que presenta una declaración por separado.
• Su ingreso bruto ajustado (AGI, por sus siglas en inglés) modificado es menor que: $95,000 si es soltero, cabeza de familia o cónyuge sobreviviente que reúne los requisitos; $195,000 si es casado que presenta una declaración conjunta. Use las líneas 2 a 4 de la hoja de trabajo en estas instrucciones para calcular su AGI modificado.
• Usted, o su cónyuge si está presentando una declaración conjunta, no es

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reclamado como dependiente en la declaración de impuestos de 2024 de otra persona (como la de sus padres).

Hoja de Trabajo para la Deducción por Intereses Sobre Préstamos de Estudios -Línea 21 del Anexo 1

Antes de comenzar:

• Calcule todo ajuste añadido que se tiene que anotar en la línea 24z del Anexo 1 (vea las instrucciones para la línea 24z del Anexo 1).
• Asegúrese de haber leído la Excepción en las instrucciones para esta línea para saber si usted puede usar esta hoja de trabajo en lugar de usar la Publicación 970 para calcular su deducción.

1. Anote el total de intereses que usted pagó en 2024 por concepto de préstamos de estudio calificados (vea las instrucciones para la línea 21). No anote más de $2,500 ----
2. Anote la cantidad de la línea 9 del Formulario 1040 o 1040-SR ----
3. Anote el total de las cantidades de las líneas 11 a 20 del Anexo 1 y de las líneas 23 y 25 del Anexo 1 ----
4. Reste la línea 3 de la línea 2 ----
5. Anote la cantidad que aparece a continuación que corresponde a su estado civil para efectos de la declaración.
• Soltero, cabeza de familia o cónyuge sobreviviente que reúne los requisitos: $80,000
• Casado que presenta una declaración conjunta: $165,000 ----
6. ¿Es la cantidad de la línea 4 mayor que la cantidad en la línea 5?
-- No. Omita las líneas 6 y 7, anote "-0-" en la línea 8 y pase a la línea 9.
-- Sí. Reste la línea 5 de la línea 4 ----
7. Divida la línea 6 por $15,000 ($30,000 si es casado que presenta una declaración conjunta). Anote el resultado como decimal (redondeado al menos a tres lugares). Si el resultado es 1.000 o más, anote "1.000" ----
8. Multiplique la línea 1 por la línea 7 ----
9. Deducción por intereses sobre préstamos de estudios. Reste la línea 8 de la línea 1. Anote el resultado aquí y en la línea 21 del Anexo 1.
No incluya esta cantidad al calcular cualquier otra deducción en su declaración (como en el Anexo A, C, E, etcétera) ----

No incluya ninguna cantidad pagada con fondos provenientes de una distribución de ganancias de un programa de matrícula calificado (QTP, por sus siglas en inglés) después de 2018 en la medida en que estas ganancias sean tratadas como libres de impuestos debido a que se usaron para pagar intereses sobre préstamos de estudios.

Use la hoja de trabajo en estas instrucciones para calcular su deducción por intereses sobre un préstamo de estudios.

Excepción. Use la Publicación 970 en lugar de la hoja de trabajo en estas instrucciones para calcular su deducción por intereses sobre préstamos de estudios si usted presenta el Formulario 2555 o 4563, o si excluye ingreso de fuentes dentro de Puerto Rico.

Préstamo de estudios calificado. Un "préstamo de estudios calificado" es cualquier préstamo que usted obtuvo para pagar los gastos de educación superior calificados por cualquiera de las siguientes personas que eran estudiantes elegibles:

1. Usted mismo o su cónyuge.
2. Una persona que era su dependiente cuando se obtuvo el préstamo.
3. Una persona que usted pudo haber reclamado como dependiente para el año en que se obtuvo el préstamo excepto que:
a. La persona presentó una declaración conjunta;
b. La persona tuvo ingreso bruto que era igual a o mayor que la cantidad de la exención para ese año o $5,050 para 2024; o
c. Usted, o su cónyuge si presenta una declaración conjunta, podía ser reclamado como dependiente en la declaración de otra persona.

No obstante, un préstamo no es un préstamo para estudios calificado si (a) cualquier parte de las ganancias se usaron para otros propósitos o (b) el préstamo proviene o de una persona emparentada con usted o una persona que pidió prestado los fondos obtenidos en virtud de un plan del empleador calificado o un contrato adquirido en virtud de dicho plan. Para detalles, vea la Publicación 970.

Gastos de educación superior calificados. Los "gastos de educación superior calificados" generalmente incluyen la matrícula, cuotas, alojamiento y comida, y gastos relacionados, tales como libros y suministros. Los gastos tienen que ser para educación obtenida en un programa que provea un título, certificado o programa similar en una institución educativa elegible. Una "institución educativa elegible" incluye la mayoría de los

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colegios, universidades y ciertas escuelas vocacionales. Para detalles, vea la Publicación 970.

Línea 22

La línea 22 ha sido reservada para uso futuro.

Línea 23 Deducción por Cuentas de Ahorros Médicos Archer MSA

Vea el Formulario 8853.

Líneas 24a a 24z

Línea 24a

Pago por juraduría. Anote su paga por juraduría si usted le dio la paga a su empleador porque su empleador pagó su salario o sueldo mientras usted prestaba servicio en el jurado.

Línea 24b

Anote los gastos deducibles relacionados con ingresos declarados en la línea 8l provenientes del alquiler de bienes muebles que haya desempeñado con fines de lucro, pero no se dedicaba al negocio de alquilar dichos bienes.

Línea 24c

Anote la cantidad no tributable del valor de medallas Olímpicas y Paralímpicas y del premio monetario del USOC (Comité Olímpico de los EE. UU.) declarada en la línea 8m.

Línea 24d

Anote la amortización o los gastos de reforestación (vea las Instrucciones para el Formulario 4562).

Línea 24e

Anote el reintegro de las prestaciones suplementarias por desempleo conforme a la Trade Act of 1974 (Ley de Comercio de 1974) (vea la Publicación 525).

Línea 24f

Anote las aportaciones a planes de pensión conforme a la sección 501(c)(18)(D) (vea la Publicación 525).

Línea 24g

Anote las aportaciones hechas por ciertos capellanes a planes conforme a la sección 403(b) (vea la Publicación 517).

Línea 24h

Anote los honorarios de abogados y costos judiciales relacionados con acciones

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Instrucciones para el Anexo 2
Impuestos Adicionales
Instrucciones Generales

Use el Anexo 2 si tiene impuestos adicionales que no pueden ser anotados directamente en el Formulario 1040, 1040-SR o 1040-NR.

Incluya la cantidad de la línea 3 del Anexo 2 en el total de la línea 17 del Formulario 1040, 1040-SR o 1040-NR.

Anote la cantidad de la línea 21 del Anexo 2 en la línea 23 del Formulario 1040 o 1040-SR o en la línea 23b del Formulario 1040-NR.

Instrucciones Específicas

Línea 1a a 1z

Adiciones al Impuesto

Línea 1a. Reintegro del excedente del crédito tributario de prima de seguro médico pagado por adelantado. El crédito tributario de prima de seguro médico ayuda a pagar las primas de seguro médico que se compra del Mercado de Seguros Médicos. Las personas elegibles pueden tener pagos por adelantado del crédito tributario de prima de seguro médico que fueron pagados en su nombre directamente a la compañía de seguros. Si usted, su cónyuge con el cual usted presenta una declaración conjunta o su dependiente estaban inscritos en cobertura comprada del Mercado de Seguros Médicos y se efectuaron pagos por adelantado del crédito tributario de prima de seguro médico para la cobertura, complete el Formulario 8962 para conciliar (comparar) los pagos por adelantado con su crédito tributario de prima de seguro médico. Usted (o quien lo haya inscrito) debió haber recibido el Formulario 1095-A de parte del Mercado de Seguros Médicos con la información sobre su cobertura y todo pago por adelantado del crédito. Si la cantidad de los pagos por adelantado del crédito es mayor que el crédito tributario de prima de seguro médico que usted puede reclamar, la cantidad que usted debe reintegrar se indicará en la línea 29 del Formulario 8962. Anote la cantidad, si alguna, en la línea 1a.

Quizás usted tenga que reintegrar el exceso de los pagos por adelantado del crédito tributario de prima de seguro médico aun si otra persona lo inscribió a usted, su cónyuge o su dependiente en la cobertura del Mercado de Seguros Médicos. En tal caso, otra persona pudo haber recibido el Formulario 1095-A para dicha cobertura. Quizás también tenga que pagar el exceso de los pagos por adelantado del crédito tributario de prima de seguro médico si usted inscribió a una persona en cobertura a través del Mercado de Seguros Médicos, usted no reclama a esa persona como dependiente en su declaración y nadie más reclama a esa persona como dependiente. Para más información, vea las Instrucciones para el Formulario 8962.

Línea 1b. Reintegro de (de los) crédito(s) por vehículos limpios nuevos de la Parte II del Anexo A (Formulario 8936). Si usted compró un vehículo limpio nuevo de un concesionario registrado y redujo la cantidad que usted pagó en el momento de la venta transfiriendo el crédito al concesionario; puede que tenga que reintegrar la cantidad del crédito que transfirió si ya no cumple con los requisitos. Si usted completó la Parte II del Anexo A (Formulario 8936) y usted:

• Marcó el recuadro "Sí" en la línea 8a o 8d de la Parte II; y
• Marcó el recuadro "Sí" en la línea 4a de la Parte I;

Entonces, anote la cantidad de la línea 4a de la Parte I en la línea 1b del Anexo 2.

Si usted completó más de una Parte II del Anexo A (Formulario 8936), y usted necesita declarar la cantidad de más de una Parte II del Anexo A (Formulario 8936), anote el total de esas cantidades en la línea 1b.

Línea 1c. Reintegro del (de los) crédito(s) por vehículos limpios de segunda mano de la Parte IV del Anexo A (Formulario 8936). Si usted compró un vehículo limpio de segunda mano de un concesionario registrado y redujo la cantidad que usted pagó en el momento de la venta transfiriendo el crédito al concesionario; puede que tenga que reintegrar la cantidad del crédito que transfirió si ya no cumple con los requisitos. Si usted completó la Parte IV del Anexo A (Formulario 8936) y usted:

• Marcó el recuadro "Sí" en la línea 13a o 13c de la Parte IV; y
• Marcó el recuadro "Sí" en la línea 4a de la Parte I;

Entonces, anote la cantidad de la línea 4a de la Parte I en la línea 1c del Anexo 2.

Si usted completó más de una Parte IV del Anexo A (Formulario 8936), y usted necesita declarar la cantidad de más de una Parte IV del Anexo A (Formulario 8936), anote el total de esas cantidades en la línea 1c.

Línea 1d. Recuperación de la elección de pago electivo (EPE) neta. Anote cualquier cantidad de la recuperación de la elección de pago electivo (EPE, por sus siglas en inglés) neta de la columna (l) de la línea 2a del Formulario 4255, Certain Credit Recapture, Excessive Payments, and Penalties (Recuperación de ciertos créditos, pagos excesivos y multas).

Línea 1e. Pagos excesivos (EP) de la columna (n) del Formulario 4255. Si usted declaró una cantidad en la columna (n) de las líneas 1a, 1c, 1d y/o 2a del Formulario 4255, marque el recuadro correspondiente y anote la cantidad en la línea 1e. Si usted marcó más de un recuadro, anote la cantidad total en la línea 1e.

Línea 1f. El 20% de los pagos excesivos de la columna (o) del Formulario 4255. Si la columna (o) de las líneas 1a, 1c, 1d y/o 2a del Formulario 4255

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incluye un 20% adicional de los pagos excesivos (EP, por sus siglas en inglés) que adeuda (calculado como el 20% del total de los pagos excesivos antes de calcular el 20% de los pagos excesivos), marque el recuadro correspondiente y anote la cantidad incluida del 20% de los pagos excesivos en la línea 1f. Anote sólo el 20% de los pagos excesivos de la columna (o) en la línea 1f. Si marcó más de un recuadro, anote el total de las cantidades del 20% de pagos excesivos de cada recuadro en la línea 1f. Cualquier otra cantidad de los pagos excesivos declarada en la columna (o) de las líneas 1a, 1c, 1d y/o 2a del Formulario 4255 debe ser incluida en la línea 1y. Vea las instrucciones para la línea 1y.

Línea 1y. Otras adiciones al impuesto. Anote las siguientes adiciones al impuesto.

1. Recuperación del crédito por bienes de reabastecimiento de vehículos con combustible alternativo (vea el Formulario 8911). Identifique como "ARPCR".
2. Cualquier elección de pago electivo (EPE) relacionado con el crédito aplicado contra el impuesto proveniente del Formulario 8933 declarado en la columna (k) de la línea 2a del Formulario 4255. Identifique como "EPE8933".
3. Recuperación de cualquier crédito que no sea de la EPE proveniente del Formulario 8933 declarada en la columna (j) de la línea 2a del Formulario 4255. Además, cualquier cantidad atribuible a la recuperación conforme a la sección 6418(g)(3) del Formulario 8933 declarada en la columna (m) de la línea 2a del Formulario 4255. Identifique como "NEPE8933".
4. Cualquier cantidad de la columna (o) del Formulario 4255 que no fue declarada en la línea 1f. Identifique como "EPGEPE".
5. Cualquier cantidad de transferencia de crédito excesivo conforme a la sección 6418(g)(2) declarada en la columna (m) del Formulario 4255. Identifique como "6418(g)(2)".

CONSEJO Para más información sobre pago electivo y la transferibilidad del crédito, acceda a IRS.gov/Credits-Deductions/ElectivePay-and-Transferability-Frequently-Asked-Questions-Transferability.

Línea 2

Impuesto Mínimo Alternativo (AMT)

La cantidad de la exención por el impuesto mínimo alternativo (AMT, por sus siglas en inglés) se aumenta a $85,700 ($133,300 si es casado que presenta una declaración conjunta o es cónyuge sobreviviente que reúne los requisitos; $66,650 si es casado que presenta una declaración por separado). El nivel de ingreso en el cual la exención del AMT comienza a eliminarse gradualmente ha aumentado a $609,350 ($1,218,700 si es casado que presenta una declaración conjunta o es cónyuge sobreviviente que reúne los requisitos).

Si no está seguro de si adeuda el AMT, complete la Hoja de Trabajo para Averiguar si Debe Completar el Formulario 6251.

Excepción. Complete el Formulario 6251 en lugar de usar la hoja de trabajo si usted reclamó o recibió cualquiera de las siguientes partidas:

• Depreciación acelerada.
• Intereses exentos de impuestos de bonos de actividad privada.
• Costos intangibles de perforación (taladrado), circulación, investigación, experimentales o de minería.
• Amortización o agotamiento de las instalaciones de control de la contaminación.
• Ingresos o (pérdidas) de activida-des agrícolas con refugio tributario, actividades pasivas, sociedades colectivas, sociedades anónimas de tipo S o actividades para las cuales usted no está en riesgo.
• Ingresos de contratos a largo plazo no calculados utilizando el método del porcentaje de obra realizada (percentage-of-completion method).
• Gastos por intereses de inversión declarados en el Formulario 4952.
• Deducción de pérdidas netas de operación.
• Ajustes de impuesto mínimo alternativo de un patrimonio, un fideicomiso, una grande sociedad colectiva optante o una cooperativa.
• Exclusión conforme a la sección 1202.
• Acciones procedentes del ejercicio de una opción de compra de acciones con incentivo y no se deshizo de las acciones el mismo año.
• Cualquier crédito general para negocios reclamado en el Formulario 3800 si la línea 6 (en la Parte I) o la línea 25 del Formulario 3800 es más de cero.
• Crédito por vehículo eléctrico calificado.
• Impuesto sobre bienes de reabastecimiento de vehículos con combustible alternativo.
• Crédito por impuesto mínimo del año anterior.
• Crédito por impuestos extranjeros.
• Pérdida neta calificada por desastre y está declarando su deducción estándar en la línea 16 del Anexo A. Vea las Instrucciones para el Formulario 4684 para más información.

Para obtener ayuda relacionada con el impuesto mínimo alternativo, acceda a IRS.gov/AMT y pulse sobre Español.

Línea 5

Impuesto No Declarado del Seguro Social y Medicare del Formulario 4137

Anote el total de todo impuesto proveniente del Formulario 4137.

Si el total de propinas que usted recibió en un mes es $20 o más y usted no declaró la cantidad completa a su empleador, usted tiene que pagar los impuestos del Seguro Social y del Medicare o de la jubilación ferroviaria (RRTA, por sus siglas en inglés) sobre las propinas no declaradas.

No incluya el valor de ninguna propina no monetaria, tal como boletos o pases. Usted no paga impuestos del Seguro Social y del Medicare ni de la jubilación ferroviaria (RRTA) sobre las propinas no monetarias.

Para calcular los impuestos del Seguro Social y del Medicare, use el Formulario 4137. Si adeuda impuesto de la RRTA, comuníquese con su empleador. Su empleador calculará y recaudará el impuesto de la RRTA.

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Hoja de Trabajo para Averiguar si Debe Completar el Formulario 6251 -Línea 2 del Anexo 2

Antes de comenzar: Asegúrese de haber leído la Excepción que aparece en las instrucciones para esta línea para saber si usted tiene que completar el Formulario 6251 en lugar de usar esta hoja de trabajo.

1. ¿Está presentando el Anexo A? ----
-- No. Omita las líneas 1 y 2; reste la línea 13 del Formulario 1040 o 1040-SR o la línea 13a del Formulario 1040-NR de la línea 11 del Formulario 1040, 1040-SR o 1040-NR, anote el resultado en la línea 3 y pase a la línea 4.
-- Sí. Anote la cantidad de la línea 15 del Formulario 1040, 1040-SR o 1040-NR
2. Anote la cantidad de la línea 7 del Anexo A ----
3. Sume las líneas 1 y 2 ----
4. Anote todo reembolso de impuestos provenientes de las líneas 1 y 8z del Anexo 1 ----
5. Reste la línea 4 de la línea 3 ----
6. Anote la cantidad que aparece a continuación que corresponde a su estado civil para efectos de la declaración:
• Soltero o cabeza de familia: $85,700
• Casado que presenta una declaración conjunta o cónyuge sobreviviente que reúne los requisitos: $133,300
• Casado que presenta una declaración por separado: $66,650
7. ¿Es la cantidad que aparece en la línea 5 mayor que la cantidad que aparece en la línea 6?
-- No. NO SIGA No complete el resto de esta hoja de trabajo. Usted no adeuda el impuesto mínimo alternativo y no necesita completar el Formulario 6251. Deje en blanco la línea 2 del Anexo 2.
-- Sí. Reste la línea 6 de la línea 5
8. Anote la cantidad que aparece a continuación que corresponde a su estado civil para efectos de la declaración:
• Soltero o cabeza de familia: $609,350
• Casado que presenta una declaración conjunta o cónyuge sobreviviente que reúne los requisitos: $1,218,700
• Casado que presenta una declaración por separado: $609,350
9. ¿Es la cantidad de la línea 5 mayor que la cantidad de la línea 8?
-- No. Anote "-0-". Omita la línea 10. Anote en la línea 11 la cantidad de la línea 7 y pase a la línea 12.
-- Sí. Reste la línea 8 de la línea 5
10. Multiplique la línea 9 por el 25% (0.25) y anote la cantidad que sea menor entre este resultado o la línea 6 ----
11. Sume las líneas 7 y 10 ----
12. ¿Es la cantidad de la línea 11 mayor que $232,600 ($116,300 si es casado que presenta una declaración por separado)?
-- Sí. NO SIGA Complete el Formulario 6251 para saber si usted adeuda el impuesto mínimo alternativo.
-- No. Multiplique la línea 11 por el 26% (0.26)
13. Sume la línea 16 del Formulario 1040, 1040-SR o 1040-NR (menos todo impuesto proveniente del Formulario 4972) y la línea 1z del Anexo 2. (Si usó el Anexo J para calcular su impuesto en el espacio para anotar en la línea 16 del Formulario 1040, 1040-SR o 1040-NR, calcule el impuesto nuevamente sin usar el Anexo J antes de incluirlo en este cálculo) ----

Siguiente. ¿Es la cantidad de la línea 12 mayor que la cantidad de la línea 13?

-- Sí. Complete el Formulario 6251 para saber si usted adeuda impuesto mínimo alternativo.
-- No. Usted no adeuda el impuesto mínimo alternativo y no necesita completar el Formulario 6251. Deje en blanco la línea 2 del Anexo 2.

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¡PRECAUCIÓN! Se le puede imponer una multa equivalente al 50% de los impuestos del Seguro Social y del Medicare o de la RRTA sobre las propinas que usted recibió pero que no le declaró a su empleador.

Línea 6
Impuesto No Recaudado del Seguro Social y Medicare del Formulario 8919

Anote el total de todo impuesto proveniente del Formulario 8919.

Si usted es un empleado que recibió salarios de un empleador que no le retuvo los impuestos del Seguro Social y del Medicare de sus salarios, use el Formulario 8919 para calcular su parte del impuesto no declarado. Incluya en la línea 6 la cantidad de la línea 13 del Formulario 8919. Incluya la cantidad de la línea 6 del Formulario 8919 en la línea 1g del Formulario 1040 o 1040-SR.

Línea 8

Impuesto Adicional sobre Arreglos IRA, Otros Planes Calificados de Jubilación, Etcétera

Si cualquiera de las situaciones siguientes le aplica a usted, vea el Formulario 5329 y sus instrucciones para saber si usted adeuda este impuesto y si tiene que presentar el Formulario 5329. Vea también el Formulario 5329 y sus instrucciones para saber las definiciones de los términos que se emplean aquí.

1. Usted recibió una distribución prematura de (a) un IRA u otro plan para la jubilación calificado, (b) una anualidad o (c) un contrato de dotación modificado que entró en vigor después del 20 de junio de 1988, y la distribución total no se reinvirtió.
2. Se hicieron aportaciones en exceso a su IRA, cuenta de ahorros Coverdell para la educación (conocida en inglés como Coverdell ESA), cuenta Archer MSA, cuenta de ahorros médicos (HSA, por sus siglas en inglés) o cuenta ABLE.
3. Usted recibió una distribución tributable proveniente de una Coverdell ESA, un programa para la matrícula calificado o una cuenta ABLE.
4. Usted no tomó la distribución mínima requerida de su IRA u otro plan para la jubilación calificado para el 1 de abril del año siguiente al año en que usted alcanzó los 73 años de edad.

Excepción. Si sólo la partida (1) le aplica y el código de distribución 1 se muestra correctamente en la casilla 7 de todos sus Formularios 1099-R, usted no tiene que presentar el Formulario 5329. En su lugar, multiplique la cantidad tributable de la distribución por el 10% (0.10) y anote el resultado en la línea 8. La cantidad tributable de la distribución es la parte de la distribución que usted declaró en la línea 4b o 5b del Formulario 1040, 1040-SR o 1040-NR, o en el Formulario 4972. Marque también el recuadro de la línea 8 para indicar que usted no tiene que presentar el Formulario 5329. Pero usted tiene que presentar el Formulario 5329 si el código de distribución 1 aparece incorrectamente en la casilla 7 del Formulario 1099-R o usted reúne los requisitos para una excepción, tal como las excepciones por gastos médicos calificados, gastos de educación superior calificados, distribuciones para compradores de primera vivienda calificadas o una distribución para miembros de la reserva militar calificada.

Línea 9

Impuestos sobre el Empleo de Empleados Domésticos

Anote los impuestos sobre la nómina por empleados domésticos que usted adeuda por tener un empleado doméstico. Si le corresponde una de las siguientes situaciones, vea el Anexo H y sus instrucciones para saber si adeuda estos impuestos:

1. Usted le pagó a un empleado doméstico (definido a continuación) salarios en efectivo de $2,700 o más en 2024. Los "salarios en efectivo" incluyen salarios pagados por cheque, giros, etcétera. Pero no cuente cantidades pagadas a un empleado que tenía menos de 18 años de edad en cualquier momento de 2024 y era estudiante.
2. Usted retuvo impuesto federal sobre el ingreso durante 2024 a solicitud del empleado doméstico.
3. Usted pagó un total de $1,000 o más por concepto de salarios en efectivo a empleados domésticos en cualquier trimestre natural del año 2023 o 2024.

Una persona que desempeña trabajo doméstico es un empleado doméstico si usted puede controlar lo que se va a hacer y cómo se va a hacer. El "trabajo doméstico" incluye trabajo que se hace en o alrededor de su hogar por niñeras, nanas, asistentes de salud, amas de llave, jardineros y otros trabajadores domésticos similares.

Línea 10

Reintegro del Crédito Tributario para Comprador de Primera Vivienda

Anote la cantidad del crédito tributario para comprador de primera vivienda que usted tiene que reintegrar si usted compró la vivienda en 2008.

Si compró la vivienda en 2008 y fue el dueño y la usó como su vivienda principal por todo 2024, puede anotar su reintegro de 2024 en esta línea sin adjuntar el Formulario 5405.

Vea las Instrucciones para el Formulario 5405 para detalles y para excepciones a la regla de los reintegros.

¡PRECAUCIÓN! El período de reintegro del crédito tributario de 15 años para comprador de primera vivienda para viviendas compradas en 2008, comenzó con su declaración de impuestos de 2010 y termina con su declaración de impuestos de 2024.

Línea 11

Impuesto Adicional del Medicare

Vea el Formulario 8959 y sus instrucciones si el total de sus salarios y todo ingreso del trabajo por cuenta propia de 2024 era mayor que:

• $125,000 si es casado que presenta una declaración por separado;
• $250,000 si es casado que presenta una declaración conjunta; o
• $200,000 si es soltero, cabeza de familia o cónyuge sobreviviente que reúne los requisitos.

