Consejo tributario del IRS 2025-58SP, 20 de agosto de 2025
Regresa la temporada escolar, y con eso vienen los posibles gastos de bolsillo para los educadores. La deducción de gastos de educador permite que los maestros y administradores elegibles deduzcan ciertos gastos de sus impuestos.
Educadores elegibles
El contribuyente debe ser maestro, instructor, consejero, director o ayudante de jardín de infantes a grado 12 y trabajar al menos 900 horas por año escolar en una escuela que proporcione educación primaria o secundaria según lo determine la ley estatal.
Acerca de esta deducción
Los educadores pueden deducir hasta $300 de ciertos gastos de negocios que no fueron reembolsados por su empleador, subvención u otra fuente. Si dos educadores casados presentan una declaración conjunta, el límite se eleva a $600. Estos contribuyentes no pueden deducir más de $300 cada uno.
Los gastos calificados son cantidades que el contribuyente pagó a sí mismo durante el año tributario.
Algunos de los gastos que un educador puede deducir incluyen:
- Tarifas del curso de desarrollo profesional
- Libros y materiales escolares
- Equipo informático, incluido el software y los servicios relacionados
- Otros equipos y materiales usados en el salón de clase