Vea también el Formulario 8959 si tiene compensación sujeta al impuesto de la jubilación ferroviaria (RRTA, por sus siglas en inglés) que era mayor que la cantidad recién listada que le corresponde a usted.

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Si usted es casado que presenta una declaración conjunta y usted o su cónyuge tuvieron salarios o compensación sujeta al impuesto de la RRTA mayor que $200,000, su empleador pudo haber retenido el Impuesto Adicional del Medicare aun si usted no adeuda el impuesto. En ese caso, es posible que pueda obtener un reembolso del impuesto retenido. Vea las Instrucciones para el Formulario 8959 para saber cómo declarar el impuesto retenido en el Formulario 8959.

Línea 12

Impuesto sobre los Ingresos Netos de Inversión (NIIT)

Vea el Formulario 8960 y sus instrucciones si la cantidad en la línea 11 del Formulario 1040, 1040-SR o 1040-NR es mayor que:

• $125,000 si es casado que presenta una declaración por separado;
• $250,000 si es casado que presenta una declaración conjunta o cónyuge sobreviviente que reúne los requisitos; o
• $200,000 si es soltero o cabeza de familia.

Si presenta el Formulario 2555, vea el Formulario 8960 y sus instrucciones si la cantidad en la línea 11 del Formulario 1040, 1040-SR o 1040-NR es mayor que:

• $0 si es casado que presenta una declaración por separado;
• $123,500 si es casado que presenta una declaración conjunta o cónyuge sobreviviente que reúne los requisitos; o
• $73,500 si es soltero o cabeza de familia.

Línea 13

Impuestos del Seguro Social y del Medicare o de la RRTA No Recaudados sobre Propinas o el Seguro de Vida Colectivo a Término

Este impuesto debe aparecer en la casilla 12 del Formulario W-2 con los códigos A y B o M y N.

Línea 14

Interés sobre el Impuesto Adeudado sobre el Ingreso a Plazos Proveniente de la Venta de Ciertos Lotes Residenciales y Multipropiedades

Anote el interés sobre el impuesto adeudado sobre el ingreso a plazos proveniente de la venta de ciertos lotes residenciales y multipropiedades conforme con la sección 453(l)(3).

Línea 15

Interés sobre el Impuesto Diferido sobre la Ganancia de Ciertas Ventas a Plazos con un Precio de Venta Mayor que $150,000

Anote el interés sobre el impuesto diferido sobre la ganancia de ciertas ventas a plazos con un precio de venta mayor que $150,000 conforme con la sección 453A(c).

Línea 16

Recuperación del Crédito por Vivienda para Personas de Bajos Ingresos

Anote la cantidad de la línea 14 del Formulario 8611.

Líneas 17a a 17z

Otros Impuestos Adicionales

Línea 17a. Recuperación de los siguientes créditos:

1. Las cantidades provenientes de la columna (j), de las líneas 1b y 1j del Formulario 4255; y las cantidades de las Partes II y VII del Formulario 3468 que se declaran en la línea 1z del Formulario 4255. Identifique como "3468".
2. Recuperación que no sea de la EPE aplicada contra el impuesto proveniente de la Parte IV del Formulario 3468 declarada en la columna (j), en la línea 1d del Formulario 4255. Identifique como "NEPE3458".
3. Crédito por mercados nuevos (vea el Formulario 8874, New Markets Credit (Crédito por mercados nuevos)). Identifique como "NMCR".
4. Crédito por instalaciones de cuidado infantil proporcionadas por el empleador (vea el Formulario 8882, Credit for Employer-Provided Childcare Facilities and Services (Crédito por instalaciones y servicios de cuidado infantil proporcionados por el empleador)). Identifique como "ECCFR".
5. Cualquier cantidad atribuible a la recuperación conforme a la sección 6418(g)(3) de la columna (m) del Formulario 4255. Identifique como "6418(g)(3)".

Línea 17b. Si usted vendió su casa en 2024 y fue financiada (completamente o en parte) de las ganancias de un bono hipotecario calificado exento de impuesto o usted reclamó el crédito por intereses hipotecarios, usted pudiese adeudar un impuesto de recuperación del subsidio hipotecario. Vea el Formulario 8828, Recapture of Federal Mortgage Subsidy (Recuperación del subsidio hipotecario federal).

Línea 17c. Anote cualquier impuesto adicional sobre las distribuciones de una cuenta de ahorros médicos (HSA, por sus siglas en inglés) que usted haya recibido proveniente de la línea 17b del Formulario 8889. Vea la Parte II del Formulario 8889.

Línea 17d. Anote cualquier impuesto adicional sobre una HSA porque usted no permaneció como persona elegible durante el período de prueba proveniente de la línea 21 del Formulario 8889. Vea la Parte III del Formulario 8889.

Línea 17e. Anote cualquier impuesto adicional sobre las distribuciones de una cuenta Archer MSA proveniente de la línea 9b del Formulario 8853. Vea el Formulario 8853.

Línea 17f. Anote cualquier impuesto adicional sobre las distribuciones de una cuenta Medicare Advantage MSA proveniente de la línea 13b del Formulario 8853. Vea el Formulario 8853.

Línea 17g. Anote cualquier impuesto adicional sobre la recuperación de una deducción de una donación caritativa relacionada con un interés fraccionado en un bien mueble tangible. Vea la Publicación 526, Charitable Contributions (Donaciones caritativas), para más información.

Línea 17h. Anote cualquier impuesto adicional sobre el ingreso que usted recibió de un plan de compensación diferida

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no calificado que no cumple con los requisitos de la sección 409A. Este ingreso debe aparecer en la casilla 12 del Formulario W-2 con el código Z o en la casilla 15 del Formulario 1099-MISC. El impuesto es el 20% de la cantidad que se requiere ser incluida en el ingreso más una cantidad por concepto de intereses determinada conforme a la sección 409A(a)(1)(B)(ii). Vea la sección 409A(a)(1)(B) para detalles.

Línea 17i. Anote cualquier impuesto adicional sobre la compensación que usted recibió de un plan de compensación diferida no calificado tal como se describe en la sección 457A si la compensación hubiera sido incluible en su ingreso en un año anterior excepto que la cantidad no se pudo determinar hasta 2024. El impuesto es el 20% de la cantidad que se requiere ser incluida en el ingreso más una cantidad por concepto de intereses determinada conforme a la sección 457A(c)(2). Vea la sección 457A para detalles.

Línea 17j. Anote cualquier impuesto sobre beneficios en exceso conforme a la sección 72(m)(5). Vea la Publicación 560, Retirement Plans for Small Business (Planes de jubilación para pequeños negocios), para más información.

Línea 17k. Si usted recibió un pago de contrato blindado (o golden parachute payments, como se le conoce en inglés) en exceso (EPP, por sus siglas en inglés), tiene que pagar impuesto con tasa del 20% sobre dicho pago. Este impuesto debe aparecer en la casilla 12 del Formulario W-2 con el código K. Si recibió un Formulario 1099-MISC, el impuesto es el 20% del EPP que aparece en la casilla 14 del Formulario 1099-MISC. Anote esta cantidad en la línea 17k.

Línea 17l. Anote cualquier impuesto sobre la distribución de acumulación de fideicomisos. Vea el Formulario 4970 para más información.

Línea 17m. Anote cualquier impuesto sobre artículos de uso y consumo gravados sobre compensación en acciones a internos de una corporación expatriada. Vea la sección 4985.

Línea 17n. Anote toda cantidad de intereses retroactivos conforme a la sección 167(g) o 460(b). Vea el Formulario 8697 o el Formulario 8866 para más información.

Línea 17o. Anote cualquier impuesto sobre ingresos no directamente relacionados durante cualquier parte del año en que fue extranjero no residente. Vea las Instrucciones para el Formulario 1040-NR para más información.

Línea 17p. Anote toda cantidad de interés proveniente de la línea 16f del Formulario 8621, relacionado con las distribuciones de, y las enajenaciones de, acciones de un fondo establecido conforme a la sección 1291.

Línea 17q. Anote toda cantidad de interés proveniente de la línea 24 del Formulario 8621.

Línea 17z. Use la línea 17z para declarar cualquier otro impuesto que no haya sido declarado en ningún otro lugar de su declaración de impuestos u otros anexos. Anote el tipo y la cantidad del impuesto.

Otros impuestos a ser anotados incluyen lo siguiente:

• Las multas de salario prevaleciente y aprendizaje (PWA, por sus siglas en inglés) del Formulario 4255 para lo siguiente:
1. Columna (p) de la línea 1c del Formulario 7210. Identifique como "PWA7210".
2. Columna (p) de la línea 2a del Formulario 8933. Identifique como "PWA8933".
3. Cualquier cantidad de la columna (p) del Formulario 4255 no declarado en otra parte. Identifique como "NPWA".
• Ajuste del Formulario 8978. Complete la Hoja de Trabajo para el Ajuste Negativo Correspondiente al Formulario 8978 -Anexo 2 (Línea 17z) si usted está presentando el Formulario 8978 y completó la hoja de trabajo en las instrucciones para la línea 6l del Anexo 3 y la cantidad en la línea 3 de esa hoja de trabajo es negativa.

Línea 19

Recuperación de la EPE neta del Formulario 4255

Anote la cantidad de recuperación de la EPE neta reclamada en la columna (l) de la línea 1d del Formulario 4255, relacionado con el crédito de la Parte IV, del Formulario 3468.

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Hoja de Trabajo para el Ajuste Negativo Correspondiente al Formulario 8978 -Anexo 2 (Línea 17z)

Complete esta hoja de trabajo si completó la línea 3 de la Hoja de Trabajo para el Ajuste Negativo Correspondiente al Formulario 8978 en las instrucciones para la línea 6l del Anexo 3.

1. Anote el total de las cantidades de cualquier impuesto conforme al capítulo 1* (aparte de su ajuste negativo del Formulario 8978) declarado en la Parte II del Anexo 2 ----
2. Anote como una cantidad positiva la cantidad negativa de la línea 3 de la Hoja de Trabajo para el Ajuste Negativo Correspondiente al Formulario 8978 en las instrucciones para la línea 6l del Anexo 3 ----
3. ¿Es la cantidad de la línea 1 mayor que la cantidad de la línea 2?
-- Sí. Indique el tipo (anotando "Form 8978 ADJ") y la cantidad de la línea 2 como un número negativo (en paréntesis) en la línea 17z.
-- No. Indique el tipo (anotando "Form 8978 ADJ") y la cantidad de la línea 1 como un número negativo (en paréntesis) en la línea 17z.

Combine esta cantidad con cualquiera de las otras cantidades declaradas en la línea 17z para completar la entrada en el espacio de la línea 17z.

* Los impuestos del capítulo 1 incluyen los impuestos conforme a las secciones 1 a 1400Z-2 del Código de Impuestos Internos, así como ciertas cantidades que el Código trata como impuestos del capítulo 1. Por lo general, esto no incluye las cantidades declaradas en las líneas 4, 7, 9, 11 a 13, 17k a 17m o 17z (a menos que sean impuestos del capítulo 1).

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Instrucciones para el Anexo 3 Créditos y Pagos Adicionales
Instrucciones Generales

Use el Anexo 3 si tiene créditos no reembolsables, que no sean el crédito tributario por hijos o el crédito por otros dependientes, u otros pagos y créditos reembolsables.

Incluya la cantidad de la línea 8 del Anexo 3 en la cantidad de la línea 20 del Formulario 1040, 1040-SR o 1040-NR.

Anote la cantidad de la línea 15 del Anexo 3 en la línea 31 del Formulario 1040, 1040-SR o 1040-NR.

Instrucciones Específicas

Línea 1

Crédito por Impuestos Extranjeros

CONSEJO Si es accionista en una sociedad anónima extranjera controlada y ha hecho una elección conforme a la sección 962, vea las instrucciones para la línea 16 de los Formularios 1040 y 1040-SR, para el crédito por impuestos extranjeros que usted calculó en el Formulario 1118, Foreign Tax Credit-Corporations (Crédito por impuestos extranjeros -sociedades anónimas).

Si pagó impuestos sobre el ingreso a un país extranjero o a un territorio de los EE. UU., es posible que pueda tomar este crédito. Por lo general, tiene que completar y adjuntar el Formulario 1116, Foreign Tax Credit (Crédito por impuestos extranjeros), para hacerlo.

Excepción. No tiene que completar el Formulario 1116 para tomar este crédito si todas las siguientes situaciones le corresponden:

1. Todo su ingreso bruto de fuentes extranjeras provenía de intereses y dividendos y todo ese ingreso y el impuesto extranjero pagado sobre el mismo se le declaró a usted en el Formulario 1099-INT, Formulario 1099-DIV o Anexo K-3 (o un documento sustitutivo).
2. El total de sus impuestos extranjeros no fue mayor que $300 (no más de $600 si es casado que presenta una declaración conjunta).
3. Usted tuvo las acciones o los bonos sobre los que se pagaron los dividendos o los intereses durante al menos 16 días y no estaba obligado a pagar estas cantidades a otra persona.
4. No está presentando el Formulario 4563 o excluyendo ingreso de fuentes dentro de Puerto Rico.
5. Todos sus impuestos extranjeros eran:
a. Legalmente adeudados y no son elegibles para un reembolso o una tasa de impuesto reducida conforme a un tratado tributario y
b. Pagados a países que son reconocidos por los Estados Unidos y no apoyan el terrorismo.

Para más detalles sobre estos requisitos, vea las Instrucciones para el Formulario 1116.

¿Reúne usted todos los cinco requisitos recién listados?

-- Sí. Anote en la línea 1 la cantidad que sea la menor entre (a) el total de sus impuestos extranjeros o (b) el total de las cantidades en la línea 16 del Formulario 1040 o 1040-SR y la línea 1a del Anexo 2.
-- No. Vea el Formulario 1116 para saber si usted puede tomar el crédito y, si puede hacerlo, si tiene que presentar el Formulario 1116.

Línea 2

Crédito por Gastos del Cuidado de Menores y Dependientes

Usted quizás pueda tomar este crédito si, para poder trabajar o buscar trabajo, usted le pagó a otra persona para que cuide a:

• Su hijo calificado que tiene menos de 13 años de edad a quien usted reclama como dependiente suyo,
• Su cónyuge incapacitado o cualquier otra persona incapacitada que no se puede cuidar a sí misma o
• Su hijo a quien no pudo reclamar como dependiente debido a las reglas para Hijos de padres divorciados o separados bajo ¿Quién Reúne los Requisitos para Ser Su Dependiente?, anteriormente.

Para más detalles, vea el Tema Tributario 602 o el Formulario 2441.

Línea 3

Créditos Tributarios por Estudios

Si usted (o su dependiente) pagó gastos calificados en 2024 para usted mismo, su cónyuge o su dependiente para que se matriculara en o asistiera a una institución educativa elegible, quizás pueda tomar un crédito tributario por estudios. Vea el Formulario 8863 para detalles. No obstante, usted no puede tomar un crédito tributario por estudios si le aplica cualquiera de las siguientes situaciones.

• Usted, o su cónyuge si presenta una declaración conjunta, es reclamado como dependiente en la declaración de impuestos de 2024 de otra persona (como sus padres).
• Su estado civil para efectos de la declaración es casado que presenta una declaración por separado.
• La cantidad en la línea 11 del Formulario 1040 o 1040-SR es $90,000 o más ($180,000 o más si es casado que presenta una declaración conjunta).
• Usted, o su cónyuge, fue extranjero no residente durante cualquier parte de 2024, a menos que su estado civil para efectos de la declaración sea casado que presenta una declaración conjunta. Vea, Extranjeros no residentes y extranjeros con doble residencia, anteriormente.

Quizás pueda aumentar un crédito tributario por estudios si el estudiante escoge

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incluir en el ingreso toda o parte de una subvención Pell o ciertas otras becas o subvenciones para realizar investigaciones.

Para más información, vea la Publicación 970; las instrucciones para la línea 29 del Formulario 1040 o 1040-SR; y visite IRS.gov/EdCredit.

Línea 4

Crédito por Aportaciones a Cuentas de Ahorros para la Jubilación (Crédito del Ahorrador)

Usted quizás pueda tomar este crédito si usted, o su cónyuge si presenta una declaración conjunta, hizo (a) aportaciones, que no sean aportaciones de reinversión, a un IRA tradicional o a un Roth IRA; (b) aplazamientos electivos a un plan 401(k) o 403(b) (incluidas las aportaciones designadas como Roth) o a un plan gubernamental conforme a la sección 457(b), SIMPLE IRA o SEP; (c) aportaciones voluntarias de los empleados a un plan de jubilación calificado (incluido el Thrift Savings Plan (Cuenta de ahorros para la jubilación) federal); (d) aportaciones a un plan conforme a la sección 501(c)(18)(D); o (e) aportaciones a una cuenta ABLE hecha por el beneficiario designado, tal como se define en la sección 529A.

Sin embargo, usted no puede tomar el crédito si una de las siguientes situaciones le aplica:

1. La cantidad en la línea 11 del Formulario 1040, 1040-SR o 1040-NR es mayor que $38,250 ($57,375 si es cabeza de familia; $76,500 si es casado que presenta una declaración conjunta).
2. La persona (o personas) que hizo la aportación calificada o el aplazamiento electivo (a) nació después del 1 de enero de 2007; (b) es reclamado como dependiente en la declaración de impuestos de 2024 de otra persona o (c) era un estudiante (que se define a continuación).

Usted era un "estudiante" si durante una parte de cualesquier 5 meses naturales de 2024 usted:

• Estaba matriculado como estudiante a tiempo completo en una escuela; o
• Tomó un curso de capacitación agropecuaria en el terreno a tiempo completo ofrecido por una escuela o por una agencia de un gobierno estatal, de un condado o local.

Una "escuela" incluye una escuela politécnica, profesional o industrial. Este término no abarca los cursos de capacitación en el empleo, los centros de enseñanza por correspondencia o las escuelas que ofrecen cursos sólo por Internet.

Para más detalles, vea el Tema Tributario 610 o el Formulario 8880.

Línea 5

Créditos por Energía de la Propiedad Residencial

Línea 5a -Crédito por energía limpia residencial. Si usted hizo mejoras de ahorro energético a una o más viviendas que usted utilizó como residencia durante 2024, usted quizás pueda tomar el crédito por energía limpia residencial. Para más información, vea el Formulario 5695 y sus instrucciones.

Línea 5b -Crédito por mejoras energéticamente eficientes al hogar. Si usted hizo mejoras energéticamente eficientes calificadas a su vivienda principal ubicada en los Estados Unidos en 2024, usted quizás pueda tomar el crédito por mejoras energéticamente eficientes al hogar. Para más información, vea el Formulario 5695 y sus instrucciones.

Condominios y cooperativas. Si usted es miembro de una asociación de administración de condominios para un condominio de su propiedad o es un inquilino-accionista de una sociedad anónima de cooperativa de vivienda, a usted se le considera como si hubiera pagado su parte proporcional de los costos de dicha asociación o sociedad anónima para propósitos de estos créditos.

Más detalles. Para detalles, vea el Formulario 5695.

Líneas 6a a 6z

Otros Créditos No Reembolsables

Línea 6a. El crédito general para negocios consiste de varios créditos que normalmente le corresponden sólo a personas que son socios, accionistas en una sociedad anónima de tipo S, que trabajan por cuenta propia o que tienen bienes de alquiler. Vea el Formulario 3800 o la Publicación 334.

¡PRECAUCIÓN! La cantidad de la elección de pago electivo neta de la columna (j) en la línea 6 de la Parte III del Formulario 3800 se declara en la línea 13c del Anexo 3.

Línea 6b. Anote cualquier crédito por impuesto mínimo de años anteriores. Vea el Formulario 8801.

Línea 6c. Usted quizás pueda tomar el crédito por adopción si pagó gastos para adoptar a un hijo o si adoptó a un hijo con necesidades especiales y la adopción se finalizó en 2024. Vea las Instrucciones para el Formulario 8839.

Línea 6d. Anote cualquier crédito para ancianos o personas incapacitadas. Vea el Anexo R.

Línea 6e. La línea 6e ha sido reservada para uso futuro.

Línea 6f. Anote la parte de uso personal de cualquier crédito por vehículos limpios. Vea la Parte III del Formulario 8936.

Línea 6g. Anote cualquier crédito por intereses hipotecarios si un gobierno estatal o local le dio a usted un certificado de crédito hipotecario. Vea el Formulario 8396.

Línea 6h. Usted no puede reclamar el crédito tributario para comprador de primera vivienda en el Distrito de Columbia para una vivienda que usted compró después de 2011. Usted puede reclamarlo sólo si usted tiene un crédito que se ha transferido del año 2023. Vea el Formulario 8859.

Línea 6i. Anote cualquier crédito por vehículos eléctricos calificados. No puede reclamar este crédito por un vehículo puesto en servicio después de 2006. Usted puede reclamar este crédito sólo si tiene un crédito por actividad pasiva de un vehículo eléctrico que se ha transferido de un año anterior. Vea el Formulario 8834.

Línea 6j. Anote cualquier crédito por bienes de reabastecimiento de vehículos con combustible alternativo. Vea el Formulario 8911.

Línea 6k. Anote cualquier crédito para titulares de bonos de crédito tributario. Vea el Formulario 8912.

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Línea 6l. Anote la cantidad de la línea 14 del Formulario 8978 (relacionada con la deuda de un socio como resultado de una auditoría de la declaración de impuestos conforme a la sección 6226). Si la cantidad en la línea 14 del Formulario 8978 es negativa, complete la Hoja de Trabajo para el Ajuste Negativo Correspondiente al Formulario 8978 -Anexo 3 (Línea 6l) para calcular la cantidad a anotar en la línea 6l. Si la cantidad de la línea 14 del Formulario 8978 es positiva, vea las instrucciones para la línea 16 del Formulario 1040 o 1040-SR.

Línea 6m. Anote cualquier crédito por vehículos limpios de segunda mano. Vea la Parte IV del Formulario 8936.

Línea 6z. Otros créditos no reembolsables. Use la línea 6z para declarar cualesquier créditos no reembolsables que no hayan sido declarados en ninguna otra parte de su declaración de impuestos u otros anexos. Anote el tipo y la cantidad del crédito.

Línea 9

Crédito Tributario de Prima de Seguro Médico Neto

El crédito tributario de prima de seguro médico ayuda a pagar por el seguro médico que se compra por medio del Mercado de Seguros Médicos. Usted puede ser elegible para reclamar el crédito tributario por prima de seguro médico si usted, su cónyuge o un dependiente se inscribieron en un seguro médico por medio del Mercado de Seguros Médicos. Las personas elegibles pueden tener pagos por adelantado del crédito tributario de prima de seguro médico que fueron pagados en su nombre directamente a la compañía de seguros. Usted (o quien lo haya inscrito) debió haber recibido el Formulario 1095-A de parte del Mercado de Seguros Médicos con la información sobre su cobertura y todo pago por adelantado del crédito. Complete el Formulario 8962 para determinar la cantidad de su crédito tributario de prima de seguro médico, si alguna. Si el crédito tributario de prima de seguro médico que usted puede reclamar excede sus pagos por adelantado del crédito, su crédito tributario de prima de seguro médico neto aparecerá en la línea 26 del Formulario 8962. Anote esa cantidad, si alguna, en la línea 9. Para más información, vea las Instrucciones para el Formulario 8962.

Línea 10

Cantidad Pagada con Solicitud de Prórroga para Presentar

Si obtuvo una prórroga automática del plazo para presentar el Formulario 1040, 1040-SR o 1040-NR presentando el Formulario 4868 o efectuando un pago, anote la cantidad del pago o de cualquier cantidad que usted pagó con el Formulario 4868. Si pagó algún cargo al efectuar su pago, no incluya en la línea 10 el cargo que se le cobró. Incluya también toda cantidad que pagó con el Formulario 2350.

Línea 11

Impuestos del Seguro Social y del RRTA de Nivel 1 Retenidos en Exceso

Si usted, o su cónyuge si presenta una declaración conjunta, tuvo más de un empleador en 2024 y el total de los salarios era mayor que $168,600, se le pudo haber retenido demasiado impuesto del Seguro Social o del nivel 1 de la jubilación ferroviaria (RRTA tier 1). Puede tomar un crédito en esta línea por la cantidad retenida en exceso de $10,453.20. Pero si uno de los empleadores retuvo más de $10,453.20, usted no puede reclamar el excedente en su declaración. El empleador debe ajustar el impuesto por usted. Si el empleador no ajusta la recaudación excesiva, usted puede presentar una reclamación de reembolso por medio del Formulario 843. Calcule esta cantidad por separado para usted y para su cónyuge.

No puede reclamar un reembolso por el impuesto del nivel 2 de la jubilación ferroviaria (RRTA tier 2) que se le retuvo en exceso en el Formulario 1040, 1040-SR o 1040-NR. En su lugar, use el Formulario 843.

Línea 12

Crédito por Impuestos Federales sobre Combustibles

Anote todo crédito por impuestos federales sobre artículos de uso y consumo pagados por combustibles utilizados en última instancia para un propósito no tributable (por ejemplo, un uso comercial fuera de las carreteras públicas). Adjunte el Formulario 4136.

Líneas 13a a 13z
Otros Pagos y Créditos Reembolsables

Línea 13b

Si reclama un crédito por reintegro de las cantidades que incluyó en su ingreso en un año anterior porque parecía que tenía derecho a los ingresos, anote la cantidad en la línea 13b. Vea la Publicación 525 para detalles sobre este crédito.

Hoja de Trabajo para el Ajuste Negativo Correspondiente al Formulario 8978 -Anexo 3 (Línea 6l)

Complete esta hoja de trabajo si la cantidad en la línea 14 del Formulario 8978 es negativa.

1. Anote la cantidad de la línea 18 del Formulario 1040 o 1040-SR ----
2. Anote como un número positivo la cantidad negativa de la línea 14 del Formulario 8978 ----
3. ¿Es la cantidad de la línea 1 igual a o mayor que la cantidad en la línea 2? ----
-- Sí. Anote la cantidad de la línea 2 en la línea 6l.
-- No. Anote la cantidad de la línea 1 en la línea 6l y reste la cantidad de la línea 2 de la línea 1*

* Use esta cantidad para completar la Hoja de Trabajo para el Ajuste Negativo Correspondiente al Formulario 8978 en las instrucciones para la línea 17z del Anexo 2.

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Línea 13c

Anote cualquier cantidad de la elección de pago electivo neta de la columna (j) en la línea 6 de la Parte III del Formulario 3800.

Línea 13d

Si optó por pagar en plazos su responsabilidad tributaria conforme a la sección 965 neta, declare la cantidad diferida en la línea 13d. Anote la cantidad de la responsabilidad tributaria conforme a la sección 965 neta restante a ser pagada en los años futuros.

Línea 13z

Otros créditos reembolsables. Use la línea 13z para declarar el crédito conforme a la sección 960(c) con respecto a una cuenta de exceso de limitación. Si un aumento en la limitación conforme a la sección 960(c) es más que su impuesto sobre el ingreso de los EE. UU. declarado en la línea 20 de la Parte III del Formulario 1116, la cantidad del exceso se considera un pago en exceso de impuesto y puede ser reclamado como crédito reembolsable en la línea 13z. Vea la sección 960(c)(5). Anote "960(c)" y la cantidad del crédito. Vea la sección 960(c) para más información sobre las circunstancias bajo las cuales surge un exceso en la limitación. También vea las instrucciones de la línea 22 de la Parte III del Formulario 1116 para su aumento en la limitación.

También use la línea 13z para declarar la cantidad de impuestos estadounidenses asignables a las Islas Vírgenes Estadounidenses. Anote "Form 8689" (Formulario 8689) y la cantidad pagada.

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Instrucciones para el Anexo 1
Ingreso Adicional y Ajustes al Ingreso

Instrucciones Generales

Use el Anexo 1 para declarar el ingreso o ajustes al ingreso que no pueden ser anotados directamente en el Formulario 1040, 1040-SR o 1040-NR.

El ingreso adicional se anota en la Parte I del Anexo 1. La cantidad en la línea 10 del Anexo 1 se anota en la línea 8 del Formulario 1040, 1040-SR o 1040-NR.

Los ajustes al ingreso se anotan en la Parte II del Anexo 1. La cantidad en la línea 26 del Anexo 1 se anota en la línea 10 del Formulario 1040, 1040-SR o 1040-NR.

Formulario(s) 1099-K

Si, para el año tributario 2024, usted recibió el (los) Formulario(s) 1099-K que muestre(n) pagos que fueron incluidos incorrectamente (por ejemplo, dinero para regalos o reembolsos) o por artículos de uso personal que usted vendió y tuvo pérdidas (por ejemplo, un refrigerador viejo), anote la cantidad que fue incluida incorrectamente o por artículos de uso personal que usted vendió y tuvo pérdidas en el espacio de entrada provisto en la parte superior del Anexo 1.

• Si toda la cantidad informada a usted en el (los) Formulario(s) 1099-K fue incorrecta o por artículos de uso personal que usted vendió y tuvo pérdidas, anote la cantidad total de la casilla 1a del (de los) Formulario(s) 1099-K en el espacio de entrada provisto en la parte superior del Anexo 1.
• Si sólo parte de la cantidad informada a usted en la casilla 1a del (de los) Formulario(s) 1099-K fue incorrecta o por artículos de uso personal que usted vendió y tuvo pérdidas, sólo anote la cantidad que fue incorrecta o por artículos de uso personal que usted vendió y tuvo pérdidas en el espacio de entrada provisto en la parte superior del Anexo 1. Las cantidades restantes informadas a usted en el (los) Formulario(s) 1099-K deben ser declaradas en otras partes de su declaración dependiendo de la naturaleza de las transacciones.
• Si usted recibió más de un Formulario(s) 1099-K incorrecto(s), con cantidades informadas incorrectamente o por artículos de uso personal que usted vendió y tuvo pérdidas, sume las cantidades incorrectas y anote el total de la cantidad incorrecta en el espacio de entrada provisto en la parte superior del Anexo 1. Las cantidades restantes informadas a usted en la casilla 1a del (de los) Formulario(s) 1099-K deben ser declaradas en otras partes de su declaración dependiendo de la naturaleza de las transacciones.

CONSEJO Si usted recibió un Formulario 1099-K por un artículo de uso personal que usted vendió y obtuvo una ganancia, no declare esta cantidad en el espacio de entrada provisto en la parte superior del Anexo 1; en su lugar, declárela como usted declararía cualquier otra ganancia de capital en el Formulario 8949 y el Anexo D.

Ejemplo: Formulario 1099-K incorrecto. Usted recibió un Formulario 1099-K que mostró incorrectamente $800 en pagos a usted en la casilla 1a. Usted anotaría $800 en el espacio de entrada provisto en la parte superior del Anexo 1.

Ejemplo: Artículo de uso personal vendido y de cuya venta se obtuvo una pérdida. Usted compró un sofá por $1,000 y lo vendió a través de un tercero vendedor por $700, el cual fue declarado en la casilla 1a de su Formulario 1099-K. Usted anotará $700 en el espacio de entrada provisto en la parte superior del Anexo 1.

Ejemplo: Artículos de uso personal vendido y de cuya venta se obtuvo una pérdida y una ganancia. Además de vender su sofá por $700, usted también vendió un bolso de mano que compró por $800 y vendió por $1,200. Su Formulario 1099-K muestra $1,900 en la casilla 1a. Usted anotará $700 en el espacio de entrada provisto en la parte superior del Anexo 1 por su pérdida al vender el sofá y los $400 de ganancias restantes por la venta del bolso de mano será declarado como ganancia de capital en el Formulario 8949 y en el Anexo D.

Ejemplo: Múltiples Formularios 1099-K incorrectos. Usted recibió un Formulario 1099-K que muestra incorrectamente $800 en pagos a usted en la casilla 1a. Usted también recibió un Formulario 1099-K que informa $6,000 en la casilla 1a, pero $700 de esa cantidad fue informada incorrectamente. Usted anotará $1,500 en el espacio de entrada provisto en la parte superior del Anexo 1. Los $5,300 restantes deben ser declarados en otras partes de su declaración dependiendo de la naturaleza de las transacciones.

Ingreso Adicional

Línea 1 Cantidad Tributable de Reembolsos, Créditos o Compensaciones de Impuestos Estatales o Locales sobre los Ingresos

CONSEJO Ninguna parte de su reembolso es tributable si, durante el año que usted pagó el impuesto, usted (a) no detalló sus deducciones u (b) optó por deducir los impuestos estatales y locales generales sobre las ventas en lugar de los impuestos estatales y locales sobre los ingresos.

Si obtuvo un reembolso, crédito, compensación de impuestos estatales o locales en 2024, a usted se le puede requerir declarar esta cantidad. Si no recibió un Formulario 1099-G, consulte con la agencia de gobierno que le efectuó el pago a usted. Su Formulario 1099-G de 2024 es posible que se haya puesto a su

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disposición sólo en formato electrónico y deberá obtener instrucciones de la agencia para recuperar este documento. Declare todo reembolso tributable que usted recibió aun si usted no recibió el Formulario 1099-G.

Si usted escogió aplicar parte o todo su reembolso a su impuesto estatal o local estimado para 2024, la cantidad aplicada es tratada como recibida en 2024. Si el reembolso se debió a un impuesto que usted pagó en 2023 y usted dedujo el impuesto estatal y local sobre los ingresos en su Anexo A de 2023, use la Hoja de Trabajo para Reembolsos del Impuesto Estatal y Local Sobre los Ingresos que aparece en estas instrucciones para saber si parte alguna de su reembolso es tributable.

Excepción. Vea Itemized Deduction Recoveries (Recuperación de las deducciones detalladas) en la Publicación 525 en vez de usar la Hoja de Trabajo para Reembolsos del Impuesto Estatal y Local Sobre los Ingresos en estas instrucciones si cualquiera de las siguientes situaciones le corresponden.

1. Recibió un reembolso en 2024 que es para un año tributario que no sea 2023.
2. Recibió un reembolso que no es un reembolso del impuesto sobre el ingreso, tal como un reembolso del impuesto general sobre las ventas o el impuesto sobre bienes inmuebles en 2024, por una cantidad deducida o crédito reclamado en un año anterior.
3. Tuvo ingreso tributable en la línea 15 de su Formulario 1040 o 1040-SR de 2023, pero no tuvo impuesto en la línea 16 de su Formulario 1040 o 1040-SR debido a la tasa impositiva del 0% sobre las ganancias de capital netas y dividendos calificados en ciertas situaciones.
4. Su reembolso del impuesto estatal y local sobre el ingreso de 2023 es mayor que su deducción por impuesto estatal y local sobre el ingreso de 2023 menos la cantidad que usted hubiera podido deducir en 2023 por concepto de impuesto estatal y local general sobre las ventas.
5. Efectuó su último pago de impuesto estatal o local estimado sobre el ingreso de 2023 en 2024.
6. Adeudó impuesto mínimo alternativo en 2023.
7. No pudo usar la cantidad completa de créditos a la cual usted tenía derecho en 2023 porque los créditos totales eran mayores que la cantidad que aparece en la línea 16 de su Formulario 1040 o 1040-SR de 2023.
8. Usted pudo haber sido reclamado como dependiente por otra persona en 2023.
9. Usted recibió un reembolso debido a una declaración conjunta de impuesto estatal o local sobre el ingreso, pero usted no presenta una declaración conjunta en el Formulario 1040 o 1040-SR de 2024 con la misma persona.

Líneas 2a y 2b Pensión para el Cónyuge Divorciado Recibida

Línea 2a

Anote las cantidades recibidas por concepto de pensión del cónyuge divorciado o de manutención por separación judicial en conformidad con un acuerdo de divorcio o de separación que entró en vigor en o antes del 31 de diciembre de 2018, a menos que ese acuerdo se haya cambiado después del 31 de diciembre de 2018 para estipular expresamente que la pensión recibida no está incluida en su ingreso. La pensión del cónyuge divorciado recibida no se incluye en su ingreso si usted entró en un acuerdo de divorcio o separación después del 31 de diciembre de 2018. Si incluye la pensión en su ingreso, usted tiene que proveerle su número de Seguro Social (SSN, por sus siglas en inglés) a la persona que efectuó los pagos. Si no le proporciona su SSN a esa persona, usted puede estar sujeto a pagar una multa. Para más detalles, vea la Publicación 504.

Si usted está incluyendo pagos de pensión para el cónyuge divorciado que recibe por más de un acuerdo de divorcio o separación en su ingreso, anote el total de toda pensión recibida en la línea 2a.

Línea 2b

En la línea 2b, anote el mes y el año de su acuerdo de divorcio o separación original que se relaciona con el pago de pensión para el cónyuge divorciado, si lo hay, declarado en la línea 2a.

Si tiene pagos de pensión del cónyuge divorciado provenientes de más de un acuerdo de divorcio o separación, en la línea 2b anote el mes y el año de su acuerdo de divorcio o separación por el cual usted recibió la mayor cantidad de ingreso. Adjunte una declaración escrita que liste el mes y el año de los otros acuerdos.

Línea 3 Ingreso o (Pérdida) de un Negocio

Si usted operó un negocio o si ejerció su profesión como dueño único de un negocio, declare su ingreso y gastos en el Anexo C.

Línea 4 Otras Ganancias o (Pérdidas)

Si usted vendió o intercambió bienes usados en el desempeño de un negocio u ocupación, vea las Instrucciones para el Formulario 4797.

Línea 7 Compensación por Desempleo

Usted debe recibir un Formulario 1099-G que muestre en la casilla 1 el total de la compensación por desempleo que se le pagó a usted en 2024. Declare esta cantidad en la línea 7.

¡PRECAUCIÓN! Si la cantidad declarada en la casilla 1 de su(s) Formulario(s) 1099-G no es correcta, declare en la línea 7 sólo la cantidad de compensación por desempleo que realmente se le haya pagado a usted en 2024.

Si usted hizo aportaciones a un programa gubernamental de compensación por desempleo o a un programa gubernamental de licencia familiar pagada y usted no está detallando las deducciones, reduzca la cantidad que declara en la línea 7 por la cantidad de esas aportaciones. Si está detallando las deducciones, vea las instrucciones en el Formulario 1099-G.

Si recibió un pago en exceso de compensación por desempleo en 2024 y usted reintegró cualquier parte de dicho pago en 2024, reste esa cantidad que usted text continued on print page 100

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Hoja de Trabajo para Reembolsos del Impuesto Estatal y Local Sobre los Ingresos -Línea 1 del Anexo 1

Antes de comenzar:

• Asegúrese de haber leído la Excepción en las instrucciones para esta línea para ver si usted puede usar esta hoja de trabajo en lugar de la Publicación 525 para calcular si alguna parte de su reembolso es tributable.

1. Anote el reembolso del impuesto sobre los ingresos proveniente del (de los) Formulario(s) 1099-G (o un documento similar). Pero no anote más de la cantidad de su impuesto estatal y local sobre los ingresos que aparece en la línea 5d de su Anexo A de 2023 ----
2. ¿Es la cantidad de impuesto estatal y local sobre los ingresos (o impuesto general sobre las ventas), impuesto sobre bienes inmuebles e impuesto sobre los bienes muebles que pagó en 2023 (generalmente, ésta es la cantidad que declaró en la línea 5d de su Anexo A de 2023) mayor que la cantidad en la línea 5e de su Anexo A de 2023?
-- No. Anote la cantidad de la línea 1 en la línea 3 y pase a la línea 4.
-- Sí. Reste la cantidad de la línea 5e de su Anexo A de 2023 de la cantidad de impuesto estatal y local sobre los ingresos (o impuesto general sobre las ventas), impuesto sobre los bienes inmuebles e impuesto sobre los bienes muebles que pagó en 2023 (generalmente, ésta es la cantidad que se declaró en la línea 5d de su Anexo A de 2023). ----
3. ¿Es la cantidad en la línea 1 mayor que la cantidad en la línea 2?
-- No. NO SIGA Ninguna parte de su reembolso es tributable.
-- Sí. Reste la línea 2 de la línea 1. ----
4. Anote el total de sus deducciones detalladas en la línea 17 de su Anexo A de 2023. ----
Nota: Si el estado civil para efectos de la declaración en su Formulario 1040 o 1040-SR de 2023 fue casado que presenta un declaración por separado y su cónyuge detalló las deducciones en 2023, omita las líneas 5 a 7, anote la cantidad de la línea 4 en la línea 8 y pase a la línea 9.
5. Anote la cantidad que aparece a continuación correspondiente al estado civil para efectos de la declaración que reclamó en su Formulario 1040 o 1040-SR de 2023.
• Soltero o casado que presenta una declaración por separado: $13,850
• Casado que presenta una declaración conjunta o cónyuge sobreviviente que reúne los requisitos: $27,700
• Cabeza de familia: $20,800 ----
6. Marque los recuadros que le correspondan.*
-- Usted nació antes del 2 de enero de 1959.
-- Usted es ciego.
-- Cónyuge nació antes del 2 de enero de 1959.
-- Cónyuge es ciego.
Ningún recuadro fue marcado. Anote "-0-".
Multiplique el número de recuadros marcados por $1,500 ($1,850 si su estado civil para efectos de la declaración de 2023 fue soltero o cabeza de familia). ----

* Si su estado civil para efectos de la declaración es casado que presenta una declaración por separado, puede marcar los recuadros para su cónyuge sólo si su cónyuge no tuvo ingresos, no presenta una declaración y no puede ser reclamado como dependiente en la declaración de otro contribuyente.

7. Sume las líneas 5 y 6 ----
8. ¿Es la cantidad de la línea 7 menor que la cantidad de la línea 4?
-- No. NO SIGA Ninguna parte de su reembolso es tributable.
-- Sí. Reste la línea 7 de la línea 4 ----
9. La parte tributable de su reembolso. Anote la que sea menor entre la cantidad de la línea 3 o de la línea 8 aquí y en la línea 1 del Anexo 1 ----

<Page 100>

text continued from print page 98 reintegró de la cantidad total que usted recibió. Anote el resultado en la línea 7. También anote "Repaid" (Cantidad que usted reintegró) y la cantidad que reintegró en la línea de puntos que está junto a la línea 7. Si en 2024 usted reintegró más de $3,000 de compensación por desempleo que usted incluyó en el ingreso bruto de un año anterior, vea Repayments (Reintegros) en la Publicación 525 para detalles sobre cómo se declara el pago.
CONSEJO Si recibió compensación por desempleo en 2024, su estado puede emitirle un Formulario 1099-G en formato electrónico en vez de enviárselo por correo. Consulte el sitio web de la oficina de compensación por desempleo de su estado para más información.

Líneas 8a a 8z Otros Ingresos

¡PRECAUCIÓN! No declare en las líneas 8a a 8z ningún ingreso del trabajo por cuenta propia ni honorarios que recibió como notario público. En su lugar, usted tiene que presentar el Anexo C, aun si usted no tiene gastos de negocio. Tampoco declare en las líneas 8a a 8z cualquier compensación para personas que no son empleados que aparece en el Formulario 1099-MISC, 1099-NEC o 1099-K (a menos que no sea ingreso del trabajo por cuenta propia, tal como ingreso de un pasatiempo o actividad esporádica). En su lugar, vea las Instructions for Recipient (Instrucciones para el destinatario) incluidas en el Formulario 1099-MISC, 1099-NEC o 1099-K para saber en dónde declarar ese ingreso. Para más información sobre lo que se declara en el Formulario 1099-K, vea las Instructions for Payee (Instrucciones para el beneficiario del pago) incluidas en ese formulario y visite IRS.gov/1099K y pulse sobre Español.

Línea 8a

Deducción por pérdida neta de operación (NOL). Anote cualquier deducción por pérdida neta de operación (NOL, por sus siglas en inglés) de un año anterior. Anote la cantidad dentro de los paréntesis preimpresos (como un número negativo). La cantidad de su deducción será restada de las otras cantidades de ingreso anotadas en las líneas 8b a 8z. Vea las Instrucciones para el Formulario 172 para detalles.

Línea 8b

Juegos y apuestas. Anote cualquier ganancia de juegos y apuestas. Las ganancias de juegos y apuestas incluyen loterías, rifas, pagos de sumas globales provenientes de la venta del derecho a recibir pagos de lotería futuros, etcétera. Para detalles sobre las pérdidas provenientes de juegos de azar, vea las instrucciones para la línea 16 del Anexo A.

CONSEJO Adjunte el (los) Formulario(s) W-2G al Formulario 1040 o 1040-SR si se le retuvo impuesto federal sobre el ingreso.

Línea 8c

Deuda cancelada. Anote cualquier deuda cancelada. Las deudas canceladas pueden mostrarse en la casilla 2 del Formulario 1099-C. Sin embargo, todo o parte de su ingreso proveniente de la cancelación de la deuda puede que no sea tributable. Vea la Publicación 4681 o visite IRS.gov e ingrese "canceled debt" (deuda cancelada) o "foreclosure" (ejecución hipotecaria) en la casilla para búsquedas.

Línea 8d

Exclusión de ingresos devengados en el extranjero y exclusión por concepto de vivienda en el extranjero del Formulario 2555. Anote la cantidad de la exclusión de ingresos devengados en el extranjero y exclusión por concepto de vivienda en el extranjero de la línea 45 del Formulario 2555. Anote la cantidad en el paréntesis preimpreso (como un número negativo). La cantidad de la línea 45 del Formulario 2555 será restada de las otras cantidades de ingreso anotadas en las líneas 8a a 8c y las líneas 8e a 8z. Complete la Hoja de Trabajo para el Impuesto Sobre Ingresos Devengados en el Extranjero si anota una cantidad en la línea 45 del Formulario 2555.

Línea 8e

Ingreso del Formulario 8853. Anote el total de las cantidades de las líneas 8, 12 y 26 del Formulario 8853. Vea la Publicación 969.

¡PRECAUCIÓN! Usted puede tener que pagar un impuesto adicional si recibió una distribución tributable proveniente de una Archer MSA o Medicare Advantage MSA. Vea las Instrucciones para el Formulario 8853.

Línea 8f

Ingreso del Formulario 8889. Anote el total de las cantidades de las líneas 16 y 20 del Formulario 8889.

¡PRECAUCIÓN! Usted puede tener que pagar un impuesto adicional si recibió una distribución tributable proveniente de una cuenta de ahorros médicos. Vea las Instrucciones para el Formulario 8889.

Línea 8h

Pago por juraduría. Anote cualquier pago por juraduría y vea las instrucciones para la línea 24a.

Línea 8i

Premios y recompensas. Anote los premios y recompensas, pero vea las instrucciones para la línea 8m, Medallas Olímpicas y Paralímpicas y premio en efectivo del USOC, más adelante.

Línea 8j

Ingreso de actividad que se ejerce sin fines de lucro. Vea la Publicación 525.

Línea 8k

Opciones de compra de acciones. Anote cualquier ingreso procedente del ejercicio de una opción de compra de acciones que no se haya declarado en la línea 1h del Formulario 1040 o 1040-SR.

Línea 8l

Ingreso del alquiler de bienes muebles si los alquiló con fines de lucro, pero no se dedicaba al negocio de alquilar

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dichos bienes. Vea también las instrucciones para la línea 24b, más adelante.

Línea 8m

Medallas Olímpicas y Paralímpicas y premio en efectivo del USOC. El valor de las medallas Olímpicas y Paralímpicas y la cantidad del premio monetario que obtuvo del United States Olympic Committee (Comité Olímpico de los Estados Unidos o USOC, por sus siglas en inglés) por su participación en los Juegos Olímpicos o Juegos Paralímpicos podría ser no tributable. Estas cantidades deben de ser informadas a usted en la casilla 3 del Formulario 1099-MISC. Para saber si estas cantidades son no tributables, primero calcule su ingreso bruto ajustado, incluyendo la cantidad de sus medallas y el premio monetario.

Si su ingreso bruto ajustado no es mayor que $1,000,000 ($500,000 si es casado que presenta una declaración por separado), estas cantidades no son tributables y usted debe incluir la cantidad que aparece en la casilla 3 del Formulario 1099-MISC en la línea 8m; luego réstela al incluirla en la línea 24c.

Línea 8n

Inclusión conforme a la sección 951(a). La sección 951 generalmente requiere que los accionistas estadounidenses de una sociedad anónima extranjera controlada incluyan en su ingreso la cantidad prorrateada de la participación en el ingreso de la sociedad anónima conforme a la subparte F y su cantidad determinada conforme a la sección 956. Anote en la línea 8n la suma de cualquier cantidad informada a usted en las líneas 1a a 1h y la línea 2 del Anexo I del Formulario 5471. Recuerde adjuntar la(s) copia(s) de su(s) Formulario(s) 5471 a su declaración de impuestos.

Línea 8o

Inclusión conforme a la sección 951A(a). La sección 951A generalmente requiere que los accionistas estadounidenses de una sociedad anónima extranjera controlada declaren su ingreso global intangible de bajos impuestos (global intangible low-taxed income o GILTI, por sus siglas en inglés) en su ingreso. Anote en la línea 8o la suma de cualquier cantidad informada a usted en la línea 5 de la Parte II de su Formulario 8992. Recuerde adjuntar la(s) copia(s) de su(s) Formulario(s) 8992 a su declaración de impuestos.

¡PRECAUCIÓN! Si usted hizo una elección conforme a la sección 962 y tiene inclusión de ingreso conforme a la sección 951 o 951A, no declare ese ingreso en la línea 8n ni 8o, según corresponda. En su lugar, declare el impuesto a pagar con respecto a la elección conforme a la sección 962 en la línea 16 del Formulario 1040 o 1040-SR, y adjunte una declaración escrita que muestre cómo usted calculó el impuesto a pagar que incluye las cantidades brutas del ingreso conforme a la sección 951 y la sección 951A.

Línea 8p

Ajuste por pérdida de negocio en exceso conforme a la sección 461(l). Anote la cantidad de su pérdida de negocio en exceso de la línea 16 del Formulario 461.

Línea 8q

Distribuciones tributables de una cuenta ABLE. Las distribuciones de este tipo de cuenta pueden ser tributables si (a) son por más de los gastos calificados por incapacidad del beneficiario designado y (b) no fueron incluidas en una reinversión calificada. Vea la Publicación 907, Tax Highlights for Persons With Disabilities (Puntos sobresalientes de impuestos para personas con incapacidades), para más información.

¡PRECAUCIÓN! Usted podría tener que pagar un impuesto adicional si recibió una distribución tributable proveniente de una cuenta ABLE. Vea las Instrucciones para el Formulario 5329, Additional Taxes on Qualified Plans (Including IRAs) and Other Tax-Favored Accounts (Impuestos adicionales sobre planes calificados (incluidos los arreglos de ahorros para la jubilación) y otras cuentas con beneficios tributarios).

Línea 8r

Becas de estudios y becas de investigación no declaradas en un Formulario W-2. Anote la cantidad de las becas de estudio y becas de investigación no declaradas en un Formulario W-2. Sin embargo, si usted fue candidato para un título académico, incluya en la línea 8r sólo las cantidades que usted usó para gastos que no sean de matrícula u otros gastos relacionados con los cursos. Por ejemplo, las cantidades que usó para hospedaje, comida y viajes tienen que ser declaradas en la línea 8r.

Línea 8s

Cantidad no tributable de pagos de exención de Medicaid incluidos en la línea 1a o 1d del Formulario 1040. Ciertos pagos de exención de Medicaid que usted recibió por cuidar a alguien que vive con usted en la vivienda de usted puede que no sean tributables. Sus pagos de exención de Medicaid no tributables deben ser declarados a usted en la casilla 12, con el código II del (de los) Formulario(s) W-2. Si estos pagos no tributables se le declararon a usted en la casilla 1 del (de los) Formulario(s) W-2, incluya la cantidad en la línea 1a del Formulario 1040 o 1040-SR. Si usted no recibió un Formulario W-2 por sus pagos no tributables, o si recibió pagos no tributables que usted no declaró en la línea 1a y usted escoge incluir estas cantidades no tributables en el ingreso del trabajo para propósitos de reclamar un crédito u otro beneficio tributario, declare la cantidad en la línea 1d del Formulario 1040 o 1040-SR. Luego, en la línea 8s, anote la cantidad total de los pagos no tributables declarados en la línea 1a o 1d del Formulario 1040 o 1040-SR en el espacio de entrada correspondiente dentro de los paréntesis preimpresos (como un número negativo). Para más información sobre estos pagos, vea la Publicación 525.

Línea 8t

Pensión o anualidad proveniente de un plan de compensación diferida no calificado o de un plan no gubernamental conforme a la sección 457. Anote la cantidad que usted recibió como una pensión o anualidad proveniente de un plan de compensación diferida no calificado o de un plan no gubernamental conforme a la sección 457. Ésta podría mostrarse en la casilla 11 del Formulario W-2. Si usted recibió dicha cantidad, pero la casilla 11 está en

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blanco, comuníquese con su empleador o con el pagador para la cantidad recibida.

Línea 8u

Salarios devengados mientras estaba encarcelado. Anote la cantidad que recibió por servicios que desempeñó como recluso en una institución penal. Usted pudiese recibir el (los) Formulario(s) W-2 o el (los) Formulario(s) 1099.

Línea 8v

Activos digitales no declarados en otra parte. Si, en 2024, usted recibió ingresos ordinarios en conexión con activos digitales que no están declarados en otra parte de su declaración (por ejemplo, activos digitales, tales como ingresos de "forks" (bifurcaciones), "staking" (participación) o "mining" (extracción), los cuales no son salarios declarados en la línea 1a o ganancia o pérdida de capital declarada en el Formulario 8949 y Anexo D), declare este ingreso en la línea 8v. No declare un regalo o herencia de activos digitales en la línea 8v. Para más información, acceda a 
IRS.gov/Business/Small-Business-Self-Employed/Digital-Assets y pulse sobre Español.

Línea 8z

Otros ingresos. Use la línea 8z para declarar cualquier ingreso tributable no declarado en otra parte de su declaración o en otros anexos. Indique el tipo y la cantidad de ingresos. Si es necesario, incluya una declaración o documento que muestre la información requerida. Para más detalles, vea Miscellaneous Income (Ingresos misceláneos) en la Publicación 525.

Ejemplos de ingresos a declarar en la línea 8z incluyen los siguientes:

• Reembolsos u otras cantidades recibidas por partidas deducidas en un año anterior, tales como gastos médicos, impuestos sobre bienes inmuebles, impuesto general sobre las ventas o intereses sobre una hipoteca residencial. Vea Recoveries (Recuperación de fondos) en la Publicación 525 para detalles sobre cómo calcular la cantidad a declarar.
• Los pagos de asistencia de ajuste comercial relacionados con el reempleo (Reemployment Trade Adjustment Assistance o RTAA, por sus siglas en inglés). Dicha cantidad debe aparecer en la casilla 5 del Formulario 1099-G.
• Pérdidas sobre ciertas distribuciones correctivas de diferimientos en exceso. Vea Retirement Plan Contributions (Aportaciones a un plan para la jubilación) en la Publicación 525.
• Dividendos sobre pólizas de seguro si exceden del total de todas las primas netas que usted pagó por el contrato.
• Recuperación de una deducción por una donación caritativa relacionada con la donación de un interés fraccionado en un bien mueble tangible. Vea Fractional Interest in Tangible Personal Property (Interés fraccionado en un bien mueble tangible) en la Publicación 526. Le aplican intereses y un impuesto adicional del 10% a la cantidad recuperada. Vea las instrucciones para la línea 17g del Anexo 2.
• Recuperación de una deducción por una donación caritativa si la organización caritativa dispone de los bienes donados dentro de 3 años de la donación. Vea Recapture if no exempt use (Recuperación si no hay uso exento) en la Publicación 526.
• La parte tributable de pagos de asistencia en casos de desastre. Vea la Publicación 525 para calcular la parte tributable, si la hay. Si alguno de sus pagos de asistencia en casos de desastre es tributable, adjunte una declaración o documento que muestre el pago total que recibió y cómo usted calculó la parte tributable.
• Distribuciones tributables de una cuenta Coverdell de ahorros para la educación (ESA, por sus siglas en inglés) o un programa de matrícula calificado (QTP, por sus siglas en inglés). Las distribuciones de estas cuentas pueden ser tributables si (a) en el caso de distribuciones provenientes de un QTP, son más que los gastos de educación superior calificados del beneficiario designado en 2024 o en el caso de las distribuciones provenientes de una ESA, son más que los gastos de educación calificados del beneficiario designado en 2024; y (b) no fueron incluidas en una reinversión calificada. Las distribuciones no tributables de estas cuentas no tienen que ser declaradas en el Formulario 1040 o 1040-SR. Esto incluye las reinversiones y los gastos por educación superior calificados que se le reembolsaron a un estudiante de un QTP que se volvieron a contribuir a un QTP con el mismo beneficiario designado generalmente dentro de 60 días después de la fecha del reembolso. Vea la Publicación 970, Tax Benefits for Education (Beneficios tributarios por estudios).

¡PRECAUCIÓN! Usted puede tener que pagar un impuesto adicional si recibió una distribución tributable de una cuenta Coverdell ESA o un QTP. Vea las Instrucciones para el Formulario 5329.

Ingresos no tributables. No declare ningún ingreso no tributable en la línea 8z. Ejemplos de ingreso no tributable incluyen los siguientes:

• Pensión para hijos menores.
• Pagos que usted recibió para ayudarle a pagar su préstamo hipotecario conforme al HFA Hardest Hit Fund (Fondo de ayuda para los propietarios de vivienda más afectados de la Agencia del Financiamiento de Viviendas o HFA, por sus siglas en inglés) o al Homeowner Assistance Fund (Fondo de asistencia al propietario de vivienda).
• Ganancias de un seguro de vida que recibió debido al fallecimiento de otra persona (que no sean ciertos contratos de seguro de vida que son propiedad del empleador).
• Regalos y legados. Usted puede tener que declarar información sobre sus regalos o legados en la Parte IV del Formulario 3520 si usted recibió:
1. Un regalo o legado de una persona extranjera o de un caudal hereditario extranjero (incluyendo personas extranjeras relacionadas con ese individuo extranjero o caudal hereditario extranjero) cuyo total sea de más de $100,000; o
2. Cantidades totalizando más de $19,570 de una sociedad anónima extranjera o sociedad colectiva extranjera (incluyendo personas extranjeras relacionadas con dichas sociedades anónimas extranjeras o sociedades colectivas extranjeras) que usted haya tratado como un regalo.

Vea las Instrucciones para el Formulario 3520.

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Ajustes al Ingreso

Línea 11 Gastos del Educador

Si usted fue un educador elegible en 2024, puede deducir en la línea 11 hasta $300 de gastos calificados que usted pagó en 2024. Si usted y su cónyuge están presentando una declaración conjunta y ustedes dos son educadores elegibles, la cantidad máxima de la deducción es $600. No obstante, ningún cónyuge puede deducir más de $300 por concepto de los gastos calificados de éste en la línea 11. Un educador elegible es un maestro, instructor, consejero, director o ayudante de kínder (jardín de infancia) hasta doceavo grado que ha trabajado en una escuela por lo menos 900 horas durante el año escolar.

Gastos calificados incluyen gastos ordinarios (normales) y necesarios pagados:

• Por cursos de desarrollo profesional relacionados con el plan de estudios en el que usted imparte instrucción. También incluyen aquellos gastos relacionados con aquellos estudiantes para quienes usted provee esa instrucción; o
• Gastos asociados con la compra de libros, suministros, equipo (incluyendo equipo de computadora, programas (software) y servicios) y otros materiales que se utilizan en el aula.

Un "gasto ordinario" es aquél que es común y aceptado en su campo educativo. Un "gasto necesario" es uno que es útil y apropiado en el desempeño de su profesión de educador. Un gasto no tiene que ser obligatorio para considerarse necesario.

CONSEJO Los gastos calificados incluyen las cantidades pagadas o incurridas en 2024 para equipos de protección personal, desinfectantes y otros suministros utilizados para la prevención de la propagación del coronavirus.

Los gastos calificados no incluyen los gastos por enseñanza impartida en el hogar ni por artículos para cursos de salud o de educación física que no se usan en el desempeño del deporte.

Usted tiene que restar de sus gastos calificados las siguientes cantidades:

• Intereses de bonos de ahorros estadounidenses de la serie EE y de la serie I que pueden excluirse de los ingresos y que provienen del Formulario 8815, Exclusion of Interest From Series EE and I U.S. Savings Bonds Issued After 1989 (Exclusión de los intereses provenientes de bonos de ahorros estadounidenses calificados de las series EE e I emitidos después de 1989).
• Ganancias o distribuciones no tributables provenientes de un programa de matrícula calificado.
• Cualquier distribución de ganancias no tributable proveniente de una cuenta Coverdell de ahorros para la educación.
• Todo reembolso de dichos gastos que haya recibido y el cual no se le haya declarado en la casilla 1 del Formulario W-2.

Para más detalles, consulte el Tema Tributario 458 o vea la Publicación 529, Miscellaneous Deductions (Deducciones misceláneas).

Línea 12 Ciertos Gastos de Negocio de Reservistas de las Fuerzas Armadas, Artistas Escénicos y Funcionarios del Gobierno que Prestan Servicios a Base de Honorarios Fijos

Incluya las deducciones siguientes en la línea 12:

• Ciertos gastos de negocio de los miembros de la National Guard (Guardia Nacional) y de la reserva militar que viajaron más de 100 millas desde sus viviendas para prestar servicios como miembros de la Guardia Nacional o de la reserva militar.
• Gastos relacionados con las artes escénicas como artista escénico calificado.
• Gastos de negocio de funcionarios gubernamentales estatales o locales que prestan servicios a base de honorarios fijos.

Para más detalles, vea el Formulario 2106, Employee Business Expenses (Gastos de negocio del empleado).

Línea 13 Deducción por Cuentas de Ahorros Médicos (HSA)

Usted quizás pueda tomar esta deducción si las aportaciones (que no sean aportaciones del empleador, reinversiones ni distribuciones calificadas de un IRA para proveer fondos a una HSA) fueron hechas a su HSA para 2024. Vea el Formulario 8889, Health Savings Accounts (HSAs) (Cuentas de ahorros médicos (HSA, por sus siglas en inglés)).

Línea 14 Gastos de Mudanza para Miembros de las Fuerzas Armadas

Puede deducir los gastos de mudanza si usted es miembro de las Fuerzas Armadas en servicio activo y, debido a una orden militar, se muda debido a un cambio permanente de puesto. Consulte el Tema Tributario 455 o vea el Formulario 3903, Moving Expenses (Gastos de mudanza).

Línea 15 Parte Deducible del Impuesto sobre el Trabajo por Cuenta Propia

Si trabajaba por cuenta propia y adeuda el impuesto sobre el trabajo por cuenta propia, complete el Anexo SE, Impuesto sobre el Trabajo por Cuenta Propia, para calcular la cantidad de su deducción. La parte deducible de su impuesto sobre el trabajo por cuenta propia aparece en la línea 13 del Anexo SE.

Línea 16 Planes SEP, SIMPLE y Planes Calificados para Personas que Trabajan por Cuenta Propia

Si usted trabajaba por cuenta propia o era un socio, usted quizás pueda tomar esta deducción. Vea la Publicación 560, Retirement Plans for Small Business (Planes de jubilación para pequeños negocios), o si es un ministro, la Publicación 517, Social Security and Other Information for Members of the Clergy and Religious Workers (Información sobre el Seguro Social y otra información

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para miembros del clero y trabajadores religiosos).

Hoja de Trabajo para la Deducción del Seguro Médico para Personas que Trabajan por Cuenta Propia -Línea 17 del Anexo 1

Antes de comenzar:

• Asegúrese de haber leído las Excepciones en las instrucciones para esta línea para ver si usted puede usar esta hoja de trabajo en lugar del Formulario 7206, Self-Employed Health Insurance Deduction (Deducción del seguro médico para personas que trabajan por cuenta propia), para calcular su deducción.

1. Anote la cantidad total pagada en 2024 por cobertura de seguro médico establecida bajo su negocio (o sociedad anónima de tipo S en la cual usted fue un accionista que tuvo más del 2% de las acciones) para 2024 para usted, su cónyuge y sus dependientes. Su seguro también puede cubrir a su hijo que tenía menos de 27 años de edad al final de 2024, aun si el hijo no era su dependiente. Pero no incluya las cantidades por cualquier mes en que usted cumplía con los requisitos para participar en un plan médico patrocinado por el empleador o cantidades pagadas con fondos de distribuciones de un plan para la jubilación que no eran tributables porque usted es un funcionario de seguridad pública jubilado ----
2. Anote su ganancia neta* y todo otro ingreso del trabajo** del negocio bajo el cual se estableció el plan de seguro, menos toda deducción en las líneas 15 y 16 del Anexo 1. No incluya pagos exentos del impuesto sobre el trabajo por cuenta propia del Conservation Reserve Program (Programa de Reservas para la Conservación o CRP, por sus siglas en inglés) ----
3. Deducción del seguro médico para personas que trabajan por cuenta propia. Anote la que sea menor entre la cantidad de la línea 1 o la línea 2 aquí y en la línea 17 del Anexo 1. No incluya esta cantidad al calcular cualquier deducción por gastos médicos en el Anexo A ----

* Si usó cualquiera de los métodos opcionales para calcular sus ingresos netos del trabajo por cuenta propia, no anote su ganancia neta. En lugar de eso, anote la cantidad de la línea 4b del Anexo SE.

** "Ingreso del trabajo" incluye ingresos netos y ganancias netas de la venta, transferencia u concesión de derechos a propiedad que usted creó. No obstante, no incluye ingreso de ganancias de capital. Si usted fue un accionista que tuvo más del 2% de las acciones en una sociedad anónima de tipo S bajo la cual se estableció el plan de seguro médico, el "ingreso del trabajo" es su salario sujeto al impuesto del Medicare (casilla 5 del Formulario W-2) proveniente de esa sociedad anónima.

Línea 17 Deducción del Seguro Médico para Personas que Trabajan por Cuenta Propia

Quizás pueda deducir la cantidad que usted pagó por seguro médico (lo cual incluye seguro médico, dental, y de visión, y seguro de cuidado a largo plazo calificado) para usted, su cónyuge y sus dependientes. El seguro también puede cubrir a su hijo que tiene menos de 27 años de edad al final de 2024, aun si el hijo no era su dependiente. Un hijo incluye a su hijo, hija, hijastro, hijastra, hijo adoptivo o hijo de crianza (éstos dos últimos se definen bajo ¿Quién Reúne los Requisitos para Ser Su Dependiente? en las Instrucciones para el Formulario 1040).

Una de las siguientes situaciones tiene que ser cierta:

• Usted trabajaba por cuenta propia y tuvo una ganancia neta que declaró en el Anexo C o F.
• Usted era un socio con ingresos netos del trabajo por cuenta propia.
• Usted usó uno de los métodos opcionales para calcular sus ingresos netos del trabajo por cuenta propia en el Anexo SE.
• Usted recibió salarios en 2024 provenientes de una sociedad anónima de tipo S en la cual usted fue un accionista que tuvo más del 2% de las acciones. Las primas del seguro médico pagadas o reembolsadas por la sociedad anónima de tipo S aparecen como salarios en el Formulario W-2.

El plan de seguro tiene que estar establecido bajo su negocio. Sus servicios personales tienen que haber sido un factor material de producción de ingresos en el negocio. Si está presentando el Anexo C o F, la póliza puede estar o a su nombre o al nombre del negocio.

Si usted es un socio, la póliza puede estar o a nombre suyo o de la sociedad anónima. Usted puede pagar las primas usted mismo o su sociedad anónima lo puede hacer y declararlas como pagos garantizados. Si la póliza está a nombre suyo y usted paga las primas usted mismo, la sociedad anónima tiene que reembolsarle y declarar las primas como pagos garantizados.

Si usted es accionista con más del 2% de acciones en una sociedad anónima de tipo S, la póliza puede estar a su nombre o a nombre de la sociedad anónima de tipo S. Usted puede pagar las primas usted mismo o la sociedad anónima de tipo S puede pagarlas y declararlas como salarios. Si la póliza está a nombre suyo y usted paga las primas usted mismo, la sociedad anónima de tipo S tiene que reembolsarle las primas. Usted puede deducir las primas sólo si la sociedad anónima de tipo S declara las primas pagadas o reembolsadas como salarios en la casilla 1 de su Formulario W-2 en 2024 y usted también declara los pagos de las primas o el reembolso de éstas como salarios en la línea 1a del Formulario 1040 o 1040-SR.

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Pero si usted también reúne los requisitos para participar en un plan médico subsidiado que es mantenido por su empleador o el empleador de su cónyuge durante cualquier mes o parte de un mes en 2024, las cantidades pagadas por la cobertura del seguro médico para ese mes no se pueden usar para calcular la deducción. Además, si usted reunió los requisitos para cualquier mes o parte de un mes para participar en un plan médico subsidiado que es mantenido por el empleador de su dependiente o de su hijo que tenía menos de 27 años de edad al final de 2024, no use las cantidades pagadas por cobertura para ese mes para calcular la deducción.

¡PRECAUCIÓN! Un qualified small employer health reimbursement arrangement (arreglo de reembolso de salud de un empleador pequeño calificado o QSEHRA, por sus siglas en inglés) se considera un plan médico subsidiado que es mantenido por un empleador.

Ejemplo. Si usted reúne los requisitos para participar en un plan médico subsidiado que es mantenido por el empleador de su cónyuge del 30 de septiembre al 31 de diciembre, no puede usar las cantidades pagadas por cobertura del seguro médico de septiembre a diciembre para calcular la deducción suya.

Las primas de Medicare que usted paga voluntariamente para obtener un seguro a nombre suyo que es similar a un seguro médico privado calificado pueden usarse para calcular la deducción. Las cantidades pagadas por cobertura de seguro médico con fondos de distribuciones de un plan para la jubilación que no eran tributables porque usted es un funcionario de seguridad pública jubilado no se pueden usar para calcular la deducción.

Para más detalles, vea las Instrucciones para el Formulario 7206.

Si usted reúne los requisitos para tomar la deducción, use la Hoja de Trabajo para la Deducción del Seguro Médico para Personas que Trabajan por Cuenta Propia para calcular la cantidad que puede deducir.

Excepciones. Use el Formulario 7206 en lugar de la Hoja de Trabajo para la Deducción del Seguro Médico para Personas que Trabajan por Cuenta Propia que aparece en estas instrucciones para calcular la cantidad de su deducción si cualquiera de las siguientes situaciones le corresponde:

• Usted tenía más de una fuente de ingreso sujeto al impuesto sobre el trabajo por cuenta propia.
• Usted presenta el Formulario 2555.
• Usted está usando cantidades pagadas por seguro de cuidado a largo plazo calificado para calcular la deducción.

Use la Publicación 974, Premium Tax Credit (PTC) (Crédito tributario de prima de seguro médico o PTC, por sus siglas en inglés), en lugar de la hoja de trabajo en estas instrucciones si el plan del seguro se consideraba como establecido bajo su negocio y fue obtenido por medio del Mercado de Seguros Médicos y se efectuaron pagos por adelantado del crédito tributario de prima de seguro médico o usted está reclamando el crédito tributario de prima de seguro médico.

Línea 18 Multa por Retiro Prematuro de Ahorros

El Formulario 1099-INT o el Formulario 1099-OID que usted recibió mostrará la cantidad de toda multa que se le ha cobrado.

Líneas 19a, 19b y 19c Pensión para el Cónyuge Divorciado Pagada

Línea 19a

Si usted efectuó pagos a o para su cónyuge o excónyuge conforme a un acuerdo de divorcio o de separación que entró en vigor en o antes del 31 de diciembre de 2018, quizás pueda tomar esta deducción. No puede tomar una deducción por pagos de pensión para el cónyuge divorciado que efectuó a o para su cónyuge si su acuerdo de divorcio o de separación entró en vigor después del 31 de diciembre de 2018, o si entró en vigor en o antes del 31 de diciembre de 2018 y el acuerdo se modificó después del 31 de diciembre de 2018 para estipular expresamente que la pensión para el cónyuge divorciado recibida no se incluye en los ingresos de su excónyuge. Consulte el Tema Tributario 452 o vea la Publicación 504, Divorced or Separated Individuals (Personas divorciadas o separadas).

Línea 19c

En la línea 19c, anote el mes y el año de su acuerdo de divorcio o de separación original que se relaciona con la deducción por pensión del cónyuge divorciado que se pagó.

Línea 20 Deducción por Aportaciones a un Arreglo IRA (Arreglo Individual de Ahorro para la Jubilación)

CONSEJO Si hizo alguna aportación no deducible a un arreglo individual de ahorro para la jubilación (IRA, por sus siglas en inglés) tradicional para 2024, usted tiene que declararla en el Formulario 8606, Nondeductible IRAs (Arreglos IRA no deducibles).

CONSEJO Usted tiene derecho a una deducción por su aportación a un arreglo IRA tradicional sin importar la edad.

Si hizo aportaciones a un IRA tradicional para 2024, quizás pueda tomar una deducción por un IRA. Pero usted o su cónyuge, si presenta una declaración conjunta, tiene que tener ingreso del trabajo para hacerlo. Para propósitos de un IRA, el ingreso del trabajo incluye la pensión para el cónyuge divorciado y pagos por manutención por separación judicial declarados en la línea 2a del Anexo 1. Si era miembro de las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos, el ingreso del trabajo incluye toda paga no tributable por combate que usted recibió. Si usted trabajaba por cuenta propia, el ingreso del trabajo generalmente es sus ingresos netos del trabajo por cuenta propia si sus servicios personales fueron un factor material de producción de ingresos. Para más detalles, vea la Publicación 590-A. Una declaración o documento debe serle enviado para el 2 de junio de 2025 que muestre todas las aportaciones a su IRA tradicional para 2024.

Use la Hoja de Trabajo para la Deducción por Aportaciones a un Arreglo IRA para calcular la cantidad, si alguna, de su deducción por aportaciones

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a un IRA. Pero lea la siguiente lista antes de completar la hoja de trabajo:

1. No puede deducir las aportaciones a un Roth IRA. Pero quizás pueda tomar el crédito por aportaciones a cuentas (arreglos) de ahorro para la jubilación (crédito del ahorrador). Vea las instrucciones para la línea 4 del Anexo 3.
2. Si está presentando una declaración conjunta y usted, o su cónyuge, hace aportaciones a ambos un IRA tradicional y un Roth IRA para 2024, no use la Hoja de Trabajo para la Deducción por Aportaciones a un Arreglo IRA en estas instrucciones. En su lugar, vea la Publicación 590-A para calcular la cantidad, si alguna, de su deducción por un IRA.
3. No puede deducir aplazamientos electivos a planes conforme con las secciones 401(k), 403(b) o 457; a un plan SIMPLE IRA ni a la Thrift Savings Plan (Cuenta de ahorros para la jubilación) federal. Estas cantidades no se incluyen como ingreso en la casilla 1 de su Formulario W-2.
4. Si hizo aportaciones a su IRA en 2024 que dedujo para 2023, no las incluya en la hoja de trabajo.
5. Si recibió ingreso de un plan de compensación diferida no calificado o de un plan no gubernamental conforme a la sección 457 que se incluye en la casilla 1 de su Formulario W-2 o en la casilla 1 del Formulario 1099-NEC, no incluya ese ingreso en la línea 8 de la hoja de trabajo. El ingreso debe mostrarse en (a) la casilla 11 de su Formulario W-2, (b) la casilla 12 de su Formulario W-2 con el código Z o (c) en la casilla 15 del Formulario 1099-MISC. Si no se indica, comuníquese con su empleador o el pagador para saber la cantidad de ingreso.
6. Usted tiene que presentar una declaración conjunta para deducir las aportaciones hechas al IRA de su cónyuge. Anote el total de la deducción IRA para usted y su cónyuge en la línea 20.
7. No incluya aportaciones de reinversión al calcular su deducción. En su lugar, vea las instrucciones para las líneas 4a y 4b del Formulario 1040 o 1040-SR.
8. No incluya cargos pagados a fideicomisarios que se facturaron por separado y que fueron pagados por usted para su IRA.
9. No incluya los reintegros de distribuciones para miembros de la reserva militar calificadas. Usted no los puede deducir. Para información sobre cómo declarar estos reintegros, vea Qualified reservist repayments (Reintegros de reservista calificados) en la Publicación 590-A.
10. Si el total de su deducción por un IRA en la línea 20 más toda aportación no deducible hecha a sus IRA tradicionales que aparecen en el Formulario 8606 es menor que la cantidad total de sus aportaciones a su(s) IRA tradicional(es) para 2024, vea la Publicación 590-A para ver las reglas especiales que aplican.

¿Estuvo Cubierto por un Plan para la Jubilación? Si estuvo cubierto por un plan para la jubilación (pensión calificada, participación en las ganancias (incluido un plan conforme con la sección 401(k)), anualidad, plan SEP, SIMPLE, etc.) en su empleo o por medio del trabajo por cuenta propia, su deducción por un IRA puede ser reducida o eliminada. Pero todavía puede hacer aportaciones a un IRA aunque no las pueda deducir. En todo caso, al ingreso devengado sobre sus aportaciones a un IRA no se le impone impuesto hasta que se le pague a usted.

El recuadro "Retirement plan" (Plan de jubilación) en la casilla 13 de su Formulario W-2 debe estar marcado si usted estaba cubierto por un plan en su empleo aun si usted no tenía intereses adquiridos (derecho legal a éste) en el plan. Usted también está cubierto por un plan si usted trabajaba por cuenta propia y tenía un plan SEP, plan SIMPLE o plan para la jubilación calificado.

Si usted estaba cubierto por un plan para la jubilación y presenta el Formulario 2555 u 8815, o si excluye beneficios para la adopción provistos por el empleador, vea la Publicación 590-A para calcular la cantidad, si alguna, de su deducción por un IRA.

Personas casadas que presentan por separado. Si no estaba cubierto por un plan para la jubilación, pero su cónyuge lo estaba, a usted se le considera estar cubierto por un plan, a menos que usted haya vivido separado de su cónyuge por todo el año 2024.

CONSEJO Es posible que pueda tomar el crédito por aportaciones a cuentas (arreglos) de ahorro para la jubilación. Vea las instrucciones para la línea 4 del Anexo 3.

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Hoja de Trabajo para la Deducción por Aportaciones a un Arreglo IRA -Línea 20 del Anexo 1

Antes de comenzar:

• Asegúrese de haber leído las instrucciones para esta línea. Quizás no pueda usar esta hoja de trabajo.
• Calcule los ajustes añadidos que se anotarán en la línea 24z del Anexo 1 (vea las instrucciones para la línea 24z del Anexo 1).
• Si es casado que presenta una declaración por separado y vivió separado de su cónyuge durante todo el año 2024, anote "D" en la línea de puntos junto a la línea 20 del Anexo 1. Si no lo hace, usted puede recibir un aviso por error matemático del IRS.

1a. ¿Estaba cubierto por un plan para la jubilación (vea ¿Estuvo Cubierto por un Plan para la Jubilación?)?
IRA de Usted
-- Sí
-- No
IRA de su Cónyuge
-- Sí
-- No
1b. Si es casado que presenta una declaración conjunta, ¿estaba su cónyuge cubierto por un plan para la jubilación?
IRA de Usted
-- Sí
-- No
IRA de su Cónyuge
-- Sí
-- No
Siguiente. Si marcó "No" en la línea 1a (y "No" en la línea 1b si es casado que presenta una declaración conjunta), omita las líneas 2 a 6, anote la cantidad correspondiente que aparece a continuación en la línea 7a (y la línea 7b, si le corresponde) y pase a la línea 8.
• $7,000 si tiene menos de 50 años de edad al final de 2024.
• $8,000 si tiene 50 años de edad o más al final de 2024.
De lo contrario, pase a la línea 2.
2. Anote la cantidad que aparece a continuación que le corresponde a usted:
• Soltero, cabeza de familia o casado que presenta una declaración por separado y usted vivió separado de su cónyuge durante todo el año 2024, anote $87,000.
• Cónyuge sobreviviente que reúne los requisitos, anote $143,000.
• Casado que presenta una declaración conjunta, anote $143,000 en ambas columnas. Pero si marcó "No" en la línea 1a o 1b, anote $240,000 para la persona que no estaba cubierta por un plan.
• Casado que presenta una declaración por separado y usted vivió con su cónyuge en algún momento en 2024, anote $10,000.
IRA de Usted ----
IRA de su Cónyuge ----
3. Anote la cantidad que aparece en la línea 9 del Formulario 1040 o 1040-SR ----
4. Anote el total de las cantidades de las líneas 11 a 19a del Anexo 1, más las cantidades que usted anotó en las líneas 23 y 25 del Anexo 1 ----
5. Reste la línea 4 de la línea 3. Si es casado que presenta una declaración conjunta, anote el resultado en ambas columnas
IRA de Usted ----
IRA de su Cónyuge ----
6. ¿Es la cantidad en la línea 5 menor que la cantidad en la línea 2?
-- No. NO SIGA Ninguna de sus aportaciones a su IRA es deducible. Para detalles sobre las aportaciones no deducibles a un IRA, vea el Formulario 8606.
-- Sí. Reste la línea 5 de la línea 2 en cada columna. Siga la instrucción a continuación que le corresponda a usted:
• Si es soltero, cabeza de familia o casado que presenta una declaración por separado, y el resultado es $10,000 o más, anote la cantidad que le corresponda que aparece a continuación en la línea 7 para esa columna y pase a la línea 8.
i. $7,000 si tiene menos de 50 años de edad al final de 2024.
ii. $8,000 si tiene 50 años de edad o más al final de 2024. Si el resultado es menor que $10,000, pase a la línea 7.
• Si es casado que presenta una declaración conjunta o cónyuge sobreviviente que reúne los requisitos y el resultado es $20,000 o más ($10,000 o más en la columna para el IRA de una persona que no estaba cubierta por un plan para la jubilación), anote la cantidad correspondiente que aparece a continuación en la línea 7 para esa columna y pase a la línea 8.
i. $7,000 si tiene menos de 50 años de edad al final de 2024.
ii. $8,000 si tiene 50 años de edad o más al final de 2024. De lo contrario, pase a la línea 7.
IRA de Usted ----
IRA de su Cónyuge ----

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7. Multiplique las líneas 6a y 6b por el porcentaje a continuación que le corresponda a usted. Si el resultado no es un múltiplo de $10, auméntelo al siguiente múltiplo de $10 (por ejemplo, aumente $490.30 a $500). Si el resultado es $200 o más, anote el resultado. Pero si es menor que $200, anote $200.
• Soltero, cabeza de familia o casado que presenta una declaración por separado, multiplique por el 70% (0.70) (o por el 80% (0.80) en la columna para el IRA de la persona que tiene 50 años de edad o más al final de 2024).
• Casado que presenta una declaración conjunta o cónyuge sobreviviente que reúne los requisitos, multiplique por el 35% (0.35) (o por el 40% (0.40) en la columna para el IRA de la persona que tiene 50 años de edad o más al final de 2024). Pero si marcó "No" en la línea 1a o 1b, entonces en la columna para el IRA de la persona que no estaba cubierta por un plan para la jubilación, multiplique por el 70% (0.70) (o por el 80% (0.80) si tiene 50 años de edad o más al final de 2024).
IRA de Usted ----
IRA de su Cónyuge ----
8. Anote el total de su (y de su cónyuge si presenta una declaración conjunta):
• Salarios, sueldos, propinas, etcétera. Generalmente, esto es la cantidad que se declara en la casilla 1 del Formulario W-2. Las excepciones se explican en las instrucciones para la línea 20.
• Pensión para el cónyuge divorciado y pagos de la manutención por separación judicial declarados en la línea 2a del Anexo 1.
• Paga no tributable por combate. Esta cantidad debe declararse en la casilla 12 del Formulario W-2 con el código Q o declarados en la línea 1i del Formulario 1040. ----
9. Anote el ingreso del trabajo que usted (y su cónyuge si presenta una declaración conjunta) recibió como trabajador por cuenta propia o como un socio. Generalmente, esto es sus (y de su cónyuge si presenta una declaración conjunta) ingresos netos del trabajo por cuenta propia si sus servicios personales fueron un factor material de producción de ingresos, menos toda deducción en las líneas 15 y 16 del Anexo 1. Si es cero o menos, anote "-0-". Para más detalles, vea la Publicación 590-A ----
10. Sume las líneas 8 y 9 ----

¡PRECAUCIÓN! Si es casado que presenta una declaración conjunta y la cantidad en la línea 10 es menor que $14,000 ($15,000 si uno de los cónyuges tiene 50 años de edad o más al final de 2024; $16,000 si ambos cónyuges tienen 50 años de edad o más al final de 2024), deténgase aquí y use la hoja de trabajo en la Publicación 590-A para calcular la deducción por su IRA.

11. Anote las aportaciones hechas a su IRA tradicional, o que serán hechas para la fecha de vencimiento de su declaración para 2024 sin tomar en cuenta las prórrogas (el 15 de abril de 2025 para la mayoría de las personas), para 2024 a su IRA en la línea 11a y al IRA de su cónyuge en la línea 11b
IRA de Usted ----
IRA de su Cónyuge ----
12. En la línea 12a, anote la que sea menor entre las cantidades de las líneas 7a, 10 u 11a. Anote en la línea 12b la que sea menor entre las cantidades de las líneas 7b, 10 u 11b. Ésta es la mayor cantidad que usted puede deducir. Sume las cantidades de las líneas 12a y 12b y anote el total en la línea 20 del Anexo 1. O, si prefiere, usted puede deducir una cantidad más pequeña y tratar el resto como una aportación no deducible (vea el Formulario 8606)
IRA de Usted ----
IRA de su Cónyuge ----

Línea 21 Deducción por Intereses sobre Préstamos de Estudios

Usted puede tomar esta deducción sólo si todas las siguientes situaciones le aplican:

• Pagó interés en 2024 sobre un préstamo de estudios calificado (que se define más adelante).
• Su estado civil para efectos de la declaración es cualquier estado excepto casado que presenta una declaración por separado.
• Su ingreso bruto ajustado (AGI, por sus siglas en inglés) modificado es menor que: $95,000 si es soltero, cabeza de familia o cónyuge sobreviviente que reúne los requisitos; $195,000 si es casado que presenta una declaración conjunta. Use las líneas 2 a 4 de la hoja de trabajo en estas instrucciones para calcular su AGI modificado.
• Usted, o su cónyuge si está presentando una declaración conjunta, no es

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reclamado como dependiente en la declaración de impuestos de 2024 de otra persona (como la de sus padres).

Hoja de Trabajo para la Deducción por Intereses Sobre Préstamos de Estudios -Línea 21 del Anexo 1

Antes de comenzar:

• Calcule todo ajuste añadido que se tiene que anotar en la línea 24z del Anexo 1 (vea las instrucciones para la línea 24z del Anexo 1).
• Asegúrese de haber leído la Excepción en las instrucciones para esta línea para saber si usted puede usar esta hoja de trabajo en lugar de usar la Publicación 970 para calcular su deducción.

1. Anote el total de intereses que usted pagó en 2024 por concepto de préstamos de estudio calificados (vea las instrucciones para la línea 21). No anote más de $2,500 ----
2. Anote la cantidad de la línea 9 del Formulario 1040 o 1040-SR ----
3. Anote el total de las cantidades de las líneas 11 a 20 del Anexo 1 y de las líneas 23 y 25 del Anexo 1 ----
4. Reste la línea 3 de la línea 2 ----
5. Anote la cantidad que aparece a continuación que corresponde a su estado civil para efectos de la declaración.
• Soltero, cabeza de familia o cónyuge sobreviviente que reúne los requisitos: $80,000
• Casado que presenta una declaración conjunta: $165,000 ----
6. ¿Es la cantidad de la línea 4 mayor que la cantidad en la línea 5?
-- No. Omita las líneas 6 y 7, anote "-0-" en la línea 8 y pase a la línea 9.
-- Sí. Reste la línea 5 de la línea 4 ----
7. Divida la línea 6 por $15,000 ($30,000 si es casado que presenta una declaración conjunta). Anote el resultado como decimal (redondeado al menos a tres lugares). Si el resultado es 1.000 o más, anote "1.000" ----
8. Multiplique la línea 1 por la línea 7 ----
9. Deducción por intereses sobre préstamos de estudios. Reste la línea 8 de la línea 1. Anote el resultado aquí y en la línea 21 del Anexo 1.
No incluya esta cantidad al calcular cualquier otra deducción en su declaración (como en el Anexo A, C, E, etcétera) ----

No incluya ninguna cantidad pagada con fondos provenientes de una distribución de ganancias de un programa de matrícula calificado (QTP, por sus siglas en inglés) después de 2018 en la medida en que estas ganancias sean tratadas como libres de impuestos debido a que se usaron para pagar intereses sobre préstamos de estudios.

Use la hoja de trabajo en estas instrucciones para calcular su deducción por intereses sobre un préstamo de estudios.

Excepción. Use la Publicación 970 en lugar de la hoja de trabajo en estas instrucciones para calcular su deducción por intereses sobre préstamos de estudios si usted presenta el Formulario 2555 o 4563, o si excluye ingreso de fuentes dentro de Puerto Rico.

Préstamo de estudios calificado. Un "préstamo de estudios calificado" es cualquier préstamo que usted obtuvo para pagar los gastos de educación superior calificados por cualquiera de las siguientes personas que eran estudiantes elegibles:

1. Usted mismo o su cónyuge.
2. Una persona que era su dependiente cuando se obtuvo el préstamo.
3. Una persona que usted pudo haber reclamado como dependiente para el año en que se obtuvo el préstamo excepto que:
a. La persona presentó una declaración conjunta;
b. La persona tuvo ingreso bruto que era igual a o mayor que la cantidad de la exención para ese año o $5,050 para 2024; o
c. Usted, o su cónyuge si presenta una declaración conjunta, podía ser reclamado como dependiente en la declaración de otra persona.

No obstante, un préstamo no es un préstamo para estudios calificado si (a) cualquier parte de las ganancias se usaron para otros propósitos o (b) el préstamo proviene o de una persona emparentada con usted o una persona que pidió prestado los fondos obtenidos en virtud de un plan del empleador calificado o un contrato adquirido en virtud de dicho plan. Para detalles, vea la Publicación 970.

Gastos de educación superior calificados. Los "gastos de educación superior calificados" generalmente incluyen la matrícula, cuotas, alojamiento y comida, y gastos relacionados, tales como libros y suministros. Los gastos tienen que ser para educación obtenida en un programa que provea un título, certificado o programa similar en una institución educativa elegible. Una "institución educativa elegible" incluye la mayoría de los

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colegios, universidades y ciertas escuelas vocacionales. Para detalles, vea la Publicación 970.

Línea 22

La línea 22 ha sido reservada para uso futuro.

Línea 23 Deducción por Cuentas de Ahorros Médicos Archer MSA

Vea el Formulario 8853.

Líneas 24a a 24z

Línea 24a

Pago por juraduría. Anote su paga por juraduría si usted le dio la paga a su empleador porque su empleador pagó su salario o sueldo mientras usted prestaba servicio en el jurado.

Línea 24b

Anote los gastos deducibles relacionados con ingresos declarados en la línea 8l provenientes del alquiler de bienes muebles que haya desempeñado con fines de lucro, pero no se dedicaba al negocio de alquilar dichos bienes.

Línea 24c

Anote la cantidad no tributable del valor de medallas Olímpicas y Paralímpicas y del premio monetario del USOC (Comité Olímpico de los EE. UU.) declarada en la línea 8m.

Línea 24d

Anote la amortización o los gastos de reforestación (vea las Instrucciones para el Formulario 4562).

Línea 24e

Anote el reintegro de las prestaciones suplementarias por desempleo conforme a la Trade Act of 1974 (Ley de Comercio de 1974) (vea la Publicación 525).

Línea 24f

Anote las aportaciones a planes de pensión conforme a la sección 501(c)(18)(D) (vea la Publicación 525).

Línea 24g

Anote las aportaciones hechas por ciertos capellanes a planes conforme a la sección 403(b) (vea la Publicación 517).

Línea 24h

Anote los honorarios de abogados y costos judiciales relacionados con acciones

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Instrucciones para el Anexo 2
Impuestos Adicionales
Instrucciones Generales

Use el Anexo 2 si tiene impuestos adicionales que no pueden ser anotados directamente en el Formulario 1040, 1040-SR o 1040-NR.

Incluya la cantidad de la línea 3 del Anexo 2 en el total de la línea 17 del Formulario 1040, 1040-SR o 1040-NR.

Anote la cantidad de la línea 21 del Anexo 2 en la línea 23 del Formulario 1040 o 1040-SR o en la línea 23b del Formulario 1040-NR.

Instrucciones Específicas

Línea 1a a 1z

Adiciones al Impuesto

Línea 1a. Reintegro del excedente del crédito tributario de prima de seguro médico pagado por adelantado. El crédito tributario de prima de seguro médico ayuda a pagar las primas de seguro médico que se compra del Mercado de Seguros Médicos. Las personas elegibles pueden tener pagos por adelantado del crédito tributario de prima de seguro médico que fueron pagados en su nombre directamente a la compañía de seguros. Si usted, su cónyuge con el cual usted presenta una declaración conjunta o su dependiente estaban inscritos en cobertura comprada del Mercado de Seguros Médicos y se efectuaron pagos por adelantado del crédito tributario de prima de seguro médico para la cobertura, complete el Formulario 8962 para conciliar (comparar) los pagos por adelantado con su crédito tributario de prima de seguro médico. Usted (o quien lo haya inscrito) debió haber recibido el Formulario 1095-A de parte del Mercado de Seguros Médicos con la información sobre su cobertura y todo pago por adelantado del crédito. Si la cantidad de los pagos por adelantado del crédito es mayor que el crédito tributario de prima de seguro médico que usted puede reclamar, la cantidad que usted debe reintegrar se indicará en la línea 29 del Formulario 8962. Anote la cantidad, si alguna, en la línea 1a.

Quizás usted tenga que reintegrar el exceso de los pagos por adelantado del crédito tributario de prima de seguro médico aun si otra persona lo inscribió a usted, su cónyuge o su dependiente en la cobertura del Mercado de Seguros Médicos. En tal caso, otra persona pudo haber recibido el Formulario 1095-A para dicha cobertura. Quizás también tenga que pagar el exceso de los pagos por adelantado del crédito tributario de prima de seguro médico si usted inscribió a una persona en cobertura a través del Mercado de Seguros Médicos, usted no reclama a esa persona como dependiente en su declaración y nadie más reclama a esa persona como dependiente. Para más información, vea las Instrucciones para el Formulario 8962.

Línea 1b. Reintegro de (de los) crédito(s) por vehículos limpios nuevos de la Parte II del Anexo A (Formulario 8936). Si usted compró un vehículo limpio nuevo de un concesionario registrado y redujo la cantidad que usted pagó en el momento de la venta transfiriendo el crédito al concesionario; puede que tenga que reintegrar la cantidad del crédito que transfirió si ya no cumple con los requisitos. Si usted completó la Parte II del Anexo A (Formulario 8936) y usted:

• Marcó el recuadro "Sí" en la línea 8a o 8d de la Parte II; y
• Marcó el recuadro "Sí" en la línea 4a de la Parte I;

Entonces, anote la cantidad de la línea 4a de la Parte I en la línea 1b del Anexo 2.

Si usted completó más de una Parte II del Anexo A (Formulario 8936), y usted necesita declarar la cantidad de más de una Parte II del Anexo A (Formulario 8936), anote el total de esas cantidades en la línea 1b.

Línea 1c. Reintegro del (de los) crédito(s) por vehículos limpios de segunda mano de la Parte IV del Anexo A (Formulario 8936). Si usted compró un vehículo limpio de segunda mano de un concesionario registrado y redujo la cantidad que usted pagó en el momento de la venta transfiriendo el crédito al concesionario; puede que tenga que reintegrar la cantidad del crédito que transfirió si ya no cumple con los requisitos. Si usted completó la Parte IV del Anexo A (Formulario 8936) y usted:

• Marcó el recuadro "Sí" en la línea 13a o 13c de la Parte IV; y
• Marcó el recuadro "Sí" en la línea 4a de la Parte I;

Entonces, anote la cantidad de la línea 4a de la Parte I en la línea 1c del Anexo 2.

Si usted completó más de una Parte IV del Anexo A (Formulario 8936), y usted necesita declarar la cantidad de más de una Parte IV del Anexo A (Formulario 8936), anote el total de esas cantidades en la línea 1c.

Línea 1d. Recuperación de la elección de pago electivo (EPE) neta. Anote cualquier cantidad de la recuperación de la elección de pago electivo (EPE, por sus siglas en inglés) neta de la columna (l) de la línea 2a del Formulario 4255, Certain Credit Recapture, Excessive Payments, and Penalties (Recuperación de ciertos créditos, pagos excesivos y multas).

Línea 1e. Pagos excesivos (EP) de la columna (n) del Formulario 4255. Si usted declaró una cantidad en la columna (n) de las líneas 1a, 1c, 1d y/o 2a del Formulario 4255, marque el recuadro correspondiente y anote la cantidad en la línea 1e. Si usted marcó más de un recuadro, anote la cantidad total en la línea 1e.

Línea 1f. El 20% de los pagos excesivos de la columna (o) del Formulario 4255. Si la columna (o) de las líneas 1a, 1c, 1d y/o 2a del Formulario 4255

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incluye un 20% adicional de los pagos excesivos (EP, por sus siglas en inglés) que adeuda (calculado como el 20% del total de los pagos excesivos antes de calcular el 20% de los pagos excesivos), marque el recuadro correspondiente y anote la cantidad incluida del 20% de los pagos excesivos en la línea 1f. Anote sólo el 20% de los pagos excesivos de la columna (o) en la línea 1f. Si marcó más de un recuadro, anote el total de las cantidades del 20% de pagos excesivos de cada recuadro en la línea 1f. Cualquier otra cantidad de los pagos excesivos declarada en la columna (o) de las líneas 1a, 1c, 1d y/o 2a del Formulario 4255 debe ser incluida en la línea 1y. Vea las instrucciones para la línea 1y.

Línea 1y. Otras adiciones al impuesto. Anote las siguientes adiciones al impuesto.

1. Recuperación del crédito por bienes de reabastecimiento de vehículos con combustible alternativo (vea el Formulario 8911). Identifique como "ARPCR".
2. Cualquier elección de pago electivo (EPE) relacionado con el crédito aplicado contra el impuesto proveniente del Formulario 8933 declarado en la columna (k) de la línea 2a del Formulario 4255. Identifique como "EPE8933".
3. Recuperación de cualquier crédito que no sea de la EPE proveniente del Formulario 8933 declarada en la columna (j) de la línea 2a del Formulario 4255. Además, cualquier cantidad atribuible a la recuperación conforme a la sección 6418(g)(3) del Formulario 8933 declarada en la columna (m) de la línea 2a del Formulario 4255. Identifique como "NEPE8933".
4. Cualquier cantidad de la columna (o) del Formulario 4255 que no fue declarada en la línea 1f. Identifique como "EPGEPE".
5. Cualquier cantidad de transferencia de crédito excesivo conforme a la sección 6418(g)(2) declarada en la columna (m) del Formulario 4255. Identifique como "6418(g)(2)".

CONSEJO Para más información sobre pago electivo y la transferibilidad del crédito, acceda a IRS.gov/Credits-Deductions/ElectivePay-and-Transferability-Frequently-Asked-Questions-Transferability.

Línea 2

Impuesto Mínimo Alternativo (AMT)

La cantidad de la exención por el impuesto mínimo alternativo (AMT, por sus siglas en inglés) se aumenta a $85,700 ($133,300 si es casado que presenta una declaración conjunta o es cónyuge sobreviviente que reúne los requisitos; $66,650 si es casado que presenta una declaración por separado). El nivel de ingreso en el cual la exención del AMT comienza a eliminarse gradualmente ha aumentado a $609,350 ($1,218,700 si es casado que presenta una declaración conjunta o es cónyuge sobreviviente que reúne los requisitos).

Si no está seguro de si adeuda el AMT, complete la Hoja de Trabajo para Averiguar si Debe Completar el Formulario 6251.

Excepción. Complete el Formulario 6251 en lugar de usar la hoja de trabajo si usted reclamó o recibió cualquiera de las siguientes partidas:

• Depreciación acelerada.
• Intereses exentos de impuestos de bonos de actividad privada.
• Costos intangibles de perforación (taladrado), circulación, investigación, experimentales o de minería.
• Amortización o agotamiento de las instalaciones de control de la contaminación.
• Ingresos o (pérdidas) de activida-des agrícolas con refugio tributario, actividades pasivas, sociedades colectivas, sociedades anónimas de tipo S o actividades para las cuales usted no está en riesgo.
• Ingresos de contratos a largo plazo no calculados utilizando el método del porcentaje de obra realizada (percentage-of-completion method).
• Gastos por intereses de inversión declarados en el Formulario 4952.
• Deducción de pérdidas netas de operación.
• Ajustes de impuesto mínimo alternativo de un patrimonio, un fideicomiso, una grande sociedad colectiva optante o una cooperativa.
• Exclusión conforme a la sección 1202.
• Acciones procedentes del ejercicio de una opción de compra de acciones con incentivo y no se deshizo de las acciones el mismo año.
• Cualquier crédito general para negocios reclamado en el Formulario 3800 si la línea 6 (en la Parte I) o la línea 25 del Formulario 3800 es más de cero.
• Crédito por vehículo eléctrico calificado.
• Impuesto sobre bienes de reabastecimiento de vehículos con combustible alternativo.
• Crédito por impuesto mínimo del año anterior.
• Crédito por impuestos extranjeros.
• Pérdida neta calificada por desastre y está declarando su deducción estándar en la línea 16 del Anexo A. Vea las Instrucciones para el Formulario 4684 para más información.

Para obtener ayuda relacionada con el impuesto mínimo alternativo, acceda a IRS.gov/AMT y pulse sobre Español.

Línea 5

Impuesto No Declarado del Seguro Social y Medicare del Formulario 4137

Anote el total de todo impuesto proveniente del Formulario 4137.

Si el total de propinas que usted recibió en un mes es $20 o más y usted no declaró la cantidad completa a su empleador, usted tiene que pagar los impuestos del Seguro Social y del Medicare o de la jubilación ferroviaria (RRTA, por sus siglas en inglés) sobre las propinas no declaradas.

No incluya el valor de ninguna propina no monetaria, tal como boletos o pases. Usted no paga impuestos del Seguro Social y del Medicare ni de la jubilación ferroviaria (RRTA) sobre las propinas no monetarias.

Para calcular los impuestos del Seguro Social y del Medicare, use el Formulario 4137. Si adeuda impuesto de la RRTA, comuníquese con su empleador. Su empleador calculará y recaudará el impuesto de la RRTA.

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Hoja de Trabajo para Averiguar si Debe Completar el Formulario 6251 -Línea 2 del Anexo 2

Antes de comenzar: Asegúrese de haber leído la Excepción que aparece en las instrucciones para esta línea para saber si usted tiene que completar el Formulario 6251 en lugar de usar esta hoja de trabajo.

1. ¿Está presentando el Anexo A? ----
-- No. Omita las líneas 1 y 2; reste la línea 13 del Formulario 1040 o 1040-SR o la línea 13a del Formulario 1040-NR de la línea 11 del Formulario 1040, 1040-SR o 1040-NR, anote el resultado en la línea 3 y pase a la línea 4.
-- Sí. Anote la cantidad de la línea 15 del Formulario 1040, 1040-SR o 1040-NR
2. Anote la cantidad de la línea 7 del Anexo A ----
3. Sume las líneas 1 y 2 ----
4. Anote todo reembolso de impuestos provenientes de las líneas 1 y 8z del Anexo 1 ----
5. Reste la línea 4 de la línea 3 ----
6. Anote la cantidad que aparece a continuación que corresponde a su estado civil para efectos de la declaración:
• Soltero o cabeza de familia: $85,700
• Casado que presenta una declaración conjunta o cónyuge sobreviviente que reúne los requisitos: $133,300
• Casado que presenta una declaración por separado: $66,650
7. ¿Es la cantidad que aparece en la línea 5 mayor que la cantidad que aparece en la línea 6?
-- No. NO SIGA No complete el resto de esta hoja de trabajo. Usted no adeuda el impuesto mínimo alternativo y no necesita completar el Formulario 6251. Deje en blanco la línea 2 del Anexo 2.
-- Sí. Reste la línea 6 de la línea 5
8. Anote la cantidad que aparece a continuación que corresponde a su estado civil para efectos de la declaración:
• Soltero o cabeza de familia: $609,350
• Casado que presenta una declaración conjunta o cónyuge sobreviviente que reúne los requisitos: $1,218,700
• Casado que presenta una declaración por separado: $609,350
9. ¿Es la cantidad de la línea 5 mayor que la cantidad de la línea 8?
-- No. Anote "-0-". Omita la línea 10. Anote en la línea 11 la cantidad de la línea 7 y pase a la línea 12.
-- Sí. Reste la línea 8 de la línea 5
10. Multiplique la línea 9 por el 25% (0.25) y anote la cantidad que sea menor entre este resultado o la línea 6 ----
11. Sume las líneas 7 y 10 ----
12. ¿Es la cantidad de la línea 11 mayor que $232,600 ($116,300 si es casado que presenta una declaración por separado)?
-- Sí. NO SIGA Complete el Formulario 6251 para saber si usted adeuda el impuesto mínimo alternativo.
-- No. Multiplique la línea 11 por el 26% (0.26)
13. Sume la línea 16 del Formulario 1040, 1040-SR o 1040-NR (menos todo impuesto proveniente del Formulario 4972) y la línea 1z del Anexo 2. (Si usó el Anexo J para calcular su impuesto en el espacio para anotar en la línea 16 del Formulario 1040, 1040-SR o 1040-NR, calcule el impuesto nuevamente sin usar el Anexo J antes de incluirlo en este cálculo) ----

Siguiente. ¿Es la cantidad de la línea 12 mayor que la cantidad de la línea 13?

-- Sí. Complete el Formulario 6251 para saber si usted adeuda impuesto mínimo alternativo.
-- No. Usted no adeuda el impuesto mínimo alternativo y no necesita completar el Formulario 6251. Deje en blanco la línea 2 del Anexo 2.

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¡PRECAUCIÓN! Se le puede imponer una multa equivalente al 50% de los impuestos del Seguro Social y del Medicare o de la RRTA sobre las propinas que usted recibió pero que no le declaró a su empleador.

Línea 6
Impuesto No Recaudado del Seguro Social y Medicare del Formulario 8919

Anote el total de todo impuesto proveniente del Formulario 8919.

Si usted es un empleado que recibió salarios de un empleador que no le retuvo los impuestos del Seguro Social y del Medicare de sus salarios, use el Formulario 8919 para calcular su parte del impuesto no declarado. Incluya en la línea 6 la cantidad de la línea 13 del Formulario 8919. Incluya la cantidad de la línea 6 del Formulario 8919 en la línea 1g del Formulario 1040 o 1040-SR.

Línea 8

Impuesto Adicional sobre Arreglos IRA, Otros Planes Calificados de Jubilación, Etcétera

Si cualquiera de las situaciones siguientes le aplica a usted, vea el Formulario 5329 y sus instrucciones para saber si usted adeuda este impuesto y si tiene que presentar el Formulario 5329. Vea también el Formulario 5329 y sus instrucciones para saber las definiciones de los términos que se emplean aquí.

1. Usted recibió una distribución prematura de (a) un IRA u otro plan para la jubilación calificado, (b) una anualidad o (c) un contrato de dotación modificado que entró en vigor después del 20 de junio de 1988, y la distribución total no se reinvirtió.
2. Se hicieron aportaciones en exceso a su IRA, cuenta de ahorros Coverdell para la educación (conocida en inglés como Coverdell ESA), cuenta Archer MSA, cuenta de ahorros médicos (HSA, por sus siglas en inglés) o cuenta ABLE.
3. Usted recibió una distribución tributable proveniente de una Coverdell ESA, un programa para la matrícula calificado o una cuenta ABLE.
4. Usted no tomó la distribución mínima requerida de su IRA u otro plan para la jubilación calificado para el 1 de abril del año siguiente al año en que usted alcanzó los 73 años de edad.

Excepción. Si sólo la partida (1) le aplica y el código de distribución 1 se muestra correctamente en la casilla 7 de todos sus Formularios 1099-R, usted no tiene que presentar el Formulario 5329. En su lugar, multiplique la cantidad tributable de la distribución por el 10% (0.10) y anote el resultado en la línea 8. La cantidad tributable de la distribución es la parte de la distribución que usted declaró en la línea 4b o 5b del Formulario 1040, 1040-SR o 1040-NR, o en el Formulario 4972. Marque también el recuadro de la línea 8 para indicar que usted no tiene que presentar el Formulario 5329. Pero usted tiene que presentar el Formulario 5329 si el código de distribución 1 aparece incorrectamente en la casilla 7 del Formulario 1099-R o usted reúne los requisitos para una excepción, tal como las excepciones por gastos médicos calificados, gastos de educación superior calificados, distribuciones para compradores de primera vivienda calificadas o una distribución para miembros de la reserva militar calificada.

Línea 9

Impuestos sobre el Empleo de Empleados Domésticos

Anote los impuestos sobre la nómina por empleados domésticos que usted adeuda por tener un empleado doméstico. Si le corresponde una de las siguientes situaciones, vea el Anexo H y sus instrucciones para saber si adeuda estos impuestos:

1. Usted le pagó a un empleado doméstico (definido a continuación) salarios en efectivo de $2,700 o más en 2024. Los "salarios en efectivo" incluyen salarios pagados por cheque, giros, etcétera. Pero no cuente cantidades pagadas a un empleado que tenía menos de 18 años de edad en cualquier momento de 2024 y era estudiante.
2. Usted retuvo impuesto federal sobre el ingreso durante 2024 a solicitud del empleado doméstico.
3. Usted pagó un total de $1,000 o más por concepto de salarios en efectivo a empleados domésticos en cualquier trimestre natural del año 2023 o 2024.

Una persona que desempeña trabajo doméstico es un empleado doméstico si usted puede controlar lo que se va a hacer y cómo se va a hacer. El "trabajo doméstico" incluye trabajo que se hace en o alrededor de su hogar por niñeras, nanas, asistentes de salud, amas de llave, jardineros y otros trabajadores domésticos similares.

Línea 10

Reintegro del Crédito Tributario para Comprador de Primera Vivienda

Anote la cantidad del crédito tributario para comprador de primera vivienda que usted tiene que reintegrar si usted compró la vivienda en 2008.

Si compró la vivienda en 2008 y fue el dueño y la usó como su vivienda principal por todo 2024, puede anotar su reintegro de 2024 en esta línea sin adjuntar el Formulario 5405.

Vea las Instrucciones para el Formulario 5405 para detalles y para excepciones a la regla de los reintegros.

¡PRECAUCIÓN! El período de reintegro del crédito tributario de 15 años para comprador de primera vivienda para viviendas compradas en 2008, comenzó con su declaración de impuestos de 2010 y termina con su declaración de impuestos de 2024.

Línea 11

Impuesto Adicional del Medicare

Vea el Formulario 8959 y sus instrucciones si el total de sus salarios y todo ingreso del trabajo por cuenta propia de 2024 era mayor que:

• $125,000 si es casado que presenta una declaración por separado;
• $250,000 si es casado que presenta una declaración conjunta; o
• $200,000 si es soltero, cabeza de familia o cónyuge sobreviviente que reúne los requisitos.

Vea también el Formulario 8959 si tiene compensación sujeta al impuesto de la jubilación ferroviaria (RRTA, por sus siglas en inglés) que era mayor que la cantidad recién listada que le corresponde a usted.

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Si usted es casado que presenta una declaración conjunta y usted o su cónyuge tuvieron salarios o compensación sujeta al impuesto de la RRTA mayor que $200,000, su empleador pudo haber retenido el Impuesto Adicional del Medicare aun si usted no adeuda el impuesto. En ese caso, es posible que pueda obtener un reembolso del impuesto retenido. Vea las Instrucciones para el Formulario 8959 para saber cómo declarar el impuesto retenido en el Formulario 8959.

Línea 12

Impuesto sobre los Ingresos Netos de Inversión (NIIT)

Vea el Formulario 8960 y sus instrucciones si la cantidad en la línea 11 del Formulario 1040, 1040-SR o 1040-NR es mayor que:

• $125,000 si es casado que presenta una declaración por separado;
• $250,000 si es casado que presenta una declaración conjunta o cónyuge sobreviviente que reúne los requisitos; o
• $200,000 si es soltero o cabeza de familia.

Si presenta el Formulario 2555, vea el Formulario 8960 y sus instrucciones si la cantidad en la línea 11 del Formulario 1040, 1040-SR o 1040-NR es mayor que:

• $0 si es casado que presenta una declaración por separado;
• $123,500 si es casado que presenta una declaración conjunta o cónyuge sobreviviente que reúne los requisitos; o
• $73,500 si es soltero o cabeza de familia.

Línea 13

Impuestos del Seguro Social y del Medicare o de la RRTA No Recaudados sobre Propinas o el Seguro de Vida Colectivo a Término

Este impuesto debe aparecer en la casilla 12 del Formulario W-2 con los códigos A y B o M y N.

Línea 14

Interés sobre el Impuesto Adeudado sobre el Ingreso a Plazos Proveniente de la Venta de Ciertos Lotes Residenciales y Multipropiedades

Anote el interés sobre el impuesto adeudado sobre el ingreso a plazos proveniente de la venta de ciertos lotes residenciales y multipropiedades conforme con la sección 453(l)(3).

Línea 15

Interés sobre el Impuesto Diferido sobre la Ganancia de Ciertas Ventas a Plazos con un Precio de Venta Mayor que $150,000

Anote el interés sobre el impuesto diferido sobre la ganancia de ciertas ventas a plazos con un precio de venta mayor que $150,000 conforme con la sección 453A(c).

Línea 16

Recuperación del Crédito por Vivienda para Personas de Bajos Ingresos

Anote la cantidad de la línea 14 del Formulario 8611.

Líneas 17a a 17z

Otros Impuestos Adicionales

Línea 17a. Recuperación de los siguientes créditos:

1. Las cantidades provenientes de la columna (j), de las líneas 1b y 1j del Formulario 4255; y las cantidades de las Partes II y VII del Formulario 3468 que se declaran en la línea 1z del Formulario 4255. Identifique como "3468".
2. Recuperación que no sea de la EPE aplicada contra el impuesto proveniente de la Parte IV del Formulario 3468 declarada en la columna (j), en la línea 1d del Formulario 4255. Identifique como "NEPE3458".
3. Crédito por mercados nuevos (vea el Formulario 8874, New Markets Credit (Crédito por mercados nuevos)). Identifique como "NMCR".
4. Crédito por instalaciones de cuidado infantil proporcionadas por el empleador (vea el Formulario 8882, Credit for Employer-Provided Childcare Facilities and Services (Crédito por instalaciones y servicios de cuidado infantil proporcionados por el empleador)). Identifique como "ECCFR".
5. Cualquier cantidad atribuible a la recuperación conforme a la sección 6418(g)(3) de la columna (m) del Formulario 4255. Identifique como "6418(g)(3)".

Línea 17b. Si usted vendió su casa en 2024 y fue financiada (completamente o en parte) de las ganancias de un bono hipotecario calificado exento de impuesto o usted reclamó el crédito por intereses hipotecarios, usted pudiese adeudar un impuesto de recuperación del subsidio hipotecario. Vea el Formulario 8828, Recapture of Federal Mortgage Subsidy (Recuperación del subsidio hipotecario federal).

Línea 17c. Anote cualquier impuesto adicional sobre las distribuciones de una cuenta de ahorros médicos (HSA, por sus siglas en inglés) que usted haya recibido proveniente de la línea 17b del Formulario 8889. Vea la Parte II del Formulario 8889.

Línea 17d. Anote cualquier impuesto adicional sobre una HSA porque usted no permaneció como persona elegible durante el período de prueba proveniente de la línea 21 del Formulario 8889. Vea la Parte III del Formulario 8889.

Línea 17e. Anote cualquier impuesto adicional sobre las distribuciones de una cuenta Archer MSA proveniente de la línea 9b del Formulario 8853. Vea el Formulario 8853.

Línea 17f. Anote cualquier impuesto adicional sobre las distribuciones de una cuenta Medicare Advantage MSA proveniente de la línea 13b del Formulario 8853. Vea el Formulario 8853.

Línea 17g. Anote cualquier impuesto adicional sobre la recuperación de una deducción de una donación caritativa relacionada con un interés fraccionado en un bien mueble tangible. Vea la Publicación 526, Charitable Contributions (Donaciones caritativas), para más información.

Línea 17h. Anote cualquier impuesto adicional sobre el ingreso que usted recibió de un plan de compensación diferida

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no calificado que no cumple con los requisitos de la sección 409A. Este ingreso debe aparecer en la casilla 12 del Formulario W-2 con el código Z o en la casilla 15 del Formulario 1099-MISC. El impuesto es el 20% de la cantidad que se requiere ser incluida en el ingreso más una cantidad por concepto de intereses determinada conforme a la sección 409A(a)(1)(B)(ii). Vea la sección 409A(a)(1)(B) para detalles.

Línea 17i. Anote cualquier impuesto adicional sobre la compensación que usted recibió de un plan de compensación diferida no calificado tal como se describe en la sección 457A si la compensación hubiera sido incluible en su ingreso en un año anterior excepto que la cantidad no se pudo determinar hasta 2024. El impuesto es el 20% de la cantidad que se requiere ser incluida en el ingreso más una cantidad por concepto de intereses determinada conforme a la sección 457A(c)(2). Vea la sección 457A para detalles.

Línea 17j. Anote cualquier impuesto sobre beneficios en exceso conforme a la sección 72(m)(5). Vea la Publicación 560, Retirement Plans for Small Business (Planes de jubilación para pequeños negocios), para más información.

Línea 17k. Si usted recibió un pago de contrato blindado (o golden parachute payments, como se le conoce en inglés) en exceso (EPP, por sus siglas en inglés), tiene que pagar impuesto con tasa del 20% sobre dicho pago. Este impuesto debe aparecer en la casilla 12 del Formulario W-2 con el código K. Si recibió un Formulario 1099-MISC, el impuesto es el 20% del EPP que aparece en la casilla 14 del Formulario 1099-MISC. Anote esta cantidad en la línea 17k.

Línea 17l. Anote cualquier impuesto sobre la distribución de acumulación de fideicomisos. Vea el Formulario 4970 para más información.

Línea 17m. Anote cualquier impuesto sobre artículos de uso y consumo gravados sobre compensación en acciones a internos de una corporación expatriada. Vea la sección 4985.

Línea 17n. Anote toda cantidad de intereses retroactivos conforme a la sección 167(g) o 460(b). Vea el Formulario 8697 o el Formulario 8866 para más información.

Línea 17o. Anote cualquier impuesto sobre ingresos no directamente relacionados durante cualquier parte del año en que fue extranjero no residente. Vea las Instrucciones para el Formulario 1040-NR para más información.

Línea 17p. Anote toda cantidad de interés proveniente de la línea 16f del Formulario 8621, relacionado con las distribuciones de, y las enajenaciones de, acciones de un fondo establecido conforme a la sección 1291.

Línea 17q. Anote toda cantidad de interés proveniente de la línea 24 del Formulario 8621.

Línea 17z. Use la línea 17z para declarar cualquier otro impuesto que no haya sido declarado en ningún otro lugar de su declaración de impuestos u otros anexos. Anote el tipo y la cantidad del impuesto.

Otros impuestos a ser anotados incluyen lo siguiente:

• Las multas de salario prevaleciente y aprendizaje (PWA, por sus siglas en inglés) del Formulario 4255 para lo siguiente:
1. Columna (p) de la línea 1c del Formulario 7210. Identifique como "PWA7210".
2. Columna (p) de la línea 2a del Formulario 8933. Identifique como "PWA8933".
3. Cualquier cantidad de la columna (p) del Formulario 4255 no declarado en otra parte. Identifique como "NPWA".
• Ajuste del Formulario 8978. Complete la Hoja de Trabajo para el Ajuste Negativo Correspondiente al Formulario 8978 -Anexo 2 (Línea 17z) si usted está presentando el Formulario 8978 y completó la hoja de trabajo en las instrucciones para la línea 6l del Anexo 3 y la cantidad en la línea 3 de esa hoja de trabajo es negativa.

Línea 19

Recuperación de la EPE neta del Formulario 4255

Anote la cantidad de recuperación de la EPE neta reclamada en la columna (l) de la línea 1d del Formulario 4255, relacionado con el crédito de la Parte IV, del Formulario 3468.

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Hoja de Trabajo para el Ajuste Negativo Correspondiente al Formulario 8978 -Anexo 2 (Línea 17z)

Complete esta hoja de trabajo si completó la línea 3 de la Hoja de Trabajo para el Ajuste Negativo Correspondiente al Formulario 8978 en las instrucciones para la línea 6l del Anexo 3.

1. Anote el total de las cantidades de cualquier impuesto conforme al capítulo 1* (aparte de su ajuste negativo del Formulario 8978) declarado en la Parte II del Anexo 2 ----
2. Anote como una cantidad positiva la cantidad negativa de la línea 3 de la Hoja de Trabajo para el Ajuste Negativo Correspondiente al Formulario 8978 en las instrucciones para la línea 6l del Anexo 3 ----
3. ¿Es la cantidad de la línea 1 mayor que la cantidad de la línea 2?
-- Sí. Indique el tipo (anotando "Form 8978 ADJ") y la cantidad de la línea 2 como un número negativo (en paréntesis) en la línea 17z.
-- No. Indique el tipo (anotando "Form 8978 ADJ") y la cantidad de la línea 1 como un número negativo (en paréntesis) en la línea 17z.

Combine esta cantidad con cualquiera de las otras cantidades declaradas en la línea 17z para completar la entrada en el espacio de la línea 17z.

* Los impuestos del capítulo 1 incluyen los impuestos conforme a las secciones 1 a 1400Z-2 del Código de Impuestos Internos, así como ciertas cantidades que el Código trata como impuestos del capítulo 1. Por lo general, esto no incluye las cantidades declaradas en las líneas 4, 7, 9, 11 a 13, 17k a 17m o 17z (a menos que sean impuestos del capítulo 1).

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Instrucciones para el Anexo 3 Créditos y Pagos Adicionales
Instrucciones Generales

Use el Anexo 3 si tiene créditos no reembolsables, que no sean el crédito tributario por hijos o el crédito por otros dependientes, u otros pagos y créditos reembolsables.

Incluya la cantidad de la línea 8 del Anexo 3 en la cantidad de la línea 20 del Formulario 1040, 1040-SR o 1040-NR.

Anote la cantidad de la línea 15 del Anexo 3 en la línea 31 del Formulario 1040, 1040-SR o 1040-NR.

Instrucciones Específicas

Línea 1

Crédito por Impuestos Extranjeros

CONSEJO Si es accionista en una sociedad anónima extranjera controlada y ha hecho una elección conforme a la sección 962, vea las instrucciones para la línea 16 de los Formularios 1040 y 1040-SR, para el crédito por impuestos extranjeros que usted calculó en el Formulario 1118, Foreign Tax Credit-Corporations (Crédito por impuestos extranjeros -sociedades anónimas).

Si pagó impuestos sobre el ingreso a un país extranjero o a un territorio de los EE. UU., es posible que pueda tomar este crédito. Por lo general, tiene que completar y adjuntar el Formulario 1116, Foreign Tax Credit (Crédito por impuestos extranjeros), para hacerlo.

Excepción. No tiene que completar el Formulario 1116 para tomar este crédito si todas las siguientes situaciones le corresponden:

1. Todo su ingreso bruto de fuentes extranjeras provenía de intereses y dividendos y todo ese ingreso y el impuesto extranjero pagado sobre el mismo se le declaró a usted en el Formulario 1099-INT, Formulario 1099-DIV o Anexo K-3 (o un documento sustitutivo).
2. El total de sus impuestos extranjeros no fue mayor que $300 (no más de $600 si es casado que presenta una declaración conjunta).
3. Usted tuvo las acciones o los bonos sobre los que se pagaron los dividendos o los intereses durante al menos 16 días y no estaba obligado a pagar estas cantidades a otra persona.
4. No está presentando el Formulario 4563 o excluyendo ingreso de fuentes dentro de Puerto Rico.
5. Todos sus impuestos extranjeros eran:
a. Legalmente adeudados y no son elegibles para un reembolso o una tasa de impuesto reducida conforme a un tratado tributario y
b. Pagados a países que son reconocidos por los Estados Unidos y no apoyan el terrorismo.

Para más detalles sobre estos requisitos, vea las Instrucciones para el Formulario 1116.

¿Reúne usted todos los cinco requisitos recién listados?

-- Sí. Anote en la línea 1 la cantidad que sea la menor entre (a) el total de sus impuestos extranjeros o (b) el total de las cantidades en la línea 16 del Formulario 1040 o 1040-SR y la línea 1a del Anexo 2.
-- No. Vea el Formulario 1116 para saber si usted puede tomar el crédito y, si puede hacerlo, si tiene que presentar el Formulario 1116.

Línea 2

Crédito por Gastos del Cuidado de Menores y Dependientes

Usted quizás pueda tomar este crédito si, para poder trabajar o buscar trabajo, usted le pagó a otra persona para que cuide a:

• Su hijo calificado que tiene menos de 13 años de edad a quien usted reclama como dependiente suyo,
• Su cónyuge incapacitado o cualquier otra persona incapacitada que no se puede cuidar a sí misma o
• Su hijo a quien no pudo reclamar como dependiente debido a las reglas para Hijos de padres divorciados o separados bajo ¿Quién Reúne los Requisitos para Ser Su Dependiente?, anteriormente.

Para más detalles, vea el Tema Tributario 602 o el Formulario 2441.

Línea 3

Créditos Tributarios por Estudios

Si usted (o su dependiente) pagó gastos calificados en 2024 para usted mismo, su cónyuge o su dependiente para que se matriculara en o asistiera a una institución educativa elegible, quizás pueda tomar un crédito tributario por estudios. Vea el Formulario 8863 para detalles. No obstante, usted no puede tomar un crédito tributario por estudios si le aplica cualquiera de las siguientes situaciones.

• Usted, o su cónyuge si presenta una declaración conjunta, es reclamado como dependiente en la declaración de impuestos de 2024 de otra persona (como sus padres).
• Su estado civil para efectos de la declaración es casado que presenta una declaración por separado.
• La cantidad en la línea 11 del Formulario 1040 o 1040-SR es $90,000 o más ($180,000 o más si es casado que presenta una declaración conjunta).
• Usted, o su cónyuge, fue extranjero no residente durante cualquier parte de 2024, a menos que su estado civil para efectos de la declaración sea casado que presenta una declaración conjunta. Vea, Extranjeros no residentes y extranjeros con doble residencia, anteriormente.

Quizás pueda aumentar un crédito tributario por estudios si el estudiante escoge

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incluir en el ingreso toda o parte de una subvención Pell o ciertas otras becas o subvenciones para realizar investigaciones.

Para más información, vea la Publicación 970; las instrucciones para la línea 29 del Formulario 1040 o 1040-SR; y visite IRS.gov/EdCredit.

Línea 4

Crédito por Aportaciones a Cuentas de Ahorros para la Jubilación (Crédito del Ahorrador)

Usted quizás pueda tomar este crédito si usted, o su cónyuge si presenta una declaración conjunta, hizo (a) aportaciones, que no sean aportaciones de reinversión, a un IRA tradicional o a un Roth IRA; (b) aplazamientos electivos a un plan 401(k) o 403(b) (incluidas las aportaciones designadas como Roth) o a un plan gubernamental conforme a la sección 457(b), SIMPLE IRA o SEP; (c) aportaciones voluntarias de los empleados a un plan de jubilación calificado (incluido el Thrift Savings Plan (Cuenta de ahorros para la jubilación) federal); (d) aportaciones a un plan conforme a la sección 501(c)(18)(D); o (e) aportaciones a una cuenta ABLE hecha por el beneficiario designado, tal como se define en la sección 529A.

Sin embargo, usted no puede tomar el crédito si una de las siguientes situaciones le aplica:

1. La cantidad en la línea 11 del Formulario 1040, 1040-SR o 1040-NR es mayor que $38,250 ($57,375 si es cabeza de familia; $76,500 si es casado que presenta una declaración conjunta).
2. La persona (o personas) que hizo la aportación calificada o el aplazamiento electivo (a) nació después del 1 de enero de 2007; (b) es reclamado como dependiente en la declaración de impuestos de 2024 de otra persona o (c) era un estudiante (que se define a continuación).

Usted era un "estudiante" si durante una parte de cualesquier 5 meses naturales de 2024 usted:

• Estaba matriculado como estudiante a tiempo completo en una escuela; o
• Tomó un curso de capacitación agropecuaria en el terreno a tiempo completo ofrecido por una escuela o por una agencia de un gobierno estatal, de un condado o local.

Una "escuela" incluye una escuela politécnica, profesional o industrial. Este término no abarca los cursos de capacitación en el empleo, los centros de enseñanza por correspondencia o las escuelas que ofrecen cursos sólo por Internet.

Para más detalles, vea el Tema Tributario 610 o el Formulario 8880.

Línea 5

Créditos por Energía de la Propiedad Residencial

Línea 5a -Crédito por energía limpia residencial. Si usted hizo mejoras de ahorro energético a una o más viviendas que usted utilizó como residencia durante 2024, usted quizás pueda tomar el crédito por energía limpia residencial. Para más información, vea el Formulario 5695 y sus instrucciones.

Línea 5b -Crédito por mejoras energéticamente eficientes al hogar. Si usted hizo mejoras energéticamente eficientes calificadas a su vivienda principal ubicada en los Estados Unidos en 2024, usted quizás pueda tomar el crédito por mejoras energéticamente eficientes al hogar. Para más información, vea el Formulario 5695 y sus instrucciones.

Condominios y cooperativas. Si usted es miembro de una asociación de administración de condominios para un condominio de su propiedad o es un inquilino-accionista de una sociedad anónima de cooperativa de vivienda, a usted se le considera como si hubiera pagado su parte proporcional de los costos de dicha asociación o sociedad anónima para propósitos de estos créditos.

Más detalles. Para detalles, vea el Formulario 5695.

Líneas 6a a 6z

Otros Créditos No Reembolsables

Línea 6a. El crédito general para negocios consiste de varios créditos que normalmente le corresponden sólo a personas que son socios, accionistas en una sociedad anónima de tipo S, que trabajan por cuenta propia o que tienen bienes de alquiler. Vea el Formulario 3800 o la Publicación 334.

¡PRECAUCIÓN! La cantidad de la elección de pago electivo neta de la columna (j) en la línea 6 de la Parte III del Formulario 3800 se declara en la línea 13c del Anexo 3.

Línea 6b. Anote cualquier crédito por impuesto mínimo de años anteriores. Vea el Formulario 8801.

Línea 6c. Usted quizás pueda tomar el crédito por adopción si pagó gastos para adoptar a un hijo o si adoptó a un hijo con necesidades especiales y la adopción se finalizó en 2024. Vea las Instrucciones para el Formulario 8839.

Línea 6d. Anote cualquier crédito para ancianos o personas incapacitadas. Vea el Anexo R.

Línea 6e. La línea 6e ha sido reservada para uso futuro.

Línea 6f. Anote la parte de uso personal de cualquier crédito por vehículos limpios. Vea la Parte III del Formulario 8936.

Línea 6g. Anote cualquier crédito por intereses hipotecarios si un gobierno estatal o local le dio a usted un certificado de crédito hipotecario. Vea el Formulario 8396.

Línea 6h. Usted no puede reclamar el crédito tributario para comprador de primera vivienda en el Distrito de Columbia para una vivienda que usted compró después de 2011. Usted puede reclamarlo sólo si usted tiene un crédito que se ha transferido del año 2023. Vea el Formulario 8859.

Línea 6i. Anote cualquier crédito por vehículos eléctricos calificados. No puede reclamar este crédito por un vehículo puesto en servicio después de 2006. Usted puede reclamar este crédito sólo si tiene un crédito por actividad pasiva de un vehículo eléctrico que se ha transferido de un año anterior. Vea el Formulario 8834.

Línea 6j. Anote cualquier crédito por bienes de reabastecimiento de vehículos con combustible alternativo. Vea el Formulario 8911.

Línea 6k. Anote cualquier crédito para titulares de bonos de crédito tributario. Vea el Formulario 8912.

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Línea 6l. Anote la cantidad de la línea 14 del Formulario 8978 (relacionada con la deuda de un socio como resultado de una auditoría de la declaración de impuestos conforme a la sección 6226). Si la cantidad en la línea 14 del Formulario 8978 es negativa, complete la Hoja de Trabajo para el Ajuste Negativo Correspondiente al Formulario 8978 -Anexo 3 (Línea 6l) para calcular la cantidad a anotar en la línea 6l. Si la cantidad de la línea 14 del Formulario 8978 es positiva, vea las instrucciones para la línea 16 del Formulario 1040 o 1040-SR.

Línea 6m. Anote cualquier crédito por vehículos limpios de segunda mano. Vea la Parte IV del Formulario 8936.

Línea 6z. Otros créditos no reembolsables. Use la línea 6z para declarar cualesquier créditos no reembolsables que no hayan sido declarados en ninguna otra parte de su declaración de impuestos u otros anexos. Anote el tipo y la cantidad del crédito.

Línea 9

Crédito Tributario de Prima de Seguro Médico Neto

El crédito tributario de prima de seguro médico ayuda a pagar por el seguro médico que se compra por medio del Mercado de Seguros Médicos. Usted puede ser elegible para reclamar el crédito tributario por prima de seguro médico si usted, su cónyuge o un dependiente se inscribieron en un seguro médico por medio del Mercado de Seguros Médicos. Las personas elegibles pueden tener pagos por adelantado del crédito tributario de prima de seguro médico que fueron pagados en su nombre directamente a la compañía de seguros. Usted (o quien lo haya inscrito) debió haber recibido el Formulario 1095-A de parte del Mercado de Seguros Médicos con la información sobre su cobertura y todo pago por adelantado del crédito. Complete el Formulario 8962 para determinar la cantidad de su crédito tributario de prima de seguro médico, si alguna. Si el crédito tributario de prima de seguro médico que usted puede reclamar excede sus pagos por adelantado del crédito, su crédito tributario de prima de seguro médico neto aparecerá en la línea 26 del Formulario 8962. Anote esa cantidad, si alguna, en la línea 9. Para más información, vea las Instrucciones para el Formulario 8962.

Línea 10

Cantidad Pagada con Solicitud de Prórroga para Presentar

Si obtuvo una prórroga automática del plazo para presentar el Formulario 1040, 1040-SR o 1040-NR presentando el Formulario 4868 o efectuando un pago, anote la cantidad del pago o de cualquier cantidad que usted pagó con el Formulario 4868. Si pagó algún cargo al efectuar su pago, no incluya en la línea 10 el cargo que se le cobró. Incluya también toda cantidad que pagó con el Formulario 2350.

Línea 11

Impuestos del Seguro Social y del RRTA de Nivel 1 Retenidos en Exceso

Si usted, o su cónyuge si presenta una declaración conjunta, tuvo más de un empleador en 2024 y el total de los salarios era mayor que $168,600, se le pudo haber retenido demasiado impuesto del Seguro Social o del nivel 1 de la jubilación ferroviaria (RRTA tier 1). Puede tomar un crédito en esta línea por la cantidad retenida en exceso de $10,453.20. Pero si uno de los empleadores retuvo más de $10,453.20, usted no puede reclamar el excedente en su declaración. El empleador debe ajustar el impuesto por usted. Si el empleador no ajusta la recaudación excesiva, usted puede presentar una reclamación de reembolso por medio del Formulario 843. Calcule esta cantidad por separado para usted y para su cónyuge.

No puede reclamar un reembolso por el impuesto del nivel 2 de la jubilación ferroviaria (RRTA tier 2) que se le retuvo en exceso en el Formulario 1040, 1040-SR o 1040-NR. En su lugar, use el Formulario 843.

Línea 12

Crédito por Impuestos Federales sobre Combustibles

Anote todo crédito por impuestos federales sobre artículos de uso y consumo pagados por combustibles utilizados en última instancia para un propósito no tributable (por ejemplo, un uso comercial fuera de las carreteras públicas). Adjunte el Formulario 4136.

Líneas 13a a 13z
Otros Pagos y Créditos Reembolsables

Línea 13b

Si reclama un crédito por reintegro de las cantidades que incluyó en su ingreso en un año anterior porque parecía que tenía derecho a los ingresos, anote la cantidad en la línea 13b. Vea la Publicación 525 para detalles sobre este crédito.

Hoja de Trabajo para el Ajuste Negativo Correspondiente al Formulario 8978 -Anexo 3 (Línea 6l)

Complete esta hoja de trabajo si la cantidad en la línea 14 del Formulario 8978 es negativa.

1. Anote la cantidad de la línea 18 del Formulario 1040 o 1040-SR ----
2. Anote como un número positivo la cantidad negativa de la línea 14 del Formulario 8978 ----
3. ¿Es la cantidad de la línea 1 igual a o mayor que la cantidad en la línea 2? ----
-- Sí. Anote la cantidad de la línea 2 en la línea 6l.
-- No. Anote la cantidad de la línea 1 en la línea 6l y reste la cantidad de la línea 2 de la línea 1*

* Use esta cantidad para completar la Hoja de Trabajo para el Ajuste Negativo Correspondiente al Formulario 8978 en las instrucciones para la línea 17z del Anexo 2.

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Línea 13c

Anote cualquier cantidad de la elección de pago electivo neta de la columna (j) en la línea 6 de la Parte III del Formulario 3800.

Línea 13d

Si optó por pagar en plazos su responsabilidad tributaria conforme a la sección 965 neta, declare la cantidad diferida en la línea 13d. Anote la cantidad de la responsabilidad tributaria conforme a la sección 965 neta restante a ser pagada en los años futuros.

Línea 13z

Otros créditos reembolsables. Use la línea 13z para declarar el crédito conforme a la sección 960(c) con respecto a una cuenta de exceso de limitación. Si un aumento en la limitación conforme a la sección 960(c) es más que su impuesto sobre el ingreso de los EE. UU. declarado en la línea 20 de la Parte III del Formulario 1116, la cantidad del exceso se considera un pago en exceso de impuesto y puede ser reclamado como crédito reembolsable en la línea 13z. Vea la sección 960(c)(5). Anote "960(c)" y la cantidad del crédito. Vea la sección 960(c) para más información sobre las circunstancias bajo las cuales surge un exceso en la limitación. También vea las instrucciones de la línea 22 de la Parte III del Formulario 1116 para su aumento en la limitación.

También use la línea 13z para declarar la cantidad de impuestos estadounidenses asignables a las Islas Vírgenes Estadounidenses. Anote "Form 8689" (Formulario 8689) y la cantidad pagada.

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Temas Tributarios

Usted puede leer estos Temas Tributarios en IRS.gov/TemasTributarios.

Lista de Temas Tributarios

Todos los temas también están disponibles en español e inglés (y la mayoría de los temas están disponibles en chino, coreano, vietnamita y ruso).

Ayuda disponible del IRS

Núm. de tema; Tema column headings on next two pages
101; Servicios del IRS -Asistencia tributaria por voluntarios, programas de alcance a la comunidad y robo de identidad
102; Ayuda tributaria para personas con incapacidades
103; Ayuda tributaria para pequeños negocios y personas que trabajan por cuenta propia
104; El Servicio del Defensor del Contribuyente -Su voz ante el IRS
105; Información tributaria para las Fuerzas Armadas
107; Alivio tributario en situaciones de desastre

Procedimientos del IRS

151 Sus derechos de apelación
154; Formulario W-2 y Formulario 1099-R (Qué hacer si está incorrecto o si no se recibe)
155; Cómo solicitar formularios y publicaciones
156; Cómo obtener una copia o transcripción de su declaración de impuestos
157; Cómo notificar al IRS sobre el cambio de dirección
158; Cómo asegurar que sus pagos se acrediten como es debido
159; Cómo obtener una transcripción de los salarios e ingresos o copia del Formulario W-2
161; Cómo devolver un reembolso erróneo -Cheque impreso o depósito directo

Cobro

201; El proceso de cobro
202; Opciones para el pago de impuestos
203; Reducción en el reembolso
204; Ofrecimiento de transacción
206; Pagos rechazados por el banco

Métodos alternos de presentación

253; Formularios tributarios sustitutos
254; Cómo elegir a un preparador de impuestos
255; Cómo firmar la declaración de impuestos electrónicamente

Información general

301; Cuándo, cómo y dónde presentar la declaración de impuestos
303; Listado de verificación de errores comunes al preparar su declaración de impuestos
304; Prórrogas de plazo para presentar la declaración de impuestos
305; Mantenimiento de registros
306; Multa por pago insuficiente del impuesto estimado
307; Retención adicional del impuesto sobre intereses y ciertos dividendos
308; Declaraciones enmendadas
309; Aportaciones a un IRA Roth
310; Cuentas de ahorro para la educación Coverdell
311; Información sobre el poder legal
312; Autorización para la divulgación
313; Programas de matrícula calificados (QTP)

Qué formularios debe presentar

356; Personas fallecidas

Tipos de ingresos

401; Salarios y sueldos
403; Intereses recibidos
404; Dividendos
407; Ingreso de negocios
409; Ganancias y pérdidas de capital
410; Pensiones y anualidades
411; Pensiones -La regla general y el método simplificado
412; Distribuciones de sumas globales
413; Reinversiones de planes de jubilación
414; Ingresos y gastos de alquiler
415; Alquiler de propiedades residenciales y vacacionales
416; Ingreso agropecuario y de pesca
417; Ingresos del clero
418; Compensación por desempleo
419; Ingresos y pérdidas de juegos de azar
420; Ingreso resultante de trueque
421; Becas, becas para investigaciones y otras subvenciones
423; Beneficios del Seguro Social y de la jubilación ferroviaria
424; Planes 401(k)
425; Actividades pasivas: Pérdidas y créditos
427; Opciones de compra de acciones
429; Comerciantes de valores bursátiles (Información para las personas que presentan el Formulario 1040 o 1040-SR)
430; Recibo de acciones debido a una desmutualización
431; Cancelación de deuda -¿Es tributable o no?
432; Formulario 1099-A (Adquisición o abandono de propiedad garantizada) y el Formulario 1099-C (Cancelación de deuda)

Ajustes al ingreso

451; Planes personales de ahorro para la jubilación (IRA)
452; Pensión para el cónyuge divorciado y manutención por separación
453; Deducción por deudas incobrables
455; Gastos de mudanza para miembros de las Fuerzas Armadas
456; Deducción de intereses sobre préstamos estudiantiles
458; Deducción de gastos de educador

Deducciones detalladas

501; ¿Debo detallar mis deducciones?
502; Gastos médicos y dentales
503; Impuestos deducibles
504; Puntos de préstamos hipotecarios
505; Gastos de intereses
506; Donaciones caritativas
509; Uso comercial del hogar
510; Uso del automóvil para fines de negocio
511; Gastos comerciales por viajes
513; Gastos de educación relacionados con el trabajo
515; Pérdidas por hechos fortuitos, desastres y robos

Cálculo del impuesto

551; Deducción estándar
552; Impuestos y créditos calculados por el IRS
553; Impuestos sobre inversiones y otros ingresos no devengados de hijos menores de edad
554; Impuesto sobre el trabajo por cuenta propia
556; Impuesto mínimo alternativo
557; Impuesto adicional sobre las distribuciones prematuras de los IRA tradicionales y Roth
558; Impuesto adicional sobre distribuciones prematuras de planes de jubilación que no son IRA

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559; Impuesto sobre el ingreso neto de inversiones
560; Impuesto Adicional de Medicare

Créditos tributarios

601; Crédito por ingreso del trabajo
602; Crédito por gastos de cuidado de hijos menores y dependientes
608; Retención en exceso del impuesto de Seguro Social y de la jubilación ferroviaria (RRTA)
610; Crédito por aportaciones a arreglos de ahorros para la jubilación
611; Reintegro del crédito tributario para compradores de primera vivienda
612; Crédito tributario de prima

Avisos del IRS

651; Avisos: qué debe hacer
652; Aviso de ingreso declarado de menos -CP2000
653; Avisos y facturas del IRS, multas y cargos de interés
654; Cómo entender su aviso CP75 o CP75A de solicitud de documentación de respaldo

Base de bienes, depreciación y venta de bienes

701; Venta de su hogar
703; Base de activos
704; Depreciación
705; Ventas a plazos

Información tributaria para el empleador

751; Tasas de retención del Seguro Social y Medicare
752; Presentación de Formularios W-2 y W-3
753; Formulario W-4 -Certificado de Retenciones del Empleado
756; Impuestos sobre la nómina para empleados domésticos
757; Formularios 941 y 944 -Requisitos para depósitos
758; Formulario 941 -Declaración del Impuesto Federal TRIMESTRAL del Empleador y Formulario
759; Formulario 940 -Declaración del Impuesto Federal Anual del Empleador del Impuesto Federal para el Desempleo (FUTA) -Requisitos de presentación y depósito
760; Formulario 943 -Requisitos de presentación y depósito para los empleadores agropecuarios
761; Propinas -retención y declaración
762; Contratista independiente vs. empleado
763; Ley de Cuidado de Salud a Bajo Precio

Declarantes por medios electrónicos -declaraciones informativas de la serie 1099 y declaraciones relacionadas

801; ¿Quién tiene que presentar declaraciones informativas electrónicamente?
802; Cómo solicitar para presentar las declaraciones informativas electrónicamente
803; Exenciones de presentación electrónica y prórrogas de presentación
804; Archivos de prueba del sistema FIRE y programa de presentación combinada federal/estatal (CF/SF)

Información tributaria para residentes y ciudadanos estadounidenses que viven en el extranjero

851; Extranjeros residentes y no residentes
856; Crédito por impuestos extranjeros
857; Número de identificación personal del contribuyente (ITIN)
858; Cumplimiento tributario y autorización de salida para extranjeros que salen de Estados Unidos

Información tributaria para residentes de Puerto Rico

901; ¿Tiene una persona con ingresos de Puerto Rico la obligación de presentar una declaración de impuestos federales sobre los ingresos estadounidenses?
902; Deducciones y créditos para contribuyentes con ingresos de fuentes de Puerto Rico exentos de impuestos estadounidenses
903; Impuestos federales sobre la nómina para empleadores en Puerto Rico

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Aviso sobre la Divulgación, la Ley de Confidencialidad de Información y la Ley de Reducción de Trámites

La IRS Restructuring and Reform Act of 1998 (Ley de Reestructuración y Reforma del Servicio de Impuestos Internos de 1998), la Privacy Act of 1974 (Ley de Confidencialidad de Información de 1974) y la Paperwork Reduction Act of 1980 (Ley de Reducción de Trámites de 1980) requieren que, cuando le solicitemos información, primero le informemos cuál es nuestro derecho legal para solicitar esa información; por qué la estamos solicitando; y cómo se usará la información. También tenemos que decirle lo que podría suceder si no la recibimos y si su respuesta es voluntaria, necesaria para obtener un beneficio u obligatoria conforme a la ley.

Este aviso se aplica a todos los registros y otros materiales (en papel o formato electrónico) que presente ante el IRS, incluida esta declaración de impuestos. También se aplica a cualquier pregunta que necesitemos hacerle para que podamos completar, corregir o tramitar su declaración; calcular su impuesto; y recaudar impuestos, intereses o multas.

Nuestro derecho legal a solicitar información se deriva de las secciones 6001, 6011 y 6012(a) del Código de Impuestos Internos y su reglamento correspondiente. Éstas requieren que usted presente una declaración o documento por todo impuesto por el que sea responsable. Su respuesta es obligatoria conforme a estas secciones. La sección 6109 del Código requiere que usted provea su número de identificación en la declaración. Esto es para que sepamos quién es usted y podamos tramitar su declaración y otros documentos. Usted tiene que completar todas las partes del formulario de impuestos que le correspondan. Pero no es necesario que marque los recuadros del Fondo para la Campaña Electoral Presidencial o del Tercero Autorizado. Tampoco es obligatorio que provea su número de teléfono durante el día o dirección de correo electrónico.

No se le requiere dar la información solicitada en un formulario que esté sujeto a la Ley de Reducción de Trámites a menos que el formulario muestre un número de control válido de la Office of Management and Budget (Oficina de Administración y Presupuesto u OMB, por sus siglas en inglés). Los libros o registros relacionados con un formulario o sus instrucciones tienen que conservarse mientras su contenido pueda ser utilizado en la aplicación de toda ley de impuestos internos.

El IRS solicita la información de la declaración de impuestos para hacer cumplir las leyes tributarias de los Estados Unidos. La necesitamos para calcular y recaudar la cantidad correcta de impuestos.

Si no presenta una declaración, no provee la información que le pedimos o provee información fraudulenta, se le pueden imponer multas o sanciones y estar sujeto a enjuiciamiento penal. También es posible que tengamos que denegar las exenciones, exclusiones, créditos, deducciones o ajustes que se muestran en la declaración de impuestos. Esto puede aumentar el impuesto o retrasar cualquier reembolso. También se pueden cobrar intereses.

Por lo general, las declaraciones de impuestos y la información de las declaraciones de impuestos son confidenciales, como se establece en la sección 6103 del Código. Sin embargo, la sección 6103 del Código permite o requiere que el Servicio de Impuestos Internos divulgue o entregue la información que aparece en su declaración de impuestos a otros como se establece en el Código. Por ejemplo, podemos divulgar su información tributaria al Departamento de Justicia para hacer cumplir las leyes tributarias, tanto civiles como penales, y a ciudades, estados, el Distrito de Columbia y los territorios de los Estados Unidos a fin de ayudarlos en la aplicación de sus leyes tributarias respectivas. Podemos divulgar su información tributaria al Departamento del Tesoro y contratistas para fines de la administración tributaria; y a otras personas según sea necesario para obtener la información necesaria para determinar la cantidad de impuesto que adeuda y cobrarlo. Podemos divulgar su información tributaria al Contralor General de los Estados Unidos para permitirle al Contralor General evaluar al Servicio de Impuestos Internos. Podemos divulgar su información tributaria a los comités del Congreso; a agencias de manutención de menores federales, estatales y locales; y a otras agencias federales con el fin de determinar el derecho a recibir beneficios o para determinar si califica para préstamos y para el reintegro de préstamos. Podemos también divulgar esta información a otros países conforme a un tratado tributario, a las agencias del gobierno federal y estatal para hacer cumplir con las leyes penales federales no tributarias o a agencias federales encargadas de la aplicación de la ley y a agencias federales de inteligencia para combatir el terrorismo.

Por favor mantenga este aviso junto con sus registros. Le puede ayudar si le solicitamos otra información. Si tiene preguntas sobre las reglas para la presentación y facilitación de información, por favor llame al Servicio de Impuestos Internos o visite cualquiera de sus oficinas.

Agradecemos Sus Comentarios sobre los Formularios

El IRS trata de crear formularios e instrucciones que sean fáciles de entender. A menudo, esto es difícil de hacer porque nuestras leyes tributarias son muy complejas. Para algunas personas con ingresos principalmente de salarios, completar los formularios es fácil. Para otros que tienen negocios, pensiones, acciones, ingreso de alquileres u otras inversiones, es más difícil.

Si desea hacer alguna sugerencia que ayude a que estos formularios sean más sencillos, por favor envíenoslas. Puede enviarnos comentarios en la página IRS.gov/FormComments. O nos puede escribir a Internal Revenue Service, Tax Forms and Publications Division, 1111 Constitution Ave. NW, IR-6526, Washington, DC 20224. No envíe su declaración a esta dirección. En vez de eso, vea las direcciones que aparecen al final de estas instrucciones.

Aunque no podemos contestar individualmente a cada comentario que recibimos, agradecemos su opinión y tendremos en cuenta sus comentarios al actualizar nuestros formularios e instrucciones de impuestos.

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Estimados de Carga del Contribuyente

La siguiente tabla muestra estimaciones de carga basadas en los requisitos legales vigentes a partir del 1 de diciembre de 2024, para los contribuyentes que presentan un Formulario 1040 o 1040-SR de 2024. El tiempo invertido y los costos de bolsillo se presentan por separado. La carga de tiempo se desglosa por actividad del contribuyente y el mantenimiento de registros representa el componente más importante. Los costos de bolsillo incluyen todos los gastos incurridos por los contribuyentes para preparar y presentar sus declaraciones de impuestos. Los ejemplos incluyen tarifas de preparación y presentación de declaraciones de impuestos, costos de franqueo y fotocopias, y costos del programa (software) de preparación de declaraciones de impuestos. Aunque estos estimados no incluyen la carga asociada con las actividades posteriores a la presentación, los datos operacionales del IRS indican que las declaraciones preparadas y presentadas electrónicamente tienen menos errores matemáticos, lo que implica una menor carga posterior a la presentación.

Las cargas de tiempo y costos informados son promedios nacionales y no reflejan necesariamente un caso "típico". La mayoría de los contribuyentes experimentan una carga inferior a la carga promedio, y la carga del contribuyente varía considerablemente según el tipo de contribuyente. Por ejemplo, la carga de tiempo promedio estimada para todos los contribuyentes que presentan un Formulario 1040 o 1040-SR es 13 horas, con un costo promedio de $290 por cada declaración. Este promedio incluye todos los formularios y anexos asociados, en todos los métodos de preparación de declaraciones de impuestos y actividades de los contribuyentes.

Dentro de este estimado, existe una variación significativa en la actividad de los contribuyentes. Por ejemplo, se espera que los contribuyentes sin negocios tengan una carga promedio de aproximadamente 8 horas y $160, mientras que se espera que los contribuyentes con negocios tengan una carga promedio de aproximadamente 24 horas y $620. De manera similar, las tarifas de preparación de declaraciones de impuestos y otros costos de bolsillo varían ampliamente dependiendo de la situación tributaria del contribuyente, el tipo de programa (software) o preparador profesional utilizado y la ubicación geográfica.

Para más información sobre la carga del contribuyente, vea la Publicación 5743. Si tiene comentarios acerca del estimado de tiempo y costos que aparece a continuación, puede comunicarse con nosotros en una de las direcciones que aparece bajo Agradecemos Sus Comentarios sobre los Formularios.

Estimados Promedio de Carga del Contribuyente para Personas Físicas por Actividad

Tipo de Contribuyente Todos los contribuyentes
Porcentaje de Declaraciones 100%
Carga Promedio Tiempo Promedio (Horas) Tiempo Total* 13
Carga Promedio Tiempo Promedio (Horas) Mantener los registros 5
Carga Promedio Tiempo Promedio (Horas) Planificación Tributaria 3
Carga Promedio Tiempo Promedio (Horas) Preparar y Enviar el Formulario 4
Carga Promedio Tiempo Promedio (Horas) El Resto 1
Carga Promedio Costo Promedio (Dólares)** $290
Tipo de Contribuyente Sin negocio***
Porcentaje de Declaraciones 71%
Carga Promedio Tiempo Promedio (Horas) Tiempo Total* 8
Carga Promedio Tiempo Promedio (Horas) Mantener los registros 3
Carga Promedio Tiempo Promedio (Horas) Planificación Tributaria 1
Carga Promedio Tiempo Promedio (Horas) Preparar y Enviar el Formulario 3
Carga Promedio Tiempo Promedio (Horas) El Resto 1
Carga Promedio Costo Promedio (Dólares)** 160
Tipo de Contribuyente Con negocio***
Porcentaje de Declaraciones 29%
Carga Promedio Tiempo Promedio (Horas) Tiempo Total* 24
Carga Promedio Tiempo Promedio (Horas) Mantener los registros 11
Carga Promedio Tiempo Promedio (Horas) Planificación Tributaria 5
Carga Promedio Tiempo Promedio (Horas) Preparar y Enviar el Formulario 6
Carga Promedio Tiempo Promedio (Horas) El Resto 2
Carga Promedio Costo Promedio (Dólares)** 620

* Es posible que los detalles no sumen al tiempo total debido al redondeo.

** Dólares redondeados a los $10 más cercanos.

*** Se le considera un declarante (contribuyente) "con negocio" si presenta uno o más de los siguientes con el Formulario 1040 o 1040-SR: el Anexo C, E o F, o el Formulario 2106. Se le considera un declarante (contribuyente) "sin negocio" si no presenta ninguno de esos anexos o formularios con el Formulario 1040 o 1040-SR.

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Categorías Principales de Ingresos y Gastos Federales para el Año Fiscal 2023

Ingresos y Gastos. Estos gráficos circulares muestran los tamaños relativos de las categorías principales de ingresos y gastos federales para el año tributario 2023.

Ingresos

Seguro Social, Medicare y desempleo y otros impuestos de jubilación 26%
Impuestos sobre el ingreso personal 35%
Préstamo para cubrir el déficit 28%
Impuestos sobre el ingreso de sociedades anónimas 7%
Impuestos sobre artículos de uso y consumo, aduaneros, de patrimonio, regalos y misceláneos 4%

Gastos*

Seguro Social, Medicare y otros gastos de jubilación1 39%
Aplicación de la ley y gobierno general 2%
Interés neto de la deuda 11%
Desarollo físico, humano y comunitario3 7%
Defensa nacional, veteranos y asuntos exteriores2 19%
Programas sociales4 23%

* Los números puede que no totalicen al 100% debido al redondeo.

En o antes del primer lunes en febrero de cada año, el Presidente está obligado por ley a presentar al Congreso una propuesta de presupuesto para el año fiscal que comienza el octubre siguiente. El plan presupuestario establece los ingresos, gastos y superávit o déficit propuestos por el Presidente para el gobierno federal. El plan incluye recomendaciones para nueva legislación, así como recomendaciones para cambiar, eliminar y agregar programas. Después de recibir la propuesta del Presidente, el Congreso revisa la propuesta y realiza cambios. Primero aprueba una resolución presupuestaria que establece sus propios objetivos de ingresos, gastos y superávit o déficit. Luego, se promulgan proyectos de ley de gastos e ingresos individuales que se alinean con los objetivos de la resolución presupuestaria.

En el año fiscal 2023 (que comenzó el 1 de octubre de 2022 y finalizó el 30 de septiembre de 2023), los ingresos federales fueron de $4.441 billones y los desembolsos fueron de $6.135 billones, lo que dejó un déficit de $1.694 billones.

Notas para Ciertos Gastos Federales

1. Seguro Social, Medicare y otros gastos de jubilación: Estos programas brindan apoyo a los ingresos para los jubilados y los incapacitados y atención médica para las personas de edad avanzada.
2. Defensa nacional, veteranos y asuntos exteriores: Aproximadamente el 13% de los gastos fueron para equipar, modernizar y pagar a nuestras fuerzas armadas y para financiar actividades de defensa nacional; alrededor del 5% fueron para beneficios y servicios para veteranos; y alrededor del 1% fueron para actividades internacionales, incluida la asistencia militar y económica a países extranjeros y el mantenimiento de embajadas de los Estados Unidos en el exterior.
3. Desarrollo físico, humano y comunitario: Estos gastos se destinaron a la agricultura; recursos naturales; ambiente; transporte; ayudas para la educación primaria y secundaria y asistencia directa a estudiantes universitarios; formación profesional; seguro de depósitos, crédito comercial y de vivienda y desarrollo comunitario; y programas de ciencia en general, energía y del espacio.
4. Programas sociales: Aproximadamente el 17% de los gastos totales fueron para el programa Medicaid, el Programa de asistencia nutricional suplementaria (antes conocido como cupones de alimentos), asistencia temporal para familias necesitadas, seguridad de ingreso suplementario y programas relacionados; y el 6% para la investigación de temas relacionados con la salud y programas de salud pública, compensación por desempleo, vivienda asistida y servicios sociales.

Nota: Los porcentajes que aparecen aquí excluyen recibos de compensación no distribuidos, los cuales fueron de $132 billones en el año fiscal 2023. En el presupuesto, estos ingresos se compensan con los gastos al calcular los totales de desembolso que se muestran anteriormente. Estos recibos corresponden a la participación del gobierno de los Estados Unidos en los programas de jubilación de sus empleados; rentas y regalías en la Plataforma Continental Exterior; y las ganancias que provienen de la venta de bienes.

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Tasas Impositivas de 2024

¡PRECAUCIÓN! Se indican las tasas impositivas para que pueda determinar la tasa impositiva correspondiente a todos los niveles de ingreso tributable. No las utilice para calcular su impuesto. En lugar de esto, vea las instrucciones para la línea 16.

Anexo X -Si su estado civil para efectos de la declaración es Soltero

Si su ingreso tributable es: Mayor de-; Pero no mayor de-; El impuesto es:; de la cantidad mayor de-
$0; $11,600; 10%; $0
11,600; 47,150; $1,160.00 + 12%; 11,600
47,150; 100,525; 5,426.00 + 22%; 47,150
100,525; 191,950; 17,168.50 + 24%; 100,525
191,950; 243,725; 39,110.50 + 32%; 191,950
243,725; 609,350; 55,678.50 + 35%; 243,725
609,350; ----; 183,647.25 + 37%; 609,350

Anexo Y-1 -Si su estado civil para efectos de la declaración es Casado que presenta una declaración conjunta o Cónyuge sobreviviente que reúne los requisitos

Si su ingreso tributable es: Mayor de-; Pero no mayor de-; El impuesto es:; de la cantidad mayor de-
$0; $23,200; 10%; $0
23,200; 94,300; $2,320.00 + 12%; 23,200
94,300; 201,050; 10,852.00 + 22%; 94,300
201,050; 383,900; 34,337.00 + 24%; 201,050
383,900; 487,450; 78,221.00 + 32%; 383,900
487,450; 731,200; 111,357.00 + 35%; 487,450
731,200; ----; 196,669.50 + 37%; 731,200

Anexo Y-2 -Si su estado civil para efectos de la declaración es Casado que presenta una declaración por separado

Si su ingreso tributable es: Mayor de-; Pero no mayor de-; El impuesto es:; de la cantidad mayor de-
$0; $11,600; 10%; $0
11,600; 47,150; $1,160.00 + 12%; 11,600
47,150; 100,525; 5,426.00 + 22%; 47,150
100,525; 191,950; 17,168.50 + 24%; 100,525
191,950; 243,725; 39,110.50 + 32%; 191,950
243,725; 365,600; 55,678.50 + 35%; 243,725
365,600; ----; 98,334.75 + 37%; 365,600

Anexo Z -Si su estado civil para efectos de la declaración es Cabeza de familia

Si su ingreso tributable es: Mayor de-; Pero no mayor de-; El impuesto es:; de la cantidad mayor de-
$0; $16,550; 10%; $0
16,550; 63,100; $1,655.00 + 12%; 16,550
63,100; 100,500; 7,241.00 + 22%; 63,100
100,500; 191,950; 15,469.00 + 24%; 100,500
191,950; 243,700; 37,417.00 + 32%; 191,950
243,700; 609,350; 53,977.00 + 35%; 243,700
609,350; ----; 181,954.50 + 37% 609,350

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Índice de las Instrucciones

A
Activos digitales 18
Acuerdos de manutención múltiple 25
Adiciones al impuesto 111
Ajustes a su reembolso por deudas 66
Ajustes por deudas 66
Alivio del cónyuge inocente 89
Ancianos:
Crédito para 119
Anualidades 33-36
Aplazamientos electivos en exceso 30
Archer MSA 100
Arreglo individual de ahorro para la jubilación (IRA)
Aportaciones a 105, 107
Aportaciones no deducibles a 105-107
Aportaciones no deducibles hechas a 32
Crédito por aportaciones a 119
Distribuciones de 32
Arreglos o planes Roth IRA 32
Artistas 103
Aviso sobre la Divulgación, la Ley de Confidencialidad de Información y la Ley de Reducción de Trámites 124
Ayuda tributaria 91
Ayuda, impuestos 91
B
Beneficios de la jubilación ferroviaria:
Tratado como pensión 34
Tratado como Seguro Social 37
Beneficios del Seguro Social y beneficios equivalentes de la jubilación ferroviaria 37, 38
Beneficios para el cuidado de dependientes 29
C
Cabeza de familia 17
Cambio de dirección 14
Cambio de nombre 14
Cantidad que usted adeuda 69-71
Casos de quiebra, conforme al capítulo 11 28
Ceguera 20, 41
Cómo hacer comentarios sobre formularios 124
Cómo obtener ayuda con los impuestos 91
Compensación por desempleo 98
Condonación de Préstamos del Programa de Protección de Cheques de Pago (PPP) 28
Contribuyente fallecido 14
Cónyuge fallecido 14
Cónyuge perjudicado 67
Cónyuge sobreviviente, que reúne los requisitos 18
Crédito del ahorrador 119
Crédito general para negocios 119
Crédito por adopción 119
Crédito por aportaciones a ahorros para la jubilación 119
Crédito por energía limpia residencial 119
Crédito por impuestos extranjeros 118
Crédito por ingreso del trabajo (EIC) 47-65
Elección de paga no tributable por combate 30
Paga por combate, no tributable 50
Crédito por intereses hipotecarios 119
Crédito tributario de prima de seguro médico 120
Crédito tributario para comprador de primera vivienda 114
Crédito tributario por hijos 21, 66
Cuándo y dónde tengo que presentar la declaración 9
Cuenta ABLE 101, 114
Cuenta Archer MSA 114
Cuenta de ahorros médicos 100, 103, 114
Cuenta personal de jubilación (IRA) (Vea Arreglo individual de ahorro para la jubilación (IRA))
Cuenta Roth IRA 105
Cuentas y fideicomisos en el extranjero 28
Custodia del hijo 24
D
Declaración enmendada 90
Deducción estándar o deducciones detalladas 39-41
Deducción por ingreso calificado de un negocio 40
Deducción por intereses sobre préstamos de estudios 109
Deducción por plan para la jubilación, trabajo por cuenta propia 103
Deducción por seguro médico, trabajo por cuenta propia 104
Deducciones detalladas o deducción estándar 39-41
Dependientes 21
Deducción estándar 41
Depósito directo del reembolso 67-69
Descuento del mercado sobre bonos 31
Deuda cancelada 100
Deuda pública, donaciones para reducir la 90
Distribuciones correctivas 30
Distribuciones de ganancias de capital 37
Distribuciones de sumas globales 36
Dividendos:
Distribuciones que no son de dividendos 32
Dividendos calificados 31, 44
Dividendos ordinarios 32
Dividendos calificados 31, 44
Documentos adjuntados a la declaración 73
Documentos, tiempo que debe mantenerlos 90
Donaciones para reducir la deuda pública 90
E
Educación:
Créditos 66, 118
Cuenta de ahorro 102, 114
Deducción por intereses sobre préstamos de estudios 108
Gastos 66, 108, 118
Recuperación de créditos tributarios por estudios 40
Empleados estatutarios 30
Estado civil para efectos de la declaración, cuál recuadro marcar 15-18
Estados donde rige la ley de los bienes gananciales 28
Extranjeros 9
Extranjeros con doble residencia 9, 16
Extranjeros no residentes 9, 15, 16
Extranjeros residentes 9
F
Firme su declaración 72
Fondo para la campaña electoral presidencial, marque para aportar $3 al 15
Formulario W-2 30
G
Ganancia o pérdida de capital 37
Ganancias de un programa para la matrícula 114
Ganancias de un programa para la matrícula calificado 102, 114
Ganancias, premios, juegos de azar y loterías (otros ingresos) 100
Gastos de adopciones:
Beneficios provistos por el empleador para 29
Gastos de guardería infantil 118
Gastos de mudanza para Miembros de las Fuerzas Armadas 103
Gastos del cuidado de menores y dependientes, crédito por 118
Gastos del educador 103
Gastos por incapacidad 101
H
Hoja de Trabajo para el Cálculo del Impuesto 86
Hoja de Trabajo para el Impuesto Sobre los Dividendos Calificados y Ganancias de Capital 44
I
Impuesto adicional del Medicare 114
Impuesto del Medicare, adicional 114
Impuesto del Seguro Social y de la jubilación ferroviaria de nivel 1 (RRTA tier 1) retenido 120
Impuesto estimado 45, 71, 89
Impuesto mínimo alternativo (AMT) 112
Impuesto sobre el ingreso neto de inversión 115
Impuesto sobre el trabajo por cuenta propia:
Deducción por parte del 103
Impuesto y créditos 39-115
Calculado por el IRS 40, 50
Otros impuestos:
Arreglos IRA y otras cuentas con beneficios tributarios 114
Distribuciones de sumas globales 36
Impuesto mínimo alternativo 112
Recuperación 115
Impuestos estatales o locales sobre los ingresos, reembolsos, créditos o compensaciones tributables de 97
Impuestos sobre el empleo de empleados domésticos 114
Información sobre reembolsos 96
Ingreso 28-100
Ingreso bruto ajustado 39
Ingreso de empleado doméstico 29
Ingreso de fuentes en el extranjero 28
Ingreso de intereses
Exento de impuesto 30
Sujeto a impuesto 31
Ingreso de inversión, impuesto sobre 115
Ingreso de propinas 29, 112
Ingreso o pérdida de un negocio 98
Instrucciones para las líneas de los Formularios 1040 y 1040-SR 73
Intereses sobre los impuestos 95
ITIN para extranjeros 15

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J
Juegos de azar 100
L
Legados 102
M
Moneda virtual 18
Multa por retiro prematuro de ahorros 105
Multas
Impuesto estimado 71
Otras (incluyendo por presentación fuera de plazo y pago de impuestos fuera de plazo) 95
Retiro prematuro de ahorros 105
N
Número de identificación del contribuyente en proceso de adopción 24
Número de identificación personal del contribuyente del IRS 15
Número de Seguro Social 15, 26
O
Otros impuestos 115
Otros ingresos 100
P
Padres divorciados 24
Padres separados 24
Padres, divorciados o separados 24
Paga por juraduría 100, 110
Pagos 45-120
Pagos a plazos 70
Pagos de exención de Medicaid al proveedor de cuidados 29
Pagos de un contrato blindado 116
Pague sus impuestos electrónicamente 69
Pensión para el cónyuge divorciado pagada 105
Pensión para el cónyuge divorciado recibida 98
Pensión para hijos menores 102
Pensiones y anualidades 33-36
Pérdida neta de operación 100
Persona soltera 15
Personas casadas:
Que no viven juntas 17
Que presentan declaraciones conjuntas 16
Que presentan declaraciones separadas 16
Personas de edad avanzada:
Deducción estándar 41
PIN para la protección de identidad 73
Planes calificados para la jubilación, deducción por 103
Premios 100
Presentación electrónica (e-file) 8, 67, 69, 72, 73
Prima de seguro de salud, crédito por 120 Prima de seguro médico, crédito por 120 Programa de Asesoramiento Tributario para las Personas de Edad Avanzada (TCE) 8
Programa de Ayuda Voluntaria al Contribuyente con los Impuestos sobre los Ingresos (VITA) 8
Propinas declaradas al empleador, impuesto no recaudado sobre 115
Prórroga del plazo para presentar la declaración 10, 120
Q
Qué hay de nuevo 6
Qué ocurre si no puede pagar 70
Quién tiene que presentar 9, 11, 12
R
Recompensas 100
Redondeo a dólares enteros 28
Reembolso 66-69
Reembolsos, créditos o compensaciones de impuestos estatales o locales sobre los ingresos 97
Regalos 102
Reinversiones 32, 36
Requisito de presentar para hijos 11, 12
Requisitos para la presentación 13 Reservistas, gastos de 103
Retención del impuesto sobre los ingresos (federal) 45, 89
Retención, impuesto federal sobre los ingresos 45, 89
Robo de identidad 89
S
Salarios 29
Salarios sobre los cuales no se retuvo el impuesto del Seguro Social o del Medicare 30
Seguro de vida 102
Seguro de vida colectivo a término, impuesto no recaudado sobre 115
Seguro para el cuidado a largo plazo 104
Servicio del Defensor del Contribuyente (TAS) 4
Servicios de entrega privados 10
Soltero 15
T
Tabla de Impuestos 74-85
Tasas Impositivas 127
Temas Tributarios 122
Tercero autorizado 71
V
Vehículos eléctricos 119
Viudos, que reúnen los requisitos 18
Viviendo en el extranjero, ciudadanos y extranjeros residentes de los Estados Unidos 9, 28

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IRS Derechos del Contribuyente
La Carta de Derechos del Contribuyente

1. El Derecho de Estar Informado

Los contribuyentes tienen el derecho de saber lo que ellos tienen que hacer para cumplir con las leyes relacionadas con los impuestos. Ellos tienen el derecho de recibir explicaciones claras sobre las leyes y los procedimientos del IRS en todos los formularios, instrucciones, publicaciones, avisos y correspondencia tributaria. Ellos tienen el derecho de estar informados sobre las decisiones que el IRS lleva a cabo sobre sus cuentas tributarias y de recibir explicaciones claras sobre los resultados de dichas decisiones.

2. El Derecho de Recibir Servicio de Calidad

Los contribuyentes tienen el derecho de recibir ayuda de manera oportuna, cortés y profesional al tratar con el IRS. Dicha asistencia se debe llevar a cabo de una manera clara para que sea fácil de entender. Además, también los contribuyentes tienen el derecho de recibir comunicaciones claras y fáciles de entender de parte del IRS y de poder comunicarse con un supervisor para notificar sobre servicio inadecuado.

3. El Derecho de Pagar No Más de la Cantidad Correcta de Impuestos

Los contribuyentes tienen el derecho de pagar sólo la cantidad de impuestos que se adeuda conforme a la ley, incluyendo intereses y multas, además de que el IRS acredite correctamente los pagos de impuestos.

4. El Derecho de Cuestionar la Posición del IRS y de ser Escuchado

Los contribuyentes tienen el derecho de presentar objeciones y proveer documentación adicional como respuesta a acciones propuestas o acciones formales llevadas a cabo por el IRS y esperar que el IRS considere sus objeciones y documentación presentada a tiempo de manera oportuna y justa. Si el IRS no está de acuerdo con la posición del contribuyente, los contribuyentes tienen el derecho de recibir una respuesta de parte del IRS.

5. El Derecho de Apelar una Decisión del IRS en un Foro Autónomo

Los contribuyentes tienen el derecho de presentar y recibir una audiencia de apelación administrativa justa e imparcial de la mayoría de las acciones tomadas por el IRS, incluyendo la determinación de muchas multas, y tienen el derecho de recibir una respuesta escrita que explique la decisión de la Oficina Independiente de Apelaciones del IRS. Normalmente, los contribuyentes tienen el derecho de presentar sus casos ante el foro judicial apropiado.

6. El Derecho de Llegar a una Resolución

Los contribuyentes tienen el derecho de conocer cuál es la cantidad máxima de tiempo que ellos tienen para cuestionar la posición del IRS además de la cantidad máxima de tiempo que el IRS tiene para revisar un año tributario específico o cobrar una deuda de impuestos. Los contribuyentes tienen el derecho de conocer cuándo el IRS ha terminado una revisión (auditoría).

7. El Derecho de Privacidad

Los contribuyentes tienen el derecho de esperar que toda pregunta, toda revisión o toda acción de cumplimiento de la ley de parte del IRS cumplirá con las leyes y que el IRS no investigará sus asuntos más de lo necesario; además de que el IRS respetará todos los derechos al debido proceso, incluyendo la protección en búsquedas e incautaciones, y proveerá una audiencia de proceso debido del cobro en donde corresponda.

8. El Derecho de Confidencialidad

Los contribuyentes tienen el derecho de esperar que toda información que ellos le proveen al IRS no se divulgará, a menos que el contribuyente lo autorice o se lleve a cabo conforme a la ley. Los contribuyentes tienen el derecho de esperar que se tome la acción apropiada en contra de empleados, preparadores de declaraciones de impuestos y otras personas quienes usan o divulgan información de las declaraciones de los contribuyentes de manera inescrupulosa.

9. El Derecho de Contratar a un Representante

Los contribuyentes tienen el derecho de escoger y contratar a un representante autorizado para que éste los represente en sus gestiones con el IRS. Los contribuyentes tienen el derecho de recibir ayuda de parte de un Centro (Taller) para Contribuyentes de Bajos Ingresos si no pueden pagar a una persona que los represente.

10. El Derecho de Tener un Sistema de Impuestos que sea Justo y Adecuado

Los contribuyentes tienen el derecho de esperar que el sistema de impuestos considere los hechos y circunstancias que podrían afectar la causa de sus obligaciones, capacidad para pagar o para proveer información de manera oportuna. Los contribuyentes tienen el derecho de recibir ayuda de parte del Servicio del Defensor del Contribuyente si están enfrentando una dificultad financiera o si el IRS no ha resuelto sus asuntos tributarios apropiada y oportunamente a través de las vías normales.

Infórmese acerca de sus derechos en IRS.gov/TaxpayerRights y pulse sobre Español.

<Page 131>

Dónde Enviar la Declaración

Envíe su declaración a la dirección indicada a continuación, según le corresponda. Si desea usar un servicio de entrega privado, vea Servicios de Entrega Privados bajo Requisitos para la Presentación, anteriormente.

CONSEJO El correo le devolverá todo sobre que no tenga suficiente franqueo. Es posible que su sobre necesite franqueo adicional si éste incluye más de cinco páginas o si tiene un tamaño mayor que el tamaño de correspondencia regular (por ejemplo, si el sobre tiene un grosor de más de 1/4 de pulgada). Además, en el mismo, incluya la dirección completa del remitente.

¡PRECAUCIÓN! Sólo el Servicio Postal de los EE. UU. puede entregar en apartados de correos. Usted no puede utilizar un servicio de entrega privado para realizar pagos de impuesto que requieran enviarse a un apartado de correos.

SI vive en... Alabama, Georgia, North Carolina, South Carolina, Tennessee
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Kansas City, MO 64999-0002
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SI vive en... Un país extranjero; un territorio de los Estados Unidos*; o si tiene una dirección APO o FPO; o si presenta el Formulario 2555 o 4563; o si es extranjero con doble residencia
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P.O. Box 1303
Charlotte, NC 28201-1303 USA

* Si usted reside en la Samoa Estadounidense, Puerto Rico, Guam, las Islas Vírgenes Estadounidenses o las Islas Marianas del Norte, consulte la Publicación 570.
                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                             